Resolución No. CREE-14-2026 — Aprobación del traslado condicionado del precio promedio ponderado del combustible de Roatan Electric Company
Considerandos
- 1.Aprobar un ajuste a la estructura tarifaria que debe practicar la Sociedad Mercantil denominada Roatan Electric Company, S.A. de C. V. (RECO), en los municipios de Roatán y José Santos Guardiola, a partir de la fecha de publicación en el Diario Oficial “La Gaceta”, de conformidad con la tabla siguiente: de enero de dos mil veintiséis (2026), por unanimidad de votos de los Comisionados presentes,
- 2.Aprobar un ajuste a la estructura tarifaria que debe practicar la sociedad mercantil denominada Roatan Electric Company, S.A. de C. V. (RECO) en los municipios de Roatán y José Santos Guardiola a partir de la fecha de publicación en el diario oficial “La Gaceta”, de conformidad con la tabla siguiente: Categoría / Cargo Unidad Tarifa Residencial < =150 Cargo Fijo Lempiras/Cliente-mes 25.8751 Cargo Energía Lempiras/kWh 5.6779 Cargo por Potencia Lempiras/kW Residencial > 150 Cargo Fijo Lempiras/Cliente-mes 37.9069 Cargo Energía Lempiras/kWh 8.3180 Cargo por Potencia Lempiras/kW General Cargo Fijo Lempiras/Cliente-mes 36.9644 Cargo Energía Lempiras/kWh 6.9337 Cargo por Potencia Lempiras/kW Alumbrado Público Cargo Fijo Lempiras/Cliente-mes 36.9644 Cargo Energía Lempiras/kWh 10.4248 Cargo por Potencia Lempiras/kW Servicios Media Tensión Cargo Fijo Lempiras/Cliente-mes 110.8933 Cargo Energía Lempiras/kWh 3.1410 Cargo por Potencia Lempiras/kW 1908.3832
- 3.Instruir a la sociedad mercantil denominada Roatan Electric Company, S.A. de C.V. (RECO), que realice el ajuste del cargo unitario de alumbrado público correspondiente al período comprendido entre marzo y mayo de 2026, para su aplicación en la facturación del servicio eléctrico a sus usuarios, con base en los factores de ajuste asociado a la estructura tarifaria aprobada en el presente acuerdo. -- 6 of 7 --
- 4.Instruir a la Sociedad Mercantil denominada Roatan Electric Company, S.A. de C.V. (RECO), que realice el ajuste del cargo unitario de alumbrado público correspondiente al período comprendido entre marzo y mayo de 2026, para su aplicación en la facturación del servicio eléctrico a sus usuarios, con base en los factores de ajuste asociado a la estructura tarifaria aprobada en el presente Acuerdo.
- 5.Establecer que el ingreso requerido del servicio de alumbrado público sea revisado y ajustado de forma periódica, tomando como referencia los plazos de ajustes tarifarios establecidos en la normativa aplicable, de manera que el cargo unitario de alumbrado público facturado refleje los costos asociados a dicho servicio.
- 6.Instruir a la Secretaría General lo siguiente: i. Que proceda a notificar, para los efectos legales correspondientes, el presente acuerdo al Apoderado o Representante Legal de la Sociedad Mercantil denominada Roatan Electric Company, S.A. de C.V. (RECO). ii. De conformidad con el artículo 3, literal D, romano XII de la Ley General de la Industria Eléctrica, proceda a publicar en la página web de la Comisión el presente acto administrativo.
- 7.Instruir a la Secretaría General y a las unidades administrativas de la Comisión Reguladora de Energía Eléctrica (CREE), para que procedan a publicar el presente acto administrativo en el Diario Oficial “La Gaceta”. PUBLÍQUESE Y COMUNÍQUESE. HECTOR LUIS CORRALES AGÜERO MIGUEL ÁNGEL FIGUEROA RIVERA LEONARDO ENRIQUE DERAS VÁSQUEZ -- 7 of 7 --
Articulos
Articulo 255
de la Constitución de la República de Honduras; los artículos 1, 3 primer párrafo, literal D, romano V, 8, 18, 21 y demás aplicables de la Ley General de la Industria Eléctrica; artículos 155, 156 y 157 del Reglamento de Tarifas vigente y demás aplicables; artículo 4 y demás aplicables del Reglamento Interno de la Comisión Reguladora de Energía Eléctrica; Acuerdo CREE-04-2026 de fecha veintidós (22), de enero de dos mil veintiséis (2026), por unanimidad de votos de los Comisionados presentes. Acuerda: PRIMERO: Aprobar un ajuste a la estructura tarifaria que debe practicar la Sociedad Mercantil denominada Roatan Electric Company, S.A. de C. V. (RECO), en los municipios de Roatán y José Santos Guardiola, a partir de la fecha de publicación en el Diario Oficial “La Gaceta”, de conformidad con la tabla siguiente: de enero de dos mil veintiséis (2026), por unanimidad de votos de los Comisionados presentes, Acuerda: PRIMERO: Aprobar un ajuste a la estructura tarifaria que debe practicar la sociedad mercantil denominada Roatan Electric Company, S.A. de C. V. (RECO) en los municipios de Roatán y José Santos Guardiola a partir de la fecha de publicación en el diario oficial “La Gaceta”, de conformidad con la tabla siguiente: Categoría / Cargo Unidad Tarifa Residencial < =150 Cargo Fijo Lempiras/Cliente-mes 25.8751 Cargo Energía Lempiras/kWh 5.6779 Cargo por Potencia Lempiras/kW Residencial > 150 Cargo Fijo Lempiras/Cliente-mes 37.9069 Cargo Energía Lempiras/kWh 8.3180 Cargo por Potencia Lempiras/kW General Cargo Fijo Lempiras/Cliente-mes 36.9644 Cargo Energía Lempiras/kWh 6.9337 Cargo por Potencia Lempiras/kW Alumbrado Público Cargo Fijo Lempiras/Cliente-mes 36.9644 Cargo Energía Lempiras/kWh 10.4248 Cargo por Potencia Lempiras/kW Servicios Media Tensión Cargo Fijo Lempiras/Cliente-mes 110.8933 Cargo Energía Lempiras/kWh 3.1410 Cargo por Potencia Lempiras/kW 1908.3832 SEGUNDO: Instruir a la sociedad mercantil denominada Roatan Electric Company, S.A. de C.V. (RECO), que realice el ajuste del cargo unitario de alumbrado público correspondiente al período comprendido entre marzo y mayo de 2026, para su aplicación en la facturación del servicio eléctrico a sus usuarios, con base en los factores de ajuste asociado a la estructura tarifaria aprobada en el presente acuerdo. -- 6 of 7 -- SEGUNDO: Instruir a la Sociedad Mercantil denominada Roatan Electric Company, S.A. de C.V. (RECO), que realice el ajuste del cargo unitario de alumbrado público correspondiente al período comprendido entre marzo y mayo de 2026, para su aplicación en la facturación del servicio eléctrico a sus usuarios, con base en los factores de ajuste asociado a la estructura tarifaria aprobada en el presente Acuerdo. TERCERO: Establecer que el ingreso requerido del servicio de alumbrado público sea revisado y ajustado de forma periódica, tomando como referencia los plazos de ajustes tarifarios establecidos en la normativa aplicable, de manera que el cargo unitario de alumbrado público facturado refleje los costos asociados a dicho servicio. CUARTO: Instruir a la Secretaría General lo siguiente: i. Que proceda a notificar, para los efectos legales correspondientes, el presente acuerdo al Apoderado o Representante Legal de la Sociedad Mercantil denominada Roatan Electric Company, S.A. de C.V. (RECO). ii. De conformidad con el artículo 3, literal D, romano XII de la Ley General de la Industria Eléctrica, proceda a publicar en la página web de la Comisión el presente acto administrativo. SEXTO: Instruir a la Secretaría General y a las unidades administrativas de la Comisión Reguladora de Energía Eléctrica (CREE), para que procedan a publicar el presente acto administrativo en el Diario Oficial “La Gaceta”. PUBLÍQUESE Y COMUNÍQUESE. HECTOR LUIS CORRALES AGÜERO MIGUEL ÁNGEL FIGUEROA RIVERA LEONARDO ENRIQUE DERAS VÁSQUEZ -- 7 of 7 --