VigenteCategoria: Ambiental
Decreto No. DE-DCHA-041-2024 | 25 de mayo de 2024 | La Gaceta No. 36,543
Acuerdo No. DE-DCHA-041-2024 — Declaratoria de Zona de Protección Forestal - Microcuenca Monte Placentero
Considerandos
- 1.Que las comunidades de Monte Placentero, Monte de Sion, Monte Carmelo, Colonia El Paraíso, Brick Bay y Colonia Smith, se abastecen de agua de la microcuenca Monte Placentero, por lo que necesita protegerse y conservarse a perpetuidad.
- 2.Que, según la Ley de Municipalidades, Decreto No 134-90, artículo 14, uno de los objetivos de las Municipalidades es el de “Proteger el ecosistema municipal y el medio ambiente”.
- 3.Que según la Ley Forestal Áreas Protegidas y Vida Silvestre, capítulo IV artículo 124, se declaran como Zonas de Protección Las Microcuencas que abastecen o podrían abastecer de agua a poblaciones y capitulo II artículo 64, la declaración de un área forestal como área protegida no prejuzga ninguna condición de dominio o posesión, pero sujeta a quienes tienen derechos de propiedad con dominio pleno, posesión, uso o usufructo a las restricciones, limitaciones y obligaciones que fueren -- 3 of 40 -- necesarias para alcanzar los fines de utilidad pública que motivan su declaración.
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