VigenteCategoria: Financiero y Tributario
Decreto No. 41-1990 | Congreso Nacional | La Gaceta No. 26,155

Decreto Legislativo No. 41-1990 — Reforma al Artículo 33 de la Ley de Pesca

Considerandos

  1. 1.Que la Ley de Pesca vigente, fue emitida por el Soberano Congreso Nacional, mediante Decreto Legislativo N.- 154, de fecha 18 de mayo de 1959.
  2. 2.Que en el Artículo 33 de la Ley de Pesca indicada, se estipula el pago que en concepto de tonelaje neto y previo a la obtención de la "Licencia de Pesca Anual", se deberá hacer efectivo a la Hacienda Pública
  3. 3.Que las cantidades cobradas resultan relativamente mínimas para los beneficios que reporta la actividad pesquera en el país.
  4. 4.Que por tal motivo es de urgente necesidad efectuar una reforma al Artículo de referencia.

Articulos

Articulo 1

Reformar el Artículo 33 del Decreto No. 154, emitido por el Soberano Congreso Nacional, con fecha 19 de marzo de 1959, el cual deberá leerse así: "Artículo 33. El impuesto por concepto de Licencia, para toda embarcación destinada a la pesca, será satisfecho de acuerdo con el tonelaje bruto de las embarcaciones a razón de L.20.00 (VEINTE LEMPIRAS), por tonelada o fracción de tonelada. Esta licencia será válida por un año".

Articulo 2

El presente Decreto entrará en vigencia en la fecha de su publicación en el Diario Oficial "LA GACETA" Dado en la ciudad de Tegucigalpa, Municipio del Distrito Central, en el Salón de Sesiones del Congreso Nacional, a los veintidós días del mes de mayo de mil novecientos noventa. Publicado en Diario Oficial “La Gaceta” No. 26,155 del 8 de junio de 1990. Al Poder Ejecutivo. Por Tanto: Ejecútese. -- 17 of 18 -- Tegucigalpa, M.D.C., 28 de mayo de 1990. RAFAEL LEONARDO CALLEJAS ROMERO PRESIDENTE El Secretario de Estado en el Despacho de Recursos Naturales, MARIO NUFIO GAMERO -- 18 of 18 --

Leyes relacionadas

Decreto Legislativo No. 57-2025 — Declara el 30 de Julio de cada año como Día Nacional contra la Trata de Personas
Decreto 57-2025 | 2025
Decreto Legislativo No. 127-2013 — Reformas a leyes sobre Alianzas Público-Privadas, Concesiones y Empresa Nacional Portuaria
Decreto 127-2013 |
Decreto Legislativo No. 62-2026 — Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la República, Reformulado, Ejercicio Fiscal 2026
Este decreto aprueba el presupuesto general de Honduras para 2026 por L444,335,810,947, reducido 5.3% para mejorar eficiencia. Prioriza educación, salud e infraestructura; asigna L6,817.9 millones en subsidios a combustibles y energía, e invierte L48,229.6 millones en proyectos productivos. Afecta a todas las instituciones públicas y ciudadanos que dependen de servicios estatales.
Decreto 62-2026 | 2026
Decreto Legislativo No. 51-2015 — Aprobación de Contrato de Suministro de Potencia y Energía Eléctrica entre ENEE e Hidroeléctrica Cuyagual, S.A.
Este decreto aprueba un contrato entre la empresa estatal ENEE y Hidroeléctrica Cuyagual para que compre energía renovable de una planta hidroeléctrica de 6.10 MW ubicada en Santa Bárbara durante 20 años. La ley busca reducir costos energéticos usando fuentes renovables en lugar de combustibles fósiles, beneficiando a consumidores y la economía nacional.
Decreto 51-2015 | 2015
Decreto Legislativo No. 4-2025 — Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la República y sus Disposiciones Generales, Ejercicio Fiscal 2025
Este decreto aprueba el presupuesto nacional de Honduras para 2025 por L430,907.8 millones, un aumento del 5.8% respecto a 2024. Establece cómo se recolectarán impuestos (principalmente sobre ventas e ingresos), cómo se distribuirá el dinero entre instituciones públicas y qué debe hacerse con los recursos. Afecta a todos los hondureños como ciudadanos que dependen de servicios públicos financiados por este presupuesto.
Decreto 4-2025 | 2025