Acuerdo No. S.D.N.-197-2024 — Delegación de atribuciones al Subsecretario de Estado en Despacho de Defensa Nacional para firma de documentos de Contratación Directa
Considerandos
- 1.Que la Abogada Rixi Moncada Godoy, fue nombrada como Secretaria de Estado en el Despacho de Defensa Nacional, mediante Acuerdo Ejecutivo No. 192-2024 de fecha 01 de septiembre del 2024, por la señora Presidenta Constitucional de la República y Comandante General de las Fuerzas Armadas. CONSIDERANDO (2):
- 2.Que la Constitución de la República en el artículo 247 establece que “Los secretarios de Estado son colaboradores del Presidente de la República, en la orientación, coordinación, dirección y supervisión de los órganos y entidades de la Administración Pública Nacional, en el área de su competencia”. CONSIDERANDO (3):
- 3.Que la Ley General de la Administración Pública en el artículo 36, establece las atribuciones y deberes comunes a los secretarios de Estado, dentro -- 184 of 186 -- 17 La Gaceta A. Sección A Acuerdos y Leyes REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M.D.C., 27 DE NOVIEMBRE DEL 2024 No. 36,700 el superior podrá delegar el ejercicio de sus funciones para asuntos concretos, siempre que la competencia sea atribuida genéricamente al Ramo de la Administración de que forman parte el superior y el inferior”. CONSIDERANDO (6):
- 4.Que la Ley de Contratación del Estado en el artículo 11 establece las competencias que tienen los órganos para celebrar los contratos de la administración, dentro de las cuales se hace referencia especifica en el numeral 1) literal a) “Los Secretarios de Estado en su respectivo Ramo”. CONSIDERANDO (7):
- 5.Que la Ley de Contratación del Estado en el artículo 32 establece que “La preparación, adjudicación, ejecución y liquidación de los contratos se desarrollará bajo la dirección del órgano responsable de la contratación, sin perjuicio de la participación que por ley tengan otros organismos del Estado. Son responsables de la contratación, l o s ó r g a n o s c o m p e t e n t e s para adjudicar o suscribir los contratos. El desarrollo y la coordinación de los procesos técnicos de contratación, podrá ser delegado en unidades técnicas especializadas”. CONSIDERANDO (8):
- 6.Que el Reglamento de la Ley de Contratación del Estado en el artículo 51 establece que “Órgano responsable y delegación. Los órganos responsables de la contratación son aquellos cuyos titulares tienen atribuciones para adjudicar o suscribir los contratos según disponen los artículos 11, 12, 14 y 32 de la Ley; la preparación, adjudicación, ejecución y liquidación de los contratos se desarrollarán bajo su dirección, observándose l a s n o r m a s , m a n u a l e s y demás instrumentos a que se refiere el artículo 47 de este Reglamento. Las unidades técnicas especializadas en quienes se pueden delegar los procesos técnicos de contratación según dispone el artículo 32 de la Ley son las Gerencias Administrativas o las Unidades Ejecutoras; estas Unidades deberán presentar informes mensuales o cuando fueren requeridos, a los Secretarios de Estado o a los titulares de los demás organismos a que hacen referencia los artículos 11 y 14 de la Ley, acerca de la ejecución de los contratos”. CONSIDERANDO (9): Que los Secretarios de Estado podrán delegar al órgano -- 185 of 186 -- 18 La Gaceta A. Sección A Acuerdos y Leyes REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M.D.C., 27 DE NOVIEMBRE DEL 2024 No. 36,700 inmediatamente inferior, el ejercicio de sus funciones siempre que la competencia sea atribuida al ramo de la administración. CONSIDERANDO (10):
- 7.Que mediante Acuerdo Ejecutivo No. 190-2024, de fecha 24 de octubre del 2024, la Excelentísima señora Presidenta Constitucional de la República, Iris Xiomara Castro Sarmiento autorizó por una vigencia de un (01) año a la ciudadana RIXI RAMONA MONCADA GODOY, en su condición de Secretaria de Estado en el Despacho de Defensa Nacional a realizar mediante el Proceso de Contratación Directa, en base al artículo 63 numeral 2, 4 y 6 de la Ley de Contratación del Estado lo relacionado a: 1) La adquisición y suministro de bienes y servicios; 2) Contratos de consultoría; y, 3) Contratos de construcción de obras públicas. POR TANTO: En uso de las facultades que la Ley le confiere y en aplicación del artículo 247 de la Constitución de la República; artículos 36 numeral 19) y 37 de la Ley General de la Administración Pública; artículo 4 de la Ley de Procedimiento Administrativo; artículo 11 numeral 1) literal a), 32 de la Ley de Contratación del Estado; artículo 51 del Reglamento de la Ley de Contratación del Estado y demás aplicables. ACUERDA: PRIMERO:
Articulos
Articulo PRIMERO
Delegar al señor Subsecretario de Estado en el Despacho de Defensa Nacional, Orlando Enrique Garner Ordóñez, nombrado mediante Acuerdo Ejecutivo No. 203-2024 de fecha 11 de septiembre del presente año, la atribución de firmar los siguientes documentos referentes a la Contratación Directa: Invitaciones, Convocatorias y Proceso de Negociación. SEGUNDO:
Articulo SEGUNDO
El ciudadano Orlando Enrique Garner Ordóñez, será responsable por el ejercicio de la facultad de funciones que le han sido delegadas. TERCERO:
Articulo TERCERO
El presente Acuerdo es de ejecución inmediata y deberá publicarse en el Diario Oficial La Gaceta. Dado, en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los cinco (05) días del mes de noviembre del año dos mil veinticuatro (2024). COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE. Abogada Rixi Ramona Moncada Godoy Secretaria de Estado en el Despacho de Defensa Nacional Abogada Elena Michelle Vallecillo Fuentes Secretaria General de la Secretaría de Estado en el Despacho de Defensa Nacional -- 186 of 186 --