VigenteCategoria: Salud
14 de junio de 2024 | Poder Ejecutivo | La Gaceta No. 36,560
Gaceta 36,560 VIERNES 14 DE JUNIO DEL 2024
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Resumen
Este acuerdo crea 14 programas de salud (vacunas, enfermedades no transmisibles, salud mental, dental, ambiental, etc.) bajo la dirección de un nuevo departamento llamado Dirección General de Riesgos Poblacionales. Estos programas establecerán normas y supervisarán que los servicios de salud se entreguen correctamente en Honduras.
Considerandos
- 1.Que de acuerdo a la Constitución de la República se reconoce el derecho a la protección de la salud. Que es deber de todos participar en la promoción y preservación de la salud personal y de la comunidad.
- 2.Que la Constitución manda como obligación del Poder Ejecutivo adoptar las medias de promoción, prevención, recuperación y rehabilitación de la salud de los habitantes y expresa que el Poder Ejecutivo, por medio de la Secretaría de Estado en el Despacho de Salud, Rectora el Sistema Nacional de Salud, por ende, le compete lo concerniente a la formulación, coordinación, ejecución y evaluación de las políticas relacionadas con la protección, fomento, prevención, preservación, restitución y rehabilitación de la salud de la población.
- 3.Que el artículo 29 de la Ley General de la Administración Pública estipula que, a la Secretario de Estado en el Despacho de Salud, le compete lo concerniente a la formulación, coordinación, ejecución y evaluación de las políticas relacionadas con la protección, fomento, prevención, preservación, restitución y rehabilitación de la salud de la población.
- 4.Que el Secretario de Estado en el Despacho de Salud, como máxima autoridad, debe -- 1 of 3 -- EDIS ANTONIO MONCADA SULY YADIRA ANDRADE GUTIERREZ Colonia MirafIores Teléfono/Fax: Gerencia 2230-2520, 2230-1821 Administración: 2230-3026 CENTRO CÍVICO GUBERNAMENTAL ejercer la conducción superior, para lo cual debe tomar las decisiones sobre las Unidades que se requieren dentro de la estructura organizativa de la SESAL para lograr los objetivos institucionales y emitir los Acuerdos y Resoluciones en los asuntos de su competencia según lo establecido en el Artículo 36 Numeral 8) de la Ley General de la Administración Publica.
- 5.Que mediante Decreto Ejecutivo No. 15-2024 publicado en el Diario Oficial La Gaceta en fecha 01 de junio del año 2024, la Presidenta de la República en Consejos de Secretarios de Estado, decretó la creación de la Dirección General de Riesgos Poblacionales, la cual estará adscrita a la Subsecretaria de Regulación.
- 6.Que el Artículo 68 inciso d) del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Competencias del Poder Ejecutivo, reformado mediante Decreto Ejecutivo No. 15-2024, menciona que la Dirección General de Riesgos Poblacionales, será la encargada de dirigir técnicamente los procesos estratégicos relacionados con los programas de salud…
- 7.Que el Artículo 104 incisos a) y d) del Reglamento Interno de Organización y Funciones de la SESAL establece: Sin perjuicio de la potestad del Secretario de la SESAL de hacer propuestas de organización interna de la Institución, se considerarán motivos para la modificación del presente Reglamento: a) La creación de una nueva entidad; y, d) Para optimizar o simplificar los procesos de la entidad con la finalidad de cumplir con mayor eficiencia su misión y funciones.
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