Vigente
9 de julio de 2026 | La Gaceta No. 37,189
Contrato — Condiciones Generales del Contrato - Suministro de Bienes y Servicios Conexos
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Resumen
Este documento establece las condiciones generales que regulan los contratos para suministrar bienes y servicios en Honduras financiados por el Banco. Define derechos y obligaciones de compradores y proveedores, incluyendo requisitos de elegibilidad, calidad, entrega, garantía, pagos, inspecciones y resolución de conflictos, asegurando transparencia y cumplimiento de normas internacionales.
Texto completo
plado en el respectivo
solicitantes, proveedor de bienes y su
contrato; y, (ii) entreguen todo documento
representante o agente, contratista,
necesario para la investigación de
consultor, miembro del personal,
denuncias de comisión de Prácticas
subcontratista, subconsultor, proveedor
Prohibidas; y, (iii) aseguren que los
de servicios, o concesionario; (g) Cuando
empleados o agentes de los licitantes,
un Prestatario adquiera bienes, servicios
oferentes, proponentes, solicitantes,
distintos de servicios de consultoría,
proveedores de bienes y sus representantes
obras o servicios de consultoría
o agentes, contratistas, consultores,
directamente de una agencia
subcontratistas, subconsultores,
especializada, todas las disposiciones
proveedores de servicios y concesionarios
relativas a las Prácticas Prohibidas, y a
que tengan conocimiento de que las
las sanciones correspondientes, se
84 A.
actividades han sido financiadas por el
aplicarán íntegramente a los licitantes,
oferentes, proponentes, solicitantes,
Prohibidas del Banco y las sanciones
proveedores de bienes y sus representantes
aplicables de conformidad con los
o agentes, contratistas, consultores,
Procedimientos de Sanciones; (b) que no
miembros del personal, subcontratistas,
ha incurrido o no incurrirán en ninguna
subconsultores, proveedores de servicios,
Práctica Prohibida descrita en este
concesionarios (incluidos sus respectivos
documento durante los procesos de
funcionarios, empleados y representantes
selección, negociación, adjudicación o
o agentes, ya sean sus atribuciones
ejecución de este contrato; (c) que no ha
expresas o implícitas), o cualquier otra
tergiversado ni ocultado ningún hecho
entidad que haya suscrito contratos con
sustancial durante los procesos de
dicha agencia especializada para la
selección, negociación, adjudicación o
provisión de bienes, obras o servicios
ejecución de este contrato; (d) que ni
distintos de servicios de consultoría en
ellos ni sus agentes, subcontratistas,
conexión con actividades financiadas por
subconsultores, directores, personal
el Banco. El Banco se reserva el derecho
clave o accionistas principales son
de obligar al Prestatario a que se acoja a
inelegibles para la adjudicación de
recursos tales como la suspensión o la
contratos financiados por el Banco; (e)
rescisión. Las agencias especializadas
que ha declarado todas las comisiones,
deberán consultar la lista de firmas e
honorarios de representantes o agentes,
individuos declarados inelegibles
pagos por servicios de facilitación o
temporal o permanentemente por el
acuerdos para compartir ingresos
Banco. En caso de que una agencia
relacionados con actividades financiadas
especializada suscriba un contrato o una
por el Banco; y, (f) que reconocen que
orden de compra con una firma o
el incumplimiento de cualquiera de estas
individuo declarado inelegible por el
garantías podrá dar lugar a la imposición
Banco, este no financiará los gastos
por el Banco de una o más de las medidas
conexos y tomará las medidas que
descritas en la Subcláusula 3.1 (b).
considere convenientes. 3.2 El Proveedor
4. Interpretación. 4.1 Si el contexto así
declara y garantiza: (a) que ha leído y
lo requiere, el singular significa el plural,
entendido las definiciones de Prácticas
y viceversa. 4.2 Incoterms. (a) El A. 85
REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M.D.C., 9 DE JULIO DEL 2026
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significado de cualquier término
las partes al hacer cumplir algún término
comercial, así como los derechos y
y condición del Contrato o el otorgar
obligaciones de las partes serán los
prórrogas por una de las partes a la otra,
prescritos en los Incoterms, a menos que
perjudicará, afectará o limitará los
sea inconsistente con alguna disposición
derechos de esa parte en virtud del
del Contrato. (b) Los términos CIP, FCA,
Contrato. Asimismo, ninguna dispensa
CPT y otros similares, cuando se utilicen,
concedida por cualquiera de las partes
se regirán por las normas establecidas en
por un incumplimiento del Contrato,
la edición vigente de los Incoterms
servirá de dispensa para incumplimientos
especificada en las CEC, y publicada por
posteriores o continuos del Contrato. (b)
la Cámara de Comercio Internacional en
Toda dispensa a los derechos, poderes o
París, Francia. 4.3 Totalidad del Contrato.
remedios de una de las partes en virtud
El Contrato constituye la totalidad de lo
del Contrato, deberá ser por escrito,
acordado entre el Comprador y el
llevar la fecha y estar firmada por un
Proveedor y substituye todas las
representante autorizado de la parte
comunicaciones, negociaciones y
otorgando dicha dispensa y deberá
acuerdos (ya sea escritos o verbales)
especificar la obligación que está
realizados entre las partes con
dispensando y el alcance de la dispensa.
anterioridad a la fecha de la celebración
4.6 Divisibilidad. Si cualquier provisión
del Contrato. 4.4 Enmienda. Ninguna
o condición del Contrato es prohibida o
enmienda u otra variación al Contrato
resultase inválida o inejecutable, dicha
será válida a menos que esté por escrito,
prohibición, invalidez o falta de ejecución
fechada y se refiera expresamente al
no afectará la validez o el cumplimiento
Contrato, y esté firmada por un
de las otras provisiones o condiciones
representante de cada una de las partes
del Contrato. 5. Idioma. 5.1 El Contrato,
debidamente autorizado. 4.5 Limitación
así como toda la correspondencia y
de Dispensas. (a) Sujeto a lo indicado en
documentos relativos al Contrato
la Subcláusula 4.5 (b) siguiente de estas
intercambiados entre el Proveedor y el
CGC, ninguna dilación, tolerancia,
Comprador, deberán ser escritos en el
86 A.
demora o aprobación por cualquiera de
idioma especificado en las CEC. Los
documentos de sustento y material
Elegibilidad. 7.1 El Proveedor y sus
impreso que formen parte del Contrato,
Subcontratistas deberán ser originarios
pueden estar en otro idioma siempre que
de países miembros del Banco. Se
los mismos estén acompañados de una
considera que un Proveedor o
traducción fidedigna de los apartes
Subcontratista tiene la nacionalidad de
pertinentes al idioma especificado y, en
un país elegible si cumple con los
tal caso, dicha traducción prevalecerá
siguientes requisitos: (a) Un individuo
para efectos de interpretación del
tiene la nacionalidad de un país miembro
Contrato. 5.2 El Proveedor será
del Banco si satisface uno de los siguientes
responsable de todos los costos de la
requisitos: (i) es ciudadano de un país
traducción al idioma que rige, así como
miembro; o (ii) ha establecido su domicilio
de todos los riesgos derivados de la
en un país miembro como residente “bona
exactitud de dicha traducción de los
fide” y está legalmente autorizado para
documentos proporcionados por el
trabajar en dicho país. (b) Una firma tiene
Proveedor. 6. Asociación en
la nacionalidad de un país miembro si
Participación o Consorcio. 6.1 Si el
satisface los dos siguientes requisitos: (i)
Proveedor es una Asociación en
está legalmente constituida o incorporada
Participación o Consorcio, todas las
conforme a las leyes de un país miembro
partes que lo conforman deberán ser
del Banco; y, (ii) más del cincuenta por
mancomunada y solidariamente
ciento (50%) del capital de la firma es de
responsables frente al Comprador por el
propiedad de individuos o firmas de
cumplimiento de las disposiciones del
países miembros del Banco. 7.2 Todos
Contrato y deberán designar a una de
los socios de una asociación en
ellas para que actúe como representante
participación, consorcio o asociación
con autoridad para comprometer a la
(APCA) con responsabilidad
Asociación en Participación o Consorcio.
mancomunada y solidaria y todos los
La composición o constitución de la
subcontratistas deben cumplir con los
Asociación en Participación o Consorcio
requisitos arriba establecidos. 7.3 Todos
no podrá ser alterada sin el previo
los Bienes y Servicios Conexos que
consentimiento del Comprador. 7.
hayan de suministrarse de conformidad A. 87
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con el contrato y que sean financiados por
con destino al comprador. Para efectos de
el Banco deben tener su origen en
determinación del origen de los bienes
cualquier país miembro del Banco. Los
identificados como “hecho en la Unión
bienes se originan en un país miembro
Europea”, éstos serán elegibles sin
del Banco si han sido extraídos,
necesidad de identificar el correspondiente
cultivados, cosechados o producidos en
país específico de la Unión Europea. El
un país miembro del Banco. Un bien es
origen de los materiales, partes o
producido cuando mediante manufactura,
componentes de los bienes o la
procesamiento o ensamblaje el resultado
nacionalidad de la firma productora,
es un artículo comercialmente reconocido
ensambladora, distribuidora o vendedora
cuyas características básicas, su función
de los bienes no determina el origen de
o propósito de uso son substancialmente
los mismos. 8. Notificaciones. 8.1 Todas
diferentes de sus partes o componentes.
las notificaciones entre las partes en
En el caso de un bien que consiste de
virtud de este Contrato deberán ser por
varios componentes individuales que
escrito y dirigidas a la dirección indicada
requieren interconectarse (lo que puede
en las CEC. El término “por escrito”
ser ejecutado por el proveedor, el
significa comunicación en forma escrita
comprador o un tercero) para lograr que
con prueba de recibo. 8.2 Una notificación
el bien pueda operar, y sin importar la
será efectiva en la fecha más tardía entre
complejidad de la interconexión, el
la fecha de entrega y la fecha de la
Banco considera que dicho bien es
notificación. 9. Ley Aplicable. 9.1 El
elegible para su financiación si el
Contrato se regirá y se interpretará según
ensamblaje de los componentes
las leyes del país del Comprador, a menos
individuales se hizo en un país miembro.
que se indique otra cosa en las CEC. 10.
Cuando el bien es una combinación de
Solución de Controversias. 10.1 El
varios bienes individuales que
Comprador y el Proveedor harán todo lo
normalmente se empacan y venden
posible para resolver amigablemente
comercialmente como una sola unidad,
mediante negociaciones directas
el bien se considera que proviene del país
informales, cualquier desacuerdo o
88 A.
en donde éste fue empacado y embarcado
controversia que se haya suscitado entre
ellos en virtud o en referencia al Contrato.
de otra manera; y, (b) el Comprador
10.2 Si después de transcurridos
pagará el dinero que le adeude al
veintiocho (28) días las partes no han
Proveedor. 11. Inspecciones y
podido resolver la controversia o
Auditorias. 11.1 El Contratista permitirá,
diferencia mediante dichas consultas
y realizará todos los trámites para que
mutuas, entonces el Comprador o el
sus Subcontratistas o Consultores
Proveedor podrá informar a la otra parte
permitan, que el Banco y/o las personas
sobre sus intenciones de iniciar un
designadas por el Banco inspeccionen
proceso de arbitraje con respecto al
todas las cuentas y registros contables
asunto en disputa, conforme a las
del Contratista y sus subcontratistas
disposiciones que se indican a
relacionados con el proceso de licitación
continuación; no se podrá iniciar un
y la ejecución del contrato y realice
proceso de arbitraje con respecto a dicho
auditorías por medio de auditores
asunto si no se ha emitido la mencionada
designados por el Banco, si así lo
notificación. Cualquier controversia o
requiere el Banco. El Contratista,
diferencia respecto de la cual se haya
Subcontratistas y Consultores deberán
notificado la intención de iniciar un
prestar atención a lo estipulado en la
proceso de arbitraje de conformidad con
Cláusula 3, según la cual las actuaciones
esta cláusula, se resolverá definitivamente
dirigidas a obstaculizar significativamente
mediante arbitraje. El proceso de arbitraje
el ejercicio por parte del Banco de los
puede comenzar antes o después de la
derechos de inspección y auditoría
entrega de los bienes en virtud del
consignados en esta Subcláusula 11.1
Contrato. El arbitraje se llevará a cabo
constituye una práctica prohibida que
según el reglamento de procedimientos
podrá resultar en la terminación del
estipulado en las CEC. 10.3 No obstante
contrato (al igual que en la declaración
las referencias a arbitraje en este
de inelegibilidad de acuerdo a los
documento. (a) ambas partes deben
procedimientos vigentes del Banco). 12.
continuar cumpliendo con sus
Alcance de los Suministros. 12.1 Los
obligaciones respectivas en virtud del
Bienes y Servicios Conexos serán
Contrato, a menos que las partes acuerden
suministrados según lo estipulado en la A. 89
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Lista de Requisitos de los Bienes y en la
cualquier pago por anticipo, si
Lista de Servicios Conexos. 13. Entrega
corresponde, se pagará según se establece
y Documentos. 13.1 Sujeto a lo dispuesto
en las CEC. 16.2 La solicitud de pago
en la Subcláusula 33.1 de las CGC, la
del Proveedor al Comprador deberá ser
Entrega de los Bienes y Cumplimiento
por escrito, acompañada de recibos que
de los Servicios Conexos se realizará de
describan, según corresponda, los Bienes
acuerdo con el Plan de Entrega y
entregados y los Servicios Conexos
Cronograma de Cumplimiento indicado
cumplidos, y de los documentos
en la Lista de Requisitos de los Bienes
presentados de conformidad con la
y en la Lista de Servicios Conexos.
Cláusula 13 de las CGC y en cumplimiento
Los detalles de los documentos de
de las obligaciones estipuladas en el
embarque y otros que deberá suministrar
Contrato. 16.3 El Comprador efectuará
el Proveedor se especifican en las CEC.
los pagos prontamente, pero de ninguna
14. Responsabilidades del Proveedor.
manera podrá exceder sesenta (60) días
14.1 El Proveedor deberá proporcionar
después de la presentación de una factura
todos los Bienes y Servicios Conexos
o solicitud de pago por el Proveedor, y
incluidos en el Alcance de Suministros
después de que el Comprador la haya
de conformidad con la Cláusula 12 de las
aceptado. 16.4 Las monedas en las que
CGC, el Plan de Entrega y Cronograma
se le pagará al Proveedor en virtud de
de Cumplimiento, de conformidad con
este Contrato serán aquellas que el
la Cláusula 13 de las CGC. 15. Precio
Proveedor hubiese especificado en su
del Contrato. 15.1 Los precios que cobre
oferta. 16.5 Si el Comprador no efectuara
el Proveedor por los Bienes
cualquiera de los pagos al Proveedor en
proporcionados y los Servicios Conexos
las fechas de vencimiento correspondiente
prestados en virtud del Contrato no
o dentro del plazo establecido en las
podrán ser diferentes de los cotizados
CEC, el Comprador pagará al Proveedor
por el Proveedor en su oferta, excepto
interés sobre los montos de los pagos
por cualquier ajuste de precios autorizado
morosos a la tasa establecida en las CEC,
en las CEC. 16. Condiciones de Pago.
por el período de la demora hasta que
90 A.
16.1 El precio del Contrato, incluyendo
haya efectuado el pago completo, ya sea
antes o después de cualquier juicio o
serán pagaderos al Comprador como
fallo de arbitraje. 17. Impuestos y
indemnización por cualquier pérdida que
Derechos. 17.1 En el caso de Bienes
le pudiera ocasionar el incumplimiento
fabricados fuera del país del Comprador,
de las obligaciones del Proveedor en
el Proveedor será totalmente responsable
virtud del Contrato. 18.3 Como se
por todos los impuestos, timbres,
establece en las CEC, la Garantía de
comisiones por licencias, y otros cargos
Cumplimiento, si es requerida, deberá
similares impuestos fuera del país del
estar denominada en la(s) misma(s)
Comprador. 17.2 En el caso de Bienes
moneda(s) del Contrato, o en una
fabricados en el país del Comprador, el
moneda de libre convertibilidad aceptable
Proveedor será totalmente responsable
al Comprador, y presentada en una de
por todos los impuestos, gravámenes,
los formatos estipuladas por el Comprador
comisiones por licencias, y otros cargos
en las CEC, u en otro formato aceptable
similares incurridos hasta la entrega de
al Comprador. 18.4 A menos que se
los Bienes contratados con el Comprador.
indique otra cosa en las CEC, la Garantía
17.3 El Comprador interpondrá sus
de Cumplimento será liberada por el
mejores oficios para que el Proveedor se
Comprador y devuelta al Proveedor a
beneficie con el mayor alcance posible
más tardar veintiocho (28) días contados
de cualquier exención impositiva,
a partir de la fecha de Cumplimiento de
concesiones, o privilegios legales que
las obligaciones del Proveedor en virtud
pudiesen aplicar al Proveedor en el país
del Contrato, incluyendo cualquier
del Comprador. 18. Garantía de
obligación relativa a la garantía de los
Cumplimiento. 18.1 Si así se estipula
bienes. 19. Derechos de Autor. 19.1 Los
en las CEC, el Proveedor, dentro de los
derechos de autor de todos los planos,
siguientes veintiocho (28) días de la
documentos y otros materiales
notificación de la adjudicación del
conteniendo datos e información
Contrato, deberá suministrar la Garantía
proporcionada al Comprador por el
de Cumplimiento del Contrato por el
Proveedor, seguirán siendo de propiedad
monto establecido en las CEC. 18.2 Los
del Proveedor. Si esta información fue
recursos de la Garantía de Cumplimiento
suministrada al Comprador directamente A. 91
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o a través del Proveedor por terceros,
documentos, datos u otra información
incluyendo proveedores de materiales,
recibida del Comprador para ningún otro
el derecho de autor de dichos materiales
propósito que el de la ejecución del
seguirá siendo de propiedad de dichos
Contrato. 20.3 La obligación de las
terceros. 20. Confidencialidad de la
partes de conformidad con las
Información. 20.1 El Comprador y el
Subcláusulas 20.1 y 20.2 de las CGC
Proveedor deberán mantener
arriba mencionadas, no aplicará a
confidencialidad y en ningún momento
información que: (a) el Comprador o el
divulgarán a terceros, sin el
Proveedor requieran compartir con el
consentimiento de la otra parte,
Banco u otras instituciones que participan
documentos, datos u otra información
en el financiamiento del Contrato; (b)
que hubiera sido directa o indirectamente
actualmente o en el futuro se hace de
proporcionada por la otra parte en
dominio público sin culpa de ninguna de
conexión con el Contrato, antes, durante
las partes; (c) puede comprobarse que
o después de la ejecución del mismo. No
estaba en posesión de esa parte en el
obstante lo anterior, el Proveedor podrá
momento que fue divulgada y no fue
proporcionar a sus Subcontratistas los
obtenida previamente directa o
documentos, datos e información
indirectamente de la otra parte; o (d) que
recibidos del Comprador para que
de otra manera fue legalmente puesta a
puedan cumplir con su trabajo en virtud
la disponibilidad de esa parte por una
del Contrato. En tal caso, el Proveedor
tercera parte que no tenía obligación de
obtendrá de dichos Subcontratistas un
confidencialidad. 20.4 Las disposiciones
compromiso de confidencialidad similar
precedentes de esta Cláusula 20 de las
al requerido del Proveedor bajo la
CGC no modificarán de ninguna manera
Cláusula 20 de las CGC. 20.2 El
ningún compromiso de confidencialidad
Comprador no utilizará dichos
otorgado por cualquiera de las partes a
documentos, datos u otra información
quien esto compete antes de la fecha del
recibida del Proveedor para ningún uso
Contrato con respecto a los Suministros
que no esté relacionado con el Contrato.
o cualquier parte de ellos. 20.5 Las
92 A.
Así mismo el Proveedor no utilizará los
disposiciones de la Cláusula 20 de las
CGC permanecerán válidas después del
documento, o por cualquier modificación
cumplimiento o terminación del Contrato
proporcionada o diseñada por o en
por cualquier razón. 21. Subcontratación.
nombre del Comprador, mediante
21.1 El Proveedor informará al
notificación al Comprador de dicho
Comprador por escrito de todos los
rechazo. (c) Cuando en el Contrato se
subcontratos que adjudique en virtud del
hagan referencias a códigos y normas
Contrato si no los hubiera especificado
conforme a las cuales éste debe ejecutarse,
en su oferta. Dichas notificaciones, en la
la edición o versión revisada de dichos
oferta original u ofertas posteriores, no
códigos y normas será la especificada en
eximirán al Proveedor de sus obligaciones,
la Lista de Requisitos de los Bienes y
deberes y compromisos o
Servicios Conexos. Cualquier cambio de
responsabilidades contraídas en virtud
dichos códigos o normas durante la
del Contrato. 21.2 Todos los subcontratos
ejecución del Contrato se aplicará
deberán cumplir con las disposiciones
solamente con la aprobación previa del
de las Cláusulas 3 y 7 de las CGC. 22.
Comprador y dicho cambio se regirá de
Especificaciones y Normas. 22.1
conformidad con la Cláusula 33 de las
Especificaciones Técnicas y Planos. (a)
CGC. 23. Embalaje y Documentos. 23.1
Los Bienes y Servicios Conexos
El Proveedor embalará los Bienes en la
proporcionados bajo este Contrato
forma necesaria para impedir que se
deberán ajustarse a las especificaciones
dañen o deterioren durante el transporte
técnicas y a las normas estipuladas en la
al lugar de destino final indicado en el
Sección VI, Requisitos de los Bienes y
Contrato. El embalaje deberá ser
Servicios Conexos y, cuando no se hace
adecuado para resistir, sin limitaciones,
referencia a una norma aplicable, la
su manipulación brusca y descuidada, su
norma será equivalente o superior a las
exposición a temperaturas extremas, la
normas oficiales cuya aplicación sea
sal y las precipitaciones, y su
apropiada en el país de origen de los
almacenamiento en espacios abiertos.
Bienes. (b) El Proveedor tendrá derecho
En el tamaño y peso de los embalajes
a rehusar responsabilidad por cualquier
se tendrá en cuenta, cuando corresponda,
diseño, dato, plano, especificación u otro
la lejanía del lugar de destino final de los A. 93
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bienes y la carencia de equipo pesado de
dispone en las CEC, por su cuenta y sin
carga y descarga en todos los puntos en
costo alguno para el Comprador. 26.2 Las
que los bienes deban transbordarse. 23.2
inspecciones y pruebas podrán realizarse
El embalaje, las identificaciones y los
en las instalaciones del Proveedor o de
documentos que se coloquen dentro y
sus Subcontratistas, en el lugar de entrega
fuera de los bultos deberán cumplir
y/o en el lugar de destino final de los
estrictamente con los requisitos
Bienes o en otro lugar en el país del
especiales que se hayan estipulado
Comprador establecido en las CEC. De
expresamente en el Contrato, y cualquier
conformidad con la Subcláusula 26.3 de
otro requisito, si lo hubiere, especificado
las CGC, cuando dichas inspecciones o
en las CEC y en cualquiera otra instrucción
pruebas sean realizadas en recintos del
dispuesta por el Comprador. 24 Seguros.
Proveedor o de sus subcontratistas se le
24.1 A menos que se disponga otra cosa
proporcionarán a los inspectores todas
en las CEC, los Bienes suministrados
las facilidades y asistencia razonables,
bajo el Contrato deberán estar
incluso el acceso a los planos y datos
completamente asegurados, en una
sobre producción, sin cargo alguno para
moneda de libre convertibilidad de un
el Comprador. 26.3 El Comprador o su
país elegible, contra riesgo de extravío
representante designado tendrá derecho
o daños incidentales ocurridos durante
a presenciar las pruebas y/o inspecciones
fabricación, adquisición, transporte,
mencionadas en la Subcláusula 26.2 de
almacenamiento y entrega, de
las CGC, siempre y cuando éste asuma
conformidad con los Incoterms
todos los costos y gastos que ocasione su
aplicables o según se disponga en las
participación, incluyendo gastos de viaje,
CEC. 25. Transporte. 25.1 A menos
alojamiento y alimentación. 26.4 Cuando
que se disponga otra cosa en las CEC,
el Proveedor esté listo para realizar
la responsabilidad por los arreglos de
dichas pruebas e inspecciones, notificará
transporte de los Bienes se regirá por los
oportunamente al Comprador indicándole
Incoterms indicados. 26. Inspecciones
el lugar y la hora. El Proveedor obtendrá
y Pruebas. 26.1 El Proveedor realizará
de una tercera parte, si corresponde, o
todas las pruebas y/o inspecciones de los
del fabricante cualquier permiso o
94 A.
Bienes y Servicios Conexos según se
consentimiento necesario para permitir
al Comprador o a su representante
rechazados o hacer las modificaciones
designado presenciar las pruebas y/o
necesarias para cumplir con las
inspecciones. 26.5 El Comprador podrá
especificaciones sin ningún costo para el
requerirle al Proveedor que realice
Comprador. Asimismo, tendrá que
algunas pruebas y/o inspecciones que no
repetir las pruebas o inspecciones, sin
están requeridas en el Contrato, pero que
ningún costo para el Comprador, una vez
considere necesarias para verificar que
que notifique al Comprador de
las características y funcionamiento de
conformidad con la Subcláusula 26.4 de
los bienes cumplan con los códigos de
las CGC. 26.8 El Proveedor acepta que
las especificaciones técnicas y normas
ni la realización de pruebas o inspecciones
establecidas en el Contrato. Los costos
de los Bienes o de parte de ellos, ni la
adicionales razonables que incurra el
presencia del Comprador o de su
Proveedor por dichas pruebas e
representante, ni la emisión de informes,
inspecciones serán sumados al precio del
de conformidad con la Subcláusula 26.6
Contrato. Asimismo, si dichas pruebas
de las CGC, lo eximirán de las garantías
y/o inspecciones impidieran el avance
u otras obligaciones en virtud del
de la fabricación y/o el desempeño de
Contrato. 27. Liquidación por Daños y
otras obligaciones del Proveedor bajo el
Perjuicios. 27.1 Con excepción de lo que
Contrato, deberán realizarse los ajustes
se establece en la Cláusula 32 de las
correspondientes a las Fechas de Entrega
CGC, si el Proveedor no cumple con la
y de Cumplimiento y de las otras
entrega de la totalidad o parte de los
obligaciones afectadas. 26.6 El Proveedor
Bienes en la(s) fecha(s) establecida(s) o
presentará al Comprador un informe de
con la prestación de los Servicios
los resultados de dichas pruebas y/o
Conexos dentro del período especificado
inspecciones. 26.7 El Comprador podrá
en el Contrato, sin perjuicio de los demás
rechazar algunos de los Bienes o
recursos que el Comprador tenga en
componentes de ellos que no pasen las
virtud del Contrato, éste podrá deducir
pruebas o inspecciones o que no se
del Precio del Contrato por concepto de
ajusten a las especificaciones. El
liquidación de daños y perjuicios, una
Proveedor tendrá que rectificar o
suma equivalente al porcentaje del precio
reemplazar dichos bienes o componentes
de entrega de los Bienes atrasados o de A. 95
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los servicios no prestados establecido en
doce (12) meses a partir de la fecha en
las CEC por cada semana o parte de la
que los Bienes, o cualquier parte de ellos
semana de retraso hasta alcanzar el
según el caso, hayan sido entregados y
máximo del porcentaje especificado en
aceptados en el punto final de destino
esas CEC. Al alcanzar el máximo
indicado en el Contrato, o dieciocho (18)
establecido, el Comprador podrá dar por
meses a partir de la fecha de embarque
terminado el Contrato de conformidad
en el puerto o lugar de flete en el país de
con la Cláusula 35 de las CGC. 28.
origen. 28.4 El Comprador comunicará
Garantía de los Bienes. 28.1 El
al Proveedor la naturaleza de los defectos
Proveedor garantiza que todos los bienes
y proporcionará toda la evidencia
suministrados en virtud del Contrato son
disponible, inmediatamente después de
nuevos, sin uso, del modelo más reciente
haberlos descubierto. El Comprador
o actual e incorporan todas las mejoras
otorgará al Proveedor facilidades
recientes en cuanto a diseño y materiales,
razonables para inspeccionar tales
a menos que el Contrato disponga otra
defectos. 28.5 Tan pronto reciba el
cosa o que en las CEC se establezca la
Proveedor dicha comunicación, y dentro
adquisición de bienes de segunda mano.
del plazo establecido en las CEC, deberá
28.2 De conformidad con la Subcláusula
reparar o reemplazar los Bienes
22.1(b) de las CGC, el Proveedor
defectuosos, o sus partes sin ningún
garantiza que todos los bienes
costo para el Comprador. 28.6 Si el
suministrados estarán libres de defectos
Proveedor después de haber sido
derivados de actos y omisiones que éste
notificado, no cumple con corregir los
hubiese incurrido, o derivados del
defectos dentro del plazo establecido en
diseño, materiales o manufactura,
las CEC, el Comprador, dentro de un
durante el uso normal de los bienes en
tiempo razonable, podrá proceder a
las condiciones que imperen en el país
tomar las medidas necesarias para
de destino final. 28.3 Salvo que se
remediar la situación, por cuenta y riesgo
indique otra cosa en las CEC, la garantía
del Proveedor y sin perjuicio de otros
permanecerá vigente durante el período
derechos que el Comprador pueda ejercer
cuya fecha de terminación sea la más
contra el Proveedor en virtud del
96 A.
temprana entre los períodos siguientes:
Contrato. 29. Indemnización por
Derechos de Patente. 29.1 De
producto producido como resultado de
conformidad con la Subcláusula 29.2, el
asociación o combinación con otro
Proveedor indemnizará y librará de toda
equipo, planta o materiales no
responsabilidad al Comprador y sus
suministrados por el Proveedor en virtud
empleados y funcionarios en caso de
del Contrato. 29.2 Si se entablara un
pleitos, acciones o procedimientos
proceso legal o una demanda contra el
administrativos, reclamaciones,
Comprador como resultado de alguna de
demandas, pérdidas, daños, costos y
las situaciones indicadas en la
gastos de cualquier naturaleza,
Subcláusula 29.1 de las CGC, el
incluyendo gastos y honorarios por
Comprador notificará prontamente al
representación legal, que el Comprador
Proveedor y éste por su propia cuenta y
tenga que incurrir como resultado de
en nombre del Comprador responderá a
transgresión o supuesta transgresión de
dicho proceso o demanda, y realizará las
derechos de patente, uso de modelo,
negociaciones necesarias para llegar a
diseño registrado, marca registrada,
un acuerdo de dicho proceso o demanda.
derecho de autor u otro derecho de
29.3 Si el Proveedor no notifica al
propiedad intelectual registrado o ya
Comprador dentro de veintiocho (28)
existente en la fecha del Contrato debido
días a partir del recibo de dicha
a: (a) la instalación de los bienes por el
comunicación de su intención de
Proveedor o el uso de los bienes en el
proceder con tales procesos o reclamos,
País donde está el lugar del proyecto; y,
el Comprador tendrá derecho a emprender
(b) la venta de los productos producidos
dichas acciones en su propio nombre.
por los Bienes en cualquier país. Dicha
29.4 El Comprador se compromete, a
indemnización no procederá si los Bienes
solicitud del Proveedor, a prestarle toda
o una parte de ellos fuesen utilizados para
la asistencia posible para que el
fines no previstos en el Contrato o para
Proveedor pueda contestar las citadas
fines que no pudieran inferirse
acciones legales o reclamaciones. El
razonablemente del Contrato. La
Comprador será reembolsado por el
indemnización tampoco cubrirá cualquier
Proveedor por todos los gastos razonables
transgresión que resultara del uso de los
en que hubiera incurrido. 29.5 El
Bienes o parte de el
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