D.2 DIARIO OFICIAL LA GACETA
Considerandos
- 1.Que el Presidente de la República en el ejercicio de sus funciones puede actuar por si u en Consejo de Ministros.
- 2.Que los Secretarios de Estado son colaboradores del Presidente de la República en ín orientación, coordinación, dirección y supervisión de los órganos y entidades de la Administración Pública Nacional, en el área <le su competencia.
- 3.Que de conformidad a lo establecido en el Acuerdo Ejecutivo número 023-2018 de la Presidencia de la República, publicado en el Diario Oficial "La Gacela" en fecha 20 de abril del 2018, se delega a la Ministra, por Ley de la Secretaria <le Coordinación General de Gobierno MARTHA VJCF.NTA DOBLADO ANO.ARA, la potestad de firmar los Acuerdos Ejecutivos que según la Ley General de la Administración Pública, sean potestad del Presidente Constitucional de la República su sanción, cuyo contenido vaya orientado a autorizar la legalización de: g) Otros Actos Adnunistrativos que deba firmar por Ley el Presidente de la República. C01'SIDERANDO: Que la Ley de Protección de los Hondureños Migrantes y sus Familiares emitida mediante Decreto Legislativo No.106-2013 tiene como objetivo primordial la protección de los derechos e intereses de los hondureños migrantes y brindar asistencia, especialmente a aquellos que se encuentren en situación de vulnerabilidad. A, -- 4 of 15 -- REPUBLJCA DE HONDURAS -TEGUOGALPA, M. D. C., Z6 DE DICIE:\'IBR.E DEL No. 35.133 CONSIDERAi�DO: Que de acuerdo a lo establecido en la Ley de protección <le los Hondureños Migrantes y sus Familiares se crea el Consejo Nacional para la Protección al Hondureño Migrantc (COKAPROHM) como un órgano de carácter consultivo y asesor adscrito a la Secretaría de Relaciones Exteriores y Cooperación Internacional (SRECI) y que conducirá la estrategia general de protección a los hondureños migrantes y sus familiares. CONSIDERANDO: De conformidad con los artlculos 20 y del referido cuerpo legal el CONAPROHM está integrado por representantes de Instituciones públicas y de diversos sectores, facultando además al Presidente de la República para nombrar miembros adicionales por recomendación de la Secretaria de Estado en los Despachos de Relaciones Exteriores y Cooperación Internacional (SRECT).
- 4.Que el Decreto Ejecutivo No. 034- 2019 de fecha J de julio de 2019, crea al Servicio Nacional de Emprendimiento y Pequeños Negocios (SENPR.ENDE) como el encargado de formular las políticas, planes y programas para el fomento de la micro, pequeña y mediana empresa, desarrollo del emprendimiento y de fas empresas del sector social de las economías.
- 5.Que los actos de los órganos de la ANTONIO CÉSAR RIVERA CALLF.JAS PRESIDENTE administración pública adoptaron la forma de Decretos, La (}aceta Cok-nia'�- T!léfOIO'Fá � 22»4�5 : .. 1:;,e;t{l!IQ' m,.m l"¡arJ�51E7 �RO cfVlGO GU�OOMENT.Al O ARIO OACli\LOE LA REPÚBUCADE HONDURAS DECANO DE LA PRENSA HONDUREÑA PAAAt.EJQl{SEGURO-'OOF SUS �l>E� ABDG. THELMA LETICIA HEDA Gerente Genoraf, J09GE ALBERTO RICO SA!llfAS " Ccoldlriaool "} �iscr :1.1?,IESA 'W:'O'W. DE A.qTES GRA=lCI.S E.;-WA,G. Por Tanto: Publíquesc SALVADOR VALERIMO PINEDA SECRETARIO JOSÉ TOMÁS ZAMBRA1'0 MOLI�A SECRETARIO -- 6 of 15 -- Secdún .\ \,ucn.lu, , , ¡" REPÚBUCADE HONDURAS -TF.GUCIGALPA M. D. C., 9 DE DICIEMBRE DEL2019 No.35119 Acuerdos, Resoluciones o Providencias. Se emitirán por Acuerdo las decisiones de carácter particular que se tomaren fuera <le los procedimientos en los que particulares intervengan como parte interesada.
- 6.Que la Comisión Reguladora de Energía Eléctrica (CREE) es la entidad reguladora con la responsabilidad de supervisar el funcionamiento del subsector eléctrico hondureño, para lo cual requiere contar con las herramientas necesarias para realizar los estudios de slstemas y mercados eléctricos que le permitan verificar el adecuado funcionamiento del Sistema Interconectado Nacional y del Mercado Electrice Nacional, gestionados por el Operador del Sistema (ODS), y la coordinación con Mercado Bléctrico Regional, gestionado por el Ente Operador de la Red, además de verificar y aprobar las propuestas de Plan Indicativo de Expansión de la Generación, de Plan de Expansión de la Transmisión que son preparados por el ODS.
- 7.Que la Comisión Reguladora de Energía Eléctrica realizó los estudios necesarios para determinar las prioridades de In Administración considerando sus necesidades operativas, concluyendo en la necesidad que para los estudios relacionados a la determinación de lo poli ti en operativa y determinación de costos operativos en los mercados eléctricos, utilizan el modelo de software "SDL>P- Modelo de Despacho Hidrotérmico Bstccástlco" y el "NCP- Programación Operativa de Cono Ptazo", de la compañia PSR Solúcóes e Consultarla cm Energía LTDA (PSR); para los estudios de planificación de expansión de generación, utilizan el software "Opttlen - Modelo de Planificación de la Expansión de Generación e Interconexiones Regionales", de la compañia PSR; para los estudios de expansión de la transmisión, utilizan el software "NetPlan - Modelo para la Planificación de Expansión de la T ransmisión" de La compañía PSR; y, para los estudios <le red eléctrica, comportamiento dinámico, acceso a redes, seguridad operativa y de capacidad de transmisión, utilizan el programa "PSSR" de la empresa Slcmcns-Power Tcchnologics International (Siemcns-P'Tl), suministrado a clientes en Honduras por la empresa Siemens SA de CV con sede en México.
- 8.Que para efectos de garnntizar la compatibilidad con la información técnica y bases de datos utilizados por lus operadores de sistema/operadores de mercado (OS/OM), entre ellos el Operador del Sistema (OJ1S) en Honduras y para que la CREE pueda tener la capacidad de verificar y replicar los estudios y análisis realizados por entidades del sector eléctrico nacionales como las regionales, recomienda que la CRbl::. adquiera los mismos modelos y paquetes de software usados por esas entidades, al ser programas y modelos informáticos que utilizan métodos. formatos y algoritmos patentados que son propiedad intelectual de sus desarrolladores se constituyen e11 bienes especializados que son suministrados de manera exclusiva por las compañías que los desarrollan. CONSJOERANDO: Que la contratación directa podrá realizarse cuando se trate de bienes y servicios especializados cuya fabricación y venta sea exclusiva de quienes tengan patente o marca de fábrica registrada, siempre que no huhicra sustitutos convenientes. Para llevar a cabo la contratación directa en los casos que seiiala el Articulo 63 de IA Ley de Contratación del Estado, requerirá autorización del Presidente de In República cuando se trate de contratos de la -- 7 of 15 -- Sccclún ,\ -\�ul·rdu�) k)'C' REPÚBLICA OE DO'.'IDURAS -TEGUCIGALPA, :vt. D. C. DE DlClEMBRE DEL2019 No.35119 Administración Pública Centralizada, debiendo emitirse el Acuerdo expresando detalladamente sus motivos.
- 9.Que mediante Acuerdo Ejecutivo No. 023-2018 de fecha de abril de y pub! icado en el Diario Oficial La Gaceta en fecha 20 de abril de 2018, el Presidente de la República delegó en la Subsecretaria Coordinadora General de Gobierno, MARTHA VICENTA DOBLADO Ai'IIDARA, la potestad de firmar los Acuerdos Ejecutivos que, según la Ley de la Administración Pública, sean potestad del Presidente Constitucional de la República su sanción. PORTAJ\TO: En aplicación de los Artículos numeral 11, 19 y 45. y 248 de la Constitución de la República, Artículos 11, 29, 116, y 119 de la Ley General de la Adrnimstración Pública y sus reformas mediante el Decreto Legislativo No. 266-2013, Decreto Legislativo numero 108-2007. Artículo 63, numeral de la Ley de Contratación del Estado; del Reglamento de la Ley de Contratación del Estado. ACUERDA: PRIMERO: Autorizar a la Comisión Reguladora de Energía Eléctrica CREE, para que, a partir de la vigencia del presente Acuerdo Ejecutivo, en aplicación del procedimiento de contratación directa, adquiera (i) los paquetes de software SDDP, NCP. NetPlan y OptGtm, con la empresa PSR Solucóos e Consultoría em Energía r.;roA.: y, (ii) el paquete PSS®E con la empresa Sierncns SA de CV. La Contratación directa deberá celebrarse en las mejores condiciones a favor del Estado de Honduras, observando para ello lo dispuesto en los Artículos numeral 2. de la Ley de Contratación del Estado, del Reglamento de la Ley de Contratación del Estado. SEGUNDO: La estructura presupuestaría con la que se financiará la adquisición es: Institución 153, Gerencia Administrativa 001, Unidad Ejecutora O 1. Programa l l, Subprograma 00, Proyecto 000, Actividad/Obra 001, Fuente Recursos Propios, Objeto de gasto 45100 "Aplicaciones Informáticas". TERCERO: El presente Acuerdo Ejecutivo entrará vigencia a partir de su publicación en el Diario Oficial "La Gaceta", Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los cuatro días del mes de noviembre del año dos mil diecinueve (04. 11.2019). COMUNf QUESE Y PUBLÍQUESE.- MARTHA VI CENT A DOBLADO ANDARA SUBSECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE COORDINACIÓN GENERAL DE GOBIERNO ACUERDO DE DELEGACIÓN No. 023-2018 DEL DE ABRIL DE 2018 EBALJAIR DÍAZ LUPIAN SECRcTARTO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE LA PRESrDcNClA -- 8 of 15 -- REPÚBLICA DE HO�DURAS -TEGUCIGALPA, M. D. C. 26 DE DICIEMBRE DF.I. No. e ACUERDO EJECUTIVO !So. 064-2019 EL PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA RF.PÚBLICA ) autorizó a Inversión Estratégica de Honduras (JNVEST- Honduras), para que realice la contratación directa de los estudios y el diseño del Hospital del Trauma, con cargo a los fondos provenientes del "Fideicomiso de Inversiones y Asignaciones, para Realizar Inversiones en el Sistema Nacional de Administración de La Propiedad, Inversiones en la Red Vial Primaria, Secundaria y Terciaria del País, Inversiones en Proyectos de Generación de Empleo y Otros" (Fll\A 2). Secretaria de Estado de la Presidencia COJ'tiSIDERANDO: Que de conformidad a Jo establecido en el numeral del artículo 245 de la Constitución de la República, es atribución del Presidente de La República, dirigir la política general del Estado y representarlo. CONSIDF.RANDO; Que la Ley General de la Administración Pública en su Articulo indica que, el Presidente de la República tiene a su cargo la suprema dirección y coordinación de la Administración Pública Centralizada y Descentralizada. El Presidente de la República en el ejercicio de sus funciones, podrá actuar por si o en Consejo de Ministros. CONSIDERA.VDO: Que la Constitución de La República en sus declaraciones señala que: "El Estado reconoce el derecho de protección a lo salud" y que "la persona humana es el Fin supremo de la sociedad y del Estado. Todos tienen la obligación de respetarla y protegerla".
- 10.Que en la red hospitalaria del país se ha estimado en el caso de lesiones de causa externa; es decir, lesiones provocadas por factores de violencia y alta incidencia de accidentes de tránsito, que la demanda hospitalaria oscila alrededor de mil atenciones anuales, lo cual impacta severamente no solo en la saturación de infraestructura, sino también en las finanzas del sistema de salud y por ende, en economia del país, teniendo en cuenta los días de incapacidad y muertes prematuras en la población de edad productiva. En tal sentido, es necesario crear una alternativa hospitalaria adecuada para afrontar la problemática. como ser la creación de un nuevo hospital especializado en lesiones de causa externa que se ha definido como Hospital del Trauma.
- 11.Que el Congreso Nacional mediante Decreto No. 112-2019 de fecha 26 de septiembre de 2019. COl'iSIDERANDO: Que en fecha I O de octubre de 2019, el Gobierno de la República suscribió con el Banco Interamericano de Desarrollo (BJD), el Convenio de Préstamo BID 4713/BL-HU, para la ejecución del "Proyecto Fortalecimiento Integral de la Red de Atención de Traumas y Urgencias de Tegucigalpa", designándose en el mismo a Inversión Estratégica de Honduras (INVEST - Honduras) como el Organismo Ejecutor del Proyecto. CO:-.ISIDERA. "™>: Que el Gobierno de la República ha identificado como sitio idóneo para la construcción del Hospital del Trauma, un terreno ubicado al oriente de la ciudad de Tegucigalpa, el cual formaba parte de la Finca El Molinón y Travesía, propiedad del Instituto Nacional de Jubilaciones y Pensiones de los Empleados y Funcionarios del Poder Ejecutivo (1 JUPEMP). Se ha considerado que el área necesaria para construir dicho hospital es de apróxirnadarnente manzanas, cuya valuación se ha solicitado a la Dirección Nacional de Bienes del Estado (DNBE) y ésta ha certificado que el valor de una fracción de terreno del inmueble antes relacionado equivalente a Ciento Cincuenta Mil Doscientos Treina y Dus Punto Setenta y Un Varas Cuadradas ( 150,232.71 \12), tiene un precio de Ciento Setenta y Un Millones Ciento Setenta y Un Lempiras con 16/.100 {171,000,171.16), el cual debe ser asumido por los fondos que al efecto identifique la Secretaría de Estado en el Despacho de 1- inanzas en el Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la República. CONSIDERA!\DO: Que habiendo sido designado INVEST - Honduras como el Organismo Ejecutor del Proyecto y siendo el encargado de contratar los estudios y diseños para la construcción del mismo, con fundamento en las facultades que le corresponden y en base al Articulo 4 del Decreto 6- 2017, de fecha de junio de 2017, publicado en el Diario -- 9 of 15 -- -- 10 of 15 -- Rt.:P JBUCA DE HONDURAS -TEGUCIGALPA, M.O. C .. DE DICll::'.\>tBRR OEL 2019 No. 35 Oficial La Gaceta en fecha de junio de 2017, ha decidido asignar la adquisición del predio que se ha relacionado a INVES'J:.Hontluras, a fin de que lo haga mediante el mecanismo de su normativa interna. CONS.IOERANDO: Que siendo que el valor del predio constituye una cifra mayor, se autoriza n la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas para que acuerde la forma de pago con el Instituto Nacional de Jubilaciones y Pensiones de los Empleados y Funcionarios del Poder Ejecutivo (INJUPEMP). para la compra del área de terreno que lle ha valuado.
- 12.Que el Articulo de la Ley General de la Administración Pública prescribe que el Presidente de la República, podrá delegar en los Secretorios de Estado el ejercicio de la potestad de decidir en determinadas materias o en casos concretos. CONSIDERAf\iDO: Que mediante Acuerdo Ejecutivo número 023-2018 publicado en Diario Oficial en fecha 20 de abril del 2018. el señor Presidente de la República acuerda delegar a partir del de abril del 2018, en la Subsecretaria de Coordinación General de Gobierno MARfflA VICENTA DOBLADO ANO ARA, la potestad de firmar los Acuerdos Ejecutivos que, según la ley de la Administración Pública, sean potestad del Presidente Constitucional de la República su sanción
- 13.Que es atribución del Presidente de la República emitir acuerdos, decretos, reglamentos y resoluciones conforme a Ley.
- 14.Que corresponde al Presidente de la República, entre otras atribuciones, dirigir la política general del Estado, representarlo, administrar la hacienda pública y dictar medidas extraordinarias en materia económica y financiera cuando así lo requiera el interés nacional.
- 15.Que los Gastos de Representación dentro y fuera del país, son los montos que se determinan por gastos no liquidables, inherentes al ejercicio de sus funciones. los mismos son otorgados a los funcionarios acorde al cargo y sus responsabilidades. Estos gastos son distintos u los que se refiere el Reglamento de Viáticos y Otros Gastos de Viaje para Funcionarios y Empleados del Poder Ejecutivo.
- 16.Que para otros funcionarios del Poder Ejecutivo, la autorización de gastos de representación será autorizada por el Presidente de la República y con vigencia para el presente Ejercicio Fiscal, siempre y cuando devenguen un salario menor al de un Subsecretario de Estado. FUERZA »-E SEGURIDAD INTERINS'l1TUCIONAL NACIONAL (FUSNA) Acuerdo número 001-2019 6- SECRETARÍAUEINFRAESTRUCJ'URA Y SERVICIOS PÚBLICOS Acuerdo número-0820 8-11 AVANCR A. Sección B Avisos Legales J • Desprcndible para su comodidad
- 17.Que para los funcionarios del Poder Ejecutivo siempre y cuando devenguen un salario menor al de un Subsecretario de Estado, la autorización de gastos de representación será real izada por el Presidente de la República y su vigencia únicamente será para el presente Ejercicio Fiscal. CONSIOERA�DO: Que mediante disposición gubernamental se ordena recortar el cincuenta por ciento (50%) del saldo presupuestario disponible de Gastos de Representación en el Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la República para el presente Ejercicio Fiscal a par t ir del mes de julio del año dos mil diecinueve (2019). A, -- 12 of 15 -- s,-..dún \ ,\,-urrd11, � L,·11•, REPÚRLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA M. D. C., DE OICIBMBRF. DEL 2019 No. -�S
- 18.Que los Gastos de Representación autorizados comprendeu lodo el periodo Fiscal dos mil diecinueve (2019) y en aplicación del Decreto Ejecutivo PCM-036-2019 se ordeno un recorte de un cincuenta por ciento (50%) del saldo dispo n ib le para gastos de representación, debiendo otorgarse de la siguiente manera: Del mes de enero al mes de junio del año dos mil diecinueve corresponde un pago mensual por concepto de gastos de representación de DIEZ Mll, LEMPIRAS EXACTOS (L. I 0,000.00) y del mes de julio al mes dc diciernbre del nño dos mil diecinueve (2019) un pago mensual de CINCO MlL LEMPlRAS EXACTOS (L.5,000.00).
- 19.Que mediante Acuerdo Ejecutivo Número 39-2016, de fecha de mayo del 2016, se nombró a In ciudadana L(DlA F:STELA CARDONA PADILLA, en el cargo <le Coordinadora de la Unidad Gubernamental do Acompañamiento y Respalde a la Misión de Apoyo Contra In Corrupción y la Impunidad en Honduras (UGAR-MACCíl-1).
- 20.Que de conformidad con el Acuerdo Ejeeuti vo Número 023-2018, de fecha de abril de 2018, ol Presidente de la República. ciudoctano JUAN ORLAJliDO HERNÁNDEZ ALVARADO, delegó la facultad de firmar los Acuerdos de Gastos de Representación de Funcionarios, en la Subsecretaria de Estado en el Despacho de Coordinación General de Gobierno, MARTHA VJCENTA DOBLADO ANDAR4. de la Unidad Gubernamental de Acompañamiento y Respaldo a la Misión de Apoyo Contra la Corrupción y In Impunidad en Honduras (UGAR-MACCIH) de la manera siguiente: del mes de enero al mes de junio del año dos mil diecinueve corresponde un pago mensual de DIEZ. MIL LEMPIRAS EXACTOS (L.10,000.00) y del mes de julio al mes de diciembre del año dos mil diecinueve (2019) un pago mensual de CINCO MlL LEMPIRAS EXACTOS (L.5,000.00), en aplicación del Decreto Legislativo 180-2018 y del Decreto Ejecutivo PCM-036-2019.
- 21.Que el Articulo de la Constitución de la República de Honduras en su numeral 11, establece que: "Es atribución del Presidente de la República emitir acuerdos y decretos y expedir reglamentos y resoluciones conforme a Ley".
- 22.Que el Articulo de la Ley General de la Administración Pública estatuye que el Presidente de la República tiene o su cargo la suprema dirección y coordinación de la Administración Público Centralizada y Descentralizada.
- 23.Que el Decreto No. 180-2018, publicado en el Diario Oficial La Gaceta el de diciembre de 2018. contentivo del "Presupuesto General de Ingresos y Egreso,; de la República, Ejercicio Fiscal 2019", en su Articulo "No se permitiré modificaciones presupuestarias qui: afecten asignaciones consignadas para gastos de capital para financiar gastos corrientes de cualquier fuente financiamiento, en caso di: requerirlas se deberá contar con la aprobación del Presidente de la República y el mismo se formalizará mediante Acuerdo Ejecutivo, previo su aprobación, se deberá conocer la opinión de la Comisión lntrainstimcional de la Secretaria de Estado en el Despacho de Finanzas".
- 24.Que mediante Decreto Legislativo No. 266-2013 del de diciembre de 2013, publicado en el Diario Oficial "La Gaceta" en fecha veintitrés de enero del dos mil catorce, se reforma el Articulo 29 de la Ley General de la Administración Pública definiendo a la Secretaria de Estado en el Despacho de Finanzas. como el Ente del Estado encargado de ta formulación, Coordinación, Ejecución y Evaluación de las políticas relacionadas con las finanzas publicas.
- 25.Que es potestad del Presidente de la República de Acuerdo a lo establecido en el Articulo 37. Numeral reformado de la Ley Orgánica del Presupuesto realizar las adecuaciones presupuestarias entre Secretarias de Estado, con el fin di: obtener una ejecución eficiente y efectiva entre los órganos y actividades estatales.
- 26.Que mediante Acuerdo Ejecutivo No. 023-2018 de fecha de abril del 2018 y publicado en el Diario Oficial La Gaceta el 20 de abril de 2018, el Presidente de la República acuerda delegar en la Subsecretaria de Coordinacion General de Gobierno, MARTRA VlCENTA DOBLADO ANDABA, la facultad de firmar los Acuerdos Ejecutivos que. según' la Ley de In Administración Pública. sean potestad del Presidente Constitucional de la República su sanción. CONSIDl!:RANDO: Que por error involuntario se estipuló en los Artículos I y del Acuerdo Ejecutivo No. 52-2019 de techa de septiembre de 2019, una estructura progrumática que no corresponde a la Empresa Nacional Portuaria.
Articulos
Articulo 2
Los fondos aprobados en el Artículo precedente estarán sujetas a las auditorías por los entes contralores correspondientes, para asegurar la transparencia en el uso de los recursos financieros asignados. EL PRESIDENTE COl"iSTJTUCIONAL DE LA REPÚBLICA, CO:'IISJDER.\NDO: Que el Presidente de La República tiene a su cargo la Administración General del Estado y para ejercer sus atribuciones tiene la facultad de emitir Acuerdos,
Articulo 3
El presente Decreto entrará en vigencia a partir del día de su publicación en el Diario Oficial "La Decretos y expedir Reglamentos y Resoluciones conforme a la Ley. Gaceta". CONSIDERA:'IIDO: Que los Secretarios de Estado son Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, en el Salón de Sesiones del Congreso Nacional. a los cuatro días del mes de diciembre de dos mil diecinueve. colaboradores del Presidente de la República en la orientación, coordinación, dirección y supervisión de los órganos y entidades de la administración pública nacional en el área de su competencia, CONSIDERANDO: Que los actos de los órganos de la ANTONIO CÉSAR RIVERA CALLF.JAS PRESIDENTE administración pública adoptaron la forma de Decretos, La (}aceta Cok-nia'�- T!léfOIO'Fá � 22»4�5 : .. 1:;,e;t{l!IQ' m,.m l"¡arJ�51E7 �RO cfVlGO GU�OOMENT.Al O ARIO OACli\LOE LA REPÚBUCADE HONDURAS DECANO DE LA PRENSA HONDUREÑA PAAAt.EJQl{SEGURO-'OOF SUS �l>E� ABDG. THELMA LETICIA HEDA Gerente Genoraf, J09GE ALBERTO RICO SA!llfAS " Ccoldlriaool "} �iscr :1.1?,IESA 'W:'O'W. DE A.qTES GRA=lCI.S E.;-WA,G. Por Tanto: Publíquesc SALVADOR VALERIMO PINEDA SECRETARIO JOSÉ TOMÁS ZAMBRA1'0 MOLI�A SECRETARIO -- 6 of 15 -- Secdún .\ \,ucn.lu, , , ¡" REPÚBUCADE HONDURAS -TF.GUCIGALPA M. D. C., 9 DE DICIEMBRE DEL2019 No.35119 Acuerdos, Resoluciones o Providencias. Se emitirán por Acuerdo las decisiones de carácter particular que se tomaren fuera <le los procedimientos en los que particulares intervengan como parte interesada. CONSIDERANDO: Que la Comisión Reguladora de Energía Eléctrica (CREE) es la entidad reguladora con la responsabilidad de supervisar el funcionamiento del subsector eléctrico hondureño, para lo cual requiere contar con las herramientas necesarias para realizar los estudios de slstemas y mercados eléctricos que le permitan verificar el adecuado funcionamiento del Sistema Interconectado Nacional y del Mercado Electrice Nacional, gestionados por el Operador del Sistema (ODS), y la coordinación con Mercado Bléctrico Regional, gestionado por el Ente Operador de la Red, además de verificar y aprobar las propuestas de Plan Indicativo de Expansión de la Generación, de Plan de Expansión de la Transmisión que son preparados por el ODS. CONSIDERANDO: Que la Comisión Reguladora de Energía Eléctrica realizó los estudios necesarios para determinar las prioridades de In Administración considerando sus necesidades operativas, concluyendo en la necesidad que para los estudios relacionados a la determinación de lo poli ti en operativa y determinación de costos operativos en los mercados eléctricos, utilizan el modelo de software "SDL>P- Modelo de Despacho Hidrotérmico Bstccástlco" y el "NCP- Programación Operativa de Cono Ptazo", de la compañia PSR Solúcóes e Consultarla cm Energía LTDA (PSR); para los estudios de planificación de expansión de generación, utilizan el software "Opttlen - Modelo de Planificación de la Expansión de Generación e Interconexiones Regionales", de la compañia PSR; para los estudios de expansión de la transmisión, utilizan el software "NetPlan - Modelo para la Planificación de Expansión de la T ransmisión" de La compañía PSR; y, para los estudios <le red eléctrica, comportamiento dinámico, acceso a redes, seguridad operativa y de capacidad de transmisión, utilizan el programa "PSSR" de la empresa Slcmcns-Power Tcchnologics International (Siemcns-P'Tl), suministrado a clientes en Honduras por la empresa Siemens SA de CV con sede en México. CONSIDERANDO: Que para efectos de garnntizar la compatibilidad con la información técnica y bases de datos utilizados por lus operadores de sistema/operadores de mercado (OS/OM), entre ellos el Operador del Sistema (OJ1S) en Honduras y para que la CREE pueda tener la capacidad de verificar y replicar los estudios y análisis realizados por entidades del sector eléctrico nacionales como las regionales, recomienda que la CRbl::. adquiera los mismos modelos y paquetes de software usados por esas entidades, al ser programas y modelos informáticos que utilizan métodos. formatos y algoritmos patentados que son propiedad intelectual de sus desarrolladores se constituyen e11 bienes especializados que son suministrados de manera exclusiva por las compañías que los desarrollan. CONSJOERANDO: Que la contratación directa podrá realizarse cuando se trate de bienes y servicios especializados cuya fabricación y venta sea exclusiva de quienes tengan patente o marca de fábrica registrada, siempre que no huhicra sustitutos convenientes. Para llevar a cabo la contratación directa en los casos que seiiala el Articulo 63 de IA Ley de Contratación del Estado, requerirá autorización del Presidente de In República cuando se trate de contratos de la -- 7 of 15 -- Sccclún ,\ -\�ul·rdu�) k)'C' REPÚBLICA OE DO'.'IDURAS -TEGUCIGALPA, :vt. D. C. DE DlClEMBRE DEL2019 No.35119 Administración Pública Centralizada, debiendo emitirse el Acuerdo expresando detalladamente sus motivos. CONSIDERANDO: Que mediante Acuerdo Ejecutivo No. 023-2018 de fecha de abril de y pub! icado en el Diario Oficial La Gaceta en fecha 20 de abril de 2018, el Presidente de la República delegó en la Subsecretaria Coordinadora General de Gobierno, MARTHA VICENTA DOBLADO Ai'IIDARA, la potestad de firmar los Acuerdos Ejecutivos que, según la Ley de la Administración Pública, sean potestad del Presidente Constitucional de la República su sanción. PORTAJ\TO: En aplicación de los Artículos numeral 11, 19 y 45. y 248 de la Constitución de la República, Artículos 11, 29, 116, y 119 de la Ley General de la Adrnimstración Pública y sus reformas mediante el Decreto Legislativo No. 266-2013, Decreto Legislativo numero 108-2007. Artículo 63, numeral de la Ley de Contratación del Estado; del Reglamento de la Ley de Contratación del Estado. ACUERDA: PRIMERO: Autorizar a la Comisión Reguladora de Energía Eléctrica CREE, para que, a partir de la vigencia del presente Acuerdo Ejecutivo, en aplicación del procedimiento de contratación directa, adquiera (i) los paquetes de software SDDP, NCP. NetPlan y OptGtm, con la empresa PSR Solucóos e Consultoría em Energía r.;roA.: y, (ii) el paquete PSS®E con la empresa Sierncns SA de CV. La Contratación directa deberá celebrarse en las mejores condiciones a favor del Estado de Honduras, observando para ello lo dispuesto en los Artículos numeral 2. de la Ley de Contratación del Estado, del Reglamento de la Ley de Contratación del Estado. SEGUNDO: La estructura presupuestaría con la que se financiará la adquisición es: Institución 153, Gerencia Administrativa 001, Unidad Ejecutora O 1. Programa l l, Subprograma 00, Proyecto 000, Actividad/Obra 001, Fuente Recursos Propios, Objeto de gasto 45100 "Aplicaciones Informáticas". TERCERO: El presente Acuerdo Ejecutivo entrará vigencia a partir de su publicación en el Diario Oficial "La Gaceta", Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los cuatro días del mes de noviembre del año dos mil diecinueve (04. 11.2019). COMUNf QUESE Y PUBLÍQUESE.- MARTHA VI CENT A DOBLADO ANDARA SUBSECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE COORDINACIÓN GENERAL DE GOBIERNO ACUERDO DE DELEGACIÓN No. 023-2018 DEL DE ABRIL DE 2018 EBALJAIR DÍAZ LUPIAN SECRcTARTO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE LA PRESrDcNClA -- 8 of 15 -- REPÚBLICA DE HO�DURAS -TEGUCIGALPA, M. D. C. 26 DE DICIEMBRE DF.I. No. e ACUERDO EJECUTIVO !So. 064-2019 EL PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA RF.PÚBLICA ) autorizó a Inversión Estratégica de Honduras (JNVEST- Honduras), para que realice la contratación directa de los estudios y el diseño del Hospital del Trauma, con cargo a los fondos provenientes del "Fideicomiso de Inversiones y Asignaciones, para Realizar Inversiones en el Sistema Nacional de Administración de La Propiedad, Inversiones en la Red Vial Primaria, Secundaria y Terciaria del País, Inversiones en Proyectos de Generación de Empleo y Otros" (Fll\A 2). Secretaria de Estado de la Presidencia COJ'tiSIDERANDO: Que de conformidad a Jo establecido en el numeral del artículo 245 de la Constitución de la República, es atribución del Presidente de La República, dirigir la política general del Estado y representarlo. CONSIDF.RANDO; Que la Ley General de la Administración Pública en su Articulo indica que, el Presidente de la República tiene a su cargo la suprema dirección y coordinación de la Administración Pública Centralizada y Descentralizada. El Presidente de la República en el ejercicio de sus funciones, podrá actuar por si o en Consejo de Ministros. CONSIDERA.VDO: Que la Constitución de La República en sus declaraciones señala que: "El Estado reconoce el derecho de protección a lo salud" y que "la persona humana es el Fin supremo de la sociedad y del Estado. Todos tienen la obligación de respetarla y protegerla". CONSIDERANDO: Que en la red hospitalaria del país se ha estimado en el caso de lesiones de causa externa; es decir, lesiones provocadas por factores de violencia y alta incidencia de accidentes de tránsito, que la demanda hospitalaria oscila alrededor de mil atenciones anuales, lo cual impacta severamente no solo en la saturación de infraestructura, sino también en las finanzas del sistema de salud y por ende, en economia del país, teniendo en cuenta los días de incapacidad y muertes prematuras en la población de edad productiva. En tal sentido, es necesario crear una alternativa hospitalaria adecuada para afrontar la problemática. como ser la creación de un nuevo hospital especializado en lesiones de causa externa que se ha definido como Hospital del Trauma. CONSIDERANDO: Que el Congreso Nacional mediante Decreto No. 112-2019 de fecha 26 de septiembre de 2019. COl'iSIDERANDO: Que en fecha I O de octubre de 2019, el Gobierno de la República suscribió con el Banco Interamericano de Desarrollo (BJD), el Convenio de Préstamo BID 4713/BL-HU, para la ejecución del "Proyecto Fortalecimiento Integral de la Red de Atención de Traumas y Urgencias de Tegucigalpa", designándose en el mismo a Inversión Estratégica de Honduras (INVEST - Honduras) como el Organismo Ejecutor del Proyecto. CO:-.ISIDERA. "™>: Que el Gobierno de la República ha identificado como sitio idóneo para la construcción del Hospital del Trauma, un terreno ubicado al oriente de la ciudad de Tegucigalpa, el cual formaba parte de la Finca El Molinón y Travesía, propiedad del Instituto Nacional de Jubilaciones y Pensiones de los Empleados y Funcionarios del Poder Ejecutivo (1 JUPEMP). Se ha considerado que el área necesaria para construir dicho hospital es de apróxirnadarnente manzanas, cuya valuación se ha solicitado a la Dirección Nacional de Bienes del Estado (DNBE) y ésta ha certificado que el valor de una fracción de terreno del inmueble antes relacionado equivalente a Ciento Cincuenta Mil Doscientos Treina y Dus Punto Setenta y Un Varas Cuadradas ( 150,232.71 \12), tiene un precio de Ciento Setenta y Un Millones Ciento Setenta y Un Lempiras con 16/.100 {171,000,171.16), el cual debe ser asumido por los fondos que al efecto identifique la Secretaría de Estado en el Despacho de 1- inanzas en el Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la República. CONSIDERA!\DO: Que habiendo sido designado INVEST - Honduras como el Organismo Ejecutor del Proyecto y siendo el encargado de contratar los estudios y diseños para la construcción del mismo, con fundamento en las facultades que le corresponden y en base al Articulo 4 del Decreto 6- 2017, de fecha de junio de 2017, publicado en el Diario -- 9 of 15 -- -- 10 of 15 -- Rt.:P JBUCA DE HONDURAS -TEGUCIGALPA, M.O. C .. DE DICll::'.\>tBRR OEL 2019 No. 35 Oficial La Gaceta en fecha de junio de 2017, ha decidido asignar la adquisición del predio que se ha relacionado a INVES'J:.Hontluras, a fin de que lo haga mediante el mecanismo de su normativa interna. CONS.IOERANDO: Que siendo que el valor del predio constituye una cifra mayor, se autoriza n la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas para que acuerde la forma de pago con el Instituto Nacional de Jubilaciones y Pensiones de los Empleados y Funcionarios del Poder Ejecutivo (INJUPEMP). para la compra del área de terreno que lle ha valuado. CONSIDERANDO: Que el Articulo de la Ley General de la Administración Pública prescribe que el Presidente de la República, podrá delegar en los Secretorios de Estado el ejercicio de la potestad de decidir en determinadas materias o en casos concretos. CONSIDERAf\iDO: Que mediante Acuerdo Ejecutivo número 023-2018 publicado en Diario Oficial en fecha 20 de abril del 2018. el señor Presidente de la República acuerda delegar a partir del de abril del 2018, en la Subsecretaria de Coordinación General de Gobierno MARfflA VICENTA DOBLADO ANO ARA, la potestad de firmar los Acuerdos Ejecutivos que, según la ley de la Administración Pública, sean potestad del Presidente Constitucional de la República su sanción POR TANTO: En el uso de las facultades de que está investido y en aplicación del numeral J l) del Artículo de la Constitución de la República; 11, y de la Ley General de la Administración Pública; Articulo del Decreto 16-2017 de fecha 15 de junio de 2017, publicarlo en el Diario Oficial La Gaceta en fecha de junio de 2017. ACUERDA:
Articulo 1
Se asigna e instruye a Inversión Estratégica de Honduras (Th'VEST-Honduras) realizar todas las acciones que según sus mecanismos y normativa interna sean necesarias, para la adquisición de un área de terreno de Ciento Cincuenta Mil Doscientos Treinta y Dos Punto Setenta y Un Varas Cuadradas ( 150,232. V2}, ubicado en al oriente de la ciudad de Tegucigalpa, el cual formaba parte de la Finca El \folinón y Travesía, propiedad del Instituto Nacional de Jubilaciones y Pensiones de los Empicados y Funcionarios del Poder Ejecutivo (lNJUPEMP), el cual se destinará para la construcción del Hospital del Trauma.
Articulo 2
Se instruye a la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas acordar con el Instituto Nacional de Jubilaciones y Pensiones de los Empicados y Funcionarios del Poder Ejecutivo (INJUPEM), la forma de pago para la adquisición del predio relacionado en el Articulo anterior, por el valor que se ha certificado por la Dirección Nacional de Bienes del Estado (DNDEJ. AHTÍCULO 3. Se instruye a la Secretaría de estado en el Despacho de Finanzas incorporar en la cuenta del Fideicomiso que 11\VCST-Hondurai¡ le indique, los recursos económicos necesarios para sufragar los costos de la adquisición y el valor del predio, cuya adquisición por este acto se le ha autorizado INVEST-11onduras. ARTi CULO 4. El presente Acuerdo Ejecutivo entra en vigencia una vez publicado en el Diario Oficial "La Gaceta", Dado en Casa Presidencial, en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los cuatro (04) días del mes de diciembre del año dos mil diecinueve (2019). COMUl"I ÍQUESE Y PUBLÍQUESE. .MARTHA VICENTA DOBLADO ANDARA ACUERDO FJECUTIVO NÚMERO 023-2018 DEL DEJ\BRII. DE2018 EBAL JAIR DiAZ LUPIÁN SECRETARIO DE LA PRESIDENCIA -- 11 of 15 -- I DIARIO OFICIAL DE LA REPÚBLICA DE HONDURAS! - ;.T$[- ..=.: J2. Laprme,a�la lleg6aHclóJ..aen 1829. � mmlade en T egucfg�a, en el c:uár.el San =ran- cisoo, lo pnmeroque selr'll)rirruO foouna proc1Clma dol Gener.,1 Morazion. con r,,:11a oe elcic'1't><e de 1129. � � ��1u.u:rn� UlA.O, Oes;t.Jés M � mlO el pn"IIOI' i:,eri6o'Jeo ollc:lal dol Gobiamoeo,fache 2$do mayo d4! 183),eonoc,:lo hoy, ccnoo lliiric Oflciai a Ga,:e:a'. AÑO CXLI TEGlJCIGALPA, M.O. C., HONDURAS, C. VIERNES DE DICIEMBRE DEL 2019. NUM. 35,134 Poder Eiecutivo Sección A SUMARIO Sección A Decretos y Acuerdos C .A:CUEJlDOEJECUTlVO :NlJMER0068-20J9 ) PODER &W.CUTIVO Acuerdos Ejecutivos números 068-2019, 069-2019 A L-4 GASTOS DE REPRESt:l"iTACIÓN DF. LA CJUDADANA LIDIA ESTELA CARDONA PADILLA PODER LEGISLATIVO Decreto número 139-2019 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA, CONSIDERANDO: Que es atribución del Presidente de la República emitir acuerdos, decretos, reglamentos y resoluciones conforme a Ley. CONSIDERANDO: Que corresponde al Presidente de la República, entre otras atribuciones, dirigir la política general del Estado, representarlo, administrar la hacienda pública y dictar medidas extraordinarias en materia económica y financiera cuando así lo requiera el interés nacional. CONSIDERANDO: Que los Gastos de Representación dentro y fuera del país, son los montos que se determinan por gastos no liquidables, inherentes al ejercicio de sus funciones. los mismos son otorgados a los funcionarios acorde al cargo y sus responsabilidades. Estos gastos son distintos u los que se refiere el Reglamento de Viáticos y Otros Gastos de Viaje para Funcionarios y Empleados del Poder Ejecutivo. CONSIDERANDO: Que para otros funcionarios del Poder Ejecutivo, la autorización de gastos de representación será autorizada por el Presidente de la República y con vigencia para el presente Ejercicio Fiscal, siempre y cuando devenguen un salario menor al de un Subsecretario de Estado. FUERZA »-E SEGURIDAD INTERINS'l1TUCIONAL NACIONAL (FUSNA) Acuerdo número 001-2019 6- SECRETARÍAUEINFRAESTRUCJ'URA Y SERVICIOS PÚBLICOS Acuerdo número-0820 8-11 AVANCR A. Sección B Avisos Legales J • Desprcndible para su comodidad CONSIDERANDO: Que para los funcionarios del Poder Ejecutivo siempre y cuando devenguen un salario menor al de un Subsecretario de Estado, la autorización de gastos de representación será real izada por el Presidente de la República y su vigencia únicamente será para el presente Ejercicio Fiscal. CONSIOERA�DO: Que mediante disposición gubernamental se ordena recortar el cincuenta por ciento (50%) del saldo presupuestario disponible de Gastos de Representación en el Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la República para el presente Ejercicio Fiscal a par t ir del mes de julio del año dos mil diecinueve (2019). A, -- 12 of 15 -- s,-..dún \ ,\,-urrd11, � L,·11•, REPÚRLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA M. D. C., DE OICIBMBRF. DEL 2019 No. -�S CONSIDERANDO: Que los Gastos de Representación autorizados comprendeu lodo el periodo Fiscal dos mil diecinueve (2019) y en aplicación del Decreto Ejecutivo PCM-036-2019 se ordeno un recorte de un cincuenta por ciento (50%) del saldo dispo n ib le para gastos de representación, debiendo otorgarse de la siguiente manera: Del mes de enero al mes de junio del año dos mil diecinueve corresponde un pago mensual por concepto de gastos de representación de DIEZ Mll, LEMPIRAS EXACTOS (L. I 0,000.00) y del mes de julio al mes dc diciernbre del nño dos mil diecinueve (2019) un pago mensual de CINCO MlL LEMPlRAS EXACTOS (L.5,000.00). CONSIDERANDO: Que mediante Acuerdo Ejecutivo Número 39-2016, de fecha de mayo del 2016, se nombró a In ciudadana L(DlA F:STELA CARDONA PADILLA, en el cargo <le Coordinadora de la Unidad Gubernamental do Acompañamiento y Respalde a la Misión de Apoyo Contra In Corrupción y la Impunidad en Honduras (UGAR-MACCíl-1). CONSIDERANDO: Que de conformidad con el Acuerdo Ejeeuti vo Número 023-2018, de fecha de abril de 2018, ol Presidente de la República. ciudoctano JUAN ORLAJliDO HERNÁNDEZ ALVARADO, delegó la facultad de firmar los Acuerdos de Gastos de Representación de Funcionarios, en la Subsecretaria de Estado en el Despacho de Coordinación General de Gobierno, MARTHA VJCENTA DOBLADO ANDAR4. de la Unidad Gubernamental de Acompañamiento y Respaldo a la Misión de Apoyo Contra la Corrupción y In Impunidad en Honduras (UGAR-MACCIH) de la manera siguiente: del mes de enero al mes de junio del año dos mil diecinueve corresponde un pago mensual de DIEZ. MIL LEMPIRAS EXACTOS (L.10,000.00) y del mes de julio al mes de diciembre del año dos mil diecinueve (2019) un pago mensual de CINCO MlL LEMPIRAS EXACTOS (L.5,000.00), en aplicación del Decreto Legislativo 180-2018 y del Decreto Ejecutivo PCM-036-2019.
Articulo 2
El presente Acuerdo Ejecutivo es de ejecución inmediata y deber á pubf icarse en el Diario Oficial "La Gaceta". Dado en ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los doce dios del mes de diciembre del año dos mil diecinueve ( 12.12.2019). COMUNÍQUESE Y PUBLfQt;ESE. MARTHA VI CENT A DOBLADO J\NDARA SUBSECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE COORDINACIÓN GENERAL DI:: GOBIER.l'\10 Por delegación del Presidente de la Repúbllca Acuerdo Ejecutivo No. 023-201 R POR TANTO; En aplicación de lo establecido en los Artlculos 245 numeral l l) de la Constitución de la República; Artículos reformado mediante Decreto Legislativo Número 266-2013, J de la Ley General de la Administración Pública; Artículo de las Disposiciones Generales del Presupuesto de Ingresos y Egresos de la Re publica, para el Ejercicio Fiscal del año 2019, contenida en el Decreto Nº. 180-2018, publicado en "La Gaceta", Diario Oficial de la República de Honduras en fecha de diciembre de 2018 y Acuerdo Ejecutivo Nº. 023- 2018. ACUERDA:
Articulo 1
Autorizar Gastos de Representación para el ejercicio fiscal del presente año dos mil diecinueve (2019), a la ciudadana LIDIA ESTELA CARDONA PADILLA, en el cargo de Coordinadora DIARIO OFICIAL DE LA REPÚBLICA DE 1-fOMJURAS DECANO DE LA PRE1'JSA HONDUREf;JA PARA t.'EJOR SEGURIDAD DE SUS PUBLICACIONES ABOG. T'HELMA LETICIA NEDA JORGE ALBERTO RJCO SAUNAS , Coordinador y Supéíl�SOI EMPRESA NACIONAL os AR l li.S GRÁFICAS , Cdolia lhllol9s Telélono/F'ax; Gerencia 223("4�56 Adn••·swac:1611: � Planta: 22:!0 CENTno cvco GUBERNAMENTAL " ' EBALJAIR DÍAZ LUPIÁN SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO na LA PRESIDENCJA La qaceta -- 13 of 15 -- REl'UBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 27 DE DJcn:Ml3RE DEL :-Jo. 35,134 Poder Eiecutivo ( ACUERDO EJl:CUTJVO NUMERO 069-2019 ) EL PRESIDENTE CONSTíTUCIONAL DE LA REPÚBLICA, CONSIDERANDO: Que el Articulo de la Constitución de la República de Honduras en su numeral 11, establece que: "Es atribución del Presidente de la República emitir acuerdos y decretos y expedir reglamentos y resoluciones conforme a Ley". CONSIDERANDO: Que el Articulo de la Ley General de la Administración Pública estatuye que el Presidente de la República tiene o su cargo la suprema dirección y coordinación de la Administración Público Centralizada y Descentralizada. CONSIDERANDO: Que el Decreto No. 180-2018, publicado en el Diario Oficial La Gaceta el de diciembre de 2018. contentivo del "Presupuesto General de Ingresos y Egreso,; de la República, Ejercicio Fiscal 2019", en su Articulo "No se permitiré modificaciones presupuestarias qui: afecten asignaciones consignadas para gastos de capital para financiar gastos corrientes de cualquier fuente financiamiento, en caso di: requerirlas se deberá contar con la aprobación del Presidente de la República y el mismo se formalizará mediante Acuerdo Ejecutivo, previo su aprobación, se deberá conocer la opinión de la Comisión lntrainstimcional de la Secretaria de Estado en el Despacho de Finanzas". CONSIDERANDO: Que mediante Decreto Legislativo No. 266-2013 del de diciembre de 2013, publicado en el Diario Oficial "La Gaceta" en fecha veintitrés de enero del dos mil catorce, se reforma el Articulo 29 de la Ley General de la Administración Pública definiendo a la Secretaria de Estado en el Despacho de Finanzas. como el Ente del Estado encargado de ta formulación, Coordinación, Ejecución y Evaluación de las políticas relacionadas con las finanzas publicas. CONSIDERANDO: Que es potestad del Presidente de la República de Acuerdo a lo establecido en el Articulo 37. Numeral reformado de la Ley Orgánica del Presupuesto realizar las adecuaciones presupuestarias entre Secretarias de Estado, con el fin di: obtener una ejecución eficiente y efectiva entre los órganos y actividades estatales. CONSIDERANDO: Que mediante Acuerdo Ejecutivo No. 023-2018 de fecha de abril del 2018 y publicado en el Diario Oficial La Gaceta el 20 de abril de 2018, el Presidente de la República acuerda delegar en la Subsecretaria de Coordinacion General de Gobierno, MARTRA VlCENTA DOBLADO ANDABA, la facultad de firmar los Acuerdos Ejecutivos que. según' la Ley de In Administración Pública. sean potestad del Presidente Constitucional de la República su sanción. CONSIDl!:RANDO: Que por error involuntario se estipuló en los Artículos I y del Acuerdo Ejecutivo No. 52-2019 de techa de septiembre de 2019, una estructura progrumática que no corresponde a la Empresa Nacional Portuaria. POR TANTO, En el uso de las facultades de que está investido y en aplicación de los artículos: numerales y 11, de la Constitución de la República; O, 33. 116, 118, 119, de la Ley General de la Administración Pública; 3, 26 de la Ley de Procedimiento Administrativo; articulo de la Ley Orgánica del Presupuesto: Acuerdo Ejecutivo No. 023-20U!: ACUERDA: Articulo J. Dejar sin valor ni efecto el Acuerdo Ejecutivo No.52-2019 de fecha de septiembre de 2019 publicado en el Diario Oficial La Gaceta de fecha 30 de octubre de 2019. Articulo 2. Incrementar a través de traslados internos las asignaciones presupuestarias siguientes: -- 14 of 15 -- REPUBLICA DE HO"IDURAS - TEGUCIGALPA .\1. O. C. 27 DE l>ICTH1BRE DF.L No. 35 fOTAI. Artículo 3. Los traslados descritos en el Articulo anterior se financiarán de las estructuras presupuestarias siguientes: 1.2 !4.1100 l�POlffll TOTAi. �SIOIIACIONSS PR.dU�AJUA8 Dl4KINlllDAll lVal=MntAdot en Lpa.J l 1Nn l º" LI'! HB OKG l'ROG 51.ll I r•ov I "'º -IJBJUTO ocscatrc10N olí . • - - - - 1 · - - " J PROG 1. �,.. CUUNT �S SOJ � 09� �001 4l11C, �;:�.,.Vnriotd.c CUO 500,000 �OJ I U r ()() �U; Fmbatc:..:IQCCI \lar,1 11..,,, OO<l _ --r-- c"iiñiiñ::-::,orcs )'MrJII•., ----l �03 ll'J<I tlO 4nlO do8ICJIC>OG0omin,o �¡ �9.�0000, Púl>hco _ º-� ¡011 ,�,40 ljiquip()d:Fl:,.,eoony-1 � _ _ __ r�,"" ___!_:'.'. 1.2�,000. Artículo 4.- Se faculta a la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas, para que realice en el Presupuesto de La Empresa Nacional Portuaria la Modificación Presupuestaria por traslados internos establecida en el presente Acuerdo. Artículo S.- El presente Acuerdo entrará en vigencia a partir de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta. Dado en In ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los trece días del mes de diciembre del año dos mil diecinueve {13.12.2019). COMUNÍQUESE Y PUBLÍQlJESE. MARTHA VlCENTA DOBLADO ANDARA SUBSECRETARJA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE COORDINACIÓN GENERAL DE GOBIERNO Por delegación del Presidente de la República Acuerdo Ejecutivo No. 023-2018 EBALJAIR OÍAZ LUPIÁl'i SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE LA PRbSLDENCJA UA. -- 15 of 15 --