Vigente
12 de diciembre de 2017 | Universidad Nacional de Agricultura

Reglamento — Artículo 212 - Unidad de Contabilidad y Cobranzas: organización y requisitos

Articulos

Articulo 212

) La unidad de Contabilidad y Cobranzas, es una instancia de carácter técnico contable, cuyas actividades básicas conducen a la sistematización y registro contable de las operaciones administrativo-financieras de la Universidad. Estará a cargo de un jefe seleccionado por concurso público de méritos, que debe reunir los siguientes requisitos:

  • a)

    Tener una edad no menor de 30 años;

  • b)

    Tener experiencia comprobada mínima de por lo menos tres años en el manejo de fondos públicos o privados;

  • c)

    Poseer título de Licenciatura en Contaduría Pública o Auditoría;

  • d)

    Tener experiencia evidenciada de al menos cinco (5) años en el manejo contable de instituciones de educación superior.

  • e)

    Ser de reconocida honorabilidad e Integridad;

  • f)

    Ser seleccionado por concurso público de méritos por la Rectoría.

  • g)

    Estar debidamente colegiado y solvente con el Colegio Profesional correspondiente;

  • h)

    No haber sido sancionados por faltas graves o muy graves, o que hayan demandado a la institución por razones injustificadas o que hayan recibido sus prestaciones laborales. (De conformidad con los Arts. 244 y 284 del Estatuto.)

  • i)

    No ser pariente de cualquier otra persona que ocupe cargos de autoridad en la Universidad Nacional de Agricultura, dentro del cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad, o quienes pertenezcan a una sociedad mercantil con la cual esta Institución tenga vínculos para la prestación de bienes y servicios; (Código de Ética de los Funcionarios Públicos)

  • j)

    Estar solvente con la Institución, si es empleado o graduado de la UNAG. (Constancia de Administración actual)

  • k)

    No haber sido declarado en quiebra, o en proceso de serlo l) No haber sido sentenciado por delito doloso. m) Estar solvente en el ejercicio de sus derechos ciudadanos y no tener cuentas pendientes con el Estado. (Constancia de la Procuraduría General de la República.

Leyes relacionadas

Reglamento del Articulo 28 de Ley de Eficiencia en los Ingresos y Gasto Publico
Este reglamento establece el procedimiento para autorizar exoneraciones fiscales en Honduras. Define que los contribuyentes deben demostrar estar solventes con el Estado (excepto en el tributo exonerado), presentar una constancia de solvencia válida por 60 días, y obtener una resolución de Finanzas que les sirva como único documento para acreditar la exoneración ante todas las instituciones públicas.
Decreto 113-2011 | 2011
Decreto Legislativo — Artículo 212 - Autorización de transferencias para proyectos de infraestructura municipal
Decreto | 2022
Decreto Ejecutivo PCM-027-2017 mediante el cual se reforma el Artículo 9 del Decreto Ejecutivo PCM-013-2017 relativo al Programa Presidencial de Becas Honduras 20/20
Este decreto autoriza al PAÑI a transferir fondos del convenio con Canadá al Fondo de Solidaridad Social para reducir la pobreza extrema. Establece que se trasladarán hasta 212 millones de lempiras anuales: 132 millones para programas de infancia y 80 millones para atención de menores en conflicto con la ley. Los fondos deben ser disponibles y no comprometidos, respetando el 5% que corresponde al PAÑI.
Decreto 56-2015 | 2017
Reglamento Especial para la Prestación del Servicio de Transporte Terrestre Público y Especial
Este reglamento regula cómo funcionan todos los servicios de transporte terrestre en Honduras (autobuses, taxis, mototaxis y carga). Establece derechos y obligaciones claros para operadores, conductores, pasajeros y el Estado, garantizando que el transporte sea seguro, eficiente y accesible para todos, especialmente para personas con discapacidad, adultos mayores y menores de edad.
Decreto |
Reglamento — Reglamento de los Centros de Internamiento para Adolescentes Encausados o en Conflicto con la Ley Penal
Este reglamento establece cómo funcionan los centros de internamiento para adolescentes en conflicto con la ley penal en Honduras. Regula aspectos como confidencialidad de registros, derechos y deberes de los jóvenes, procedimientos de ingreso y egreso, servicios médicos, educación, disciplina, visitas y correspondencia, con énfasis en proteger su dignidad y favorecer su reinserción social.
Decreto | 2018