Acuerdo No. 6-2026 — Modificación No. 2 del Contrato de Construcción de la Etapa I del Nuevo Relleno Sanitario Municipal
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Articulo 6
Aprobar en todas y cada una de sus partes la modificación No. 2 del CONTRATO No. 2615/GLA/AMDC/2023.- CÓDIGO No.2885 “CONSTRUCCIÓN DE LA ETAPA I DEL NUEVO RELLENO S A N I TA R I O M U N I C I PA L D E L DISTRITO CENTRAL”. Licitación Pública Nacional No. LPN No. LPuNO- 008-AMDC-095-2023, suscrito en fecha 04 de diciembre del año 2025, entre la Municipalidad del Distrito Central (AMDC) denominado el Contratante y la Sociedad Mercantil INTERASEO, S.A.S. E.S.P.-, denominado el Contratista, mismo que literalmente dice: “MODIFICACIÓN № 2. CONTRATO No. 2615/GLA/AMDC/2023.- CÓDIGO No. 2885. “CONSTRUCCIÓN DE LA ETAPA I DEL NUEVO RELLENO -- 147 of 196 -- S A N I TA R I O M U N I C I PA L D E L DISTRITO CENTRAL. LPN No. LPuNO- 008-AMDC-095-2023. Nosotros, JORGE ALEJANDRO ALDANA BARDALES, mayor de edad, soltero, Licenciado en Periodismo, hondureño y de este domicilio, con Documento Nacional de Identificación número 0801-1975-02901, actuando en mi condición de Alcalde Municipal del Distrito Central, y en consecuencia Representante Legal de la Alcaldía Municipal del Distrito Central, nombrado para tal cargo mediante Acta Especial de Juramentación número 001-GDFM-2022 de fecha veinticinco de enero de dos mil veintidós (2022), quien para los efectos Legales de esta Modificación se denominará EL CONTRATANTE y la señora ELIANA MARGARITA CAMPO VALVERDE, de nacionalidad Colombiana, Mayor de edad, con Pasaporte No. AW380488 y Carnet de Extranjería No. 02-1507-2021-01140 y de este domicilio, quien actúa en su condición de Representante de la Sociedad Mercantil denominada INTERASEO, S.A.S. E.S.P., Representación que se acredita mediante Escritura Pública No. 01 de fecha 20 de octubre del año 2022; Inscrito bajo el N° 77630, Matrícula: 2584107 del Registro Mercantil de Francisco Morazán, Centro Asociado I.P.; quien en lo sucesivo y para efectos de esta Modificación No. 2 se denominará “EL CONTRATISTA” por la otra parte; por cuanto hemos acordado celebrar la presente Modificación No. 2 al Contrato para el proyecto “CONSTRUCCIÓN DE LA ETAPA I DEL NUEVO RELLENO S A N I TA R I O M U N I C I PA L D E L DISTRITO CENTRAL.”, con Código N° 2885; de acuerdo a los términos siguiente: DEFINICIONES.- Siempre que en la presente modificación se empleen los siguientes términos, se entenderá que significan lo que se expresa a continuación: 1.- EL CONTRATANTE: Alcaldía Municipal del Distrito Central 2.- EL CONTRATISTA: INTERASEO, S.A.S. E.S.P. 3.- UNIDAD EJECUTORA: Dirección de Control y Seguimiento 4.- FINANCIAMIENTO: Fondos Municipales CONSIDERANDO #1: Que la Alcaldía Municipal del Distrito Central suscribió el CONTRATO No. 2615/GLA/ AMDC/2023., con fecha Dos (02) de noviembre del año dos mil veintitrés (2023), entre el señor Alcalde Municipal del Distrito Central y la Empresa INTERASEO, S.A.S. E.S.P., por un monto de DOSCIENTOS SETENTA Y SEIS MILLONES SETECIENTOS VEINTISÉIS MIL QUINIENTOS SESENTA Y TRES LEMPIRAS CON 87/100 (L. 276,726,563.87), y en un plazo de ejecución de Dieciocho (18) meses. -- 148 of 196 -- CONSIDERANDO #2: Que la fecha de orden de inicio del proyecto fue el Once (11) de diciembre del año dos mil veintitrés (2023) y con fecha de finalización el Once (11) de Junio del año dos mil veinticinco (2025). CONSIDERANDO #3: Que en fecha Diecinueve (19) de agosto del año dos mil veinticinco (2025) se suscribió la Modificación N° 1 al Contrato original mediante el cual se está realizando una Readecuación de Cantidad de Obra y actividades Nuevas. CONSIDERANDO #4: Que se emitió Acta de Suspensión Temporal No. 1 en fecha Siete (07) de octubre del año dos mil veinticuatro (2024), emitiéndose Acta de reinicio en fecha Once (11) de abril del año Dos mil veinticinco (2025) siendo la nueva fecha de terminación el Trece (13) de diciembre del año dos mil veinticinco (2025). CONSIDERANDO #5: Que en fecha Veintiuno (21) de noviembre del año Dos mil veinticinco (2025), la empresa contratada para la ejecución del proyecto, envió nota a la empresa Supervisora de solicitud de prórroga de la fecha de Terminación del Contrato No. 2615/GLA/AMDC/2023, ampliando la vigencia desde el 13 de diciembre de 2025 hasta el 30 de junio de 2026. Esta solicitud se fundamenta en los eventos compensables en la cual se presentan las justificaciones técnicas correspondientes, la evidencia documental de respaldo y el cronograma actualizado que refleja la nueva programación de las actividades. CONSIDERANDO #6: Que la supervisión remitió a la Dirección de Control y Seguimiento en fecha Veintiocho (28) de diciembre del año Dos mil veinticinco (2025), informe de justificación de Modificación No. 2 del Contrato de obra No. 2615/GLA/AMDC/2023.- CÓDIGO No. 2885 “CONSTRUCCIÓN DE LA ETAPA I DEL NUEVO RELLENO SANITARIO MUNICIPAL DEL DISTRITO CENTRAL.” Mediante el cual se está solicitando prorroga por 199 días adicionales a la fecha de finalización del referido contrato de obra. CONSIDERANDO #7: Que la Dirección de Control y Seguimiento remite solicitud de Modificación No. 2 por Ampliación de Tiempo Contractual del Contrato No. 2615/GLA/AMDC/2023.- CÓDIGO No. 2885 “CONSTRUCCIÓN DE LA ETAPA I DEL NUEVO RELLENO SANITARIO MUNICIPAL DEL DISTRITO CENTRAL.”, suscrito entre la Alcaldía Municipal del Distrito Central y la empresa INTERASEO, S.A.S. E.S.P., Dicha modificación fue revisada y aprobada por la Unidad Ejecutora mediante Resumen Ejecutivo de fecha Cuatro (04) de diciembre del año dos mil veinticinco (2025) y memorándum AMDC-DCS-1611-2025, el informe emitido por la supervisión; por lo que esta modificación al contrato está debidamente justificada y soportada conforme a lo siguiente: El relleno sanitario municipal del Distrito Central se encuentra localizado en el Km 6.5 Carretera a Olancho, aldea El Guanábano. Este sector ha funcionado desde hace 50 años aproximadamente como el sitio donde se han depositado los residuos sólidos que produce la Municipalidad del Distrito -- 149 of 196 -- Central. Se estima que este sector ha permitido la disposición de más de 7 millones de toneladas de residuos desde su funcionamiento hasta hoy. Históricamente, el sitio operó como un botadero a cielo abierto, pero en el año 2020 las administraciones municipales de entonces iniciaron algunos proyectos para mejorar las condiciones operativas y ambientales del sitio. No obstante, los esfuerzos realizados han sido insuficientes para convertir este sector en un sitio técnicamente habilitado para recibir y almacenar de forma segura los residuos sólidos, por lo cual, ha sido de interés de la Alcaldía Municipal impulsar un proyecto orientado a la conversión del vertedero controlado en un verdadero relleno sanitario, minimizando la ocurrencia de impactos ambientales que afectan a los recursos naturales y a la población vecina, lo cual se ve reflejado mediante la suscripción del Contrato No. 2615/GLA/AMDC/2023 con código 2885, entre la Alcaldía Municipal del Distrito Central y la empresa INTERASEO S.A.S. E.S.P., para desarrollar el proyecto denominado “CONSTRUCCIÓN DE LA ETAPA I DEL NUEVO RELLENO SANITARIO MUNICIPAL DEL DISTRITO CENTRAL”. La justificación técnica del análisis realizado por la supervisión según lo expuesto por el Contratista, la ejecución de las actividades relacionadas con el proyecto se vió obstaculizada por la falta de aprobación del licenciamiento ambiental del proyecto por parte de la SERNA. Durante este periodo se ejecutaron actividades de obra, pero ninguna perteneciente a la ruta crítica, ya que las actividades principales dependían estrictamente de la obtención de la licencia ambiental. En consecuencia, se generó una afectación sustancial al cronograma, lo cual fundamenta la necesidad de ampliación del plazo. La afectación por este tema son 301 días desde el inicio del contrato hasta la suspensión temporal de los cuales se aprobó por supervisión 167 días. Después del reinicio de los trabajos el 11 de abril de 2025, se presentó una reprogramación orientada a cumplir con el plazo contractual vigente, la cual tiene como fecha de finalización el 13 de diciembre de 2025. No obstante, los registros de la estación meteorológica automatizada instalada por la Supervisión indican que entre abril y octubre de 2025 ocurrieron 83 días de lluvia, de los cuales 32 días presentaron alturas de precipitación superiores a 2 mm, umbral a partir del cual se considera que los rendimientos de maquinaria pesada se ven afectados en actividades de movimiento de tierras. Las cuales genero erosión debido a las lluvias, así como crecimiento de vegetación secundaria. Esto genera surcos, cárcavas y presencia de arbustos y raíces. Es técnicamente indispensable que las superficies estén completamente lisas, estables y sin imperfecciones previo a la instalación del paquete de impermeabilización, ya que cualquier irregularidad representa riesgos significativos, tales como: Ruptura de Geomembranas, inestabilidad geotécnica de la masa de residuos y filtraciones potenciales de lixiviados. Dichos días cumplen con los criterios técnicos para ser considerados como tiempos compensables. El análisis demuestra que el tiempo total que podría ser considerado como compensable asciende a 333 días, producto -- 150 of 196 -- de del proceso de licenciamiento ambiental y a condiciones climatológicas adversas registradas mediante instrumental automatizado instalado por la Supervisión. Estos eventos llevan a un nuevo cronograma estableciendo como nueva fecha de finalización el 30 de junio de 2026 lo que representa una ampliación de 199 días (aprobados por la supervisión), equivalente al 36.25% del plazo contractual original. Con el afán de prever contratiempos que afecten de manera crítica el desenvolvimiento de las actividades del proyecto, en el análisis presentado por la supervisión se detalla la justificación de esta modificación No.2 al contrato. Por esta razón se emite la Modificación No.2 para asegurar que se realicen los trabajos planificados y garantizar la finalización del proyecto con la calidad requerida en su totalidad. CAUSALES DE LA JUSTIFICACIÓN: Esta DIRECCIÓN DE CONTROL Y SEGUIMIENTO, toma como base el informe especial de esta modificación presentado por la supervisión, detallando los causales que dieron lugar a la presente, incurriendo en un incremento en el plazo y manteniendo el monto contractual de conformidad a lo establecido en el artículo No.125 de la Ley de Contratación del Estado y el artículo 187 del reglamento respectivamente conformidad con las Condiciones Generales del Contrato, Numeral 28 (Prorroga) Numeral 44 (eventos compensables). En virtud de lo anteriormente expuesto, y considerando que la fecha de culminación contractual está establecida para el 13 de diciembre de 2025, y que la modificación No.2 al contrato de construcción impacta de forma directa en el Plazo de Ejecución, mediante el presente documento se solicita la ampliación del Plazo de ejecución por 199 días calendario. No obstante, dado que el tiempo propuesto sobrepasa el 25 de enero de 2026, esta modificación #1 requiere la aprobación del Congreso Nacional, en virtud de lo que dispone la normativa legal. La presente solicitud de modificación está dentro del marco legal dado que es potestad de la Administración ampliar los contratos de Obra Pública, con apego a lo que indica la Ley de Contratación del Estado, particularmente lo señalado en los ARTÍCULOS 121, 122, 123 y 125 de dicha Ley y ARTÍCULO 202 y 203 del reglamento de la Ley de Contratación del Estado de dicha Ley y de conformidad con las Condiciones Generales del Contrato, Numeral 28 (Prorroga de plazo) Numeral 44 (eventos compensables (h)). De ser aprobada la solicitud de ampliación de tiempo de ciento noventa y nueve (199) días calendarios adicionales , la fecha prevista de terminación de la totalidad de las obras es el treinta (30) de junio de 2026 siendo obligatorio adecuar un sector de la etapa I para trasladar la disposición final de los residuos desde la celda de transición adecuación que deberá ser entregada el 20 de enero de 2026 dicho sector inicialmente acondicionado deberá tener una vida útil mínima de 2 años, requiriendo la aprobación del Congreso Nacional al pasar el tiempo de esta administración. De acuerdo al análisis técnico realizado por la supervisión de cada una de las actividades contractuales modificadas, se DICTAMINA que es PROCEDENTE la aprobación de dicha modificación No.2 en la ampliación de plazo del Contrato No. 2615/GLA/AMDC/2023, LPN NoLPuNO- -- 151 of 196 -- 008-AMDC-095-202 3, Código 2885, correspondiente al proyecto: “CONSTRUCCIÓN DE LA ETAPA I DEL NUEVO RELLENO SANITARIO MUNICIPAL DEL DISTRITO CENTRAL”. CONSIDERANDO #8 Que del análisis que llevó a cabo la Dirección de Control y Seguimiento y el supervisor, se recomienda ampliar el tiempo de ejecución del contrato. CONSIDERANDO #9: Fundamentamos esta solicitud presentada por el consultor en los artículos 119 numerales 2, 121, 123, 125 de la Ley de Contratación del Estado, 187, 202, 203 y 240 literal b) del Reglamento de la Ley de Contratación del Estado y lo indicado en los numerales 28 (Prorroga de la Fecha Prevista de Terminación) Apartado 28.1 y Numeral 39 (Variaciones), apartado 39.2 de las Condiciones Generales del Contrato. POR TANTO: En base a los artículos enunciados en el Considerando #9 las partes convienen en suscribir la presente Modificación No. 2 de conformidad con las estipulaciones siguientes: PRIMERA: Se modifica la Cláusula Tercera del Contrato original de que deberá leerse de la siguiente manera: CLÁUSULA TERCERA: PLAZO Y ORDEN DE INICIO: PLAZO: EL CONTRATISTA se obliga a construir la obra contratada con apego estricto a los documentos componentes del Contrato, de acuerdo con el Programa de Trabajo aprobado, en un plazo de Setecientos treinta y nueve (739) días calendario. ORDEN DE INICIO: Sera la fecha indicada por la Dirección de Control y Seguimiento SEGUNDA: Así mismo el Contratista deberá ampliar la Garantía de Cumplimiento de Contrato en tres (3) meses después de la nueva fecha de Terminación del contrato. TERCERA: Todas las disposiciones y Cláusulas contenidas en el contrato original, que no se alteren mediante esta Modificación No.2 al Contrato, continúan en vigencia con su pleno valor y efecto. EN TESTIMONIO de lo cual las partes firmamos la presente Modificación No. 2 en dos Ejemplares Originales de conformidad con las Leyes de la República de Honduras, a los Cuatro (04) días del mes de diciembre del año dos mil veinticinco (2025). (F Y S) Jorge Alejandro Aldana Bardales Alcalde Municipal EL CONTRATANTE (F Y S) Eliana Margarita Campo Valverde INTERASEO, S.A.S. E.S.P., EL CONTRATISTA -- 152 of 196 --