Decreto Ejecutivo No. PCM-032-2021 — Reforma del Artículo 1 del Decreto Ejecutivo PCM-001-2015 - Instituciones Participantes Centro Cívico Gubernamental
Considerandos
- 1.Que de conformidad al Artículo 245 de la Constitución de la República, el Presidente de la República tiene a su cargo la Administración General del Estado, siendo entre otras de sus atribuciones emitir Acuerdos y Decretos y expedir Reglamentos y Resoluciones conforme a la Ley.
- 2.Que con fundamento a lo establecido en los Artículos 11 y 17 de la Ley General de la Administración Pública, el Presidente de la República tiene a su cargo la suprema dirección y coordinación de la Administración Pública Centralizada y Descentralizada, quien en el ejercicio de sus funciones, podrá actuar por sí o en Consejo de Ministros de conformidad con lo establecido en la Constitución de la República y las leyes.
- 3.Que el Poder Ejecutivo mediante Decreto Ejecutivo Número PCM-062-2013 publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” del 26 de diciembre de 2013, aprobó el Contrato de Fideicomiso para la Administración del Proyecto “Centro Cívico Gubernamental”, celebrado entre el Estado de Honduras por medio de la Comisión para la Promoción de la Alianza Público-Privada (COALIANZA) y Banco LAFISE (Honduras), S.A., el cual además instruye a la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas, para que efectúe las transferencias presupuestarias necesarias al Fideicomiso y a la Dirección General de Bienes Nacional, dependiente de la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas, para que se incorpore y/o traspase los bienes inmuebles que correspondan como aportación patrimonial del Estado al referido Fideicomiso.
- 4.Que el Congreso Nacional mediante Decreto Legislativo No. 307-2013 publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” del 12 de mayo de 2014, aprobó el Contrato de Fideicomiso para la Administración del Proyecto “Centro Cívico Gubernamental”, celebrado entre el Estado de Honduras por medio de la Comisión para la Promoción de la ABOG. THELMA LETICIA NEDA JORGE ALBERTO RICO SALINAS Coordinador y Supervisor Colonia MirafIores Teléfono/Fax: Gerencia 2230-2520, 2230-1821 Administración: 2230-3026 CENTRO CÍVICO GUBERNAMENTAL Alianza Público-Privada (COALIANZA) y Banco LAFISE (Honduras), S.A., ratificando y aprobando la instrucción dada por el Poder Ejecutivo para que las instituciones que se adhieran al fideicomiso creado realicen las reservas presupuestarias correspondientes al pago de arrendamientos de los edificios; para que la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas efectúe las transferencias de las partidas presupuestarias, presentes y futuras, de los gastos de arrendamiento, gastos de operación, seguridad, limpieza, mantenimiento y otros, al Fideicomiso aprobado; y, además, la autorización para que el mismo Poder Ejecutivo y la Procuraduría General de la República efectúen el traspaso dominical y/o incorporación de los bienes inmuebles que identifique y documente la Dirección General de Bienes Nacionales de la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas, incorporándose al patrimonio del Fideicomiso según el Decreto Ejecutivo referido en el considerando anterior; siendo esta Asociación Pública Privada única en su modalidad entre las todas las formas de participación público privada aprobadas y vigentes a la fecha.
- 5.Que mediante Decreto Legislativo 165- 2015 se reforma el Artículo 2 del Decreto Legislativo No. 307-2013 y que en una de sus partes establece, que cualquier institución del sector público, incluyendo las que no se encuentran adscritas a ningún Poder del Estado en particular, pueden incorporarse al proyecto denominado “Centro Cívico Gubernamental”, sin más trámite que la solicitud que deben dirigir al Fiduciario y suscribir el acta de incorporación del presupuesto correspondiente de la institución al Fideicomiso, por conducto de la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas (SEFIN)”.
- 6.Que en fecha 01 de febrero del 2016 se adjudicó el Contrato de Alianza Público Privada para la prestación de los Servicios y el “DISEÑO, FINANCIAMIENTO, DEMOLICIÓN, CONSTRUCCIÓN, EQUIPAMIENTO, OPERACIÓN, EXPLOTACIÓN Y MANTENIMIENTO DE LAS INSTALACIONES DEL CENTRO CÍVICO GUBERNAMENTAL”, al Inversionista Operador Privado GIA+A. S.A de C.V., finalizando la suscripción del mismo el 15 de agosto del 2016, el cual establece en su Cláusula 19.5 Fondo de Reserva para el Pago de la Contraprestación que la Secretaría de Finanzas respaldara el pago mensual por la Contraprestación solicitada por el Inversionista Operador Privado en su Oferta Económica así como facilitar el Financiamiento del Proyecto y considerar el pago íntegro, oportuno y efectivo de los pagos mensuales netos.
- 7.Que mediante Decreto Ejecutivo Número PCM-001-2015 publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” No. 33,625 en fecha 7 de enero del año 2015, se designa a las dependencias del Poder Ejecutivo que mantienen oficinas en el municipio del Distrito Central y que formarán parte del Proyecto denominado “Centro Cívico Gubernamental”, de conformidad con la clasificación en el Sistema de Administración Financiera (SIAFI).
- 8.Que podrán asimismo formar parte del Proyecto denominado “Centro Cívico Gubernamental”, cualquier otra institución u organismo que sea debidamente acreditado por el Gobierno de la República a través de Comité Técnico del Fideicomiso sin requerir de nueva aprobación del Presidente de la República en Consejo de Secretarios de Estado, siempre y cuando contengan el presupuesto aprobado necesario para ser incorporado al patrimonio del Fideicomiso para atender sus requerimientos; debiendo sujetarse a las disposiciones contenidas en el presente Decreto Ejecutivo.
- 9.Que en fecha 14 de enero del 2020 en la Ciudad de Guatemala se suscribió Plan de Cooperación entre el Gobierno de la República de Honduras y MASHAV – Agencia Israelí de Cooperación Internacional para el Desarrollo del Ministerio de Asuntos Exteriores del Estado de Israel, con el propósito de mejorar la colaboración e integración en beneficio de proyecto conjuntos, mediante el impulso y promoción de iniciativas en la República de Honduras que involucren tecnologías y experiencia en diversas áreas como ser tecnologías agrícolas, tecnologías de salud, tecnologías educativas, así como cualquier otra área de cooperación que se acuerde mutuamente.
- 10.Que en el espacio de tiempo transcurrido desde la aprobación del citado Decreto Ejecutivo Número PCM-001-2015, se han producido circunstancias que han hecho necesario reestructurar el listado de instituciones y dependencias que formarían parte del Proyecto “Centro Cívico Gubernamental”, como ser las siguientes: i) Supresión y liquidación de varias instituciones; ii) Falta de traslados de fondos de las Instituciones al Fideicomiso; y, la iii) Modificación de la estructura de personal de algunas instituciones, volviéndolas incompatibles con el diseño del proyecto.
- 11.Que con el fin de actualizar el listado de las Instituciones participantes que contarán con un espacio dentro del Complejo denominado “Centro Cívico Gubernamental”, así como las Instituciones que por las circunstancias expuestas en el considerando que antecede quedaran excluidos del mismo, es necesario reformar el Artículo 1 del Decreto Ejecutivo Número PCM-001-2015.
Articulos
Articulo 1
Reformar el Artículo 1 del Decreto Ejecutivo Número PCM-001-2015, publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” en fecha 7 de enero del 2015, Edición No. 33,625, con el fin de actualizar el listado de las Instituciones Participantes que contarán con un espacio dentro del Complejo denominado Centro Cívico Gubernamental, así como las Instituciones que por las circunstancias expuestas en los considerandos del presente Decreto quedan excluidos del mismo. El cual se leerá de la siguiente manera: “TÍTULO PRIMERO: INSTITUCIONES PARTICIPANTES
Articulo 1
De conformidad… Instituciones Participantes que continuarán formando parte del Proyecto Centro Cívico Gubernamental: 1. Presidencia de la República; 2. Secretaría de Estado en el Despacho de Coordinación General de Gobierno; 3. Secretaría de Estado en los Despachos de Gobernación, Justicia y Descentralización; 4. Secretaría de Estado en el Despacho de la Presidencia; 5. Secretaría de Estado en los Despachos de Desarrollo e Inclusión Social; 6. Secretaría de Estado en el Despacho de Salud (Unidad Administradora de Fondos de Cooperación Externos); 7. Secretaría de Estado en el Despacho de Educación; 8. Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico; 9. Secretaría de Estado en los Despachos de Trabajo y Seguridad Social; 10. Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad; 11. Secretaría de Estado en el Despacho de Defensa; 12. Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas; 13. Secretaría de Estado en los Despachos de Recursos Naturales y Ambiente; 14. Secretaría de Desarrollo Comunitario, Agua y Saneamiento (Fondo Hondureño de Inversión Social); 15. Administración Aduanera de Honduras; 16. Comisión Nacional Supervisora de Servicios Públicos; 17. Comisión Interinstitucional Contra la Explotación Sexual Comercial y Trata de Personas; 18. Despacho Ministerial de Socialización y Acompañamiento Digital de los Proyectos Presidenciales; 19. Dirección de Asuntos Disciplinarios Policiales; 20. Ente Regulador de Servicios de Agua Potable y Saneamiento; 21. Empresa Nacional de Energía Eléctrica; 22. Empresa Nacional Portuaria; 23. Instituto de la Propiedad; 24. Instituto Nacional de Migración; 25. Instituto Hondureño de Turismo; 26. Instituto Nacional de Estadística; 27. Instituto Hondureño para la Prevención del Alcoholismo, Drogadicción Farmacodependencia; 28. Instituto Nacional de la Mujer; 29. Instituto Nacional de la Juventud; 30. Programa Nacional de Desarrollo Rural y Urbano Sostenible; 31. Servicio Nacional de Emprendimiento y Pequeños Negocios; 32. Servicio de Administración de Rentas; y, 33. Superintendencia de Alianza Público-Privada. Instituciones Participantes que dejarán de formar parte del Proyecto Centro Cívico Gubernamental y que procederán a suscribir contratos de arrendamiento y demás servicios conexos: 1. Comisión Nacional de Bancos y Seguros; 2. Instituto Nacional de Antropología e His- toria; 3. Instituto Nacional Agrario; 4. Dirección General de la Marina Mercante; y, 5. Dirección Ejecutiva de Cultura Artes y Deportes. Podrán asimismo formar parte del Proyecto denominado “Centro Cívico Gubernamental”, cualquier otra institución del Sector Público u Organismo que sea debidamente acreditado por el Gobierno de la República que así lo manifiesten ante el Comité Técnico del Fideicomiso sin requerir de nueva aprobación del Presidente de la República en Consejo de Secretarios de Estado, aun cuando no alquilen o arrienden oficinas o servicios conexos en el Municipio del Distrito Central, siempre y cuando contengan el presupuesto aprobado necesario para ser incorporado al patrimonio del Fideicomiso para atender sus requerimientos; debiendo sujetarse a las disposiciones contenidas en el presente Decreto Ejecutivo”.
Articulo 2
Autorizar a la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas (SEFIN) para que pueda otorgar el presupuesto requerido a las Instituciones de la Administración Central que serán excluidas del Proyecto Centro Cívico Gubernamental detalladas en el Artículo 1 de este Decreto. La SEFIN a través de la Dirección General de Fideicomisos confirmará el monto que debe ser trasladado a cada Institución de la Administración Central para que pueda continuar con el pago de arrendamiento y servicios conexos. La solicitud debe ser enviada por la Máxima Autoridad institucional.
Articulo 3
El presente Decreto Ejecutivo entra en vigencia a partir del día de su publicación en el Diario Oficial “La Gaceta”. Dado en Casa Presidencial, en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los dieciséis (16) días del mes de marzo del año dos mil veintiuno (2021). COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE. JUAN ORLANDO HERNÁNDEZ ALVARADO PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CARLOS ALBERTO MADERO ERAZO SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE COORDINACIÓN GENERAL DE GOBIERNO EBAL JAIR DÍAZ LUPIAN SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE LA PRESIDENCIA HECTOR LEONEL AYALA ALVARENGA SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE GOBERNACIÓN, JUSTICIA Y DESCENTRALIZACIÓN LISANDRO ROSALES BANEGAS SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE RELACIONES EXTERIORES Y COOPERACIÓN INTERNACIONAL ZOILA PATRICIA CRUZ CERRATO SECRETARIA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE DESARROLLO E INCLUSIÓN SOCIAL MARÍA ANTONIA RIVERA SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DESARROLLO ECONÓMICO ROBERTO ANTONIO PINEDA RODRÍGUEZ SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS PÚBLICOS. JULIAN PACHECO TINOCO SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE SEGURIDAD NACIONAL FREDY SANTIAGO DIAZ ZELAYA SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DEFENSA NACIONAL ALBA CONSUELO FLORES SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE SALUD ARNALDO BUESO HERNÁNDEZ SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE EDUCACIÓN OLVIN ANIBAL VILLALOBOS VELÁSQUEZ SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL MAURICIO GUEVARA PINTO SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE AGRICULTURA Y GANADERIA ELVIS YOVANNI RODAS FLORES SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE RECURSOS NATURALES Y AMBIENTE MARCO ANTONIO MIDENCE MILLA SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE FINANZAS JACKELINE ARELY ANCHECTA CASTRO SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DERECHOS HUMANOS, POR LEY ROBERTO ANTONIO ORDOÑEZ WOLFOVICH SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE ENERGÍA NICOLE MARRDER AGUILAR SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE TURISMO NELSON JAVIER MARQUEZ EUCEDA SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE DESARROLLO COMUNITARIO, AGUA Y SANEAMIENTO (SEDECOAS). MAX ALEJANDRO GONZALES SABILLON SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE GESTIÓN DE RIESGOS Y CONTINGENCIAS NACIONALES. MARIA ANDREA MATAMOROS SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE TRANSPARENCIA Poder Ejecutivo