VigenteCategoria: AdministrativoTipo: Acuerdo
Decreto No. 263-2018 | 24 de febrero de 2018 | Congreso Nacional | La Gaceta No. 34,577
Acuerdo sobre delegación de facultades en materia de acciones de personal de la Secretaría de Estado en el Despacho de Salud (Decreto 263-2018)
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Resumen
Este acuerdo delega autoridad a la Subsecretaría de Redes de Salud para firmar decisiones sobre personal (contratos, licencias, ascensos, despidos) en el Ministerio de Salud, exceptuando nombramientos permanentes y cesantías. También aprueba un reglamento para que el Tribunal Superior de Cuentas audite los fondos que manejan los diputados desde 2006 a 2018, buscando transparencia y detectar irregularidades.
Considerandos
- 1.Que es facultad propia del Secretario de Estado en los Despachos de Salud el ejercicio de potestad de decidir en determinadas acciones de personal, dando dinamismo a la administración a través de su simplificación.
- 2.Que para una mejor coordinación y ejecución de las diferentes actividades que se llevan a cabo en esta Secretaría de Estado en el Despacho de Salud, es necesario delegar en una autoridad, determinadas acciones; quien verificará, regulará y firmará lo concerniente a los Procedimientos Disciplinarios, Contratos de Servicios Profe- sionales y Técnicos y todo tipo de Acciones de Personal de los ciudadanos que prestan sus servicios para esta Secretaría de Estado, exceptuando los Nombramientos Permanentes, Cesantías, Renuncias, Contratos de Emergencia del Objeto 12910, Plus de Cargos Administrativos, Puesto Excluidos, Aumentos de Sueldo, Nombramientos Funcionales y Cancelación de Nombramiento Funcionales, Ampliaciones de Jornadas, a fin de agilizar los procesos de personal y tener un mejoramiento administrativo, volviendo expedita la gestión de la administración pública. A C U E R D A: PRIMERO: Delegar a la Subsecretaría de Redes Integradas de Servicios de Salud de la Secretaría de Estado en el Despacho de Salud, Doctora KARINA DE LOS ANDES SILVA DE LA LLANA, con Tarjeta de Identidad No. 0890-2005-00036, la potestad exclusiva de firma de Procedimientos Disciplinarios, Contratos de Servicios Profesionales y Técnicos y todo tipo de Acciones de Personal de los ciudadanos que prestan sus servicios para esta Secretaría de Estado como ser: Nombramiento Interino, Prórroga de Nombramiento Interino, Cancelación del Nombramiento Interino, Licencia -- 1 of 4 -- ABOG. CÉSAR AUGUSTO CÁCERES CANO JORGE ALBERTO RICO SALINAS Coordinador y Supervisor Colonia Miraflores Teléfono/Fax: Gerencia 2230-4956 Administración: 2230-3026 Planta: 2230-6767 CENTRO CÍVICO GUBERNAMENTAL no Remunerada, Prórroga de Licencia no Remunerada, Licencia Remunerada, Prórroga de Licencia Remunerada, Ascensos, Ascenso Interino, Ascenso al Puesto Excluido, Cancelación por Detención o Prisión, Defunción, Despidos, Invalidez, No toma de Posesión, Nulidad de Nombramiento, Permuta, Reintegro, Suspensión, Traslados, Pagos de Zonaje, Cancelación de Pago de Zonaje, Rectificación de Sueldo, Rectificación de Nombre, Rectificación de Efectividad, Rectificación del Cargo, Rectificación de la Dependencia, Rectificación de la Estructura, Rectificación de Tipo de Acción, Reposición de Acuerdo, Rectificación de los Contratos de Servicios Profesionales y Técnicos, Dejar sin Valor ni Efecto, Permuta, durante el periodo comprendido del 16 de febrero del año 2018 al 30 de junio del año 2018. Se exceptúa de esta delegación la firma de los Nombramientos Permanentes, Cesantías, Renuncias, Contratos de Emergencia del Objeto 12910, Plus de Cargos Administrativos, Puesto Excluidos, Aumento de Sueldo, Nombramientos Funcionales y Cancelación de Nombramiento Funcional, Ampliaciones de Jornadas. SEGUNDO: La facultad delegada comprende la suscripción de Acuerdos Ministeriales para la legalización de cada una de las acciones antes anunciadas. TERCERO: Todos los actos administrativos que se emitan en cumplimiento del presente acuerdo, deberá tramitarse y autorizarse de conformidad con las leyes respectivas. CUARTO: El presente acuerdo será de ejecución inmediata y deberá ser publicado en el Diario Oficial La Gaceta. C O M U N Í Q U E S E: DOCTOR OCTAVIO RUBÉN SÁNCHEZ MIDENCE SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE SALUD ABOGADO EDER LEONARDO FUENTES MARTÍNEZ SECRETARIO GENERAL Tribunal Superior de Cuentas ACUERDO ADMINISTRATIVO No. 001-2018-TSC CERTIFICACIÓN El Infrascrito Secretario General del Tribunal Superior de Cuentas, CERTIFICA: ACUERDO ADMINISTRATIVO No. 001-2018-TSC EL TRIBUNAL SUPERIOR DE CUENTAS:
- 3.Que el Congreso Nacional de la República, mediante Decreto Legislativo Número 10-2002-E, de fecha 5 de diciembre de 2002, decretó la Ley Orgánica del Tribunal del Superior de Cuentas, como el ente rector del sistema de control de los recursos públicos, en cumplimiento de su función deberá realizar el control financiero, el de gestión y resultados fundados en la eficacia y eficiencia, economía, equidad, veracidad y legalidad. Además el establecimiento de un sistema de transparencia en la gestión de los servidores públicos, la determinación del enriquecimiento ilícito y el control de los activos, pasivos y, en general, del patrimonio del -- 2 of 4 -- Estado; con autonomía funcional y administrativa, sometido solamente al cumplimiento de la Constitución y las leyes.
- 4.Que el Decreto Legislativo Número 141-2017, publicado en el Diario Oficial La Gaceta en fecha 19 de enero de 2018, ordena que el Tribunal Superior de Cuentas, en uso de sus facultades, realice una Investigación Especial sobre el Fondo Social de Planificación Departamental, el Fondo de Desarrollo Departamental, subsidios, o cualquier otra denominación que se les haya dado a los fondos que son destinados para la ejecución de proyectos comunitarios, o ayudas en las áreas sociales en los diferentes departamentos incluyendo los tercerizados o descentralizados; Investigación Especial comprendida dentro del Sistema de Control por medio del cual el Tribunal cumple sus funciones.
- 5.Que el Decreto Legislativo Número 141- 2017 manda asimismo que para llevar a cabo la Investigación Especial antes relacionada, el Tribunal Superior de Cuentas deberá aprobar un Reglamento Especial.
- 6.Que la emisión y aprobación de las normas reglamentarias internas sobre el ejercicio de las atribuciones conferidas constitucionalmente al Tribunal Superior de Cuentas corresponde al Pleno de Magistrados como órgano superior jerárquico.