ReformadaCategoria: Salud
Decreto No. 65-91 | 11 de diciembre de 1991 | Congreso Nacional
Código de Salud
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Resumen
Este Código de Salud establece que la salud es un derecho humano inalienable que corresponde al Estado y a todas las personas proteger. Regula actividades públicas y privadas relacionadas con la salud, como el saneamiento del agua, aire, residuos sólidos, alimentos, medicamentos y seguridad laboral. La Secretaría de Salud Pública es la autoridad responsable de implementar y vigilar el cumplimiento de todas estas normas.
Cadena de Modificaciones
Considerandos
- 1.Que constitucionalmente corresponde al Estado por medio de sus dependencias y de los organismos constituidos de conformidad con la ley, la regulación, supervisión y control de los productos alimenticios, químicos, farmacéuticos y biológicos, para procurar la salud y bienestar del pueblo hondureño.
- 2.Que los precios de los medicamentos han observado un alza significativa, por lo que se requiere buscar mecanismos que permitan que el consumidor tenga acceso a los medicamentos básicos a un precio inferior.
- 3.Que el plazo señalado en el Código de Salud vigente, para la emisión de los reglamentos respectivos, ha resultado insuficiente.
- 4.Que de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 157 del Código de Salud, es atribución de la Secretaría de Salud Pública, autorizar la instalación, ampliación, modificación, traslado y funcionamiento de los establecimientos públicos y privados de asistencia médica. 7 Publicado en el Diario Oficial La Gaceta número 26659 de fecha 3 de febrero de 1992. -- 42 of 43 -- Centro Electrónico de Documentación e Información Judicial Poder Judicial de Honduras
- 5.Que en el caso de las Farmacias y Puestos de venta de Medicinas se deben cumplir, previo a la autorización, con las regulaciones de carácter profesional que establezca el Colegio Químico Farmacéutico de Honduras.