Vigente
13 de julio de 2026 | La Gaceta No. 37,192

Contrato — Sección 31 - Reuniones administrativas

Texto completo

31.1 Tanto el Supervisor de Obras como el Contratista podrán solicitar al órgano contratante que asista a reuniones administrativas. El objetivo de dichas reuniones será la revisión de la programación de los trabajos pendientes y la resolución de asuntos planteados conforme con el procedimiento de Advertencia Anticipada descrito en la Cláusula 33. 31.2 El Supervisor de Obras deberá llevar un registro de lo tratado en las reuniones administrativas y suministrar copias del mismo a los asistentes y al Contratante. Ya sea en la propia reunión o con posterioridad a ella, el Supervisor de Obras deberá decidir y comunicar por escrito a todos los asistentes sus 20 A. REPÚBLICA DE HONDURAS - TE-G2U4C-IGALPA, M.D.C., 13 DE JULIO DEL 2026 No. 37,192 respectivas obligaciones en relación con las medidas que deban adoptarse. 32. Corrección Defectos de

Leyes relacionadas