VigenteCategoria: Ambiental
Decreto No. PCM-052-2019 | 18 de octubre de 2019 | Poder Ejecutivo | La Gaceta No. 35,076

Decreto Ejecutivo No. PCM-052-2019 — Creación del Programa de Desarrollo Agrícola de Honduras (PDAH)

Considerandos

  1. 1.Que el Artículo 245 numerales 11, 19 y 32 de la Constitución de la República establece dentro de las atribuciones del Presidente de la República, la Administración General del Estado, emitir Acuerdos y Decretos, así como expedir Reglamentos y Resoluciones conforme a Ley, asimismo le corresponde la Administración de la Hacienda Pública, al igual que dictar todas las medidas y disposiciones que estén a su alcance para promover la rápida ejecución de la Reforma Agraria y el desarrollo de la producción y productividad en el agro.
  2. 2.Que el Artículo 247 del referido Instrumento Primigenio indica que los Secretarios de Estado son colaboradores del Presidente de la República en la orientación, coordinación, dirección y supervisión de los órganos y entidades de la Administración Pública Nacional en el área de su competencia.
  3. 3.Que el Artículo 252 de la Carta Magna señala que el Presidente de la República convoca y preside el Consejo de Ministros, reuniendo a todos sus miembros por iniciativa de éste, para tomar Resolución en todos los asuntos que juzgue de importancia nacional y para conocer de los casos que señala la Ley.
  4. 4.Que el Artículo 274, segundo párrafo de la misma Carta Magna establece que: “… las Fuerzas Armadas cooperarán con las Secretarías de Estado y demás instituciones a pedimento de éstas, en labores de alfabetización, educación, agricultura, protección del ambiente, vialidad, comunicaciones, sanidad y reforma agraria…”.
  5. 5.Que el Artículo 11 de la Ley General de la Administración Pública, determina que el Presidente de la República, tiene a su cargo la suprema dirección y coordinación de la Administración Pública Centralizada y Descentralizada. El Presidente de la República en el ejercicio de sus funciones, podrá actuar por sí o en Consejo de Ministros.
  6. 6.Que el Artículo 29 numeral 9) de la Ley General de la Administración Pública, reformado mediante Decreto Legislativo No. 266-2013, preceptúa que para la Administración General del país que la Constitución de la Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT- UNAH. Derechos Reservados ENAG UDI-DEGT-UNAH -- 24 of 48 -- República confiere al Poder Ejecutivo, las Secretarías de Estado tendrán las competencias siguientes: Secretaría de Estado en los Despachos de Agricultura y Ganadería (SAG), “Corresponde la formulación, coordinación, ejecución y evaluación de las políticas relacionadas con la producción, conservación y comercialización de alimentos, la promoción y modernización de la agricultura, la sanidad animal y vegetal, la generación y transferencia de tecnología agropecuaria, el riego y drenaje en actividades agrícolas, la distribución y venta de los consumos agrícolas que adquiera el Estado a cualquier título, así como la regulación a la cual estarán sometidos; la coordinación de actividades relacionadas con la silvicultura, la dirección superior de los servicios de agro meteorología y la promoción de crédito agrícola”.
  7. 7.Que el mismo Artículo 29, numeral 15) primer párrafo supra indicado atribuye a la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas (SEFIN) las competencias siguientes: “Lo concerniente a la formulación, coordinación, ejecución y evaluación de las políticas relacionadas con las Finanzas Públicas, la ejecución del Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la República, lo relativo al crédito y deuda pública, el manejo de la Tesorería y la Pagaduría de la República, el registro, administración, protección y control de los bienes nacionales, la programación de la inversión pública en el marco de las prioridades establecidas por la Presidencia de la República a través de la coordinación General de Gobierno”.
  8. 8.Que en ese orden de ideas el mismo estamento legal atribuye en el numeral 10) a la Secretaría de Energía, Recursos Naturales y Ambiente, ahora Secretaría Estado en los Despachos de Recursos Naturales y Ambiente (MIAMBIENTE+), la competencia siguiente: “Lo concerniente a la formulación, coordinación, ejecución, y evaluación de las políticas relacionadas u orientadas a lograr la preservación de los recursos naturales y la preservación del ambiente, que contribuyan al mejoramiento de la calidad de vida de sus habitantes”.
  9. 9.Que el Instituto Nacional de Conservación y Desarrollo Forestal, Áreas Protegidas y Vida Silvestre (ICF), es una entidad gubernamental creada con el objetivo de establecer el régimen legal a que se sujetará la administración y manejo de los recursos forestales, áreas protegidas y vida silvestre incluyendo su protección, restauración, aprovechamiento, conservación y fomento; propiciando el desarrollo sostenible, de acuerdo con el interés social, económico, ambiental y cultural del país.
  10. 10.Que el Instituto Nacional Agrario (INA), es el ente encargado de ejecutar la política agraria del país, dando acceso a la tierra y asistencia técnica a las familias campesinas, comunidades indígenas y afro-hondureñas, generando así un aumento en la producción y productividad, que mejoren la rentabilidad y sostenibilidad de sus unidades productivas, proporcionando mayores niveles de ingresos y de seguridad alimentaria que impacten en la reducción de la pobreza y la violencia social en el campo.
  11. 11.Que el Instituto de la Propiedad (IP), es la institución del Estado encargada de otorgar seguridad jurídica a los titulares de propiedad de bienes inmuebles en todo el territorio nacional de forma permanente, expedita, transparente y equitativa.
  12. 12.Que el acceso al crédito es uno de los Pilares del Plan Estratégico del Gobierno de la República de Honduras 2018-2022 y también es parte esencial de la Estrategia Nacional de Inclusión Financiera.
  13. 13.Que se cuenta con el Programa Presidencial Crédito Solidario, enfocado en atender a la población excluida financieramente y que requiere a través de la Estrategia Nacional de Inclusión Financiera poder crear condiciones para su desarrollo a través de inversiones. Capital que es considerado como Capital de Riesgo, dado los procesos de educación financiera, acceso y uso que deben darse en dicho sector de la población para su inclusión en el sistema Financiero.
  14. 14.Que el Banco Hondureño para la Producción y Vivienda (BANHPROVI), es la institución del Estado que tiene por objeto promover, el crecimiento y desarrollo socioeconómico inclusivo e integral de todos los hondureños, mediante la prestación de servicios financieros de banca universal para la producción y vivienda, con énfasis en el sector social de la economía, así como la inversión en obras y proyectos de infraestructura rentables que promuevan la competitividad nacional y el empleo digno.
  15. 15.Que la Ley para la Modernización y Desarrollo del Sector Agrícola (LMDSA), en su Artículo 1 preceptúa que la misma tiene por objeto establecer mecanismo necesario para promover la modernización agrícola y la permanente actividad óptima en este sector, favoreciendo el incremento de la producción, su comercialización interna y exportación, el desarrollo agroindustrial y el aprovechamiento racional perdurable y usos alternativos de los recursos naturales renovables.
  16. 16.Que la legislación precitada contempla dentro de sus objetivos específicos, establecer las condiciones adecuadas para los productores y productoras, cualquiera que Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT- UNAH. Derechos Reservados ENAG UDI-DEGT-UNAH -- 25 of 48 -- fuere su forma de organización o empresa, para que desarrollen sus actividades de producción de alimentos y demás productos agrícolas en forma eficiente, asegurando la conservación y el aprovechamiento racional de los suelos, aguas, bosques y de la flora y fauna silvestre.
  17. 17.Que se han identificado ejes transversales articulados con leyes y políticas públicas en materia agrícola: Inclusión de la Mujer y Equidad de Género, Juventud Rural (relevo generacional), Cambio Climático y Gestión de Riesgos y Seguridad y Soberanía Alimentaria, para contribuir a mejorar la productividad y rentabilidad agrícola de los productores/ as de la zona rural.
  18. 18.Que en consonancia con la Ley Nacional de Cambio Climático de Honduras, la Estrategia Nacional de Cambio Climático para el Sector Agroalimentario y la Política de Estado para el sector agrícola y el medio rural, se deben realizar acciones concretas encaminadas a desarrollar y fortalecer las capacidades de adaptación y mitigación de los productores/as ante los efectos del cambio climático desarrollando con esto una agricultura más resistente, sostenible y adaptada al clima.

Articulos

Articulo 1

Crear el “PROGRAMA DE DESARROLLO AGRÍCOLA DE HONDURAS” (PDAH), el cual tendrá como objetivo incrementar la productividad y rentabilidad agrícola, mediante la inversión en activos productivos, así como el establecimiento de una mentalidad emprendedora, desarrollando conocimientos, capacidades, actitudes y habilidades como elemento esencial generador de riqueza y bienestar para los productores y productoras. Dicho Programa quedará adscrito a la Secretaría de Estado en el Despacho de Defensa Nacional, a través de la creación de una Dirección de Desarrollo Agrícola (C-10) en la Jefatura del Estado Mayor Conjunto para la Ejecución del Programa y quien será el ente encargado de estructurar, ejecutar y administrar el Programa.

Articulo 2

Para la Ejecución del Programa de Desarrollo Agrícola de Honduras (PDAH), se debe crear la estructura organizativa, presupuestaria y legal que corresponda dando cumplimiento a la rendición de cuentas, evaluación de gestión por resultados, así como el cumplimiento del Plan Operativo Anual de cada ejercicio fiscal.

Articulo 3

Se autoriza a la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas (SEFIN), Fideicomiso del Fondo de Solidaridad y Protección Social para la Reducción de la Pobreza, Fideicomiso de Inversiones y Asignaciones (FINA) a realizar la asignación de recursos a la Secretaría de Estado en el Despacho de Defensa Nacional (SEDENA) para la ejecución del Programa de Desarrollo Agrícola de Honduras (PDAH). El Programa podrá ejecutar recursos de aportes, donaciones y asignaciones de entidades nacionales e internacionales; otras transferencias, legados y donaciones de personas naturales o jurídicas de derecho público o privado. Para el Ejercicio Fiscal del año 2019 el Programa tendrá la asignación de hasta Sesenta y Seis Millones de Lempiras exactos (L.66₁000,000.00). Para los subsiguientes cuatro (04) años el Programa de Desarrollo Agrícola de Honduras (PDAH), tendrá la asignación de hasta un total de Tres Mil Ochocientos Cuarenta y Tres Millones, Novecientos Catorce Mil, Doscientos Cincuenta y Tres Lempiras con Cincuenta y Ocho Centavos de Lempira (L.3,843₁914,253.58). Los recursos serán asignados anualmente, una vez se presenten ante la Secretaría de Coordinación General de Gobierno (SCGG) y la Secretaría de Finanzas (SEFIN) el desglose de las inversiones, gastos de operación y demás requerimientos que garanticen el buen funcionamiento y ejecución de los recursos del Programa.

Articulo 4

Se instruye a la Secretaría de Finanzas, Secretaría de Agricultura y Ganadería, Instituto Nacional Agrario, Instituto de la Propiedad e Instituto de Conservación Forestal; establecer una estrecha coordinación con la Secretaría de Defensa Nacional con el propósito de facilitar y dinamizar la ejecución del Programa. Asimismo, se instruye a las demás Instituciones de la Administración Pública involucradas en la ejecución de la reforma agraria, a desarrollar la directiva de competencias y funciones propias de cada entidad, en el marco de la ejecución del Programa de Desarrollo Agrícola de Honduras, donde se consigne su disposición de acuerdo a competencia para brindar la cooperación de la temática expuesta en el presente Decreto.

Articulo 5

Se autoriza a la Dirección de Desarrollo Agrícola (C-10), para que gestione la formalización de alianzas estratégicas y/o contratación de tercerización de servicios de asistencia técnica y capacitación a los productores, al igual Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT- UNAH. Derechos Reservados ENAG UDI-DEGT-UNAH -- 26 of 48 -- que la suscripción de Convenios con Instituciones Públicas y/o instancias que sean necesarias para el cumplimiento de los objetivos del Programa.

Articulo 6

El Programa de Desarrollo Agrícola de Honduras, beneficiará: 1) 1,200 productores en el año 2019; 2) Para los años 2020 y 2021 beneficiará 9,000 productores, cada año; 3) Para el año 2022 a 8,586 productores; 4) El año 2023 a 11,500 productores; 5) El año 2024 a 11,000 productores; y, 6) El año 2025 a 9,714 productores. Haciendo un total de 60,000 productores beneficiados a nivel nacional.

Articulo 7

Se designa a la Secretaría de Agricultura y Ganadería (SAG,) la coordinación interinstitucional con la Secretaría de Defensa Nacional para la formulación, ejecución y evaluación de las políticas relacionadas con la producción agrícola con el propósito de apoyar la estrategia de intervención de las organizaciones campesinas, facilitar el personal técnico de la Dirección de Ciencia y Tecnología (DICTA) y al Servicio Nacional de Sanidad e Inocuidad Agroalimentaria (SENASA) para brindar asesoramiento, capacitaciones, visitas de monitoreo y seguimiento en coordinación con la Dirección de Desarrollo Agrícola (C-10). Asimismo, brindar la información relacionada con los lineamientos, estrategias, tecnologías y prácticas que estén dirigidas a contribuir con la adaptación y mitigación ante el cambio climático, contribuyendo a que los medios de vida de los productores sean más resilientes ante los efectos del mismo.

Articulo 8

Se instruye al Programa de Crédito Solidario, la creación de productos financieros con tasas de interés competitivas que favorezcan de manera directa a los productores campesinos a través del Programa de Desarrollo Agrícola de Honduras (PDAH).

Articulo 9

Se instruye a todas las Instituciones con competencia en la identificación y titulación de tierras para que en el marco de la cooperación, realicen las operaciones administrativas y legales pertinentes para eficientizar la ejecución del Programa.

Articulo 10

Se instruye a las Fuerzas Armadas de Honduras, integrar al Programa, al Centro Experimental de Desarrollo Agropecuario y Conservación Ecológica (CEDACE) a fin de capacitar a militares y ciudadanos civiles en las diferentes técnicas agrícolas, forestales y ecológicas.

Articulo 11

El presente Decreto Ejecutivo entra en vigencia a partir del día de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta. Dado en Casa Presidencial, Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los cinco (05) días del mes de septiembre del año dos mil diecinueve (2019). COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE. JUAN ORLANDO HERNANDEZ ALVARADO PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA MARTHA VICENTA DOBLADO ANDARA SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE COORDINACIÓN GENERAL DE GOBIERNO, POR LEY EBAL JAIR DÍAZ LUPIAN SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE LA PRESIDENCIA. HECTOR LEONEL AYALA ALVARENGA SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE GOBERNACIÓN, JUSTICIA Y DESCENTRALIZACIÓN LISANDRO ROSALES BANEGAS SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE RELACIONES EXTERIORES Y COOPERACIÓN INTERNACIONAL Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT- UNAH. Derechos Reservados ENAG UDI-DEGT-UNAH -- 27 of 48 -- REINALDO ANTONIO SÁNCHEZ RIVERA SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE DESARROLLO E INCLUSIÓN SOCIAL MARÍA ANTONIA RIVERA DESIGNADA PRESIDENCIAL, ENCARGADA DE LA SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DESARROLLO ECONÓMICO ROBERTO ANTONIO PINEDA RODRÍGUEZ SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS PÚBLICOS JULIAN PACHECO TINOCO SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE SEGURIDAD NACIONAL FREDY SANTIAGO DIAZ ZELAYA SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DEFENSA NACIONAL ALBA CONSUELO FLORES SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE SALUD ARNALDO BUESO HERNÁNDEZ SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE EDUCACIÓN CARLOS ALBERTO MADERO ERAZO SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL MAURICIO GUEVARA PINTO SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE AGRICULTURA Y GANADERIA ELVIS RODAS SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE RECURSOS NATURALES Y AMBIENTE ROCIO IZABEL TABORA MORALES SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE FINANZAS KARLA EUGENIA CUEVA AGUILAR SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DERECHOS HUMANOS ROBERTO ANTONIO ORDOÑEZ WOLFOVICH SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE ENERGÍA NICOLE MARRDER AGUILAR SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE TURISMO Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT- UNAH. Derechos Reservados ENAG UDI-DEGT-UNAH -- 28 of 48 -- Sección B Avisos Legales REPÚBLICA DE H ONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 18 DE OCTUBRE DEL 2019 No. 35,076 Aviso de Licitación Pública República de Honduras INSTITUTO DE PREVISION SOCIAL DE LOS EMPLEADOS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL AUTONOMA DE HONDURAS SERVICIO DE VIGILANCIA PARA EL INSTITUTO DE PREVISION SOCIAL DE LOS EMPLEADOS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL AUTONOMA DE HONDURAS LICITACION PÚBLICA NACIONAL LPN-001-INPREUNAH-2019 El Instituto de Previsión Social de los Empleados de la Universidad Nacional Autónoma de Honduras, invita a las empresas interesadas en participar en la Licitación Pública Nacional No. 001-INPREUNAH-2019 a presentar ofertas selladas para el Servicio de Vigilancia para el Instituto de Previsión Social de los Empleados de la Universidad Nacional Autónoma de Honduras año 2020. El financiamiento para la realización del presente proceso proviene exclusivamente de fondos nacionales y se efectuará conforme a los procedimientos de Licitación Pública Nacional (LPN) establecidos en la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento. Los interesados podrán adquirir los documentos de la presente licitación, mediante solicitud escrita a la Gerencia Administrativa en la dirección: Edificio Principal del INPREUNAH Warren Valdemar Ochoa, colonia Alameda, 3ra. Avenida Tiburcio Carías Andino, Sendero Subirana de 9:00 A.M. a 5:00 P.M. o bien mediante correo electrónico a la dirección lorellana@inpreunah.hn. Los documentos de la licitación también podrán ser examinados en el Sistema de Información de Contratación y Adquisiciones del Estado de Honduras, “HonduCompras”, (www.honducompras.gob.hn). Las ofertas deberán presentarse en la siguiente dirección: Edificio Principal del INPREUNAH Warren Valdemar Ochoa, colonia Alameda, 3ra. Avenida Tiburcio Carías Andino, Sendero Subirana a más tardar a las 10:00 A.M. el día miércoles 27 de noviembre 2019. Las ofertas que se reciban fuera de plazo serán rechazadas. Las ofertas se abrirán en presencia de los representantes de los Oferentes que deseen asistir en la dirección indicada, a las 10:20 A.M. el día miércoles 27 de noviembre 2019. Todas las ofertas deberán estar acompañadas de una Garantía de Mantenimiento de la oferta por el valor y la forma establecidos en los documentos u la licitación. Tegucigalpa, M.D.C., 18 de octubre del 2019. MAE. Raúl Edgardo Estrada Gough Director Especialista a.i. 18 O. 2019. COMISIÓN PARA EL CONTROL DE INUNDACIONES DEL VALLE DE SULA INSEP Aviso de Licitación Pública República de Honduras COMISION PARA EL CONTROL DE INUNDACIONES DEL VALLE DE SULA (CCIVS) LICITACION PÚBLICA NACIONAL La Comisión para el Control de Inundaciones del Valle de Sula, invita a las Empresas Constructoras que fueron previamente calificadas en el año 2019 según su categoría; que no han cambiado su status técnico - financiero, con inscripción vigente en el Colegio de Ingenieros Civiles de Honduras (CICH) interesadas en participar en la Licitación Pública Nacional N°. LPN-012-2019 CCIVS, LPN-013-2019 CCIVS y LPN-014-2019 CCIVS a presentar ofertas selladas para los siguientes procesos: 1. LPN-012-2019 CCIVS: Canalización y Obras de Protección en Río Guaymitas, Sector Aldea Guaymitas. Visita de campo: Viernes 13 de septiembre de 2019; Hora: 08:30 A.M. Apertura de oferta: Lunes 07 de octubre de 2019; Hora: 08:30 A.M. Participarán empresas precalificadas en las categorías 1, 2 y 3. 2. LPN-013-2019 CCIVS: Construcción de Drenaje Pluvial Colonia Hesbon. Visita de campo: Viernes 13 de septiembre de 2019; Hora: 08:30 A.M. Apertura de oferta: Lunes 07 de octubre de 2019; Hora: 10:30 A.M. Participarán empresas precalificadas en las categorías 1, 2, 3 y 4. 3. LPN-014-2019 CCIVS: Rectificación de cauce en Río Chamelecón, Sector Escuela Esteban Guardiola. Visita de campo: Viernes 13 de septiembre de 2019; Hora: 08:30 A.M. Apertura de oferta: Lunes 07 de Octubre de 2019; Hora: 2:00 P.M. Participaran empresas precalificadas en las categorías 1, 2, 3, 4 y 5. El financiamiento para la realización de los procesos proviene exclusivamente de fondos nacionales. La licitación se efectuará conforme a los procedimientos de Licitación Pública Nacional (LPN) establecidos en la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento. Los interesados podrán adquirir los documentos de la presente licitación, mediante solicitud escrita a la Unidad de Contrataciones, Lic. Paola Enith Ponce Reyes, 2557-9313, e-mail: licitaciones.ccivs@gmail.com en la dirección indicada al final de este llamado a partir del miércoles 11 de septiembre del 2019 en horario de lunes a viernes de 8:00 A.M. a 5:00 P.M., previo el pago de la cantidad no reembolsable de Lps. 1,000.00 por cada proyecto. La empresa que no cumpla con este requisito no será considerada su oferta. Las ofertas deberán presentarse en la siguiente dirección: Comisión para el Control de Inundaciones del Valle de Sula, Barrio El Benque, 8 avenida, 7 y 8 calle S.O; Ing. Sergio Villatoro Cruz, Director Ejecutivo. No abrir antes de la hora señalada para cada una de las licitaciones en el orden relacionado anteriormente. Las ofertas se abrirán en presencia de los representantes de los oferentes que deseen asistir en la dirección indicada. Todas las ofertas deberán estar acompañadas de una Garantía y/o Fianza de mantenimiento de la oferta por un monto equivalente al 3% del precio de la oferta, con una vigencia de 90 días calendarios. San Pedro Sula, 11 de septiembre de 2019. Ing. Sergio Villatoro Cruz Director Ejecutivo 18 O. 2019. Sección “B” Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT- UNAH. Derechos Reservados ENAG UDI-DEGT-UNAH -- 29 of 48 -- Sección B Avisos Legales REPÚBLICA DE H ONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 18 DE OCTUBRE DEL 2019 No. 35,076 Poder Judicial JUZGADO DE LETRAS REPÚBLICA DE HONDURAS AVISO TÍTULO SUPLETORIO La suscrita, Secretaria del Juzgado de Letras de la Sección Judicial de Santa Rosa de Copán, al público en general y para los efectos de ley, HACE SABER: Que el ciudadano CARLOS JAVIER ALVARADO TORRES, mayor de edad, casado, agricultor, hondureño y vecino del municipio de San Pedro, departamento de Copán, con tarjeta de identidad número 0420-1981-00038, ha presentado una solicitud de Título Supletorio de Dominio, del siguiente inmueble: Un lote de terreno ubicado en el lugar denominado Cerro Vella Vista en el sitio Aruco o Celaque, Jurisdicción del municipio de San Pedro, departamento de Copán, con un área total de VEINTIUNA PUNTO CINCUENTA MANZANAS (21.50 Mzs.), de Extensión superficial; con las colindancias Especiales Siguientes: Al NORTE, colinda con Juan Francisco Romero Romero, Juan Manuel Cardona Bueso y Roger Antonio Mejía Rodríguez; al SUR, colinda con Selvin Isaías Alvarado Alvarado y Fidel Edgardo Alvarado Peña; al ESTE, colinda con calle de por medio con el señor Merlín Alexander Rojas Contreras; al OESTE, colinda con José Arturo Peña Paz, Pedro Valenzuela Escobar, Jose Amílcar Alvarado Alvarenga y Digna Estela Alvarado Peña. El cual ha poseído en forma quieta pacífica e interrumpidamente por más de once años y en la que los testigos, SELVIN ISAIAS ALVARADO ALVARADO, HERNÁN ARTURO PEÑA LEMUS y MERLIN ALEXANDER ROJAS CONTRERAS, afirmaran ser cierto.- Santa Rosa de Copan, 14 de octubre del año dos mil diecinueve.- ABOG. MIRNA LETICIA HERNANDEZ SECRETARIA, POR LEY 18 O., 18 N. y 18 D. 2019. Poder Judicial JUZGADO DE LETRAS CIVIL DEL DEPARTAMENTO DE FRANCISCO MORAZÁN AVISO DE CANCELACIÓN Y REPOSICIÓN DE UN TÍTULO VALOR La infrascrita, Secretaria Adjunta del Juzgado de Letras Civil del departamento de Francisco Morazán, al público en general y para los efectos de ley, HACE SABER: Que según Expediente número 0801-2019-03655-CV, ante este Despacho de justicia, compareció la señora JULIA MARLEN ALEMÁN GOMEZ, solicitando la Cancelación y Reposición de Título Valor consistente en un “CERTIFICADO DE DEPÓSITO A PLAZO FIJO” número 8423, por la cantidad de CIEN MIL LEMPIRAS (L.100,000.00) emitido por la COOPERATIVA DEAHORRO Y CREDITO EDUCADORES DE HONDURAS LIMITADA (COACEHL), lo anterior se pone en conocimiento del público para los efectos de ley correspondiente.- Tegucigalpa, M.D.C., 20 de septiembre del 2019.- MARYORI N. AGUILAR SECRETARIA ADJUNTA 18 O. 2019. _________ JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO A V I S O La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo 50 de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha 01 de Diciembre del 2016 , el señor Godo Neptalí Flores Avila, interpuso demanda ante este Juzgado con orden de ingreso No.0801-2016-00739, contra la Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad incoando demanda especial en materia personal para la nulidad de un acto administrativo particular por infracción al ordenamiento jurídico establecido, quebrantamiento jurídico de formalidades y esenciales, exceso y desviación de poder.- Que se reconozca la situación jurídica individualizada por la cancelación ilegal de que fui objeto.- Y como medidas necesarias para el pleno restablecimiento de mis derechos que se ordene a través de Sentencia Definitiva el reintegro a mi antiguo puesto de trabajo, más los ascensos a los grados inmediatos superiores que tenía al momento de ser despedido de manera ilegal por parte de la Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad y a título de daños y perjuicios el pago de salarios dejados de percibir, con todos los aumentos ,pago de vacaciones, décimo tercer mes, décimo cuarto mes y demás beneficios colaterales que se pudieran generar desde mi ilegal cancelación hasta el momento en que dicha Sentencia sea ejecutada.- Se acompañan. documentos. se confiere poder .Se pide especial pronunciamiento de condena de costas a la parte demandada. MARGARITA ALVARADO GALVEZ SECRETARIA ADJUNTA 18 O. 2019. _________ _________ [1] Solicitud: 2018-032247 [2] Fecha de presentación: 24/07/2018 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: CORPORACIÓN EL ROSADO, S.A. [4.1] Domicilio: REPÚBLICA DE ECUADOR, Ecuador. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: ECUADOR B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: TEKNO TIRE [7] Clase Internacional: 12 [8] Protege y distingue: Llantas neumáticas para vehículos. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: ALFREDO JOSÉ VARGAS CHEVEZ. . USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 6 de julio del año 2019. [12] Reservas: No tiene reservas. Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 17 S., 2 y 18 O. 2019. TEKNO TIRE Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT- UNAH. Derechos Reservados ENAG UDI-DEGT-UNAH -- 30 of 48 -- Sección B Avisos Legales REPÚBLICA DE H ONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 18 DE OCTUBRE DEL 2019 No. 35,076 Marcas de Fábrica 1/ Solicitud: 2017-53630 2/ Fecha de presentación: 27-12-2017 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: PROCAPS, S.A. 4.1/ Domicilio: Calle 80 No. 78 B-201 Barranquilla, Colombia. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: DIABETRICS 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 03 8/ Protege y distingue: Preparaciones para blanquear y otras sustancias para la colada, preparaciones para limpiar, pulir, desengrasar y raspar, (preparaciones abrasivas) jabones, perfumería, aceites esenciales, cosméticos, lociones para el cabello, dentífricos. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: JORGE OMAR CASCO ZELAYA E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 19-02-2018 12/ Reservas: Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registrador(a) de la Propiedad Industrial 17 S., 2 y 18 O. 2019 _______ DIABETRICS 1/ Solicitud: 46947-2017 2/ Fecha de presentación: 09-11-2017 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: PROCAPS, S.A. 4.1/ Domicilio: CALLE 80 NO. 78 B-201 BARRANQUILLA, COLOMBIA. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: TEROTOL 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 05 8/ Protege y distingue: Productos farmacéuticos para uso humano, preparaciones químicas para uso farmacéutico, tabletas [pastillas] para uso farmacéutico, píldoras para uso farmacéutico, suplementos dietarios, sustancias dietéticas para uso médico. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: JORGE OMAR CASCO ZELAYA E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 18-12-2017 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 17 S., 2 y 18 O. 2019 _______ TEROTOL 1/ Solicitud: 21704-2017 2/ Fecha de presentación: 17-05-2017 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: PROCAPS, S.A. 4.1/ Domicilio: Calle 80 No. 78 B-201 Barranquilla, Colombia. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Colombia B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: EZOLIUM 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 05 EZOLIUM 8/ Protege y distingue: Productos farmacéuticos para uso humano, preparaciones químicas para uso farmacéutico, tabletas [pastillas] para uso farmacéutico, píldoras para uso farmacéutico, suplementos dietarios, sustancias dietéticas para uso médico. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: JORGE OMAR CASCO ZELAYA E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 12/ Reservas: Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registrador(a) de la Propiedad Industrial 17 S., 2 y 18 O. 2019 _______ 1/ Solicitud: 40784-2017 2/ Fecha de presentación: 22 SEPTIEMBRE, 2017 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: PROCAPS, S.A. 4.1/ Domicilio: CALLE 80 NO. 78 B-201 BARRANQUILLA, COLOMBIA. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: NUTRIGEL ADVANCE 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 05 8/ Protege y distingue: Productos farmacéuticos para uso humano, preparaciones químicas para uso farmacéutico, tabletas [pastillas] para uso farmacéutico, píldoras para uso farmacéutico, suplementos dietarios, sustancias dietéticas para uso médico. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: JORGE OMAR CASCO ZELAYA E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 19/12/17 12/ Reservas: Abogada CLAUDIA JACQUELINE MEJÍA ANDURAY Registrador(a) de la Propiedad Industrial 17 S., 2 y 18 O. 2019 _______ NUTRIGEL ADVANCE 1/ Solicitud: 2017-53631 2/ Fecha de presentación: 27-12-2017 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: PROCAPS, S.A. 4.1/ Domicilio: Calle 80 No. 78 B-201 Barranquilla, Colombia. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: DIABETRICS 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 05 8/ Protege y distingue: Complementos alimenticios a base de glucosa; glucosa para uso médico; azúcar para uso médico; sustancias químicas para el análisis de sangre [con fines médicos]; preparaciones químicas para diagnosticar diabetes; productos farmacéuticos de uso humano; compuestos farmacéuticos; preparaciones higiénicas para usos médicos; tabletas [pastillas] para uso farmacéutico; jarabes para uso farmacéutico; remedios para uso médico; productos higiénicos y sanitarios para uso médico; apósitos médicos; alimentos dietéticos con fines medicinales; complementos dietéticos y nutritivos 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: JORGE OMAR CASCO ZELAYA E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 19-02-2018 12/ Reservas: Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registrador(a) de la Propiedad Industrial 17 S., 2 y 18 O. 2019 DIABETRICS Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT- UNAH. Derechos Reservados ENAG UDI-DEGT-UNAH -- 31 of 48 -- Sección B Avisos Legales REPÚBLICA DE H ONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 18 DE OCTUBRE DEL 2019 No. 35,076 1/ Solicitud: 2017-53636 2/ Fecha de presentación: 27-12-2017 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR 4/ Solicitante: PROCAPS, S.A. 4.1/ Domicilio: Calle 80 No. 78 B-201 Barranquilla, Colombia. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: DIABETRICS 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 44 8/ Protege y distingue: Servicios médicos, servicios veterinarios, cuidados de higiene y de belleza para personas o animales, servicios de agricultura, horticultura y silvicultura. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: JORGE OMAR CASCO ZELAYA E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 16-02-2018 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 17 S., 2 y 18 O. 2019 _______ DIABETRICS 1/ Solicitud: 53640-2017 2/ Fecha de presentación: 27-12-2017 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: PROCAPS, S.A. 4.1/ Domicilio: CALLE 80 NO. 78 B-201 BARRANQUILLA, COLOMBIA. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: GLUCOQUICK 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 29 8/ Protege y distingue: Carne, pescado, carne de ave y carne de caza, extractos de carne, frutas y verduras, hortalizas y legumbres en conserva, congeladas, secas y cocidas, jaleas, confituras, compotas, huevos, leche y productos lácteos, aceites y grasas comestibles. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: JORGE OMAR CASCO ZELAYA E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 12/ Reservas: Abogado CAMILO ZAGLUL BENDECK Registrador(a) de la Propiedad Industrial 17 S., 2 y 18 O. 2019 _______ GLUCOQUICK 1/ Solicitud: 2017-45444 2/ Fecha de presentación: 30-10-2017 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: PROCAPS, S.A. 4.1/ Domicilio: CALLE 80 NO. 78 B-201 BARRANQUILLA, COLOMBIA. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: NUTRIGEL EXTREME 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 05 NUTRIGEL EXTREME 8/ Protege y distingue: Productos farmacéuticos para uso humano, preparaciones químicas para uso farmacéutico, tabletas [pastillas] para uso farmacéutico, píldoras para uso farmacéutico, suplementos dietarios, sustancias dietéticas para uso médico. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: JORGE OMAR CASCO ZELAYA E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 12/12/17 12/ Reservas: Abogada CLAUDIA JACQUELINE MEJÍA ANDURAY Registrador(a) de la Propiedad Industrial 17 S., 2 y 18 O. 2019 _______ 1/ Solicitud: 2017-53635 2/ Fecha de presentación: 27-12-2017 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR 4/ Solicitante: PROCAPS, S.A. 4.1/ Domicilio: Calle 80 No. 78 B-201 Barranquilla, Colombia. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: DIABETRICS 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 42 8/ Protege y distingue: Servicios científicos y tecnológicos, así como servicios de investigación y diseño relativos a ellos, servicios de análisis y de investigación industrial, diseño y desarrollo de ordenadores y software. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: JORGE OMAR CASCO ZELAYA E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 19-02-2018 12/ Reservas: Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registrador(a) de la Propiedad Industrial 17 S., 2 y 18 O. 2019 _______ DIABETRICS 1/ Solicitud: 17-7226 2/ Fecha de presentación: 10-02-17 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: RYMCO MEDICAL, S.A.S. 4.1/ Domicilio: Calle 80 No. 78 B-201 Barranquilla, Colombia. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Colombia B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: ESTERIJECT ADVANCE 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 05 8/ Protege y distingue: Productos farmacéuticos y veterinarios, productos higiénicos y sanitarios para uso médico, alimentos y sustancias dietéticas para uso médico o veterinario, alimentos para bebés, complementos alimenticios para personas o animales, emplastos, material para apósitos, material para empastes e improntas dentales, desinfectantes, productos para eliminar animales dañinos, fungicidas, herbicidas. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: JORGE OMAR CASCO ZELAYA E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 07-03-2017. 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 2, 18 O. y 5 N. 2019. Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT- UNAH. Derechos Reservados ENAG UDI-DEGT-UNAH -- 32 of 48 -- Sección B Avisos Legales REPÚBLICA DE H ONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 18 DE OCTUBRE DEL 2019 No. 35,076 1/ Solicitud: 19-20377 2/ Fecha de presentación: 14-05-19 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR 4/ Solicitante: Audio Vídeo, S.A. de C.V. 4.1/ Domicilio:Colonia Alameda, calle Las Flores, Honduras 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Honduras B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: RADIOGRAM Y DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 38 8/ Protege y distingue: Telecomunicaciones. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Carolina Aguirre Larios E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: Alberto Álvarez Suárez USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 11/06/19 12/ Reservas: Abogada NOEMÍ ELIZABETH LAGOS V. Registrador(a) de la Propiedad Industrial 17 S., 2 y 18 O. 2019 _______ 1/ Solicitud: 2019-28729 2/ Fecha de presentación: 04-07-19 3/ Solicitud de registro de: SEÑAL DE PROPAGANDA A.- TITULAR 4/ Solicitante: Audio Vídeo, S.A. de C.V. 4.1/ Domicilio:Colonia Alameda, frente a Radio América, Tegucigalpa, Honduras. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Honduras B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: BUENAS TARDES AMÉRICA 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 41 8/ Protege y distingue: Educación, formación, programas radiales, esparcimiento, actividades deportivas y culturales. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Carolina Aguirre Larios E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: Alberto Álvarez Suárez USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 18-07-2019 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 17 S., 2 y 18 O. 2019 _______ BUENAS TARDES AMÉRICA 1/ Solicitud: 2019-28728 2/ Fecha de presentación: 04-07-19 3/ Solicitud de registro de: SEÑAL DE PROPAGANDA A.- TITULAR 4/ Solicitante: Audio Vídeo, S.A. de C.V. 4.1/ Domicilio:Colonia Alameda, frente a Radio América, Tegucigalpa, Honduras 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Honduras B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: BUENOS DIAS AMÉRICA 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 41 BUENOS DIAS AMÉRICA 8/ Protege y distingue: Educación, formación, programas radiales, esparcimiento, actividades deportivas y culturales. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Carolina Aguirre Larios E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: Alberto Álvarez Suárez USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 18-07-2019 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 17 S., 2 y 18 O. 2019 _______ 1/ Solicitud: 2019-28727 2/ Fecha de presentación: 04-07-19 3/ Solicitud de registro de: SEÑAL DE PROPAGANDA A.- TITULAR 4/ Solicitante: Audio Vídeo, S.A. de C.V. 4.1/ Domicilio:Colonia Alameda, frente a Radio América, Tegucigalpa, Honduras. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Honduras B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: BUENAS NOCHES AMÉRICA 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 41 8/ Protege y distingue: Educación, formación, programas radiales, esparcimiento, actividades deportivas y culturales. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Carolina Aguirre Larios E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: Alberto Álvarez Suárez USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 18-07-2019 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 17 S., 2 y 18 O. 2019 _______ BUENAS NOCHES AMÉRICA 1/ Solicitud: 33658/19 2/ Fecha de presentación: 06 Agosto/19 3/ Solicitud de registro de: NOMBRE COMERCIAL A.- TITULAR 4/ Solicitante: American Apparel Unlimited, S.A. 4.1/ Domicilio: Edificio Rofisa II, Colonia Lomas del Guijarro Sur, Calle Barcelona, Bloque C, lote 15. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Honduras B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: D´Kché 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 00 8/ Protege y distingue: Finalidad: compra, venta, comercialización, distribución de toda clase de productos relacionados con la industria textil y prendas de vestir tales como: ropa de hogar, ropa interior, ropa de baño, pantalones, vestidos, camisas, calzado, calcetería, medias, toallas y accesorios, nueva y usada. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Carolina Aguirre Larios E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 21-08-2019 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 17 S., 2 y 18 O. 2019 D’ Kché Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT- UNAH. Derechos Reservados ENAG UDI-DEGT-UNAH -- 33 of 48 -- Sección B Avisos Legales REPÚBLICA DE H ONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 18 DE OCTUBRE DEL 2019 No. 35,076 [1] Solicitud: 2019-019002 [2] Fecha de presentación: 07/05/2019 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: COMERCIALIZADORA EUROPEA, S.A. DE C.V. [4.1] Domicilio: KM. 1 CARRETERAA VALLE DE ANGELES, TEGUCIGALPA, M.D.C., HONDURAS [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: D´ORO Y DISEÑO [7] Clase Internacional: 30 [8] Protege y distingue: Pasta alimenticias y fideos. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: AMOR MEDINA CARRANZA. USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 20 de agosto, del año 2019. [12] Reservas: No tiene reservas Abogada CLAUDIA JACQUELINE MEJÍA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 2, 18 O. y 5 N. 2019. ________ [1] Solicitud: 2019-034083 [2] Fecha de presentación: 08/08/2019 [3] Solicitud de registro de: NOMBRE COMERCIAL A.- TITULAR [4] Solicitante: SUPERTIENDAS DETODO, S.A. DE C.V. [4.1] Domicilio: KM. 1 CARRETERAA VALLE DE ANGELES, TEGUCIGALPA, M.D.C., Honduras [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: MUNDO PARTY [7] Clase Internacional: 0 [8] Protege y distingue: Venta de mercadería en general. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: AMOR MEDINA CARRANZA. USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 13 de agosto, del año 2019. [12] Reservas: No tiene reservas Abogada CLAUDIA JACQUELINE MEJÍA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 2, 18 O. y 5 N. 2019. MUNDO PARTY [1] Solicitud: 2019-034084 [2] Fecha de presentación: 08/08/2019 [3] Solicitud de registro de: NOMBRE COMERCIAL A.- TITULAR [4] Solicitante: SUPERTIENDAS DETODO, S.A. DE C.V. [4.1] Domicilio: KM. 1 CARRETERAA VALLE DE ANGELES, TEGUCIGALPA, M.D.C., Honduras [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: MUNDOTOYS [7] Clase Internacional: 0 [8] Protege y distingue: Venta de mercadería en general. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: AMOR MEDINA CARRANZA. USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 13 de agosto, del año 2019. [12] Reservas: No tiene reservas Abogada CLAUDIA JACQUELINE MEJÍA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 2, 18 O. y 5 N. 2019. MUNDOTOYS ________ [1] Solicitud: 2019-017774 [2] Fecha de presentación: 25/04/2019 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: SUPERTIENDAS DETODO, S.A. DE C.V. [4.1] Domicilio: KM. 1 CARRETERAA VALLE DE ANGELES, TEGUCIGALPA, M.D.C., Honduras [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: BEAUTY ESSENTIALS Y DISEÑO [7] Clase Internacional: 3 [8] Protege y distingue: Productos cosméticos y preparaciones de tocador no medicinales, dentífricos no medicinales, productos de perfumería, aceites esenciales, preparaciones para blanquear y otras sustancias para lavar la ropa, preparaciones para limpiar, pulir, desengrasar y raspar. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: AMOR MEDINA CARRANZA. USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 6 de junio, del año 2019. [12] Reservas: La marca se protege en su conjunto sin dar exclusividad de forma separada de los elementos denominativos que la conforman. Abogada CLAUDIA JACQUELINE MEJÍA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 2, 18 O. y 5 N. 2019. Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT- UNAH. Derechos Reservados ENAG UDI-DEGT-UNAH -- 34 of 48 -- Sección B Avisos Legales REPÚBLICA DE H ONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 18 DE OCTUBRE DEL 2019 No. 35,076 [1] Solicitud: 2019-036068 [2] Fecha de presentación: 23/08/2019 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: HIGEAFARMA, S.A. [4.1] Domicilio: TEGUCIGALPA, M.D.C., FRANCISCO MORAZÁN, HONDURAS [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: ESINMUNE [7] Clase Internacional: 5 [8] Protege y distingue: Suplemento multivitamínico. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: JOSÉ ANTONIO TORO ZUNIGA. USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 23 de septiembre del año 2019. [12] Reservas: No tiene reservas Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 2, 18 O. y 5 N. 2019. ________ [1] Solicitud: 2019-036067 [2] Fecha de presentación: 23/08/2019 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: HIGEAFARMA, S.A. [4.1] Domicilio: TEGUCIGALPA, M.D.C., FRANCISCO MORAZÁN, HONDURAS [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: SILUBIQ [7] Clase Internacional: 5 [8] Protege y distingue: Producto farmacéutico. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: JOSÉ ANTONIO TORO ZUNIGA. USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 18 de septiembre, del año 2019. [12] Reservas: No tiene reservas Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 2, 18 O. y 5 N. 2019. ________ [1] Solicitud: 2019-036069 [2] Fecha de presentación: 23/08/2019 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: HIGEAFARMA, S.A. [4.1] Domicilio: TEGUCIGALPA, M.D.C., FRANCISCO MORAZÁN, HONDURAS [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: UBIQUIN [7] Clase Internacional: 5 [8] Protege y distingue: Producto farmacéutico. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: JOSÉ ANTONIO TORO ZUNIGA. USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 18 de septiembre del año 2019. [12] Reservas: No tiene reservas Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 2, 18 O. y 5 N. 2019. ________ [1] Solicitud: 2019-035123 [2] Fecha de presentación: 16/08/2019 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: GUTIS LTDA. [4.1] Domicilio: SAN JOSE, COSTA RICA, AVENIDA TERCERA, CALLE VEINTIOCHO, Costa Rica [4.2] Organizada bajo las Leyes de: COSTA RICA B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: NUBELT [7] Clase Internacional: 5 [8] Protege y distingue: Producto farmacéutico. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: JOSÉ ANTONIO TORO ZUNIGA. USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 23 de agosto del año 2019. [12] Reservas: No tiene reservas Abogada CLAUDIA JACQUELINE MEJÍA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 2, 18 O. y 5 N. 2019. NUBELT ________ [1] Solicitud: 2019-025888 [2] Fecha de presentación: 18/06/2019 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: GUTIS LTDA. [4.1] Domicilio: SAN JOSE, COSTA RICA, AVENIDA TERCERA, CALLE VEINTIOCHO, Costa Rica [4.2] Organizada bajo las Leyes de: COSTA RICA B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: NOVOCETONIL TOP [7] Clase Internacional: 5 [8] Protege y distingue: Producto farmacéutico. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: JOSÉ ANTONIO TORO ZUNIGA. USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 9 de septiembre del año 2019. [12] Reservas: No tiene reservas Abogado FIDEL ANTONIO MEDINA Registro de la Propiedad Industrial 2, 18 O. y 5 N. 2019. NOVOCETONIL TOP Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT- UNAH. Derechos Reservados ENAG UDI-DEGT-UNAH -- 35 of 48 -- Sección B Avisos Legales REPÚBLICA DE H ONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 18 DE OCTUBRE DEL 2019 No. 35,076 1/ Solicitud: 2019-29932 2/ Fecha de presentación: 12-07-19 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: LABORATORIOS SIEGFRIED, S.A.S. 4.1/ Domicilio: Calle 17, No. 42 - 09. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Colombia B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Denominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: AVOFLAM 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 05 8/ Protege y distingue: Productos farmacéuticos, preparaciones para uso médico y veterinario; productos higiénicos y sanitarios para uso médico; alimentos y sustancias dietéticas para uso médico o veterinario, alimentos para bebés; suplementos alimenticios para personas o animales, emplastos, material para apósitos, material para empastes e impresiones dentales; desinfectantes, productos para eliminar animales dañinos; fungicidas, herbicidas. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: JORGE OMAR CASCO ZELAYA. E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión:02-08-2019. 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 17 S., 2 y 18 O. 2019. __________ AVOFLAM 1/ Solicitud: 35559-19 2/ Fecha de presentación: 20-08-19 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR 4/ Solicitante: R&G BUSINESS LLC. 4.1/ Domicilio: 2532 N., Avenida Valiente, Tucson, AZ 85715. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Estados Unidos de América B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Mixta 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: DABALASH Y DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 35 8/ Protege y distingue: Venta en línea. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: JORGE OMAR CASCO RUBÍ. E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 02-09-2019. 12/ Reservas: No se reivindica Profesional Eyelash Enhancer”. Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 17 S., 2 y 18 O. 2019. __________ 1/ Solicitud: 7225-17 2/ Fecha de presentación: 10-02-17 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: PROCAPS, S.A. 4.1/ Domicilio: Calle 80, No. 78 B - 201 - Barranquilla, Colombia. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Colombia B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: CEPECTIN 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 05 8/ Protege y distingue: Productos farmacéuticos para uso humanos, preparaciones químicas para uso farmacéutico, tabletas (pastillas) para uso farmacéutico, píldoras para uso farmacéutico, suplementos dietarios, sustancias dietéticas para uso médico. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: JORGE OMAR CASCO ZELAYA. E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 14/3/17 12/ Reservas: Abogada CLAUDIA JACQUELINE MEJÍA ANDURAY Registrador(a) de la Propiedad Industrial 17 S., 2 y 18 O. 2019. __________ 1/ Solicitud: 7224-17 2/ Fecha de presentación: 10-02-17 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: PROCAPS, S.A. 4.1/ Domicilio: Calle 80, No. 78 B - 201 - Barranquilla, Colombia. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Colombia B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: ADELLA MINI ADELLA MINI6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 05 8/ Protege y distingue: Productos farmacéuticos para uso humanos, preparaciones químicas para uso farmacéutico, tabletas (pastillas) para uso farmacéutico, píldoras para uso farmacéutico, suplementos dietarios, sustancias dietéticas para uso médico. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: JORGE OMAR CASCO ZELAYA. E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 14/3/17 12/ Reservas: Abogada CLAUDIA JACQUELINE MEJÍA ANDURAY Registrador(a) de la Propiedad Industrial 17 S., 2 y 18 O. 2019. __________ CEPECTIN 1/ Solicitud: 17317-2017 2/ Fecha de presentación: 18-04-2017 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: PROCAPS, S.A. 4.1/ Domicilio: CALLE 80, NO. 78 B - 201 - BARRANQUILLA, COLOMBIA. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: GUMIVIT GUMIVIT6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 05 8/ Protege y distingue: Productos farmacéuticos para uso humano, preparaciones químicas para uso farmacéutico, tabletas (pastillas) para uso farmacéutico, píldoras para uso farmacéutico, suplementos dietarios, sustancias dietéticas para uso médico. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: JORGE OMAR CASCO ZELAYA. E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 23-5-2017 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 17 S., 2 y 18 O. 2019. Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT- UNAH. Derechos Reservados ENAG UDI-DEGT-UNAH -- 36 of 48 -- Sección B Avisos Legales REPÚBLICA DE H ONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 18 DE OCTUBRE DEL 2019 No. 35,076 [1] Solicitud: 2019-027080 [2] Fecha de presentación: 26/06/2019 [3] Solicitud de registro de: SEÑAL DE PROPAGANDA A.- TITULAR [4] Solicitante: AUDIO VIDEO, S.A. DE C.V. [4.1] Domicilio: Col. Alameda, frente a Radio América, Tegucigalpa, Honduras. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: [7] Clase Internacional: 38 [8] Protege y distingue: Telecomunicaciones. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: ALBERTO ALVAREZ SUAREZ USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 11 de septiembre del año 2019. [12] Reservas: Esta Señal de Propaganda va ligada con la Marca de Servicio “RadioAmerica y Diseño”, la cual se encuentra registrada bajo el No. 16543, Tomo 73, Folio 125. Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registrador(a) de la Propiedad Industrial 17 S., 2 y 18 O. 2019. __________ BUENAS TARDES AMERICA 1/ Solicitud: 19-20378 2/ Fecha de presentación: 14-05-19 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR 4/ Solicitante: Audio Video, S.A de C.V. 4.1/ Domicilio: Colonia Alameda, calle Las Flores, Honduras. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Honduras B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: RADIOFLIX Y DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 38 8/ Protege y distingue: Telecomunicaciones. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Carolina Aguirre Larios. E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: Alberto Álvarez Suárez USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 17-06-2019. 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 17 S., 2 y 18 O. 2019. __________ [1] Solicitud: 2019-027079 [2] Fecha de presentación: 26/06/2019 [3] Solicitud de registro de: SEÑAL DE PROPAGANDA A.- TITULAR [4] Solicitante: AUDIO VIDEO, S.A. DE C.V. [4.1] Domicilio: Col. Alameda, frente a Radio América, Tegucigalpa, Honduras. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: [7] Clase Internacional: 38 [8] Protege y distingue: BUENOS DIAS AMERICA Telecomunicaciones. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: ALBERTO ALVAREZ SUAREZ USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 11 de septiembre del año 2019. [12] Reservas: Esta Señal de Propaganda va ligada con la Marca de Servicio “RadioAmerica y Diseño”, la cual se encuentra registrada bajo el No. 16543, Tomo 73, Folio 125. Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 17 S., 2 y 18 O

Leyes relacionadas

Decreto Ejecutivo No. PCM-052-2019 — Creación del Programa de Desarrollo Agrícola de Honduras (PDAH) para incrementar productividad agrícola
Este decreto crea el Programa de Desarrollo Agrícola de Honduras (PDAH) para aumentar la productividad agrícola invirtiendo en activos productivos y capacitación de agricultores. Beneficiará a 60,000 productores rurales entre 2019 y 2025 con recursos que superan los 3,900 millones de lempiras, coordinando varias instituciones estatales como Defensa, Agricultura y el Instituto Nacional Agrario.
Decreto PCM-052-2019 | 2019
Decreto Ejecutivo No. PCM-052-2019 — Crear el Programa de Desarrollo Agrícola de Honduras (PDAH)
Decreto PCM-052-2019 | 2019
LEY ESPECIAL PARA LA GESTIÓN, ASIGNACIÓN, EJECUCIÓN, LIQUIDACIÓN Y RENDICIÓN DE CUENTAS DE FONDOS PÚBLICOS PARA PROYECTOS DE ORDEN SOCIAL, COMUNITARIOS, INFRAESTRUCTURA Y PROGRAMAS SOCIALES. Ley es de orden público, de observancia obligatoria; tiene por objeto establecer las normas relativas a la gestión, asignación, ejecución, liquidación y rendición de cuentas de los fondos públicos que se asignan para proyectos de orden social, comunitarios y programas sociales, a través de las distintas Instituciones Públicas del Gobierno Central y/o Descentralizadas, Corporaciones Municipales, Congreso Nacional, Organizaciones No Gubernamentales, Fideicomisos, entes u órganos de derecho privado auxiliares de la Administración Pública y cualquier Persona Natural o Jurí­dica que dentro de sus funciones o finalidades desde la ejecución de proyectos y programas de orden social, comunitarios, de infraestructura, de equipamiento de infraestructura, bienes y servicios públicos de primera necesidad y todo tipo de ayudas sociales que vayan destinados al mejoramiento de las condiciones de vida de los ciudadanos en las comunidades, así­ como a la atención de necesidades urgentes de éstos.
Decreto 80-2019 | 2019
Gaceta 35,076 VIERNES 18 DE OCTUBRE DEL 2019
El Decreto 80-2019 reforma la ley del Programa CREDIMUJER para cambiar quién administra el fondo de créditos para mujeres rurales. Ahora la Secretaría de Desarrollo Económico (en lugar de otra entidad) será fideicomitente del fondo en el Banco BANHPROVI, permitiendo que las mujeres organizadas del campo accedan a créditos para agricultura y emprendimientos con asistencia técnica del Estado.
Decreto 80-2019 | 2019
Acuerdo Ministerial No. 3022-2019 — Reforma del artículo 6 tabla III del Acuerdo No. 1578-2019 sobre cuotas de recuperación para otorgar certificación de gestores prestadores/administradores de servicios de salud
Decreto 3022-2019 | 2019