VigenteCategoria: Notarial y Registral
29 de enero de 2018 | Poder Ejecutivo | La Gaceta No. 34,554
1. Autorizar al Procurador General de la República para que en nombre del Estado de Honduras comparezca ante el Notario Público designado por la Dirección Nacional de Bienes del Estado a suscribir escrituras públicas que correspondan, con el propósito de formalizar la tradición de dominio. 2. Los gastos de honorarios que resulten de la elaboración de la escritura pública traslaticia de dominio y su inscripción en el correspondiente Registro de la Propiedad, correrán por cuenta de la Dirección Nacional de Bienes del Estado.
Considerandos
- 1.Que de conformidad a los numerales 2 y 11 del Artículo 245 de la Constitución de la República, corresponde al Presidente de la República entre otras atribuciones, dirigir la política general del Estado, emitir los Acuerdos, Decretos y expedir reglamentos y resoluciones conforme a la Ley.
- 2.Que el artículo 15 del Decreto Legislativo Número 274-2010 faculta a la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas para que a través de la Dirección General de Bienes Nacionales dé en venta mediante el procedimiento de subasta pública, arrendamiento con opción a compra y/o aportaciones a Alianzas Público-Privadas, los bienes traspasados a favor del Estado de Honduras como consecuencia de la liquidación forzosa de algunas instituciones Bancarias del Sistema Financiero Nacional.
- 3.Que el Decreto Ejecutivo Número PCM 047-2015 modificó la Dirección General de Bienes Nacionales en Dirección Nacional de Bienes del Estado, como un ente desconcentrado de la Administración Pública, con autoridad a nivel nacional dependiente de la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas.
- 4.Que en fecha cuatro (4) de septiembre del año 2017, la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas a través de Dirección Nacional de Bienes del Estado realizó Subasta Pública de Bienes Inmuebles SEFIN/DNBE 001-2017, resultando adjudicados dos (2) de los inmuebles sujetos al proceso.
- 5.Que de conformidad al artículo 17 del Decreto Legislativo Número 274-2010, la tradición de dominio se deberá formalizar mediante Escritura Pública que autorizará el Notario designado por la Dirección General de Bienes Nacionales.
- 6.Que el artículo 19 de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República establece que “La sección de Procuraduría tendrá a su cargo la personería del Estado, y serán ejercidas por el Procurador General de la República en el cumplimiento de las siguientes atribuciones: 1..., 2..., 3 Comparecer en representación del Estado, conforme a las instrucciones del Poder Ejecutivo y al otorgamiento de los actos o contratos en que estuviere interesada la nación.
- 7.Que mediante Acuerdo Ejecutivo No.031-2015 emitido por la Secretaría de Estado de la Presidencia publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” el 25 de noviembre de 2015, el Presidente Constitucional de la República Abogado Juan Orlando Hernández Alvarado, delegó en el Secretario de Estado Coordinador General de Gobierno, Doctor Jorge Ramón Hernández Alcerro, la potestad de firmar Acuerdos Ejecutivos que según la Ley de la Administración Pública son potestad del Presidente Constitucional de la República. -- 1 of 2 --
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1. Autorizar al Procurador General de la República para que en nombre del Estado de Honduras comparezca ante el Notario Público designado por la Dirección Nacional de Bienes del Estado a suscribir escrituras públicas que correspondan, con el propósito de formalizar la tradición de dominio. 2. Los gastos de honorarios que resulten de la elaboración de la escritura pública traslaticia de dominio y su inscripción en el correspondiente Registro de la Propiedad, correrán por cuenta de la Dirección Nacional de Bienes del Estado.
Este acuerdo autoriza al Procurador General de la República a representar al Estado de Honduras ante un notario para firmar documentos que transfieran la propiedad de dos terrenos en Choluteca (un solar y una casa) que el Estado ganó en una subasta pública. La Dirección Nacional de Bienes del Estado pagará todos los gastos de escribanía e inscripción en el Registro de Propiedad.
Decreto | 2018
Autorizar al Señor Procurador General de la República, para que en nombre del Estado de honduras, ejercite las facultades de expresa mención, en la demanda promovida en contra el Estado de Honduras, a través de la Secregtaría de Estado en los Despachos de Agricultura y Ganadería, por el Señor Ramón Antonio López Martínez, registrada en el Juzgado de Letras del Trabajo del Departamento de Francisco Morazán, con sede en Tegucigalpa, M.D.C., BAJO EL NÚMERO 73343,Juez no-1
Decreto | 2014
"PRIMERO: Autorizar a la Procuradora General de la República, para que en nombre y representación del Estado de Honduras, ejerza las facultades de Expresa Mención, de Renunciar a los Recursos o Términos Legales, conciliar, transigir, Desistir en Primera Instancia de la Acción Deducida consignadas en los Artículos 81 numeral 2 y 82 numeral 2 del Código Procesal Civil, Artículos 1 y 19 Atribución Primera de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República; en la Demanda Ordinaria para que se declare la nulidad e ilegalidad de un acto administrativo de carácter particular, por infracción al ordenamiento jurídico, reconocimiento de una situación jurídica individualizada, promovida por la Abogada Mélida Tula Benítez, en representación de Banco Continental, S.A., contra el Estado de Honduras por intermedio de la Comisión Nacional de Bancos y Seguros."
Este decreto aprueba la Política Pública de Educación Inclusiva, que busca garantizar que todas las personas en situación de vulnerabilidad accedan al sistema educativo nacional con calidad y equidad. Establece objetivos como eliminar barreras de discriminación, mejorar infraestructura escolar y asegurar financiamiento para programas inclusivos, beneficiando a estudiantes con discapacidades, indígenas y otros grupos marginados.
Decreto 266-2013 | 2019
Acuerda Primero.- Autorizar en base a la Resolución Administrativa SAG-1040-2011 emitida por la Secretaría de Estado en los Despachos de Agricultura y Ganadería (SAG), en fecha dos de septiembre del dos mil once, que corre agregado al expediente administrativo número 842-2010 a la Señora Procuradora General de la República, para que en nombre y representación del Estado de Honduras proceda a suscribir mediante Escritura Pública, Renovación de Contrato de Arrendamiento de un Terreno de Naturaleza Jurídica Nacional con la Empresa Biocultivos Marinos S.A..
Decreto | 2011
ACUERDA.-PRIMERO.-Autorizar en base a la Resolución Administrativa RESOL-SAG-460-2017, emitida por la Secretaría de Estado en los Despachos de Agricultura y Ganadería (SAG) en fecha cuatro de septiembre del año dos mil diecisiete, que corre agregado en autor bajo Expediente administrativo No. Varios 11-2013 al Señor Procurador General de la República, para que en nombre y representación del Estado de Honduras comparezca ante Notario Público con fundamento en la Ley de Fortalecimiento a la Camaricultura a suscribir Escritura Pública de Renovación de Contrato de Arrendamiento de un lote de terreno de naturaleza jurídica nacional salino con la sociedad mercantil CRIADEROS DEL SUR S.-A. DE C.V. (CRISUR)
Decreto | 2017