Vigente
GACETA ACUERDO No.041-2014 Enlace ENAG
Texto completo
-- 1 of 48 --
-- 2 of 48 --
-- 3 of 48 --
-- 4 of 48 --
-- 5 of 48 --
-- 6 of 48 --
-- 7 of 48 --
-- 8 of 48 --
-- 9 of 48 --
-- 10 of 48 --
-- 11 of 48 --
-- 12 of 48 --
-- 13 of 48 --
-- 14 of 48 --
-- 15 of 48 --
-- 16 of 48 --
-- 17 of 48 --
-- 18 of 48 --
-- 19 of 48 --
-- 20 of 48 --
-- 21 of 48 --
-- 22 of 48 --
-- 23 of 48 --
-- 24 of 48 --
-- 25 of 48 --
-- 26 of 48 --
-- 27 of 48 --
-- 28 of 48 --
-- 29 of 48 --
-- 30 of 48 --
-- 31 of 48 --
-- 32 of 48 --
-- 33 of 48 --
-- 34 of 48 --
-- 35 of 48 --
-- 36 of 48 --
-- 37 of 48 --
-- 38 of 48 --
-- 39 of 48 --
-- 40 of 48 --
-- 41 of 48 --
-- 42 of 48 --
-- 43 of 48 --
-- 44 of 48 --
-- 45 of 48 --
-- 46 of 48 --
-- 47 of 48 --
-- 48 of 48 --
Leyes relacionadas
Diario Oficial la Gaceta
Decreto 103-2018 | 2018
Diario Oficial la Gaceta
Decreto 103-2018 | 2018
"DELEGAR en el Director o en su defecto por su ausencia en el Subdirector de la Dirección General de Política Tributaria de esta Secretaría de Estado, la emisión y firma de dictámenes que se requieran de conformidad con la Ley, para la operación y funcionamiento de Centros de Atención de Llamadas (Call Centers) y los Centros de Tercerización de Servicios Empresariales (BPO’S), así como los beneficios y obligaciones de los titulares que desarrollen, administren u operen los mismos."
El Decreto 59-2017 autoriza al Director de Política Tributaria (o al Subdirector en su ausencia) para emitir y firmar documentos oficiales que permitan que empresas operen centros de llamadas (Call Centers) y servicios de tercerización empresarial (BPO's) en Honduras. Estos documentos establecen los beneficios fiscales y obligaciones que deben cumplir estas empresas para funcionar legalmente.
Decreto 59-2017 | 2017
Aprobar LA CLAUSULA SÉPTIMA DEL CONVENIO SUBSIDIARIO DE CO-EJECUCIÓN PARA EL PROYECTO AMPLIACIÓN HOSPITAL REGIONAL DEL SUR, CÓDIGO 106562, SUSCRITO ENTRE EL INSTITUTO DE DESARROLLO COMUNITARIO, AGUA Y SANEAMIENTO (IDECOAS) POR MEDIO DEL FONDO HONDUREÑO DE INVERSIÓN SOCIAL (FHIS) Y LA ONG DENOMINADA “FUNDACIÓN AGROLíBANO, en fecha 11 de noviembre de 2016, por un monto inicial de TRECE MILLONES SETENTA Y OCHO MIL CIENTO SETENTA Y SIETE LEMPIRAS CON CUARENTA Y CUATRO CENTAVOS (L. 13,078,177.44), aumentando la cuantía del Proyecto en una estimación adicional de CUATRO MILLONES QUINIENTOS SETENTA Y SIETE MIL TRESCIENTOS SESENTA Y DOS LEMPIRAS CON DIEZ CENTAVOS (L. 4,577,362.10), con el objeto de llevar a cabo la ejecución de las obras adicionales requeridas para la completa finalización del Proyecto AMPLIACIÓN HOSPITAL REGIONAL DEL SUR, haciendo un gran total del monto del Proyecto Original, más las obras adicionales requeridas por valor de DIECISIETE MILLONES SEISCIENTOS CINCUENTA Y CINCO MIL QUINIENTOS TREINTA Y NUEVE LEMPIRAS CON CINCUENTA Y CUATRO CENTAVOS (L. 17,655,539.54), para lo cual deberá suscribirse la Adenda al Convenio respectivo
Decreto 57-2018 | 2018
La Gaceta Diario Oficial de la República de Honduras (No.33655)
Este documento aprueba el Reglamento Interno de la Secretaría de Estado de la Presidencia, que organiza las nuevas dependencias creadas en 2014. Establece cómo funcionarán la Dirección de Cultura, Artes y Deportes, el Gabinete de Prevención, y otras unidades administrativas, definiendo sus responsabilidades, estructura y cómo deben operar para ejecutar políticas públicas de manera eficiente.
Decreto | 2015