Acuerdo Ministerial No. 024-2026 — Delegar funciones en el Subsecretario de Defensa Nacional
Considerandos
- 1.Que la Constitución de la República en el artículo 247 establece que “Los Secretarios de Estado son colaboradores del Presidente de la República, en la orientación, c o o r d i n a c i ó n , d i r e c c i ó n y supervisión de los órganos y entidades de la administración pública nacional, en el área de su competencia”. CONSIDERANDO: Q u e l a L e y G e n e r a l d e l a Administración Pública en el a r t í c u l o 3 6 , e s t a b l e c e l a s atribuciones y deberes comunes a los Secretarios de Estado específicamente indica en su numeral 19) Delegar atribuciones en los Subsecretarios, Secretarios Generales. CONSIDERANDO: Q u e l a L e y G e n e r a l d e l a Administración Pública en el artículo 37 establece que los Subsecretarios de Estado, además del cometido previsto en el artículo 34, tendrán las siguientes -- 3 of 241 -- 2 La Gaceta A. Sección A Acuerdos y Leyes REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M.D.C., 6 DE ABRIL DEL 2026 No. 37,110 DIARIO OFICIAL DE LA REPÚBLICA DE HONDURAS DECANO DE LA PRENSA HONDUREÑA PARA MEJOR SEGURIDAD DE SUS PUBLICACIONES ABG. JUAN MANUEL GÁLVEZ ORDOÑEZ Gerente General DIOSSANA GUADALUPE FLORES LEIVA Coordinadora y Supervisora EMPRESA NACIONAL DE ARTES GRÁFICAS E.N.A.G. Colonia MirafIores Teléfono/Fax: Gerencia 2230-2520, 2230-1821 Administración: 2230-3026 CENTRO CÍVICO GUBERNAMENTAL La Gaceta funciones: 1…; 2. Decidir sobre los asuntos, cuyo conocimiento le delegue al Secretario de Estado; y, 3. Las demás que el Secretario de Estado le asigne. CONSIDERANDO:
- 2.Que la Ley de Procedimiento Administrativo en sus artículos 3 y 4 mandan que “La competencia es irrenunciable y se ejercerá por los órganos que la tengan atribuida por Ley.” pero que, “sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo anterior, el órgano superior podrá delegar el ejercicio de sus funciones en determinada materia al órgano inmediatamente inferior. En defecto de disposición legal, el superior podrá delegar el ejercicio de sus funciones para asuntos concretos, siempre que la competencia sea atribuida genéricamente al Ramo de la Administración de que forman parte el superior y el inferior”. CONSIDERANDO: Que los Secretarios de Estado p o d r á n d e l e g a r a l ó rg a n o inmediatamente inferior, el ejercicio de sus funciones siempre que la competencia sea atribuida al ramo de la administración y que el acto de delegación, además de indicar el órgano delegante, el objeto de la delegación y el órgano delegado podrá contener instrucciones obligatorias para éste, en materia procedimental. En los actos dictados por delegación, se expresará esta circunstancia y se entenderán adoptados por el órgano delegante. POR TANTO: En uso de las facultades que la Ley le confiere y en aplicación de los artículos: 247 de la Constitución de la República; -- 4 of 241 -- 3 La Gaceta A. Sección A Acuerdos y Leyes REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M.D.C., 6 DE ABRIL DEL 2026 No. 37,110 36 numeral 19), y 37 numeral 2) de la Ley General de la Administración Pública; 3, 4 y 5 de la Ley de Procedimiento Administrativo; 1, 24 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Competencias del Poder Ejecutivo. ACUERDA: PRIMERO:
Articulos
Articulo PRIMERO
Delegar en el Subsecretario de Estado en el Despacho de Defensa Nacional, JUSTO RAFAEL CANO MARTÍNEZ el ejercicio de las funciones de conocer y resolver: 1. Comunicaciones internas y externas actuando de consuno con Secretaría General; 2. Providencias y resoluciones iniciadas a instancia de persona interesada, en procedimientos de: a. Autorizaciones de compra locales explosivos a solicitud de personas jurídicas que reúnan requisitos de Ley; b. Importación y exportación de juegos pirotécnicos por personas naturales y jurídicas conforme a la Ley; c. Autorización de licencia para experto en explosivos en las categorías: A. Cálculo y diseño de voladuras B. Manipulador de explosivos; y, C. Transporte y almacenaje, de conformidad con la Ley; 3. Correspondencia varia; 4. Autos o resoluciones de mero trámite. SEGUNDO:
Articulo SEGUNDO
A tales efectos el delegado se sujetará procedimentalmente a las disposiciones legales de la materia y al Código de Conducta Ética del Servidor Público. TERCERO:
Articulo TERCERO
El presente Acuerdo es de ejecución inmediata y deberá publicarse en el Diario Oficial La Gaceta. Dado, en la ciudad de Tegucigalpa, Municipio del Distrito Central, a los diecinueve días del mes de marzo del año dos mil veintiséis. COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE. ENRIQUE RODRÍGUEZ BURCHARD Secretario de Estado en el Despacho de Defensa Nacional JOSÉ MIGUEL VILLEDA VILLELA Secretario General de la Secretaría de Defensa Nacional -- 5 of 241 -- 1 La G aceta B. Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 7 D E A BRIL D E L 2026 N o . 37,111 Sección “B” AVISO DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL República de Honduras INSTITUTO DE PREVISIÓN MILITAR "SERVICIOS DE SOPORTE Y MANTENIMIENTO PARA LOS CENTROS DE DATOS DEL IPM". IPM-LPN-GC-2026-005 1. El Instituto de Previsión Militar (IPM), invita a las empresas interesadas en participar en la Licitación Pública Nacional No. IPM-LPN-GC-2026-005, a presentar ofertas selladas para el proceso "SERVICIOS DE SOPORTE Y MANTENIMIENTO PARA LOS CENTROS DE DATOS DEL IPM". 2. El financiamiento para la realización del presente proceso proviene de fondos propios. 3. La Licitación se efectuará conforme a los procedimientos de Licitación Pública Nacional (LPN) establecidos en la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento. 4. Los interesados podrán adquirir los documentos de la presente licitación, mediante solicitud escrita dirigida al Coronel de Defensa Aérea DEMA Otto Fabricio Mejía Hércules en el edificio principal del IPM, Boulevard Centroamérica, a partir del día miércoles 25 de febrero de 2026 en un horario de 8:30 a.m. a 4:00 p.m., se deberá proporcionar un correo electrónico para que los mismos sean enviados; asimismo los documentos de la licitación también podrán ser examinados en el Sistema de Información de Contratación y Adquisiciones del Estado de Honduras, HonduCompras, (www.honducompras.gob.hn). 5. Las ofertas deberán presentarse en el segundo nivel del edificio principal del IPM en el Departamento de Compras a más tardar el día martes 14 de abril de 2026 a las 09:45 a.m. Las ofertas que se reciban fuera de plazo serán rechazadas. Las ofertas se abrirán en presencia de los representantes de los oferentes que deseen asistir en la dirección indicada, el día martes 14 de abril de 2026 a las 10:00 a.m. Todas las ofertas deberán estar acompañados de una Garantía de Mantenimiento de la Oferta por el valor y la forma establecidos en los documentos de la licitación. Tegucigalpa, M.D.C., 12 de febrero de 2026. CORONEL DE DEFENSA AÉREA DEMA OTTO FABRICIO MEJÍA HÉRCULES GERENTE 7 A. 2026. -- 6 of 241 -- 2 La G aceta B. Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 7 D E A BRIL D E L 2026 N o . 37,111 AVISO DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL República de Honduras INSTITUTO DE PREVISIÓN MILITAR "RENOVACIÓN DE LICENCIAS MICROSOFT OFFICE 365". IPM-LPN-GC-2026-006 1. El Instituto de Previsión Militar (IPM), invita a las empresas interesadas en participar en la Licitación Pública Nacional No. IPM-LPN-GC-2026-006 a presentar ofertas selladas para el proceso "RENOVACIÓN DE LICENCIAS MICROSOFT OFFICE 365". 2. El financiamiento para la realización del presente proceso proviene de fondos propios. 3. La licitación se efectuará conforme a los procedimientos de Licitación Pública Nacional (LPN) establecidos en la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento. 4. Los interesados podrán adquirir los documentos de la presente licitación, mediante solicitud escrita dirigida al Coronel de Defensa Aérea DEMA Otto Fabricio Mejía Hércules en el Edificio Principal del IPM, Boulevard Centroamérica, a partir del día miércoles 25 de febrero de 2026 en un horario de 8:30 a.m. a 4:00 p.m., se deberá proporcionar un correo electrónico para que los mismos sean enviados; asimismo, los documentos de la licitación también podrán ser examinados en el Sistema de Información de Contratación y Adquisiciones del Estado de Honduras, HonduCompras, (www.honducompras.gob.hn). 5. Las ofertas deberán presentarse en el segundo nivel del Edificio Principal del 1IPM en el Departamento de Compras a más tardar el día martes 14 de abril de 2026 a las 10:45 a.m. Las ofertas que se reciban fuera de plazo serán rechazadas. Las ofertas se abrirán en presencia de los representantes de los oferentes que deseen asistir en la dirección indicada, el día martes 14 de abril de 2026 a las 11:00 a.m. Todas las ofertas deberán estar acompañados de una Garantía de Mantenimiento de la Oferta por el valor y la forma establecidos en los documentos de la licitación. Tegucigalpa, M.D.C., 12 de febrero de 2026. CORONEL DE DEFENSA AÉREA DEMA OTTO FABRICIO MEJÍA HÉRCULES GERENTE 7 A. 2026. -- 7 of 241 -- 3 La G aceta B. Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 9 D E A BRIL D E L 2026 N o . 37,113 PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras, C.A. Tegucigalpa M.D.C., 8 de noviembre del 2024 AVISO El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de Ia Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha treinta y uno (31) de enero del año dos mil veintidós (2022) compareció ante este juzgado el Abogado OSCAR EDGARDO CERRATO ANDINO, incoando Demanda Contencioso-Administrativa en materia Ordinaria con orden de ingreso número 0801-2022-00046, en contra del Estado de Honduras a través de la SECRETARÍA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE DEFENSA, contraída a solicitar "Se interpone demanda ordinaria contra el Estado de Honduras para el reconocimiento de situación jurídica individualizada, a efecto que la Secretaría de Estado en el Despacho de Defensa Nacional en su condición de ex patrono pague el complemento de la indemnizacíón por concepto de auxilio de cesantía por ser esta superior a lo acumulado en la cuenta individual de reserva laboral existente en el Instituto de Previsión Militar para sus afiliados desde el año 2007.- Se señala el lugar donde se encuentra el expediente administrativo.- Citación y emplazamiento a la Procuradora General de la República como representante legal del Estado.- Librar comunicaciones.- Se acompañan documentos.- Razonamiento petición.- Poder. ABG. ARNOLD JAVIER ALCERRO CACERES SECRETARIO ADJUNTO 9 A. 2026 SECRETARÍA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DESARROLLO ECONÓMICO CONSTANCIA La infrascrita, Directora General de Sectores Productivos, dependencia de la Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico, HACE CONSTAR: Que en esta fecha se ha procedido a la inscripción en el Libro de Registro conforme al Régimen Especial de Representantes, Distribuidores y Agentes del Tratado de Libre Comercio entre República Dominicana, Centroamérica y Estados Unidos (RD-CAFTA), Tomo III, que al efecto lleva esta Dirección General, el cual literalmente dice: LICENCIA DE REPRESENTANTE N° 589-2025, Nombre del Solicitante (Concesionario): PRODUCTIVE BUSINESS SOLUTIONS HONDURAS, S.A. DE C.V.; Domicilio: Torre Agalta, piso 21, Tegucigalpa, M.D.C., Departamento Francisco Morazán; Vigencia: Por tiempo definido hasta el 31 de marzo del 2026; Jurisdicción de la Representación: En todo el territorio de la República de Honduras; Productos que Representará: Para comercializar, soportar e instalar soluciones y servicios de Sophos, inc.; Representante Exclusivo: NO; Fecha del Contrato o Carta: 09 de mayo del 2025; Nombre del Concedente: SOPHOS SECURITY MADE SIMPLE, Domicilio y Nacionalidad: 3 Van de Graaff Drive, 2nd Floor, Burlington, MA, 01803, Estados Unidos, estadounidense; Dictamen Legal Nº. 1200-2025, a los veintisiete días del mes de octubre del año dos mil veinticinco. Licencia inscrita el once de noviembre del 2025. Para los fines que al interesado convengan, extiendo la presente en la ciudad de Tegucigalpa, Municipio del Distrito Central, a los once días del mes de noviembre del dos mil veinticinco. MARIA EMELINDA LARA Directora General de Sectores Productivos 9 A. 2026 -- 8 of 241 -- 6 La Gaceta A. Sección A Acuerdos y Leyes REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M.D.C., 15 DE ABRIL DEL 2026 No. 37,117 La permanencia en el cargo está sujeta a la evaluación por resultados en los términos establecidos por la Presidencia de la República, debiendo cumplir con la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública y con el combate directo contra la corrupción, durante el tiempo que dure su gestión. TERCERO: El presente Acuerdo Ejecutivo es efectivo a partir de la fecha y deberá publicarse en el Diario Oficial La Gaceta. COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE Dado en la Ciudad de Tegucigalpa, Municipio del Distrito Central, a los veinticinco (25) días del mes de marzo del año dos mil veintiséis (2026). NASRY JUAN ASFURA ZABLAH Presidente Constitucional de la República SULMY YAMILETH ORTÉZ MALDONADO Subsecretaria de Estado en el Despacho de Gobernación y Descentralización Poder Ejecutivo