VigenteCategoria: Financiero y Tributario
1 de septiembre de 2011 | Congreso Nacional

Decreto Legislativo — Aprobación de Modificación No. 3 al Contrato de Consultoría para la Prestación de Servicios de Verificación Técnica, Administrativa y Financiera del Fondo Vial

Considerandos

  1. 1.Que de conformidad con el Artículo 205, numeral 19) de la Constitución de la República, corresponde al Congreso Nacional aprobar o improbar los contratos que lleven involucrados exenciones, incentivos y concesiones fiscales, o cualquier otro contrato que haya de producir o prolongar sus efectos al siguiente periodo de Gobierno de la República.
  2. 2.Que a fin de dar continuidad a los servicios de verificación técnica, administrativa y financiera de los proyectos que ejecutará el Fondo Vial desde el 1 de septiembre de 2011 al 29 de febrero de 2012, y evaluar las condiciones de la Red Vial Pavimentada, es necesario realizar la tercera Modificación al Contrato de Consultoría para la prestación técnica administrativa y financiera del Fondo Vial con la Sociedad Consultores y Planificadores Regionales de Desarrollo, S. de R.L. (REGIOPLAN).

Articulos

Articulo 1

Aprobar en todas y cada una de sus partes la MODIFICACIÓN No. 3 AL CONTRATO DE CONSULTORÍA PARA LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS DE VERIFICACIÓN TÉCNICA, ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA DEL FONDO VIAL, CON LA SOCIEDAD CONSU~TORES Y PLANIFICADORES REGIONALES DE DESA- RROLLO, S. de R. L. (REGIOPLAN), por un monto de SEIS MILLONES SETECIENTOS CINCUENTA Y SIETE MIL CIENTO OCHENTA Y SIETE LEMPIRAS CON 26/00 (L.6,757,187.26), suscrito entre el Señor, HUGO ARDÓN SORIANO, en su condición de Director Ejecutivo del FONDO VIAL y el Señor, RICARDO DANIEL LORENZANA, en calidad de Representante Legal de la Firma CONSULTORES Y PLANIFICADORES REGIONALES DE Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT-UNAH Derecho Reservados UDI-DEGT-UNAH -- 1 of 24 -- La Gaceta REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIG 13 DE JULIO DEL 2012 No. 32 DESARROLLO, S. de R. L., (REGIOPLAN), firmada el1 de septiembre de 2011, que literalmente dice: "SECRETARÍA DE ESTADO EN LOS ·DESPACHOS DE OBRAS PÚBLICAS, TRANSPORTE Y VIVIENDA (SOPTRAVI). MODIFICACIÓN No.3 AL CONTRATO DE CONSULTORÍA PARA LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS DE VERIFICACIÓN TÉCNICA, ADMINISTRATIVA Y FINAN- CIERA DEL FONDO VIAL. Nosotros, HUGO ALFREDO ARDÓN SORIANO, mayor de edad, casado, hondureño, Ingeniero Civil, con Tarjeta de Identidad No.0409- 1977 -003 77 y de este vecindario, actuando en su condición de Director Ejecutivo del Fondo Vial, y por ende Representante del Estado de Honduras, nombrado mediante Acuerdo No.0491 de fecha 8 de junio de 201 O, debidamente autorizado para este acto y que en lo sucesivo se llamará EL GOBIERNO, y RICARDO DANIEL LORENZANA TURCIOS, hondureño, mayor de edad, casado, Licenciado en Informática, con Tatjeta de Identidad No.0801-1969-08443, debidamente autorizado para firmar en nombre y representación de la Sociedad CONSULTORES Y PLANIFICADORES REGIONALES DE DESARROLLO, S. DE R.L. (REGIO PLAN), empresa constituida legalmente según: Escritura Pública No.186, autorizada por la Notaria Ada Amalia Puerto de Raudales, con fecha 27 de diciembre de 2003, e inscrita con el No.84, Tomo 301, del Registro de Comerciantes Sociales del departamento de Francisco Morazán, quien en adelante se llamará EL CONSULTOR, hemos convenido en suscribir la presente Modificación No.3 al Contrato de Consultoría para la Prestación de los Servicios de Verificación Técnica, Administrativa y Financiera del Fondo Vial N o.OO 161 de fecha 16 de julio de 2010, Orden de Cambio No.l de fecha 19 de noviembre de 2010, Modificación No.l (00000470) de fecha 16 de enero de 2011, Modificación No.2 (00000556) de fecha 01 de marzo de 2011, Orden de Cambio No.2 de fecha 01 de junio de 2011, en lo relativo a las cláusulas: CLÁUSULA SÉPTIMA: PLAZO DEL CONTRATO; CLÁUSULA OCTAVA: MONTO DEL CONTRATO, FORMA DE PAGO Y OFERTA ECONÓMICA; por las siguientes razones: l. Darle continuidad a los Servicios de Verificación Técnica, Administrativa y Financiera de los proyectos que ejecutará el Fondo Vial de Honduras, desde el 01 de septiembre 2011, al29 de febrero, 2012.2. Cerrar el Programa de Mantenimiento de la Red Vial No Pavimentada 2010-2011 y los proyectos de Mantenimiento en la Red Vial Pavimentada. 3. Evaluar las condiciones de la Red Vial Pavimentada, con el objetivo de tener un valor estimado, que sirva de punto de partida para el proceso de licitación de los trabajos de Mantenimiento Rutinario; a ejecutarse en el año 2012. 4. Preparar el documento final; realizando los ajustes correspondientes al Plan Estratégico de Mantenimiento Vial a nivel de red 2012-2016. El incremento de la presente modificación es por la cantidad de SEIS MILLONES SETECIENTOS CINCUENTA Y SIETE MIL CIENTO OCHENTA Y SIETE LEMPIRAS CON VEINTE Y SEIS CENTAVOS (L.6,757,187.26). Las cláusulas modificadas se leerán en lo sucesivo de la siguiente manera: CLÁUSULA SÉPTIMA: PLAZO DEL CONTRATO: El CONSULTOR ejecutará los servicios objeto de este contrato por un período de tiempo que • 1 Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT-UNAH Derecho Reservados UDI-DEGT-UNAH -- 2 of 24 -- Se~ción A Acuerdos y Leyes La Gaceta comprende 20.5 meses, a partir de la fecha en que se le notifique la respectiva Orden de Inicio. CLÁUSULA OCTAVA: MON'fO DEL CONTRATO, FORMA DE PAGO Y OFERTA ECONÓMICA: EL GOBIERNO, pagar~ al CONSULTOR por los servicios objeto de este contrato, la suma de TREINTA YUN MILLONES SEISCIENTOS CUARENTA YUN MIL SEISCIENTOS DOS LEMPIRAS CON CINCUENTA Y No. 1 Descripción J ~.IJELDQS Y~A LARIP~. 1.1 Personal Profesional Gerente de Proyecto Especia lista Le,:¡al ln,:¡enieros Verificad ores ln_g_enieros Coordina dores Sub Tola 1 1.1 1···· P~rso nal ele A:Pov o .... 1...2 ..... Especialista Financiero (Licenciado en Finanzas) Contador Contador Enlace Licenciado en Informatice ····'·· lnaeniero Sistemas Secretaria ,. 1 Motorista Conserje Sub Tola 1 1.2 TotaJ1 J1,1 +1 ,2) ...... ~ . ......... BENEFICIOS SOCIALES 40.00% de 1 Total 2 ....3. GASTOS DIRECTOS .... Alauiler de Oficina M a teriales_y_Sum in istros S e rvic io s Públicos Alquiler de Vehícvlo Alquiler de Equipo de Cómputo C O m unic OCio ne S Viáticos y oastos de vicie dentro del país i···· Estudio Plan de Mantenimiento Vial2011 -2015 1 ...... Encuestas de oQ_inión Misceláneos Total 3 4 GASTOS GENERALES .... 35°!. DE (1 +2\ Total 4 1 5 ...... MANEJO DE GASTOS DIRECTOS 1 1 5°!. de 3 ..... ........ 'TotCII s··.· 1 6 HQ NOR AR lOS 15% de(1+2+4l 1·· .... J()tal6 :. ' ¡ ... ·.·.··. "['QJAJ QFE!tTA ~I:::PNPfv\Jf:::A (J +7f3+4+S~§J SEIS CENTAVOS (L.31 ,641,602.56) que es el monto total declarado por EL CONSULTOR en la oferta económica negoCiada y que según la misma constituyen cantidades máximas garantizadas para cubrir en su totalidad la realización de los trabajos requeridos, dentro del plazo de ejecución previsto; de acuerdo con el estimado de costos siguiente: P re e i o Precio Tola 1 Unidad Cantidad Unitario (Lempiras) (Lemp iras) h-m 20.5 o 48,000.00 984 ,O 00.00 h-m 8.75 5 0,000.00 437,5 00.00 h-m 141 .00 37,000.00 5217,000.00 h-m 31 .8 3 30 500.00 970 916.67 202.08 7609 416.67 h-m 20.5 o 3 0,000.00 615,000.00 h-m 19.5 o 2 1,000 .o o 409,5 00.00 h-m 19.30 21,000.00 405,3 00.00 h-m 19.5 o 20000.00 390 000.00 h-m 19.5 o 20000.00 390 000.00 h-m 20.5 o 1 2 500.00 256 250.00 h-m 20.5 o 8 000.00 164000.00 h-m 20.5 o 6,000 .o o 123,000.00 1 S 9.8 O 27 53, oso .o o 10362,466.67 : 4144,986.67 4144,986.67 Mes 20.5 o 3 5 000.00 717500.00 Mes 17.00 27000.00 459 000.00 Mes 20.5 o 12,000.00 246,000.00 Unidad 149.50 2 3,QOO.QO 3 438,5 OO.QO Mes 20.5 o 2 0,000.00 41 Q,OOO.OO SG 17.00 10000.00 170 000.00 h-m 166.50 10000.00 1 665 000.00 Global 732 375.00 Global - Global 91,000.00 7929,375.00 5077 608.67 •• 5077,608.67 • 1 189406.25 118..9.406,25 2 937,7 59.30 .: .... 2937:,],59.30 31.. 6 4J, 6()7 ,56 Monto Total de La Oferta En Letras: TREINTA Y UN MILLONES SEISCIENTOS CUARENTA Y UN MIL SEISCIENTOS DOS LEMPIRAS CON CINCUENTA Y SEIS CENTAVOS A... Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT-UNAH Derecho Reservados UDI-DEGT-UNAH -- 3 of 24 -- La Gaceta REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALP 13 DE JULIO DEL 2012 No. 1 Del monto anterior, corresponden a honorarios profesionales la cantidad de DOS MILLONES NOVECIENTOS TREINTA Y SIETE MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y NUEVE LEMPIRAS CON TREINTA CENTAVOS (L.2,937,759.30). La remuneración se pagará exclusivamente en Lempiras. Los pagos se efectuarán bajo el concepto de Reembolso o facturas mensuales con la documentación que acredite el gasto efectuado, inclusive los soportes de beneficios sociales presentados, con base a las tarifas de hombre/ mes cotizados por el Consultor, e igualmente los gastos mensuales ejecutados y sus correspondientes honorarios proporcionales. Los pagos se harán mensualmente a partir de la fecha de notificación de la Orden de Inicio y así sucesivamente, condicionando dicho pago a la presentación del informe mensual debidamente aprobado por la Gerencia correspondiente. Este informe mensual deberá contener en forma clara y detallada el cumplimiento de las actividades indicadas en la CLÁUSULA TERCERA. Los servicios prestados durante cada mes, deberán reflejar el avance del trabajo realmente ejecutado por la Firma Cons11ltora, y en caso que se manifieste un retraso con respecto al calendario de trabajo acordado, mayor a un diez por ciento ( 10%), se retendrá el pago correspondiente hasta que el consultor corrija el desfase. Queda entendido que los Reembolsos cubrirán: los sueldos y salarios, beneficios sociales que el Consultor haya convenido en pagar al personal, así como los gastos generales, el costo de los servicios de apoyo prestados por el personal de la oficina central, los gastos de logística de campo y gabinete, movilizaciones y transporte, comunicaciones y envíos, uso de equipo de oficina y mobiliario, otros gastos directos y los honorarios del Consultor. El Gobierno retendrá los pagos e impondrá las multas correspondientes al Consultor por incumplimiento en la entrega de los trabajos especificados en este Contrato, hasta que se haya subsanado tal incumplimiento. Es entendido y convenido por ambas partes que tanto la ejecución de los trabajos y el pago de los mismos, queda condicionado a que el Congreso Nacional apruebe en el Presupuesto de dichos años los fondos correspondientes. La no-aprobación de estos fondos por el Congreso Nacional dará derecho a la resolución del contrato sin responsabilidad para las partes. EL CONSULTOR se responsabiliza ante el GOBIERNO porque el informe mensual, refleje el avance del trabajo realmente ejecutado por él, utilizando todos los recursos de personal, insumos y apoyo logístico contenidos en el Estimado de Costos. EL CONSULTOR está obligado a mantener el número de personal y equipo que se indica en la Oferta Económica, si se comprueba por parte del FONDO VIAL el incumplimiento de lo aquí preceptuado, se lo deducirán de la suma mensual, las cantidades que correspondan por esos conceptos. El Fondo Vial se reserva el derecho a autorizar la asignación parcial de los recursos contenidos en el contrato para aquellos períodos en los que los requerimientos de personal, equipo u otros sean menores a los contemplados contractualmente, basado en el hecho de que 'la duración de los contratos de mantenimiento periódico y rutinario de la red vial no pavimentada es variable, o que por a criterio de la Dirección Ejecutiva los objetivos hayan sido cu.mplidos. Si así sucediere, se elaborará un nuevo estimado de costos que servirá de base Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT-UNAH Derecho Reservados UDI-DEGT-UNAH -- 4 of 24 -- Sccciún A Acuerdos y Leyes La Gaceta para calcular la nueva cuota mensual a aplicar en adelante. El Fondo Vial reconocerá intereses a la tasa promedio correspondiente al mes en que se efectúe el pago para operaciones activas del Sistema Bancario Nacional, cuando se produzcaq. atrasos en el pago de sus obligaciones por causas que le fueren imputables, por más de cuarenta y cinco (45) días calendario contados a partir de la presentación correcta de los documentos de cobro correspondientes. El pago de intereses, se hará a más tardar en la fecha del siguiente pago parcial contra recibo de pago presentado por el Consultor, de acuerdo al formato proporcionado por el Fondo Vial. No podrá alegar incumplimiento del Fondo Vial y solicitar el pago de los intereses mencionados en el párrafo anterior, si el consultor presenta en forma incompleta o incorrecta los documentos de cobro; tampoco podrá hacerla si incurre en atrasos que le fueran atribuibles durante la ejecución del contrato, ocasionando con ello retrasos en los desembolsos presupuestados para determinado período fiscal y la subsiguiente demora en los siguientes ejercicios, y si incurre en cualquier otra conducta determinante del retraso. Las Cláusulas del contrato original no modificadas continúan vigentes. Las partes contratantes aceptan los términos del presente contrato en fe de lo cual firmamos para constancia en la ciudad de Tegucigalpa, Municipio del Distrito Central, a los O1 días del mes de Septiembre del 2011. (F y S) ING HUGO ARDÓN SORIANO, DIRECTOR EJECUTIVO FONDO VIAL. (F y S) RICARDO LORENZANA TURCIOS, REPRE- SENTANTE LEGAL DE LAFIRMA(REGIOPLAN)."

Articulo 2

El presente Decreto entrará en vigencia a partir del día de su publicación en el Diario Oficial "La Gaceta". Dado en la ciudad de Tegucigalpa, Municipio del Distrito Central, en el Salón de Sesiones del Congreso Nacional, a los Diecisiete días del mes de Mayo del año Dos Mil Doce. - JUAN ORLANDO HERNÁNDEZALVARADO PRESIDENTE RIGOBERTO CHANGCASTILLO SECRETARIO GLADISAURORALÓPEZCALDERÓN SECRETARIA Al Poder Ejecutivo Por Tanto: Ejecútese Tegucigalpa, M.D.C., 30 de mayo de 2012 PORFIRIO LOBO SOSA PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA EL SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE OBRAS PÚBLICAS, TRANSPORTEYVIVIENDA (SOPTRAVI). MIGUELÁNGELGÁMEZ Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT-UNAH Derecho Reservados UDI-DEGT-UNAH -- 5 of 24 -- La Gaceta REPÚBL DE HONDURAS - TEGUCIGALP No. 32 871 Presidencia de la República

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