Leyes de Honduras
VigenteCategoria: TributarioTipo: Acuerdo
Decreto No. 165-2025 | 18 de julio de 2025 | Poder Ejecutivo | La Gaceta No. 36,893

Acuerdo-165-2025

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Resumen

Este acuerdo crea el Comité Técnico de Emisión de Bonos Temáticos para coordinar la emisión de bonos verdes, sociales y sostenibles de Honduras. El comité supervisa la selección de proyectos ambientales y sociales, administra los fondos captados, elabora reportes de impacto para inversionistas y garantiza transparencia según estándares internacionales, buscando financiar iniciativas de desarrollo sostenible y reducción de pobreza.

Considerandos

  1. 1.Que el artículo 33 de la Ley General de la Administración Pública, indica que los Secretarios de Estado son colaboradores del Presidente de la República en el despacho de los asuntos públicos y en la orientación, coordinación, dirección y supervisión de los órganos de la Administración Pública centralizada y la coordinación de las entidades y órganos desconcentrados o de las instituciones descentralizadas, en las áreas de su competencia.
  2. 2.Que la Ley General de la Administración Pública en su artículo 36 numerales 1 y 8 indica que entre las atribuciones y deberes de los Secretarios de Estado está la de orientar, dirigir, coordinar, supervisar y controlar las actividades de sus respectivos despachos, sin perjuicio de las atribuciones que la Constitución y las leyes confieran a otros órganos, así como emitir los acuerdos y resoluciones en los asuntos de su competencia y aquellos que le delegue el Presidente de la República y cuidar de su ejecución. La firma -- 1 of 8 -- EDIS ANTONIO MONCADA ELSA XIOMARA GARCIA FLORES Colonia MirafIores Teléfono/Fax: Gerencia 2230-2520, 2230-1821 Administración: 2230-3026 CENTRO CÍVICO GUBERNAMENTAL de los Secretarios de Estado en estos casos será autorizada por los respectivos Secretarios Generales.
  3. 3.Que la Ley Orgánica del Presupuesto en su artículo 77 autoriza a la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas a colocar títulos de Deuda Pública en el mercado de capitales en forma directa o por intermedio del Banco Central de Honduras.
  4. 4.Que el numeral 5 del artículo 82 de la Ley Orgánica del Presupuesto establece como atribución de la Dirección General de Crédito Público, como Órgano Técnico Coordinador del Subsistema de Crédito Público, dependencia de la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas, la normalización de los procedimientos de colocación de títulos, bonos u obligaciones de la deuda pública.
  5. 5.Que el artículo 322 de las Disposiciones Generales del Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la República, Ejercicio Fiscal 2025, indica que la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas podrá realizar acciones que permitan la gestión de pasivos de la deuda pública, como ser, el intercambio d e d e u d a p o r n a t u r a l e z a , emisión de bonos temáticos y mecanismos de condonación de deuda por ambiente, que sirvan para financiar iniciativas de crecimiento económico sostenible.
  6. 6.Que el artículo 216 de las Disposiciones Generales del Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la República, Ejercicio Fiscal 2025, autoriza a la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas a emitir, de ser necesario, Bonos Soberanos o Temáticos en el mercado internacional de capitales, dentro del monto de endeudamiento autorizado en el presente presupuesto. Esta emisión podrá realizarse bajo la modalidad de reapertura o nueva emisión, conforme a las condiciones de mercado vigentes al momento de la negociación, pudiendo colocarse con prima, descuento o a la par. -- 2 of 8 --
  7. 7.Que el artículo 38 de las Disposiciones Generales del Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la República, Ejercicio Fiscal 2025, establece que el endeudamiento público autorizado mediante emisión de bonos y obtención de préstamos se considera fungible de fuente interna a externa y viceversa, en lo que respecta al mercado interno o externo, organismo financiero, fuente, rubro, tipo de moneda, plazos y demás términos que impacten el financiamiento, siempre que no exceda el monto total autorizado, para lo cual la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas, deberán hacer las modificaciones presupuestarias correspondientes, una vez recibidos los recursos. La Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas (SEFIN) a t r a v é s d e l a D i r e c c i ó n General de Crédito Público, podrá redistribuir, reasignar, reorientar o desestimar los fondos provenientes de los créditos externos.
  8. 8.Que, en el año 2015, la Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) aprobó la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible que busca acelerar y profundizar los esfuerzos para poner fin a la pobreza, mejorar la calidad de vida de las personas, incrementar el acceso a la justicia, promover la paz y el cuidado del planeta. Honduras ha realizado acciones orientadas a establecer las condiciones para cumplir con este compromiso, como la vinculación de los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) a los objetivos estratégicos de los instrumentos de planificación nacional y el establecimiento de la Comisión Nacional de la Agenda 2030. La planificación nacional para el desarrollo económico y social orienta sus acciones en ejes estratégicos como la sostenibilidad ambiental, la protección social y el cambio climático, estableciendo la necesidad de movilizar financia- miento para proyectos que apoyen estos ejes.
  9. 9.Que Honduras es parte del Acuerdo de París de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático y se ha comprometido a adoptar medidas ambiciosas para enfrentar y adaptarse a los efectos del cambio climático, con un enfoque en la sostenibilidad ambiental, la conservación de la biodiversidad y la reducción de emisiones de -- 3 of 8 -- gases de efecto invernadero, mediante el establecimiento de Contribuciones Determinadas a Nivel Nacional (NDC, por sus siglas en inglés).
  10. 10.Que las emisiones de bonos soberanos temáticos deben alinearse con los principios y estándares establecidos por la Asociación Internacional de Mercados de Capitales (ICMA, por sus siglas en inglés), incluyendo los Principios de Bonos Verdes 2021 (GBP), los Principios de Bonos Sociales 2021 (SBP) y la Guía de Bonos Sostenibles 2021 (SBG). Estos estándares establecen pautas y recomendaciones globales que promueven la transparencia, lo que respalda la integridad de mercado. Los principios establecen que los emisores deben publicar anualmente informes sobre el uso de fondos hasta su asignación total y reportes de indicadores de impacto. Después de la emisión, se recomienda que la gestión de los fondos del emisor se complemente con el uso de un auditor externo, u otro tercero, para verificar el seguimiento interno y la asignación de fondos de los bonos temáticos.
  11. 11.Que mediante el Acuerdo No. 637-2024 de fecha 12 de septiembre de 2024 y publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” en fecha 18 de noviembre de 2024, se aprobó el Marco de Referencia de Bonos Temáticos Verdes, Sociales y Sostenibles de la República de Honduras, vinculado a los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS), que tiene como objetivo orientar fondos hacia inversiones y gastos verdes y sociales que contribuyan con la reducción de la pobreza, la sostenibilidad ambiental y la promoción de la acción por el clima.
  12. 12.Que en el Marco de Referencia de Bonos Temáticos Verdes, Sociales y Sostenibles de la República de Honduras establece la creación del Comité de Consulta y Apoyo de Bonos Temáticos (CCABT), como una instancia de coordinación e intercambio de información intergubernamental, siendo su principal propósito el de brindar apoyo consultivo y técnico al Comité Técnico de Emisión de Bonos Temáticos (CTEBT), para asegurar la consistencia y efectiva implementación del programa de emisiones de bonos sostenibles. -- 4 of 8 --
  13. 13.Que para todos los bonos emitidos bajo el Marco de Referencia de Bonos Temáticos Verdes, Sociales y Sostenibles de la República de Honduras y en alineación con los estándares y buenas prácticas indicadas en los Principios de Bonos Verdes 2021 (GBP), los Principios de Bonos Sociales 2023 (SBP) y la Guía de Bonos Sostenibles 2021 (SBG) establecidos por la Asociación Internacional de Mercados de Capitales (ICMA, por su sigla en inglés), el Gobierno de Honduras se compromete a proporcionar a los inversionistas un Reporte de Colocación, Asociación y Desempeño de los Gastos Verdes y Sociales Elegibles, así como un Reporte de Resultados e Impacto. La Secretaría de Finanzas (SEFIN) publicará los reportes y las verificaciones externas en su página web, un año después de la emisión y de forma anual hasta verificar que se asocie el monto neto recibido por la emisión. CONSIDERANDO (14): Q u e c o n e l p r o p ó s i t o d e implementar las acciones y dar cumplimiento a lo establecido en el Marco de Referencia de Bonos Temáticos Verdes, Sociales y Sostenibles de la República de Honduras, es necesario establecer un marco de coordinación, intercambio de información y reporte, dentro de la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas, para gestionar integralmente los procesos de selección, evaluación de criterios de elegibilidad y elaboración de reportes de uso de recursos e indicadores de impacto de los gastos, inversiones, programas y/o proyectos presupuestales que sustentan las emisiones de bonos de deuda pública realizadas con base en lo dispuesto en el Marco de Referencia de Bonos Temáticos Verdes, Sociales y Sostenibles de la República de Honduras.

Articulos

Articulo 36

numerales 1 y 8 indica que entre las atribuciones y deberes de los Secretarios de Estado está la de orientar, dirigir, coordinar, supervisar y controlar las actividades de sus respectivos despachos, sin perjuicio de las atribuciones que la Constitución y las leyes confieran a otros órganos, así como emitir los acuerdos y resoluciones en los asuntos de su competencia y aquellos que le delegue el Presidente de la República y cuidar de su ejecución. La firma -- 1 of 8 -- EDIS ANTONIO MONCADA ELSA XIOMARA GARCIA FLORES Colonia MirafIores Teléfono/Fax: Gerencia 2230-2520, 2230-1821 Administración: 2230-3026 CENTRO CÍVICO GUBERNAMENTAL de los Secretarios de Estado en estos casos será autorizada por los respectivos Secretarios Generales. CONSIDERANDO (3): Que la Ley Orgánica del Presupuesto en su artículo 77 autoriza a la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas a colocar títulos de Deuda Pública en el mercado de capitales en forma directa o por intermedio del Banco Central de Honduras. CONSIDERANDO (4): Que el numeral 5 del artículo 82 de la Ley Orgánica del Presupuesto establece como atribución de la Dirección General de Crédito Público, como Órgano Técnico Coordinador del Subsistema de Crédito Público, dependencia de la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas, la normalización de los procedimientos de colocación de títulos, bonos u obligaciones de la deuda pública. CONSIDERANDO (5): Que el artículo 322 de las Disposiciones Generales del Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la República, Ejercicio Fiscal 2025, indica que la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas podrá realizar acciones que permitan la gestión de pasivos de la deuda pública, como ser, el intercambio d e d e u d a p o r n a t u r a l e z a , emisión de bonos temáticos y mecanismos de condonación de deuda por ambiente, que sirvan para financiar iniciativas de crecimiento económico sostenible. CONSIDERANDO (6): Que el artículo 216 de las Disposiciones Generales del Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la República, Ejercicio Fiscal 2025, autoriza a la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas a emitir, de ser necesario, Bonos Soberanos o Temáticos en el mercado internacional de capitales, dentro del monto de endeudamiento autorizado en el presente presupuesto. Esta emisión podrá realizarse bajo la modalidad de reapertura o nueva emisión, conforme a las condiciones de mercado vigentes al momento de la negociación, pudiendo colocarse con prima, descuento o a la par. -- 2 of 8 -- CONSIDERANDO (7): Que el artículo 38 de las Disposiciones Generales del Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la República, Ejercicio Fiscal 2025, establece que el endeudamiento público autorizado mediante emisión de bonos y obtención de préstamos se considera fungible de fuente interna a externa y viceversa, en lo que respecta al mercado interno o externo, organismo financiero, fuente, rubro, tipo de moneda, plazos y demás términos que impacten el financiamiento, siempre que no exceda el monto total autorizado, para lo cual la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas, deberán hacer las modificaciones presupuestarias correspondientes, una vez recibidos los recursos. La Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas (SEFIN) a t r a v é s d e l a D i r e c c i ó n General de Crédito Público, podrá redistribuir, reasignar, reorientar o desestimar los fondos provenientes de los créditos externos. CONSIDERANDO (8): Que, en el año 2015, la Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) aprobó la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible que busca acelerar y profundizar los esfuerzos para poner fin a la pobreza, mejorar la calidad de vida de las personas, incrementar el acceso a la justicia, promover la paz y el cuidado del planeta. Honduras ha realizado acciones orientadas a establecer las condiciones para cumplir con este compromiso, como la vinculación de los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) a los objetivos estratégicos de los instrumentos de planificación nacional y el establecimiento de la Comisión Nacional de la Agenda 2030. La planificación nacional para el desarrollo económico y social orienta sus acciones en ejes estratégicos como la sostenibilidad ambiental, la protección social y el cambio climático, estableciendo la necesidad de movilizar financia- miento para proyectos que apoyen estos ejes. CONSIDERANDO (9): Que Honduras es parte del Acuerdo de París de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático y se ha comprometido a adoptar medidas ambiciosas para enfrentar y adaptarse a los efectos del cambio climático, con un enfoque en la sostenibilidad ambiental, la conservación de la biodiversidad y la reducción de emisiones de -- 3 of 8 -- gases de efecto invernadero, mediante el establecimiento de Contribuciones Determinadas a Nivel Nacional (NDC, por sus siglas en inglés). CONSIDERANDO (10): Que las emisiones de bonos soberanos temáticos deben alinearse con los principios y estándares establecidos por la Asociación Internacional de Mercados de Capitales (ICMA, por sus siglas en inglés), incluyendo los Principios de Bonos Verdes 2021 (GBP), los Principios de Bonos Sociales 2021 (SBP) y la Guía de Bonos Sostenibles 2021 (SBG). Estos estándares establecen pautas y recomendaciones globales que promueven la transparencia, lo que respalda la integridad de mercado. Los principios establecen que los emisores deben publicar anualmente informes sobre el uso de fondos hasta su asignación total y reportes de indicadores de impacto. Después de la emisión, se recomienda que la gestión de los fondos del emisor se complemente con el uso de un auditor externo, u otro tercero, para verificar el seguimiento interno y la asignación de fondos de los bonos temáticos. CONSIDERANDO (11): Que mediante el Acuerdo No. 637-2024 de fecha 12 de septiembre de 2024 y publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” en fecha 18 de noviembre de 2024, se aprobó el Marco de Referencia de Bonos Temáticos Verdes, Sociales y Sostenibles de la República de Honduras, vinculado a los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS), que tiene como objetivo orientar fondos hacia inversiones y gastos verdes y sociales que contribuyan con la reducción de la pobreza, la sostenibilidad ambiental y la promoción de la acción por el clima. CONSIDERANDO (12): Que en el Marco de Referencia de Bonos Temáticos Verdes, Sociales y Sostenibles de la República de Honduras establece la creación del Comité de Consulta y Apoyo de Bonos Temáticos (CCABT), como una instancia de coordinación e intercambio de información intergubernamental, siendo su principal propósito el de brindar apoyo consultivo y técnico al Comité Técnico de Emisión de Bonos Temáticos (CTEBT), para asegurar la consistencia y efectiva implementación del programa de emisiones de bonos sostenibles. -- 4 of 8 -- CONSIDERANDO (13): Que para todos los bonos emitidos bajo el Marco de Referencia de Bonos Temáticos Verdes, Sociales y Sostenibles de la República de Honduras y en alineación con los estándares y buenas prácticas indicadas en los Principios de Bonos Verdes 2021 (GBP), los Principios de Bonos Sociales 2023 (SBP) y la Guía de Bonos Sostenibles 2021 (SBG) establecidos por la Asociación Internacional de Mercados de Capitales (ICMA, por su sigla en inglés), el Gobierno de Honduras se compromete a proporcionar a los inversionistas un Reporte de Colocación, Asociación y Desempeño de los Gastos Verdes y Sociales Elegibles, así como un Reporte de Resultados e Impacto. La Secretaría de Finanzas (SEFIN) publicará los reportes y las verificaciones externas en su página web, un año después de la emisión y de forma anual hasta verificar que se asocie el monto neto recibido por la emisión. CONSIDERANDO (14): Q u e c o n e l p r o p ó s i t o d e implementar las acciones y dar cumplimiento a lo establecido en el Marco de Referencia de Bonos Temáticos Verdes, Sociales y Sostenibles de la República de Honduras, es necesario establecer un marco de coordinación, intercambio de información y reporte, dentro de la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas, para gestionar integralmente los procesos de selección, evaluación de criterios de elegibilidad y elaboración de reportes de uso de recursos e indicadores de impacto de los gastos, inversiones, programas y/o proyectos presupuestales que sustentan las emisiones de bonos de deuda pública realizadas con base en lo dispuesto en el Marco de Referencia de Bonos Temáticos Verdes, Sociales y Sostenibles de la República de Honduras. POR TANTO: La Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas, en uso de las facultades de que está investido y en aplicación de los siguientes artículos: 321 de la Constitución de la República; 33 y 36 numeral 1) y 8) de la Ley General de Administración Pública; 77 y 82 numeral 5) de la Ley Orgánica del Presupuesto; 38, 216 y 322 del Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la República y sus Disposiciones Generales del Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la República. Ejercicio Fiscal 2025, contenido en el Decreto No. 4-2025; y demás disposiciones legales aplicables. ACUERDA: PRIMERO: CREACIÓN. Se crea el COMITÉ TÉCNICO DE EMISIÓN DE BONOS TEMÁTICOS (CTEBT), el -- 5 of 8 -- cual de ahora en adelante será una instancia de coordinación, intercambio de información y reporte, dentro de la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas, de los gastos, inversiones, programas y proyectos presupuestales que sustentan las emisiones de bonos de deuda pública realizadas con base en lo dispuesto en el Marco de Referencia de Bonos Temáticos Verdes, Sociales y Sostenibles de la República de Honduras (en adelante Marco de Referencia). SEGUNDO: OBJETIVOS. EL CTEBT tendrá como objetivos: a) Gestionar y supervisar integralmente el proceso de evaluación y selección de los gastos, inversiones, programas y proyectos presupuestales que sustentan las emisiones de bonos temáticos de deuda pública; velando por su consistencia con los objetivos ambientales y alineación con los criterios de elegibilidad y exclusión establecidos en el Marco de Referencia; b) Adecuar el Sistema de Administración Financiera Integrada (SIAFI) y el Sistema Nacional de Inversión Pública de Honduras (SNIPH) para que logren identificar, monitorear y reportar de manera efectiva y oportuna la información necesaria para la elaboración de los informes de uso de fondos e indicadores de impacto de los gastos verdes y sociales elegibles asociados a emisiones temáticas de deuda pública; c) Apoyar los procesos de revisiones previas y posteriores a las emisiones realizadas por auditores externos o verificadores independientes y garantizar su publicación en la página web de la Secretaría de Finanzas, en el apartado de Relación con Inversionistas. d) Mantener información actualizada fácilmente disponible sobre el uso de los fondos, que se renovará anualmente hasta su asignación total, así como de los indicadores cuantitativos y cualitativos para la evaluación de resultados e impacto, incluidos los vínculos a información relevante publicada por las entidades ejecutoras de gastos elegibles. TERCERO: CONFORMACIÓN. EL COMITÉ TÉCNICO DE EMISIÓN DE BONOS TEMÁTICOS (CTEBT). El CTEBT se conformará de la siguiente manera: a) La Subsecretaría de Crédito e Inversión Pública, quien lo presidirá; b) La Dirección General de Crédito Público, quien ejercerá la Secretaría Técnica; c) La Dirección General de Política Macro Fiscal; d) La Dirección General de Presupuesto e) La Dirección General de Inversiones Públicas; f) La Dirección de Transparencia; y, g) Cualquier otra Unidad o Dirección que sea requerida. CUARTO: FUNCIONES. EL COMITÉ TÉCNICO DE EMISIÓN DE BONOS TEMÁTICOS (CTEBT), tendrá las siguientes funciones y responsabilidades: a) Coordinar el diseño, elaboración y actualizaciones que se realicen al Marco de Referencia de Bonos Temáticos Verdes, Sociales y Sostenibles de la República de Honduras, incluyendo los criterios de elegibilidad y exclusión, así como los procesos de evaluación y selección de proyectos, uso y gestión de los recursos, administración de riesgos sociales y ambientales y reportes a inversionistas en cumplimiento de los estándares y prácticas de los mercados de capitales internacionales, además de implementar los lineamientos establecidos en dicho Marco de Referencia. b) Desarrollar y validar el proceso de identificación, evaluación y selección de los portafolios de gastos, -- 6 of 8 -- inversiones, programas y proyectos presupuestales elegibles que sustentarán las emisiones de bonos temáticos de deuda pública, con base en el Marco de Referencia de Bonos Temáticos Verdes, Sociales y Sostenibles de la República de Honduras y considerando las recomendaciones del Comité de Consulta y Apoyo de Bonos Temáticos (CCABT). c) Elaborar y proponer el portafolio de programas y proyectos que respaldarán las emisiones de Bonos Temáticos, en línea con el Marco de Bonos Temáticos Verdes, Sociales y Sostenibles de la República de Honduras y en consulta con el CCABT y remitirlo al Titular de la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas para su aprobación. d) Verificar la asociación de los recursos a los programas, proyectos y gastos elegibles, asegurando su alineación con las categorías verdes, sociales y sostenibles establecidas en el Marco de Referencia de Bonos Temáticos Verdes, Sociales y Sostenibles de la República de Honduras. e) Definir los requisitos de información (incluyendo formato de presentación) y recopilar la misma de instituciones del sector público ejecutoras de programas y proyectos elegibles para el cumplimiento de divulgación de información para inversionistas según práctica internacional de este tipo de operaciones. f) Coordinar, redactar y validar informes de asignación/ asociación de recursos y de indicadores de impacto con apoyo del CCABT, en cumplimiento de los compromisos establecidos en el Marco de Referencia de Bonos Temáticos Verdes, Sociales y Sostenibles de la República de Honduras y remitir al Titular de la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas para su aprobación. g) Compilar la información y preparar las bases de datos de los gastos, inversiones, programas o proyectos verdes y sociales elegibles, las bases de datos de indicadores de resultado e impacto, las metodologías subyacentes y los informes narrativos que se enviarán a evaluación del CCABT, previo a someterlos a verificación externa por parte de un auditor externo o tercero independiente. h) Proponer sustitución de gastos y proyectos elegibles previamente seleccionados, en caso de ser necesario, conforme a los criterios del Marco de Referencia de Bonos Temáticos Verdes, Sociales y Sostenibles de la República de Honduras y tomando en cuenta las recomendaciones del CCABT e incluir los cambios en los informes correspondientes. i) Solicitar la participación de personal técnico de las instituciones que conforman el CCABT, cuando se considere necesario para el cumplimiento de sus funciones. j) Establecer un calendario regular de reuniones que facilite el cumplimiento oportuno y eficaz de sus funciones. k) Realizar cualquier otra función necesaria para dar cumplimiento a los compromisos del Marco de Referencia de Bonos Temáticos Verdes, Sociales y Sostenibles de la República de Honduras. QUINTO: REUNIONES DEL COMITÉ. EL CTEBT, se reunirá ordinariamente al menos cuatro veces al año, de forma trimestral y de manera extraordinaria cuando se considere necesario, previa convocatoria de la Subsecretaría de Crédito e Inversión Pública. Las reuniones servirán para evaluar montos, instrumentos y tiempos para una potencial emisión de instrumentos temáticos como parte de la estrategia de financiación del presupuesto. Además, deberán enfocarse en evaluar y realizar acciones para la elaboración de los informes de asociación de fondos e impacto que se someterán a revisión externa y su publicación, así como para proponer un nuevo portafolio de gastos verdes y sociales elegibles con base en el presupuesto. Las reuniones se realizarán de forma presencial, por videoconferencia y/o mixtas. El quórum se completa con la mitad más uno de los miembros convocados para integrar el Comité. -- 7 of 8 -- SEXTO: PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN DE GASTOS. El CTEBT, deberá preparar un procedimiento de selección de gastos elegibles y asociación de recursos de bonos temáticos, verdes, sociales y sostenibles a fin de estandarizar las actividades necesarias para identificar, evaluar, seleccionar y verificar la asignación/asociación de los gastos elegibles con los recursos captados mediante la emisión de bonos temáticos. SÉPTIMO: SOSTENIBILIDAD DEL PROGRAMA DE EMISIONES DE BONOS SOBERANOS TEMÁTICOS. El CTEBT, proporcionará recomendaciones técnicas a la máxima autoridad de la Secretaría de Finanzas sobre la continuidad y sostenibilidad de las emisiones de bonos temáticos como parte de la estrategia de financiamiento público. Además, promoverá el fortalecimiento de capacidades técnicas, la institucionalización de procedimientos y la gestión de los presupuestos necesarios para cubrir los compromisos relacionados con las emisiones temáticas tales como: opiniones de segundas partes, revisiones o auditorías externas, relaciones con inversionistas, entre otros. OCTAVO: RELACIÓN. EL COMITÉ TÉCNICO DE EMISIÓN DE BONOS TEMÁTICOS (CTEBT) CON EL COMITÉ DE CONSULTA Y APOYO DE BONOS TEMÁTICOS (CCABT). El CTEBT, en conjunto con el CCABT, mantendrán la coordinación con el propósito de fortalecer la gobernanza, la transparencia y la rigurosidad técnica del proceso de emisión y seguimiento de Bonos Temáticos Verdes, Sociales y Sostenibles de la República de Honduras, promoviendo el intercambio de información transparente, oportuno y técnico. Una vez que el CTEBT en conjunto con el CCABT, hayan finalizado sus estudios y elaborado sus propuestas, las decisiones finales sobre las acciones a tomar son responsabilidad del Secretario de Estado o, en su defecto, de los Subsecretarios de Estado. El CTEBT, deberá levantar el Acta, con el apoyo de personal técnico para su redacción, esta será firmada por todos los participantes, dejando constancia de las decisiones tomadas. NOVENO: REQUERIMIENTOS ADICIONALES. Para lo no regulado en este Acuerdo, el CTEBT podrá realizar las acciones correspondientes para comunicar, solicitar o reportar cualquier requerimiento de información que sea necesario para el buen funcionamiento y desempeño de los Bonos Temáticos Verdes, Sociales y Sostenibles de la República de Honduras, siempre tomando en cuenta lo indicado en el Marco de Referencia de Bonos Temáticos Verdes, Sociales y Sostenibles de la República de Honduras. DÉCIMO: El presente Acuerdo es de ejecución inmediata a partir de su aprobación y deberá publicarse en el Diario Oficial La Gaceta. COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE. CHRISTIAN DAVID DUARTE CHÁVEZ SECRETARIO DE ESTADO GERSSON ORLANDO SIERRA PORTILLO SECRETARIO GENERAL -- 8 of 8 --