VigenteCategoria: Tributario
Decreto No. 129-2022 | 20 de abril de 2023 | La Gaceta No. 36,208
Reglamento del Programa Nacional de Intervencion a Caminos Productivos
IAResumen por IA
Este resumen fue generado por IA y puede contener errores. Verifica siempre con el texto original de la ley a continuacion. No constituye asesoria legal. Aprende como usamos IA
Resumen
Este reglamento organiza cómo el gobierno distribuye dinero a los municipios para reparar y construir caminos productivos. Cada municipalidad recibe fondos, presenta proyectos aprobados en cabildos abiertos, ejecuta las obras y rinde cuentas sobre el avance físico y financiero. El programa busca mantener las carreteras funcionando todo el año para facilitar la producción y distribución de bienes, generando empleo local.
Considerandos
- 1.Que de acuerdo con el artículo 245 de la Constitución, la Presidenta de la República tiene a su cargo la administración general del Estado y le corresponde administrar la Hacienda Pública y dirigir la política económica y financiera del Estado. Asimismo, dentro del régimen departamental y municipal, la normativa constitucional dispone que el desarrollo económico y social de los municipios debe formar parte de los programas de desarrollo nacional, sin perjuicio de su carácter jurídico como entidades descentralizadas.
- 2.Que mediante Decreto Legislativo No. 129-2022, del Presupuesto de Ingresos y Egresos de la República, publicado en el Diario Oficial La Gaceta el 1 de diciembre de 2022, el Congreso de la República aprobó la Ley del Programa Nacional de Intervención a Caminos Productivos, el cual se creó adscrito a la Secretaría de Estado en los Despachos de Infraestructura y Transporte (SIT), quien tiene la responsabilidad de coordinarlo con las doscientas noventa y ocho (298) alcaldías municipales del país para atender sus necesidades y mejorar las condiciones de vida de la población a través del fortalecimiento de la red vial productiva.
- 3.Que de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 11 de la Ley del Programa Nacional de Intervención a Caminos Productivos, la facultad reglamentaria de -- 1 of 7 -- EDIS ANTONIO MONCADA ARIEL ISAAC RODRIGUEZ PAGOAGA Coordinador y Supervisor Colonia MirafIores Teléfono/Fax: Gerencia 2230-2520, 2230-1821 Administración: 2230-3026 CENTRO CÍVICO GUBERNAMENTAL la misma, fue otorgada a la Secretaría de Estado en los Despachos de Infraestructura y Transporte (SIT), órgano de la Administración Central que depende directamente de la Presidenta de la República.
- 4.Que los actos administrativos de cualquier órgano del Estado que deban producir efectos jurídicos de carácter general, serán publicados en el Diario Oficial La Gaceta y su vigencia es obligatoria desde la fecha de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta.