Leyes de Honduras
VigenteCategoria: SaludTipo: Acuerdo
Decreto No. 0073-ARSA-2025 | 21 de mayo de 2025 | La Gaceta No. 36,843

Acuerdo-0073-ARSA-2025

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Resumen

ARSA crea una nueva unidad de inteligencia y estadística sanitaria para recopilar y analizar datos sobre salud y regulación sanitaria en Honduras. Esta unidad usará inteligencia artificial para identificar riesgos sanitarios, mejorar decisiones de la agencia y formular políticas públicas que protejan la salud de la población.

Considerandos

  1. 1.Que la persona humana es el fin supremo de la sociedad y del Estado, teniendo todos la obligación de respetarla y protegerla, reconociendo el derecho a la protección de la salud por medio de sus dependencias a través de la regulación, supervisión y control de los establecimientos y productos alimenticios, químicos, farmacéuticos y biológicos.
  2. 2.Que mediante Decreto Legislativo 7-2021, publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” número 35,626 de fecha el 12 de junio de 2021, se ratificó la creación de la AGENCIA DE REGULACIÓN SANITARIA (ARSA), creada mediante Decreto Ejecutivo número PCM-032-2017, publicado en Diario Oficial “La Gaceta” número 34,342 de fecha 19 de mayo del año 2017, reformado mediante Decreto Ejecutivo número PCM-013-2020, publicado en Diario Oficial “La Gaceta” 35,361 de fecha 3 de septiembre del año 2020, como una Entidad Desconcentrada de la Secretaría de Estado en el Despacho de Salud (SESAL), con independencia funcional, técnica, financiera y administrativa y de seguridad nacional, con personalidad jurídica propia, la cual es la entidad responsable de la supervisión, revisión, verificación, control, vigilancia y fiscalización del cumplimiento de la normativa legal, técnica y administrativa de los establecimientos, proveedores, productos y servicios de interés sanitario y de los que realicen actividades o practiquen conductas que -- 1 of 4 -- EDIS ANTONIO MONCADA ELSA XIOMARA GARCIA FLORES Colonia MirafIores Teléfono/Fax: Gerencia 2230-2520, 2230-1821 Administración: 2230-3026 CENTRO CÍVICO GUBERNAMENTAL repercutan o puedan repercutir en la salud de la población; y de la regulación, otorgamiento, renovación, modificación, suspensión o cancelación de los registros, permisos, licencias, certificaciones y otras autorizaciones sanitarias. Con competencia a nivel nacional.
  3. 3.Que la Ley de la Agencia de Regulación Sanitaria (ARSA) en su Artículo 5, establece que El Comisionado Presidente ostenta todas las facultades que correspondan a los Administradores y Órganos de Decisión Superior, específicamente en lo que respecta a su funcionamiento, desarrollo y operación, ejerciendo por lo tanto todas las potestades de administración y dirección relacionadas con las competencias de la Agencia de Regulación Sanitaria (ARSA) así como el ejercicio de las demás facultades que confieren las Leyes y Convenios Internacionales aplicables.
  4. 4.Que la Ley General de la Administración Pública establece que la desconcentración funcional se verificará mediante la creación de entidades u órganos que, no obstante, dependerán jerárquicamente de un órgano central, se les atribuye competencia propia, la cual ejercitan con autonomía técnica, administrativa y financiera.
  5. 5.Que los actos de carácter general se dictarán en el ejercicio de la potestad reglamentaria y la motivación en estos actos estará precedida por la designación de la autoridad que las emite y seguida por la fórmula “ACUERDA”.