Vigente
Decreto No. 2026-963 | 5 de mayo de 2026 | La Gaceta No. 37,187

Aviso No. 2026-963 — Solicitud de registro de MARCA DE SERVICIO - MÉNDEZ LABORATORIO CLÍNICO

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Resumen

Esta resolución registra oficialmente la marca de servicio "MÉNDEZ LABORATORIO CLÍNICO" a favor del Laboratorio de Análisis Clínicos Méndez y Asociados. La marca protege los servicios de laboratorio médico (análisis de sangre, orina, bacteriología, PCR-RT y pruebas especiales) y aplicaciones informáticas para gestión médica, impidiendo que otros negocios usen este nombre de forma idéntica.

Texto completo

Número de Solicitud: 2026-963 Fecha de presentación: 2026-02-16 Fecha de emisión: 5 de mayo de 2026 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: Laboratorio de Análisis Clínicos Méndez y Asociados, S. de R.L. Domicilio: Barrio El Hospital, Calle Roosevelt, 1 cuadra al este del Hospital del Sur, Choluteca, Choluteca, CP 51101, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL RICARDO ARÚN GALO FLORES E.- CLASE INTERNACIONAL (44) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN MÉNDEZ LABORATORIO CLÍNICO G.- H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación en su conjunto "MÉNDEZ SALUD" y la apariencia de su etiqueta, sin otorgar exclusividad de uso de la palabra "SALUD" en forma separada. Los demás elementos denominativos contenidos en el ejemplar de etiqueta no se protegen. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Programa de ordenador y aplicaciones informáticas para la gestión de servicios médicos, incluyendo agenda de citas médicas, recepción y almacenamiento de resultados de laboratorio, manejo de expedientes clínicos digitales y administración de información hospitalaria, de la clase 9. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 7, 22 J. y 6 A. 2026. MARIA LIDIA PAZ SALAS Registro de la Propiedad Industrial H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación en su conjunto "MÉNDEZ LABORATORIO CLÍNICO" y la apariencia de su etiqueta, sin otorgar exclusividad de uso de los términos "LABORATORIO CLÍNICO" en forma separada. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Servicios de laboratorio médico, uroanálisis, química sanguínea, coproanálisis, hematológico, bacteriología, y pruebas especiales (VIH, TSH, PSA), Biología molecular (PCR-RT), de la clase 44. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. ABOGADA CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 7, 22 J. y 6 A. 2026. B. 37 Sección B Avisos Legales REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M.D.C., 7 DE JULIO DEL 2026 No. 37,187 La Gaceta

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