VigenteCategoria: Administrativo
2 de agosto de 2014 | Congreso Nacional | La Gaceta No. 33,495
Reglamento interno de organización y funciones de la Secretaría de Estado en el Despacho de Salud (PCM 061-2013)
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Resumen
Este reglamento organiza la estructura y funciones de la Secretaría de Salud de Honduras, estableciendo cómo la institución debe dirigir, regular y vigilar el sistema de salud del país. Define las responsabilidades de sus diferentes departamentos, desde el nivel central hasta las regiones sanitarias, para garantizar que todos los hondureños accedan a servicios de salud de calidad, equitativos y oportunos.
Considerandos
- 1.Que de conformidad al artículo 149 de la Constitución de la República, la Secretaría de Estado en el Despacho de Salud, coordina todas las actividades públicas de los organismos centralizados y descentralizados del sector salud.
- 2.Que el artículo 29 de la Ley General de la Administración Pública estipula que a la Secretaría de Estado en el Despacho de Salud, le compete lo concerniente a la formulación, coordinación, ejecución y evaluación de las políticas relacionadas con la protección, fomento, prevención, preservación, restitución y rehabilitación de la salud de la población.
- 3.Que en línea con estos cometidos, tanto la política de reforma del sector salud, la Ley para el Establecimiento de una Visión de País y la Adopción de un Plan de Nación para Honduras y, el Plan de Salud para el período 2010-2014, establecen que la Secretaría de Estado en el Despacho de Salud, para asumir la conducción del sector salud, deberá actuar con una A. 56 -- 1 of 53 -- LIC. MARTHA ALICIA GARCÍA JORGE ALBERTO RICO SALINAS Coordinador y Supervisor Colonia Miraflores Teléfono/Fax: Gerencia 2230-4956 Administración: 2230-3026 Planta: 2230-6767 CENTRO CÍVICO GUBERNAMENTAL nueva estructura que la fortalezca en sus funciones de rectoría.
- 4.Que como resultado de los esfuerzos en la obtención de estos objetivos, el Presidente en Consejo de Ministros, por la facultad que le otorga la Ley General de la Administración Pública en su artículo 14, mediante PCM 061–2013 de fecha 18 de Diciembre del 2013 publicado en La Gaceta de fecha de 29 de enero del 2014 se reformaron los artículos 67, 68 y 69 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Competencias del Poder Ejecutivo, otorgándole a la Secretaría de Estado en el Despacho de Salud una nueva estructura de organización con la definición de las funciones sustantivas que le son propias en materia de conducción sectorial, la regulación, la vigilancia del marco normativo, la vigilancia de la salud, la modulación del financiamiento, la garantía del aseguramiento y la armonización de la provisión, así como la definición de los alcances en lo correspondiente a la función del aseguramiento en salud y la provisión de servicios de salud, de sus unidades jerárquicamente dependientes.
- 5.Que este mismo Decreto PCM 061–2013 manda a que en el término de noventa días a partir de la vigencia del mismo, la Secretaría de Estado en el Despacho de Salud formule su reglamento interno de organización y funciones, a través del respectivo acuerdo ministerial.
- 6.Que el artículo 36, numeral 6 de la Ley General de la Administración Pública, establece como atribución de los Secretarios de Estado la emisión de los reglamentos de organización interna de sus respectivos despachos.