VigenteCategoria: AdministrativoTipo: Acuerdo
Decreto No. PRS-03-2023 | 16 de noviembre de 2023 | La Gaceta No. 36,385
Acuerdo-PRS-03-2023
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Resumen
Este acuerdo crea el Programa de Becas Solidarias para ayudar a estudiantes de primaria y media en situación de pobreza en aldeas focalizadas. El programa otorgará 30,000 becas de L 2,000 cada una (con presupuesto de L 62.4 millones) para que niños y jóvenes vulnerables puedan permanecer y avanzar en sus estudios en escuelas públicas.
Considerandos
- 1.Que la Constitución de la República en su Artículo 59 establece que la persona humana es el fin supremo de la sociedad y del Estado, en ese sentido deben emitirse las disposiciones y ejecutarse las acciones necesarias para protegerla y proteger sus bienes.
- 2.Que la Constitución de la República en su Artículo 151 establece que la Educación es función esencial del Estado para la conservación, fomento y difusión de la cultura, debiendo proyectar sus beneficios sin discriminación de ninguna naturaleza. La cual deberá ser laica y fundamentándose en principios esenciales de democracia, vinculándose directamente con el proceso de desarrollo económico del país.
- 3.Que la Constitución de la República en su Artículo 153 establece que el Estado de Honduras debe garantizar el derecho a la educación de todos los niños y niñas, mediante la eliminación de barreras para el acceso y la provisión de recursos y oportunidades educativas equitativas, siendo fundamental para erradicar la pobreza y garantizar otros derechos humanos fundamentales. Para cumplir con esta responsabilidad el Estado debe establecer políticas y programas que promuevan la igualdad de acceso a la educación y supervisar la calidad de esta.
- 4.Que el Artículo 43 de la Ley General de Administración Pública señala que la desconcentración funcional se verifica mediante la creación de entidades u órganos que, no obstante, dependerá jerárquicamente de un órgano central, se les atribuye competencia propia, la cual ejercitan con autonomía técnica-administrativa y financiera. Las Entidades y órganos desconcentrados podrán ordenar pagos contra cuentas especiales abiertas en el Banco Central de Honduras, y suscribir contratos de suministros de bienes, obras o servicios u otros permitidos por las Leyes, hasta los límites que determinan las normas.
- 5.Que el Artículo 116 de la Ley General de Administración Pública señala que los actos de los órganos de la Administración Pública adoptarán la forma de Decretos, Acuerdos, Resoluciones o Providencias.
- 6.Que el Artículo 118 de la Ley General de Administración Pública señala que “Se emitirán por Acuerdo: 1. Las decisiones de carácter particular que se tomaren fuera de los procedimientos en que los particulares intervengan como parte interesada. 2. Los actos de carácter general que se dictaren en el ejercicio de la potestad reglamentaria. La motivación de estos actos estará precedida por la designación de la autoridad que los emite y seguida por la fórmula “ACUERDA”. -- 1 of 7 --
- 7.Que el Artículo 122 de la Ley General de Administración Pública señala lo siguiente: Los Acuerdos, Resoluciones y Providencias serán firmadas por el titular del órgano que los emite y autorizados por el funcionario que indiquen las disposiciones legales.
- 8.Que mediante el artículo 1 del PCM- 08-2022 se crea el Programa de la Red Solidaria, que ejecuta proyectos asignados o pre diseñados por la Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Social, de las acciones tendientes a mejorar de manera progresiva las condiciones de vida y acceso a mecanismos de protección social de hogares que viven en condiciones de pobreza y pobreza extrema, cuenta con autonomía técnica, financiera y administrativa, en calidad de ente desconcentrado y autónomo, encargado del diseño, ejecución, supervisión, administración de proyectos sociales y los que le sean asignados, como resultado de la formalización de contratos, convenios, acuerdos de financiamiento externos, donaciones, convenios interinstitucionales o designación directa de los órganos de decisión por el Gobierno de la República de Honduras.
- 9.Que sigue citando el Decreto PCM- 08-2022 en su artículo 12 numeral 11, y establece como una de las funciones del Programa de la Red Solidaria, ejecutar los programas y proyectos designados para el desarrollo de la inclusión social en el país, basándose en principios de transparencia, objetividad, inclusión y eficiencia.
- 10.Que el Artículo 12 del Decreto Ejecutivo PCM-05-2022 establece que el Programa de la Red Solidaria, ejecuta inversiones en las áreas de salud, educación, infraestructura social básica y proyectos productivos, para las familias que viven en condiciones de pobreza y pobreza extrema focalizadas por Observatorio de Desarrollo Social (ODS).
- 11.Que el PCM-08-2022, Artículo 31, en su numeral 3, establece que además de los Programas y Proyectos descritos en el Artículo 30, se asignan al Programa de la Red Solidaria becas orientadas al Eje de Educación.
- 12.Que el derecho a la Educación en los últimos años se vio disminuido por la aplicación de políticas neoliberales y como parte de las propuestas del Plan de Gobierno Bicentenario para Refundar Honduras se encuentra la de generar un programa de becas para los jóvenes de educación primaria, media y universitaria en pro de garantizar su acceso universal.
- 13.Que es prioridad del Gobierno de la República, fomentar la eficiencia de la producción en el campo y propiciar la justa distribución de la riqueza, así como promover el desarrollo económico, social y la competitividad sostenible de todos los sectores productivos del país.
- 14.Que, entre las atribuciones de la Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico, figura la administración del régimen de comercio exterior de Honduras.
- 15.Que para abastecer el mercado nacional es necesario complementar la oferta de cebolla con importaciones a efecto de evitar desabastecimiento y alza injustificada de los precios a los consumidores, siendo de sus atribuciones y competencia de la Secretaría de Agricultura y Ganadería velar por un adecuado abastecimiento de productos esenciales para el consumo nacional.
- 16.Que de conformidad con el Acuerdo Ministerial No.009-2015 de fecha 21 de enero de 2015, reformado mediante Acuerdo Ministerial 042-2016 del 21 de junio del 2016, la importación de cebolla bajo los incisos arancelarios 0703.10.11.00; 0703.10.12.00 y 0703.10.13.00 CAPITULO V DISPOSICIONES FINALES Artículo 17.- Todo lo no previsto en el presente Reglamento será resuelto conforme a lo establecido en las Leyes y Reglamentos que rigen la administración del Estado y los manuales que se aprueben en el futuro por el Programa de la Red Solidaria. CUARTO: El presente Acuerdo entrará en vigencia inmediata a partir de su firma y deberá ser publicado en el Diario Oficial “La Gaceta”. COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE. Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los dos días del mes de agosto del año dos mil veintitrés 2023. LIC. JOSÉ CARLOS CARDONA ERAZO Director Ejecutivo Ad honorem Programa de la Red Solidaria ABG. SUZY STEPHANY SALINAS CABRERA Secretaria General, por Delegación Acuerdo PRS-DE-07-2023 Programa de la Red Solidaria -- 7 of 7 --