VigenteCategoria: AdministrativoTipo: Acuerdo
Decreto No. STLCC-002-SG-2022 | 19 de enero de 2023 | Poder Ejecutivo | La Gaceta No. 36,133
Acuerdo-STLCC-002-SG-2022
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Resumen
Este reglamento organiza la estructura y funcionamiento de la Secretaría de Estado de Transparencia y Lucha Contra la Corrupción. Define sus departamentos, responsabilidades y funciones para promover transparencia, prevenir corrupción, modernizar la administración pública y garantizar que los ciudadanos accedan a información y denuncien irregularidades en los servicios públicos.
Considerandos
- 1.Que la Presidenta de la República, en el ejercicio de sus competencias constitucionales, aprobó en Consejo de Secretarios de Estado el Decreto Ejecutivo PCM 05-2022, por el cual, en su artículo 1, creó la Secretaría de Estado en los Despachos de Transparencia y Lucha Contra la Corrupción (STLCC), que tiene la finalidad de prevenir y combatir el flagelo de la corrupción en el ejercicio de la función pública y privada en apego a las directrices de la Presidencia de la República, en su agenda gubernamental, mediante el diseño, promoción, coordinación, supervisión y evaluación de las políticas, estrategias y programas anticorrupción, los que deberán fomentar la transparencia y las prácticas del buen gobierno.
- 2.Que la creación de la STLCC es la concreción de la voluntad política del Gobierno de declarar prioridad nacional la prevención y lucha contra la corrupción, mediante la transparencia, el control interno y la rendición de cuentas en la gestión pública, lo que se inscribe en el marco de la Convención de Naciones Unidas contra la Corrupción y Convención Interamericana Contra la Corrupción, ambas suscritas y ratificadas por Honduras y convertidas en ordenamiento jurídico interno del país.
- 3.Que, además, el Estado de Honduras es signatario de la Alianza de Gobierno Abierto, una iniciativa multilateral que promueve un sistema de gobernanza basado en la transparencia, la rendición de cuentas, la participación ciudadana y la tecnología e innovación; impulsando con ello, el fortalecimiento de la administración pública, la confianza ciudadana y la transparencia de manera integral.
- 4.Que la modernización y la simplificación administrativa es una prioridad del gobierno para refundar la Administración Pública bajo principios y criterios que dinamicen los procesos de decisión y su ejecución considerando primordialmente la satisfacción de los usuarios de los servicios públicos. -- 1 of 8 -- EDIS ANTONIO MONCADA DAGOBERTO ZELAYA VALLE Coordinador y Supervisor Colonia MirafIores Teléfono/Fax: Gerencia 2230-2520, 2230-1821 Administración: 2230-3026 CENTRO CÍVICO GUBERNAMENTAL
- 5.Que el segundo párrafo del artículo 21 Decreto Ejecutivo PCM 05-2022, manda que “Los Secretarios de Estado, Comisionados y Directores de Entes Desconcentrados deben proceder dentro de los próximos treinta (30) días, a realizar la organización y reestructuración de cada despacho en cada una de sus dependencias, de acuerdo con sus competencias y considerando mínimas estructuras acorde a los presupuestos y sus recortes”.
- 6.Que el artículo 101 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Competencias del Poder Ejecutivo emitido mediante el PCM 008-97, dispone lo siguiente: “Las Secretarías de Estado contarán con sus reglamentos de organización interna, en armonía con el presente Reglamento”.
- 7.Que de conformidad con el numeral 6 del artículo 36 de la Ley General de la Administración Pública es atribución de los Secretarios de Estado “emitir los reglamentos de organización interna de sus respectivos despachos”. Asimismo, el artículo 101 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Competencia del Poder Ejecutivo dispone lo siguiente: “Las Secretarías de Estado contarán con sus reglamentos de organización interna, en armonía con el presente Reglamento”.
- 8.Que con apego a estos mandatos y siguiendo los lineamientos que establecen la Ley General de la Administración Pública, el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Competencias del Poder Ejecutivo, la Secretaría de Estado en los Despachos de Transparencia y Lucha Contra la Corrupción establece las normas internas de organización y funcionamiento que regirán para sus respectivos órganos en la forma que en el mismo se indique.