Reglamento — Reglamento Municipal que Institucionaliza y Regula el Proceso Simplificado de Obtención del Permiso de Construcción de la Municipalidad de San Pedro Sula
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Articulo 18
REQUISITOS PARA EL TRAMITE DE REGULARIZACION. Para trámite de Regularización Obra Nueva (/) a? Q . X (0 ' l_ CO c cu E cu Q . E o O O c ü o E cu Q Ampliación , Remodelación, cambio de uso y techo CO cu CO o cu Q . CO LU CO .Q O (N E o o lO 0} T3 CO E o > . ra CM E o o LO 0) T3 CO £ o c cu CQ ü O (fí (0 0)'4-> _c 0) T3 CQ T3 C 0) ■> > (M E o o d o CO CO £ o c cu (V E o o d o CO CO £ o CO DOCUMENTOS GENERALES Formulario F-01 con información completa, (firmado por propietario y condueños) X X X X X X X X Persona Natural presentar copla del documento de Identidad del Propietario y condueños. X X X X X X X X Personas jurídicas presentar copla de escritura de la sociedad, poder de representación, RTN de la sociedad y documento de identidad del representante legal. En caso aplique Copia de escritura del terreno debidamente inscrita en el Instituto de la Propiedad, contrato privado con promesa de venta y su declaración jurada autenticada, contrato de arrendamiento inscrito en la DAI X X X X X X X X Constancia de factibilidad emitida por Aguas de San Pedro, indicando si la propiedad cuenta o no con el servicio de agua potable y aguas negras o recibo de pago del servicio de aguas de San Pedro. X X X Que el solicitante, el propietario, el ejecutor y el inmueble estén SOLVENTES con la Municipalidad de San Pedro Sula X X X X X X X X B. 136 Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT- UNAH. Derechos Reservados ENAG UDI-DEGT-UNAH -- 144 of 592 -- Sección B Avisos Legales L a G a c e ta Para trámite de Regularización Obra Nueva '¡n V) £ o . X 0) (0 't . ni c 0) E 0) Q. E o O £ .Q O c >o ü o E 0) Q Ampliación , Remodelación, cambio de uso y techo <n <D m ü 0) o . co LU CO £ .Q O N E o o lO (D ■O (/> £ o >* (0 N E o o iri 0) T3 M £ o c 0) co ü o<fí </> 0) c o - o os ■a c o ■> > N E o o d o (0 w £ o c (U (M E o o d o (0 <n £ o >* (0 DOCUMENTOS GENERALES Hoja de responsabilidad y afiliación profesional aprobada por el Colegio al que pertenece el responsable del diseño arquitectónico, eléctrico, hidrosanitario, mecánico, estructural y de construcción del proyecto. X X Declaración Jurada de conocimiento y aceptación de la Guía Ambiental de Construcción. X X X X X X X Autentica de notarlo de Declaración Jurada de conocimiento y aceptación de la Guía AMBIENTAL de Construcción. X X X X Presupuesto de la obra firmado por el propietario. X X PLANOS A PRESENTAR Plano de localización, acotado, identificando avenidas y calles circundantes. (Croquis). Colocar numero catastral e indicar el norte X X X X X X X X Bosquejo de localización y conjunto donde se indiquen los cercos y accesos, solamente firma del propietario y realizado todo en tinta, ya sea el formato proporcionado en el formulario o bosquejo legible. X Plano de conjunto, acotado según medidas de escritura pública (o documento presentado), integrando los lotes que conforman el proyecto e indicando colindancias. X X X X X X X X Plano de arquitectura (amueblada) y acabados, (indicar plazas de parqueo existentes y propuestas) X X X X X Bosquejo de planta constructiva y distribución solamente firmado por el propietario en tinta, ya sea el formato proporcionado al reverso del formulario o bosquejo legible. X Plano de planta constructiva, indicando retiros de las edificaciones respecto a los límites de propiedad. X X X X X X B . 137 Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT- UNAH. Derechos Reservados ENAG UDI-DEGT-UNAH -- 145 of 592 -- Sección B Avisos Legales L a G a c e ta Para trámite de Regularización Obra Nueva (0 £ Q. X cc 'l- co c (D E (U C L E o O £ .Q O c ü o E (D Q Ampliación , Remodelación, cambio de uso y techo O) <D CO O 0) Q. CO Lll CO £ .Q O cv E o o LO 0) T3 (0 £ o >« ra (N E o o IÍ5 (D T3 CO £ o c (D CO ü o (0 0> c o ■o (0 ■oc (D ■> > (S E o o d o (C (0 £ o c 0) N E o o d o CG (0 £ o >> cc DOCUMENTOS GENERALES Plano de Cimentación y Estructurales. Plano de armado de entrepiso, techo y estructurales. Plano de Instalaciones Hidrosanitarias: agua potable, aguas negras y aguas pluviales y sus detalles. (Si Aplica) Planos Eléctricos, telefonía, red y otros. (Si Aplica) Plano de estructuras. (Muros de contención, losas, pavimentos, cimentaciones, soporte, techos, etc.) (Si Aplica) Detalle de Cimiento de colindancia marcando la altura del cerco (Si aplica) Plano de la situación actual y final del inmueble, señalando distribución de los ambientes y plazas de parqueo existentes y propuestas. X X X X Plano de elevaciones y secciones (Cortes y Fachadas) (Si Aplica) Plano de pozos, tanques elevados, cisternas, sistemas de bombeo y plantas de tratamiento. (Si aplica) En caso aplique Plano de instalaciones especiales. En caso aplique Los planos deberán estar firmados por propietario, profesional responsable, sello y timbre. X X X X X Los planos deberán estar firmados por propietario, profesional responsable y sello. X X Los planos deberán estar firmados por propietario. X CD con copia digital de los planos, en formato cad, cals, pdf o dxf.SIM? Opcional B . 138 Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT- UNAH. Derechos Reservados ENAG UDI-DEGT-UNAH -- 146 of 592 -- Sección B Avisos Legales P a r a tr á m it e d e R e g u la r iz a c ió n O b r a N u e v a E o ü _ Q _ A m p lia c ió n , R e m o d e la c ió n , c a m b io d e u s o y t e c h o 2p 2 _ Q _ D O C U M E N T O S G E N E R A L E S R E Q U IS IT O S A D IC IO N A L E S M e m o r ia d e s c r ip tiv a d e l p r o c e s o d e d e m o lic ió n y e x c a v a c ió n o m o v im ie n to d e t ie r r a s p a r a o b r a s m a y o r e s a 5 0 0 m 2 (S i e l p r o c e s o in c lu y e e l u s o d e e x p lo s iv o s s e d e b e s o lic ita r a u t o r iz a c ió n d e C u e r p o d e B o m b e r o s y G e r e n c ia d e A m b ie n t e . L ic e n c ia a m b ie n t a l d e G e r e n c ia d e A m b ie n t e o d e la A u to r id a d c o m p e te n te ( d e a c u e r d o a la c a t e g o r iz a c ió n v ig e n t e ) (S i a p lic a ) E n c a s o a p liq u e E n c a s o d e v iv ie n d a s d e in te ré s s o c ia l d e b e r á p r e s e n ta r C e rtific a c ió n d e p r o y e c to d e in te ré s s o c ia l e m itid a p o r C O N V I V I E N D A (S i a p lic a )
Articulo 19
REQUISITOS PARA SOLICITAR RENOVACIÓN DEL PERMISO DE CONSTRUCCIÓN B . 139 Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT- UNAH. Derechos Reservados ENAG UDI-DEGT-UNAH -- 147 of 592 -- Sección B Avisos Legales La Gaceta Artículo 20.-REQUISITOS PARA SOLICITAR ANTEPROYECTO. P a r a trám ite d e A n te p ro y e cto O b ra N u e v a o o IT) 0) T3 (0 (0 o o iri 0) T3 (0 o c (D ü O(0 (0 o c o TJ CO ■Dc g ■> CO CO 2Q. X LU CG +-» C CU E o Q. E o ü 2n O c 'O ü o E cu Q A m p lia c ió n , R e m o d e la c ió n , ca m b io d e u so y ca m b io d e te ch o o o d o CO o c cu o o d o CO CG CO 0) CG ü CU a CO LU CO 2n O D O C U M E N T O S G E N E R A L E S F o rm u la rio F -0 1 co n in fo rm ació n co m p le ta , (firm ado p or p ropietario y c o n d u e ñ o s ) X X X X X X X X P e r s o n a N atural p re se n ta r c o p ia del d o c u m e n to d e Id en tid ad d el P ro p ie ta rio y co n d u e ñ o s . X X X X X X X X P e r s o n a s ju r íd ic a s p re se n ta r c o p ia d e e sc ritu ra d e la s o c ie d a d , p o d e r d e re p re se n ta ció n , R T N d e la s o c ie d a d y d o c u m e n to d e id en tidad del re p re se n ta n te le ga l. E n c a s o a p liq u e C o p ia d e e sc ritu ra d el te rre no d e b id a m e n te in scrita e n el Instituto d e la P ro p ie d a d , co n trato p riva d o co n p ro m e s a d e v e n ta y s u d e c la ra c ió n ju ra d a a u te n tica d a , co n trato d e a rre n d a m ie n to in scrito en la D A I X X X X X X X X Q u e el so licita n te , el prop ietario y el in m u e b le e sté n S O L V E N T E S c o n la M u n icip a lid a d d e S a n P e d ro S u la X X X X X X X X R E Q U I S I T O S A D I C I O N A L E S J u e g o d e p la n o s a rq u ite c tó n ico s im p re so s e n ta m a ñ o A -1 y e n d igital (o p cio n a l). X X X X X X X X B . 140 Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT- UNAH. Derechos Reservados ENAG UDI-DEGT-UNAH -- 148 of 592 -- Sección B Avisos Legales L a G a c e ta Artículo 21.-REQUISITOS PARA SOLICITAR MODIFICACION DE PROYECTO. B. 141 Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT- UNAH. Derechos Reservados ENAG UDI-DEGT-UNAH -- 149 of 592 -- Sección B Avisos Legales L a G a c e ta Artículo 22.- REQUISITOS PARA SOLICITAR DUPLICADO DE PERMISO DE CONSTRUCCIÓN POR CAUSA DE EXTRAVÍO Y PÉRDIDA El propietario o representante legal se pronunciará de manera escrita ante el Departamento solicitando la reposición del mismo, para lo cual se emitirá un oficio donde se informe la vigencia del mismo y las condiciones en las que fue emitido y en caso de una renovación y de haber cumplido con los requisitos correspondientes, se emitirá un nuevo documento de permiso con la vigencia solicitada. Artículo 23.-CONDICIONES OBLIGATORIAS PARA EL INGRESO Y RESOLUCIÓN DE TRÁMITES 1) Los planos deben cumplir con todas las normativas de ingeniería y arquitectura, los cuales deben estar debidamente firmados (cuando aplique) por los profesionales responsables de los diseños, cumpliendo con lo estipulado en la ley orgánica y reglamentos de cada colegio profesional. 2) Toda la documentación del permiso de construcción deberá estar firmada por el propietario o representante legal. Todos los planos deberán estar firmados, sellados timbrados por el profesional o empresa responsable cuando aplique. 3) Todos los planos deberán presentarse debidamente doblados según la norma ICAITI y como parte de toda la documentación en un solo volumen y además una copia idéntica que será devuelta al interesado debidamente firmada, sellada y aprobada por la jefatura del Departamento. 4) No se recibirá información parcial del proyecto. Únicamente serán recibidos los documentos de los proyectos que se entreguen completos y en la forma solicitada. 5) El tiempo y plazo de la Municipalidad de San Pedro Sula para entregar la documentación del permiso aprobada o denegado empieza a correr desde el día en que se reciba la información completa. 6) La certificación de proyecto de interés social debe ser acompañada en la solicitud de permiso y la misma deberá ser expedida por CONVIVIENDA. 7) Ningún proyecto está eximido de presentar la documentación que requiera la institución. 8) Ningún proyecto, por ninguna razón está eximido de tramitar el permiso de construcción. 9) Ningún proyecto será eximido de las multas y/o sanciones (ver Plan de Arbitrios) si incumpliera lo convenido o transgrediera de alguna forma lo estipulado en este reglamento. 10) Juego de Planos (original y copia) a escala y debidamente doblados según normas ICAITI (firmado, sellado y timbrado). 11) Que el solicitante, el propietario, el ejecutor y el inmueble estén SOLVENTES con la Municipalidad de San Pedro Sula. 12) Que el ejecutor o responsable de la obra esté debidamente inscrito y solvente en el colegio profesional correspondiente. 13) Que el uso de la construcción sea PERMITIDO de acuerdo a su ubicación, en concordancia con la zonificación y Uso de Suelo establecida en la Ordenanza de Zonificación. B . 142 Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT- UNAH. Derechos Reservados ENAG UDI-DEGT-UNAH -- 150 of 592 -- Sección B Avisos Legales L a G a c e ta 14) Que la construcción no se encuentre en zona de preservación natural Áreas “Non-Aedificandi” o de alto riesgo. 15) Que las directrices de diseño del proyecto se sujeten a las establecidas en la Ordenanza de zonificación y uso de suelo. 16) Memoria descriptiva del proceso de demolición y excavación o movimiento de tierras para obras mayores a 500 m2 (Si el proceso incluye el uso de explosivos se debe solicitar autorización de Cuerpo de Bomberos y Gerencia de Ambiente). CAPÍTULO V DEL FORMULARIO ÚNICO DE CONSTRUCCIÓN Artículo 24.- FORMULARIO PARA PERMISO DE CONSTRUCCIÓN. (F01) Es la solicitud única para realizar los trámites de Permiso de Construcción, Regularización y Renovación. El Formulario para Permiso de Construcción (F01) valida automáticamente las condiciones obligatorias para el ingreso de trámite de Permiso de Construcción. El propietario deberá contar con los requisitos indicados en el Formulario de Construcción-, aceptar las condiciones de la Declaración Jurada y Firmar en señal de conformidad. Artículo 25.- PRESUNCIÓN DE VERACIDAD Se presume que la información ingresada en el Formulario para Permiso de Construcción. F01, así como los documentos y/o declaraciones juradas presentados por el propietario como parte del proceso de obtención del permiso de construcción responden a la verdad de los hechos que en ellos afirman o consignan. Esta presunción admite prueba en contrario. El Formulario para Permiso de Construcción. F01, cuenta con una cláusula de responsabilidad que contiene como mínimo la siguiente declaración: “Declaro que la información proporcionada en este formulario es fiel y fidedigna y que cumplo con los requerimientos legales y reglamentarios para efectuar la construcción solicitada, por lo que autorizo a la Municipalidad de San Pedro Sula para que a través del personal u oficina que tenga a bien designar, pueda verificar o corroborar los datos aquí proporcionados, autorizando asimismo para que en caso de encontrar indicios de falsedad, fraude o indicios de la comisión de falta o delito alguno, inicie las acciones legales correspondientes ante el Ministerio Público, sin perjuicio de la aplicación de las sanciones establecidas en el Reglamento Municipal que institucionaliza y regula el proceso simplificado de obtención del permiso de construcción o demás disposiciones municipales”. CAPÍTULO VI DEL INGRESO DE TRÁMITE Artículo 26.-CANALES AUTORIZADOS PARA EL INGRESO DE TRÁMITE Los solicitantes que cuenten con las condiciones obligatorias para el ingreso de trámite de Permiso de Construcción y los requisitos completos podrán ingresar sus trámites a través de la Ventanilla Única de Atención. Mediante el presente Reglamento, la Municipalidad de San Pedro Sula facilita los trámites de Permiso de Construcción. CAPÍTULO VII DE LA INSPECCIÓN Y EVALUACIÓN TÉCNICA Artículo 27.-DEFINICIÓN. OBJETIVOS Y TIPOS DE INSPECCIÓN B . 143 Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT- UNAH. Derechos Reservados ENAG UDI-DEGT-UNAH -- 151 of 592 -- Sección B Avisos Legales L a G a c e ta La inspección es el procedimiento de verificación los criterios de Urbanismo e Infraestructura, Condiciones Ambientales y otras reglamentaciones vigentes. El equipo de supervisores estará conformado por delegados de la Jefatura de Edificaciones y Permisos de Construcción, contando con el apoyo de Gerencia de Ambiente y cuadrillas topográficas municipales. Son objetivos de la inspección: 1) Garantizar la seguridad de los ciudadanos, mediante la prevención de posibles daños a la vida humana, salud, patrimonio y entorno. 2) Verificar la conformidad de la información suministrada por los propietarios. 3) Verificar el cumplimiento de las Leyes y Ordenanzas Municipales. Se consideran dos tipos de inspecciones: a) Inspección Ex Ante: Inspección realizada de manera previa a la emisión del Permiso de Construcción, cuando así lo requiera el proyecto por sus características físicas y de impacto al entorno inmediato. Se exceptúan la inspección las obras menores. b) Inspección de Control: Inspección posterior de seguimiento y control de las obras, en base a las condiciones de construcción autorizadas, normas mínimas de diseño, normas de seguridad, normas estructurales, medidas ambientales. Artículo 28.- PRACTICA DE LA INSPECCION Y EVALUACIÓN TÉCNICA La inspección ex ante será desarrollada por el inspector autorizado de acuerdo a la asignación establecida por la Jefatura de Edificaciones y Permiso de Construcción. Resultado de la inspección Ex Ante se tendrán las siguientes opiniones: a) CONFORME, para los trámites de Permiso de Construcción que cumplen con los derechos de vía, retiros, límites, colindancias reglamentarias y factibilidad ambiental b) OBSERVADO, para los trámites de Permiso de Construcción que no cumplen con todas las condiciones reglamentadas. La Gerencia de Ambiente, evalúa los impactos de la construcción de la obra y propone las medidas de mitigación a tener en cuenta de acuerdo a la Guía Ambiental de Construcción La Evaluación Técnica se efectúa sobre los planos y memorias de cálculo presentadas por el propietario, la Dirección de Edificaciones y Permiso de Construcción revisa los planos. Artículo 29.-PLAZOS DE LA INSPECCIÓN Y EVALUACIÓN TÉCNICA La inspección ex ante (previo a emisión del Permiso de Construcción) se efectuará de acuerdo al plan de trabajo de los inspectores de campo de la Dirección de Edificaciones y Permisos de Construcción. Los plazos de la inspección de control se establecen durante el tiempo de vigencia del Permiso de Construcción con el objetivo de supervisar el proceso constructivo, esta tendrá los siguientes momentos i) Inspección a la altura de sobre cimientos, ii) Inspección de la obra a nivel de techo, iii) inspección final para otorgar certificado de ocupación, iv) cualquier otra que a juicio de la Dirección de Edificaciones y Permisos de Construcción sea necesaria. La evaluación Técnica de las áreas competentes para los proyectos menores de 45.00 m^ y la opinión final de la Dirección de Edificaciones y Permiso de Construcción tiene B . 144 Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT- UNAH. Derechos Reservados ENAG UDI-DEGT-UNAH -- 152 of 592 -- Sección B Avisos Legales L a G a c e ta un plazo máximo de cinco (05) días hábiles administrativos para la emisión de la orden de pago en caso el contribuyente cumpla con todos los requisitos o en su defecto, para la emisión de la boleta de requisitos previos, donde se establecen los requisitos pendientes para la aprobación del proyecto. La evaluación Técnica de las áreas competentes para los proyectos mayores de 45.00 m^ y la opinión final de la Dirección de Edificaciones y Permiso de Construcción tiene un plazo máximo de siete (07) días hábiles administrativos para la emisión de la orden de pago en caso el contribuyente cumpla con todos los requisitos o en su defecto, para la emisión de la boleta de requisitos previos, donde se establecen los requisitos pendientes para la aprobación del proyecto. Cuando un trámite tiene observaciones técnicas, automáticamente se paraliza por el tiempo necesario hasta esclarecer las objeciones y observaciones por parte del contribuyente. Artículo 30.- MEDIOS DE NOTIFICACIÓN La Dirección de Edificaciones y Permisos de Construcción notificará a los solicitantes el resultado de la evaluación técnica. Se reglamentan como medios de notificación el correo electrónico y la notificación impresa entregada en la Ventanilla Única de Atención de Trámites o en el domicilio registrado por el propietario o representante legal del inmueble. CAPÍTULO VIII DE LAS TASAS DE TRÁMITE Artículo 31.-INSTRUMENTO TRIBUTARIO El Plan de Arbitrios como instrumento de reglamentación tributaria municipal, dispondrá y fijará el monto y forma de pago de las tasas correspondientes por los trámites reglamentados. CAPÍTULO IX DE LA EMISIÓN DEL PERMISO Artículo 32.- PROCESO DE EMISIÓN DEL PERMISO DE CONSTRUCCIÓN El Permiso de Construcción se emite posterior a la inspección (Ex Ante), cuando así se requiera por las características del proyecto y evaluación técnica de la Dirección de Edificaciones y Permiso de Construcción y departamentos relacionados al proceso según corresponda. Para las obras complementarias, el permiso de construcción se emite sin inspección previa, validando a través del Formulario para Permiso de Construcción. F01 las condiciones necesarias para el trámite. Se establecen como firmas autorizadas para el Permiso de Construcción al Director de Urbanismo o a la Dirección de Edificaciones y Permisos de Construcción, en calidad de titulares. El permiso de construcción tendrá una de las dos firmas en mención para su legal validez. Artículo 33.- CONTENIDO DEL PERMISO DE CONSTRUCCIÓN El Permiso de Construcción contendrá al menos la siguiente información: 1) Nombre del propietario. 2) Nombre y número de colegiación del diseñador, supervisor y constructor de la obra, según aplique (si corresponde de acuerdo a la categoría de proyecto) 3) Ubicación del inmueble y clave catastral B . 145 Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT- UNAH. Derechos Reservados ENAG UDI-DEGT-UNAH -- 153 of 592 -- Sección B Avisos Legales L a G a c e ta 4) Detalle del Permiso autorizado 5) Uso autorizado para la construcción 6) Fecha de emisión del Permiso de Construcción 7) Fecha de vencimiento del Permiso de Construcción. 8) Nombre y Firma del funcionario que autoriza el Permiso de Construcción Artículo 34.- DENEGATORIA DEL PERMISO DE CONSTRUCCIÓN La Dirección de Edificaciones y Permisos de Construcción, denegará el Permiso de Construcción en los siguientes casos: 1) Cuando el proyecto no cumpla con los parámetros establecidos en la ordenanza de Zonificación y Urbanización. 2) Cuando el proyecto se ejecutare sobre un predio que no tenga los servicios básicos requeridos por la Municipalidad de San Pedro Sula. 3) Cuando el proyecto se ejecutare en zona de reserva natural. 4) Cuando el proyecto se ejecutare en Áreas “Non- Aedificandi”. 5) En los demás casos debidamente calificados por la Dirección de Edificaciones y Permisos de Construcción y por la Dirección de Urbanismo. Artículo 35.- OBLIGATORIEDAD EN EL CUMPLI MIENTO DE OTROS REQUERIMIENTOS NORMATIVOS La emisión del Permiso de Construcción por parte de la Municipalidad de San Pedro Sula, no implica, ni representa a favor del propietario la omisión o incumplimiento de requerimientos, procesos, licencias y/o autorizaciones exigidos por otras instituciones, leyes, reglamentos, o disposiciones administrativas dictadas dentro de la Administración Pública central y descentralizada y requeridos a las personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, para el ejercicio de sus actividades. El proceso simplificado para Permiso de Construcción institucionalizado por el presente reglamento sólo exime requisitos y trámites previos de competencia de la Municipalidad de San Pedro Sula. CAPÍTULO X DEL RÉGIMEN DE CONTROL Y SANCIONES Artículo 36.- FACULTAD DE CONTROL Corresponde a la Municipalidad de San Pedro Sula, a través de la Dirección de Edificaciones y Permiso de Construcción, controlar las construcciones mediante el monitoreo y supervisión constante en todo el territorio del municipio, a efecto de verificar que ningún proyecto de obra se realice sin el respectivo permiso, así como supervisar en situ que las obras que cuenten con permiso, cumplan con lo establecido en la normatividad reglamentada y con las condiciones bajo los cuales fueron emitidos los permisos, procediendo en caso de incumplimiento a ejecutar las sanciones que correspondan según la Ordenanza de Zonificación y el plan de arbitrios vigente. Son responsabilidades de la Municipalidad de San Pedro Sula, dentro del Régimen de Control y Sanciones: 1) La difusión de normas sobre las obligaciones establecidas para la construcción de obras. 2) Establecer el marco de las acciones de control para el cumplimiento de lo establecido por el presente Reglamento. 3) La evaluación permanente del Régimen de Control y Sanciones. Artículo 37.- INSPECCIÓN DE CONTROL La práctica de las inspecciones de control, deberá efectuarse durante el proceso de ejecución de proyectos de obra, verificando lo siguiente: B . 146 Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT- UNAH. Derechos Reservados ENAG UDI-DEGT-UNAH -- 154 of 592 -- Sección B Avisos Legales L a G a c e ta Que el proyecto se realice de conformidad con los planos autorizados y cumpliendo con todas las normas y condiciones bajo las cuales se emitió el permiso de construcción. Que los materiales de desecho o ripio producto de las demoliciones o excavaciones, limpieza de terrenos, remoción de cobertura vegetal, movimientos de tierra y otros, sean depositados en los sitios y en las condiciones que para el efecto establezca la Gerencia de Ambiente. El cumplimiento de las especificaciones técnicas: arquitectónicas, estructurales, de instalaciones y otras, serán de responsabilidad exclusiva del profesional ejecutor y del propietario y su vigilancia a los colegios profesionales correspondientes. Artículo 38.- NOTIFICACIÓN Verificada la infracción a cualquier norma de este Reglamento Municipal o a otra normativa jurídica nacional o municipal, de acuerdo al informe de inspección efectuado, será emitida la Notificación o requerimiento de paro de obra, indicando, como mínimo: 1) Fecha, hora y lugar de la construcción donde fue desarrollada la inspección de control. 2) Nombre del propietario, sus generales y su domicilio personal 3) Descripción sucinta del hecho determinante de la infracción y de los hechos que puedan servir de agravante o atenuante. 4) Declaración de las normas de este Reglamento o de otra normativa que fueron incumplidas y que se hace necesario corregir, junto con las medidas que el infractor debe tomar para enmendar la situación anómala, de ser el caso. 5) Plazo en el cual las medidas deben ser tomadas, e indicación de las sanciones correspondientes en caso de incumplimiento de la notificación. 6) Nombre y Firma del funcionario responsable La notificación de paro de obra, será entregada en la construcción al propietario, su representante o el ejecutor de la obra y/o su representante, el mismo día de efectuada la inspección de control y tendrá un tiempo máximo de tres días hábiles administrativos para presentarse a la Ventanilla Única Municipal de la Dirección de Edificaciones y Permisos de Construcción, para suscribir el acta donde se establecen las faltas a la normativa vigente, caso contrario, se procederá a entregar la segunda notificación de paro de obra con un tiempo máximo de tres días hábiles administrativos; de no acatar las notificaciones anteriores se procederá a realizar la suspensión de trabajos y decomiso de materiales de obra. Asimismo, de no cumplir con lo estipulado en las directrices urbanísticas dadas en la zonificación de la Ordenanza vigente o que aplique, la construcción irregular, se podrá acoger en el programa de construcción inadecuada, según lo estipulado en el mismo. Cierre de obra- Se realiza la suspensión de trabajos constructivos y el cierre de obra hasta que se legalice su situación. Artículo 39.- CONSTRUCCIONES DE RIESGO Todas las construcciones que impliquen riesgo, como aquellas que no tienen salidas suficientes, que están expuestas al peligro de incendio, que representan peligro para la salud, para el bienestar general por razones de mantenimiento inadecuado, estado ruinoso cayendo en desuso o abandono, aquellas que por falta de uso o mantenimiento se encuentran deterioradas y sus estructuras sufran riesgo de colapso poniendo en riesgo la seguridad de vida de personas dentro del inmueble o predios vecinos o en la vía pública son considerados inseguros. Estas construcciones inseguras se B . 147 Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT- UNAH. Derechos Reservados ENAG UDI-DEGT-UNAH -- 155 of 592 -- Sección B Avisos Legales L a G a c e ta declaran perjudiciales al público y se requerirá al propietario a fin de solicitar su reparación, en caso de persistir esta situación la Municipalidad de San Pedro Sula iniciara las acciones legales pertinentes. Artículo 40.-INFRACCIONES Y SANCIONES Serán sancionadas las acciones específicas descritas en el plan de arbitrios vigente. La infracción por acción u omisión de una disposición municipal, permitirá la imposición de las siguientes sanciones administrativas, las cuales serán aplicadas a criterio de la autoridad competente: 1) Apercibimiento, será aplicado por personal autorizado sin necesidad de notificación previa. En caso de reincidencia se iniciarán las actividades administrativas que correspondan. 2) Multas, en los casos previstos en el plan de arbitrios vigente. 3) Paro de la obra, por las irregularidades cometidas y sin que el mismo constituya limitación absoluta. 4) Decomiso, se efectuará sobre instrumentos, herramientas, maquinarias, etc. Utilizados en la comisión de una infracción administrativa o delito ambiental. 5) Demolición, cuando lo edificado no cumpla en alguna forma las directrices reglamentadas, la Jefatura de Edificaciones y Permisos de Construcción aplicará las sanciones correspondientes según el Plan de Arbitrios Vigente y trasladará al Departamento competente para que ejecute los trabajos de demolición, previa aprobación de la Gerencia Legal Municipal a costo exclusivo del infractor. CAPÍTULO XI TRÁMITES POSTERIORES A LA EJECUCIÓN DE LA OBRA Artículo 41.-RECEPCIÓN Y HABILITACIÓN DE LA OBRA El propietario y el constructor quedan expresamente obligados a devolver el Permiso de Construcción de la Obra en un plazo no mayor de quince (15) días hábiles administrativos después de concluidos los trabajos o vencida la vigencia del permiso, acompañando el Permiso de Construcción vigente. Una vez devuelto el Permiso de Construcción, la Dirección de Edificaciones y Permisos de Construcción realizará una inspección final. En la misma se verificará que la obra haya sido realizada conforme a los planos autorizados cumpliendo con las condiciones especiales estipuladas en el Permiso de Construcción. Posteriormente se emitirá Certificado de Uso o Habitación en un plazo no mayor de 10 días hábiles administrativo después de la inspección final. En los casos en que una obra por cualquier motivo quedara inconclusa, pero en condiciones de habitar, el propietario podrá solicitar inspección final y la extensión del Certificado de Uso y Habitación Parcial detallando los trabajos faltantes, indicando claramente las condiciones específicas para continuar los trabajos, tales como la renovación del Permiso de Construcción. Ninguna edificación podrá habitarse sin contar con Certificado de Uso y Habitación. CAPÍTULO XII DE LA ZONIFICACIÓN Y USO DE SUELO Artículo 42.- ZONIFICACIÓN Y USO DE SUELO La implementación del Proceso Simplificado de Emisión de Permiso de Construcción que por este Reglamento se B . 148 Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT- UNAH. Derechos Reservados ENAG UDI-DEGT-UNAH -- 156 of 592 -- Sección B Avisos Legales L a G a c e ta institucionaliza, utiliza como herramienta administrativa obligatoria la clasificación de la zonificación y de los usos de suelo determinada para el municipio, conforme a la reglamentación vigente a la fecha. La Dirección de Edificaciones y Permisos de Construcción, sólo permitirá el ingreso de los trámites que cuenten con las siguientes condiciones: 1) Que el uso de la construcción sea PERMITIDO con la zonificación y Uso de Suelo 2) Que la construcción no se encuentre en zona de preservación natural Áreas “Non- Aedificandi” o de alto riesgo. 3) Que las directrices de diseño del proyecto se sujeten a las establecidas en la zonificación y uso de suelo. CAPÍTULO XIII QUEJAS, DENUNCIAS Y SUGERENCIAS Artículo 43.-QUEJAS. DENUNCIAS Y SUGERENCIAS Todo contribuyente podrá presentar ante la Dirección de Edificaciones y Permisos de Construcción cuanta queja, reclamo o denuncia, considere necesaria por actos, acciones u omisiones que impliquen una inobservancia a lo establecido en el presente reglamento municipal, en que consideré que su derecho ha sido vulnerado, con el objeto de buscar la corrección del mismo. En todo caso se deberá contar con el fundamento correspondiente. En cumplimiento a la ley, la Ventanilla Única, contará con un Libro de Quejas y Sugerencias para los efectos de que cualquier ciudadano pueda contribuir con sus aportes a la mejora del servicio que tal oficina ofrece al público. TÍTULO IV DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Artículo 44.-VIVIENDAS DE INTERÉS SOCIAL Se entiende por viviendas de interés social aquellas calificadas por CONVIVIENDA, cuyo destino final es para entender a personas de escasos recursos económicos o instituciones de beneficencia especial con la tasa correspondiente de acuerdo a lo normado en el Plan de Arbitrios. Artículo 45.-CONVENIOS INTERINSTITUCIONALES En el marco de la Simplificación de Trámites para la obtención del Permiso de Construcción y con la finalidad de brindar facilidades a los contribuyentes que motiven un crecimiento ordenado de la Ciudad, la Municipalidad de San Pedro Sula podrá firmar convenios interinstitucionales con las entidades externas relacionadas al proceso, pudiendo sustituir en virtud de estos convenios, algunos de los requisitos específicos por constancias debidamente autorizadas o validaciones y consultas en línea a través de sistemas tecnológicos. Artículo 46.- PROCEDIMIENTO PARA EL CONTROL Y MANEJO DEL RIPIO EN LAS CONSTRUCCIONES AUTORIZADAS POR LA DIRECCIÓN DE EDIFICACIONES Y PERMISOS DE CONSTRUCCIÓN: 1. Se le entregará al momento de recoger el permiso de construcción un talonario de boletos para el depósito del desperdicio. Dichos boletos los deberá proporcionar SULAMBIENTE. 2. Los boletos utilizados y no utilizados deberán ser entregados a la Dirección de Edificaciones y Permisos de construcción al momento de devolver el permiso correspondiente. 3. En las inspecciones de rutina durante el proceso de ejecución de obra, los inspectores solicitarán los B . 149 Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT- UNAH. Derechos Reservados ENAG UDI-DEGT-UNAH -- 157 of 592 -- Sección B Avisos Legales L a G a c e ta recibos que se van utilizando según el avance de la obra. 4. Al momento de recibir el material en el relleno sanitario, se deberán sellar por parte de SULAMBIENTE los recibos, donde se comprueba que el material fue depositado correctamente. 5. Edificaciones y Permisos de Construcción, extiende el Certificado de Uso y Habitabilidad y se finiquita el proceso. En el caso no se cumpla el procedimiento, la Dirección de Edificaciones y Permisos de Construcción, le iniciará el proceso de fiscalización de obra por incumplimiento de las condiciones especiales establecidas en la licencia correspondiente, incluso generando el bloqueo de servicios públicos por incumplimiento, según lo que establece el artículo correspondiente al plan de arbitrios vigente; asimismo, se informará a la Gerencia de Ambiente para que tome las acciones correspondientes. Artículo 47.-VIGENCIA Y PUBLICACIÓN El presente Reglamento entrará en vigencia el día de su publicación en cualquiera de los medios que establece la Ley de Municipalidades y su respectivo Reglamento. TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES CAPÍTULO I FINALIDAD, GENERALIDADES, OBJETIVOS, PRINCIPIOS Y FUNDAMENTOS Artículo 1.-FINALIDAD El presente Reglamento establece el marco jurídico- normativo que regula los aspectos técnicos y administrativos que deberán cumplir los contribuyentes (solicitantes) y el gobierno local (Municipalidad de San Pedro Sula) en la tramitación y emisión de (i) los Permisos de Construcción; (ii) Regularización; (iii) Renovación, para: Obras Nuevas, Obras Complementarias, Ampliaciones/Remodelaciones, Demoliciones y Obras especiales, que se indicarán en los artículos siguientes, así como la aplicación de las tasas que corresponda. Artículo 2.-BASE LEGAL Las normas legales que sustentan la emisión de este reglamento son: • Constitución de la República de Honduras (Decreto N. 131) • Ley de Municipalidades (Decreto N. 134-90) • Reglamento de la Ley de Municipalidades • Ley del Procedimiento Administrativo (Decreto N . 152/87) • Ley de Simplificación Administrativa (Decreto Legislativo N. 255-2002) • Plan de Arbitrios vigente Municipalidad de San Pedro Sula • Ordenanza de Zonificación y Urbanización del Plan Maestro de Desarrollo Urbano vigente. • Decreto 46-90 y 334-2013 • Guía Ambiental de Construcciones - La Gerencia de Ambiente. • Leyes, Disposiciones y Normas relacionadas al proceso. Artículo 3.-OBJETIVOS. El presente Reglamento Municipal busca regular las construcciones en el municipio de San Pedro Sula, para garantizar el orden y la calidad de la obra a realizar. La utilización racional de la zonificación urbana acorde a su mejor potencial. B . 150 Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT- UNAH. Derechos Reservados ENAG UDI-DEGT-UNAH -- 158 of 592 -- Sección B Avisos Legales L a G a c e ta Proveer información clara, sencilla y transparente acerca de todos los procesos, así como el compromiso de ser ágil en la aprobación de proyectos. Actuar en todo, de acuerdo al mejor interés de los vecinos e inversionistas, en el marco del orden y la ley. Artíc.nlo 4.-PRINCIPIOS APLICABLES.. Los procedimientos objeto de regulación, se rigen en todas sus etapas por los siguientes principios: 5) Simplicidad.-Los trámites establecidos por la Municipalidad de San Pedro Sula, deberán ser sencillos, debiendo eliminarse toda complejidad innecesaria; es decir, los requisitos exigidos deberán ser racionales y proporcionales a los fines que se persigue cumplir. 6) Celeridad.-Quienes participen en los procesos y procedimientos, deben ajustar su actuación de tal modo que se dote al trámite de la máxima dinámica posible, respetando el debido proceso y/o procedimiento, sin vulnerar el ordenamiento jurídico. 7) Presunción de Veracidad.-En la tramitación del procedimiento administrativo, se presume que los documentos y declaraciones presentados por los solicitantes, responden a la verdad de los hechos que ellos afirman. Esta presunción admite prueba en contrario. 8) Privilegio de Controles Posteriores.-La tramitación de los procedimientos establecidos en el presente Reglamento se sustentará en la aplicación del control posterior, reservándose la Municipalidad de San Pedro Sula el derecho de comprobar la veracidad de la información presentada, así como el cumplimiento de la normatividad y la aplicación de las sanciones pertinentes en caso que la información presentada no sea veraz. Artículo 5.- FUNDAMENTOS BÁSICOS DE LA SIM PLIFICACIÓN DE TRÁMITES ADMINISTRATIVOS MUNICIPALES. La simplificación de trámites administrativos presupone el cumplimiento por parte de la administración municipal de lo siguiente: 7) Divulgación permanente y masiva de los requisitos para los diversos trámites que se realizan en la Municipalidad. 8) Establecimiento del Formulario para Permiso de Construcción (F01). 9) Establecimiento y aplicación de tiempos mínimos y máximos requeridos para cada uno de los trámites. 10) Definición de las categorías de construcción. 11) La desconcentración de funcionarios que tienen autoridad para emitir dictámenes y permisos relacionados al trámite de Permiso de Construcción, a fin de agilizar los procesos relacionados con los permisos de construcción. 12) Solicitar a quienes tramiten permisos de construcción, únicamente los requisitos establecidos por el presente Reglamento sin obstaculizar los procesos, ni retrasar los permisos. Artículo 6.- ESTABILIDAD DEL PROCESO SIMPLI FICADO. Los requisitos, pasos, tiempos, inspecciones y autorizaciones para los trámites administrativos municipales solamente podrán ser modificados por la Honorable Corporación Municipal, previo informe técnico de la Comisión Técnica de Urbanismo y Obras Públicas. B . 151 Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT- UNAH. Derechos Reservados ENAG UDI-DEGT-UNAH -- 159 of 592 -- Sección B Avisos Legales L a G a c e ta Para garantizar la sostenibilidad, estabilidad y efectividad del proceso de simplificación de trámites, anualmente la Municipalidad de San Pedro Sula deberá contar con una partida presupuestaria para fortalecimiento institucional de las dependencias involucradas en la emisión de los trámites que están siendo objeto de simplificación. Esto incluye equipamiento; mejoramiento de condiciones físicas; licenciamiento; capacitación, evaluación y promoción del personal. TÍTULO II ORGANIZACIÓN ADMINISTRATIVA PARA LA SIMPLIFICACIÓN DE TRÁMITES MUNICIPALES CAPÍTULO I DE LA OFICINA ENCARGADA DEL PROCESO Artículo 7.- DIRECCIÓN DE URBANISMO Y LA DIRECCIÓN DE EDIFICACIONES Y PERMISOS DE CONSTRUCCIÓN. La Dirección de Edificaciones y Permisos de Construcción, depende de la Dirección de Urbanismo y tiene las siguientes funciones en el proceso de trámites permisos de construcción: 11) Revisar el Permiso de Construcción en concordancia a la Reglamentación aprobada. 12) Revisar y aprobar que la información presentada (Información de los predios mapas, zonificación, uso de suelo, clave catastral, directrices de construcción, compatibilidad de uso, área de influencia directa e indirecta de acuerdo a las condiciones ambientales y cumplimiento con la Ley) por los contribuyentes en la Ventanilla Única de Atención de Trámites es correcta. 13) Revisión de documentos presentados por el solicitante en el proceso de permiso de construcción. 14) Efectuar el seguimiento y control de los tiempos y resultados de acuerdo a lo establecido en el reglamento y flujo de trabajo, aprobado en el proceso simplificado de trámites de Permiso de Construcción. 15) Revisar e inspeccionar todas las construcciones que se ejecutan en el municipio de acuerdo a las disposiciones de este Reglamento. 16) Ordenar la suspensión de las obras que no cumplan con las disposiciones de este Reglamentos, la Ordenanza de Zonificación y Urbanización y el marco legal que regula estos instrumentos. 17) Proponer medidas preventivas y correctivas en relación a las edificaciones que amenacen la seguridad pública. 18) Sancionar a los infractores con Multas y levantar la información en el sitio, para ingresarla en el expediente del caso, para presentarlo a la Gerencia Legal Municipal con la finalidad de agotar las instancias legales correspondientes. 19) Dar cumplimiento a lo establecido en la Ordenanza de Zonificación y Urbanización y sus reglamentos respecto a: uso del suelo; estacionamientos; espacios de carga y descarga; índices de ocupación y de construcción; directrices y retiros de construcción. 20) Dirigir, coordinar, capacitar y evaluar al equipo de inspectores de obra y Ventanilla Única para Atención de Trámites, en relación al proceso de Permiso de Construcción. CAPÍTULO II DE LAS DIRECCIONES, JEFATURAS, DIVISIONES Y ÓRGANOS DE APOYO INTEGRADOS AL PROCESO Artículo 8.- DIRECCIÓN DE INGRESOS MUNICI PALES B . 152 Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT- UNAH. Derechos Reservados ENAG UDI-DEGT-UNAH -- 160 of 592 -- Sección B Avisos Legales L a G a c e ta La Dirección de Ingresos Municipales, pondrá a disposición de la Dirección de Edificaciones y Permisos de Construcción la información referente a la Solvencia Municipal de los contribuyentes para ser consultada a través de la ventanilla única de atención a los solicitantes de permisos de construcción. Artíc.nlo 9.-CATASTRO MUNICIPAL El Departamento de Catastro Municipal, depende de la Dirección Técnica de Ingresos que depende de la Gerencia Financiera Municipal. Su función en el proceso de Permiso de Construcción es: Efectuar las actualizaciones y modificaciones de los mapas, de acuerdo a la información vigente. Artículo 10.-La Gerencia de Ambiente La Gerencia de Ambiente, depende directamente del alcalde, sus funciones relacionadas al proceso de Permiso de Construcción son: 6) Plantear medidas de prevención, mitigación y compensación en los procesos de Construcción de Obras. 7) Efectuar la inspección multipropósito antes de la emisión del permiso de construcción, para las categorías de construcción que corresponda. 8) Evaluación técnica de las edificaciones contempladas en la categorización vigente de la Secretaría de Recursos Naturales y Ambiente 9) Capacitar en materia ambiental cuando así se requiera a los inspectores de otros Departamentos o dependencias integradas al proceso. 10) Emitir las constancias requeridas en el proceso de obtención de permiso de construcción, si aplica. CAPÍTULO III DE LAS ENTIDADES EXTERNAS INTEGRADOS AL PROCESO Artículo 11.-COLEGIOS PROFESIONALES En virtud del convenio de Cooperación y asistencia recíproca entre la Corporación Municipal de San Pedro Sula, el Colegio de Ingenieros Civiles de Honduras (C.I.C.H.), El Colegio de Arquitectos de Honduras (C.A.H.) y el Colegio de Ingenieros Mecánicos, Electricistas y Químicos de Honduras (C.I.M.E.Q.H), se establecen las funciones de los colegios profesionales en el proceso de simplificado de permiso de construcción (acuerdo N° 05 del acta 48, 31 de octubre 1996): 6) Vigilar de la manera más estricta, que el ejercicio profesional se desarrolle de acuerdo a la Ley de Colegiación Profesional Obligatoria de la República de Honduras. 7) Reconocer la responsabilidad, en la ejecución de la obra y cumplimiento de todos los parámetros técnicos aprobados en el permiso de construcción, de los agremiados que figuran en el expediente correspondiente a cada proyecto. 8) Asegurar que todo profesional que figure en una solicitud de permiso de construcción, se encuentre habilitado para ejercer su profesión. 9) Orientar al profesional en la tramitología del permiso de construcción dentro del marco técnico y legal. 10) El representante del colegio respectivo firmará y sellará la hoja de afiliación y planos correspondientes, en proyectos de obra nueva mayores a 45.00 m^, ampliaciones mayores a 100.00 m^ y obras especiales, verificando únicamente si el profesional responsable se B . 153 Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT- UNAH. Derechos Reservados ENAG UDI-DEGT-UNAH -- 161 of 592 -- Sección B Avisos Legales L a G a c e ta encuentra colegiado y solvente con el colegio al que corresponde. TÍTULO III PROCESO SIMPLIFICADO DE PERMISO DE CONSTRUCCIÓN CAPÍTULO I DE LOS PERMISOS DE CONSTRUCCIÓN Artículo 12.- TRÁMITES DE PERMISOS MUNICIPALES DE CONSTRUCCIÓN f) Permiso de Construcción: Es la licencia o autorización municipal para la realización de una obra, entendiendo como tal, cualquier edificación, reconstrucción, ampliación, modificación, remodelación, control del uso del suelo, así como cualquier actividad derivada, conexa o complementaria a las anteriores, incluyendo cualquier otro tipo de intervención física en un inmueble que altere las características funcionales, ambientales, estructurales o de seguridad del mismo, o de su entorno. g) Regularización: Es la autorización municipal posterior al inicio de Obras u Obras terminadas. La regularización se efectúa con el fin expreso de incorporar edificios y/o urbanizaciones en condición irregular al contexto urbano legal de la ciudad. Este proceso debe hacerse de acuerdo y para cumplir con la Ordenanza de Zonificación y Urbanización y como parte de un proceso administrativo para el pago de impuestos, pero esto no justifica ni hace que la obra sea correcta ya que desde su inicio no cumplió con el análisis técnico profesional y eventualmente puede poner en riesgo a los usuarios de dichas instalaciones y a la ciudadanía en general. La regularización en sí, no exime ni libera de responsabilidad a los involucrados en tales proyectos, (incluyendo los profesionales relacionados con el mismo) que eventualmente podrían ser sancionados por los delitos y faltas cometidas a que haya lugar. Así mismo, los casos sujetos al procedimiento de actualización de base catastral, realizada por el Departamento de Catastro, se establece que la Dirección de Edificaciones y Permisos de Construcción establecerá los requisitos que deberá presentar el contribuyente. Para el efecto, el Departamento de Catastro informará mensualmente y por escrito, los casos que han sido actualizados bajo el procedimiento de mantenimiento catastral y en el caso que los inmuebles no cuenten con proceso de fiscalización por parte de la Dirección de Edificaciones y Permisos de Construcción, podrán apegarse al procedimiento simplificado. h) Renovación: Es la autorización municipal para ampliar la vigencia del permiso de construcción en caso de no haber finalizado la obra dentro del tiempo estipulado al momento de otorgar el permiso. Cuando se hubiere sobrepasado este término, deberá renovarse el permiso de construcción. La renovación se puede efectuar las veces que estime oportuno el propietario, pero estará sujeto a evaluación técnica. i) Anteproyecto: Es la autorización municipal de pre factibilidad del proyecto, en el cual se evalúan los aspectos técnicos descritos en la ordenanza. La misma, no autoriza ejecución del proyecto. j) Modificación de proyecto: Es la autorización municipal que permite realizar ajustes al proyecto aprobado B . 154 Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT- UNAH. Derechos Reservados ENAG UDI-DEGT-UNAH -- 162 of 592 -- Sección B Avisos Legales L a G a c e ta mediante permiso de construcción. Para enmarcarse en este procedimiento no puede existir incremento en el metraje cuadrado autorizado originalmente y deberá mantener el uso aprobado. CAPÍTULO II DE LA CATEGORIZACIÓN Y USO DE LAS CONSTRUCCIONES Artículo 13.-CATEGORÍAS DE TRÁMITES PARA PERMISOS DE CONSTRUCCIÓN Existen cinco categorías de trámites: f) Permiso de Construcción g) Regularización h) Renovación. i) Anteproyecto j) Modificación de proyecto. Para cada trámite se aplica la siguiente tipología: Obra Nueva: Es el permiso por medio del cual se autoriza una nueva construcción independientemente de su uso en un predio baldío. Se divide en las siguientes subcategorías: 4) Obra Nueva - Proyecto mayores de 45.00 m^ 5) Obra Nueva - Proyecto menores de 45.00 m^ 6) Obra Nueva - Viviendas de interés social Obra Complementaria: Es el permiso por medio del cual se autoriza la ejecución de obras con mínima complejidad estructural como son: cercos menores de 3 metros de altura(independiente de uso), Cambio de techo de lámina por lámina en uso residencial sin modificar estructura (menor a 100.00 metros cuadrados), remodelaciones en uso residencial menores a 25 m2, ampliaciones en viviendas menores a 25.00 m^ para uso residencial y remodelaciones de fachadas menores a 50.00m2 en uso residencial y comercial. Se exceptúan para la solicitud de permisos de construcción, las obras de carácter ligero, entre las que se mencionan: reparación de pisos, construcción de pilas, reparación de muros y cielos falsos sin incluir la estructura, repellos en general, pintura en general, puertas, ventanas, closet, molduras y en todos aquellos elementos decorativos, tratamientos superficiales y toda actividad en la que no se afecte el aspecto exterior o fachadas de construcciones existentes, así como, la distribución, el uso y los elementos estructurales de la edificación. Demolición: Es el permiso por medio del cual se autoriza la demolición parcial o total de edificaciones o estructuras existentes independientemente del uso o metraje cuadrado a demoler. Ampliación, Remodelación y/o cambio de uso: Es el permiso por medio del cual se autoriza una ampliación o remodelación en un predio edificado. Asimismo, incluye los casos donde se dará un nuevo uso al inmueble, diferente al autorizado originalmente. Los cambios de cubierta de lámina a losa, lámina a lámina residencial mayor a 100.00 metros cuadrados, lámina a lámina no residencial, fachadas mayores a 50.00 m2 en uso residencial y comercial, serán catalogados como remodelación y se sujetará al metraje cuadrado que se ejecute. Se divide en las siguientes subcategorías: 3) Ampliación / Remodelación / cambio de uso - Proyectos mayores de 100.00 m^ 4) Ampliación / Remodelación / cambio de uso - Proyectos menores de 100.00 m^ Obras Especiales: Es el permiso por medio del cual se autoriza la ejecución de estructuras u obras cimentadas en B . 155 Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT- UNAH. Derechos Reservados ENAG UDI-DEGT-UNAH -- 163 of 592 -- Sección B Avisos Legales L a G a c e ta el suelo y/o subsuelo o sobre edificaciones existentes, se consideran en esta dasificación: tanques elevados, cisternas, piscinas, torres- antenas telefónicas, bases para vallas unipolares, muro de contención y construcción de muros perimetrales mayores a 3.00 metros de altura. El permiso de Movimiento de Tierra y Excavaciones es competencia de la Gerencia de Ambiente, así como los permisos para otro tipo de excavaciones en los que se hubiere tramitado licencia ambiental. Los trabajos de excavación en construcciones que no hubieren requerido licencia ambiental, están cubiertos dentro del trámite del permiso de construcción de obra nueva y/o menor. De los usos del suelo adoptan la siguiente clasificación: I. - Usos Permitidos: Son los usos principales o predominantes en la zona, para los cuales su dictamen para permiso de construcción, funcionamiento, operación de negocio u otro, dependerá de su cumplimiento con los Índices Urbanísticos y otras disposiciones que para el efecto, sean de aplicación en la zonificación a que corresponda. II. - Usos Permitidos con Restricción: Son aquellos que no constituyen la vocación principal de la zona, pero poseen alguna presencia de acuerdo a sus características de localización, su dictamen depende del estudio especial por parte de la Dirección de Urbanismo. Este estudio estará basado en lo que respecta a sus condiciones de localización, acceso y su cercanía con las principales vías de circulación pública además de su cumplimiento con los Índices Urbanísticos que establezca la Dirección de Urbanismo y las características de los equipos, instalaciones e interrelaciones y compatibilidades con los demás usos existentes o proyectados en la zona, siempre que no ocasionen peligro a la salud, seguridad o a la tranquilidad pública. III.- Usos Prohibidos: Son todos aquellos que por sus características no pueden ser permitidos en determinadas zonas bajo ninguna condición P a rá g ra fo 1: Para efecto de aplicación del artículo anterior se utilizarán los siguientes cuadros anexos: c) Cuadro indicativo de los usos permitidos, restringidos y prohibidos en cada zona de uso. d) Cuadro de índices urbanísticos. P a rá g ra fo 2: Será permitido más de un uso en la misma edificación, siempre que no se trate de usos incompatibles observadas las disposiciones de la presente Ordenanza. Se establecen los siguientes Usos, en concordancia con la reglamentación vigente. CAPÍTULO III DE LA OBLIGATORIEDAD, RESPONSABILIDADES Y VIGENCIA DEL PERMISO DE CONSTRUCCIÓN Artículo 14.- OBLIGACIÓN DE CONTAR CON PER MISO DE CONSTRUCCIÓN La construcción de obras de edificación de cualquier naturaleza, sean urbanas o rurales, requerirán Permiso de Construcción emitido por la Dirección de Edificaciones y Permisos de Construcción de la Municipalidad de San Pedro Sula. Previo a la realización de una obra en un inmueble es obligatorio obtener el Permiso de Construcción. B . 156 Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT- UNAH. Derechos Reservados ENAG UDI-DEGT-UNAH -- 164 of 592 -- Sección B Avisos Legales L a G a c e ta Queda prohibido efectuar obras con Permisos vencidos, suspendidos o cancelados. Si la obra conlleva fraccionamiento ii de un predio o predios en cualquier modalidad, debe solicitarse la autorización de fraccionamiento previo al proceso de Permiso de Construcción, el cual será extendido por el Departamento Urbanizaciones. Artículo 15.-RESPONSABILIDADES. Responsabilidad del Propietario: Los trámites de Permiso de Construcción en cualquiera de sus tipos, Regularizaciones y Renovaciones, deberán ser firmados y presentados por el propietario del inmueble. Los arrendatarios o terceras personas podrán gestionar Permiso de Construcción, Regularizaciones y Renovaciones, cuando el propietario faculte mediante documentación legal debidamente autenticada, pero ello no excluye de responsabilidad al propietario. Responsabilidad de los planificadores y ejecutores del proyecto: Los profesionales serán responsables en forma solidaria y mancomunada junto con el propietario del inmueble, de la información suministrada, así como del cumplimiento de las obligaciones derivadas del permiso de construcción. Los maestros de obra no están calificados para refrendar ningún documento ya que eso les corresponde a los profesionales. Artículo 16.- VIGENCIA DEL PERMISO DE CONSTRUCCIÓN. La vigencia del Permiso de Construcción y de regularización será por el tiempo estipulado al momento de otorgar los mismos, no pudiendo sobrepasar 24 meses, contados a partir de la fecha de pago (el solicitante debe indicar en ese momento la duración del proy