VigenteCategoria: Administrativo
Decreto No. 063-2024 | 13 de mayo de 2024 | Poder Ejecutivo | La Gaceta No. 36,532

Acuerdo Ministerial No. 063-2024 — Implementar la presentación de solicitud y emisión de Constancia Digital de Beneficios de Regímenes Especiales

Considerandos

  1. 1.Que el Artículo 80 de la Constitución de la República de Honduras establece: “Que toda persona o asociación de personas tiene el derecho de presentar peticiones a las autoridades ya sea por motivos de interés particular o general y de obtener pronta respuesta en el plazo legal”.
  2. 2.Que el Artículo 247 de la Constitución de la República establece que los Secretarios de Estado son colaboradores del Presidente de la República en la orientación, coordinación, dirección y supervisión de los órganos de los órganos y entidades de la administración pública nacional, en el área de su competencia. -- 2 of 17 -- administración pública más eficiente y transparente mediante la reducción de costos y distancias.
  3. 3.Que mediante el Acuerdo Ejecutivo PCM-086-2020 contentivo del Regla- mento Sobre Gobierno Electrónico, publicado en fecha 26 de septiembre de 2022 en el Diario Oficial “La Gaceta”, reconoce el derecho de los ciudadanos a relacionarse con la Administración Pública en todos sus niveles por medios electrónicos y regula los aspectos básicos de la utilización de las tecnologías de la información y comunicaciones en la actividad administrativa y establece el marco legal, operativo y procesal en el cual se sustanciará el procedimiento administrativo electrónico en cumpli- miento del mandato establecido en el párrafo segundo del artículo primero de la Ley de Procedimiento Administrativo.
  4. 4.Que en concordancia con los principios de gobierno electrónico, es necesario seguir promoviendo la adopción de tecnologías de la información y comunicación (TIC) para facilitar el acceso de los ciudadanos a los servicios gubernamentales y garantizar una gestión eficiente y transparente.
  5. 5.Que la implementación de nuevos trámites digitales permitirá ampliar la oferta de servicios en línea, brindando a los usuarios la posibilidad de realizar sus gestiones de manera ágil, segura y desde cualquier lugar, contribuyendo
  6. 6.Que el Artículo 321 de la Constitución de la República de Honduras manda: “Los Servidores del Estado no tienen más facultades que las que expresamente les confiere la Ley. Todo acto que ejecuten fuera de la Ley es nulo e implica responsabilidad”.
  7. 7.Que son atribuciones y deberes comunes a los Secretarios de Estado: Emitir los Acuerdos y Resoluciones en los asuntos de su competencia y aquellos que les delegue el Presidente de la República.
  8. 8.Que el Artículo 118 de la Ley de Proce- dimiento Administrativo establece que los actos de carácter general que se dictaren en el ejercicio de la potestad reglamentaria, la motivación en estos actos estará precedida por la designación de la autoridad que los emite y seguida por la fórmula “ACUERDA”.
  9. 9.Que por otra parte, el manejo de trámites exclusivamente mediante uso de papel genera también a la administración pública altos costos, creando ineficiencias que hacen que se perciba a la administración pública como un obstáculo al ejercicio de actividades lícitas e incentivando la actividad informal.
  10. 10.Que el uso de la tecnología para la gestión gubernamental provee mecanismos para la superación de estas barreras, a la vez que puede permitir el surgimiento de una -- 3 of 17 -- así a la mejora continua de la calidad del servicio público.
  11. 11.Que la Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico (SDE) mediante la adopción de medidas orientadas a la digitalización de trámites, reafirma su compromiso con la modernización administrativa, la innovación tecnológica y la construcción de un gobierno más cercano, eficiente y orientado al ciudadano.
  12. 12.Que el emprendimiento tiene una serie de beneficios tanto a nivel personal como a nivel macroeconómico, fomentando la creatividad, la proactividad y la innovación como pilares fundamentales del crecimiento colectivo, con el propósito de alcanzar una sociedad con un alto número de emprendimientos de distintas magnitudes y en una multitud de sectores representa un progreso social muy importante en términos económicos.
  13. 13.Que la promoción de los productos y/o servicios de los emprendedores se realizará a través de espacios físicos en ferias locales que se llevarán a cabo durante los fines de semana en 15 ciudades a nivel nacional.
  14. 14.Que la Secretaría de Desarrollo Económico implementó el Proyecto de Fomento al Emprendimiento con el acompañamiento del Programa de las Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico

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