Leyes de Honduras
VigenteCategoria: ConstitucionalTipo: Otro
Decreto No. 011-2010 | 30 de abril de 2010 | Poder Ejecutivo | La Gaceta No. 32,200

Crease la Comision de la Verdad y la Reconciliacion

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Resumen

Esta ley crea la Comisión de la Verdad y la Reconciliación, un organismo independiente formado por 5 miembros (2 hondureños y 3 internacionales) con duración de al menos 8 meses. Su función es investigar los hechos ocurridos antes y después del 28 de junio de 2009 durante la crisis política, emitir un informe público con recomendaciones para fortalecer la democracia y prevenir futuros conflictos, promoviendo la reconciliación entre hondureños.

Considerandos

  1. 1.Que Honduras es un Estado de Derecho, soberano, constituido en República libre, democrática e independiente para asegurar a sus habitantes el goce de la justicia, la libertad, la cultura y el bienestar económico y social.
  2. 2.Que Honduras hace suyos los principios y prácticas del derecho internacional que propendan a la solidaridad humana, el respeto de la autodeterminación de los pueblos, a la no intervención y el afianzamiento de la paz y la democracia universal.
  3. 3.Que el Presidente de la República de Honduras, en seguimiento a los pactos contenidos en el Acuerdo Tegucigalpa -San José en octubre de 2009, teniendo como principal objetivo la paz, la concordia y la convivencia pacífica del pueblo hondureño, así como el pleno ejercicio de sus libertades democráticas asume con total convicción la necesidad de que se esclarzcan los hechos en torno a la reciente crisis política y social vivida en nuestro país a fin de generar los elementos necesarios para que tales situaciones no se vuelvan a repetir y se establezca la reconciliación y el entendimiento entre hondureños y hondureños.
  4. 4.Que en tal sentido, el Gobierno de Honduras ha tomado la decisión de asumir como responsabilidad de su actual Administración, la organización y la puesta en marcha de la Comisión de la Verdad y la Reconciliación, siguiendo la recomendación que acordarán los negociadores de las partes en el referido Acuerdo Tegucigalpa San José y en los términos en que fuera negociada por las partes en Octubre de 2009.
  5. 5.Que con esta determinación, entendemos el mandato recibido por voto popular en las urnas, en los que se ha tenido la mayor afluencia de votantes en la historia democrática de nuestro país y siendo favorecidos con el más alto porcentaje en las recientes elecciones generales, como un signo claro e inequívoco de la población hondureña a favor de un camino político y social de entendimiento, de reconciliación y de convivencia pacífica, dejando atrás la confrontación, las divisiones, las posiciones extremas y las fracturas internas que nos impiden un sano desarrollo democrático.