VigenteCategoria: AdministrativoTipo: Acuerdo
Decreto No. 01-2022 | 8 de febrero de 2023 | La Gaceta No. 36,150
Acuerdo-01-2022-IHADFA
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Resumen
Este reglamento obliga a todos los negocios que venden, fabrican o importan bebidas alcohólicas, tabaco y medicamentos a registrarse anualmente ante el IHADFA, pagando una cuota según el tipo de negocio. El IHADFA puede inspeccionar estos establecimientos para verificar que cumplan con la ley, y los negocios deben presentar documentos como su licencia y listado de productos para obtener o renovar su certificado.
Considerandos
- 1.Que la protección de la Salud es función del Estado.
- 2.Que la Constitución de la República, en su artículo 148, creó el Instituto Hondureño para la Prevención del Alcoholismo, Drogadicción y Farmacodependencia, disponiendo que se regirá por una Ley Especial.
- 3.Que de conformidad con el Artículo 3 inciso a) de la Ley del Instituto Hondureño para la Prevención del Alcoholismo, Drogadicción y Farmacodependencia (IHADFA) Decreto Legislativo número 136-89 establece “Emitir los reglamentos que sean necesarios en ejercicio de su independencia funcional y administrativa, de acuerdo con la presente Ley”.
- 4.Que se debe reglamentar el Registro y Certificación por primera vez y por renovación en el Instituto Hondureño para la Prevención del Alcoholismo, Drogadicción y Farmacodependencia (IHADFA) a los establecimientos que son importadores, fabricantes, exportadores, distribuidores, almacenadores y comercializadores de productos derivados del tabaco, bebidas alcohólicas, así como farmacias, droguerías, laboratorios y otros de carácter privado relacionados con productos farmacéuticos, estupefacientes, psicotrópicos y -- 1 of 7 -- EDIS ANTONIO MONCADA DAGOBERTO ZELAYA VALLE Coordinador y Supervisor Colonia MirafIores Teléfono/Fax: Gerencia 2230-2520, 2230-1821 Administración: 2230-3026 CENTRO CÍVICO GUBERNAMENTAL cualesquiera otra sustancia que pueda causar dependencia o habito y daño a la salud.