Vigente
9 de julio de 2026 | La Gaceta No. 37,189

Reglamento — Reglamento para la Aplicación del Decreto Legislativo No. 44-2025 y su Ampliación en el Decreto Legislativo No. 78-2026

Articulos

Articulo 5

PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES. Para beneficiarse de lo establecido en el Decreto Legislativo No.44-2025 y su ampliación en Decreto Legislativo No.782026, para el no pago de recargos, multas e intereses en las deudas originadas por falta de pago de los aportes patronales y de trabajadores al IHSS, el Representante Legal de la cuenta obrero patronal debe presentarse a la Subgerencia de Recaudación: Edificio Administrativo en la ciudad de Tegucigalpa; Dirección Regional en la ciudad de San Pedro Sula o en el resto del país en las diferentes Oficinas Regionales, a fin de conocer los valores adeudados y de acuerdo a su condición de pago debe firmar y presentar su solicitud de amnistía en el Formato Vigente junto con la documentación requerida en el presente Reglamento. En caso de que el Representante Legal no pueda presentarse, la persona facultada que solicite estados de cuenta, proyecciones de pago y cualquier otra gestión ante las oficinas del IHSS, debe presentar cualquiera de los siguientes documentos junto con la copia de su RTN yDNI: l. Carta Poder debidamente autenticada. 2. Poder otorgado en escritura pública. A. 45 REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M.D.C., 9 DE JULIO DEL 2026 No. 37,189 En los poderes se debe indicar que el firmante está facultado y el pago de la garantía de los valores que ya se reflejan para realizar trámites en el IHSS conforme a las facultades en el estado de cuenta patronal, procederá a comunicar al generales establecidas en el Artículo 57 de la Ley de Departamento de Control Patronal para que registre en el Procedimiento Administrativo; es decir, la expresa mención sistema la actualización de la mora de las cotizaciones obrero de la facultad para la firma de convenio de pago en el IHSS patronales. y toda la documentación relacionada incluyendo el pagaré. CAPÍTULO IV La vía autorizada de formalización de la solicitud de amnistía DE LA PRESENTACIÓN DE SOLICITUD DE es de manera presencial en cualquiera de las oficinas AMNISTÍA MEDIANTE LA SUSCRIPCIÓN DEL previamente establecidas; y, mediante canal virtual y/o CONVENIO DE PAGO alterno cuando el IHSS lo autorice, debiendo cumplir con los requisitos establecidos para dicha modalidad.

Articulo 7

PATRONOS QUE APLICAN A SUSCRIPCIÓN DE CONVENIO DE PAGO. Podrán

Articulo 6

PROCESO DE ACTUALIZACIÓN DE aplicar a la suscripción de convenio mediante el beneficio de MORA. Si al momento de que el Patrono se presente al la amnistía por los recargos, multas e intereses en las deudas IHSS o solicite adherirse al beneficio de amnistía mediante originadas por falta de pago de los aportes patronales y de la suscripción de un convenio de pago y el personal del IHSS trabajadores al IHSS, dejados de enterar por parte de los identifica un vacío en el periodo de facturación o que la patronos obligados del sector público y privado, los patronos cuenta obrero patronal se encuentra en estado de cancelado, que presenten mora en su estado de cuenta patronal. Los suspendido o pasivo, la Subgerencia de Recaudación debe patronos que apliquen a la suscripción de convenio solo remitir comunicación interna al Departamento de Control lo podrán hacer una vez durante la vigencia del Decreto Patronal para que determine si procede una actualización Legislativo No.44-2025 y su ampliación en Decreto de mora; o bien, si el saldo reflejado en el estado de cuenta Legislativo No. 78-2026. patronal es el valor a cobrar, debiendo enviar la respuesta a la Subgerencia de Recaudación mediante comunicación Los patronos que se encuentran en proceso de demanda interna con el resultado de la revisión en un término no podrán adherirse a la amnistía mediante suscripción de mayor a cinco (5) días hábiles, con la finalidad de que se convenio de pago solo si lo solicitan antes de que el proceso informe al patrono. judicial llegue al embargo de bienes. En caso de que proceda una actualización de mora, la Subgerencia de Recaudación con la confirmación del Patrono 46 A.

Articulo 8

REFINANCIAMIENTO DE CONVENIO DE PAGO. En caso de que el patrono tenga un convenio de pago bajo condiciones normales o de amnistía de pago (vencidas y por vencer), que figuran dentro podrá refinanciar la deuda principal, para la descomposición de la deuda se considerarán los valores vencidos a la fecha del convenio de pago generado. a fin de conocer el nuevo valor a refinanciar del convenio: 1. Convenio de pago bajo condiciones normales: Para el refinanciamiento se debe excluir los valores por multas, recargos e intereses de las cuotas pendientes de pago (vencidas y por vencer), que figuran dentro del convenio de pago generado. 2. Convenio de amnistía: Para el refinanciamiento se

Articulo 9

TÉRMINOS SOBRE LA NEGOCIACIÓN DE UN CONVENIO DE PAGO. Para los patronos que soliciten la suscripción de un convenio de pago, se aplicarán los siguientes términos de negociación para montos con deuda principal superior a los QUINCE debe excluir los intereses de las cuotas pendientes MIL LEMPIRAS (L15,000.00) así: 1. Empresa sin refinanciamiento: 2. Empresas con refinanciamiento: El personal de la Subgerencia de Recaudación negociará el porcentaje de la prima de acuerdo al historial de gestiones y análisis de cada caso, siendo la tasa mínima las establecidas anteriormente. A. 47 REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M.D.C., 9 DE JULIO DEL 2026 No. 37,189

Articulo 10

EXCEPCIONES A LAS CONDICIONES 1.1.2. Tabla de amortización del financiamiento DE NEGOCIACIÓN. En caso de que el patrono sin (con estado de cuenta patronal) debida- proceso de demanda argumente que no tiene la capacidad financiera para suscribir el convenio de pago de acuerdo a las condiciones establecidas en el Artículo precedente, podrá presentar solicitud formal ante la Subgerencia de Recaudación para una consideración en cuanto al plazo y porcentaje de prima, sin superar: Convenios sin refinanciamiento hasta 120 meses de plazo y una prima no menor al 5% y convenios con refinanciamiento, hasta 96 meses de plazo y una prima no menor al 10%, debiendo acreditar la documentación original que confirme su situación: Estados financieros de los últimos dos (2) años y/o declaración de Impuestos Sobre la Renta del mente firmada por el Representante Legal, o por la persona facultada para realizar la solicitud. 1.1.3. Original/copia del recibo de pago de la prima con base a la proyección realizada por la Subgerencia de Recaudación (depósito a las cuentas de otros ingresos autorizadas por el IHSS). 1.1.4. Croquis con referencias de la ubicación de la empresa. periodo fiscal anterior, la respuesta estará sujeta al análisis del caso. 1.2. Documentos a autenticar: 1.2.1. Copia de escritura de constitución de

Articulo 11

REQUISITOS PARA LA FORMALIZACIÓN DE LA SOLICITUD DE AMNISTÍA MEDIANTE LA SUSCRIPCIÓN DE CONVENIO DE PAGO. Los Patronos que presenten solicitud de amnistía mediante la suscripción de convenio de pago deben cumplir con la presentación en fisico de los siguientes requisitos de acuerdo a su constitución, los documentos en calidad de copia debidamente autenticados: la empresa y del nombramiento del representante actual. 1.2.2. Copia de un recibo de servicios públicos de la empresa. 1.2.3. Copia del RTN de la empresa. 1.2.4. Copia del DNI del Representante Legal de la empresa. 1.2.5. Copia del RTN del Representante Legal de la empresa. 1. SOCIEDAD MERCANTIL (S.A., S. de R.L., Unipersonal y otras personas jurídicas incluyendo las de C.V.). 1.1. Documentos originales: 1.2.6. En el caso de que otra persona firme el convenio de pago debe incluir su DNI, RTN y la Carta Poder/Poder Especial de representación donde se le otorga la 1.1.1. Solicitud de Amnistía/Suscripción de facultad para suscribir convenios ante el 48 A. Convenio de Pago (FORMATO FA-01). IHSS. 2. COMERCIANTE INDIVIDUAL. 2.2.5. Copia del RTN del Representante Legal/ 2.1. Documentos originales: Propietario de la empresa. 2.1.1. Solicitud de Amnistía/Suscripción de Convenio de Pago (FORMATO FA- 01). 2.1.2. Tabla de amortización del financiamiento (con estado de cuenta patronal) debidamente firmada por el Representante Legal, o por la persona facultada para realizar 2.2.6. En el caso de que otra persona firme el convenio de pago debe incluir su DNI, RTN y la Carta Poder/Poder Especial de representación donde se le otorga la facultad para suscribir convenios ante el IHSS. la solicitud. 2.1.3. Original/copia del recibo de pago de la prima con base a la proyección realizada por la Subgerencia de Recaudación (depósito a las cuentas de otros ingresos autorizadas por el IHSS). 2.1.4. Croquis con referencias de la ubicación de la empresa. 2.1.5. Croquis con referencias de la ubicación de la vivienda del Representante Legal/Propietario. 3. ASOCIACIONES CIVILES. 3.1. Documentos originales: 3.1.1. Solicitud de Amnistía/Suscripción de Convenio de Pago (FORMATO FA- 01). 3.1.2. Tabla de amortización del financiamiento (con estado de cuenta patronal) debidamente firmada por el Representante Legal, o por la persona facultada para realizar la solicitud. 3.1.3. Original/copia del recibo de pago de la 2.2. Documentos a autenticar: 2.2.1. Copia de escritura de constitución de comerciante individual que se encuentre vigente y sus modificaciones debidamente inscritas. 2.2.2. Copia de un recibo de servicios públicos de la empresa. 2.2.3. Copia de un recibo público de la vivienda del Representante Legal/Propietario. prima con base a la proyección realizada por la Subgerencia de Recaudación (depósito a las cuentas de otros ingresos autorizadas por el IHSS). 3.1.4. Croquis con referencias de la ubicación de la asociación. 3.1.5. Constancia de registro vigente o en trámite emitida por la Dirección de Regulación, Registro y Seguimiento de Asociaciones Civiles (DIRRSAC). 2.2.4. Copia del DNI del Representante Legal/ 3.1.6. Constancia de Junta Directiva vigente Propietario de la empresa. o en trámite emitida por la Dirección de A. 49 REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M.D.C., 9 DE JULIO DEL 2026 No. 37,189 Regulación, Registro y Seguimiento de 4.1.3. Original/copia del recibo de pago de la Asociaciones Civiles (DIRRSAC). prima con base a la proyección realizada 3.2. Documentos a autenticar: 3.2.1. Copia de escritura de personería jurídica que se encuentre vigente y sus modificaciones debidamente inscritas. 3.2.2. Copia de un recibo de servicios públicos de la asociación. 3.2.3. Copia del RTN de la asociación. 3.2.4. Copia del DNI del Representante Legal de la asociación. 3.2.5. Copia del RTN del Representante Legal de la asociación. 3.2.6. En el caso de que otra persona firme el convenio de pago debe incluir su DNI, RTN y la Carta Poder/Poder Especial de representación donde se le otorga la facultad para suscribir convenios ante el IHSS. por la Subgerencia de Recaudación (depósito a las cuentas de otros ingresos autorizadas por el IHSS). 4.1.4. Croquis con referencias de la ubicación de la secretaría, institución descentralizada/ desconcentrada o alcaldía. 4.2. Documentos a autenticar: 4.2.1. Copia del Decreto de creación de la secretaría, institución descentralizada/ desconcentrada o alcaldía. 4.2.2. Copia del Acuerdo de nombramiento del titular, quien ostente la representación legal de la secretaría/dependencia y su debida publicación en el Diario Oficial La Gaceta. 4.2.3. Copia del RTN de la secretaría, institución 4. SECRETARÍAS DE ESTADO, INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS /DESCONCENTRADAS Y ALCALDÍAS. 4.1. Documentos originales: 4.1.1. Solicitud de Amnistía/Suscripción de Convenio de Pago (FORMATO FA-01). 4.1.2. Tabla de amortización del financiamiento (con estado de cuenta patronal) debidamente firmada por el Representante Legal, o por la persona facultada para 50 A. realizar la solicitud. descentralizada/desconcentrada o alcaldía. 4.2.4. Copia del DNI del Representante Legal de la secretaría, institución descentralizada/ desconcentrada o alcaldía. 4.2.5. Copia del RTN del Representante Legal de la secretaría, institución descentralizada/ desconcentrada o alcaldía. 4.2.6. En el caso de que otra persona firme el convenio de pago debe incluir su DNI, RTN y la Carta Poder/Poder Especial. 5. PERSONAS NATURALES. 6. AFILIACIÓN PROGRESIVA. 5.1.1. Solicitud de Amnistía/Suscripción de Convenio de Pago (FORMATO FA- 01). 5.1.2. Tabla de amortización del financiamiento (con estado de cuenta patronal) debidamente firmada por el Representante Legal, o por la persona facultada para realizar la solicitud. 5.1.3. Original/copia del recibo de pago de la prima con base a la proyección realizada por la Subgerencia de Recaudación (depósito a las cuentas de otros ingresos autorizadas por el IHSS). 5.1.4. Croquis con referencias de la ubicación del negocio. 5.1.5. Croquis con referencias de la ubicación de 6.1. Documentos originales: 6.1.1. Solicitud de Amnistía/Suscripción de Convenio de Pago (FORMATO FA- 01). 6.1.2. Tabla de amortización del financiamiento (con estado de cuenta patronal) debidamente firmada por el Representante Legal, o por la persona facultada para realizar la solicitud. 6.1.3. Original/copia del recibo de pago de la prima con base a la proyección realizada por la Subgerencia de Recaudación (depósito a las cuentas de otros ingresos autorizadas por el IHSS). 6.1.4. Croquis con referencias de la ubicación de la vivienda del afiliado. la vivienda del propietario. 5.1.6. Declaración Jurada debidamente autenticada donde el propietario acepta ser 6.2. Documentos a autenticar: 6.2.1. Copia de un recibo de servicios públicos de la vivienda del afiliado. responsable del compromiso asumido por la deuda con el IHSS. 6.2.2. Copia del DNI del afiliado. 6.2.3. Copia del RTN del afiliado. 5.2. Documentos a autenticar: 5.2.1. Copia de un recibo de servicios públicos de la empresa. 5.2.2. Copia de un recibo de servicios públicos de la vivienda del propietario. 5.2.3. Copia del DNI del propietario. 5.2.4. Copia del RTN del propietario.

Articulo 12

CREACIÓN DEL NÚMERO DE SOLICITUD DE AMNISTÍA. Una vez el patrono presente la documentación en fisico, se conformará un expediente con su respectivo número de solicitud para ser procesada a nivel de sistema.

Articulo 13

VERIFICACIÓN DE DOMICILIO DE COBRO E INFORMACIÓN DE CONTACTO. El patrono A. 51 REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M.D.C., 9 DE JULIO DEL 2026 No. 37,189 proporcionará la dirección donde se ubica la empresa y la ser firmado por el Representante Legal de la cuenta obrero vivienda del representante legal de acuerdo a los requisitos patronal; y en caso de que el Representante Legal no pueda establecidos en el presente Reglamento, mismas que serán verificadas in situ por el personal de la Subgerencia de Recaudación u Oficinas Regionales, quien dará fe de la realizarlo, firmará la persona facultada para ello, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5 del presente Reglamento. veracidad de la información previo a suscribir el convenio de pago. Adicionalmente, se confirmará la información de contacto que brinde el patrono en la solicitud. En el caso de que la información no pueda ser verificable por el personal, la solicitud de suscripción de convenio quedará desestimada.

Articulo 16

PLAZO MÁXIMO PARA FIRMA DE DOCUMENTACIÓN DE CONVENIO DE PAGO. A fin de superar las incidencias en la obtención de firmas, si el Representante Legal de la cuenta obrero patronal o la persona facultada para la firma sin causa justificada, no se presenta

Articulo 14

CONSIDERACIONES ESPECIALES EN LA PRESENTACIÓN DE REQUISITOS. La Subgerencia de Recaudación de acuerdo al caso manifestado por el patrono, podrá considerar la presentación de una declaración jurada firmada por el representante legal de la a firmar los documentos originales en un tiempo máximo de treinta (30) días calendarios a partir de la notificación por la Subgerencia de Recaudación, el Patrono quedará sin acceso a las prestaciones administrativas contempladas en la Ley del Seguro Social y su Reglamento. cuenta obrero patronal, debidamente autenticada donde se detalle y justifique la falta de uno o más requisitos para la suscripción de convenio de pago, siendo los siguientes casos sin ser limitativos a: CAPÍTULO V DE LA PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES DE AMNISTÍA PARA PAGO DE CONTADO Y DESCARGO DE MULTAS l. En caso de ser mercado informal y que según los archivos correspondientes no se tienen escritura de constitución por ser una afiliación de oficio, afiliación de personas naturales o un tipo de afiliación especial. 2. Cuando la empresa presenta cierre o ya no está operando. 3. Cuando hay cambios en la razón social y/o propietario(s). ARTÍCULO I5.- FIRMA DEL CONVENIO DE PAGO. El convenio de pago y su pagaré y/o Letra de Cambio debe 52 A.

Articulo 17

SOLICITUDES DE AMNISTÍA PARA REALIZAR PAGO DE CONTADO. El patrono que se presente al IHSS y solicite adherirse al beneficio de la amnistía establecida en el Decreto Legislativo No.44-2025 y su ampliación en el Decreto Legislativo No.78-2026,y aplique a la modalidad de pago de contado de su deuda principal, se le extenderá su estado de cuenta patronal/comprobante para realizar el pago directamente en los bancos autorizados para el recaudo del IHSS donde estará disponible cada factura sin el recargo.

Articulo 18

PROCESAMIENTO DE AMNISTÍA DE AMNISTÍA. Para los efectos de aplicación de Decreto DE OFICIO PARA DEPURAR LAS MULTAS. En busca Legislativo No.44-2025 y su ampliación en el Decreto de dinamizar la aplicación del Decreto Legislativo No.442025 y su ampliación en el Decreto Legislativo No. 782026, toda cuenta obrero patronal que en su estado de cuenta patronal o conciliación interna de saldos presente valores en concepto de multas y recargos cuya obligación principal Legislativo No.78-2026, para el no pago de recargos, multas e intereses en las deudas originadas por falta de pago de los aportes patronales y de trabajadores al IHSS, se debe llevar a cabo el siguiente procedimiento: fue cancelada durante la vigencia del decreto de amnistía o l. anterior a la misma, la Subgerencia de Recaudación hará de oficio el descargo de los valores que se hayan generado con la finalidad de limpiar su estado de cuenta patronal. El patrono debe presentarse a las Oficinas Administrativas del IHSS a nivel nacional para conocer los valores adeudados y de acuerdo a su condición de pago adherirse a la amnistía a través Si posterior a la vigencia del Decreto Legislativo No.442025 y su ampliación en el Decreto Legislativo No.78-2026, la Subgerencia de Recaudación identifica pagos en concepto de cotizaciones obrero patronal y/o convenios de pago realizados en periodo de la vigencia de amnistía o anterior a la misma, la Subgerencia de Recaudación tiene la facultad de depurar los recargos, multas e intereses que se hayan 2. generado por no reportar el pago. de pago de contado o suscripción de convenio de amnistía. En caso de requerir proceso de actualización de la mora la Subgerencia de Recaudación con la nota suscrita por el patrono solicitará la misma al Departamento de Control Patronal, quien en un término no mayor a cinco (5) días hábiles debe remitir respuesta a la solicitud. La Subgerencia de Recaudación una vez recibida la solicitud de amnistía tiene veinte (20) días hábiles Lo anterior sin perjuicio de las revisiones que el IHSS a través de sus dependencias realice a las cuentas obrero patronales en busca de verificar que las cargas de facturas, reparos o verificación de pagos se encuentren actualizados. (aplican consideraciones de acuerdo al análisis y complejidad del caso) para procesar la solicitud y aplicarla a nivel de sistema: 2.1. Convenio de pago: Debe notificar al patrono que la documentación esta lista para firma CAPÍTULO VI DEL PROCEDIMIENTO INTERNO PARA EL PROCESAMIENTO DE LA SOLICITUD DE AMNISTÍA del Representante Legal, o de la persona facultada para firmar. 2.2. Depuración de multas: Debe notificar al patrono que su estado de cuenta patronal está al día con el IHSS.

Articulo 19

PROCEDIMIENTO INTERNO 3. El patrono cuenta con treinta (30) días calendarios PARA EL PROCESAMIENTO DE LA SOLICITUD para la firma de la documentación por la suscripción A. 53 REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M.D.C., 9 DE JULIO DEL 2026 No. 37,189 de convenio de pago, de no presentarse y estar en l. Comité de Recaudaciones: Es el responsable de mora se aplicará lo establecido en los artículos 16 y la supervisión y reportar a la Máxima Autoridad 24 del presente Reglamento. Institucional y Ejecutiva los resultados de la aplicación del Decreto Legislativo No.44-2025 y

Articulo 20

PROCESAMIENTO DE SOLICITUDES su ampliación en Decreto Legislativo No.78-2026; DE AMNISTIAS AL FINALIZAR LA VIGENCIA DEL y, demás funciones de acuerdo al Reglamento DECRETO DE AMNISTÍA. En vista de prever y garantizar Operativo del Comité de Recaudaciones del Instituto el procesamiento de todas las solicitudes de amnistía Hondureño de Seguridad Social (IHSS). recibidas en tiempo, posterior a la fecha de finalización del Decreto Legislativo No.44-2025 y su ampliación en el 2. Departamento de Control Patronal: Es el Decreto Legislativo No.78-2026 el 12 de octubre de 2026, se responsable de atender en tiempo y forma las establece un periodo de seis (6) meses calendario adicionales solicitudes de actualización de mora que presenten los para procesar las solicitudes por las diferentes áreas y patronos y de remitir el resultado de la actualización donde se puedan recibir pagos, generar pagos de contado y de mora en una liquidación de saldo provisional convenios de pago. Asimismo, se establece que el sistema a la Subgerencia de Recaudación mediante el informático para recepción de solicitudes estará habilitado Canal Oficial de Comunicación Interna del IHSS hasta el 12 de octubre de 2026. establecido, debiendo garantizar, al contar con el visto bueno de la Subgerencia de Recaudación que CAPÍTULO VII se graben los valores resultantes en un término no DE LAS RESPONSABILIDADES DE LAS mayor a cinco (5) días hábiles. DEPENDENCIAS DEL IHSS EN EL PROCESO DE AMNISTÍA 3. Departamento de Tesorería: Es el responsable de descargar y/o certificar a diario la totalidad de

Articulo 21

RESPONSABILIDADES DE CADA recibos ingresados en el aplicativo de Monitoreo DEPENDENCIA EN EL PROCESO DE AMNISTÍA. A de Transacciones SAP que están en categoría: continuación se detallan las responsabilidades que tendrán Aprobados para Descarga o Ingresados. las dependencias del IHSS en el proceso de amnistía aplicable para el no pago de recargos, multas e intereses en las deudas 4. Gerencia de Tecnología de la Información y originadas por falta de pago de los aportes patronales y de Comunicaciones: Es la responsable de facilitar trabajadores al IHSS, dejados de enterar por los patronos los aplicativos y atender de forma oportuna las obligados del sector público y privado: 54 A. solicitudes y/o reportes de incidentes generados por la Subgerencia de Recaudación, Subgerencia totalidad de los depósitos descargados del aplicativo de Afiliación, Subgerencia de Contabilidad, de Monitoreo de Transacciones SAP. Departamento de Control Patronal, Departamento de Tesorería y Comité de Recaudaciones en cuanto a: 7. Subgerencia de Recaudación: Es la responsable 4.1. La funcionalidad y disponibilidad de los de atender al patrono y recibir la solicitud y/o aplicativos que intervienen en la operatividad documentación requerida para adherirse al beneficio del proceso de amnistía. de la amnistía, dando el debido seguimiento para el 4.2. Asignar personal técnico disponible para pago de la deuda ya sea de contado o mediante la atender en tiempo y forma los asuntos que se suscripción del convenio de pago. relacionan a este proceso. 4.3. Proveer de la logística necesaria de equipo La Subgerencia de Recaudación negociará la de cómputo y multifuncional para asignar suscripción de convenios de pago de acuerdo a los a las Oficinas Regionales y Principales de saldos que se presenten en el estado de cuenta patronal acuerdo a la disponibilidad presupuestaria, a vigente, para lo cual el Departamento de Tesorería, fin de atender las solicitudes de amnistía que Departamento de Control Patronal, Subgerencia presenten los patronos. de Contabilidad y Subgerencia de Afiliación deben 4.4. Modificar de manera inmediata con asegurar el cumplimento de su responsabilidad documento de autorización de la MAE, el previamente descrita. sistema relacionado con la Banca en Línea para que durante el periodo de vigencia del 8. Demás dependencias del IHSS: Atender en tiempo Decreto Legislativo No.44-2025 mediante y forma las solicitudes que se generen por las su ampliación en el Decreto Legislativo No. dependencias involucradas en el proceso de amnistía. 78-2026, únicamente esté disponible el pago de la deuda principal, es decir, sin recargos. ARTÍCULO 22.- RESPONSABLE DE LA RECEPCIÓN DE SOLICITUDES DE AMNISTÍA. Los responsables 5. Subgerencia de Afiliación: Es la responsable de para la recepción de solicitudes de amnistía presentadas por garantizar que la facturación mensual se migre en los los Patronos que se amparen al Decreto Legislativo No.44- sistemas vigentes de forma completa y conciliada. 2025 y su ampliación en el Decreto Legislativo No.78-2026, será el personal de la Subgerencia de Recaudación y en las 6. Subgerencia de Contabilidad: Es la responsable de Oficinas Regionales el personal que designe el Gerente/Jefe la verificación de los registros contables a diario de la Regional. A. 55 REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M.D.C., 9 DE JULIO DEL 2026 No. 37,189

Articulo 23

RESPONSABLE DE LA CUSTODIA CAPÍTULO IX DE LOS EXPEDIENTES DE AMNISTÍA. La Subgerencia de Recaudación es la encargada del resguardo y custodia de toda la documentación de las solicitudes de amnistía que presenten los patronos. DE LA PRESENTACIÓN DE SOLICITUD POR PARTE DEL PATRONO PARA EL PROCESO DE DEPURACIÓN Y SANEAMIENTO DE LA CARTERA DE CUENTAS CAPÍTULO VIII POR COBRAR CONSIDERADAS INCOBRABLES DE LA RESPONSABILIDAD DEL PATRONO EN EL CUMPLIMIENTO DE SUS OBLIGACIONES DERIVADAS DE LAS COTIZACIONES OBRERO PATRONALES

Articulo 25

DE LA PRESENTACIÓN DE SOLICITUD POR PARTE DEL PATRONO PARA EL PROCESO DE DEPURACIÓN. Para beneficiarse de lo establecido en el Decreto Legislativo No.44-2025 y su ampliación en

Articulo 24

CONTINUIDAD EN EL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES POR PARTE DEL PATRONO. El patrono que haya sido beneficiado del proceso de amnistía establecido en el Decreto Legislativo No.442025 y su ampliación en el Decreto Legislativo No.78-2026, tiene la responsabilidad de continuar con el cumplimiento de sus obligaciones derivadas de las cotizaciones obrero patronales, pagando en tiempo y forma su cuota mensual obrero patronal y convenio de pago (si suscribió) a fin de garantizar los servicios de salud y protección social a sus el Decreto Legislativo No. 78-2026, para la depuración y saneamiento de la cartera de cuentas por cobrar consideradas incobrables de aquellos cotizantes, personas naturales o jurídicas que cerraron operaciones y no informaron al IHSS, el Representante Legal de la cuenta obrero patronal debe presentarse a la Subgerencia de Recaudación: Edificio Administrativo en la Ciudad de Tegucigalpa; Dirección Regional en la Ciudad de San Pedro Sula o en el resto del país en las diferentes Oficinas Regionales, a fin de acreditar la documentación que compruebe el hecho. trabajadores. En caso de que el Representante Legal no pueda presentarse, En caso de incumplimiento, el IHSS procederá a la recuperación de los valores adeudados por la vía judicial, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 65 de la Ley del Seguro Social, para lo cual se podrá brindar al Ministerio la persona facultada que presente la solicitud de depuración, así como otra gestión ante nuestras oficinas, debe presentar cualquiera de los siguientes documentos junto con la copia de su RTN y DNI: Público un informe con la finalidad de que se investigue si existen delitos contra la seguridad social por cuotas retenidas l. Carta Poder debidamente autenticada. y no enteradas. 56 A. 2. Poder otorgado en escritura pública. En los poderes se debe indicar que el firmante está facultado 2. Para las asociaciones civiles el siguiente documento: para realizar trámites en el IHSS conforme a las facultades 2.1. Constancia del DIRRSAC de no haber generales establecidas en el Artículo 57 de la Ley de Procedimiento Administrativo; es decir, la expresa mención presentado estados financieros o renovación de junta directiva. de la facultad para la firma de convenio de pago en el IHSS y toda la documentación relacionada incluyendo el pagaré. 3. Para las Secretarías de Estado e instituciones descentralizadas, desconcentradas el siguiente La única vía autorizada de formalización de la solicitud de depuración, es de manera presencial en cualquiera de las oficinas establecidas previamente. documento: 3.1. Decreto de disolución de la secretaría o institución estatal.

Articulo 26

DOCUMENTOS QUE COMPRUEBAN CIERRE DE OPERACIONES. Los patronos que presenten solicitud de depuración de cuentas por cobrar porque cerraron operaciones y no informaron al IHSS de acuerdo a lo establecido en el Artículo 29 del Reglamento de la Ley del Seguro Social, deben presentar los siguientes documentos que comprueben el hecho: l. Para las sociedades mercantiles y comerciante individual, uno (1) de los siguientes documentos: 1.1. Constancia del cierre del negocio de la Alcaldía Municipal de su localidad. 1.2. Constancia de que no opero/ no está activo en la Alcaldía Municipal de su localidad. 1.3. Constancia de cierre ante el Servicio de Administración de Rentas. 1.4. Declaración de impuestos en cero, es decir, que no declara ingresos. 4. Para persona natural y afiliación progresiva el siguiente documento: 4.1. Acta de defunción. Asimismo, cualquier otro documento que acredite que el Patrono cerró operaciones.

Articulo 27

REQUISITOS PARA LA FORMALIZA- CIÓN DE LA SOLICITUD DE DEPURACIÓN DE CUENTAS OBRERO-PATRONALES. Los patronos que presenten solicitud de depuración de cuentas por cobrar porque cerraron operaciones y no informaron al IHSS de acuerdo a lo establecido en el Artículo 29 del Reglamento de la Ley del Seguro Social, deben presentar al Departamento de Control Patronal los requisitos establecidos en el Artículo 11 del presente Reglamento, más la actualización de expediente y datos normativos patronales; así como, cualquier otro documento que de acuerdo a la naturaleza del caso sea necesario y/o solicitado por el área técnica. A. 57 REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M.D.C., 9 DE JULIO DEL 2026 No. 37,189 CAPÍTULO X CONTROL PATRONAL. En busca de dinamizar la DEL PROCESO DE OFICIO PARA LA aplicación del Decreto Legislativo No.44-2025 y su DEPURACIÓN Y SANEAMIENTO DE LA ampliación en el Decreto Legislativo No. 78-2026, en cuanto CARTERA DE CUENTAS POR COBRAR a la depuración y saneamiento de la cartera de cuentas CONSIDERADAS INCOBRABLES por cobrar consideradas incobrables, el Departamento de Control Patronal de acuerdo a los casos reportados por la

Articulo 28

DEL PROCESO DE OFICIO PARA LA Subgerencia de Recaudación y/o de las Oficinas Regionales, DEPURACIÓN Y SANEAMIENTO DE LA CARTERA debe llevar a cabo un proceso de investigación en los DE CUENTAS POR COBRAR CONSIDERADAS entes correspondientes para determinar si procede o no la INCOBRABLES DE ACUERDO A INFORMES DE depuración de una cuenta obrero patronal, que no ha sido CONSULTORÍAS. En busca de dinamizar la aplicación posible su ubicación física y/o fue una afiliación de oficio sin del Decreto Legislativo No.44-2025 y su ampliación registro de pago en los últimos cinco (5) años. en el Decreto Legislativo No. 78-2026, en cuanto a la depuración y saneamiento de la cartera de cuentas por ARTÍCULO 30.- DEL PROCESO DE OFICIO PARA LA cobrar consideradas incobrables consignada en informes DEPURACIÓN Y SANEAMIENTO DE LA CARTERA de consultorías externas que estén liquidadas y fenecidas DE CUENTAS POR COBRAR IDENTIFICADAS debidamente comprobadas, la Subgerencia de Contabilidad, COMO FACTURAS DUPLICADAS. La Subgerencia Subgerencia de Recaudación, Subgerencia de Afiliación de Afiliación debe realizar la revisión de las denominadas y Departamento de Tesorería deben proceder a aplicar los “facturas duplicadas” y con el apoyo del Equipo de resultados de los informes de las distintas consultorías que se Integraciones proceder a la regulación del estado de cuenta llevaron a cabo para identificar las cuentas obrero patronales patronal del patrono. sujetas al proceso de depuración, debiendo cumplir con el proceso autorizado de depuración, conciliación y descargo CAPÍTULO XI de los sistemas del IHSS a la fecha de la aplicación. DEPURACIÓN Y SANEAMIENTO DE LA CARTERA DE CUENTAS POR COBRAR

Articulo 29

DEL PROCESO DE OFICIO PARA LA CONSIDERADAS INCOBRABLES DEPURACIÓN Y SANEAMIENTO DE LA CARTERA DE CUENTAS POR COBRAR CONSIDERADAS ARTÍCULO 31.- RESPONSABILIDADES DE CADA INCOBRABLES, POR EL DEPARTAMENTO DE 58 A. DEPENDENCIA EN EL PROCESO DE DEPURACIÓN Y SANEAMIENTO. A continuación se detallan las de investigación en las alcaldías municipales, responsabilidades que tendrá cada dependencia del IHSS autoridades tributarias, cámara de comercio y otras en el proceso de depuración y saneamiento de la cartera de cuentas por cobrar consideradas incobrables de aquellos cotizantes, personas naturales o jurídicas que cerraron operaciones y no informaron al IHSS pero cuentan con la documentación que acredita dicho cierre o que la misma se encuentra consignada en informes de consultorías externas instituciones, de las cuentas obrero patronales reportadas por la Subgerencia de Recaudación y/o de las Oficinas Regionales que no ha sido posible su ubicación fisica y/o fue una afiliación de oficio sin registro de pago en los últimos cinco (5) años. que estén liquidadas y fenecidas, debidamente comprobadas: El resultado de la investigación debe ser completado l. Comité de Recaudaciones: Es el responsable de la supervisión y reportar a la Máxima Autoridad Institucional y Ejecutiva los resultados de la aplicación del Decreto Legislativo No.44-2025 y en un término no mayor a diez (10) días hábiles y realizar las acciones correspondientes, informando si procede un cobro o una depuración total o parcial de los valores registrados. su ampliación en el Decreto Legislativo No. 783. 2026; y, demás funciones de acuerdo al Reglamento Operativo del Comité de Recaudaciones del Instituto Hondureño de Seguridad Social (IHSS). Departamento de Tesorería: Es el responsable del descargo/certificar a diario de la totalidad de recibos ingresados en el aplicativo de Monitoreo de Transacciones SAP que están en categoría: 2. Departamento de Control Patronal: Es la Aprobados para Descargo o Ingresados. responsable de resolver en tiempo y forma las solicitudes de depuración presentadas por los 4. patronos a través de la Subgerencia de Recaudación y/o de las Oficinas Regionales, para adherirse a la depuración de cuentas por cobrar consideradas incobrables de cotizantes, personas naturales o jurídicas que cerraron operaciones y no informaron al IHSS pero cuentan con documentación que acredita Equipo de Integraciones: Está integrado por el Departamento de Tesorería, Subgerencia de Recaudación, Subgerencia de Contabilidad, Subgerencia de Afiliación, Gerencia de Tecnología de la Información y Comunicaciones y demás dependencias involucradas, quien tendrá la responsabilidad de trabajar en el proceso de el hecho. Asimismo, debe realizar el debido proceso depuración de las cuentas incobrables. A. 59 REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M.D.C., 9 DE JULIO DEL 2026 No. 37,189 5. Gerencia de Tecnología de la Información y del Sistema Contable y Financiero relacionado con Comunicaciones: Es la responsable de facilitar las cuentas por cobrar consideradas incobrables de los aplicativos y atender de forma oportuna las cotizantes, personas naturales o jurídicas que cerraron solicitudes y/o reportes de incidentes generados en operaciones y no informaron al IHSS pero cuentan los aplicativos/sistemas que intervienen en el proceso con documentación que acredita, mediante la emisión de depuración y saneamiento de la cartera de cuentas de un informe del Departamento de Control Patronal por cobrar consideradas incobrables, de acuerdo a la y/o de los emitidos en los Informes de Depuración solicitud de las dependencias involucradas en este Externos. proceso. Lo anterior para cumplir con la razonabilidad de 6. Máxima Autoridad Institucional: Es la las cifras que muestran los estados financieros para responsable de brindar el visto bueno para realizar construir oportunamente las reservas necesarias, los ajustes contables de acuerdo a lo reportado por contribuyendo asimismo a la adecuada toma de la Subgerencia de Contabilidad y los Informes de decisiones al disponer de la información completa, Depuración Externos Contratados. Asimismo, debe confiable y oportuna. instruir la remisión de los informes de depuración a los Entes Contralores, Fiscalizadores y Reguladores 9. Subgerencia de Recaudación: Es la responsable a través del Enlace nombrado para tal fin para su de la recepción de las solicitudes de depuración conocimiento. presentadas por los patronos cuyas cuentas por cobrar consideradas incobrables de cotizantes, personas 7. Subgerencia de Afiliación: Debe proceder de oficio naturales o jurídicas que cerraron operaciones y no al saneamiento de las Cuentas Obrero Patronales que informaron al IHSS pero cuentan con documentación de manera histórica presentan planillas duplicadas en que acredita, y trasladar la misma al Departamento sus estados de cuenta. de Control Patronal. De acuerdo al resultado de la investigación del Departamento de Control Patronal 8. Subgerencia de Contabilidad: Es la responsable debe realizar el cobro de las cuentas obrero patronales. de informar para su autorización a la Máxima Autoridad Institucional la elaboración de los ajustes Asimismo, debe realizar de manera simultánea contables para la depuración, conciliación y descargo 60 A. con el proceso de la Subgerencia de Contabilidad, la depuración de las cuentas por cobrar en los emitirá un informe con el resultado de la investigación denominados sistemas legados. realizada donde indique si procede una depuración parcial o total; o bien, si no aplica el proceso. 10. Demás dependencias del IHSS: Atender en tiempo y forma las solicitudes que se generen por ARTÍCULO 34.- RESPONSABLE DE LA CUSTODIA las dependencias involucradas en el proceso de DE LOS EXPEDIENTES DE DEPURACIÓN, depuración y saneamiento de las cuentas por cobrar CONCILIACIÓN Y DESCARGO DEL SISTEMA. La consideradas incobrables. Subgerencia de Afiliación a través del Departamento de Control Patronal es la encargada del resguardo y custodia

Articulo 32

RESPONSABLE DE LA RECEPCIÓN de la documentación de las solicitudes de depuración y DE LAS SOLICITUDES DE DEPURACIÓN Y saneamiento de la cartera de cuentas por cobrar consideradas SANEAMIENTO DE LAS CUENTAS POR COBRAR. incobrables, dejando constancia en cada expediente patronal Los responsables para la recepción de solicitudes de y en el aplicativo tecnológico que se designe para tal efecto. depuración presentadas por los patronos que se amparen al La Subgerencia de Contabilidad es la responsable de que los Decreto Legislativo No.44-2025 y su ampliación en el Decreto asientos contables que se realicen derivado del proceso de Legislativo No.78-2026, para la depuración y saneamiento depuración y saneamiento de la cartera de cuentas por cobrar de la cartera de cuentas por cobrar consideradas incobrables, consideradas incobrables, cuenten con la documentación será el personal de la Subgerencia de Recaudación o en el correspondiente. resto del país en las diferentes Oficinas Regionales. CAPÍTULO XII

Articulo 33

RESPONSABLE DEL PROCESA- APOYO INTERINSTITUCIONAL PARA EL MIENTO DE LAS SOLICITUDES DE DEPURACIÓN PROCESO DE DEPURACIÓN Y SANEAMIENTO Y SANEAMIENTO DE LAS CUENTAS POR COBRAR. DE LA CARTERA DE CUENTAS POR COBRAR Los responsables del procesamiento de las solicitudes de CONSIDERADAS INCOBRABLES depuración presentadas por los patronos que se amparen al Decreto Legislativo No.44-2025 y su ampliación en el Decreto ARTÍCULO 35.-INSTITUCIONES U ÓRGANOS DE Legislativo No.78-2026, para la depuración y saneamiento COLABORACIÓN. Para el proceso de depuración y de la cartera de cuentas por cobrar consideradas incobrables, saneamiento de la cartera de cuentas por cobrar consideradas será el personal del Departamento de Control Patronal quien incobrables de aquellos cotizantes, personas naturales o A. 61 REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M.D.C., 9 DE JULIO DEL 2026 No. 37,189 jurídicas que cerraron operaciones y no informaron al IHSS de fortalecer el proceso de actualización de datos y pero cuentan con la documentación que acredita dicho documentación en el expediente patronal en fisico y a nivel cierre o que la misma se encuentra consignada en informes de consultorías externas que estén liquidadas y fenecidas, debidamente comprobadas, el Departamento de Control Patronal perteneciente a la Subgerencia de Afiliación está autorizado para requerir información completa, confiable y oportuna a las entidades públicas y privadas con la finalidad de documentar los casos que impliquen depuración, conciliación y descargo del sistema; para tal efecto, durante de sistemas/aplicativos, toda la información que se capte derivado de la aplicación del Decreto Legislativo No.442025 y su ampliación en el Decreto Legislativo No.78-2026, debe ser procesada por el Departamento de Control Patronal en tiempo y forma y sin excepción alguna, teniendo acceso al entregarse la información por el patrono; o bien, en el aplicativo donde se haga recepción de la misma. el proceso podrá solicitar información sin que sea limitativo a las siguientes instituciones: CAPÍTULO XIV DE LAS SANCIONES 1. Alcaldías Municipales. 2. Servicio de Administración de Rentas (SAR). 3. Cámaras de Comercio. 4. Registro Mercantil. 5. Instituto de la Propiedad. 6. Colegios Profesionales. 7. Burós de Crédito. 8. Registro Nacional de las Personas. 9. Comisión Nacional de Bancos y Seguros. 10. Cualquier otra institución relacionada.

Articulo 37

SANCIONES. El incumplimiento a las responsabilidades y funciones por parte del personal involucrado en el proceso de amnistía y/o de depuración y saneamiento de la cartera de cuentas por cobrar consideradas incobrables, se considera una falta para todos los efectos laborales y su correspondiente sanción será en concordancia con la calificación que resulte de acuerdo al procedimiento establecido en el Reglamento Interno de Trabajo del IHSS y demás normativa aplicable. CAPÍTULO XIII DE LA ACTUALIZACIÓN DE DATOS Y DOCUMENTACIÓN DEL PATRONO CAPÍTULO XV DE LAS DISPOSICIONES VARIAS

Articulo 36

ACTUALIZACIÓN DE DATOS Y DOCUMENTACIÓN DEL PATRONO. Con el propósito 62 A.

Articulo 38

DE LAS DISPOSICIONES SUPLETORIAS. En caso de ausencia de algo no contemplado en el presente reglamento, se aplicará supletoriamente el Decreto En el caso de que el expediente de amnistía se encuentre Legislativo No.44-2025 y su ampliación en el Decreto en proceso de subsanación y el patrono no ha remitido la Legislativo No.78-2026, la Ley del Seguro Social y su documentación solicitada, la Subgerencia de Recaudación Reglamento, la Ley General de la Administración Pública, denegará la solicitud ingresada y el patrono debe actualizar la Ley de Procedimiento Administrativo, la Ley del Sistema documentación con los requisitos consignados en el presente Financiero, o cualquier otra disposición legal aplicable. reglamento generándose una nueva solicitud de amnistía.

Articulo 39

DISPOSICIONES FINALES. Para los efectos del presente Reglamento se establecen las siguientes disposiciones finales: 1. El presente Reglamento será revisado cuando apliquen cambios en la legislación en que se enmarca; o bien, en las disposiciones internas del IHSS derivadas de las evaluaciones realizadas. 2. Toda modificación al presente Reglamento debe ser sometida a aprobación de la Máxima Autoridad Institucional.

Articulo 41

DE LA DEROGACIÓN. Queda derogado todo reglamento o disposición que haya regulado previamente un decreto de amnistía y/o depuración y saneamiento de la cartera de cuentas por cobrar consideradas incobrables del IHSS.

Articulo 42

DE LA VIGENCIA. El presente Reglamento entra en vigencia a partir de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta. CÚMPLASE.

Articulo 40

SOLICITUDES DE AMNISTÍA EN PROCESO INGRESADAS BAJO DECRETO LEGISLATIVO NO.7-2024. Las solicitudes de amnistía ingresadas bajo el Decreto Legislativo No.7-2024 que no han sido finalizadas por temas de sistemas, corresponde a la Subgerencia de Recaudación revisar cada caso para cerrar el expediente, sea registrando el convenio a nivel de sistemas o solicitando el descargo de cotizaciones obrero patronales por medio del aplicativo de Monitoreo de Transacciones SAP.

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