Vigente
Decreto No. 219-2023 | Congreso Nacional

Acuerdo Ejecutivo No. 219-2023 — Lineamientos de Política Presupuestaria 2024-2026 en el Marco de las Prioridades del Gobierno Bicentenario para Refundar Honduras

Considerandos

  1. 1.Que la Presidenta de la República, tiene a su cargo la suprema dirección y coordinación de la administración pública centralizada y descentralizada y en el ejercicio de sus funciones, podrá actuar por sí o en Consejo de Ministros. A ese efecto, el artículo 116 de la Ley General de la Administración Pública, establece que los actos de los órganos de la Administración Pública adoptarán la forma de Decretos, Acuerdos, Resoluciones o Providencias. CONSIDERANDO (2):
  2. 2.Que de acuerdo con lo dispuesto por los artículos 367 de la Constitución de la República y 25 de la Ley Orgánica del Presupuesto, el Proyecto de Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la República y los documentos que lo acompañan, serán presentados por el Poder Ejecutivo ante el Congreso Nacional a través de la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas, durante la primera quincena del mes de septiembre del año anterior al que regirá, para su correspondiente discusión y aprobación. CONSIDERANDO (3):
  3. 3.Que de acuerdo con lo establecido en el segundo párrafo del artículo 4 de la Ley Orgánica del Presupuesto, corresponde a la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas ejercer la rectoría del Sistema de Administración Financiera del Sector Público; y en el artículo 5 de la misma Ley se establecen las funciones que le corresponden a dicha Secretaría como Órgano Rector del Sistema, entre las funciones está, la de proponer a la Presidenta de la República para su aprobación la Política Financiera de mediano plazo y la Política Presupuestaria anual. -- 425 of 572 -- 2 La Gaceta A. Sección A Acuerdos y Leyes

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