VigenteCategoria: Tributario
Decreto No. 453-2020 | 5 de junio de 2018 | Poder Ejecutivo | La Gaceta No. 35,358
Acuerdo Ministerial No. 453-2020 — Delegar funciones en la Tesorera General de la República para firmar aperturas, cancelaciones y transferencias de fondos de cuentas especiales
Considerandos
- 1.Que los Secretarios de Estado son los colaboradores del Presidente de la República en la orientación, coordinación, dirección y supervisión de los órganos y entidades de la administración pública nacional, en el área de su competencia.
- 2.Que los citados funcionarios les corresponden el conocimiento y Resolución de los asuntos competentes a su ramo, de conformidad con la Ley, pudiendo delegar en los Subsecretarios de Estado, Secretario General y Directores Generales, el ejercicio de atribuciones específicas.
- 3.Que corresponde a los Secretarios de Estado emitir Acuerdos y Resoluciones en los asuntos de su competencia y en aquellos que les delegue el Presidente de la República y que la firma de esos actos será autorizada por el Secretario General respectivo.
- 4.Que la delegación de funciones se entiende posible siempre y cuando se dirija de manera expedita, económica y eficiente a satisfacer el interés general y que, en definitiva, resulte en una simplificación de los procesos que se llevan a cabo en la Administración Pública.
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