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Decreto No. 0747-SE-2024 | 14 de mayo de 2024 | Poder Ejecutivo | La Gaceta No. 36,650

Acuerdo Ministerial No. 0747-SE-2024 — Aprueba Plan de Estudios Anual del Bachillerato en Ciencias y Humanidades

Considerandos

  1. 1.Que el artículo 157 de la Constitución de la República de Honduras establece: Que la educación en todos los niveles del sistema educativo formal, excepto el nivel superior, será autorizada, organizada, dirigida y supervisada exclusivamente por el Poder Ejecutivo por medio de la Secretaría de Educación Pública.
  2. 2.Que según el artículo 36 numeral 8 de la Ley de la Administración Pública, son atribuciones y deberes comunes a los Secretarios de Estado: Emitir los acuerdos y resoluciones en los asuntos de su competencia que le delegue el Presidente de la República y cuidar de su ejecución.
  3. 3.Que mediante ACUERDO No. 2188- SE-2014, de fecha 17 de diciembre de 2014, ACUERDA: -- 23 of 96 -- PRIMERO. Aprobar a partir del año 2015, el Plan de Estudios de la Carrera del BACHILLERATO EN CIENCIAS Y HUMANIDADES (BCH), para el Décimo y Undécimo grado con promoción semestral.
  4. 4.Que mediante ACUERDO No. 0166- SE-2023, de fecha del 16 de febrero del 2023, ACUERDA: SEGUNDO: Se declara que, a partir del año 2023, la oferta académica del Nivel de Educación Media del Bachillerato en Ciencias y Humanidades y el Bachillerato Técnico Profesional con sus diferentes orientaciones, entrará en un proceso de desgaste. El cual consiste en la transición gradual de un sistema de promoción semestral a un sistema de promoción anual del Plan de Estudios vigente. Iniciando en el año 2023, con el sistema de promoción anual para el décimo grado y para los grados undécimo (2023) y duodécimo (2024) en el sistema de promoción semestral. TERCERO: Implementar a partir del 01 de febrero del año 2023, la adecuación de los planes de estudios, migrando de una modalidad semestral a una modalidad de promoción anual.
  5. 5.Que los Centros Educativos No Gubernamentales podrán ofrecer sus servicios en los niveles, modalidades y especialidades de la educación formal autorizados, organizados, dirigidos y supervisados por la Secretaría de Estado en el Despacho de Educación.
  6. 6.Que el Plan de Estudios anual del Bachillerato en Ciencias y Humanidades, conlleva a la actualización de los elementos del currículo con los ajustes requeridos en cuanto a las competencias, resultados de aprendizaje, contenidos, metodologías, formas de evaluación y promoción.

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