Secretaria de Defensa Nacional, Diario Oficial la Gaceta
Considerandos
- 1.Que la Constitución de la República en el Artículo 205 Atribución 24), establece la potestad del Congreso Nacional: “Conferir los grados de Mayor a General de División, a propuesta del Comandante en Jefe de las Fuerzas Armadas por iniciativa de la Presidenta de la República”. Que este mismo alto cuerpo legal en su Artículo 274, manda que “Las Fuerzas Armadas estarán sujetas a las disposiciones de su Ley Constitutiva y a las demás Leyes y Reglamentos que regulen su funcionamiento…”.
- 2.Que la Constitución de la República en el Artículo 290 establece que: “Los grados militares solo se adquieren por riguroso ascenso de acuerdo con la ley respectiva… Los ascensos desde Mayor a General de División inclusive serán otorgados por el Congreso Nacional a propuesta del Poder Ejecutivo. El Estado Mayor Conjunto de las Fuerzas Armadas emitirá Dictamen previo a conferir los ascensos de Oficiales”.
- 3.Que la Ley Constitutiva de las Fuerzas Armadas, contenida en el Decreto No.39-2001 del 16 de Abril del 2001 publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” del 29 de Octubre de 2001, en sus artículos: 191 establece que “Los ascensos de los Miembros de las Fuerzas Armadas se otorgarán de conformidad con la Constitución de la República, la presente Ley y su Reglamento” y 194 que: “Todo ascenso debe ser dictaminado previamente por el Estado Mayor Conjunto de las Fuerzas Armadas”.
- 4.Que el Reglamento de Personal para los Miembros de las Fuerzas Armadas, en su Artículo 57 establece: “Los miembros activos de las Fuerzas Armadas, serán objeto -- 4 of 46 -- EDIS ANTONIO MONCADA SULY YADIRA ANDRADE GUTIERREZ Colonia MirafIores Teléfono/Fax: Gerencia 2230-2520, 2230-1821 Administración: 2230-3026 CENTRO CÍVICO GUBERNAMENTAL de ascensos, cuando acrediten tener los requisitos exigidos en el Reglamento y directiva respectiva”.
- 5.Que el Reglamento de Ascensos para Oficiales de las Fuerzas Armadas en su Artículo 10 establece los “REQUISITOS PARA SER DECLARADOS APTOS PARA EL ASCENSO A OFICIALES DE ARMAS, CUERPOS Y SERVICIOS…”, mientras establece en el literal f) Ascenso al Grado de Coronel o su Equivalente: 1) Haber prestado seis (6) años de servicio en el grado de Teniente Coronel; 2) Haberse desempeñado en alguno de los siguientes cargos: a) Comandante o Sub-Comandante de Unidad; b) Director o Sub-Director o Jefe de Departamento de un Centro de Estudios de Formación o de Capacitación de Organismo o Dependencia; c) Jefe de Sección/ Departamento de un Estado Mayor de Brigada, Fuerza o Estado Mayor Conjunto; d) Agregado de Defensa Militar; 3) Haber demostrado condiciones de eficiencia y responsabilidad en los cargos desempeñados”.
- 6.Que el Reglamento de Ascensos para Oficiales de las Fuerzas Armadas en su Artículo 11, literales: a) y b) establece: “SON REQUISITOS PARA SER DECLARADOS APTOS PARA EL ASCENSO A OFICIALES GENERALES: a) Ascenso al Grado de General de Brigada/Contra Almirante: 1) Ostentar el grado de Coronel o su equivalente; 2) Sobresaliente ejecutoria en el desempeño de su carrera profesional; 3) Haber sido y ser un ejemplo digno de imitar dentro de las Fuerzas Armadas; 4) De reconocida trayectoria de honorabilidad y honestidad; 5) Poseer Título Universitario; 6) Haberse desempeñado ininterrumpidamente por lo menos un año en los siguientes cargos: a) Jefe del Estado Mayor Conjunto; b) Sub-Jefe del Estado Mayor Conjunto; c) Inspector General de las Fuerzas Armadas; d) Auditor Jurídico Militar de las Fuerzas Armadas; e) Comandante General de las Fuerzas; f) Director de Estado Mayor de Coordinación; g) Comandante del Comando de Doctrina Conjunta y Educación Militar; h) Jefe del Estado Mayor Presidencial; i) Rector de la Universidad de Defensa de Honduras; j) Comandante del Comando de Apoyo Logístico de las Fuerzas Armadas; k) Gerente del Instituto de Previsión Militar; l) Rector del Colegio de Defensa Nacional; m) Director de la Escuela de Comando y Estado Mayor; n) Jefe de Estado Mayor de Fuerza; o) Comandante de Gran Unidad; y, 7) Al momento de la propuesta estar desempeñándose en cualquiera de los cargos nominados en el numeral anterior, desde el inciso a) hasta el inciso j). b) Ascenso al Grado de General de División/ -- 5 of 46 -- Vicealmirante: 1) Haber ostentado el grado de General de Brigada/Contra Almirante como mínimo por un año; 2) Haber demostrado sobresaliente ejecutoria en el desempeño de su carrera profesional; 3) Estar desempeñándose en cualquiera de los siguientes cargos: a) Jefe del Estado Mayor Conjunto; b) Subjefe del Estado Mayor Conjunto; c) Inspector General de las Fuerzas Armadas; d) Auditor Jurídico Militar de las Fuerzas Armadas; e) Comandante General de Fuerza”.
- 7.Que de conformidad con el Artículo 205, Atribución 1) de la Constitución de la República, es potestad del Congreso Nacional: Crear, decretar, interpretar, reformar y derogar las leyes.
- 8.Que corresponde a los Secretarios de Estado las atribuciones comunes previstas en la Constitución de la República y en la Ley; asimismo, les corresponde el conocimiento y resolución de los asuntos del Ramo de conformidad con la Ley, pudiendo delegar en los Subsecretarios, Secretarios Generales y Directores Generales, el ejercicio de atribuciones específicas.
- 9.Que mediante Acuerdo No. 0696, publicado en el Diario Oficial La Gaceta, en fecha 18 de noviembre de 2008, los viajes fuera del país de los Funcionarios y Empleados, deberá ser aprobados por Acuerdo emitido por la Secretaría de Estado a la que se encuentre adscrito el Funcionario o Empleado respectivo.
- 10.Que los ciudadanos Tesla Maritza Maradiaga Suazo, Asesora Ministerial de Comunicación; Víctor Hugo Ordóñez Navarro, Dirección de Comunicación Institucional; Luis Manuel Maier, Director de Urbanismo Municipal; y, Karla Lizeth Alvarenga, Directora de la Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, en el Salón de Sesiones del Congreso Nacional, a los veintiséis días del mes de septiembre de dos mil veinticuatro. LUIS ROLANDO REDONDO GUIFARRO PRESIDENTE LUZ ANGÉLICA SMITH MEJÍA SECRETARIA JOSUÉ FABRICIO CARBAJAL SANDOVAL SECRETARIO Al Poder Ejecutivo Por Tanto: Ejecútese. Tegucigalpa, M.D.C., 07 de octubre de 2024. IRIS XIOMARA CASTRO SARMIENTO PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA LA SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DEFENSA NACIONAL -- 7 of 46 -- La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M.D.C., 4 D E D I C I E MBRE D E L 2024 N o . 36,706 PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS FISCAL ADMINISTRATIVO A V I S O La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras Fiscal Administrativo, en aplicación del artículo 50 de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha 04 de febrero del año 2019, comparece la Abogada ROSANGEL SANDOVAL CARRASCO, representante procesal de la Sociedad Mercantil CERVECERIA HONDUREÑA S.A. DE C.V., interpuso demanda ante este Juzgado con orden de ingreso No.0801-2019-00020 Fiscal, contra la Municipalidad de Gualaco, se interpone demanda para que se declare no conforme a derecho y se anule un acto administrativo de carácter particular consistente en el acuerdo contendió en el punto 17.7 del acta número 18 de la sesión ordinaria de fecha 1 de noviembre de 2018, de la Corporación Municipal de la Municipalidad de Gualaco, departamento de Olancho, por haberse dictado infringiendo el ordenamiento jurídico vigente; se solicita reconocimiento de una situación jurídica individualizada y la adopción de medidas necesarias para su pleno restablecimiento consistente en que se ordene a la Municipalidad, declarar con lugar el recurso de reposición interpuesto contra el requerimiento de pago de impuestos y servicios en mora N°1 de fecha 12 de octubre de 2018, revocando dicho requerimiento de pago; se anuncia medios de prueba; se acompañan documentos; habilitación de horas y días inhábiles. MARGARITA ALVARADO GALVEZ SECRETARIA ADJUNTA 4 D. 2024 Sección “B” ____________ PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO A V I S O El infrascrito, Secretario Adjunto del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo 50 de la Ley de esta Jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha quince (15) de octubre de dos mil veinticuatro (2024), compareció a este Juzgado la Abogada GABRIELA SOFÍA ESCALANTE MARADIAGA, quien actúa en su condición de Apoderada Legal del señor ALDON JAVIER VELÁSQUEZ, interponiendo demanda en materia de personal con orden de ingreso 0801-2024-00778, contra el Estado de Honduras, a través del SERVICIO NACIONAL DE EMPRENDIMIENTO Y PEQUEÑOS NEGOCIOS (SENPRENDE), como órgano desconcentrado de la Secretaría de Estado en los Despachos de Gobernación, Justicia y Descentralización. Para la declaración de nulidad de un acto administrativo de carácter particular de la Administración Pública, consistente en el Acuerdo de Cancelación No. 051-2024, de fecha 23 de septiembre de 2024, emitido por el Secretario General de SENPRENDE, que se reconozca la situación jurídica individualizada por la cancelación ilegal e incausada del cargo y como medida para su pleno restablecimiento se condene al pago de prestaciones e indemnizaciones legales correspondientes, así como el pago de los sueldos dejados de percibir desde la fecha de la cancelación hasta la fecha en que quede firme la sentencia condenatoria, incluyendo los colaterales consistentes en décimo tercer mes en concepto de aguinaldo, décimo cuarto mes en concepto de compensación social, vacaciones, junto con sus bonificaciones y los incrementos salariales otorgados a todos los empleados del sector público, se acompañan documentos, se acredita representación, costas. ABG. JUAN ERNESTO GARCÍA ALVAREZ SECRETARIO ADJUNTO 4 D. 2024 ____________ PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Tegucigalpa, M.D.C. República de Honduras, C.A. A V I S O La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, con sede en Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha 07 de agosto del 2024, compareció ante este Juzgado la Abogada ERMELINDA CASTELLON MARTINEZ, en su condición de representante procesal de la Sociedad Mercantil HR CONSTRUCCIONES S. DE R.L. DE C.V., por la VÍA DEL PROCEDIMIENTO ESPECIAL EN MATERIA IMPOSITIVA, para la declaración de ilegalidad y nulidad de los actos administrativos impugnados consistentes en la RESOLUCIÓN NO. 30-2024 de fecha 05 de abril del 2024; RESOLUCIÓN SDN No. 127- 2024 de fecha seis de junio del 2024 y la RESOLUCIÓN SDN No.185-2024 de fecha 18 de julio del 2024, emitidos por la Secretaría de Estado en el Despacho de Defensa Nacional, reconocimiento de una situación jurídica individualizada y para su pleno restablecimiento se adopten las medidas necesarias para dejar sin valor y efecto la sanción impuesta, se reconozcan los intereses devengados desde el momento del depósito hasta el día de su devolución, en caso de ser pagada la misma; contra el Estado de Honduras, a través de la Procuraduría General de la República, quedando registrada en esta Judicatura bajo el orden de ingreso No. 0801-2024-00572. Asimismo, se hace la advertencia que los legitimados como parte demandada con arreglo al inciso C) del artículo 17 de la Ley de la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo y los coadyuvantes se entenderán EMPLAZADOS con la presente publicación. ABG. RUTH ALEJANDRA CASTELLON CERRATO SECRETARIA ADJUNTA 4 D. 2024 -- 8 of 46 -- Sección B Avisos Legales REPÚBLICA DE H ONDURAS - TEGUCIGALPA, M.D.C., 5 DE DICIEMBRE DEL 2024 No. 36,707 Sección “B” República de Honduras Secretaría de Estado en el Despacho de Defensa Nacional Fuerzas Armadas de Honduras AVISO DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL Proceso de Licitación Pública Nacional No. LPN-055-2024-SDN “RENOVACIÓN DE APLICACIONES INFORMÁTICAS|SEDENA AÑO 2025” 1. La Secretaría de Estado en el Despacho de Defensa Nacional en el Marco de la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento, invita a presentar Ofertas para la Licitación Pública Nacional No. LPN-055-2024-SDN, para el proyecto “RENOVACIÓN DE APLICACIONES INFORMÁTICAS| SEDENA AÑO 2025”. 2. El financiamiento para la realización del presente proceso proviene de fuente de Financiamiento Tesoro Nacional. 3. Los interesados en participar en la Licitación Pública Nacional, deberán hacerlo mediante solicitud por escrito dirigida a la Gerente Administrativo de la Secretaría de Estado en el Despacho de Defensa Nacional, Licenciada Sabrina Bustamante, en el Centro Cívico Gubernamental, José Cecilio del Valle, torre II, a partir de publicación de este aviso previo pago no reembolsable de trescientos lempiras exactos (L.300.00) en banco, para lo cual debe imprimir el recibo de la TGR-1, a nombre de la Secretaría de Defensa Nacional, siguiendo las instrucciones de la página de SEFIN (www.sefin.gob.hn), bajo el rubro 12121 (emisión y constancia). 4. Los pliegos de condiciones se retirarán en la ventanilla de atención al ciudadano, ubicada en el primer piso de la torre número 2, del Centro Cívico Gubernamental José Cecilio del Valle en la ciudad de Tegucigalpa, a partir de la fecha de emisión de este aviso, hasta el 23 de diciembre 2024, de lunes a viernes en un horario de 09:30 a.m., a 03:30 p.m., previa presentación de la solicitud de participación y recibo. Asimismo, el período para recibir aclaraciones de este pliego de condiciones será desde el día 14 de noviembre al 09 de diciembre del año 2024, en el mismo lugar y horario. 5. Los documentos de la licitación podrán ser examinados en el Sistema de Información de Contrataciones y Adquisiciones del Estado de Honduras “HONDUCOMPRAS” (www.honducompras.gob.hn). 6. Las ofertas serán recibidas en forma impresa en sobre sellado (1 original y 2 copias) y a través de nota de remisión de la empresa dirigida a la Gerencia Administrativa, Licenciada Sabrina Bustamante, en la Universidad de Defensa de Honduras, El Ocotal, Francisco Morazán, contiguo a COPECO; únicamente el día 23 de diciembre del año 2024 hasta las 10:00 horas, sin prórroga alguna. No se recibirán ofertas posteriormente a esta fecha y hora oficial de la República de Honduras. 7. Las ofertas se abrirán en presencia de los representantes de los oferentes que deseen asistir en la Universidad de Defensa de Honduras a las 10:30 a.m., del día 23 de diciembre del año 2024. Todas las ofertas deberán estar acompañadas de una Garantía de Mantenimiento de la Oferta por el valor y la forma establecidos en los documentos de licitación. Tegucigalpa, M.D.C., 14 de noviembre de 2024 Orlando Enrique Garner Ordóñez Subsecretario de Estado en el Despacho de Defensa Nacional 5 D. 2024 -- 9 of 46 -- Sección B Avisos Legales REPÚBLICA DE H ONDURAS - TEGUCIGALPA, M.D.C., 5 DE DICIEMBRE DEL 2024 No. 36,707 REPÚBLICA DE HONDURAS Secretaría de Estado en el Despacho de Defensa Nacional AVISO DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL Proceso de Licitación Pública Nacional No. LPN-063-2024-SDN “MANTENIMIENTO PREVENTIVO DE LA FLOTA VEHICULAR DE SEDENA 2025”. 1. La Secretaría de Estado en el Despacho de Defensa Nacional en el Marco de la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento, invita a presentar Ofertas para la Licitación Pública Nacional No. LPN-063- 2024-SDN, para el proyecto “MANTENIMIENTO PREVENTIVO DE LA FLOTA VEHICULAR DE SEDENA 2025”. 2. El financiamiento para la realización del presente proceso proviene de Fondos Nacionales. 3. Los interesados en participar en la Licitación Pública Nacional, deberán hacerlo mediante solicitud por escrito dirigida a la Gerente Administrativo de la Secretaría de Estado en el Despacho de Defensa Nacional, Licenciada Sabrina Bustamante, en el Centro Cívico Gubernamental, José Cecilio del Valle, piso 18, torre II; a partir de la publicación de este aviso previo pago no reembolsable de trescientos lempiras exactos (L.300.00) en banco, para lo cual debe imprimir el recibo de la TGR-1, a nombre de la Secretaría de Defensa Nacional, siguiendo las instrucciones de la página de SEFIN (www.sefin.gob.hn) bajo el rubro 12121 (emisión y constancia). 4. Los pliegos de condiciones se retirarán en la ventanilla de atención al ciudadano ubicada en el primer piso de la torre número 2, del Centro Cívico Gubernamental José Cecilio del Valle en la ciudad de Tegucigalpa, a partir de la fecha de emisión de este aviso hasta el 26 de diciembre de 2024, de lunes a viernes en un horario de 09:30 a.m. a 03:30 p.m, previa presentación de la solicitud de participación y recibo. Asimismo, el período para recibir aclaraciones de este pliego de condiciones será desde el día 14 de noviembre al 04 de diciembre del año 2024, en el mismo lugar y horario. 5. Los documentos de la licitación podrán ser examinados en el Sistema de Información de Contrataciones y Adquisiciones del Estado de Honduras “HONDUCOMPRAS” (www.honducompras.gob.hn). 6. Las ofertas serán recibidas en forma impresa en sobre sellado (1 original y 2 copias) y a través de nota de remisión de la empresa dirigida a la Gerencia Administrativa, Licenciada Sabrina Bustamante, en las instalaciones de la Universidad de Defensa de Honduras, en el Ocotal, F.M. contiguo a COPECO; únicamente el día 26 de diciembre del año 2024 hasta las 10:00 horas, sin prórroga alguna. No se recibirán ofertas posteriormente a esta fecha y hora oficial de la República de Honduras. 7. Las ofertas se abrirán en presencia de los representantes de los Oferentes que deseen asistir en las Instalaciones de la Universidad de Defensa de Honduras, a las 10:30 a.m. del día 26 de diciembre del año 2024. Todas las ofertas deberán estar acompañadas de una Garantía de Mantenimiento de la Oferta por el valor y la forma establecidos en los documentos de licitación. Tegucigalpa, M.D.C, 14 de noviembre de 2024 Orlando Enrique Garner Ordóñez Subsecretario de Estado en el Despacho de Defensa Nacional 5 D. 2024 -- 10 of 46 -- Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M . D . C . , 7 D E D I C I E M BRE D E L 2024 N o . 36,709 Sección “B” República de Honduras Secretaría de Estado en el Despacho de Defensa Nacional Fuerzas Armadas de Honduras AVISO DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL Proceso de Licitación Pública Nacional No. LPN-053-2024-SDN “REMODELACIÓN DE BARRACA PARA EL PERSONAL FEMENINO PARA EL CENTRO DE ADIESTRAMIENTO DE LAS FFAA” 1. La Secretaría de Estado en el Despacho de Defensa Nacional en el Marco de la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento, invita a presentar Ofertas para la Licitación Pública Nacional No.LPN-053- 2024-SDN, para el proyecto “REMODELACIÓN DE BARRACA PARA EL PERSONAL FEMENINO PARA EL CENTRO DE ADIESTRAMIENTO DE LAS FF.AA”. 2. El financiamiento para la realización del presente proceso proviene de Fondos Nacionales. 3. Los interesados en participar en la Licitación Pública Nacional, deberán hacerlo mediante solicitud por escrito dirigida a la Gerente Administrativo de la Secretaría de Estado en el Despacho de Defensa Nacional, Licenciada Sabrina Bustamante, en el Centro Cívico Gubernamental, José Cecilio del Valle, Torre II, a partir de publicación de este aviso, previo pago no reembolsable de quinientos lempiras exactos (L.500.00) en banco, para lo cual debe imprimir el recibo de la TGR-1, a nombre de la Secretaría de Defensa Nacional, siguiendo las instrucciones de la página de SEFIN (www.sefin.gob.hn) bajo el rubro 12121 (emisión y constancia). 4. Los pliegos de condiciones se retirarán en la ventanilla de atención al ciudadano, ubicada en el primer piso de la Torre número 2, del Centro Cívico Gubernamental José Cecilio del Valle en la ciudad de Tegucigalpa, a partir de la fecha de emisión de este aviso hasta el 19 de diciembre del 2024, de lunes a viernes en un horario de 09:30 am a 03:30 pm, previa presentación de la solicitud de participación y recibo. Asimismo, el período para recibir aclaraciones de este pliego de condiciones será desde el día 27 de noviembre al 03 de diciembre del año 2024, en el mismo lugar y horario. 5. Se realizará una visita de campo el día 26 de noviembre del 2024, en las instalaciones del Centro de Adiestramiento Militar de las Fuerzas Armadas, ubicado en El Bijagual, Olancho, a las 11:00 horas, se levantará un acta alusiva al evento. 6. Los documentos de la licitación podrán ser examinados en el Sistema de Información de Contrataciones y Adquisiciones del Estado de Honduras “HONDUCOMPRAS” (www.honducompras.gob.hn). 7. Las ofertas serán recibidas en forma impresa en sobre sellado (1 original y 2 copias) y a través de nota de remisión de la empresa dirigida a la Gerencia Administrativa, Licenciada Sabrina Bustamante, en la Universidad de Defensa de Honduras, El Ocotal, Francisco Morazán, contiguo a COPECO; únicamente el día 19 de diciembre del año 2024 hasta las 10:00 horas, sin prórroga alguna. No se recibirán ofertas posteriormente a esta fecha y hora oficial de la República de Honduras. 8. Podrán participar en el presente proceso, los oferentes que se encuentren precalificados para construcción con las Fuerzas Armadas de Honduras. 9. Las ofertas se abrirán en presencia de los representantes de los oferentes que deseen asistir en la Universidad de Defensa de Honduras a las 10:30 a.m. del día 19 de diciembre del año 2024. Todas las ofertas deberán estar acompañadas de una Garantía de Mantenimiento de la Oferta por el valor y la forma establecidos en los documentos de licitación. Tegucigalpa, M.D.C., 19 de noviembre de 2024 Orlando Enrique Garner Ordóñez Subsecretario de Estado en el Despacho de Defensa Nacional 7 D. 2024 -- 11 of 46 -- Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M . D . C . , 7 D E D I C I E M BRE D E L 2024 N o . 36,709 República de Honduras Secretaría de Estado en el Despacho de Defensa Nacional Fuerzas Armadas de Honduras AVISO DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL Proceso de Licitación Pública Nacional No. LPN-067-2024-SDN “REPOTENCIACIÓN DE LA FLOTA VEHICULAR DEL EJERCITO” 1. La Secretaría de Estado en el Despacho de Defensa Nacional en el Marco de la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento, invita a presentar Ofertas para la Licitación Pública Nacional No. LPN-067-2024-SDN, para el proyecto “REPOTENCIACIÓN DE LA FLOTA VEHICULAR DEL EJERCITO”. 2. El financiamiento para la realización del presente proceso proviene de Fondos Nacionales. 3. Los interesados en participar en la Licitación Pública Nacional, deberán hacerlo mediante solicitud por escrito dirigida a la Gerente Administrativo de la Secretaría de Estado en el Despacho de Defensa Nacional, Licenciada Sabrina Bustamante, en el Centro Cívico Gubernamental, José Cecilio del Valle, Torre II, a partir de publicación de este aviso previo pago no reembolsable de trescientos lempiras exactos (L.300.00) en banco, para lo cual debe imprimir el recibo de la TGR-1, a nombre de la Secretaría de Defensa Nacional, siguiendo las instrucciones de la página de SEFIN (www.sefin.gob.hn) bajo el rubro 12121 (emisión y constancia). 4. Los pliegos de condiciones se retirarán en la ventanilla de atención al ciudadano, ubicada en el primer piso de la Torre número 2, del Centro Cívico Gubernamental José Cecilio del Valle en la ciudad de Tegucigalpa, a partir de la fecha de emisión de este aviso hasta el 30 de diciembre del 2024 de lunes a viernes en un horario de 09:30 am a 03:30 pm., previa presentación de la solicitud de participación y recibo. Asimismo, el período para recibir aclaraciones de este pliego de condiciones será desde el día 19 de noviembre al 03 de diciembre del año 2024, en el mismo lugar y horario. 5. Los documentos de la licitación podrán ser examinados en el Sistema de Información de Contrataciones y Adquisiciones del Estado de Honduras “HONDUCOMPRAS” (www.honducompras.gob.hn). 6. Las ofertas serán recibidas en forma impresa en sobre sellado (1 original y 2 copias) y a través de nota de remisión de la empresa dirigida a la Gerencia Administrativa, Licenciada Sabrina Bustamante, en la Universidad de Defensa de Honduras, El Ocotal, Francisco Morazán, contiguo a COPECO; únicamente el día 30 de diciembre del año 2024 hasta las 10:00 horas, sin prórroga alguna. No se recibirán ofertas posteriormente a esta fecha y hora oficial de la República de Honduras. 7. Las ofertas se abrirán en presencia de los representantes de los oferentes que deseen asistir en la Universidad de Defensa de Honduras a las 10:30 a.m., del día 30 de diciembre del año 2024. Todas las ofertas deberán estar acompañadas de una Garantía de Mantenimiento de la Oferta por el valor y la forma establecidos en los documentos de licitación. Tegucigalpa, M.D.C., 19 de noviembre de 2024. Orlando Enrique Garner Ordóñez Subsecretario de Estado en el Despacho de Defensa Nacional 7 D. 2024 -- 12 of 46 -- Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M . D . C . , 7 D E D I C I E M BRE D E L 2024 N o . 36,709 República de Honduras Secretaría de Estado en el Despacho de Defensa Nacional Fuerzas Armadas de Honduras AVISO DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL Proceso de Licitación Pública Nacional No. LPN-068-2024-SDN “ADQUISICIÓN DE VEHÍCULOS TIPO PICK UP Y CAMIONES PARA USO ADMINISTRATIVO Y OPERATIVO DEL EJÉRCITO” 1. La Secretaría de Estado en el Despacho de Defensa Nacional en el Marco de la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento, invita a presentar Ofertas para la Licitación Pública Nacional No. LPN-068- 2024-SDN, para el proyecto “ADQUISICIÓN DE VEHÍCULOS TIPO PICK UP Y CAMIONES PARA USO ADMINISTRATIVO Y OPERATIVO DEL EJÉRCITO”. 2. El financiamiento para la realización del presente proceso proviene de Fondos Nacionales. 3. Los interesados en participar en la Licitación Pública Nacional, deberán hacerlo mediante solicitud por escrito dirigida a la Gerente Administrativo de la Secretaría de Estado en el Despacho de Defensa Nacional, Licenciada Sabrina Bustamante, en el Centro Cívico Gubernamental, José Cecilio del Valle, torre II, a partir de publicación de este aviso previo pago no reembolsable de trescientos lempiras exactos (L.300.00) en banco, para lo cual debe imprimir el recibo de la TGR-1, a nombre de la Secretaría de Defensa Nacional, siguiendo las instrucciones de la página de SEFIN (www.sefin.gob.hn) bajo el rubro 12121 (emisión y constancia). 4. Los pliegos de condiciones se retirarán en la ventanilla de atención al ciudadano ubicada en el primer piso de la torre número 2, del Centro Cívico Gubernamental José Cecilio del Valle en la ciudad de Tegucigalpa, a partir de la fecha de emisión de este aviso hasta el 30 de diciembre del 2024 de lunes a viernes en un horario de 09:30 am a 03:30 pm, previa presentación de la solicitud de participación y recibo. Asimismo, el período para recibir aclaraciones de este pliego de condiciones será desde el día 19 de noviembre al 03 de diciembre del año 2024, en el mismo lugar y horario. 5. Los documentos de la licitación podrán ser examinados en el Sistema de Información de Contrataciones y Adquisiciones del Estado de Honduras “HONDUCOMPRAS” (www.honducompras.gob.hn). 6. Las ofertas serán recibidas en forma impresa en sobre sellado (1 original y 2 copias) y a través de nota de remisión de la empresa dirigida a la Gerencia Administrativa, Licenciada Sabrina Bustamante, en la Universidad de Defensa de Honduras, El Ocotal, Francisco Morazán, contiguo a COPECO; únicamente el día 30 de diciembre del año 2024 hasta las 13:30 horas, sin prórroga alguna. No se recibirán ofertas posteriormente a esta fecha y hora oficial de la República de Honduras. 7. Las ofertas se abrirán en presencia de los representantes de los oferentes que deseen asistir en la Universidad de Defensa de Honduras a las 14:00 a.m. del día 30 de diciembre del año 2024. Todas las ofertas deberán estar acompañadas de una Garantía de Mantenimiento de la Oferta por el valor y la forma establecidos en los documentos de licitación. Tegucigalpa, M.D.C., 19 de noviembre de 2024. Orlando Enrique Garner Ordóñez Subsecretario de Estado en el Despacho de Defensa Nacional 7 D. 2024 -- 13 of 46 -- Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M . D . C . , 7 D E D I C I E M BRE D E L 2024 N o . 36,709 República de Honduras Secretaría de Estado en el Despacho de Defensa Nacional Fuerzas Armadas de Honduras AVISO DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL Proceso de Licitación Pública Nacional No. LPN-070-2024-SDN “CONSTRUCCIÓN Y MEJORA DEL EDIFICIO ADMINISTRATIVO DEL 12 BATALLÓN DE INFANTERÍA” 1. La Secretaría de Estado en el Despacho de Defensa Nacional en el Marco de la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento, invita a presentar Ofertas para la Licitación Pública Nacional No. LPN-070- 2024-SDN, para el proyecto “CONSTRUCCIÓN Y MEJORA DEL EDIFICIO ADMINISTRATIVO DEL 12 BATALLÓN DE INFANTERÍA”. 2. El financiamiento para la realización del presente proceso proviene de Fondos Nacionales. 3. Los interesados en participar en la Licitación Pública Nacional, deberán hacerlo mediante solicitud por escrito dirigida a la Gerente Administrativo de la Secretaría de Estado en el Despacho de Defensa Nacional, Licenciada Sabrina Bustamante, en el Centro Cívico Gubernamental, José Cecilio del Valle, Torre II, a partir de publicación de este aviso previo pago no reembolsable de quinientos lempiras exactos (L.500.00) en banco, para lo cual debe imprimir el recibo de la TGR-1, a nombre de la Secretaría de Defensa Nacional, siguiendo las instrucciones de la página de SEFIN (www.sefin.gob.hn) bajo el rubro 12121 (emisión y constancia). 4. Los pliegos de condiciones se retirarán en la ventanilla de atención al ciudadano ubicada en el primer piso de la Torre número 2, del Centro Cívico Gubernamental José Cecilio del Valle en la ciudad de Tegucigalpa, a partir de la fecha de emisión de este aviso hasta el 20 de diciembre del 2024, de lunes a viernes en un horario de 09:30 am., a 03:30 pm, previa presentación de la solicitud de participación y recibo. Asimismo, el período para recibir aclaraciones de este pliego de condiciones será desde el día 02 al 06 de diciembre del año 2024, en el mismo lugar y horario. 5. Se realizará una visita de campo el día 28 de noviembre del 2024, en las instalaciones del 12 Batallón de Infantería en Santa Rosa de Copán, Copán a las 09:00 horas, se levantará un acta alusivo al evento. 6. Los documentos de la licitación podrán ser examinados en el Sistema de Información de Contrataciones y Adquisiciones del Estado de Honduras “HONDUCOMPRAS” (www.honducompras.gob.hn). 7. Las ofertas serán recibidas en forma impresa en sobre sellado (1 original y 2 copias) y a través de nota de remisión de la empresa dirigida a la Gerencia Administrativa, Licenciada Sabrina Bustamante, en la Universidad de Defensa de Honduras, El Ocotal, Francisco Morazán, contiguo a COPECO; únicamente el día 20 de diciembre del año 2024, hasta las 10:00 horas, sin prórroga alguna. No se recibirán ofertas posteriormente a esta fecha y hora oficial de la República de Honduras. 8. Podrán participar en el presente proceso, los oferentes que se encuentren precalificados para construcción con las Fuerzas Armadas de Honduras. 9. Las ofertas se abrirán en presencia de los representantes de los oferentes que deseen asistir en la Universidad de Defensa de Honduras a las 10:30 a.m., del día 20 de diciembre del año 2024. Todas las ofertas deberán estar acompañadas de una Garantía de Mantenimiento de la Oferta por el valor y la forma establecidos en los documentos de licitación. Tegucigalpa, M.D.C., 19 de noviembre de 2024. Orlando Enrique Garner Ordóñez Subsecretario de Estado en el Despacho de Defensa Nacional 7 D. 2024 -- 14 of 46 -- resoluciones, acuerdos, contratos de servicios profesionales de investigadores de campo, carné de identificación de investigadores de campo y cualquier otro documento, a excepción de los contratos que se derivan de la Gerencia de Recursos Humanos y los Convenios de Cooperación, con la salvedad que esta delegación será turnada a la funcionaria antes mencionada, por periodos comprendidos y que serán comunicados mediante ACUERDO MINISTERIAL firmados por la Secretaria de Estado en el Despacho de Turismo la ciudadana YADIRA ESTHER GÓMEZ CHAVARRIA.- SEGUNDO: La Servidora Pública Delegada será responsable del ejercicio de las funciones encomendadas en el periodo que esté asignada.-TERCERO: El siguiente acuerdo es efectivo a partir del veinte (20) de septiembre al 31 de diciembre del año dos mil veinticuatro (2024). COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE. Tegucigalpa, M.D.C., 20 de septiembre del año 2024 LIC. YADIRA ESTHER GÓMEZ CHAVARRIA Secretaria de Estado en el Despacho de Turismo y Presidenta Ejecutiva del Instituto Hondureño de Turismo ABG. MARIO ROBERTO NUILA COTO Secretario General Secretaría de Estado en el Despacho de Turismo Secretaría de Estado en el Despacho de Defensa Nacional ACUERDO C.G. No. 018-2024 LA PRESIDENTA CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA,
- 11.Que la Constitución de la República en su artículo 245 numerales 2) y 25) establece que la Presidenta tiene a su cargo la Administración General del Estado, encontrándose entre sus atribuciones conferir condecoraciones conforme a la Ley.
- 12.Que la Constitución de la República en el artículo 274, párrafo primero establece que las Fuerzas Armadas estarán sujetas a las disposiciones de su Ley Constitutiva y a las demás leyes y reglamentos que regulen su funcionamiento. Cooperarán con las Secretarías de Estado y demás instituciones, a pedimento de éstas, en labores de alfabetización, educación, a g r i c u l t u r a , p r o t e c c i ó n d e l a m b i e n t e , v i a l i d a d , comunicaciones, sanidad y reforma agraria. -- 15 of 46 --
- 13.Que la Ley Constitutiva de las Fuerzas Armadas en su artículo 200 establece “Se otorgarán condecoraciones y distinciones militares, a los miembros de las Fuerzas Armadas, a militares de naciones amigas y a personas e instituciones civiles, nacionales o extranjeras, en reconocimiento a actos heroicos, servicios distinguidos y méritos relevantes. Todo miembro de las Fuerzas Armadas que cause baja por haber cumplido el tiempo de servicio, recibirá a nombre de la República un certificado de reconocimiento por los servicios prestados extendida por el Comandante general o autoridad competente.
- 14.Que la Ley Constitutiva de las Fuerzas Armadas en su artículo 201 establece Las condecoraciones y distinciones militares serán otorgadas de conformidad con lo establecido en el Reglamento respectivo. CONSIDERANDO (5): Q u e e l R e g l a m e n t o d e Condecoraciones y Distinciones Militares en su artículo 1 literal b) establece que con el fin de premiar a los miembros de las Fuerzas Armadas de Honduras y personas civiles, nacionales o extranjeras y m i l i t a r e s d e n a c i o n e s amigas en reconocimiento a relevantes servicios prestados a la patria mediante actos de valor excepcional, capacidad profesional y demás hechos m e r i t o r i o s , c r é a n s e l a s Condecoraciones y Distinciones Militares: b) MEDALLA “CRUZ DE LAS FF.AA.”. CONSIDERANDO (6): Q u e e l R e g l a m e n t o d e Condecoraciones y Distinciones Militares, en su artículo 8 establece “La Condecoración Medalla “CRUZ DE LAS FF. AA.”, será otorgada por la Presidenta Constitucional de la República, a propuesta d e l C o n s e j o G e n e r a l d e Condecoraciones y Distinciones Militares, a través de la Jefatura del Estado Mayor Conjunto a: Los Directores del Estado Mayor Conjunto, Comandantes Generales de las Fuerzas, Jefes de Estado Mayor de Fuerzas, Secretarios de Estado, Presidentes de Asociaciones Obreras y Campesinas, Rectores de Centros de Educación S u p e r i o r , A g r e g a d o s d e Defensa y Análogos de países -- 16 of 46 -- amigos, que hayan contribuido a acrecentar las relaciones entre las Fuerzas Armadas y las Instituciones que representen, de igual manera se reconocerá a través de esta Condecoración aquellas actividades realizadas en beneficio de la Nación”. CONSIDERANDO (7): Q u e e l R e g l a m e n t o d e Condecoraciones y Distinciones Militares en el artículo 45 establece las atribuciones d e l C o n s e j o G e n e r a l d e Condecoraciones y Distinciones Militares, dentro de las cuales se hace referencia específica en el inciso a) Conocer y resolver sobre el otorgamiento de las condecoraciones y distinciones m i l i t a r e s s i g u i e n t e s : 2 ) MEDALLA “CRUZ DE LAS FF.AA.”.
- 15.Que en fecha 30 de septiembre del 2024, el Consejo General d e C o n d e c o r a c i o n e s y Distinciones Militares de las Fuerzas Armadas, resolvió mediante Acta No. 014-2024, otorgar la condecoración; Medalla “CRUZ DE LAS FUERZAS ARMADAS”, al General de Brigada LUIS A L F R E D O S A L A Z A R MARTÍNEZ y al Comisionado OSCAR ERNESTO BEITIA C Á C E R E S , p o r h a b e r contribuido en forma notable a estrechar los vínculos de amistad y desarrollo cultural entre las Fuerzas Armadas de Honduras, las Fuerzas Armadas de Guatemala y el Ministerio de Seguridad Pública de Panamá.
- 16.Que en fecha 08 de octubre del año 2024, la Dirección de Recursos Humanos del Estado Mayor Conjunto (C-1), emitió DICTAMEN D=153(C-1)2024 en el cual recomendó otorgar la condecoración; Medalla “CRUZ DE LAS FUERZAS ARMADAS” al General de Brigada LUIS ALFREDO SALAZAR MARTÍNEZ y al Comisionado OSCAR E R N E S T O B E I T I A CÁCERES.
- 17.Que es competencia de los Secretarios de Estado, emitir los acuerdos y resoluciones en los asuntos de su competencia y aquellos que le delegue el Presidente de la República y cuidar de su ejecución.
- 18.Que dentro de las competencias establecidas en el Artículo 36 de la Ley General de la Administración Pública, los Secretarios de Estado pueden delegar en los funcionarios y empleados, el ejercicio de la potestad de decidir en determinadas materias o en casos concretos, la firma de ciertos documentos.
- 19.Que para efectos de exportación de Nueces y Almendras de Palma, clasificada en la fracción arancelaria 1207.10.90.00 - - Otras, del Arancel Centroamericano de Importación (ACI), los exportadores deberán contar con licencia de exportación valida y vigente, emitida por la Subsecretaría de Integración Económica y Comercio Exterior de la Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico y sus dependencias abajo descritas, la cual será solicitada con todos los requisitos establecidos en el Acuerdo Ministerial No. 129-2024 del 29 de octubre de 2024.
- 20.Que la Constitución de la República establece que la Presidenta tiene a su cargo la Administración General del Estado y su representación; teniendo entre sus atribuciones dirigir la política general del Estado y representarlo, emitir Acuerdos y Decretos, expedir reglamentos y resoluciones conforme a la Ley, administrar la Hacienda Pública y las demás que le confieren la Constitución y las Leyes (artículo 245 numerales 2, 11, 19 y 45).
- 21.Que la Ley General de la Administración Pública, dispone que la Presidenta de la República tiene a su cargo la suprema dirección y coordinación de la Administración Pública Centralizada y Descentralizada, pudiendo en el ejercicio de sus funciones, actuar por sí o en Consejo de Ministros (artículo 11).
- 22.Que la persona humana es el fin supremo de la sociedad y del Estado, quien tiene el deber de proteger su vida e integridad física, para lo cual en situaciones de emergencia provocadas por fenómenos climatológicos como huracanes, tormentas o depresiones tropicales, con efectos negativos agravados por el cambio climático y la escasez de obras de mitigación y adaptación, el Gobierno debe, en coordinación con toda la institucionalidad del Estado, ejecutar acciones urgentes de prevención, control y vigilancia constante, resultando indispensable la contratación inmediata de bienes y servicios para dar -- 21 of 46 -- EDIS ANTONIO MONCADA ELSA XIOMARA GARCIA FLORES Colonia MirafIores Teléfono/Fax: Gerencia 2230-2520, 2230-1821 Administración: 2230-3026 CENTRO CÍVICO GUBERNAMENTAL respuesta a la población afectada, así como la ejecución de obras de infraestructura para habilitar la circulación y garantizar la movilidad nacional.
- 23.Que resulta imprescindible generar las acciones necesarias conducentes a la construcción inmediata de proyectos de infraestructura para el control de inundaciones, tanto en la zona Norte del país, como en la zona Sur, ejecutando actividades de canalización, reforestación, limpieza y dragado de las cuencas de los ríos y su protección, con el objeto de prevenir un estado de calamidad agravado, siendo deber del Estado ofrecer respuesta inmediata a personas y familias en situación de vulnerabilidad.
- 24.Que en situaciones de emergencia se debe priorizar la atención especializada a los grupos en situación de vulnerabilidad, garantizando el respeto irrestricto de los derechos humanos, resultando indispensable la ejecución inmediata de obras y acciones de mitigación, adaptación, control y prevención en varios departamentos del país.
- 25.Que Honduras es un país altamente vulnerable a los efectos del cambio climático, según distintos reportes científicos sobre la materia, incluidos informes pertinentes de la Organización de las Naciones Unidas. Su ubicación geográfica - entre el Océano Pacífico y el Atlántico – expone al país a numerosas y diversas amenazas naturales y a fenómenos climáticos extremos, entre ellos huracanes, frentes fríos y depresiones tropicales. Sin embargo, durante más de una década, en la administración anterior se abandonó la construcción de proyectos de infraestructura y control de inundaciones, proyectos que incluso se encontraban planificados, así como la canalización, reforestación, limpieza y dragado de las cuencas de los ríos y su protección, por lo que actualmente Honduras enfrenta un estado de calamidad agravado.
- 26.Que atendiendo el pronóstico de los organismos técnicos especializados ante el paso de la Tormenta SARA por el territorio nacional, con el objeto de proteger a la población nacional y garantizar la atención eficiente y oportuna de los inminentes daños ocasionados por dicho fenómeno climatológico, la Presidenta de la República en Consejo de Secretarios de Estado, Decretó ESTADO DE EMERGENCIA por un -- 22 of 46 -- período de treinta (30) días, en las zonas del territorio nacional calificadas como afectadas por el Comité Permanente de Contingencias (COPECO). (Decreto Ejecutivo PCM 35-2024, publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” el 15 de noviembre de 2024 en su edición número 36,690).
- 27.Que como es de público conocimiento, los daños y repercusiones a nivel nacional provocados por el paso de la Tormenta Tropical SARA, han sido significativamente mayores a lo previsto, afectando severamente vías de comunicación, puentes, sistemas de agua potable, redes eléctricas, centros educativos y de salud, entre otros sectores críticos, dificultando la movilidad, el acceso a servicios esenciales y la reactivación de las actividades económicas, entre otros.
- 28.Que debido a la magnitud y complejidad de las afectaciones registradas, es indispensable continuar las intervenciones estratégicas de parte del Estado, para abordar de manera efectiva los daños existentes en la infraestructura y servicios esenciales, particularmente en las zonas de riesgo, que se encuentran especialmente vulnerables ante la posible ocurrencia de nuevos fenómenos climatológicos.
- 29.Que la Ley de Contratación del Estado dispone que cuando ocurran situaciones de emergencia ocasionadas por desastres, calamidad pública u otras circunstancias que afectaren sustancialmente la continuidad o la prestación eficiente de los servicios públicos, podrá contratarse la construcción de obras públicas, el suministro de bienes, servicios o la prestación de servicios de consultoría que fueren estrictamente necesarios, sin sujetarse a los requisitos de licitación y demás disposiciones reglamentarias, sin perjuicio de las funciones de fiscalización. Todo contrato deberá contener las cláusulas y disposiciones que sean necesarias para su correcta ejecución y debido control. Su objeto deberá ser determinado y la necesidad que se pretende satisfacer deberá quedar plenamente justificada en el expediente correspondiente (artículos 9 y 10).
- 30.Que la Constitución de la República en su artículo 245 numerales 2) y 25) establece que la Presidenta tiene a su cargo la Administración General del Estado, encontrándose entre sus atribuciones conferir condecoraciones conforme a la Ley.
- 31.Que la Constitución de la República en el artículo 274 párrafo primero, establece que las Fuerzas Armadas estarán sujetas a las disposiciones de su Ley Constitutiva y a las demás leyes y reglamentos que regulen su funcionamiento. Cooperarán con las Secretarías de Estado y demás instituciones, a pedimento de éstas, en labores de alfabetización, e d u c a c i ó n , a g r i c u l t u r a , protección del ambiente, vialidad, comunicaciones, sanidad y reforma agraria.
- 32.Que la Ley Constitutiva de las Fuerzas Armadas en su artículo -- 30 of 46 -- EDIS ANTONIO MONCADA ELSA XIOMARA GARCIA FLORES Colonia MirafIores Teléfono/Fax: Gerencia 2230-2520, 2230-1821 Administración: 2230-3026 CENTRO CÍVICO GUBERNAMENTAL 200 establece que se otorgarán condecoraciones y distinciones militares, a los miembros de las Fuerzas Armadas, a militares de naciones amigas y a personas e instituciones civiles, nacionales o extranjeras, en reconocimiento a actos heroicos, servicios distinguidos y méritos relevantes. Todo miembro de las Fuerzas Armadas que cause baja por haber cumplido el tiempo de servicio, recibirá a nombre de la República un certificado de reconocimiento por los servicios prestados extendida por el Comandante General o autoridad competente.
- 33.Que la Ley Constitutiva de las Fuerzas Armadas, en su artículo 201, establece que las condecoraciones y distinciones militares serán otorgadas de conformidad con lo establecido en el Reglamento respectivo. CONSIDERANDO (05): Q u e e l R e g l a m e n t o d e Condecoraciones y Distinciones Militares en su artículo 1 literal a) establece que con el fin de premiar a los miembros de las Fuerzas Armadas de Honduras y personas civiles, nacionales o extranjeras y militares de naciones amigas en reconocimiento a relevantes servicios prestados a la patria mediante actos de valor excepcional, capacidad profesional y demás hechos m e r i t o r i o s , c r é a n s e l a s Condecoraciones y Distinciones Militares: a) MEDALLA “GRAN CRUZ DE LAS FF.AA.”. -- 31 of 46 -- CONSIDERANDO (06): Q u e e l R e g l a m e n t o d e Condecoraciones y Distinciones Militares, en su artículo 7 establece que la Condecoración Medalla “GRAN CRUZ DE LAS FF.AA.”, será otorgada por la Presidenta Constitucional de la República, a propuesta del Consejo General de Condecoraciones y Distinciones Militares, a través de la Jefatura del Estado Mayor Conjunto a: Comandante General de las Fuerzas Armadas, Jefe del Estado Mayor Conjunto, Cargos Análogos Civiles, Nacionales y Extranjeros, titulares o presidentes de los Poderes del Estado, así como de las diferentes iglesias. CONSIDERANDO (07): Q u e e l R e g l a m e n t o d e Condecoraciones y Distinciones Militares en el artículo 45 establece las atribuciones del Consejo General de Condecoraciones y Distinciones Militares, dentro de las cuales se hace referencia específica en el inciso a) Conocer y resolver sobre el otorgamiento d e l a s c o n d e c o r a c i o n e s y distinciones militares siguientes: 1) MEDALLA “GRAN CRUZ DE LAS FF.AA.”.
- 34.Que en fecha 12 de junio del 2024, el Consejo General de Condecoraciones y Distinciones Militares de las Fuerzas Armadas, resolvió mediante Acta No. 009- 2024, otorgar la condecoración; Medalla “GRAN CRUZ DE LAS FUERZAS ARMADAS”, a la Comandante del Comando Sur de los Estados Unidos de América, General LAURA J. RICHARDSON, por haber contribuido en forma notable a estrechar los vínculos de amistad y desenvolvimiento cultural de las Fuerzas Armadas de su respectivo país y el nuestro. -- 32 of 46 --
- 35.Que en fecha 14 de junio del año 2024, la Dirección de Recursos Humanos del Estado Mayor Conjunto (C-1), emitió DICTAMEN D=101(C-1)2024 en el cual recomendó otorgar la condecoración Medalla “GRAN CRUZ DE LAS FUERZAS A R M A D A S ” a l a S e ñ o r a Comandante del Comando Sur de los Estados Unidos de América, General LAURA J. RICHARSON.
- 36.Que de conformidad a la Constitución de la República, la titularidad del Poder Ejecutivo la ejerce en representación y para beneficio del pueblo la Presidenta de la República, correspondiéndole dirigir la Política General del Estado y representarlo, así como emitir Acuerdos, Decretos, expedir Reglamentos y Resoluciones conforme a la Ley y administrar la Hacienda Pública (artículos 235 y 245 numerales 2, 11 y 19).
- 37.Que según lo establecido en la Constitución de la República, la persona humana es el fin supremo de la sociedad y del Estado, todos tienen la obligación de respetarla y protegerla. El derecho a la vida es inviolable (artículos 59 y 65).
- 38.Que de acuerdo a la Constitución de la República, las cárceles son establecimientos de seguridad y defensa social, en donde se debe procurar la rehabilitación del recluido y su preparación para el trabajo (artículo 87).
- 39.Que de conformidad a la Ley del Sistema Penitenciario Nacional, este tiene como fines primordiales la reeducación y la reinserción social de las personas condenadas a penas y medidas de seguridad privativas de libertad, así como la retención y custodia de toda persona detenida, en prisión preventiva o cumpliendo condena privativa de libertad (artículo 1).
- 40.Que desde los inicios del Gobierno de la Presidenta Iris Xiomara Castro Sarmiento, se han realizado esfuerzos para garantizar la seguridad y gobernabilidad de los Centros Penitenciarios. En ese sentido, mediante Decreto Ejecutivo número PCM 03-2022 y Decreto Ejecutivo número -- 34 of 46 -- EDIS ANTONIO MONCADA ELSA XIOMARA GARCIA FLORES Colonia MirafIores Teléfono/Fax: Gerencia 2230-2520, 2230-1821 Administración: 2230-3026 CENTRO CÍVICO GUBERNAMENTAL PCM 16-2023 se declaró estado de emergencia en el Sistema Penitenciario Nacional y se nombraron dos Comisiones Interventoras, mediante las cuales se pretendía desmilitarizar, reformar y modernizar de forma gradual y progresiva el sistema de gestión penitenciaria.
- 41.Que a pesar de los esfuerzos gubernamentales, la magnitud de la violencia ejercida por el crimen organizado y la gran capacidad operativa de estas estructuras delictivas dentro de los establecimientos penitenciarios, hicieron necesario que el Estado ejerciera toda su autoridad y fuerza coercitiva para enfrentar la ingobernabilidad de los Centros Penales, con el objeto de salvaguardar la vida y la integridad física y psíquica de las personas privadas de libertad y de las autoridades encargadas de su custodia. En consecuencia, mediante Decreto Ejecutivo número PCM 28-2023, se ratificó el Estado de Emergencia en el Sistema Penitenciario Nacional y se instruyó y delegó a la Policía Militar del Orden Público de las Fuerzas Armadas de Honduras (PMOP), en calidad de Comisión Interventora del Sistema Penitenciario Nacional, por un periodo de un (1) año, para que asumiera de manera temporal todas las competencias y facultades legales otorgadas a las autoridades superiores que integran el Sistema Penitenciario Nacional.
- 42.Que mediante Decreto Ejecutivo número PCM 18-2024, se prorrogó la Declaratoria del Estado de Emergencia en el Sistema Penitenciario Nacional, así como la vigencia del Decreto Ejecutivo número PCM 28-2023, hasta el 31 de diciembre de 2024.
- 43.Que la Policía Militar del Orden Público de las Fuerzas Armadas de Honduras (PMOP), en calidad de Comisión Interventora del Sistema Penitenciario Nacional, ha alcanzado avances significativos y resultados positivos en su gestión, garantizando el control y el manejo eficaz y eficiente del Sistema Penitenciario Nacional, logrando el objetivo de proteger a la Sociedad, crear e implementar los planes de rehabilitación, reeducación y reinserción social, así como la articulación del trabajo interinstitucional con el Poder Judicial, la Defensa Pública y los Juzgados de Ejecución, entre otros. Además, se encuentra en desarrollo un proceso de coordinación de todas las instituciones vinculadas al tema penitenciario, en el marco de la elaboración de la Política Pública Penitenciaria, herramienta que garantizará la modernización y fortalecimiento del Sistema.
- 44.Que a pesar de los significativos avances, algunas condiciones en materia de seguridad que motivaron la Declaratoria del Estado de Emergencia en el -- 35 of 46 -- Sistema Penitenciario Nacional y la intervención del mismo, todavía subsisten. Asimismo, existen procesos legales, técnicos y administrativos que se encuentran programados o en proceso de ejecución, como la finalización de la construcción de módulos en los centros penales de Ilama, Morocelí y Támara, cuya finalización está prevista para inicios del año 2025; la construcción de un módulo en el Porvenir, Atlántida, cuya construcción comenzará en el año 2025; entre otros.
- 45.Que a través de la Escuela Penitenciaria Nacional se superó la meta de formación de agentes penitenciarios, contando con 2,026 nuevos agentes y oficiales y teniendo previsto para el año 2025 continuar con este proceso de formación para garantizar la formación de aproximadamente 4,200 agentes y oficiales. Asimismo, se encuentra en proceso la conformación de los Consejos Técnicos Interdisciplinarios (CTI), de acuerdo a lo establecido en el Reglamento Técnico del Sistema Penitenciario.
- 46.Que es indispensable continuar con el proceso de reestructuración del Sistema Penitenciario, con el objeto de garantizar una transición gradual y progresiva, para que la Dirección del Instituto Nacional Penitenciario y de cada establecimiento penitenciario, sea asumida por funcionarios de carrera de personal de Servicio Penitenciario, de conformidad a lo establecido en la Ley del Sistema Penitenciario Nacional, para lo cual resulta indispensable ampliar la declaratoria del estado de emergencia, así como prorrogar la vigencia de la intervención del Sistema Penitenciario Nacional.
- 47.Que la Ley General de la Administración Pública dispone que la Presidenta de la República tiene a su cargo la suprema dirección y coordinación de la Administración Pública Centralizada y Descentralizada y en el ejercicio de sus funciones podrá actuar por sí o en Consejo de Ministros (artículo 11).
- 48.Que la Ley General de la Administración Pública establece que el Poder Ejecutivo puede intervenir total o parcialmente, todos los entes, órganos o unidades de la Administración Pública que operen con pérdidas, no cumplan con sus funciones o no presten adecuadamente los servicios para los cuales fueron creados. De proceder la intervención, estará a cargo de una Comisión Interventora que se encargará de la administración de la entidad, órgano o unidad intervenida y realizará una evaluación de la misma, con la asesoría del Tribunal Superior de Cuentas; dicha Comisión Interventora tendrá las facultades que les correspondan a los administradores de las mismas ejerciendo su representación legal y deberá rendir un informe de evaluación en el que se recomendarán las medidas que se estimen adecuadas para mejorar la situación administrativa y financiera de la entidad intervenida (artículos 98, 99 y 100).
- 49.Que la Ley de Contratación del Estado establece que se podrán realizar contrataciones directas, cuando se tenga por objeto proveer las necesidades ocasionadas por una situación de emergencia al amparo de lo establecido en su artículo 9. Asimismo, establece que la declaración de emergencia se hará mediante Decreto de la Presidencia en -- 36 of 46 -- Consejo de Secretarios de Estado, cuando ocurran situaciones de emergencia ocasionadas, entre otros, por calamidad pública, necesidades de la defensa o relacionadas con estados de excepción (artículos 9 y 63 numeral 1).
- 50.Que la Constitución de la República establece que la titularidad del Poder Ejecutivo la ejerce en representación y para beneficio del pueblo la Presidenta de la República, correspondiéndole dirigir la Política General del Estado y representarlo, así como emitir Acuerdos y Decretos conforme a ley, adoptar las medidas de promoción, prevención, recuperación y rehabilitación de la salud de los habitantes (artículos 235 y 245 numerales 2, 11 y 29).
- 51.Que, según lo establecido en la Constitución de la República, la persona humana es el fin supremo de la sociedad y del Estado, consecuentemente, todos tienen la obligación de respetarla y protegerla. En ese sentido, la Constitución establece que el derecho a la vida es inviolable, reconociéndole de tal manera que un medio ambiente adecuado para proteger la salud de las personas (artículos 59, 65 y 145).
- 52.Que el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, reconoce el derecho de toda persona al disfrute del más alto nivel posible de salud física y mental. Entre las medidas que deberán adoptar los Estados parte en el Pacto se encuentra la generación de condiciones que aseguren a todos asistencia y servicios médicos en caso de enfermedad (artículo 12).
- 53.Que la Ley General de la Administración Pública dispone que la Presidenta de la República tiene -- 41 of 46 -- GLORIA ANNARELLA VÉLEZ OSEJO SECRETARIA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE LAS CULTURAS, LAS ARTES Y LOS PATRIMONIOS DE LOS PUEBLOS DE HONDURAS WARREN OCHOA ORELLANA SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE DESARROLLO COMUNITARIO, AGUA Y SANEAMIENTO JOSÉ JORGE FORTÍN AGUILAR SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE GESTIÓN DE RIESGOS Y CONTINGENCIAS NACIONALES (COPECO) LIZETH ARMANDINA COELLO GÓMEZ SECRETARIA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA Poder Ejecutivo DECRETO EJECUTIVO NÚMERO PCM 42-2024 LA PRESIDENTA CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA EN CONSEJO DE SECRETARIOS DE ESTADO,
- 54.Que la Constitución de la República establece que la titularidad del Poder Ejecutivo la ejerce en representación y para beneficio del pueblo la Presidenta de la República, correspondiéndole dirigir la Política General del Estado y representarlo, así como emitir Acuerdos y Decretos conforme a ley, adoptar las medidas de promoción, prevención, recuperación y rehabilitación de la salud de los habitantes (artículos 235 y 245 numerales 2, 11 y 29).
- 55.Que, según lo establecido en la Constitución de la República, la persona humana es el fin supremo de la sociedad y del Estado, consecuentemente, todos tienen la obligación de respetarla y protegerla. En ese sentido, la Constitución establece que el derecho a la vida es inviolable, reconociéndole de tal manera que un medio ambiente adecuado para proteger la salud de las personas (artículos 59, 65 y 145).
- 56.Que el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, reconoce el derecho de toda persona al disfrute del más alto nivel posible de salud física y mental. Entre las medidas que deberán adoptar los Estados parte en el Pacto se encuentra la generación de condiciones que aseguren a todos asistencia y servicios médicos en caso de enfermedad (artículo 12).
- 57.Que la Ley General de la Administración Pública dispone que la Presidenta de la República tiene -- 42 of 46 -- situaciones epidemiológicas, se declaró Estado de Emergencia Sanitaria en todo el Sistema de Salud Pública a nivel nacional.
- 58.Que las condiciones que motivaron las declaratorias de estado de emergencia sanitaria siguen vigentes, y en respuesta al estado de calamidad pública en que fue encontrado el Sistema de Salud a nivel nacional y ante el actual proceso de rescate, reestructuración, modernización y fortalecimiento de la red hospitalaria en el país, es imperativo garantizar el derecho constitucional a la salud, asegurando la provisión de servicios, insumos, medicamentos, infraestructura adecuada y la atención oportuna de la población hondureña.
- 59.Que la Ley de Contratación del Estado establece que se podrá realizar la contratación directa cuando tenga por objeto proveer las necesidades ocasionadas por una situación de emergencia (artículo 63, numeral 1).
- 60.Que, de conformidad a la Ley de Contratación del Estado, la declaración del estado de emergencia se hará mediante Decreto de la Presidenta de la República en Consejo de Ministros (artículo 9).
- 61.Que de conformidad a la Constitución de la República, la Presidenta convoca y preside el Consejo de Ministros, el cual podrá tomar resolución en todos los asuntos que juzgue de importancia nacional (artículo 252 párrafo segundo).
- 62.Que la magnitud de las repercusiones del abandono durante más de una década el Sistema de Salud Pública, han hecho necesario que el Estado implemente medidas extraordinarias con el objeto de salvaguardar la vida y la salud de la población hondureña, ante un Sistema que fue desatendido y saqueado, provocando una severa crisis a nivel nacional y un estado de calamidad pública, con un sistema colapsado por el desabastecimiento de medicamentos, la falta de capacidad logística y material quirúrgico esencial, la carencia y deficiencia de infraestructura y equipo hospitalario, servicios y cobertura ineficientes, la incapacidad de responder a la creciente demanda de atención de la población, aunado a los escandalosos y perjudiciales casos de corrupción vinculados al Sistema de Salud Pública, entre otros.
- 63.Que mediante Decretos Ejecutivos número PCM 16-2022, PCM 04-2023 y PCM 53-2023 con el propósito de garantizar el cumplimiento del derecho constitucional a la salud, asegurar la provisión de servicios, insumos, medicamentos, infraestructura adecuada y la atención oportuna de la población hondureña, así como para fortalecer las acciones de vigilancia, prevención, control y garantizar la atención a las personas ante eventuales -- 43 of 46 --
Articulos
Articulo 1
Ascender a partir del día tres (3) de octubre del año 2024, al grado de General de Brigada de Las Armas, a nueve (9) señores oficiales con el grado de Coronel de las Armas, que se nomina en estricto orden de precedencia: 1) Coronel de Ingeniería DEM, M E L V I N O R L A N D O CARBAJAL ORTIZ, (Enlac. Grupo Milit. EEUU); 2) Coronel de Ingeniería DEM, R A F A E L Y O V A N N Y ORELLANA MURILLO, (C-3); 3) Coronel de Ingeniería DEM, OSCAR ORLANDO CASTILLO CACERES, (C-1); 4) Coronel de Infantería DEM, MAX ALONSO HERNANDEZ MARCIA, (AJMFFAA); 5) Coronel de Aviación DEMA, A R M A N D O M A R T I N E Z RUEDA, (SGEMC); 6) Coronel de Infantería DEM, OSCAR MANUEL NÁJERA CÁRCAMO, (C-8); 7) Coronel de Infantería DEM, JOSE MIGUEL MEJIA MEDINA, (IMFFAA); 8) Coronel de Infantería DEM, WALTER IRÁN AMADOR LACAYO, (UDH); y, 9) Coronel de Infantería DEM, NAHUM CANALES CRUZ, (CALFFAA).
Articulo 2
El presente Decreto entrará en vigencia a partir del día de su publicación en el Diario Oficial “La Gaceta”. -- 6 of 46 -- Secretaría de Estado en los Despachos de Gobernación, Justicia y Descentralización ACUERDO No. 564-2024 EL SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE GOBERNACIÓN, JUSTICIA Y DESCENTRALIZACIÓN CONSIDERANDO: Que corresponde a los Secretarios de Estado las atribuciones comunes previstas en la Constitución de la República y en la Ley; asimismo, les corresponde el conocimiento y resolución de los asuntos del Ramo de conformidad con la Ley, pudiendo delegar en los Subsecretarios, Secretarios Generales y Directores Generales, el ejercicio de atribuciones específicas. CONSIDERANDO: Que mediante Acuerdo No. 0696, publicado en el Diario Oficial La Gaceta, en fecha 18 de noviembre de 2008, los viajes fuera del país de los Funcionarios y Empleados, deberá ser aprobados por Acuerdo emitido por la Secretaría de Estado a la que se encuentre adscrito el Funcionario o Empleado respectivo. CONSIDERANDO: Que los ciudadanos Tesla Maritza Maradiaga Suazo, Asesora Ministerial de Comunicación; Víctor Hugo Ordóñez Navarro, Dirección de Comunicación Institucional; Luis Manuel Maier, Director de Urbanismo Municipal; y, Karla Lizeth Alvarenga, Directora de la Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, en el Salón de Sesiones del Congreso Nacional, a los veintiséis días del mes de septiembre de dos mil veinticuatro. LUIS ROLANDO REDONDO GUIFARRO PRESIDENTE LUZ ANGÉLICA SMITH MEJÍA SECRETARIA JOSUÉ FABRICIO CARBAJAL SANDOVAL SECRETARIO Al Poder Ejecutivo Por Tanto: Ejecútese. Tegucigalpa, M.D.C., 07 de octubre de 2024. IRIS XIOMARA CASTRO SARMIENTO PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA LA SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DEFENSA NACIONAL -- 7 of 46 -- La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M.D.C., 4 D E D I C I E MBRE D E L 2024 N o . 36,706 PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS FISCAL ADMINISTRATIVO A V I S O La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras Fiscal Administrativo, en aplicación del artículo 50 de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha 04 de febrero del año 2019, comparece la Abogada ROSANGEL SANDOVAL CARRASCO, representante procesal de la Sociedad Mercantil CERVECERIA HONDUREÑA S.A. DE C.V., interpuso demanda ante este Juzgado con orden de ingreso No.0801-2019-00020 Fiscal, contra la Municipalidad de Gualaco, se interpone demanda para que se declare no conforme a derecho y se anule un acto administrativo de carácter particular consistente en el acuerdo contendió en el punto 17.7 del acta número 18 de la sesión ordinaria de fecha 1 de noviembre de 2018, de la Corporación Municipal de la Municipalidad de Gualaco, departamento de Olancho, por haberse dictado infringiendo el ordenamiento jurídico vigente; se solicita reconocimiento de una situación jurídica individualizada y la adopción de medidas necesarias para su pleno restablecimiento consistente en que se ordene a la Municipalidad, declarar con lugar el recurso de reposición interpuesto contra el requerimiento de pago de impuestos y servicios en mora N°1 de fecha 12 de octubre de 2018, revocando dicho requerimiento de pago; se anuncia medios de prueba; se acompañan documentos; habilitación de horas y días inhábiles. MARGARITA ALVARADO GALVEZ SECRETARIA ADJUNTA 4 D. 2024 Sección “B” ____________ PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO A V I S O El infrascrito, Secretario Adjunto del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo 50 de la Ley de esta Jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha quince (15) de octubre de dos mil veinticuatro (2024), compareció a este Juzgado la Abogada GABRIELA SOFÍA ESCALANTE MARADIAGA, quien actúa en su condición de Apoderada Legal del señor ALDON JAVIER VELÁSQUEZ, interponiendo demanda en materia de personal con orden de ingreso 0801-2024-00778, contra el Estado de Honduras, a través del SERVICIO NACIONAL DE EMPRENDIMIENTO Y PEQUEÑOS NEGOCIOS (SENPRENDE), como órgano desconcentrado de la Secretaría de Estado en los Despachos de Gobernación, Justicia y Descentralización. Para la declaración de nulidad de un acto administrativo de carácter particular de la Administración Pública, consistente en el Acuerdo de Cancelación No. 051-2024, de fecha 23 de septiembre de 2024, emitido por el Secretario General de SENPRENDE, que se reconozca la situación jurídica individualizada por la cancelación ilegal e incausada del cargo y como medida para su pleno restablecimiento se condene al pago de prestaciones e indemnizaciones legales correspondientes, así como el pago de los sueldos dejados de percibir desde la fecha de la cancelación hasta la fecha en que quede firme la sentencia condenatoria, incluyendo los colaterales consistentes en décimo tercer mes en concepto de aguinaldo, décimo cuarto mes en concepto de compensación social, vacaciones, junto con sus bonificaciones y los incrementos salariales otorgados a todos los empleados del sector público, se acompañan documentos, se acredita representación, costas. ABG. JUAN ERNESTO GARCÍA ALVAREZ SECRETARIO ADJUNTO 4 D. 2024 ____________ PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Tegucigalpa, M.D.C. República de Honduras, C.A. A V I S O La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, con sede en Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha 07 de agosto del 2024, compareció ante este Juzgado la Abogada ERMELINDA CASTELLON MARTINEZ, en su condición de representante procesal de la Sociedad Mercantil HR CONSTRUCCIONES S. DE R.L. DE C.V., por la VÍA DEL PROCEDIMIENTO ESPECIAL EN MATERIA IMPOSITIVA, para la declaración de ilegalidad y nulidad de los actos administrativos impugnados consistentes en la RESOLUCIÓN NO. 30-2024 de fecha 05 de abril del 2024; RESOLUCIÓN SDN No. 127- 2024 de fecha seis de junio del 2024 y la RESOLUCIÓN SDN No.185-2024 de fecha 18 de julio del 2024, emitidos por la Secretaría de Estado en el Despacho de Defensa Nacional, reconocimiento de una situación jurídica individualizada y para su pleno restablecimiento se adopten las medidas necesarias para dejar sin valor y efecto la sanción impuesta, se reconozcan los intereses devengados desde el momento del depósito hasta el día de su devolución, en caso de ser pagada la misma; contra el Estado de Honduras, a través de la Procuraduría General de la República, quedando registrada en esta Judicatura bajo el orden de ingreso No. 0801-2024-00572. Asimismo, se hace la advertencia que los legitimados como parte demandada con arreglo al inciso C) del artículo 17 de la Ley de la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo y los coadyuvantes se entenderán EMPLAZADOS con la presente publicación. ABG. RUTH ALEJANDRA CASTELLON CERRATO SECRETARIA ADJUNTA 4 D. 2024 -- 8 of 46 -- Sección B Avisos Legales REPÚBLICA DE H ONDURAS - TEGUCIGALPA, M.D.C., 5 DE DICIEMBRE DEL 2024 No. 36,707 Sección “B” República de Honduras Secretaría de Estado en el Despacho de Defensa Nacional Fuerzas Armadas de Honduras AVISO DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL Proceso de Licitación Pública Nacional No. LPN-055-2024-SDN “RENOVACIÓN DE APLICACIONES INFORMÁTICAS|SEDENA AÑO 2025” 1. La Secretaría de Estado en el Despacho de Defensa Nacional en el Marco de la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento, invita a presentar Ofertas para la Licitación Pública Nacional No. LPN-055-2024-SDN, para el proyecto “RENOVACIÓN DE APLICACIONES INFORMÁTICAS| SEDENA AÑO 2025”. 2. El financiamiento para la realización del presente proceso proviene de fuente de Financiamiento Tesoro Nacional. 3. Los interesados en participar en la Licitación Pública Nacional, deberán hacerlo mediante solicitud por escrito dirigida a la Gerente Administrativo de la Secretaría de Estado en el Despacho de Defensa Nacional, Licenciada Sabrina Bustamante, en el Centro Cívico Gubernamental, José Cecilio del Valle, torre II, a partir de publicación de este aviso previo pago no reembolsable de trescientos lempiras exactos (L.300.00) en banco, para lo cual debe imprimir el recibo de la TGR-1, a nombre de la Secretaría de Defensa Nacional, siguiendo las instrucciones de la página de SEFIN (www.sefin.gob.hn), bajo el rubro 12121 (emisión y constancia). 4. Los pliegos de condiciones se retirarán en la ventanilla de atención al ciudadano, ubicada en el primer piso de la torre número 2, del Centro Cívico Gubernamental José Cecilio del Valle en la ciudad de Tegucigalpa, a partir de la fecha de emisión de este aviso, hasta el 23 de diciembre 2024, de lunes a viernes en un horario de 09:30 a.m., a 03:30 p.m., previa presentación de la solicitud de participación y recibo. Asimismo, el período para recibir aclaraciones de este pliego de condiciones será desde el día 14 de noviembre al 09 de diciembre del año 2024, en el mismo lugar y horario. 5. Los documentos de la licitación podrán ser examinados en el Sistema de Información de Contrataciones y Adquisiciones del Estado de Honduras “HONDUCOMPRAS” (www.honducompras.gob.hn). 6. Las ofertas serán recibidas en forma impresa en sobre sellado (1 original y 2 copias) y a través de nota de remisión de la empresa dirigida a la Gerencia Administrativa, Licenciada Sabrina Bustamante, en la Universidad de Defensa de Honduras, El Ocotal, Francisco Morazán, contiguo a COPECO; únicamente el día 23 de diciembre del año 2024 hasta las 10:00 horas, sin prórroga alguna. No se recibirán ofertas posteriormente a esta fecha y hora oficial de la República de Honduras. 7. Las ofertas se abrirán en presencia de los representantes de los oferentes que deseen asistir en la Universidad de Defensa de Honduras a las 10:30 a.m., del día 23 de diciembre del año 2024. Todas las ofertas deberán estar acompañadas de una Garantía de Mantenimiento de la Oferta por el valor y la forma establecidos en los documentos de licitación. Tegucigalpa, M.D.C., 14 de noviembre de 2024 Orlando Enrique Garner Ordóñez Subsecretario de Estado en el Despacho de Defensa Nacional 5 D. 2024 -- 9 of 46 -- Sección B Avisos Legales REPÚBLICA DE H ONDURAS - TEGUCIGALPA, M.D.C., 5 DE DICIEMBRE DEL 2024 No. 36,707 REPÚBLICA DE HONDURAS Secretaría de Estado en el Despacho de Defensa Nacional AVISO DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL Proceso de Licitación Pública Nacional No. LPN-063-2024-SDN “MANTENIMIENTO PREVENTIVO DE LA FLOTA VEHICULAR DE SEDENA 2025”. 1. La Secretaría de Estado en el Despacho de Defensa Nacional en el Marco de la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento, invita a presentar Ofertas para la Licitación Pública Nacional No. LPN-063- 2024-SDN, para el proyecto “MANTENIMIENTO PREVENTIVO DE LA FLOTA VEHICULAR DE SEDENA 2025”. 2. El financiamiento para la realización del presente proceso proviene de Fondos Nacionales. 3. Los interesados en participar en la Licitación Pública Nacional, deberán hacerlo mediante solicitud por escrito dirigida a la Gerente Administrativo de la Secretaría de Estado en el Despacho de Defensa Nacional, Licenciada Sabrina Bustamante, en el Centro Cívico Gubernamental, José Cecilio del Valle, piso 18, torre II; a partir de la publicación de este aviso previo pago no reembolsable de trescientos lempiras exactos (L.300.00) en banco, para lo cual debe imprimir el recibo de la TGR-1, a nombre de la Secretaría de Defensa Nacional, siguiendo las instrucciones de la página de SEFIN (www.sefin.gob.hn) bajo el rubro 12121 (emisión y constancia). 4. Los pliegos de condiciones se retirarán en la ventanilla de atención al ciudadano ubicada en el primer piso de la torre número 2, del Centro Cívico Gubernamental José Cecilio del Valle en la ciudad de Tegucigalpa, a partir de la fecha de emisión de este aviso hasta el 26 de diciembre de 2024, de lunes a viernes en un horario de 09:30 a.m. a 03:30 p.m, previa presentación de la solicitud de participación y recibo. Asimismo, el período para recibir aclaraciones de este pliego de condiciones será desde el día 14 de noviembre al 04 de diciembre del año 2024, en el mismo lugar y horario. 5. Los documentos de la licitación podrán ser examinados en el Sistema de Información de Contrataciones y Adquisiciones del Estado de Honduras “HONDUCOMPRAS” (www.honducompras.gob.hn). 6. Las ofertas serán recibidas en forma impresa en sobre sellado (1 original y 2 copias) y a través de nota de remisión de la empresa dirigida a la Gerencia Administrativa, Licenciada Sabrina Bustamante, en las instalaciones de la Universidad de Defensa de Honduras, en el Ocotal, F.M. contiguo a COPECO; únicamente el día 26 de diciembre del año 2024 hasta las 10:00 horas, sin prórroga alguna. No se recibirán ofertas posteriormente a esta fecha y hora oficial de la República de Honduras. 7. Las ofertas se abrirán en presencia de los representantes de los Oferentes que deseen asistir en las Instalaciones de la Universidad de Defensa de Honduras, a las 10:30 a.m. del día 26 de diciembre del año 2024. Todas las ofertas deberán estar acompañadas de una Garantía de Mantenimiento de la Oferta por el valor y la forma establecidos en los documentos de licitación. Tegucigalpa, M.D.C, 14 de noviembre de 2024 Orlando Enrique Garner Ordóñez Subsecretario de Estado en el Despacho de Defensa Nacional 5 D. 2024 -- 10 of 46 -- Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M . D . C . , 7 D E D I C I E M BRE D E L 2024 N o . 36,709 Sección “B” República de Honduras Secretaría de Estado en el Despacho de Defensa Nacional Fuerzas Armadas de Honduras AVISO DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL Proceso de Licitación Pública Nacional No. LPN-053-2024-SDN “REMODELACIÓN DE BARRACA PARA EL PERSONAL FEMENINO PARA EL CENTRO DE ADIESTRAMIENTO DE LAS FFAA” 1. La Secretaría de Estado en el Despacho de Defensa Nacional en el Marco de la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento, invita a presentar Ofertas para la Licitación Pública Nacional No.LPN-053- 2024-SDN, para el proyecto “REMODELACIÓN DE BARRACA PARA EL PERSONAL FEMENINO PARA EL CENTRO DE ADIESTRAMIENTO DE LAS FF.AA”. 2. El financiamiento para la realización del presente proceso proviene de Fondos Nacionales. 3. Los interesados en participar en la Licitación Pública Nacional, deberán hacerlo mediante solicitud por escrito dirigida a la Gerente Administrativo de la Secretaría de Estado en el Despacho de Defensa Nacional, Licenciada Sabrina Bustamante, en el Centro Cívico Gubernamental, José Cecilio del Valle, Torre II, a partir de publicación de este aviso, previo pago no reembolsable de quinientos lempiras exactos (L.500.00) en banco, para lo cual debe imprimir el recibo de la TGR-1, a nombre de la Secretaría de Defensa Nacional, siguiendo las instrucciones de la página de SEFIN (www.sefin.gob.hn) bajo el rubro 12121 (emisión y constancia). 4. Los pliegos de condiciones se retirarán en la ventanilla de atención al ciudadano, ubicada en el primer piso de la Torre número 2, del Centro Cívico Gubernamental José Cecilio del Valle en la ciudad de Tegucigalpa, a partir de la fecha de emisión de este aviso hasta el 19 de diciembre del 2024, de lunes a viernes en un horario de 09:30 am a 03:30 pm, previa presentación de la solicitud de participación y recibo. Asimismo, el período para recibir aclaraciones de este pliego de condiciones será desde el día 27 de noviembre al 03 de diciembre del año 2024, en el mismo lugar y horario. 5. Se realizará una visita de campo el día 26 de noviembre del 2024, en las instalaciones del Centro de Adiestramiento Militar de las Fuerzas Armadas, ubicado en El Bijagual, Olancho, a las 11:00 horas, se levantará un acta alusiva al evento. 6. Los documentos de la licitación podrán ser examinados en el Sistema de Información de Contrataciones y Adquisiciones del Estado de Honduras “HONDUCOMPRAS” (www.honducompras.gob.hn). 7. Las ofertas serán recibidas en forma impresa en sobre sellado (1 original y 2 copias) y a través de nota de remisión de la empresa dirigida a la Gerencia Administrativa, Licenciada Sabrina Bustamante, en la Universidad de Defensa de Honduras, El Ocotal, Francisco Morazán, contiguo a COPECO; únicamente el día 19 de diciembre del año 2024 hasta las 10:00 horas, sin prórroga alguna. No se recibirán ofertas posteriormente a esta fecha y hora oficial de la República de Honduras. 8. Podrán participar en el presente proceso, los oferentes que se encuentren precalificados para construcción con las Fuerzas Armadas de Honduras. 9. Las ofertas se abrirán en presencia de los representantes de los oferentes que deseen asistir en la Universidad de Defensa de Honduras a las 10:30 a.m. del día 19 de diciembre del año 2024. Todas las ofertas deberán estar acompañadas de una Garantía de Mantenimiento de la Oferta por el valor y la forma establecidos en los documentos de licitación. Tegucigalpa, M.D.C., 19 de noviembre de 2024 Orlando Enrique Garner Ordóñez Subsecretario de Estado en el Despacho de Defensa Nacional 7 D. 2024 -- 11 of 46 -- Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M . D . C . , 7 D E D I C I E M BRE D E L 2024 N o . 36,709 República de Honduras Secretaría de Estado en el Despacho de Defensa Nacional Fuerzas Armadas de Honduras AVISO DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL Proceso de Licitación Pública Nacional No. LPN-067-2024-SDN “REPOTENCIACIÓN DE LA FLOTA VEHICULAR DEL EJERCITO” 1. La Secretaría de Estado en el Despacho de Defensa Nacional en el Marco de la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento, invita a presentar Ofertas para la Licitación Pública Nacional No. LPN-067-2024-SDN, para el proyecto “REPOTENCIACIÓN DE LA FLOTA VEHICULAR DEL EJERCITO”. 2. El financiamiento para la realización del presente proceso proviene de Fondos Nacionales. 3. Los interesados en participar en la Licitación Pública Nacional, deberán hacerlo mediante solicitud por escrito dirigida a la Gerente Administrativo de la Secretaría de Estado en el Despacho de Defensa Nacional, Licenciada Sabrina Bustamante, en el Centro Cívico Gubernamental, José Cecilio del Valle, Torre II, a partir de publicación de este aviso previo pago no reembolsable de trescientos lempiras exactos (L.300.00) en banco, para lo cual debe imprimir el recibo de la TGR-1, a nombre de la Secretaría de Defensa Nacional, siguiendo las instrucciones de la página de SEFIN (www.sefin.gob.hn) bajo el rubro 12121 (emisión y constancia). 4. Los pliegos de condiciones se retirarán en la ventanilla de atención al ciudadano, ubicada en el primer piso de la Torre número 2, del Centro Cívico Gubernamental José Cecilio del Valle en la ciudad de Tegucigalpa, a partir de la fecha de emisión de este aviso hasta el 30 de diciembre del 2024 de lunes a viernes en un horario de 09:30 am a 03:30 pm., previa presentación de la solicitud de participación y recibo. Asimismo, el período para recibir aclaraciones de este pliego de condiciones será desde el día 19 de noviembre al 03 de diciembre del año 2024, en el mismo lugar y horario. 5. Los documentos de la licitación podrán ser examinados en el Sistema de Información de Contrataciones y Adquisiciones del Estado de Honduras “HONDUCOMPRAS” (www.honducompras.gob.hn). 6. Las ofertas serán recibidas en forma impresa en sobre sellado (1 original y 2 copias) y a través de nota de remisión de la empresa dirigida a la Gerencia Administrativa, Licenciada Sabrina Bustamante, en la Universidad de Defensa de Honduras, El Ocotal, Francisco Morazán, contiguo a COPECO; únicamente el día 30 de diciembre del año 2024 hasta las 10:00 horas, sin prórroga alguna. No se recibirán ofertas posteriormente a esta fecha y hora oficial de la República de Honduras. 7. Las ofertas se abrirán en presencia de los representantes de los oferentes que deseen asistir en la Universidad de Defensa de Honduras a las 10:30 a.m., del día 30 de diciembre del año 2024. Todas las ofertas deberán estar acompañadas de una Garantía de Mantenimiento de la Oferta por el valor y la forma establecidos en los documentos de licitación. Tegucigalpa, M.D.C., 19 de noviembre de 2024. Orlando Enrique Garner Ordóñez Subsecretario de Estado en el Despacho de Defensa Nacional 7 D. 2024 -- 12 of 46 -- Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M . D . C . , 7 D E D I C I E M BRE D E L 2024 N o . 36,709 República de Honduras Secretaría de Estado en el Despacho de Defensa Nacional Fuerzas Armadas de Honduras AVISO DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL Proceso de Licitación Pública Nacional No. LPN-068-2024-SDN “ADQUISICIÓN DE VEHÍCULOS TIPO PICK UP Y CAMIONES PARA USO ADMINISTRATIVO Y OPERATIVO DEL EJÉRCITO” 1. La Secretaría de Estado en el Despacho de Defensa Nacional en el Marco de la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento, invita a presentar Ofertas para la Licitación Pública Nacional No. LPN-068- 2024-SDN, para el proyecto “ADQUISICIÓN DE VEHÍCULOS TIPO PICK UP Y CAMIONES PARA USO ADMINISTRATIVO Y OPERATIVO DEL EJÉRCITO”. 2. El financiamiento para la realización del presente proceso proviene de Fondos Nacionales. 3. Los interesados en participar en la Licitación Pública Nacional, deberán hacerlo mediante solicitud por escrito dirigida a la Gerente Administrativo de la Secretaría de Estado en el Despacho de Defensa Nacional, Licenciada Sabrina Bustamante, en el Centro Cívico Gubernamental, José Cecilio del Valle, torre II, a partir de publicación de este aviso previo pago no reembolsable de trescientos lempiras exactos (L.300.00) en banco, para lo cual debe imprimir el recibo de la TGR-1, a nombre de la Secretaría de Defensa Nacional, siguiendo las instrucciones de la página de SEFIN (www.sefin.gob.hn) bajo el rubro 12121 (emisión y constancia). 4. Los pliegos de condiciones se retirarán en la ventanilla de atención al ciudadano ubicada en el primer piso de la torre número 2, del Centro Cívico Gubernamental José Cecilio del Valle en la ciudad de Tegucigalpa, a partir de la fecha de emisión de este aviso hasta el 30 de diciembre del 2024 de lunes a viernes en un horario de 09:30 am a 03:30 pm, previa presentación de la solicitud de participación y recibo. Asimismo, el período para recibir aclaraciones de este pliego de condiciones será desde el día 19 de noviembre al 03 de diciembre del año 2024, en el mismo lugar y horario. 5. Los documentos de la licitación podrán ser examinados en el Sistema de Información de Contrataciones y Adquisiciones del Estado de Honduras “HONDUCOMPRAS” (www.honducompras.gob.hn). 6. Las ofertas serán recibidas en forma impresa en sobre sellado (1 original y 2 copias) y a través de nota de remisión de la empresa dirigida a la Gerencia Administrativa, Licenciada Sabrina Bustamante, en la Universidad de Defensa de Honduras, El Ocotal, Francisco Morazán, contiguo a COPECO; únicamente el día 30 de diciembre del año 2024 hasta las 13:30 horas, sin prórroga alguna. No se recibirán ofertas posteriormente a esta fecha y hora oficial de la República de Honduras. 7. Las ofertas se abrirán en presencia de los representantes de los oferentes que deseen asistir en la Universidad de Defensa de Honduras a las 14:00 a.m. del día 30 de diciembre del año 2024. Todas las ofertas deberán estar acompañadas de una Garantía de Mantenimiento de la Oferta por el valor y la forma establecidos en los documentos de licitación. Tegucigalpa, M.D.C., 19 de noviembre de 2024. Orlando Enrique Garner Ordóñez Subsecretario de Estado en el Despacho de Defensa Nacional 7 D. 2024 -- 13 of 46 -- Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M . D . C . , 7 D E D I C I E M BRE D E L 2024 N o . 36,709 República de Honduras Secretaría de Estado en el Despacho de Defensa Nacional Fuerzas Armadas de Honduras AVISO DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL Proceso de Licitación Pública Nacional No. LPN-070-2024-SDN “CONSTRUCCIÓN Y MEJORA DEL EDIFICIO ADMINISTRATIVO DEL 12 BATALLÓN DE INFANTERÍA” 1. La Secretaría de Estado en el Despacho de Defensa Nacional en el Marco de la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento, invita a presentar Ofertas para la Licitación Pública Nacional No. LPN-070- 2024-SDN, para el proyecto “CONSTRUCCIÓN Y MEJORA DEL EDIFICIO ADMINISTRATIVO DEL 12 BATALLÓN DE INFANTERÍA”. 2. El financiamiento para la realización del presente proceso proviene de Fondos Nacionales. 3. Los interesados en participar en la Licitación Pública Nacional, deberán hacerlo mediante solicitud por escrito dirigida a la Gerente Administrativo de la Secretaría de Estado en el Despacho de Defensa Nacional, Licenciada Sabrina Bustamante, en el Centro Cívico Gubernamental, José Cecilio del Valle, Torre II, a partir de publicación de este aviso previo pago no reembolsable de quinientos lempiras exactos (L.500.00) en banco, para lo cual debe imprimir el recibo de la TGR-1, a nombre de la Secretaría de Defensa Nacional, siguiendo las instrucciones de la página de SEFIN (www.sefin.gob.hn) bajo el rubro 12121 (emisión y constancia). 4. Los pliegos de condiciones se retirarán en la ventanilla de atención al ciudadano ubicada en el primer piso de la Torre número 2, del Centro Cívico Gubernamental José Cecilio del Valle en la ciudad de Tegucigalpa, a partir de la fecha de emisión de este aviso hasta el 20 de diciembre del 2024, de lunes a viernes en un horario de 09:30 am., a 03:30 pm, previa presentación de la solicitud de participación y recibo. Asimismo, el período para recibir aclaraciones de este pliego de condiciones será desde el día 02 al 06 de diciembre del año 2024, en el mismo lugar y horario. 5. Se realizará una visita de campo el día 28 de noviembre del 2024, en las instalaciones del 12 Batallón de Infantería en Santa Rosa de Copán, Copán a las 09:00 horas, se levantará un acta alusivo al evento. 6. Los documentos de la licitación podrán ser examinados en el Sistema de Información de Contrataciones y Adquisiciones del Estado de Honduras “HONDUCOMPRAS” (www.honducompras.gob.hn). 7. Las ofertas serán recibidas en forma impresa en sobre sellado (1 original y 2 copias) y a través de nota de remisión de la empresa dirigida a la Gerencia Administrativa, Licenciada Sabrina Bustamante, en la Universidad de Defensa de Honduras, El Ocotal, Francisco Morazán, contiguo a COPECO; únicamente el día 20 de diciembre del año 2024, hasta las 10:00 horas, sin prórroga alguna. No se recibirán ofertas posteriormente a esta fecha y hora oficial de la República de Honduras. 8. Podrán participar en el presente proceso, los oferentes que se encuentren precalificados para construcción con las Fuerzas Armadas de Honduras. 9. Las ofertas se abrirán en presencia de los representantes de los oferentes que deseen asistir en la Universidad de Defensa de Honduras a las 10:30 a.m., del día 20 de diciembre del año 2024. Todas las ofertas deberán estar acompañadas de una Garantía de Mantenimiento de la Oferta por el valor y la forma establecidos en los documentos de licitación. Tegucigalpa, M.D.C., 19 de noviembre de 2024. Orlando Enrique Garner Ordóñez Subsecretario de Estado en el Despacho de Defensa Nacional 7 D. 2024 -- 14 of 46 -- resoluciones, acuerdos, contratos de servicios profesionales de investigadores de campo, carné de identificación de investigadores de campo y cualquier otro documento, a excepción de los contratos que se derivan de la Gerencia de Recursos Humanos y los Convenios de Cooperación, con la salvedad que esta delegación será turnada a la funcionaria antes mencionada, por periodos comprendidos y que serán comunicados mediante ACUERDO MINISTERIAL firmados por la Secretaria de Estado en el Despacho de Turismo la ciudadana YADIRA ESTHER GÓMEZ CHAVARRIA.- SEGUNDO: La Servidora Pública Delegada será responsable del ejercicio de las funciones encomendadas en el periodo que esté asignada.-TERCERO: El siguiente acuerdo es efectivo a partir del veinte (20) de septiembre al 31 de diciembre del año dos mil veinticuatro (2024). COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE. Tegucigalpa, M.D.C., 20 de septiembre del año 2024 LIC. YADIRA ESTHER GÓMEZ CHAVARRIA Secretaria de Estado en el Despacho de Turismo y Presidenta Ejecutiva del Instituto Hondureño de Turismo ABG. MARIO ROBERTO NUILA COTO Secretario General Secretaría de Estado en el Despacho de Turismo Secretaría de Estado en el Despacho de Defensa Nacional ACUERDO C.G. No. 018-2024 LA PRESIDENTA CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA, CONSIDERANDO (1): Que la Constitución de la República en su artículo 245 numerales 2) y 25) establece que la Presidenta tiene a su cargo la Administración General del Estado, encontrándose entre sus atribuciones conferir condecoraciones conforme a la Ley. CONSIDERANDO (2): Que la Constitución de la República en el artículo 274, párrafo primero establece que las Fuerzas Armadas estarán sujetas a las disposiciones de su Ley Constitutiva y a las demás leyes y reglamentos que regulen su funcionamiento. Cooperarán con las Secretarías de Estado y demás instituciones, a pedimento de éstas, en labores de alfabetización, educación, a g r i c u l t u r a , p r o t e c c i ó n d e l a m b i e n t e , v i a l i d a d , comunicaciones, sanidad y reforma agraria. -- 15 of 46 -- CONSIDERANDO (3): Que la Ley Constitutiva de las Fuerzas Armadas en su artículo 200 establece “Se otorgarán condecoraciones y distinciones militares, a los miembros de las Fuerzas Armadas, a militares de naciones amigas y a personas e instituciones civiles, nacionales o extranjeras, en reconocimiento a actos heroicos, servicios distinguidos y méritos relevantes. Todo miembro de las Fuerzas Armadas que cause baja por haber cumplido el tiempo de servicio, recibirá a nombre de la República un certificado de reconocimiento por los servicios prestados extendida por el Comandante general o autoridad competente. CONSIDERANDO (4): Que la Ley Constitutiva de las Fuerzas Armadas en su artículo 201 establece Las condecoraciones y distinciones militares serán otorgadas de conformidad con lo establecido en el Reglamento respectivo. CONSIDERANDO (5): Q u e e l R e g l a m e n t o d e Condecoraciones y Distinciones Militares en su artículo 1 literal b) establece que con el fin de premiar a los miembros de las Fuerzas Armadas de Honduras y personas civiles, nacionales o extranjeras y m i l i t a r e s d e n a c i o n e s amigas en reconocimiento a relevantes servicios prestados a la patria mediante actos de valor excepcional, capacidad profesional y demás hechos m e r i t o r i o s , c r é a n s e l a s Condecoraciones y Distinciones Militares: b) MEDALLA “CRUZ DE LAS FF.AA.”. CONSIDERANDO (6): Q u e e l R e g l a m e n t o d e Condecoraciones y Distinciones Militares, en su artículo 8 establece “La Condecoración Medalla “CRUZ DE LAS FF. AA.”, será otorgada por la Presidenta Constitucional de la República, a propuesta d e l C o n s e j o G e n e r a l d e Condecoraciones y Distinciones Militares, a través de la Jefatura del Estado Mayor Conjunto a: Los Directores del Estado Mayor Conjunto, Comandantes Generales de las Fuerzas, Jefes de Estado Mayor de Fuerzas, Secretarios de Estado, Presidentes de Asociaciones Obreras y Campesinas, Rectores de Centros de Educación S u p e r i o r , A g r e g a d o s d e Defensa y Análogos de países -- 16 of 46 -- amigos, que hayan contribuido a acrecentar las relaciones entre las Fuerzas Armadas y las Instituciones que representen, de igual manera se reconocerá a través de esta Condecoración aquellas actividades realizadas en beneficio de la Nación”. CONSIDERANDO (7): Q u e e l R e g l a m e n t o d e Condecoraciones y Distinciones Militares en el artículo 45 establece las atribuciones d e l C o n s e j o G e n e r a l d e Condecoraciones y Distinciones Militares, dentro de las cuales se hace referencia específica en el inciso a) Conocer y resolver sobre el otorgamiento de las condecoraciones y distinciones m i l i t a r e s s i g u i e n t e s : 2 ) MEDALLA “CRUZ DE LAS FF.AA.”. CONSIDERANDO (8): Que en fecha 30 de septiembre del 2024, el Consejo General d e C o n d e c o r a c i o n e s y Distinciones Militares de las Fuerzas Armadas, resolvió mediante Acta No. 014-2024, otorgar la condecoración; Medalla “CRUZ DE LAS FUERZAS ARMADAS”, al General de Brigada LUIS A L F R E D O S A L A Z A R MARTÍNEZ y al Comisionado OSCAR ERNESTO BEITIA C Á C E R E S , p o r h a b e r contribuido en forma notable a estrechar los vínculos de amistad y desarrollo cultural entre las Fuerzas Armadas de Honduras, las Fuerzas Armadas de Guatemala y el Ministerio de Seguridad Pública de Panamá. CONSIDERANDO (9): Que en fecha 08 de octubre del año 2024, la Dirección de Recursos Humanos del Estado Mayor Conjunto (C-1), emitió DICTAMEN D=153(C-1)2024 en el cual recomendó otorgar la condecoración; Medalla “CRUZ DE LAS FUERZAS ARMADAS” al General de Brigada LUIS ALFREDO SALAZAR MARTÍNEZ y al Comisionado OSCAR E R N E S T O B E I T I A CÁCERES. POR TANTO: En aplicación a los artículos 245 numerales 2) y 25) y 274 párrafo primero de la Constitución de la República; artículos 200 y 201 de la Ley Constitutiva de las Fuerzas Armadas; artículos 1 literal b), 8, 45 inciso a) numeral 2) del Reglamento de Condecoraciones y Distinciones Militares de las Fuerzas Armadas; Acta No. 014-2024 emitida por el Consejo General de Condecoraciones y Distinciones Militares de las Fuerzas -- 17 of 46 -- Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico ACUERDO MINISTERIAL No. 135-2024 LA SECRETARÍA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DESARROLLO ECONÓMICO CONSIDERANDO: Que es competencia de los Secretarios de Estado, emitir los acuerdos y resoluciones en los asuntos de su competencia y aquellos que le delegue el Presidente de la República y cuidar de su ejecución. CONSIDERANDO: Que dentro de las competencias establecidas en el Artículo 36 de la Ley General de la Administración Pública, los Secretarios de Estado pueden delegar en los funcionarios y empleados, el ejercicio de la potestad de decidir en determinadas materias o en casos concretos, la firma de ciertos documentos. CONSIDERANDO: Que para efectos de exportación de Nueces y Almendras de Palma, clasificada en la fracción arancelaria 1207.10.90.00 - - Otras, del Arancel Centroamericano de Importación (ACI), los exportadores deberán contar con licencia de exportación valida y vigente, emitida por la Subsecretaría de Integración Económica y Comercio Exterior de la Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico y sus dependencias abajo descritas, la cual será solicitada con todos los requisitos establecidos en el Acuerdo Ministerial No. 129-2024 del 29 de octubre de 2024. POR TANTO: En uso de sus atribuciones y en aplicación de los Artículos 36 numerales 8) y 19), 116 y 118 numeral 1) de la Ley General de la Administración Pública; 4 y 5 de la Ley de Procedimiento Administrativo y 24 y 26 numeral 2) del Decreto Ejecutivo PCM-008-97. Armadas de fecha 30 de septiembre del 2024 y Dictamen D=153(C-1)2024 de fecha 08 de octubre del 2024. ACUERDA: PRIMERO: OTORGAR la condecoración Medalla “CRUZ DE LAS FUERZAS ARMADAS”, al General de Brigada LUIS ALFREDO SALAZAR MARTÍNEZ y al Comisionado OSCAR ERNESTO BEITIA CÁCERES, por haber contribuido en forma notable a estrechar los vínculos de amistad y desarrollo cultural entre las Fuerzas Armadas de Honduras, las Fuerzas Armadas de Guatemala y el Ministerio de Seguridad Pública de Panamá. SEGUNDO: El presente Acuerdo es de ejecución inmediata. Dado en la Secretaría de Estado en el Despacho de Defensa Nacional, en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los siete (07) días del mes de noviembre del año dos mil veinticuatro (2024). COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE. IRIS XIOMARA CASTRO SARMIENTO PRESIDENTA CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA ABOGADA RIXI RAMONA MONCADA GODOY SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DEFENSA NACIONAL -- 18 of 46 -- Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M . D . C . , 13 D E D I C I E M BRE D E L 2024 N o . 36,714 Sección “B” República de Honduras Secretaría de Estado en el Despacho de Defensa Nacional Fuerzas Armadas de Honduras AVISO DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL 1. La Secretaría de Estado en el Despacho de Defensa Nacional, en el Marco de la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento, invita a presentar Ofertas para la Licitación Pública Nacional No. LPN-072-2024-SDN, para el proyecto “CONSTRUCCIÓN DE OBRAS COMPLEMENTARIAS PARA EL SEGUNDO BATALLÓN DE PROTECCIÓN AMBIENTAL”. 2. El financiamiento para la realización del presente proceso proviene de Fondos Nacionales. 3. Los interesados en participar en la Licitación Pública Nacional, deberán hacerlo mediante solicitud por escrito dirigida a la Gerente Administrativo de la Secretaría de Estado en el Despacho de Defensa Nacional, Licenciada Sabrina Bustamante, en el Centro Cívico Gubernamental, José Cecilio del Valle, Torre II, a partir de publicación de este aviso previo pago no reembolsable de quinientos lempiras exactos (L.500.00) en banco, para lo cual debe imprimir el recibo de la TGR-1, a nombre de la Secretaría de Defensa Nacional, siguiendo las instrucciones de la página de SEFIN (www.sefin.gob.hn) bajo el rubro 12121 (emisión y constancia). 4. Los pliegos de condiciones se retirarán en la ventanilla de atención al ciudadano ubicada en el primer piso de la Torre número 2, del Centro Cívico Gubernamental José Cecilio del Valle, en la ciudad de Tegucigalpa, a partir de la fecha de emisión de este aviso hasta el 26 de diciembre del 2024, de lunes a viernes en un horario de 09:30 am, a 03:30 pm, previa presentación de la solicitud de participación y recibo. Asimismo, el período para recibir aclaraciones de este pliego de condiciones será desde el día 09 al 13 de diciembre del año 2024, en el mismo lugar y horario. 5. Se realizará una visita de campo el día 06 de diciembre del 2024, en San Francisco, departamento de Atlántida en el Complejo Militar del 4to. Batallón de Infantería, a las 09:00 horas, se levantará un acta alusiva al evento. 6. Los documentos de la licitación podrán ser examinados en el Sistema de Información de Contrataciones y Adquisiciones del Estado de Honduras “HONDUCOMPRAS” (www.honducompras.gob.hn). 7. Las ofertas serán recibidas en forma impresa en sobre sellado (1 original y 2 copias) y a través de nota de remisión de la empresa dirigida a la Gerencia Administrativa, Licenciada Sabrina Bustamante, en la Universidad de Defensa de Honduras, El Ocotal, Francisco Morazán, contiguo a COPECO; únicamente el día 26 de diciembre del año 2024, hasta las 13:30 horas, sin prórroga alguna. No se recibirán ofertas posteriormente a esta fecha y hora oficial de la República de Honduras. 8. Podrán participar en el presente proceso, los oferentes que se encuentren precalificados para construcción con las Fuerzas Armadas de Honduras 9. Las ofertas se abrirán en presencia de los representantes de los oferentes que deseen asistir en la Universidad de Defensa de Honduras, a las 14:00 horas, el día 26 de diciembre del año 2024. Todas las ofertas deberán estar acompañadas de una Garantía de Mantenimiento de la Oferta por el valor y la forma establecidos en los documentos de licitación. Tegucigalpa, M.D.C, 27, de noviembre de 2024 Orlando Enrique Garner Ordóñez Subsecretario de Estado en el Despacho de Defensa Nacional 13 D. 2024 Proceso de Licitación Pública Nacional No. LPN-072-2024-SDN “CONSTRUCCIÓN DE OBRAS COMPLEMENTARIAS PARA EL SEGUNDO BATALLÓN DE PROTECCIÓN AMBIENTAL” República de Honduras Secretaría de Estado en el Despacho de Defensa Nacional Fuerzas Armadas de Honduras AVISO DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL 1. La Secretaría de Estado en el Despacho de Defensa Nacional en el Marco de la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento, invita a presentar Ofertas para la Licitación Pública Nacional No. LPN-072-2024-SDN, para el proyecto “CONSTRUCCIÓN DE OBRAS COMPLEMENTARIAS PARA EL SEGUNDO BATALLÓN DE PROTECCIÓN AMBIENTAL”. 2. El financiamiento para la realización del presente proceso proviene de Fondos Nacionales. 3. Los interesados en participar en la Licitación Pública Nacional, deberán hacerlo mediante solicitud por escrito dirigida a la Gerente Administrativo de la Secretaría de Estado en el Despacho de Defensa Nacional, Licenciada Sabrina Bustamante, en el Centro Cívico Gubernamental, José Cecilio del Valle, Torre II, a partir de publicación de este aviso previo pago no reembolsable de quinientos lempiras exactos (L.500.00) en banco, para lo cual debe imprimir el recibo de la TGR-1, a nombre de la Secretaría de Defensa Nacional, siguiendo las instrucciones de la página de SEFIN (www.sefin.gob.hn) bajo el rubro 12121 (emisión y constancia). 4. Los pliegos de condiciones se retirarán en la ventanilla de atención al ciudadano ubicada en el primer piso de la Torre número 2, del Centro Cívico Gubernamental José Cecilio del Valle en la ciudad de Tegucigalpa, a partir de la fecha de emisión de este aviso hasta el 26 de diciembre del 2024 de lunes a viernes en un horario de 09:30 am a 03:30 pm, previa presentación de la solicitud de participación y recibo. Asimismo, el período para recibir aclaraciones de este pliego de condiciones será desde el día 09 al 13 de diciembre del año 2024, en el mismo lugar y horario. 5. Se realizará una visita de campo el día 06 de diciembre del 2024, en San Francisco, Departamento de Atlántida en el Complejo Militar del 4to. Batallón de Infantería a las 09:00 horas, se levantará un acta alusiva al evento. 6. Los documentos de la licitación podrán ser examinados en el Sistema de Información de Contrataciones y Adquisiciones del Estado de Honduras “HONDUCOMPRAS” (www.honducompras.gob.hn). 7. Las ofertas serán recibidas en forma impresa en sobre sellado (1 original, y 2 copias.) y a través de nota de remisión de la empresa dirigida a la Gerencia Administrativa, Licenciada Sabrina Bustamante, en la Universidad de Defensa de Honduras, El Ocotal, Francisco Morazán, contiguo a COPECO; únicamente el día 26 de diciembre del año 2024 hasta las 13:30 horas, sin prórroga alguna. No se recibirán ofertas posteriormente a esta fecha y hora oficial de la República de Honduras. 8. Podrán participar en el presente proceso, los oferentes que se encuentren precalificados para construcción con las Fuerzas Armadas de Honduras 9. Las ofertas se abrirán en presencia de los representantes de los oferentes que deseen asistir en la Universidad de Defensa de Honduras a las 14:00 horas, el día 26 de diciembre del año 2024. Todas las ofertas deberán estar acompañadas de una Garantía de Mantenimiento de la oferta por el valor y la forma establecidos en los documentos de licitación. Tegucigalpa, M.D.C, 27 de noviembre de 2024. Orlando Enrique Garner Ordóñez Subsecretario de Estado en el Despacho de Defensa Nacional Proceso de Licitación Pública Nacional No. LPN-072-2024-SDN “CONSTRUCCIÓN DE OBRAS COMPLEMENTARIAS PARA EL SEGUNDO BATALLÓN DE PROTECCIÓN AMBIENTAL” -- 19 of 46 -- Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M . D . C . , 13 D E D I C I E M BRE D E L 2024 N o . 36,714 República de Honduras Secretaría de Estado en el Despacho de Defensa Nacional Fuerzas Armadas de Honduras AVISO DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL 1. La Secretaría de Estado en el Despacho de Defensa Nacional en el Marco de la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento, invita a presentar Ofertas para la Licitación Pública Nacional No. LPN-072-2024-SDN, para el proyecto “CONSTRUCCIÓN DE OBRAS COMPLEMENTARIAS PARA EL SEGUNDO BATALLÓN DE PROTECCIÓN AMBIENTAL”. 2. El financiamiento para la realización del presente proceso proviene de Fondos Nacionales. 3. Los interesados en participar en la Licitación Pública Nacional, deberán hacerlo mediante solicitud por escrito dirigida a la Gerente Administrativo de la Secretaría de Estado en el Despacho de Defensa Nacional, Licenciada Sabrina Bustamante, en el Centro Cívico Gubernamental, José Cecilio del Valle, Torre II, a partir de publicación de este aviso previo pago no reembolsable de quinientos lempiras exactos (L.500.00) en banco, para lo cual debe imprimir el recibo de la TGR-1, a nombre de la Secretaría de Defensa Nacional, siguiendo las instrucciones de la página de SEFIN (www.sefin.gob.hn) bajo el rubro 12121 (emisión y constancia). 4. Los pliegos de condiciones se retirarán en la ventanilla de atención al ciudadano ubicada en el primer piso de la Torre número 2, del Centro Cívico Gubernamental José Cecilio del Valle en la ciudad de Tegucigalpa, a partir de la fecha de emisión de este aviso hasta el 26 de diciembre del 2024 de lunes a viernes en un horario de 09:30 am a 03:30 pm, previa presentación de la solicitud de participación y recibo. Asimismo, el período para recibir aclaraciones de este pliego de condiciones será desde el día 09 al 13 de diciembre del año 2024, en el mismo lugar y horario. 5. Se realizará una visita de campo el día 06 de diciembre del 2024, en San Francisco, Departamento de Atlántida en el Complejo Militar del 4to. Batallón de Infantería a las 09:00 horas, se levantará un acta alusiva al evento. 6. Los documentos de la licitación podrán ser examinados en el Sistema de Información de Contrataciones y Adquisiciones del Estado de Honduras “HONDUCOMPRAS” (www.honducompras.gob.hn). 7. Las ofertas serán recibidas en forma impresa en sobre sellado (1 original, y 2 copias.) y a través de nota de remisión de la empresa dirigida a la Gerencia Administrativa, Licenciada Sabrina Bustamante, en la Universidad de Defensa de Honduras, El Ocotal, Francisco Morazán, contiguo a COPECO; únicamente el día 26 de diciembre del año 2024 hasta las 13:30 horas, sin prórroga alguna. No se recibirán ofertas posteriormente a esta fecha y hora oficial de la República de Honduras. 8. Podrán participar en el presente proceso, los oferentes que se encuentren precalificados para construcción con las Fuerzas Armadas de Honduras 9. Las ofertas se abrirán en presencia de los representantes de los oferentes que deseen asistir en la Universidad de Defensa de Honduras a las 14:00 horas, el día 26 de diciembre del año 2024. Todas las ofertas deberán estar acompañadas de una Garantía de Mantenimiento de la oferta por el valor y la forma establecidos en los documentos de licitación. Tegucigalpa, M.D.C, 27 de noviembre de 2024. Orlando Enrique Garner Ordóñez Subsecretario de Estado en el Despacho de Defensa Nacional Proceso de Licitación Pública Nacional No. LPN-072-2024-SDN “CONSTRUCCIÓN DE OBRAS COMPLEMENTARIAS PARA EL SEGUNDO BATALLÓN DE PROTECCIÓN AMBIENTAL” República de Honduras Secretaría de Estado en el Despacho de Defensa Nacional Fuerzas Armadas de Honduras AVISO DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL 1. La Secretaría de Estado en el Despacho de Defensa Nacional en el Marco de la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento, invita a presentar Ofertas para la Licitación Pública Nacional No. LPN-073-2024-SDN, para el proyecto “INSTALACIÓN DE UN SISTEMA DE ENERGÍA RENOVABLE EN LA BASE NAVAL DE CARATASCA”. 2. El financiamiento para la realización del presente proceso proviene de Fondos Nacionales. 3. Los interesados en participar en la Licitación Pública Nacional, deberán hacerlo mediante solicitud por escrito dirigida a la Gerente Administrativo de la Secretaría de Estado en el Despacho de Defensa Nacional, Licenciada Sabrina Bustamante, en el Centro Cívico Gubernamental, José Cecilio del Valle, Torre II, a partir de publicación de este aviso, previo pago no reembolsable de trescientos lempiras exactos (L.300.00) en banco, para lo cual debe imprimir el recibo de la TGR-1, a nombre de la Secretaría de Defensa Nacional, siguiendo las instrucciones de la página de SEFIN (www.sefin.gob.hn) bajo el rubro 12121 (emisión y constancia). 4. Los pliegos de condiciones se retirarán en la ventanilla de atención al ciudadano, ubicada en el primer piso de la Torre número 2, del Centro Cívico Gubernamental José Cecilio del Valle, en la ciudad de Tegucigalpa, a partir de la fecha de emisión de este aviso hasta el 07 de enero 2025, de lunes a viernes en un horario de 09:30 am a 03:30 pm, previa presentación de la solicitud de participación y recibo. Asimismo, el período para recibir aclaraciones de este pliego de condiciones será desde el día 28 de noviembre al 13 de diciembre del año 2024, en el mismo lugar y horario. 5. Los documentos de la licitación podrán ser examinados en el Sistema de Información de Contrataciones y Adquisiciones del Estado de Honduras “HONDUCOMPRAS” (www.honducompras.gob.hn). 6. Las ofertas serán recibidas en forma impresa en sobre sellado (1 original y 2 copias) y a través de nota de remisión de la empresa dirigida a la Gerencia Administrativa, Licenciada Sabrina Bustamante, en la Universidad de Defensa de Honduras, El Ocotal, Francisco Morazán, contiguo a COPECO; únicamente el día 07 de enero del año 2025 hasta las 10:00 horas, sin prórroga alguna. No se recibirán ofertas posteriormente a esta fecha y hora oficial de la República de Honduras. 7. Las ofertas se abrirán en presencia de los representantes de los Oferentes que deseen asistir en la Universidad de Defensa de Honduras a las 10:30 a.m., del día 07 de enero del año 2025. Todas las ofertas deberán estar acompañadas de una Garantía de Mantenimiento de la Oferta por el valor y la forma establecidos en los documentos de licitación. Tegucigalpa, M.D.C., 28 de noviembre de 2024. Orlando Enrique Garner Ordóñez Subsecretario de Estado en el Despacho de Defensa Nacional 13 D. 2024 Proceso de Licitación Pública Nacional No. LPN-073-2024-SDN “INSTALACIÓN DE UN SISTEMA DE ENERGÍA RENOVABLE EN LA BASE NAVAL DE CARATASCA” -- 20 of 46 -- 1 A. EMPRESA N ACIONAL DE A RTES GRÁFICAS Sección A AÑO CXLVI TEGUCIGALPA, M. D. C., HONDURAS, C. A. LUNES 16 DE DICIEMBRE DEL 2024. NUM. 36,716 SUMARIO Sección A Decretos y Acuerdos PODER EJEC
Articulo 1
Prorrogar la declaratoria de ESTADO DE EMERGENCIA así como la vigencia del Decreto Ejecutivo número PCM 35-2024 publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” en fecha 15 de noviembre de 2024 en su edición número 36,690, por un período adicional de TREINTA (30) días en las zonas del territorio nacional calificadas por COPECO y afectadas por la Tormenta Tropical SARA, con el objeto de garantizar la finalización de la atención de los daños en infraestructura y servicios esenciales.
Articulo 2
El presente Decreto Ejecutivo entrará en vigencia a partir de su publicación en el Diario Oficial “La Gaceta”. Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los trece (13) días del mes de diciembre del año dos mil veinticuatro (2024). COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE. IRIS XIOMARA CASTRO SARMIENTO PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA LESLY SARAHÍ CERNA SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE LA PRESIDENCIA JOSÉ CARLOS CARDONA ERAZO SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DESARROLLO SOCIAL CHRISTIAN DAVID DUARTE CHÁVEZ SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE FINANZAS TOMÁS EDUARDO VAQUERO MORRIS SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE GOBERNACIÓN, JUSTICIA Y DESCENTRALIZACIÓN -- 24 of 46 -- EDUARDO ENRIQUE REINA GARCÍA SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE RELACIONES EXTERIORES Y COOPERACIÓN INTERNACIONAL SERGIO VLADIMIR COELLO DÍAZ SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE TRANSPARENCIA Y LUCHA CONTRA LA CORRUPCIÓN RICARDO ARTURO SALGADO SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE PLANIFICACIÓN ESTRATÉGICA FREDIS ALONSO CERRATO VALLADARES SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DESARROLLO ECONÓMICO DORIS YOLANY GARCÍA PAREDES SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE ASUNTOS DE LA MUJER HECTOR GUSTAVO SÁNCHEZ VELÁSQUEZ SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE SEGURIDAD RIXI RAMONA MONCADA GODOY SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DEFENSA NACIONAL CARLA MARINA PAREDES REYES SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE SALUD -- 25 of 46 -- LUCKY HALACH MEDINA ESTRADA SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE RECURSOS NATURALES Y AMBIENTE DANIEL ENRIQUE ESPONDA VELÁSQUEZ SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE EDUCACIÓN ANGÉLICA LIZETH ÁLVAREZ MORALES SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DERECHOS HUMANOS, POR LEY LAURA ELENA SUAZO TORRES SECRETARIA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE AGRICULTURA Y GANADERÍA ERICK MEDARDO TEJADA CARBAJAL SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE ENERGÍA OCTAVIO JOSÉ PINEDA PAREDES SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE INFRAESTRUCTURA Y TRANSPORTE WILMER JAVIER FERNÁNDEZ ALACHÁN SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL YADIRA ESTHER GÓMEZ CHAVARRÍA SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE TURISMO -- 26 of 46 -- GLORIA ANNARELLA VÉLEZ OSEJO SECRETARIA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE LAS CULTURAS, LAS ARTES Y LOS PATRIMONIOS DE LOS PUEBLOS DE HONDURAS WARREN OCHOA ORELLANA SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE DESARROLLO COMUNITARIO, AGUA Y SANEAMIENTO JOSÉ JORGE FORTÍN AGUILAR SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE GESTIÓN DE RIESGOS Y CONTINGENCIAS NACIONALES (COPECO) LIZETH ARMANDINA COELLO GÓMEZ SECRETARIA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA -- 27 of 46 -- La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M.D.C., 20 D E D I C I E MBRE D E L 2024 N o . 36,720 AVISO DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL República de Honduras INSTITUTO DE PREVISIÓN MILITAR "Arrendamiento de Equipo de Impresión para uso del Instituto de Previsión Militar" IPM-LPN-GC-2024-014 1. El Instituto de Previsión Militar (IPM), invita a las empresas interesadas en participar en la Licitación Pública Nacional No. IPM-LPN-GC-2024-014 a presentar ofertas selladas para el "Arrendamiento de Equipo de Impresión para uso del Instituto de Previsión Militar". 2. El financiamiento para la realización del presente proceso proviene de fondos propios. 3. La Licitación se efectuará conforme a los procedimientos de Licitación Pública Nacional (LPN) establecidos en la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento. 4. Los interesados podrán adquirir los documentos de la presente licitación, mediante solicitud escrita dirigida al Coronel de Defensa Aérea DEMA Otto Fabricio Mejía Hércules en el edificio principal del IPM, Boulevard Centroamérica, a partir del día lunes 9 de diciembre de 2024 en un horario de 8:30 a.m. a 4:00 p.m., se deberá proporcionar un correo electrónico para que los mismos sean enviados; asimismo los documentos de la licitación también podrán ser examinados en el Sistema de Información de Contratación y Adquisiciones del Estado de Honduras, HonduCompras, (www.honducompras.gob.hn). 5. Las ofertas deberán presentarse en el segundo nivel del edificio principal del IPM en el Departamento de Compras a más tardar el día del viernes 17 de enero de 2025 a las 09:45 a.m. Las ofertas que se reciban fuera de plazo serán rechazadas. Las ofertas se abrirán en presencia de los representantes de los oferentes que deseen asistir en la dirección indicada, el día viernes 17 de enero de 2025 a las 10:00 a.m. Todas las Ofertas deberán estar acompañados de una Garantía de Mantenimiento de la oferta por el valor y la forma establecidos en los documentos de la licitación. Tegucigalpa, M.D.C., 04 de diciembre de 2024. CORONEL DE DEFENSA AÉREA DEMA OTTO FABRICIO MEJÍA HÉRCULES GERENTE 20 D. 2024 -- 28 of 46 -- La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M.D.C., 20 D E D I C I E MBRE D E L 2024 N o . 36,720 AVISO DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL República de Honduras INSTITUTO DE PREVISIÓN MILITAR "Arrendamiento de Equipo de Impresión para uso del Instituto de Previsión Militar" IPM-LPN-GC-2024-014 1. El Instituto de Previsión Militar (IPM), invita a las empresas interesadas en participar en la Licitación Pública Nacional No. IPM-LPN-GC-2024-014 a presentar ofertas selladas para el "Arrendamiento de Equipo de Impresión para uso del Instituto de Previsión Militar". 2. El financiamiento para la realización del presente proceso proviene de fondos propios. 3. La Licitación se efectuará conforme a los procedimientos de Licitación Pública Nacional (LPN) establecidos en la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento. 4. Los interesados podrán adquirir los documentos de la presente licitación, mediante solicitud escrita dirigida al Coronel de Defensa Aérea DEMA Otto Fabricio Mejía Hércules en el edificio principal del IPM, Boulevard Centroamérica, a partir del día lunes 9 de diciembre de 2024 en un horario de 8:30 a.m. a 4:00 p.m., se deberá proporcionar un correo electrónico para que los mismos sean enviados; asimismo los documentos de la licitación también podrán ser examinados en el Sistema de Información de Contratación y Adquisiciones del Estado de Honduras, HonduCompras, (www.honducompras.gob.hn). 5. Las ofertas deberán presentarse en el segundo nivel del edificio principal del IPM en el Departamento de Compras a más tardar el día del viernes 17 de enero de 2025 a las 09:45 a.m. Las ofertas que se reciban fuera de plazo serán rechazadas. Las ofertas se abrirán en presencia de los representantes de los oferentes que deseen asistir en la dirección indicada, el día viernes 17 de enero de 2025 a las 10:00 a.m. Todas las Ofertas deberán estar acompañados de una Garantía de Mantenimiento de la oferta por el valor y la forma establecidos en los documentos de la licitación. Tegucigalpa, M.D.C., 04 de diciembre de 2024. CORONEL DE DEFENSA AÉREA DEMA OTTO FABRICIO MEJÍA HÉRCULES GERENTE 20 D. 2024 -- 29 of 46 -- 1 A. EMPRESA N ACIONAL DE A RTES GRÁFICAS Sección A AÑO CXLVI TEGUCIGALPA, M. D. C., HONDURAS, C. A. MARTES 24 DE DICIEMBRE DEL 2024. NUM. 36,723 SUMARIO Sección A Decretos y Acuerdos SECRETARÍA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DEFENSA Acuerdo C.G. No. 017-2024 SECRETARÍA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DERECHOS HUMANOS Acuerdo Ejecutivo No. SEDH-003-2024 AVANCE A. 8 Sección B Avisos Legales B. 1 - 20 Secretaría de Estado en el Despacho de Defensa ACUERDO C.G. No. 017-2024 LA PRESIDENTA CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO (01): Que la Constitución de la República en su artículo 245 numerales 2) y 25) establece que la Presidenta tiene a su cargo la Administración General del Estado, encontrándose entre sus atribuciones conferir condecoraciones conforme a la Ley. CONSIDERANDO (02): Que la Constitución de la República en el artículo 274 párrafo primero, establece que las Fuerzas Armadas estarán sujetas a las disposiciones de su Ley Constitutiva y a las demás leyes y reglamentos que regulen su funcionamiento. Cooperarán con las Secretarías de Estado y demás instituciones, a pedimento de éstas, en labores de alfabetización, e d u c a c i ó n , a g r i c u l t u r a , protección del ambiente, vialidad, comunicaciones, sanidad y reforma agraria. CONSIDERANDO (03): Que la Ley Constitutiva de las Fuerzas Armadas en su artículo -- 30 of 46 -- EDIS ANTONIO MONCADA ELSA XIOMARA GARCIA FLORES Colonia MirafIores Teléfono/Fax: Gerencia 2230-2520, 2230-1821 Administración: 2230-3026 CENTRO CÍVICO GUBERNAMENTAL 200 establece que se otorgarán condecoraciones y distinciones militares, a los miembros de las Fuerzas Armadas, a militares de naciones amigas y a personas e instituciones civiles, nacionales o extranjeras, en reconocimiento a actos heroicos, servicios distinguidos y méritos relevantes. Todo miembro de las Fuerzas Armadas que cause baja por haber cumplido el tiempo de servicio, recibirá a nombre de la República un certificado de reconocimiento por los servicios prestados extendida por el Comandante General o autoridad competente. CONSIDERANDO (04): Que la Ley Constitutiva de las Fuerzas Armadas, en su artículo 201, establece que las condecoraciones y distinciones militares serán otorgadas de conformidad con lo establecido en el Reglamento respectivo. CONSIDERANDO (05): Q u e e l R e g l a m e n t o d e Condecoraciones y Distinciones Militares en su artículo 1 literal a) establece que con el fin de premiar a los miembros de las Fuerzas Armadas de Honduras y personas civiles, nacionales o extranjeras y militares de naciones amigas en reconocimiento a relevantes servicios prestados a la patria mediante actos de valor excepcional, capacidad profesional y demás hechos m e r i t o r i o s , c r é a n s e l a s Condecoraciones y Distinciones Militares: a) MEDALLA “GRAN CRUZ DE LAS FF.AA.”. -- 31 of 46 -- CONSIDERANDO (06): Q u e e l R e g l a m e n t o d e Condecoraciones y Distinciones Militares, en su artículo 7 establece que la Condecoración Medalla “GRAN CRUZ DE LAS FF.AA.”, será otorgada por la Presidenta Constitucional de la República, a propuesta del Consejo General de Condecoraciones y Distinciones Militares, a través de la Jefatura del Estado Mayor Conjunto a: Comandante General de las Fuerzas Armadas, Jefe del Estado Mayor Conjunto, Cargos Análogos Civiles, Nacionales y Extranjeros, titulares o presidentes de los Poderes del Estado, así como de las diferentes iglesias. CONSIDERANDO (07): Q u e e l R e g l a m e n t o d e Condecoraciones y Distinciones Militares en el artículo 45 establece las atribuciones del Consejo General de Condecoraciones y Distinciones Militares, dentro de las cuales se hace referencia específica en el inciso a) Conocer y resolver sobre el otorgamiento d e l a s c o n d e c o r a c i o n e s y distinciones militares siguientes: 1) MEDALLA “GRAN CRUZ DE LAS FF.AA.”. CONSIDERANDO (08): Que en fecha 12 de junio del 2024, el Consejo General de Condecoraciones y Distinciones Militares de las Fuerzas Armadas, resolvió mediante Acta No. 009- 2024, otorgar la condecoración; Medalla “GRAN CRUZ DE LAS FUERZAS ARMADAS”, a la Comandante del Comando Sur de los Estados Unidos de América, General LAURA J. RICHARDSON, por haber contribuido en forma notable a estrechar los vínculos de amistad y desenvolvimiento cultural de las Fuerzas Armadas de su respectivo país y el nuestro. -- 32 of 46 -- CONSIDERANDO (09): Que en fecha 14 de junio del año 2024, la Dirección de Recursos Humanos del Estado Mayor Conjunto (C-1), emitió DICTAMEN D=101(C-1)2024 en el cual recomendó otorgar la condecoración Medalla “GRAN CRUZ DE LAS FUERZAS A R M A D A S ” a l a S e ñ o r a Comandante del Comando Sur de los Estados Unidos de América, General LAURA J. RICHARSON. POR TANTO: En aplicación a los artículos 245 numeral 25), 274 párrafo primero de la Constitución de la República; artículos 200 y 201 de la Ley Constitutiva de las Fuerzas Armadas; artículos 1 literal b), 7,45 literal a) numeral 1) del Reglamento de Condecoraciones y Distinciones Militares; Acta No. 009- 2024 emitida por el Consejo General de Condecoraciones y Distinciones Militares de las Fuerzas Armadas en fecha 12 de junio del 2024 y Dictamen D=101(C-1) 2024 de fecha 14 de junio del 2024. ACUERDA: PRIMERO: OTORGAR la condecoración Medalla “GRAN CRUZ DE LAS FUERZAS ARMADAS”, a la señora Comandante del Comando Sur de los Estados Unidos de América, General LAURA J. RICHARDSON. SEGUNDO: El presente Acuerdo es de ejecución inmediata. Dado en la Secretaría de Estado en el Despacho de Defensa Nacional, en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los treinta (30) días del mes de octubre del año dos mil veinticuatro (2024). COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE IRIS XIOMARA CASTRO SARMIENTO PRESIDENTA CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA ABOGADA RIXI MONCADA GODOY SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DEFENSA NACIONAL -- 33 of 46 -- 1 A. EMPRESA N ACIONAL DE A RTES GRÁFICAS Sección A AÑO CXLVI TEGUCIGALPA, M. D. C., HONDURAS, C. A. LUNES 30 DE DICIEMBRE DEL 2024. NUM. 36,727 SUMARIO Sección A Decretos y Acuerdos PODER EJECUTIVO Decretos Ejecutivos Números PCM 41-2024, PCM 42-2024 COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA ELÉCTRICA CREE Acuerdos CREE-123-2024, CREE-140-2024 Sección B Avisos Legales B. 1 - 20 Poder Ejecutivo DECRETO EJECUTIVO NÚMERO PCM 41-2024 LA PRESIDENTA CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA EN CONSEJO DE SECRETARIOS DE ESTADO, CONSIDERANDO: Que de conformidad a la Constitución de la República, la titularidad del Poder Ejecutivo la ejerce en representación y para beneficio del pueblo la Presidenta de la República, correspondiéndole dirigir la Política General del Estado y representarlo, así como emitir Acuerdos, Decretos, expedir Reglamentos y Resoluciones conforme a la Ley y administrar la Hacienda Pública (artículos 235 y 245 numerales 2, 11 y 19). CONSIDERANDO: Que según lo establecido en la Constitución de la República, la persona humana es el fin supremo de la sociedad y del Estado, todos tienen la obligación de respetarla y protegerla. El derecho a la vida es inviolable (artículos 59 y 65). CONSIDERANDO: Que de acuerdo a la Constitución de la República, las cárceles son establecimientos de seguridad y defensa social, en donde se debe procurar la rehabilitación del recluido y su preparación para el trabajo (artículo 87). CONSIDERANDO: Que de conformidad a la Ley del Sistema Penitenciario Nacional, este tiene como fines primordiales la reeducación y la reinserción social de las personas condenadas a penas y medidas de seguridad privativas de libertad, así como la retención y custodia de toda persona detenida, en prisión preventiva o cumpliendo condena privativa de libertad (artículo 1). CONSIDERANDO: Que desde los inicios del Gobierno de la Presidenta Iris Xiomara Castro Sarmiento, se han realizado esfuerzos para garantizar la seguridad y gobernabilidad de los Centros Penitenciarios. En ese sentido, mediante Decreto Ejecutivo número PCM 03-2022 y Decreto Ejecutivo número -- 34 of 46 -- EDIS ANTONIO MONCADA ELSA XIOMARA GARCIA FLORES Colonia MirafIores Teléfono/Fax: Gerencia 2230-2520, 2230-1821 Administración: 2230-3026 CENTRO CÍVICO GUBERNAMENTAL PCM 16-2023 se declaró estado de emergencia en el Sistema Penitenciario Nacional y se nombraron dos Comisiones Interventoras, mediante las cuales se pretendía desmilitarizar, reformar y modernizar de forma gradual y progresiva el sistema de gestión penitenciaria. CONSIDERANDO: Que a pesar de los esfuerzos gubernamentales, la magnitud de la violencia ejercida por el crimen organizado y la gran capacidad operativa de estas estructuras delictivas dentro de los establecimientos penitenciarios, hicieron necesario que el Estado ejerciera toda su autoridad y fuerza coercitiva para enfrentar la ingobernabilidad de los Centros Penales, con el objeto de salvaguardar la vida y la integridad física y psíquica de las personas privadas de libertad y de las autoridades encargadas de su custodia. En consecuencia, mediante Decreto Ejecutivo número PCM 28-2023, se ratificó el Estado de Emergencia en el Sistema Penitenciario Nacional y se instruyó y delegó a la Policía Militar del Orden Público de las Fuerzas Armadas de Honduras (PMOP), en calidad de Comisión Interventora del Sistema Penitenciario Nacional, por un periodo de un (1) año, para que asumiera de manera temporal todas las competencias y facultades legales otorgadas a las autoridades superiores que integran el Sistema Penitenciario Nacional. CONSIDERANDO: Que mediante Decreto Ejecutivo número PCM 18-2024, se prorrogó la Declaratoria del Estado de Emergencia en el Sistema Penitenciario Nacional, así como la vigencia del Decreto Ejecutivo número PCM 28-2023, hasta el 31 de diciembre de 2024. CONSIDERANDO: Que la Policía Militar del Orden Público de las Fuerzas Armadas de Honduras (PMOP), en calidad de Comisión Interventora del Sistema Penitenciario Nacional, ha alcanzado avances significativos y resultados positivos en su gestión, garantizando el control y el manejo eficaz y eficiente del Sistema Penitenciario Nacional, logrando el objetivo de proteger a la Sociedad, crear e implementar los planes de rehabilitación, reeducación y reinserción social, así como la articulación del trabajo interinstitucional con el Poder Judicial, la Defensa Pública y los Juzgados de Ejecución, entre otros. Además, se encuentra en desarrollo un proceso de coordinación de todas las instituciones vinculadas al tema penitenciario, en el marco de la elaboración de la Política Pública Penitenciaria, herramienta que garantizará la modernización y fortalecimiento del Sistema. CONSIDERANDO: Que a pesar de los significativos avances, algunas condiciones en materia de seguridad que motivaron la Declaratoria del Estado de Emergencia en el -- 35 of 46 -- Sistema Penitenciario Nacional y la intervención del mismo, todavía subsisten. Asimismo, existen procesos legales, técnicos y administrativos que se encuentran programados o en proceso de ejecución, como la finalización de la construcción de módulos en los centros penales de Ilama, Morocelí y Támara, cuya finalización está prevista para inicios del año 2025; la construcción de un módulo en el Porvenir, Atlántida, cuya construcción comenzará en el año 2025; entre otros. CONSIDERANDO: Que a través de la Escuela Penitenciaria Nacional se superó la meta de formación de agentes penitenciarios, contando con 2,026 nuevos agentes y oficiales y teniendo previsto para el año 2025 continuar con este proceso de formación para garantizar la formación de aproximadamente 4,200 agentes y oficiales. Asimismo, se encuentra en proceso la conformación de los Consejos Técnicos Interdisciplinarios (CTI), de acuerdo a lo establecido en el Reglamento Técnico del Sistema Penitenciario. CONSIDERANDO: Que es indispensable continuar con el proceso de reestructuración del Sistema Penitenciario, con el objeto de garantizar una transición gradual y progresiva, para que la Dirección del Instituto Nacional Penitenciario y de cada establecimiento penitenciario, sea asumida por funcionarios de carrera de personal de Servicio Penitenciario, de conformidad a lo establecido en la Ley del Sistema Penitenciario Nacional, para lo cual resulta indispensable ampliar la declaratoria del estado de emergencia, así como prorrogar la vigencia de la intervención del Sistema Penitenciario Nacional. CONSIDERANDO: Que la Ley General de la Administración Pública dispone que la Presidenta de la República tiene a su cargo la suprema dirección y coordinación de la Administración Pública Centralizada y Descentralizada y en el ejercicio de sus funciones podrá actuar por sí o en Consejo de Ministros (artículo 11). CONSIDERANDO: Que la Ley General de la Administración Pública establece que el Poder Ejecutivo puede intervenir total o parcialmente, todos los entes, órganos o unidades de la Administración Pública que operen con pérdidas, no cumplan con sus funciones o no presten adecuadamente los servicios para los cuales fueron creados. De proceder la intervención, estará a cargo de una Comisión Interventora que se encargará de la administración de la entidad, órgano o unidad intervenida y realizará una evaluación de la misma, con la asesoría del Tribunal Superior de Cuentas; dicha Comisión Interventora tendrá las facultades que les correspondan a los administradores de las mismas ejerciendo su representación legal y deberá rendir un informe de evaluación en el que se recomendarán las medidas que se estimen adecuadas para mejorar la situación administrativa y financiera de la entidad intervenida (artículos 98, 99 y 100). CONSIDERANDO: Que la Ley de Contratación del Estado establece que se podrán realizar contrataciones directas, cuando se tenga por objeto proveer las necesidades ocasionadas por una situación de emergencia al amparo de lo establecido en su artículo 9. Asimismo, establece que la declaración de emergencia se hará mediante Decreto de la Presidencia en -- 36 of 46 -- Consejo de Secretarios de Estado, cuando ocurran situaciones de emergencia ocasionadas, entre otros, por calamidad pública, necesidades de la defensa o relacionadas con estados de excepción (artículos 9 y 63 numeral 1). POR TANTO, En aplicación de los artículos 59, 65, 87, 145, 235, 245 numerales 2), 11) y 19), 247, 272, 274, 277 y 360 de la Constitución de la República; artículos 11, 14 numeral 4), 98, 99, 100, 116, 117 y 119 de la Ley General de la Administración Pública; artículos 1 y 2 del Decreto Legislativo No. 64-2012 contentivo de la Ley del Sistema Penitenciario Nacional, artículos 9 y 63 numerales 1) de la Ley de Contratación del Estado; Decretos Ejecutivos número PCM 28-2023 publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” en fecha 23 de junio de 2024, edición número 36,262 y PCM 18-2024 publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” en fecha 21 de junio de 2024, edición número 36,566; y, demás aplicables. DECRETA:
Articulo 1
Con el objeto garantizar el respeto a la vida de las personas privadas de libertad, su integridad física y psíquica, sus derechos humanos y la posibilidad de su reinserción a la sociedad, se ratifica el ESTADO DE EMERGENCIA EN EL SISTEMA PENITENCIARIO NACIONAL, manteniendo su vigencia hasta el 31 de diciembre de 2025.
Articulo 2
Nombrar a partir del 01 de enero de 2025, una Comisión Interventora del Sistema Penitenciario Nacional, integrada por un Comisionado Presidente y dos adjuntos, de la siguiente manera: 1) RAMIRO FERNANDO MUÑOZ BONILLA, Comisionado Presidente; 2) A D Á N A N T O N I O R A M Í R E Z S A L I N A S , Comisionado Adjunto; y, 3) JOSÉ BALMORES DELCID, Comisionado Adjunto. La Comisión Interventora deberá continuar con el proceso de transición del Sistema Penitenciario, asumiendo de manera temporal todas las competencias y facultades legales otorgadas a las autoridades superiores, funciones que incluyen la autoridad, control, manejo y administración del Sistema. Los Comisionados son de libre remoción y nombramiento de la Presidenta de la República, correspondiéndole las atribuciones del órgano de decisión superior del Sistema Penitenciario, y ejercerán sus funciones hasta el 31 de diciembre de 2025.
Articulo 3
Instruir y delegar facultades suficientes a la Policía Militar del Orden Público de las Fuerzas Armadas de Honduras (PMOP), para que continúe garantizado la seguridad y el control de los establecimientos penitenciarios, debiendo brindar toda la colaboración necesaria a la Comisión Interventora del Sistema Penitenciario Nacional. -- 37 of 46 --
Articulo 4
La Comisión Interventora deberá presentar un plan y un cronograma de transición gradual y progresiva, para que todas las instituciones que integran el Sistema Penitenciario Nacional (El Instituto Nacional Penitenciario, los Establecimientos Penitenciarios; y la Escuela Penitenciaria Nacional), sean dirigidas por funcionarios de carrera de Servicio Penitenciario. Para el cumplimiento de este fin, se deberá continuar con la capacitación, preparación y formación del personal directivo, técnico, administrativo y de seguridad del Sistema Penitenciario Nacional, garantizando la implementación de la carrera de Servicio Penitenciario, con personal especializado que asumirá la custodia de los centros penales una vez finalizada la intervención.
Articulo 5
En virtud de la naturaleza de las funciones institucionales, se autoriza a la Comisión Interventora a realizar la contratación de personal bajo la modalidad de contrato o acuerdo, prestación de servicios profesionales y/o servicios de consultoría, con firmas consultoras o consultores individuales, en aquellos puestos y funciones que no puedan ser cubiertos por el personal actual, durante toda la vigencia del estado de emergencia declarado mediante el presente Decreto Ejecutivo.
Articulo 6
Autorizar a la Comisión Interventora del Sistema Penitenciario Nacional, para que mediante el proceso de contratación directa pueda proceder a la compra de todos los bienes, obras, insumos, suministros y servicios necesarios para el funcionamiento adecuado de los establecimientos penitenciarios y de la escuela nacional penitenciaria, ya sea para el equipamiento, abastecimiento, habilitación, construcción, reparación y/o remodelación, entre otros, cumpliendo con lo establecido en la Ley de Contratación del Estado y demás legislación aplicable.
Articulo 7
El presente Decreto es de ejecución inmediata, entrará en vigencia el día de su firma y deberá ser publicado en el Diario Oficial “La Gaceta”. Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los veintisiete (27) días del mes de diciembre del año dos mil veinticuatro (2024). COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE IRIS XIOMARA CASTRO SARMIENTO PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA -- 38 of 46 -- LESLY SARAHÍ CERNA SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE LA PRESIDENCIA JOSÉ CARLOS CARDONA ERAZO SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DESARROLLO SOCIAL CHRISTIAN DAVID DUARTE CHÁVEZ SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE FINANZAS TOMÁS EDUARDO VAQUERO MORRIS SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE GOBERNACIÓN, JUSTICIA Y DESCENTRALIZACIÓN EDUARDO ENRIQUE REINA GARCÍA SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE RELACIONES EXTERIORES Y COOPERACIÓN INTERNACIONAL SERGIO VLADIMIR COELLO DÍAZ SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE TRANSPARENCIA Y LUCHA CONTRA LA CORRUPCIÓN RICARDO ARTURO SALGADO SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE PLANIFICACIÓN ESTRATÉGICA FREDIS ALONSO CERRATO VALLADARES SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DESARROLLO ECONÓMICO DORIS YOLANY GARCÍA PAREDES SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE ASUNTOS DE LA MUJER HECTOR GUSTAVO SÁNCHEZ VELÁSQUEZ SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE SEGURIDAD -- 39 of 46 -- RIXI RAMONA MONCADA GODOY SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DEFENSA NACIONAL CARLA MARINA PAREDES REYES SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE SALUD LUCKY HALACH MEDINA ESTRADA SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE RECURSOS NATURALES Y AMBIENTE DANIEL ENRIQUE ESPONDA VELÁSQUEZ SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE EDUCACIÓN ANGÉLICA LIZETH ÁLVAREZ MORALES SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DERECHOS HUMANOS, POR LEY LAURA ELENA SUAZO TORRES SECRETARIA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE AGRICULTURA Y GANADERÍA ERICK MEDARDO TEJADA CARBAJAL SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE ENERGÍA OCTAVIO JOSÉ PINEDA PAREDES SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE INFRAESTRUCTURA Y TRANSPORTE WILMER JAVIER FERNÁNDEZ ALACHÁN SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL YADIRA ESTHER GÓMEZ CHAVARRÍA SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE TURISMO -- 40 of 46 -- GLORIA ANNARELLA VÉLEZ OSEJO SECRETARIA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE LAS CULTURAS, LAS ARTES Y LOS PATRIMONIOS DE LOS PUEBLOS DE HONDURAS WARREN OCHOA ORELLANA SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE DESARROLLO COMUNITARIO, AGUA Y SANEAMIENTO JOSÉ JORGE FORTÍN AGUILAR SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE GESTIÓN DE RIESGOS Y CONTINGENCIAS NACIONALES (COPECO) LIZETH ARMANDINA COELLO GÓMEZ SECRETARIA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA Poder Ejecutivo DECRETO EJECUTIVO NÚMERO PCM 42-2024 LA PRESIDENTA CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA EN CONSEJO DE SECRETARIOS DE ESTADO, CONSIDERANDO: Que la Constitución de la República establece que la titularidad del Poder Ejecutivo la ejerce en representación y para beneficio del pueblo la Presidenta de la República, correspondiéndole dirigir la Política General del Estado y representarlo, así como emitir Acuerdos y Decretos conforme a ley, adoptar las medidas de promoción, prevención, recuperación y rehabilitación de la salud de los habitantes (artículos 235 y 245 numerales 2, 11 y 29). CONSIDERANDO: Que, según lo establecido en la Constitución de la República, la persona humana es el fin supremo de la sociedad y del Estado, consecuentemente, todos tienen la obligación de respetarla y protegerla. En ese sentido, la Constitución establece que el derecho a la vida es inviolable, reconociéndole de tal manera que un medio ambiente adecuado para proteger la salud de las personas (artículos 59, 65 y 145). CONSIDERANDO: Que el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, reconoce el derecho de toda persona al disfrute del más alto nivel posible de salud física y mental. Entre las medidas que deberán adoptar los Estados parte en el Pacto se encuentra la generación de condiciones que aseguren a todos asistencia y servicios médicos en caso de enfermedad (artículo 12). CONSIDERANDO: Que la Ley General de la Administración Pública dispone que la Presidenta de la República tiene -- 41 of 46 -- GLORIA ANNARELLA VÉLEZ OSEJO SECRETARIA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE LAS CULTURAS, LAS ARTES Y LOS PATRIMONIOS DE LOS PUEBLOS DE HONDURAS WARREN OCHOA ORELLANA SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE DESARROLLO COMUNITARIO, AGUA Y SANEAMIENTO JOSÉ JORGE FORTÍN AGUILAR SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE GESTIÓN DE RIESGOS Y CONTINGENCIAS NACIONALES (COPECO) LIZETH ARMANDINA COELLO GÓMEZ SECRETARIA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA Poder Ejecutivo DECRETO EJECUTIVO NÚMERO PCM 42-2024 LA PRESIDENTA CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA EN CONSEJO DE SECRETARIOS DE ESTADO, CONSIDERANDO: Que la Constitución de la República establece que la titularidad del Poder Ejecutivo la ejerce en representación y para beneficio del pueblo la Presidenta de la República, correspondiéndole dirigir la Política General del Estado y representarlo, así como emitir Acuerdos y Decretos conforme a ley, adoptar las medidas de promoción, prevención, recuperación y rehabilitación de la salud de los habitantes (artículos 235 y 245 numerales 2, 11 y 29). CONSIDERANDO: Que, según lo establecido en la Constitución de la República, la persona humana es el fin supremo de la sociedad y del Estado, consecuentemente, todos tienen la obligación de respetarla y protegerla. En ese sentido, la Constitución establece que el derecho a la vida es inviolable, reconociéndole de tal manera que un medio ambiente adecuado para proteger la salud de las personas (artículos 59, 65 y 145). CONSIDERANDO: Que el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, reconoce el derecho de toda persona al disfrute del más alto nivel posible de salud física y mental. Entre las medidas que deberán adoptar los Estados parte en el Pacto se encuentra la generación de condiciones que aseguren a todos asistencia y servicios médicos en caso de enfermedad (artículo 12). CONSIDERANDO: Que la Ley General de la Administración Pública dispone que la Presidenta de la República tiene -- 42 of 46 -- situaciones epidemiológicas, se declaró Estado de Emergencia Sanitaria en todo el Sistema de Salud Pública a nivel nacional. CONSIDERANDO: Que las condiciones que motivaron las declaratorias de estado de emergencia sanitaria siguen vigentes, y en respuesta al estado de calamidad pública en que fue encontrado el Sistema de Salud a nivel nacional y ante el actual proceso de rescate, reestructuración, modernización y fortalecimiento de la red hospitalaria en el país, es imperativo garantizar el derecho constitucional a la salud, asegurando la provisión de servicios, insumos, medicamentos, infraestructura adecuada y la atención oportuna de la población hondureña. CONSIDERANDO: Que la Ley de Contratación del Estado establece que se podrá realizar la contratación directa cuando tenga por objeto proveer las necesidades ocasionadas por una situación de emergencia (artículo 63, numeral 1). CONSIDERANDO: Que, de conformidad a la Ley de Contratación del Estado, la declaración del estado de emergencia se hará mediante Decreto de la Presidenta de la República en Consejo de Ministros (artículo 9). POR TANTO, En uso de las facultades legales establecidas en los artículos 59, 65, 145, 245 numerales 2, 11 y 29; 235 y 252 de la Constitución de la República; artículos 11, 17, 18, 116, 117 y 119 de la Ley General de la Administración Pública; artículos 9 y 63 numeral 1) de la Ley de Contratación del Estado; artículo 12 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales; Decretos Ejecutivos número PCM 16-2022, PCM 04-2023, PCM 53-2023, PCM 48-2023, PCM 01-2024; y demás aplicables. a su cargo la suprema dirección y coordinación de la Administración Pública Centralizada y Descentralizada y en el ejercicio de sus funciones podrá actuar por sí o en Consejo de Ministros (artículo 11). CONSIDERANDO: Que de conformidad a la Constitución de la República, la Presidenta convoca y preside el Consejo de Ministros, el cual podrá tomar resolución en todos los asuntos que juzgue de importancia nacional (artículo 252 párrafo segundo). CONSIDERANDO: Que la magnitud de las repercusiones del abandono durante más de una década el Sistema de Salud Pública, han hecho necesario que el Estado implemente medidas extraordinarias con el objeto de salvaguardar la vida y la salud de la población hondureña, ante un Sistema que fue desatendido y saqueado, provocando una severa crisis a nivel nacional y un estado de calamidad pública, con un sistema colapsado por el desabastecimiento de medicamentos, la falta de capacidad logística y material quirúrgico esencial, la carencia y deficiencia de infraestructura y equipo hospitalario, servicios y cobertura ineficientes, la incapacidad de responder a la creciente demanda de atención de la población, aunado a los escandalosos y perjudiciales casos de corrupción vinculados al Sistema de Salud Pública, entre otros. CONSIDERANDO: Que mediante Decretos Ejecutivos número PCM 16-2022, PCM 04-2023 y PCM 53-2023 con el propósito de garantizar el cumplimiento del derecho constitucional a la salud, asegurar la provisión de servicios, insumos, medicamentos, infraestructura adecuada y la atención oportuna de la población hondureña, así como para fortalecer las acciones de vigilancia, prevención, control y garantizar la atención a las personas ante eventuales -- 43 of 46 -- DECRETA:
Articulo 1
Prorrogar la declaratoria de ESTADO DE EMERGENCIA SANITARIA en todo el Sistema de Salud Pública a nivel nacional por el año 2025, en el marco del proceso de su rescate y fortalecimiento, con el propósito de garantizar el cumplimiento del derecho constitucional a la salud, asegurar la provisión de servicios, insumos, medicamentos, infraestructura adecuada y la atención oportuna de la población hondureña, incluyendo los nuevos establecimientos hospitalarios a nivel nacional, así como para fortalecer las acciones de vigilancia, prevención, control y garantizar la atención a las personas ante eventuales situaciones epidemiológicas.
Articulo 2
Se autoriza a la Secretaría de Estado en el Despacho de Salud, para adquirir mediante la modalidad de contratación directa, los servicios, insumos, equipos y medicamentos que sean necesarios, así como a utilizar de su partida presupuestaria lo que se requiera, para hacer frente a la presente a la declaratoria de estado de emergencia, garantizando su manejo de manera transparente y con veeduría social.
Articulo 3
Con el objetivo de finalizar el proceso de construcción de clínicas, laboratorios y hospitales públicos eficientes y adecuados, se prorroga por el año 2025, la vigencia del Decreto Ejecutivo número PCM 48-2023, publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” en su edición 36,391 de fecha 23 de noviembre de 2023 y del Decreto Ejecutivo número PCM 01-2024, publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” en su edición 36,452 de fecha 5 de febrero de 2024.
Articulo 4
Los contratos suscritos al amparo del presente Decreto se realizarán procurando obtener las condiciones más ventajosas y de calidad para la Administración Pública, y estarán sujetos a los procesos de aprobación y auditoría previstos por la Constitución y las Leyes de la República, debiendo ser notificados al Tribunal Superior de Cuentas (TSC).
Articulo 5
Se autoriza e instruye a la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas (SEFIN), a identificar y proveer los recursos que se pudieran requerir para hacer frente al estado de emergencia sanitaria.
Articulo 6
El presente Decreto Ejecutivo es de ejecución inmediata y deberá publicarse en el Diario Oficial “La Gaceta”. Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio de Distrito Central, a los 27 días del mes de diciembre del año dos mil veinticuatro (2024). COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE. IRIS XIOMARA CASTRO SARMIENTO PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA LESLY SARAHÍ CERNA SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE LA PRESIDENCIA -- 44 of 46 -- JOSÉ CARLOS CARDONA ERAZO SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DESARROLLO SOCIAL CHRISTIAN DAVID DUARTE CHÁVEZ SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE FINANZAS TOMÁS EDUARDO VAQUERO MORRIS SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE GOBERNACIÓN, JUSTICIA Y DESCENTRALIZACIÓN EDUARDO ENRIQUE REINA GARCÍA SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE RELACIONES EXTERIORES Y COOPERACIÓN INTERNACIONAL SERGIO VLADIMIR COELLO DÍAZ SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE TRANSPARENCIA Y LUCHA CONTRA LA CORRUPCIÓN RICARDO ARTURO SALGADO SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE PLANIFICACIÓN ESTRATÉGICA FREDIS ALONSO CERRATO VALLADARES SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DESARROLLO ECONÓMICO DORIS YOLANY GARCÍA PAREDES SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE ASUNTOS DE LA MUJER HECTOR GUSTAVO SÁNCHEZ VELÁSQUEZ SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE SEGURIDAD RIXI RAMONA MONCADA GODOY SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DEFENSA NACIONAL CARLA MARINA PAREDES REYES SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE SALUD LUCKY HALACH MEDINA ESTRADA SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE RECURSOS NATURALES Y AMBIENTE -- 45 of 46 -- DANIEL ENRIQUE ESPONDA VELÁSQUEZ SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE EDUCACIÓN ANGÉLICA LIZETH ÁLVAREZ MORALES SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DERECHOS HUMANOS, POR LEY LAURA ELENA SUAZO TORRES SECRETARIA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE AGRICULTURA Y GANADERÍA ERICK MEDARDO TEJADA CARBAJAL SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE ENERGÍA OCTAVIO JOSÉ PINEDA PAREDES SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE INFRAESTRUCTURA Y TRANSPORTE WILMER JAVIER FERNÁNDEZ ALACHÁN SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL YADIRA ESTHER GÓMEZ CHAVARRÍA SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE TURISMO GLORIA ANNARELLA VÉLEZ OSEJO SECRETARIA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE LAS CULTURAS, LAS ARTES Y LOS PATRIMONIOS DE LOS PUEBLOS DE HONDURAS WARREN OCHOA ORELLANA SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE DESARROLLO COMUNITARIO, AGUA Y SANEAMIENTO JOSÉ JORGE FORTÍN AGUILAR SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE GESTIÓN DE RIESGOS Y CONTINGENCIAS NACIONALES (COPECO) LIZETH ARMANDINA COELLO GÓMEZ SECRETARIA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA -- 46 of 46 --