VigenteCategoria: SaludTipo: Acuerdo
Decreto No. Ejecutivo-005-2017 | 18 de diciembre de 2021 | Congreso Nacional | La Gaceta No. 35,801
Acuerdo-Ejecutivo-005-2017
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Resumen
Este acuerdo aprueba el reglamento del Instituto Nacional del Diabético (INADI), una institución estatal que realiza investigación, prevención, diagnóstico y tratamiento de la diabetes. El INADI afecta a todos los ciudadanos hondureños, especialmente a personas con diabetes, y busca reducir esta enfermedad mediante programas educativos, campañas preventivas y servicios médicos gratuitos en todo el país.
Considerandos
- 1.Que corresponde al Presidente de la Republica adoptar las medidas de promoción, prevención, recuperación y rehabilitación de la salud de los habitantes.
- 2.Que la persona humana es el fin supremo de la sociedad y del Estado, consecuentemente, todos tenemos la obligación de respetarla y protegerla de tal manera que la Constitución de la República consagra el derecho a la protección de la salud de la población hondureña la cual es una condicionante del derecho a la vida
- 3.Que corresponde al Estado de Honduras a través de la Secretaría de Estado en el Despacho de Salud, la obligación a la protección de la Salud
- 4.Que es competencia del Presidente de la República a través de la Secretaría de Estado en el Despacho de Salud, la formulación, coordinación, ejecución y evaluación de las políticas relacionadas con la protección, promoción o fomento, prevención, preservación, restitución o recuperación y rehabilitación de la salud de la población, asegurando su compatibilidad con las estrategias aprobadas por el Presidente de la República.
- 5.Que la Secretaría de Salud como institución rectora y reguladora es la autoridad legalmente responsable de emitir normas dirigidas a garantizar que la población reciba un nivel de atención apropiada, A fin de obtener niveles óptimos en la salud.
- 6.Que la Constitución de la República establece y garantiza el derecho a la protección de la salud, como un derecho social para adoptar las medidas necesarias para proteger y promover la salud de los habitantes en -- 1 of 14 -- ABOG. THELMA LETICIA NEDA JORGE ALBERTO RICO SALINAS Coordinador y Supervisor Colonia MirafIores Teléfono/Fax: Gerencia 2230-2520, 2230-1821 Administración: 2230-3026 CENTRO CÍVICO GUBERNAMENTAL general, para lo cual faculta al Poder Ejecutivo a adoptar las medidas necesarias para proteger y promover la salud de los habitantes, estableciendo mediante las Leyes y Reglamentos los procedimientos para lograr tal fin.
- 7.Que corresponde a la Secretaría de Estado en el Despacho de Salud Pública, la definición de la política nacional de salud, la normalización, planificación y coordinación de todas las actividades públicas y privadas en el campo de la salud.
- 8.Que los Secretarios de Estado son colaboradores del Presidente de la República en la Orientación, Coordinación, Dirección y Supervisión de los órganos y entidades de la Administración Pública Nacional en el área de su competencia.
- 9.Que mediante Acuerdo número 019-SP- 2021, de fecha 24 de mayo de 2021, se nombró bajo la figura de Puesto excluído al ciudadano Luis Roberto Aparicio Godoy, en el cargo de Gerente Administrativo.