VigenteCategoria: Financiero y Tributario
Decreto No. 132-2020 | 6 de octubre de 2020 | Congreso Nacional

Decreto Legislativo No. 132-2020 — Modificación presupuestaria de la Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad para Unidad de Control de Riesgo Sanitario y Bioseguridad

Considerandos

  1. 1.Que el Artículo 205 Atribución 32) de la Constitución de la República establece que es atribución del Congreso Nacional la aprobación anual del Presupuesto de Ingresos y Egresos de la República tomando como base el proyecto remitido por el Poder Ejecutivo, debidamente desglosado y resolver sobre su modificación.
  2. 2.Que La Policía Nacional de Honduras con el fin de contribuir al cumplimiento de las medidas que mitiguen la propagación del Coronavirus (COVID-19) y otras infecciones; crea la UNIDAD DE CONTROL DE RIESGO SANITARIO Y BIOSEGURIDAD, adscrita a la Dirección de Investigación Policial (DPI), como una dependencia de la Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad, encaminada a la realización de esfuerzos sectoriales para atender acciones de Bioseguridad, convirtiéndose en un ente auxiliar para el apoyo y control de todas aquellas amenazas que atenten contra la salud de la población hondureña, en coordinación con la Secretaría de Estado en el Despacho de Salud (SESAL) y la Secretaría de Estado en los Despachos de Trabajo y Seguridad Social. Para cumplir con los objetivos de esta Unidad de Bioseguridad en el control, combate y posible erradicación del COVID-19, se hace necesario que la Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad cuente con sólida estructura presupuestaria que permita el eficiente y eficaz alcance de sus objetivos.
  3. 3.Que es necesario modificar el presupuesto de la Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad sin modificar el techo del Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la República, Ejercicio Fiscal 2020, con el objeto de cubrir el pago de sueldos y colaterales del personal bajo la modalidad de contrato, de la UNIDAD DE CONTROL DE RIESGO SANITARIO Y BIOSEGURIDAD.
  4. 4.Que de conformidad con lo establecido en el Artículo 205 Atribución 1) de la Constitución de la República, corresponde al Congreso Nacional: Crear, decretar, interpretar, reformar y derogar leyes.

Articulos

Articulo 1

Se autoriza a la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas (SEFIN) para realizar la modificación interna en el presupuesto asignado a la Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad, sin modificar el techo del Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la República, Ejercicio Fiscal 2020, mediante el incremento del monto presupuestario del Subgrupo del Gasto 12000 “Personal No Permanente del Programa Servicios Policiales de Prevención, Protección y Control”, por un monto de ONCE MILLONES OCHOCIENTOS DIECINUEVE MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y TRES LEMPIRAS CON NOVENTA Y UN CENTAVOS (L.11.819,683.91), el cual será destinado al pago de sueldos y colaterales del personal bajo la modalidad de contrato, en la Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad. L a s e s t r u c t u r a s p r e s u p u e s t a r i a s a incrementar, a que hace referencia el párrafo anterior, serán obtenidos mediante la disminución de ONCE MILLONES OCHOCIENTOS DIECINUEVE MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y TRES LEMPIRAS CON NOVENTA Y UN CENTAVOS (L.11.819,683.91) del Grupo 3000, referente a materiales y suministros, aprobados en el presupuesto de la Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad, quedando de la siguiente manera: Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT-UNAH Derechos Reservados -- 15 of 28 --

Articulo 2

El presente Decreto entrará en vigencia a partir del día de su publicación en el Diario Oficial “La Gaceta” Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, en la Sesión celebrada de manera Virtual, el uno de octubre de dos mil veinte ANTONIO CÉSAR RIVERA CALLEJAS PRESIDENTE JOSÉ TOMÁS ZAMBRANO MOLINA ROSSEL RENÁN INESTROZA MARTÍNEZ SECRETARIO SECRETARIO Por Tanto: Publíquese. - 3 - Estructura a incrementar: INST GA UE FTE ORG PROG SPROG PROY ACT OBJETO BNF MONTO 70 1 8 12 099 11 00 0 002 12100 0 L.9,636,813.91 70 1 8 12 099 11 00 0 002 12410 0 L.1,091,435.00 70 1 8 12 099 11 00 0 002 12420 0 L.1,091,435.00 TOTAL INCREMENTOS L.11,819,683,91 Estructuras a disminuir: INST GA UE FTE ORG PROG SPROG PROY ACT OBJETO BNF MONTO 70 1 8 12 099 11 00 0 001 35620 0 L.11,819,683,91 TOTAL DISMINUCIONES L.11,819,683,91

Articulo 2

El presente Decreto entrará en vigencia a partir del día de su publicación en el Diario Oficial “La Gaceta” Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT-UNAH Derechos Reservados -- 16 of 28 -- Secretaría de Gobernación, Justicia y Descentralización ACUERDO No. 106-2020 Secretaría de Gobernación, Justicia y Descentralización ACUERDO No. 107-2020 EL SECRETARIO PRIVADO Y JEFE DE GABINETE PRESIDENCIAL, CON RANGO DE SECRETARIO DE ESTADO En uso de sus facultades de que fue investido por el Presidente de la República mediante Acuerdo Ejecutivo 09-2018 de fecha 27 de enero del año 2018, y en aplicación de los artículos 235 y 245 atribuciones 5 y 11 de la Constitución de la República; 11, 12, 116, 118, 119 y 122 de la Ley General de la Administración Pública. ACUERDA: PRIMERO: Cancelar al ciudadano CARLOS ALBERTO MADERO ERAZO del cargo de Secretario de Estado en los Despachos de Trabajo y Seguridad Social, a quien se le rinden las gracias por los servicios prestados. SEGUNDO: El presente acuerdo es efectivo a partir de su fecha y debe publicarse en “La Gaceta” el Diario Oficial de la República. COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE. Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los treinta (30) días del mes de septiembre del año dos mil veinte (2020). RICARDO LEONEL CARDONA LÓPEZ SECRETARIO PRIVADO Y JEFE DE GABINETE PRESIDENCIAL, CON RANGO DE SECRETARIO DE ESTADO RICARDO ALFREDO MONTES NAJERA SUBSECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE JUSTICIA EL PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA, En uso de sus facultades de que está investido, y en aplicación de los artículos 235 y 245 atribuciones 5 y 11 de la Constitución de la República; 11, 12, 28, 29, 116, 118, 119 y 122 de la Ley General de la Administración Pública. ACUERDA: PRIMERO: Nombrar al ciudadano CARLOS ALBERTO MADERO ERAZO, en el cargo de Secretario de Estado Coordinador General de Gobierno. SEGUNDO: El nombrado tomará posesión de su cargo inmediatamente después que presten la promesa de ley y el juramento que establece el segundo párrafo del artículo 33 del Código de Conducta Ética del Servidor Público. TERCERO: El presente acuerdo es efectivo a partir de su fecha y debe publicarse en “La Gaceta” el Diario Oficial de la República. COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE. Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los treinta (30) días del mes de septiembre del año dos mil veinte (2020). JUAN ORLANDO HERNÁNDEZ ALVARADO PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA RICARDO ALFREDO MONTES NAJERA SUBSECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE JUSTICIA Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT-UNAH Derechos Reservados -- 17 of 28 -- Poder Ejecutivo

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