Buscar con IA

Apoya Leyes.HN

Leyes.HN es gratis para todos. Tu donación ayuda a que siga siéndolo.

Donar
Volver a La Gaceta

La Gaceta

Diario Oficial de la República de Honduras

18 noviembre 2021Edición No. 35,775

Resumen

IAResumen por IA
Este resumen fue generado por IA y puede contener errores. Verifica siempre con el texto original de la ley a continuacion. No constituye asesoria legal. Aprende como usamos IA

Esta ley establece la metodología que debe usar el Operador del Sistema para calcular la potencia firme que cada central generadora puede garantizar durante las horas de máxima demanda eléctrica en Honduras. Afecta a empresas generadoras, distribuidoras y grandes consumidores de energía, asegurando que el sistema eléctrico tenga suficiente capacidad confiable para abastecer la demanda nacional.

Acuerdo

Acuerdo No. SAR-354-2021 — Aprobación de política institucional y normas internas del Servicio de Administración de Rentas

Poder Ejecutivo

  1. 1.

    Que mediante Decreto Legislativo 170-2016 contentivo del Código Tributario se creó la Administración Tributaria como una entidad desconcentrada adscrita a la Presidencia de la República, con autonomía funcional, técnica, administrativa y de seguridad nacional, con personalidad jurídica propia, responsable de la administración tributaria, con autoridad y competencia a nivel nacional y que estará a cargo de un Director Ejecutivo con rango Ministerial nombrado por el Presidente de la República.

  2. 2.

    Que mediante Acuerdo Ejecutivo número 001-2017, en cumplimiento a lo establecido en el Artículo 195 del Código Tributario, el Poder Ejecutivo denominó a la Administración Tributaria SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN DE RENTAS (SAR).

  3. 3.

    Que mediante Acuerdo Ejecutivo número 001-A-2017 de fecha 02 de enero de 2017, se nombró a la suscrita, como Directora Ejecutiva del Servicio de Administración de Rentas (SAR), con rango Ministerial y con facultades para emitir y ejecutar los actos administrativos necesarios y pertinentes conforme a la Ley.

  4. 4.

    Que el Artículo 199 numeral 6) del Código Tributario, establece las atribuciones de la Directora Ejecutiva del Servicio de Administración de Rentas, siendo una de ellas la de aprobar políticas institucionales, acuerdos que contengan las normas internas de la institución, incluyendo aquellos instrumentos, normas y manuales que regulen la estructura

Ver como documento individual