VigenteCategoria: Administrativo
Decreto No. 180-2018 | 24 de julio de 2019 | Poder Ejecutivo | La Gaceta No. 35,004

D.2 DIARIO OFICIAL LA GACETA

Considerandos

  1. 1.Que es atribución del Presidente de la República emitir Acuerdos, Decretos, Reglamentos y Resolucíónes conforme a Ley. para el presente Ejercicio Fiscal, siempre y cuando devenguen un salario menor al de un Subsecretario de Estado.
  2. 2.Que corresponde al Presidente de la República, entre otras atribuciones, dirigir la politica general del Estado, representarlo, administrar la hacienda pública y dictar medidas extraordinarias en materia económica y financiera cuando así lo requiera el interés nacional.
  3. 3.Que los Gastos de Representación dentro y fuera del país, son los montos que se determinan por gastos no liquidables, inherentes al ejercicio de sus funciones, los mismos son otorgados a los funcionarios acorde al cargo y sus responsabilidades. Estos gastos son distintos a los que se refiere el Reglamento de Viáticos y Otros Gastos de Viaje para Funcionarios y Empleados del Poder Ejecutivo.
  4. 4.Que para los funcionarios del Poder Ejecutivo siempre y cuando devenguen un salario menor al de un Subsecretario de Estado, la autorización de gastos de representación será realizada por el Presidente de la República por un monto máximo de basta L. l 0,000.00 y su vigencia únicamente será para el presente Ejercicio Fiscal.
  5. 5.Que mediante Acuerdo Ejecutivo número 016-SP-2017, de fecha 27 de marzo de 2017, se nombró al ciudadano CÉSAR ARTURO QUINTANILLA, en el cargo de Director Ejecutivo de Deportes.
  6. 6.Que para otros funcionarios del Poder Ejecutivo, la autorización de gastos de representación será autorizada por el Presidente de la República y con vigencia
  7. 7.Que de conformidad con el Acuerdo Ejecutivo número 023-2018, de fecha 16 de abril de 2018, el -- 3 of 4 -- Secciún .\ \rnl'rdus � Leves Presidente de la República, ciudadano JUAN ORLANDO HERNÁNDEZ ALVARADO, delegó la facultad de firmar los Acuerdos de Gastos de Representación de Funcionarios, en la Subsecretaria de Estado en el Despacho de Coordianción General de Gobierno, MARTHA VICENTA DOBLADO ANDARA.-
  8. 8.Que la Ley Orgánica de la Marina Mercante establece que la Dirección General de la Marina Mercante tendrá como atribución cumplir y hacer cumplir la Constitución de la República, los Convenios Internacionales de los que Honduras forme parte, la Ley y demás disposiciones legales reglamentarias que guarden relación con sus cometidos. CONSIDERANDO: El artículo 92 numeral 4 reformado mediante Decreto 120-2016 establece como atribución de la Dirección General de la Marina Mercante, la lucha contra la contaminación del medio marino producida desde buques y artefactos navales que se encuentren en aguas jurisdiccionales del Estado de Honduras o desde fuentes terrestres en caso de derrames de hidrocarburos o sustancias nocivas potencialmente peligrosas.
  9. 9.Que mediante Acuerdo DGMM No. 022-2015 se aprobó el Reglamento de Prevención La (}aceta ABOG. CÉSAR AUGUSTO CACERES CANO JORGE ALBERTO RICO SALINAS Coordinado! y Supervisor Colonia Mlrallores Telélono/Fax: Gerencia 2230-4956 Administración: 2230-3026 Planla: 2230-6767 CENTRO CÍVICO GUBERNAMENTAL -- 4 of 4 --

Articulos

Articulo 2

El presente Acuerdo Ejecutivo es de ejecución inmediata y deberá publicarse en el Diario Oficial "La Gaceta"> Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los once días del mes de febrero del año dos mil diecinueve ( 11.02.2019).- COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE. MARTHA VICENTA DOBLADO ANDARA SUBSECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPAHO DE COORDINACIÓN GENERAL DE GOBIERNO Por delegación del Presidente de la República Acuerdo Ejecutivo No. 023-2018 EBAL JAIR DÍAZ LUPIÁN SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE LA PRESIDENCIA Dirección General de la Marina Mercante ( ACUERDO DGMM NO. 004-2019 ) Tegucigalpa, M.D.C., 23 de julio de 2019 CONSIDERANDO: Que la Ley Orgánica de la Marina Mercante establece que la Dirección General de la Marina Mercante tendrá como atribución cumplir y hacer cumplir la Constitución de la República, los Convenios Internacionales de los que Honduras forme parte, la Ley y demás disposiciones legales reglamentarias que guarden relación con sus cometidos. CONSIDERANDO: El artículo 92 numeral 4 reformado mediante Decreto 120-2016 establece como atribución de la Dirección General de la Marina Mercante, la lucha contra la contaminación del medio marino producida desde buques y artefactos navales que se encuentren en aguas jurisdiccionales del Estado de Honduras o desde fuentes terrestres en caso de derrames de hidrocarburos o sustancias nocivas potencialmente peligrosas. CONSIDERANDO: Que mediante Acuerdo DGMM No. 022-2015 se aprobó el Reglamento de Prevención La (}aceta ABOG. CÉSAR AUGUSTO CACERES CANO JORGE ALBERTO RICO SALINAS Coordinado! y Supervisor Colonia Mlrallores Telélono/Fax: Gerencia 2230-4956 Administración: 2230-3026 Planla: 2230-6767 CENTRO CÍVICO GUBERNAMENTAL -- 4 of 4 --

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