Acuerdo Administrativo No. 001-2021 — Marco Rector del Control Interno Institucional de los Recursos Públicos (MARCI)
Articulos
Articulo SEGUNDO
Los sujetos pasivos de la LOTSC tendrán un plazo contado desde la fecha de la publicación del presente Acuerdo hasta el 31 de marzo de 2022, para establecer el proceso de control interno institucional de conformidad con el presente Marco Rector; en caso de ser necesario, este plazo puede prorrogarse por seis (6) más previa aprobación del pleno de magistrados. ARTÍCULO TERCERO:
Articulo TERCERO
El Tribunal Superior de Cuentas y las unidades de auditoría interna, como parte de sus funciones, darán seguimiento y evaluarán el acatamiento y cumplimiento del presente Marco Rector del Control Interno.
Articulo CUARTO
ARTICULO CUARTO: Se deroga el “Acuerdo Administrativo TSC Nº.001/2009” de fecha cinco (5) de febrero de dos mil nueve (2009), que contiene el Marco Rector del Control Interno de los Recursos Públicos. ARTÍCULO QUINTO:
Articulo QUINTO
El presente Acuerdo entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial “La Gaceta”. En la ciudad de Tegucigalpa municipio del Distrito Central a los diez (10) días del mes de septiembre de dos mil veintiuno (2021). Y para efectos de su Publicación en el Diario Oficial La Gaceta, Firma y Sello Abogado Ricardo Rodríguez, Magistrado Presidente.- Firma y Sello.- Abogado Roy Pineda Castro, Magistrado.- Firma y Sello.- Abogado José Juan Pineda Varela Magistrado.- Firmo y sello la presente CERTIFICACIÓN, en la Ciudad de Tegucigalpa, Municipio del Distrito Central, a los dos (02) días del mes de diciembre del año dos mil veintiuno 2021 DOY FE.- SANTIAGO ANTONIO REYES PAZ Secretario General T.S.C. -- 108 of 108 --