Decreto-47-2026
Resumen
Este decreto designa a Wagner Vallecillo Paredes como Presidente de la Corte Suprema de Justicia para completar el período 2023-2030, tras la renuncia de la anterior presidenta. También establece un orden de precedencia entre los 15 magistrados para que asuman la presidencia si es necesario, y requiere que todos los presidentes de la Sala Constitucional sirvan al menos un año en el cargo.
Considerandos
- 1.Que de conformidad con el Artículo 205 Atribución 9) de la Constitución de la República, corresponde al Congreso Nacional: Elegir para el período que corresponda y de la nómina de candidatos que le proponga la Junta Nominadora a que se refiere la Constitución a los Magistrados a la Corte Suprema de Justicia (CSJ).
- 2.Que el Congreso Nacional de la República eligió a la actual Corte Suprema de Justicia (CSJ) en el Decreto Legislativo No.2-2023 por un período de siete (7) años, habiendo tomado en consideración la nómina presentada por la Honorable Junta Nominadora.
- 3.Que el 25 de Marzo de 2026, la Magistrada Rebeca Lizette Ráquel Obando, presentó su Renuncia del cargo de Presidenta de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), la cual fue aprobada por el Congreso Nacional, como Órgano Constitucional competente según la Atribución contenida en el Artículo 205 Atribución 12) de concederles licencias y admitirles o no su renuncia y llenar las vacantes en caso de falta absoluta de alguna del Presidente, designados a la Presidencia de la República y a los demás funcionarios que elija el Congreso Nacional.
- 4.Que el Artículo 315 de la Constitución de la República señala que la Corte Suprema de Justicia cumplirá sus funciones constitucionales y legales bajo la Presidencia de uno de sus Magistrados. La Elección del Presidente de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), se hará con la propuesta que remita el Pleno de Magistrados por el voto favorable de dos terceras (2/3) partes de sus miembros, el que será elegido por el Congreso Nacional, por el voto favorable de dos terceras (2/3) partes de sus miembros.
- 5.Que el 27 de Marzo de 2026 la Secretaría General Adjunta de la Corte Suprema de Justicia comunicó a la Secretaría del Congreso Nacional, que el Pleno de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) resolvió por unanimidad de votos proponer al Magistrado Wagner Vallecillo Paredes, como Presidente de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) para completar el período constitucional 2023-2030, en virtud de la renuncia del cargo de Presidenta.
Articulos
Articulo 1
Elíjense al Abogado y Notario WAGNER VALLECILLO PAREDES como PRESI- DENTE DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA a propuesta del Pleno de Magistrados, por el término restante por el que fue electa la actual Corte Suprema de Justicia (CSJ), con base en el Artículo 1 del Decreto No.2-2023. Poder Legislativo DECRETO No. 47-2026 -- 1 of 2 --
Articulo 2
Se establece el orden de precedencia de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) para completar su período constitucional de elección, el que quedará de la siguiente forma: 1) Wagner Vallecillo Paredes; 2) Luis Fernando Padilla Castellanos; 3) Rebeca Lizette Ráquel Obando; 4) Francisca Villela Zavala; 5) Gaudy Alejandra Bustillo Martínez; 6) Sonia Marlina Dubón Villeda; 7) Odalis Aleyda Nájera Medina; 8) Anny Belinda Ochoa Medrano; 9) Mario Rolando Díaz Flores; 10) Nelson Danilo Mairena Franco; 11) lsbela Bustillo Hernández; 12) Rubenia Esperanza Galeano Barralaga; 17) Milton Danilo Jiménez Puerto; 18) Walter Raúl Miranda Sabio; y, 19) Roy Pineda Castro.
Articulo 3
TRANSITORIO. En caso de ausencia del Magistrado Presidente de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), éste será sustituido por el Magistrado que le siga en el orden de precedencia establecido en el presente Decreto Legislativo.
Articulo 4
TRANSITORIO. Todos los Magistrados que integren la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) deben ejercer su Presidencia por un período de al menos un año. El último año del período constitucional 2023-2030, la Sala de lo Constitucional será presidida por el Magistrado miembro que ocupe el primer lugar en el orden de Precedencia establecido en el Artículo 2 de este Decreto.
Articulo 5
El presente Decreto entrará en vigencia a partir del día de su publicación en el Diario Oficial "La Gaceta". Dado en la Ciudad de Tegucigalpa, Municipio del Distrito Central, en el Salón de Sesiones del Congreso Nacional, a los siete días del mes de abril dos mil veintiséis. JOSÉ TOMÁS ZAMBRANO MOLINA PRESIDENTE CARLOS ROBERTO LEDEZMA CASCO SECRETARIO FRANCIS OMAR CABRERA MIRANDA SECRETARIO Por Tanto: Publíquese -- 2 of 2 --