Gaceta No.34,023 del 03 de mayo 2016 - Decreto Ejecutivo Número PCM 031-2016
Considerandos
- 1.Que de confomidad alA¡tículo 245 de la Constitución de la República, corresponde al presidente Constitucionai de la República laAdminiskación General del Estado y entre ohas, tiene la atribución de emitir acuerdos, decretos y expedirreglamattos yresoluciones conforme a la Ley.
- 2.Que el presi<ie,nte de la República tiene a su cargo la suprema direccíón y coordinación de la Administración Pública cenkalizada y descentralizada y en el ejercicio de sus funciones puede actuar por si o en Consejo de Ministros. CONSIDERÁNDO: eue el Artículo 59 de la Constifución de la República establece que ,,La persona humana es el fin supremo de la sociedad y del Estado. Todos tienen la obligación de respetarla y protegerla. . .',. CONSIDERANBO: eue la República de Honduras ha mtifi cado irshumentos inteffracionales de derechos hwnanos, snte los que se destacan la Convención sobre la Eliminación de todas ias formas de Discriminación conka la Mujer (CEDAW 1979), Convención literamericana para prevenir, S ancionar y Enadicar la Violencia conka la Mujer (Belem Do pará * 1994); y al asumir la Declaración y Piataforma deAcción de Beijing (1995), los Consensos de la ConfererciaRegional sobre 1a Mujer deAmoica Latina y el Caribe y, más recienternente, los Objetivos de Desarrollo Sostenible. CONSIDT],RANDO: eue elArrículo 13 de la Ley de ia AdminiskaciónPub1ic4 reforrradamediante el Decreto kgislativo No. 266-2013, esiablece que el presidente de la Repúblicapuecle designar autoridades únicas para e1 desa¡rollo de iáreas, programas o proyectos especiales, con las atribuciones que determinen los decretos de creación. CONSIDERANDO: eue el Art ículo 29,Numeral 4 de la citada Ley de laAdministración pública establece que parala administación general del pajs que la Constihrción de la República confiere al Poder Ejecutivo, le compete a 1a Secretaría de Est¿do -- 1 of 6 -- A DE IIONDURAS . TEGUCIGALP M. D. C., 3 DE M1'YO D§L 2016 en ei Despacho deDesa¡roilo e Inclusión Social lo concrmiente a la fo¡mulación, coordinación, ejecución y evaluación de politicas públicas en materia de desarrolio e inclusión social, así como la plani§cacióq administación y ejecución de proyectos que Yayan dirigidos a grupos vulnerables y los orientados a la niñez y ia juventud, enkeokos. CONSIDERANDO; Que mediante Decreto Ejecutivo en Consejo de Ministos núrnero PCM-028-2010 dei 06 de julio de 20 1 0 se aprobó la Política Nacional de la Mujer - II Plan de Igualdad y Equidad de Género, basado en el enfoque de Género y Derechos Humanos eal iomo a la promocióg proteccióq garantía y restitución de ios Derechos Humanos de las Mujeres, en el cual se instuye atodas las dependencias de laAdminiskación Pública a coordinar esfuerzos y asigriar recursos tecnicos y §nancieros y a prestar toda la colaloración necesaria para ia consecución exitosa de los o§etivos de dicha Política. CONSIIIERANDO: Que mediante Decreto Ejecutivo en Consejo de Ministos número PCM-012-201 4, se aprobó eI Plan Nacional contra la Violencia hacia la Mujeú814'2022, como una política estatal de obiigatorio cumpiimiento, que tiene como objetivo en'adicar ia violencia conta la mujer a kavés de la prevención, detección, atencién integral y eipecializada, información e investigación y adecuación dei marco juridico nacionai, así como ia evaluaoión y monitoreo del cumplimiento que promuevan la igualdad de derechos. POR.TANTO, En aplicación de los Artículos 59, 60, 245 numerales 2 y 1 1 , y 2 52 ds la Consütucién de la República; Articulos 3 , 11 , 13 , 29 numeral 4, 116 y 1 19 de la Ley General de laAdministración Pública y sus reformas contenidas en Decreto Legislativo 266- 201 3 ; Artículos 3, 1. 0, 1 I y I 3 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Compete,ncias del Poder Ejecutivo'
Articulos
Articulo 1
PROGRAMA CIUI}AD MUJER. Créase el Programa Presidencial CIUDAD MLIJER (CM), adscrito a la Secret¿ría de Estado de Desarrollo e Inclusión Social, con la finalidad de cont&uir ai rnejoramiento de las condicione§ de vida de las mujeres en Hondu¡as en las areas de autonomía económic4 atención a la violencia conta las mujeres, prevención y atención de embarazo en adolescentes, salud sexual y reproductiva, educación colectiva y okas afines, mediante una rd de servicios o ecidos de manera integral por las instituciones públicas competentes, bajo un mismo techo, denominados "CENTROS CIUDA§ MUJER-CChd", que firncionarrin organizadamente en diferentes zonas geográfieas, según las caracteristicas y necesidades de cada región, los cuales podnán operar ambulatoriamente cuando las necesidades 1o ameriten'
Articulo 2
PRINCIPIOS R§CTORES DEL PROGRAMA. Los principios rectores del Programa Ciudad Mujer se centan en laperspectivade laprotección integral de los derechos, en especial de 1as mujeres, desde el planteamiento de la inclusión social para procurar su ernpoderamiento: 1. Principio de igualdad y no discrimilación. Los servicios promoverán la iguaidad y la no discriminación por ninguna causq o diíerencias porrazón de edad, clasg srigen éfrrico, discapacidades, orientación sexual, rreeircias o por cualquier ofo factor que produzca efectos discriminatorios. 2. Principio de autodetcrminación. Se reconocerá la capacidad de las mujeres para pensar, decidir y actuar por ' sí rnismas en 61 marco de la Constitución y la Ley, respetando las decisione§ que toman, asegurando su participación en decisiones que tienen implicaciones para sus vidas y en los procesos de diseño, implementación, monitoreo y evaluación de CM 3. Principio de ealidad y calidec' Los servicios deben ser brindados con calidad y calidez; adecuados al ciclo de vida de las mujaes, a su idartidad de generc y orieirtación se»rual y cualquier condicióa sociai; eficientes, oportunos, de fllcil y seg¡¡ro acceso y con pertinehcia culfural. El proceso de atención debe centarse en las necesidades de las mujeres brindando un trato diguo, respetuo§o, sensible, asertivo y empático. 4. Principio de transparencia y reudición de cuentas. El Prograrna CM se basa en un modelo colaborativo de actuación interinstitucional que iateractuan conuna cantidad importante de mujeres, usuarias de los serwicios, y otros actores relevaates. Asegurar la transparencia y 1a rendición de cuentas implica presentar inforrración oportuna de forrna pública, fidedigrra y pertinente sobre los resultados, los impactos y la eficiencia del Programa- Los servicios o&ecidos por el Programa CM tomarán en cuenta consideraciones éticas en base a los estándares internacionales de cada una de las temática§ abordadas, de cara a asegurar la puesta enpráctica de los principios y enfoques que -- 2 of 6 -- ICA DE IIONDURAS - TEGU promueven la igualdad y evitan la discriminación y la re- üctimización
Articulo 3
. OBJETIYOS }EL PROGRAMA CIUBAN MUJER. 3.1 ütrjetivo General: Contribuir al mejoramiénto de ias condiciones de vida de las mujeres en Honduras en Ias áreas de autonomía económica, atención a la violencia, salud seiual y rqrroductiva, educación colectiva y ohas afines, mediante una red de servicios o*ecidos de manera integral por las instituciones públicas cornpeteartes. 3.?. 0bjetivos Específieos: 1. Fcrtalecerlasaccionesdeprevancióndslaüolenciaconta iasmujeres y la atención alas mujers que sufren violencia, evitando la re-victimización de las mujeres afectadas; 2. Fortalecer y promover la autonomía económica de las mujeres atavés de suparticipaciónen el mercado laboral e iniciativas productivas; 3. Facilitff la at€nción integrat de la salud de las muj€tres, con enfasis en ia saiud sexual y reproductiva; 4. Fo¡talecer las acciones de prevención y atención de errbarazo en adolescentes; 5. Brindar servicios de atención infantl, que conkibuyan a que las mujeres que asistañ a los Centros Ciudad Mujer , haganrmamejorutilización de los servicios brindados; y, 6. Promover el empoderamiento de las mujeres en sus . derechoseconórnicos,soiialesyciviles.
Articulo 4
Gobernanza del programa. Dirección Nacional. Fara asegurar el cumplimiento de los objetivos, eficiencia ytransparenciadel Programa Ciudad Mujer, se crea la Diracción Nacional de Ciudad Mujer, como un ente presupuestario,.con iadependencia técnic4 legal, funcional y adminiskativa, condornicilio en la Capital de la República" a cargo de una Delegada Presidencial nombrada por el presidente Constitucional delaRepublic4 apropuesta del Consejo Direcüvo Nacional del Programa. Iá gobemanzadel Programa CM descansanl en cuatoniveles de tcrna de decisiones: i) nivel estratégico-político nacional; M. D. C.,3 DE MAYO DEL 2016 I.{o. ü) nivel téurico nacional; iü) nivel técnicepoHtim- taritorial; y, iv) nivelprogramátim. Nivel Estratégico-Polítieo Nacional. Para asegurar la coordinación estratégica del Programa ai mas alüo nivel poütico, se creaur Consejo Directivo Nacional del Programa que será integrado porunreprese,lrtante tiblary suplente de las instituciones participantes yprestadoras de servicios en el Programa Ciudad Mujer que será presidido por la Presidencia de la República o por quien ésta delegue quien tendrá voto de calidad en caso de empate. El quórum de instalación del Consejo Directivo se obtendrá conal menos seis (6)delgs instituciones quetienend€recho avoz y voto. De éstas, ia Presidencia de la Repúbiicq la Secretaría de Desa¡rollo elncli¡sión Sociai, laSecrdaríadeFinanzxyel Instituto Nacional de la Mujer (INAM) integranán el Consejo Directivo demaieraperrranente entodas y cadaunade sus sesiones y sin su participación no podrá sesionarse ni adoptarse resolución alguna. Las resoluciones se tomarán por mayoría simple de los miernbros que asistan a lasesiór¡ de haberse alcanzado el quórum de instalación con las cuato (4) representaciones permanentes referidas. La Dirección Nacional actuará como Secretaría Técnica del mismq teniendo vozp€ro no voto en lasresoluciones, I¿selección y remoción de la Directora Nacional se hará a propuesta de1 Consejo. Para fortalecer la participación y alianzas con okos actores del desarrollo en ei Program4 habrá dos representantes (titr:lares y suplentes) de organizaciones de la Sociedad Civil y dei Secior Empresarial convoz y yoto. Tlmto las atibuci*o ¿"1 Co*ejo Directivo Nacional, de la Direccióa Nacional, asi como el proceso a seguir para la designación de los representantes de la sociedad civil y del sector empresarial que integrarán el Consejo, enke otros ternas, serán determinados en un Manual Operativo del programa que deberá ser elaborado por laDirecciónNacional y elevado a consideración y aprobación del Consejo Directivo. Nivel Técnico Nacional. Para definir y dar seguimiento a la implementación del Programa CM, se crea un Comité Nacional de Coordinación Técnica del Programa formado porpersonal de dirección y resginsabies tecriicos de las institr¡ciones públicas participantes. Este comité será liderado y coordinado por el Director(a) Nacional del Programa CM. -- 3 of 6 -- BLICA DE HONDURAS . T§GUCI Nivel Técnico-Polltico'Territorial. Se debe asegurar el buen funcionamiento de los Centos CM y la articulación con 1as unidades territoriales de las instancias públicas que participan en el Programa, así como la creación de alianzas con okos aetore§, como son los gobiemos rnunioipales y demas actoros del sector privado, queincluyetanto organizaciones de lasociedad civü como de la empresa privada. Esta coordinación será ejercida por las gerentes de los Cenhos CM. El tabajo en el ámbito de cadauno de 1os CCM requiere de un conocimiento profundo de la reaiidad socioeconómica polí§ca y cultuml de los territorios de influencia, para idanü§car esbategias adecuadas ypara atender las demandas reales de las mujeres. NivelProgrannático. La DireeciónNacional contará conun equipo técnico de apoyo y su principal funcióu será dirigir, coordinary asegurar que el Programa sea ejecutado de manera organizada y estandarizada en cada Cento Ciudad Mujer (CCIr{' de acuerdo eon los objetivos estratégicos, resultadosy enfoques de tabajo establecidos, y en consistencia con lamisión y üsión del Programa. Asimismo, coordinará el proceso de obtención y administación eficiente de ios recursos humanos, materiales y financieros necesarios para el fimcionamiento del Programa, bajo los principios de rendición de cuefltas y tran§parenciq respetando la normativa legal existente en e1 país. Ella será responsable de facilitar las reuniones del Comité de Coordinación Técnica y ejercaanla funeión de Secretaría Técnicadel Consejo Directivo Nacional de CM. Supervisará ias gerentes de los CCM y equipo del Programa. La DirecciónNacional coordinará con el Instituto Nacional de la Mujer (INAM;, como el ente iector de las Políticas Públicas ds Género, para asegurar la articulación de dichas poiíticas con todos los servicios o&ecidos por ei Programa. I ARTÍCULOS.- REQIISITOSPARASER,IRECTOR(A). ParadesenrperiarelcrgodeDredo(a) serequiere: 11. Serdenacionalidadhondureña; 2. Mayordeedad; 3,. Halla¡se en el pleno goce de sus Derechos Civiles yPolíticos; 4. Del estado seglar; 5. Profesional conniveh:niveisitado preftrenteme, rte de las areas . sociales;y, 3 DN MAYO 2016 No. 6 . De reconocida honorabilidad y capacidad para el desempeño de sus firnciones. ARTiCULO 6.. D§ LOS CENTROS DE CIUDAD MUJER (CCM). Para su debida operación y funcionamiento, los CENTROS CiUDAD MUJER (CCM), cuentan con una gerencia general y ios servicios brindados se hacen a través de módulos especiales, en los cuales se integran 1as instituciones competentes a los servicios prestados. Los Centros Ciudad Mujerinicianprestando los servicios esenciales en seis (6) móduios que serán coordinados por la instituciónvinculante a las políticas y normativas referentes: 1. MóduloAutonomíaEconómica. 2. Móduio de Salud Sexual yReproductiva 3 . Módulo de Atención a la Violencia Conka ias Mujeres. 4. Módulo dpAtención a laMujerAdolescente' 5. Módulo de apoyo ai cuidado infantil durante eltiempo de atención a 1as mujeres en el Cenko. 6. Móduio deEducaciónColectiva. En cadaMódulo se integranán adernás, las instituciones vinculantes a la prestación de servicios definidos en el Programa, para 1o cual se susuibirá un convenio de eooperación interinstitucional donde se definiranlas responsabilidades específcas de cada una de las instituciones participantes. ARTÍCI.ILO 7.. TRANSPARENCTAY RENDICIÓN DE CUENTAS. El Frograma CM contara conun órgano deügilancia el cual estará integrado por un Auditor intemo Propietario y un suplente, nombrado por la autoridad maxima de Ciudad Mujer, mediante un proceso competitivo que para tal eftcto es dirigido por OficinaNacional deDesanollo Integral de Conhol Interno (ONADICI) en coordinacióir con elTribunai Superior de Cuentas (TSC). Las funciones del Órgano de Vigilancia y Audiüoría intema serán establecidas y delimitadaspor el Programa Ciudad Mujer de acuerdo conlas disposiciones legales aplicables.
Articulo 8
DEL PATRIMONIO Y DE LOS RECIIR§OS. Para el cumplimianto cle los objetivos del presente Decreto Ejecutivo, la Secretaría de Estado en los Despachos de Desarrollo e Inclusión Social (SEDiS) debe consignar demaaera -- 4 of 6 -- BLICA DE HONDURA§ . TEGUCIGALP M.D.C 3 DE MAYO DEL 2016 No.34 difsrenciada en su Presupuesto las partidas presupuestarias anuales necesarias para el funcionamiento racional, eficiente y eficaz del Frograma Ciudad Mujer. Asimirno, cadar¡nadelas instituciones del Es.tartoinvolusadas y participantes en el programa CM deben sufragar los gastos para el funcionamiento deimódulo de su competenciadenko de cada Centro Ciudad Mujer, incluyendo el pago de insumos y personal asignado, conforme el detalle sexlalado en los rdqpectivos protocolos de firncionamiento de los móduios, consignándolos de manera diferenciada en su Presupuesto y plan Operativo Anuai. Lo anterioq se deberá fon¡aiizar a kavés de la suscripción de convenios interinstitucionales enfe las instituciones involucradas y 1a Secretaría de Estado de Desarollo e Inclusión Social. De conformidad con la Ley de Responsabilidad Fiscai, los recursos asignados al Programa deberan estar enmarcados dento dei Presupuesto de cada i¡stitución participante y prestadora de seivicios. Adernas, el Programa CM contará con losreci¡sos siguientes; L Laspartidas presupuestarias consignadas enel presupuesto Generai de ingresos y Egresos de la República; 2. Las herencias, iegados, donaciones o aportes de personas naturales ojurídicas nacionales o exl.anjeras; y, 3. Los demas ingresos o bienes que adquiera a cualquier título l.eal.
Articulo 9
DE SU N0RMATIVA.- El programa contará con un Manual Operativo, que indicará los mecanismos ée firncionamiento y ejecución. Además, Ia Dirección Nacional queda facultada para elaborar y proponer al Consejo Directivo Nacional toda Ia normativa necesaria para el debido cumplimiorto de los objetivos del Programa. ARTÍCULO TO.- RÉGIMEN LAB0RAL. Las funcionarias y empleadas eiireetas del programa se rigenpor la Ley de Savicio Civil, sinp{uicio de las exclusiones establecidas en ia misma. En el caso del personal asignado a los diferentes módulos e¡ cada Cenho Ciudad Mujer de parte de las Secretarías e l*stih¡ciones del Estado, estas continuaran zujetas a la nomrativa legal iaboral que les compete.
Articulo 11
. TRANSIT0RIO. Invest.Honduras, entidad adscrita a la Secretaría de Coordinación Generai de Gobiemo, actuará como organismo co-ejecutor, junto con la Secretariade Desarollo e Inclusión Soeial (SEDIS), delproyecto que podría eventualmente ser financiado por el Banco Interamericano de Desarrollo para ia infraestructura y equipamiento de tes Cenbos Ciudad Mujer. para garantizar una coordinación efectiva de dicho proyecto, SEDIS por medio de la. DirecciónNacional del Programa e lnvest-H integraránun comité operativo del proyecto que se reunirá periódicamente para acordaryrevisar el avance de Ia ejecución La DirecciónNacional del Programa coordinará este Comité. ARTÍCIII,O 12.- TRANSITORIO. priorizar el programa Presidencial Ciudad Mujer, como r¡no de los programas sujetos a financiación con ios fondos asigaados en el Fideicomiso de Inversiones y Asignaciones (FINA) constituido en el Banco Nacionai de Desarrollo Agrícola (BANADESA). Se auüoriza al Comité Tecriico del Fideicomiso de Inversiones yAsigrraciones, trarisferir hasta un monto de hasta cinco millones de Dóiares de los Estados Unidos de América, al programa Presidericial Ciudad Mujeq según e1 cronograma de desernbolsos que al efecto se presente, en calidad de anticipo para su constitución y organizaciór¡ fondos quepodrían serrEernbolsados al Fideicomiso de lnversiones yAsignaciones una vezque exista disponibilidad de reciusos del prestamo del Banco Interamericano de Desarroilo (BID) a que se refiere el anteriorA¡tículo 1 i. *
Articulo 13
TRANSITORIO: En apego a las Diqposiciones Generales del presupuesto General de Ingresos y Egresos de la República, así como a la Ley de Conkatación dei Estado, autorizar a la SEDIS, para la compra del equipo y mobiliario requerido para lapuesta en marcha del primer Cenho de Ciudad Mujer, ubicado en Casitas Kennedy en el Municipio delDistrito Cental. ARIICULO 14.- El presenüe Decreüo Ejecutivo d{a sin valor y efecto el Decreto Ejecutivo número pCM 0g7-2015 y enta en vigencia el día de su publicación en el Diario Oñcial ..La Oficial "LaGaceta". Dado en Casa Presidencial, en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Cenkal, a los quince ( 1 5) días del mes de maruo dei año dos mil dieciséis (2016). -- 5 of 6 -- BLICA I)A HOIqDI,]R,{S . T}IGUCIGAIPA, M. }. C. 3 DA MAYO DEL 2016 coMtlNÍQtras§, Y PUBLÍQunsn' JUAN ORLANDO I{NRNANI)EZ ALVARAP O pRESIDENTE coNSTITUCIoNAL DE L,q. nrpÚelic¿' JoRGII RAMÓx xnnNÁnD§v' ALCERRo sECRsTARIo DE cooRDn'laclÓN GENERAL DE GOBIERNO REINALDO ANTONIO SANCHEZ SECRETARIO DE LA PRESiDENCIA LEÜI§§I,AYALA SECREI}.RIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE DERECHOS HTIMANOS, JUSTICIA, GOBERNACTÓN Y DESCENTRALIz¿ciÓ¡¡ nr¿ni¿»o¡,onrs¿cÜnno SECRETARIADE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE RELACIONES EXTERIORTS Y COOPERACION TNTERNAC]ONAL, PORLEY , RTCARDOLEONELCARDOI.{A SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE DESARRoLLo E INCLUsIÓn socw ARI"{ALDO CASTILLO SECRETARIO DE ESTADO EN ELDESPACHO DE DESARROLLO ACONOMICO RoB§RTo AI"{TC}NIo on» ÓÑrz SECRETARiO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE TNFRAESTRUCTURAY spnvlclos pÚBLICos Ju¡-rÁrsP¿clr§co SECRETARIO DE ESTADO B}'] ELDESPACHO DE SEGT]BMAD SAMT,IEL§.AY§§ SECRETAR]Ü DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DEFENSA EDNAYOLANIBATRAS SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DESALTID h{ARLON ONIEL §SCOTO VALERIO SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE il»uc¿clÓN CART,ÜSMADERO SECR.ETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE TRABAJOY SEGUzuDAD SOCIAL JACOBOPAZBODDEN SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE AGRICULTTJRAY c¿Nn»BnÍ¿ ¡osÉar¡roNlo GALDAMES SECRETAzuO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE nvencÍ& n¡cunsos NÁIIURALES,AMBIENTEYI\'fi\AS WILTREDOCERRATO SECRETARIO DE ESTADO E{ ELDESPACHO DE FINA}IZAS -- 6 of 6 --