VigenteCategoria: TributarioTipo: Acuerdo
Decreto No. Ejecutivo-SEN-76-2023 | 8 de noviembre de 2023 | Congreso Nacional | La Gaceta No. 36,378
Acuerdo-Ejecutivo-SEN-76-2023
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Resumen
Esta ley autoriza a la Empresa Nacional de Energía Eléctrica (ENEE) a emitir y vender valores gubernamentales (bonos y letras) por hasta 6,219 millones de lempiras para financiar sus obligaciones. Los valores se venderán a través del Banco Central de Honduras en el mercado local e internacional, con diferentes plazos y tasas de interés, y están garantizados por el Estado hondureño.
Considerandos
- 1.Que el Congreso Nacional mediante Decreto Legislativo No.157-2022, contentivo del Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la República y sus Disposiciones Generales Ejercicio Fiscal 2023, autorizó en su Artículo 3 a la Empresa Nacional de Energía Eléctrica (ENEE), adquirir nuevo endeudamiento con Fuente 13 – Crédito Interno, hasta un monto de TRES MIL CINCUENTA Y TRES MILLONES CINCUENTA MIL NOVECIENTOS SETENTA Y CUATRO LEMPIRAS EXACTOS (L3,053,050,974.00); asimismo, en su Artículo 192 autoriza a esta empresa estatal a realizar las colocaciones de los saldos disponibles del endeudamiento ya autorizado, mediante los Decretos Legislativos No.107-2021 y No.30- 2022, contentivos de Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la República y sus Disposiciones Generales Ejercicio Fiscal 2022 y su modificación respectivamente.
- 2.Que los saldos disponibles para endeudamiento de la Empresa Nacional de Energía Eléctrica (ENEE), autorizados en los Decretos Legislativos No.107- 2021 y No.30-2022 antes referidos, ascienden a la cantidad TRES MIL CIENTO SESENTA Y SEIS MILLONES SEISCIENTOS VEINTE MIL CUATROCIENTOS S E S E N T A Y N U E V E L E M P I R A S E X A C T O S (L3,166,620,469.00).
- 3.Que el Congreso Nacional mediante Decreto Legislativo No.157-2022, autorizó en su Artículo 192 a la ENEE para realizar operaciones de gestión de pasivos de los bonos vigentes con el propósito de minimizar el riesgo y mejorar el perfil del portafolio de deuda. Las operaciones de gestión de pasivos que realice la ENEE no contarán contra su techo presupuestario de endeudamiento autorizado para el 2023 y podrá realizarlas a través de operaciones de permuta, refinanciamiento, rescate anticipado de títulos, contratación de préstamos u otro mecanismo financiero legalmente viable, pudiendo acceder el mercado doméstico e internacional; asimismo, se autorizó que el nuevo endeudamiento y gestión de pasivos que realice ENEE, contará con Garantía Soberana del Estado de Honduras con base en lo establecido en el Artículo 78 de la Ley Orgánica del Presupuesto.
- 4.Que de conformidad con el Artículo 245, numerales 2, 11, 19, 30 y 45 de la Constitución de la República, le corresponde a la Presidenta de la República, entre otras atribuciones, dirigir la Política General del Estado y representarlo; emitir Acuerdos, Decretos, expedir Reglamentos y Resoluciones conforme a la Ley.
- 5.Que de acuerdo con lo establecido en el Artículo 11 de la Ley General de la Administración Pública, la Presidenta de la República tiene a su cargo la suprema dirección y coordinación de la Administración Pública centralizada y descentralizada; asimismo, en el ejercicio de sus funciones, podrá actuar por sí o en Consejo de Ministros.
- 6.Que de conformidad con lo establecido en el Artículo 41 de la Ley de Procedimiento Administrativo, corresponde al Poder Ejecutivo expedir los Reglamentos de la Administración Pública, salvo disposición contraria de la Ley.