VigenteCategoria: PenalTipo: Fe de Errata
Decreto No. 44-2015 | 12 de diciembre de 2015 | La Gaceta No. 33,907
Fe Errata Ley Especial Seguridad y Prevencion Violencia Estadios Futbol
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Resumen
Este documento contiene correcciones a dos leyes publicadas con errores. La primera corrige datos personales en la naturalización del Sacerdote Ferdinando Castriotti. La segunda corrige que los delitos en estadios de fútbol sean agravante en el artículo 28 del Código Penal, no 27, aumentando penas para crímenes cometidos cinco kilómetros alrededor de eventos deportivos. También incluye un aviso sobre registro de un producto agrícola.
Texto completo
La Gaceta
CONGRESO NACIONAL
FE DE ERRATA
En la Gaceta No.33,770 de fecha 1 de julio de 2015, específicamente en la publicación del Decreto No. 44-2015, de fecha 29 de abril de 2015, misma que contiene "Otorgar Carta de Naturalización al Sacerdote FERDINANDO CASTRIOTTI, por su invaluable labor humanitaria en pro de la ciudadanía hondureña, la cual trascenderá por muchas generaciones", por un error involuntario en el Artículo 1 de dicho Decreto, debe leerse de la manera siguiente:
"ARTÍCULO 1.- Otorgar Carta de Naturalización al Sacerdote FERDINANDO CASTRIOTTI, de nacionalidad italiana, sexo masculino, con domicilio en Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, quien nació en Venosa, Italia, el día 3 de marzo de 1969, siendo hijo de Raffaele Castriotti y Caterina Di Vito, por su invaluable labor humanitaria en pro de la ciudadanía hondureña, la cual trascenderá por muchas generaciones".
MARIO ALONSO PEREZ LOPEZ
PRIMER SECRETARIO
12 D. 2015
CONGRESO NACIONAL
FE DE ERRATA
En la Gaceta No.33,869, de fecha 29 de octubre de 2015, específicamente en la publicación del Decreto No. 68-2015 de fecha 15 de julio de 2015, misma que contiene la LEY ESPECIAL PARA LA SEGURIDAD Y LA PREVENCIÓN DE LA VIOLENCIA E INTOLERANCIA EN LOS ESTADIOS DE FUTBOL E INSTALACIONES DE POR-
TIVAS, en la página A-16 segunda columna, del Diario Oficial La Gaceta, por un error involuntario se efectuó en la reforma la adición del Artículo 27 numeral 27) del Código Penal, siendo lo correcto numeral 28); el cual debe leerse de la manera siguiente:
"ARTÍCULO 27. Son circunstancias agravantes:
Del 1) .... A1 27) ...y.
28) Cometer el delito dentro del perímetro de cinco (5) kilómetros antes, durante y después de un evento o espectáculo realizado en cualquier Estadio de Fútbol o Instalación Deportiva y sus áreas aledañas independientemente la naturaleza del evento o espectáculo".
MARIO ALONSO PÉREZ LÓPEZ
PRIMER SECRETARIO
12 D. 2015
REPUBLICA DE HONDURAS
SECRETARÍA DE AGRICULTURA Y GANADERÍA
SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD AGROPECUARIA
SUBDIRECCIÓN TÉCNICA DE SANIDAD VEGETAL
AVISO DE REGISTRO DE PLAGUICIDAS Y SUSTANCIAS AFINES
Al comercio, agroindustria y público en general, y para efectos de ley correspondiente, se HACE SABER: Que en esta dependencia ha sido presentada la siguiente solicitud de registro:
La Abog. MARÍA ELENA FERNÁNDEZ ORDÓÑEZ, actuando en representación de la empresa LABORATORIOS AGROENZYMAS, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, tramitada a que anuncia el Registro del producto de nombre comercial: AUGIB 10 g/SL, composición: Auxinas (Ácido Indol Butírico) 10 g/L, Estado Físico: CONCENTRADO SOLUBLE, Presentado en frasco de Origen: LABORATORIOS AGROENZYMAS, S.A
De Registro: Pendiente.
Tipo de Uso: REGULADOR DE CRECIMIENTO.
Cualquier interesado puede oponerse cuando estime que tuviera técnicas y/o científicas que demuestren la inexistencia de requisitos exigidos para la salud y el ambiente, conforme por escrito en un plazo de diez (10) días hábiles después de la publicación de este aviso, a esta Dirección.
Fundamento Legal: Ley Fitosanitaria Decreto No. 157-94 Reglamento Sobre el Registro, Uso y Control de Plaguicidas y Sustancias Afines, Acuerdo No. 042-98 y la ley de Procedimientos Administrativos.
TEGUCIGALPA, M.D.C. VEINTITRES (23) DE OCTUBRE DE 2015.
"ESTE AVISO TIENE VALIDEZ DE TRES MESES A PARTIR DE LA FECHA"
Dr. JOSÉ LIZARDO REYES PUERTO
DIRECTOR GENERAL DE SENASA
12 D. 2015