Decreto_101-2016
Resumen
Este decreto aprueba un contrato entre la Empresa Nacional de Energía Eléctrica (ENEE) e Hidroenergía S.A. para que Hidroenergía construya y opere la Planta Lagunetas Fase II, generando electricidad hidroeléctrica que venderá a ENEE durante 20 años. La planta debe comenzar operaciones en noviembre de 2018 y entregar aproximadamente 105,000 megavatios-hora anuales a un precio de $114.14 por megavatio-hora.
Considerandos
- 1.Que la generación de energía eléctrica es de vital importancia para el desarrollo del país, requiriéndose además en la actualidad que se invierta la matriz existente, la cual muestra prevalencia con medios fósiles, cuyos precios son comparativamente más elevados yÀXFW~DQHQHOPHUFDGR internacional, afectando negativamente la economía del país.
- 2.Que el Poder Ejecutivo, en fecha 3 de Julio de 2014, por medio de la Empresa Nacional de Energía Eléctrica (ENEE), suscribió con la Empresa HIDROENERGÍA, S.A. DE C.V. (HIDROENERGÍA), el CONTRATO No. 069- 2014, mismo que contiene el CONTRATO DE SUMINISTRO DE POTENCIA Y ENERGÍA ELÉCTRICA ASOCIADA, para las instalaciones de la Planta LAGUNETAS FASE II (BAJO GRANDE), localizado entre los municipios de Victoria, Departamento de Yoro y Santa Cruz de Yojoa, Departamento de Cortés.
- 3.Que de conformidad a la Atribución 19 del $UWtFXORGHOD&RQVWLWXFLyQGHOD5HS~EOLFDHVSRWHVWDGGHO Congreso Nacional: Aprobar o improbar los contratos que lleven LQYROXFUDGDVH[HQFLRQHVLQFHQWLYRV\FRQFHVLRQHV¿VFDOHVR cualquier otro contrato que haya de producir o prolongar sus HIHFWRVDOVLJXLHQWHSHUtRGRGHJRELHUQRGHOD5HS~EOLFD
Articulos
Articulo 1
Aprobar en todas y cada una de sus partes el CONTRATO No. 069-2014, mismo que contiene el CONTRATO DE SUMINISTRO DE POTENCIA Y ENERGÍA ELÉCTRICA ASOCIADA, enviado por el Poder Ejecutivo a través de la Secretaría de Estado en los Despachos de Energía, Recursos Naturales, Ambiente y Minas, suscrito -- 1 of 62 -- ABOG. CÉSAR AUGUSTO CÁCERES CANO JORGE ALBERTO RICO SALINAS Coordinador y Supervisor CQNQPKC/KTCƀQTGU Teléfono/Fax: Gerencia 2230-4956 Administración: 2230-3026 Planta: 2230-6767 CENTRO CÍVICO GUBERNAMENTAL en la ciudad de Tegucigalpa, Municipio del Distrito Central, el 3 de Julio de 2014, entre el Licenciado Emil Mahfuz Hawit Medrano, Gerente General de la Empresa Nacional de Energía (OpFWULFD (1(( \HO,QJHQLHUR-RVp5D~O:HOFKH]9LOODPLO en representación de la Empresa HIDROENERGÍA, S.A. DE C.V. (HIDROENERGÍA), para las instalaciones de la Planta LAGUNETAS FASE II (BAJO GRANDE), localizado entre los municipios de Victoria, Departamento de Yoro y Santa Cruz de Yojoa, Departamento de Cortés, que literalmente dice: “SECRETARÍA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE ENERGÍA, RECURSOS NATURALES, AMBIENTE Y MINAS. Contrato No. 069-2014. ENTRE LA EMPRESA NACIONAL DE ENERGÍA ELÉCTRICA E HIDROENERGÍA, S.A. DE C.V. TEGUCIGALPA, HONDURAS 3 DE JULIO DE 2014. TABLA DE CONTENIDO SECCIÓN 1: ACUERDO CONTRACTUAL ................ A. DOCUMENTOS DEL CONTRATO ...................... B. TÉRMINO DEL CONTRATO ................................ C. DESCRIPCIÓN GENERAL DE LA PLANTA ..... D. F E C H A P R O G R A M A D A D E I N I C I O D E OPERACIÓN COMERCIAL.......................................... E. INSTALACIONES DE INTERCONEXIÓN, PUNTO DE ENTREGA Y MEDICIÓN ......................... F. A M P L I A C I Ó N D E L S I S T E M A INTERCONECTADO NACIONAL............................... G. P R E C I O D E C O M P R A D E E N E R G Í A Y POTENCIA ....................................................................... H. COMUNICACIONES ENTRE LAS PARTES ..... I. COMPROMISO DE VENTA AL COMPRADOR J. MONTO DE LA GARANTÍA K. SIGLAS Y ABREVIATURAS ................................ SECCIÓN 2: CONDICIONES GENERALES .............. CLÁUSULA 1 DEFINICIONES ...................................... 'H¿QLFLRQHV ............................................................. CLÁUSULA 2 OBJETO DEL CONTRATO .................... -- 2 of 62 -- 2.1 Descripción General del Objeto del Contrato .......... 2.2 Obligación de Construir, Operar y Mantener........... 2.3 Obligación de Compra y Venta ................................ 2.4 Compromiso de Despacho de Energía ..................... 2.5 Venta de Energía a Terceros ..................................... 2.6 Compromiso de Energía........................................... 2.7 Compromiso de Transmisión ................................... 2.8 Obras de Ampliación del Sistema Interconectado Nacional ......................................................................... CLÁUSULA 3 PERÍODO ANTERIOR A LA OPERACIÓN COMERCIAL .................................................................... 3.1 Programa de Construcción ....................................... 3.2 Comité Operativo y sus Facultades.......................... 3.3 Permisos ................................................................... 3.4 Errores y Discrepancias ........................................... CLÁUSULA 4 VIGENCIA, PLAZO Y TERMINACIÓN DEL CONTRATO.......................................................... 4.1 Entrada en Vigencia ................................................. 4.2 Puesta en Operación Comercial ............................... 4.3 Duración del Contrato .............................................. 4.4 Prórroga.................................................................... 4.5 Terminación Anticipada del Contrato por Parte del COMPRADOR .............................................................. 4.5.1 Procedimiento de Terminación Anticipada del Contrato por Parte del COMPRADOR ...................... 4.6 Terminación Anticipada del Contrato por Parte del VENDEDOR.................................................................. 4.6.1 Procedimiento de Terminación Anticipada del Contrato por Parte del VENDEDOR CLÁUSULA 5 DECLARACIONES, GARANTÍAS Y ACUERDOS ...................................................................... 5.1 Leyes Aplicables ...................................................... 5.2 Propiedad Intelectual e Industrial ............................ 5.3 Nacionalidad de Empleados ..................................... 5.4 Declaraciones y Garantías........................................ 5.4.1 Declaraciones y garantías del VENDEDOR..... 5.4.2 Declaraciones y Garantías del COMPRADOR 5.4.3 Cambios de información -- 3 of 62 -- CLÁUSULA 6 OPERACIÓN DE LAS INSTALACIONES 6.1 Reglas de Operación y Mantenimiento de la Planta 6.2 Procedimientos de Operación .................................. 6.3 Operador y Cambio de Operador ............................. 6.4 Pruebas de Funcionamiento ..................................... 6.5 Otorgamiento de Permisos de Entrada ..................... 6.6 Dispositivos de Protección....................................... 6.7 Cambios que Afecten los Dispositivos de Protección ...................................................................... 6.8 Consumibles............................................................. CLÁUSULA 7 INTERCONEXIÓN 7.1 Instalaciones de Interconexión ................................. CLÁUSULA 8 MEDICIÓN .............................................. 8.1 Sistema de Medición Comercial .............................. 8.2 Reparación y Reemplazo del Sistema de Medición . 8.3 Lectura ..................................................................... CLÁUSULA 9 PRECIOS, FACTURACIÓN Y PAGOS 9.1 Obligación de Comprar el Suministro de Energía y Potencia .......................................................................... 9.2 Pago del Suministro de Energía y Potencia ............. 9.3 Pago por Suministro antes de la Fecha de Inicio de Operación Comercial ..................................................... 9.4 Cargo por Obras Financiadas por el VENDEDOR al COMPRADOR (COF) ................................................... 9.5 Otros Cargos Aplicables (OCA) .............................. 9.5.1 Indisponibilidad del SIN de Recibir Energía de la Planta...................................................................... 9.6 Forma de Pago y Facturación .................................. 9.6.1 Facturación y Pagos .......................................... 9.6.2 Última Facturación al Terminar el Contrato ..... 9.6.3 Intereses ............................................................ 9.7 Acuerdo de Apoyo CLÁUSULA 10 PRUEBAS .............................................. 10.1 Prueba de Capacidad Inicial................................... 10.2 Protocolo de Pruebas.............................................. CLÁUSULA 11 SEGUROS -- 4 of 62 -- 11.1 Seguros ................................................................... C L Á U S U L A 1 2 R E S P O N S A B I L I D A D , INCUMPLIMIENTO Y GARANTÍAS ............................. 12.1 Limitación de Responsabilidad .............................. 12.2 Indemnización por Multas y Cargos ...................... 12.3 Riesgo de Pérdida .................................................. 12.3.1 Riesgo de Pérdida del VENDEDOR............... 12.3.2 Riesgo de Pérdida del COMPRADOR ........... 12.4 Solidaridad ............................................................. 12.5 Ajuste por no alcanzar el Factor de Planta Anual Garantizado .................................................................... 12.6 Cálculo de Penalidades y su Pago .......................... 12.7 Garantía de Cumplimiento ..................................... CLÁUSULA 13 FUERZA MAYOR O CASO FORTUITO .................................................................... 13.1 Aplicación de Fuerza Mayor o Caso Fortuito ........ 13.2 Deber de Probar 13.3 Efecto de Fuerza Mayor o Caso Fortuito ............... 13.4 Obligaciones Previas de Pago no Condonadas ...... 13.5 Prórroga de Límites de Tiempo.............................. CLÁUSULA 14 IMPUESTOS Y RECLAMOS ............... 14.1 Impuestos Aplicables ............................................. 14.2 Reembolso de Diferencias ..................................... CLÁUSULA 15 RESOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS O DISPUTAS ..................................................................... 15.1 Resolución de Disputas en Consultas y Negociaciones ................................................................ &ODVL¿FDFLyQGH'LVSXWDV ....................................... 15.3 Resolución de las Disputas Técnicas ..................... 15.4 Resolución de Otras Disputas ................................ 15.5 Cumplimiento ........................................................ CLÁUSULA 16 MEDIO AMBIENTE ............................. 16.1 Leyes Ambientales ................................................. 16.2 Estudio Ambiental.................................................. 16.3 Licencia Ambiental para las Obras de Ampliación de Sistema Interconectado Nacional .............................. CLÁUSULA 17 AVISOS .................................................. -- 5 of 62 -- 17.1 Direcciones y Destinatarios 17.2 Cambios de Dirección ............................................ CLÁUSULA 18 PREVISIONES VARIAS ....................... 0RGL¿FDFLyQ .......................................................... 18.2 Sucesores, Cesionarios y Designados .................... 18.3 Disposiciones Supletorias ...................................... 18.4 Encabezamientos.................................................... 18.5 Terceras Partes ....................................................... 18.6 Irrenunciabilidad .................................................... 18.7 Relación de las Partes ............................................ 18.8 Subsistencia de Obligaciones ................................. 18.9 Divisibilidad........................................................... 18.10 Mantenimiento de Registros ................................ &RQ¿GHQFLDOLGDG .................................................. 18.12 Triplicados............................................................ CLÁUSULA 19 CAMBIO REGULATORIO ................... 19.1 Cambios Regulatorios ............................................ CLÁUSULA 20 CESIÓN Y DERECHO A GRAVAR...... 20.1 Cesión por Parte del VENDEDOR ........................ 20.2 Cesión por Parte del COMPRADOR 20.3 Consentimiento para Cesión .................................. 20.4 Autorización escrita de Cesión............................... 20.5 Efectos de la Cesión del Contrato .......................... 20.6 Derecho a Gravar ................................................... CLÁUSULA 21 VENTA A TERCEROS ...................... CLÁUSULA 22 INTEGRIDAD ....................................... ANEXO I DESCRIPCIÓN DE LA PLANTA Y DEL SITIO ................................................................................. ANEXO II CONDICIONES DE INTERCONEXIÓN ...... ANEXO III CONTROL Y OPERACIÓN DE LA PLANTA Y LÍMITES TÉCNICOS.................................................... ANEXO IV CONDICIONES DE OPERACIÓN .............. A N E X O V M O D E L O D E G A R A N T Í A D E CUMPLIMIENTO DE CONTRATO ................................ A N E X O V I C O M I T É O P E R AT I V O Y S U S FACULTADES................................................................... -- 6 of 62 -- ANEXO VII REQUERIMIENTOS DEL SISTEMA DE MEDICIÓN COMERCIAL ............................................... ANEXO VIII ACUERDO DE APOYO ............................. ANEXO IX MODELO DEL CERTIFICADO DE LA FECHA DE INICIO DE OPERACIÓN COMERCIAL ………………………………………………………....... S E C C I Ó N 1 : A C U E R D O C O N T R A C T U A L . CONTRATO DE SUMINISTRO DE POTENCIA Y ENERGÍA ELÉCTRICA ASOCIADA ENTRE LA EMPRESA NACIONAL DE ENERGÍA ELÉCTRICA E HIDROENERGÍA, S.A. DE C.V. Nosotros, la EMPRESA NACIONAL DE ENERGÍA ELÉCTRICA, una Institución descentralizada del Estado de Honduras, creada mediante Decreto Ley No. 48 del 20 de Febrero de 1957 y representada en este acto por el Señor EMIL MAHFUZ +$:,70('5$12PD\RUGHHGDGVROWHUR/LFHQFLDGRHQ Administración de Empresas, de nacionalidad hondureña y de este domicilio, con Tarjeta de Identidad No.1804-1958-01845, TXLHQ DFUHGLWD VX UHSUHVHQWDFLyQ FRQ OD &HUWL¿FDFLyQ GHO Acuerdo No. 02-JD-EX-2012 emitido en el Punto 03 del Acta No. JD-EX-02-2012 de la sesión extraordinaria celebrada por la Junta Directiva de la Empresa Nacional de Energía Eléctrica HOGH)HEUHURGHFRQIDFXOWDGHVVX¿FLHQWHVSDUD¿UPDU HVWH&RQWUDWRVHJ~Q5HVROXFLyQQ~PHUR-' HPLWLGDHQHO3XQWR,QFLVR1XPHUDOGHO$FWD1~PHUR JD-1115-2014, de la Sesión Ordinaria celebrada por la Junta Directiva de la ENEE el 26 de Junio de 2014, quién de aquí en adelante se denominará el COMPRADOR e Hidroenergía, S.A. de C.V., HIDROENERGIA, una empresa constituida FRQIRUPHDODVOH\HVGHOD5HS~EOLFDGH+RQGXUDVLQVFULWD con No. 24 tomo 4 del Registro de Comerciantes Sociales de Santa Rosa de Copán, quien en adelante se denomina el VENDEDOR UHSUHVHQWDGD HQ HVWH DFWR SRU -RVp 5D~O :HOFKH]9LOODPLOPD\RUGHHGDG&DVDGR,QJHQLHUR&LYLO GHQDFLRQDOLGDGKRQGXUHxDFRQGRFXPHQWRGHLGHQWL¿FDFLyQ 0801-1957-00375, con domicilio en Copán Ruinas, actuando en carácter de Presidente del Consejo de Administración, FRQSRGHUHVVX¿FLHQWHVSDUDOD¿UPDGHOSUHVHQWHFRQWUDWR de conformidad al poder general de administración otorgado D VX QRPEUH FRQWHQLGR HQ HO ,QVWUXPHQWR 3~EOLFR 1R de la Constitución de la Empresa, Inscrita con No. 24 tomo 4 del Registro de Comerciantes Sociales de Santa Rosa de Copán, habiendo mutuamente examinado y encontrado satisfactorias las respectivas manifestaciones con que actuamos y de conformidad con las leyes de Honduras, hemos decidido celebrar y por este acto celebramos el presente Contrato de Suministro de Potencia y Energía Eléctrica Asociada, de conformidad con las Cláusulas establecidas aquí. A. DOCUMENTOS DEL CONTRATO. Los siguientes documentos constituyen el Contrato entre el COMPRADOR y el VENDEDOR y constituyen un solo cuerpo que debe interpretarse de manera integral: el Acuerdo Contractual, las &RQGLFLRQHV*HQHUDOHV\VXVDQH[RV(QFDVRGHFRQÀLFWRR ambigüedad, el orden de precedencia estará establecido por el orden en que los documentos fueron listados. B.TÉRMINO DEL CONTRATO. El término de este Contrato paraORV¿QHV establecidos en la Cláusula 2.1 Descripción General del Objeto del Contrato, de las Condiciones Generales es de Veinte (20) años contados a partir de la Fecha de Inicio de Operación Comercial. C. DESCRIPCIÓN GENERAL DE LA PLANTA. Nombre del Proyecto: -- 7 of 62 -- Lagunetas Fase II (Bajo Grande) Localización Municipios: Victoria y Santa Cruz de Yojoa Departamentos: Yoro y Cortés Coordenadas: 1672150, 419250 Tecnología: Kaplan &DSDFLGDG,QVWDODGD 0: 3URGXFFLyQ$QXDOGH(QHUJtD 0:K &DSDFLGDG0i[LPDD(QWUHJDU 0: Punto de Entrega: Subestación Caracol, en la barra de 138 kV Punto de Medición: Subestación Caracol, en la barra de 138 kV Factor de Planta Garantizado (%): 68.82 D. FECHA PROGRAMADA DE INICIO DE OPERACIÓN COMERCIAL. El VENDEDOR establece que tiene programado poner en operación comercial la Planta a más tardar el 30 de noviembre de 2018. E. INSTALACIONES DE INTERCONEXIÓN, PUNTO DE ENTREGA Y MEDICIÓN. 3DUDORV¿QHVHVWDEOHFLGRVHQOD&OiXVXOD,QVWDODFLRQHV de Interconexión de las Condiciones Generales, el Punto de Interconexión estará ubicado en Subestación Caracol, en la barra de 138 kV. F. AMPLIACIÓN DEL SISTEMA INTERCONECTADO NACIONAL. Cualquier obra o mejora TXHDOD¿UPDGHO&RQWUDWRVHKDLGHQWL¿FDGRFRPRQHFHVDULD para recibir la energía producida por la Planta, será construida a cuenta y riesgo del VENDEDOR. Los diseños de tales obras serán aprobados por el COMPRADOR. G. PRECIO '(&2035$'((1(5*Ë$<327(1&,$3DUDORV¿QHV establecidos en la Cláusula 9.2 en relación al pago de la energía y potencia se establece que el Precio Base de Energía tiene un valor de ciento catorce dólares de los Estados Unidos de América con catorce centavos por Megavatio-hora (114.14 86'0:K \HO3UHFLR%DVHGH3RWHQFLDWLHQHXQYDORUGH ocho dólares de los Estados Unidos de América con noventa y GRVFHQWDYRVSRUNLORYDWLRPHV 86'N:PHV YDORUHV TXHIXHURQSXEOLFDGRVHQHO'LDULR2¿FLDO/D*DFHWDHO de Enero de 2014. H. COMUNICACIONES ENTRE LAS 3$57(63DUDORV¿QHVHVWDEOHFLGRVHQOD&OiXVXOD$YLVRV de las Condiciones Generales, la dirección de las Partes será la siguiente: Para el VENDEDOR: Hidroenergía S.A. de C.V. Colonia el Alamo, 100 metros del Instituto Central Vicente Cáceres, Comayagüela. Tegucigalpa, M.D.C., Francisco Morazán, Honduras Atención: Presidente Consejo de Administración Teléfono: (504) 2225-4620 Fax: (504) 2225-4620 Email: hidroenergia@contempohn.com Para el COMPRADOR: Empresa Nacional de Energía Eléctrica Residencial El Trapiche SLVR(GL¿FLR&RUSRUDWLYR Tegucigalpa, MDC. Honduras, C.A. Atención: Gerente General Teléfono: (504) 2235-2000 Fax: (504) 2235-2294 Email: eneeger@enee.hn I. COMPROMISO DE VENTA AL COMPRADOR. El VENDEDOR se compromete a vender al COMPRADOR no menos de 105,385.51 Megavatios hora anuales y una potencia -- 8 of 62 -- de 17.48 Megavatios. J. MONTO DE LA GARANTÍA. Para ORV ¿QHV GH OD &OiXVXOD *DUDQWtD GH &XPSOLPLHQWR el VENDEDOR constituirá una Garantía a nombre del COMPRADOR por un monto de Dos millones Ciento ochenta mil novecientos cincuenta y siete (2,180,957.00) USD. Ambas 3DUWHVPDQL¿HVWDQHVWDUGHDFXHUGRFRQHOFRQWHQLGRGHWRGDV y cada una de las cláusulas de este Contrato y para constancia ¿UPDPRVHQWUHV RULJLQDOHVGHLJXDOYDOLGH]HQODFLXGDG de Tegucigalpa, MDC, Departamento Francisco Morazán, el día 3 del mes de Julio de 2014. POR EL COMPRADOR ) (0,/+$:,70('5$12*HUHQWH*HQHUDO POR EL 9(1'('25 )<6 -26e5$Ò/:(/&+(=9,//$0,/ Presidente Consejo de Administración. K. SIGLAS Y ABREVIATURAS. N: .LORYDWLR N:K .LORYDWLRKRUD 0: 0HJDYDWLR HTXLYDOHQWHD kilovatios) 0:K 0HJDYDWLRKRUD RTU - Unidad Terminal Remota SERNA - Secretaría de Estado en los Despachos de Recursos Naturales y Ambiente. SECCIÓN 2: CONDICIONES GENERALES. CLÁUSULA '(),1,&,21(6'H¿QLFLRQHVDondequiera que los siguientes vocablos, frases, oraciones, aparezcan en este Contrato o en los anexos a éste, ya sea en singular o en plural, HQJpQHURPDVFXOLQRRIHPHQLQRWHQGUiQHOVLJQL¿FDGRDEDMR expresado, a menos que dentro del contexto donde se utilicen H[SUHVHQRWURVLJQL¿FDGR$FXHUGRGH$SR\R Documento celebrado entre el VENDEDOR y la Procuraduría General de OD5HS~EOLFDFRQDYDOVROLGDULRGHOD6HFUHWDUtDGH(VWDGRHQ el Despacho de Finanzas, para el cumplimiento de este contrato cubriendo hasta las cantidades de potencia y energía eléctrica objeto del mismo, en el formato incluido en los anexos. 2.$xR &DOHQGDULR 6LJQL¿FD HO SHUtRGR GH GRFH meses consecutivos que comienza cada primero de enero y termina el día 31 de diciembre del mismo año. 3.$xR GH 2SHUDFLyQ&RPHUFLDO±6LJQL¿FDFDGDSHUtRGRGHGRFH meses consecutivos a partir de la Fecha de Inicio de Operación Comercial. 4.$YLVRGH,QFXPSOLPLHQWR Un aviso escrito de incumplimiento del Contrato entregado, ya sea por el COMPRADOR o por el VENDEDOR. 5. $YLVR GH 7HUPLQDFLyQ Un aviso escrito de terminación del Contrato entregado, ya sea por el COMPRADOR o por el VENDEDOR. 6.&DSDFLGDG6LJQL¿FDODPi[LPDSRWHQFLDHOpFWULFDTXHXQ equipo, planta o sistema es capaz de generar bajo determinadas condiciones. 7. &DSDFLGDG &RPSURPHWLGD 6LJQL¿FD OD capacidad media que el VENDEDOR reservará en cada mes para cubrir las necesidades y compromisos del COMPRADOR contemplados en este Contrato y que será suministrado en el 3XQWRGH(QWUHJD3DUDORV¿QHVGHO&RQWUDWROD&DSDFLGDG Comprometida se establece en literal I COMPROMISO DE VENTA AL COMPRADOR del Acuerdo Contractual. 8. &DSDFLGDG 'HFODUDGD Capacidad disponible para ser JHQHUDGDSRUOD3ODQWDVHJ~QODGLVSRQLELOLGDGGHOUHFXUVR renovable utilizado y las Prácticas Prudentes de Servicio Eléctrico, tal como sea comunicada anticipadamente hora a hora por el VENDEDOR al Centro Nacional de Despacho (CND), de acuerdo al Programa de Generación. 9.&DSDFLGDG ,QLFLDO 6LJQL¿FD OD &DSDFLGDG GH OD 3ODQWD DO LQLFLR GH OD Operación Comercial. 10. &DSDFLGDG ,QVWDODGD Es la capacidad, calculada en el punto de mayor tensión en la Planta, que resulta de la suma de las capacidades nominales del equipo GHJHQHUDFLyQFRUUHJLGRSRUODH¿FLHQFLD\SpUGLGDVGHORV equipos auxiliares y las líneas de conducción. 11.&DSDFLGDG -- 9 of 62 -- 0i[LPDD(QWUHJDU- Es la Capacidad máxima que se puede registrar en el Punto de Entrega mediante la Capacidad Instalada una vez que se consideren las pérdidas y las eficiencias de los equipos asociados. 12. &DSDFLGDG 1RPLQDO.- Es la potencia nominal que cada Unidad tiene descrita en los datos de placa del fabricante. 13.&DSDFLGDG GH3RWHQFLD3DUDXQPHVGHWHUPLQDGRVLJQL¿FDOD(QHUJtD Eléctrica Facturada en las Horas Punta de dicho mes, dividida HQWUHHOQ~PHURGH+RUDV3XQWDGHWDOPHV&DVR)RUWXLWR Se considera Caso Fortuito al acontecimiento proveniente de la naturaleza, imprevisible o que previsto no ha podido evitarse y que imposibilita el cumplimiento parcial o total de las obligaciones derivadas de este Contrato. Se consideran como Caso Fortuito, entre otros, los siguientes eventos: epidemias, terremotos, deslizamiento de tierra o desplazamientos de otros materiales, inundaciones, huracanes, fenómenos climáticos extraordinarios, incendios, así como cualquier otro evento imprevisible o inevitable, siempre y cuando ocasione de una manera directa y sustancial que una o ambas Partes no puedan cumplir oportunamente con las obligaciones contenidas en este Contrato. 15. &HVLyQ GHO &RQWUDWR Transferencia de derechos y obligaciones asumidas en este Contrato por cualquiera de las Partes a una tercera persona, quién asume la calidad de la persona que cede, subrogándola en todo o en parte de sus derechos y obligaciones, toda vez que las Partes de manera previa expresen su consentimiento por escrito al efecto, salvo las excepciones contempladas en el presente Contrato. 16. &HVLyQGH%LHQHV Acto mediante el cual una de las Partes cede la universalidad de sus bienes o un porcentaje de los mismos a un tercero para que se garanticen y en su caso se paguen y cancelen las deudas del cedente. 17. &HGHQWH Significa la Parte que transfiere a un tercero, derechos o la universalidad o porcentaje de sus bienes, acciones o valores. 18. &HQWUR 1DFLRQDO GH 'HVSDFKR GH &DUJD &1')- Es la unidad responsable de la operación y supervisión en tiempo real y de forma continua e ininterrumpida del Sistema Interconectado Nacional (SIN). 19.&HVLRQDULR La persona a cuyo favor se hace la cesión de bienes, el traspaso de un crédito o la transmisión de cualesquiera otros derechos. 20.&RPLVLyQ1DFLRQDOGH(QHUJtD &1( Es el organismo asesor técnico para la aplicación de la Ley Marco del Sub- Sector Eléctrico. 21. &RPLWp 2SHUDWLYR Es el comité establecido entre el VENDEDOR y el COMPRADOR con el propósito de coordinar y acordar aspectos técnicos, solución de disputas, reclamos y otras materias de la relación contractual, en todos los casos compatibles con las disposiciones del presente Contrato, las disposiciones, normas e instrucciones que dicte el CND y las Leyes Aplicables. 22. Contrato- Es el acuerdo de suministro de Potencia y su Energía Eléctrica asociada contenido en este instrumento, sus HQPLHQGDVPRGL¿FDFLRQHV\DPSOLDFLRQHVMXQWDPHQWHFRQ todos sus anexos. 23. &RQWUDWRGH2SHUDFLyQ- Es el contrato celebrado entre el VENDEDOR y la SERNA para operar como empresa en el Subsector Eléctrico. 24.&RVWR0DUJLQDOGH &RUWR3OD]RGHOD(QHUJtD6LJQL¿FDHOYDORUEDVHFRQTXH el COMPRADOR paga al VENDEDOR por la energía que se le suministra en el Punto de Entrega y que es sujeto de los ajustes previstos en este Contrato. 25.&RVWR0DUJLQDOGH &RUWR3OD]RGHOD3RWHQFLD6LJQL¿FDHOYDORUFRQHOFXDOHO COMPRADOR paga al VENDEDOR la Capacidad de Potencia puesta a disposición por el VENDEDOR. 26. 'HVSDFKR Es la potestad del CND de dictar instrucciones de DFXHUGRFRQD ORV/tPLWHV7pFQLFRV¿MDGRVHQHVWH&RQWUDWR conforme a lo establecido por el fabricante del equipo, y b) las Leyes Aplicables, para programar y controlar la generación de la Planta e iniciar, aumentar, disminuir o interrumpir la -- 10 of 62 -- producción de energía destinada al SIN. 27.'tD6LJQL¿FDXQ GtDFDOHQGDULRFRPHQ]DQGRDODKRUD KRUDR¿FLDOGH OD 5HS~EOLFD GH +RQGXUDV GH GLFKR GtD FDOHQGDULR \ WHUPLQDQGRDODVKRUDV KRUDR¿FLDOGHOD5HS~EOLFD de Honduras) de ese mismo día calendario. 28. 'tD +iELO $GPLQLVWUDWLYRAplicable para las Partes, es cualquier día de lunes a jueves con horario de 8:00 am a 4:00 pm y viernes de 8:00 am a 3:00 pm o el horario que esté vigente en ese momento, exceptuando los días feriados y el 3 de febrero para Tegucigalpa. 29.'yODUHVR86'- Moneda de curso legal de los Estados Unidos de América. 30. (PHUJHQFLD Una condición o situación que, basado en Prácticas Prudentes de la Industria Eléctrica, a juicio del CND y/o del VENDEDOR, amenaza la vida humana o afecta en forma sustancial y adversa la capacidad del Sistema Interconectado Nacional o de la Planta del VENDEDOR para mantener un servicio de suministro de energía eléctrica continuo, adecuado y en las condiciones de seguridad preestablecidas. 31. (QHUJtD $VRFLDGD Energía eléctrica entregada por el VENDEDOR al SIN y registrada por el Equipo de Medición en el Punto de Entrega. 32.(QHUJtD(OpFWULFD)DFWXUDGD Energía eléctrica PHGLGDHQNLORYDWLRVKRUD N:K HQWUHJDGD\IDFWXUDGDSRU el VENDEDOR al COMPRADOR en el Punto de Entrega. 33. (QHUJtD (QWUHJDGD$QXDO- Es el total de la Energía Eléctrica entregada por el VENDEDOR al SIN durante un Año Calendario cualquiera. 34.(QHUJtDGH3UXHED Es toda la energía producida por la Planta durante el período de prueba de los equipos y sistemas, que ha sido entregada al COMPRADOR previo a la Fecha de Inicio de Operación Comercial. 35.(QHUJtD(OpFWULFD Es el producto generado por la Planta del VENDEDOR y que es entregado al SIN conforme a los términos de este Contrato. Está expresado en NLORYDWLRVKRUD N:K )DFWRUGH3ODQWD$QXDO Es el valor que se calcula de conformidad con lo establecido en la Cláusula 12.5 Ajuste por no alcanzar el Factor de Planta Anual Garantizado. 37.)DFWRUGH3ODQWD*DUDQWL]DGR Es el Factor de Planta Anual que el VENDEDOR garantiza para cada año de Operación Comercial de la Planta y el cual se establece en el literal C DESCRIPCIÓN GENERAL DE LA PLANTA. 38. Falla-(VODVLWXDFLyQTXHUHVXOWDGHXQDIDOWDGH¿FLHQFLD o error en las obligaciones establecidas en este Contrato y que afecte de manera sustancial la ejecución del mismo. 39.)HFKD GH,QLFLRGH2SHUDFLyQ&RPHUFLDO6LJQL¿FDODIHFKDDSDUWLU GH OD FXDO OD 3ODQWD VH FRQVLGHUD HQ RSHUDFLyQ FRQ¿DEOH \ continua y ha cumplido con lo establecido en la Cláusula 4.2 Puesta en Operación Comercial. 40.)HFKDGH3DJR± Es la fecha en que el COMPRADOR hace efectivo el pago al VENDEDOR por la venta de Potencia y Energía Eléctrica Facturada y que corresponde al Día cuarenta y cinco contado a partir de la fecha de entrega de la factura sin errores. 41. )HFKDGH9LJHQFLD± Será la fecha que resulte de lo establecido en la Cláusula 4.1 Entrada en Vigencia. 42.)HFKD3URJUDPDGD GH,QLFLRGH2SHUDFLyQ&RPHUFLDO Es la fecha consignada en el literal D FECHA PROGRAMADA DE INICIO DE OPERACIÓN COMERCIAL del Acuerdo Contractual de este Contrato. 43. )LQDQFLVWD Significa cualquier persona, nacional o extranjera, que provee financiamiento o UH¿QDQFLDPLHQWRHQFXDOTXLHUPRGDOLGDGSDUDHOGHVDUUROOR construcción u operación de las facilidades de generación y obras asociadas del VENDEDOR y a cuyo favor se podrá hacer una Cesión del Contrato y Cesión de Bienes para efectos GHJDUDQWL]DUGLFKR¿QDQFLDPLHQWRRUH¿QDQFLDPLHQWRFRPR sea aplicable. 44.)XHU]D0D\RU Se considera Fuerza Mayor, la proveniente de la acción del hombre, acontecimiento imprevisible o que previsto no ha podido evitarse y que imposibilita el cumplimiento, parcial o total de las obligaciones -- 11 of 62 -- derivadas de este Contrato. Se consideran Casos de Fuerza Mayor, entre otros, los siguientes eventos: guerras, revoluciones, insurrecciones, disturbios civiles, bloqueos, embargos, huelgas, sabotajes, accidentes, incendios así como cualesquiera otras causas, que sean del tipo antes señalado, siempre y cuando ocasione de una manera directa que cualquiera de las Partes no pueda cumplir oportunamente con las obligaciones contenidas en el Contrato. 45. *UDQGHV &RQVXPLGRUHV Son los consumidores servidos a una tensión de al menos 13.8 kV y cuya demanda máxima sea de por lo PHQRV N: \ FX\D FDOL¿FDFLyQ SXHGH SHULyGLFDPHQWH PRGL¿FDUOD&1(+RUDV3XQWD Es el período para los días laborables comprendido de las 11:00 hasta las 13:00 horas y el período de las 18:00 hasta las 20:00 horas. 47.ËQGLFHGH 3UHFLRV DO &RQVXPLGRU &3, Es el índice de precios al consumidor urbano conocido como CPI por sus siglas en inglés, publicado por el Departamento de Trabajo de los (VWDGRV 8QLGRV GH$PpULFD \ TXH VLJQL¿FD OD PHGLGD GHO cambio promedio en el tiempo en precios de bienes y servicios comprados en todos los hogares urbanos de los Estados Unidos de América, sin ajustes (Consumer Price Index for all Urban Consumers CPI-U, U.S., City Average Unadjusted all items). 48. ,QVWDODFLRQHV GH ,QWHUFRQH[LyQ 6LJQL¿FD ODV QXHYDV instalaciones de la línea de transporte que conecta la Planta al Punto de Interconexión, incluyendo pórticos, interruptores y seccionadores, equipo de protección y control, equipos de medición, transformadores de corriente y de potencial, líneas de transmisión, sistemas de comunicación, procesador de comunicaciones para transmisión de datos al CND, compatible con los equipos del SCADA del CND y transductores de medición de tensión, frecuencia, potencia activa y potencia reactiva hasta el Punto de Interconexión. 49./H\0DUFRGHO 6XEVHFWRU(OpFWULFR\VX5HJODPHQWR± Es el Decreto No. SXEOLFDGRHQHO'LDULR2¿FLDO/D*DFHWDGHOGH Noviembre de 1994 y su Reglamento, Acuerdo No. 934-97 SXEOLFDGRHQHO'LDULR2¿FLDO/D*DFHWDGHOGH$EULOGH 1999. 50./H\GH3URPRFLyQDOD*HQHUDFLyQGH(QHUJtD (OpFWULFDFRQ5HFXUVRV5HQRYDEOHV Es el Decreto No. 70- SXEOLFDGRHOGH2FWXEUHGHHQHOQ~PHUR GHO'LDULR2¿FLDO/D*DFHWDODLQWHUSUHWDFLyQFRQWHQLGDHQ HO'HFUHWR1RSXEOLFDGRHQHO'LDULR2¿FLDO/D Gaceta en fecha 14 de Octubre del 2009 y el Decreto 138-2013 publicado en fecha primero de agosto 2013. 51. /H\HV $SOLFDEOHV6LJQL¿FDWRGDVODVOH\HVWUDWDGRVUHJODPHQWRV decretos, normas, reglas, ordenanzas, decisiones, resoluciones, sentencias, órdenes judiciales, interpretaciones y autorizaciones emitidas de acuerdo y con fundamento en la Ley, por cualquier autoridad gubernamental con jurisdicción y competencia sobre la materia en cuestión y que se encuentren en vigor en el PRPHQWR GH OD ¿UPD GHO SUHVHQWH &RQWUDWR /LFHQFLD $PELHQWDO6LJQL¿FDHOSHUPLVRTXHH[WLHQGHOD6HFUHWDUtD de Estado en los Despachos de Recursos Naturales y Ambiente para: a) la construcción y operación comercial de la Planta y b) para las obras de expansión del Sistema Interconectado Nacional y el contrato de mitigación que establece como resultado de cada evaluación de impacto ambiental, las responsabilidades y obligaciones que el VENDEDOR o el COMPRADOR debe cumplir. 53. /tPLWHV 7pFQLFRV Los OtPLWHV\UHVWULFFLRQHVGH¿QLGDVHQHO$QH[R,,,QXPHUDOGH este Contrato, así como las recomendaciones técnicas del fabricante de los equipos que son parte de la Planta. 54. 0HV 6LJQL¿FDXQPHVFDOHQGDULRFRPHQ]DQGRDODKRUD KRUD R¿FLDOGHOD5HS~EOLFDGH+RQGXUDV GHO'tDGHFDGDPHV \WHUPLQDQGRDODVKRUDV KRUDR¿FLDOGHOD5HS~EOLFD GH+RQGXUDV GHO~OWLPR'tDGHOPLVPRPHV2SHUDFLyQ &RPHUFLDO Es el periodo que inicia en la Fecha de Inicio de -- 12 of 62 -- Operación Comercial y transcurre durante todo el período de duración del Contrato, como se establece el literal B TÉRMINO DEL CONTRATO del Acuerdo Contractual. 56. 3DUR)RU]DGR6LJQL¿FDODLQWHUUXSFLyQGHODFDSDFLGDGGH generación de la totalidad de la Planta que no se deba a un Paro Programado ni a un evento de Fuerza Mayor o Caso Fortuito. 57.3DUR3URJUDPDGR6LJQL¿FDXQDLQWHUUXSFLyQ programada de la producción de energía eléctrica de parte o la totalidad de la Planta, que es necesaria a los efectos de realizar una inspección u operaciones de mantenimiento. 58. 3DUWH V 6LJQL¿FD HO &2035$'25 R HO9(1'('25 R ambos. 59.3HULWR7pFQLFR6LJQL¿FDODSHUVRQDRSHUVRQDV FDOL¿FDGDVQRPEUDGDVSRUODV3DUWHVRSRUXQWHUFHURDSHWLFLyQ de las mismas, para resolver una discrepancia de carácter técnico surgida entre ellas. 60. Planta- Es el conjunto de maquinaria, obras civiles, equipos eléctricos, mecánicos, subestaciones de transformación, líneas de transmisión y sus componentes y los elementos necesarios para su operación FRQ¿DEOH\FRQWLQXDLQVWDODGRVKDVWDHO3XQWRGH(QWUHJD que serán operados y mantenidos por el VENDEDOR y que serán de su propiedad, los cuales son requeridos para producir y suministrar energía y potencia al COMPRADOR en el Punto de Entrega cuya descripción se detalla en el Anexo II. 61. 3UiFWLFDV 3UXGHQWHV GH OD ,QGXVWULD (OpFWULFD Son los métodos que se utilizan o cuya utilización es razonable esperar con relación a la operación y mantenimiento óptimo de plantas generadoras de energía eléctrica de similar tamaño y características y que están de acuerdo con las recomendaciones y requisitos de los fabricantes de equipos, con las normas de ODLQGXVWULDHOpFWULFDFRQFRQVLGHUDFLRQHVGHFRQ¿DELOLGDG VHJXULGDG H¿FLHQFLD \ DPELHQWH DVt FRPR FRQ FXDOTXLHU regulación gubernamental vigente durante el Término del Contrato. 62. 3URJUDPD $QXDO GH *HQHUDFLyQ Es el documento elaborado por el VENDEDOR, de acuerdo al formato establecido por el CND, que contiene para cada Mes del Año Calendario que abarca tal programa, la cantidad total de Potencia y Energía Eléctrica asociada que el VENDEDOR propone entregar en el Punto de Entrega, sean estas cantidades destinadas al COMPRADOR y/o a terceros que sean autorizados por el COMPRADOR. 63.3URJUDPD$QXDOGH 0DQWHQLPLHQWR Es el programa que el VENDEDOR somete a la consideración del COMPRADOR en el que describe para cada Mes del Año Calendario para el cual se elabora, el total de Unidades que se encuentran indisponibles, así como la Capacidad disponible resultante. Tal programa debe indicar las fechas preferidas del VENDEDOR y la duración estimada de cada mantenimiento programado. 64. 3UXHED GH &DSDFLGDG6LJQL¿FDODSUXHEDUHDOL]DGDDOD3ODQWD\VXV equipos auxiliares para determinar la Capacidad de la Planta, de acuerdo a la Cláusula 10 Pruebas. 65.3XQWRGH(QWUHJD Es el punto en el cual el VENDEDOR entrega al COMPRADOR la Energía Eléctrica destinada a éste y a terceros, si los hubiera. (VWH SXQWR GH¿QLUi HO OtPLWH GH UHVSRQVDELOLGDG GH DPEDV Partes para el mantenimiento y operación de las instalaciones. (O3XQWRGH(QWUHJDHVHOLQGLFDGRHQHOGLDJUDPDXQL¿ODUGH la Planta que se muestra en el Anexo II, que forma parte integral de este Contrato. 66. 3XQWR GH ,QWHUFRQH[LyQ 6LJQL¿FDODXELFDFLyQItVLFDGRQGHVHFRQHFWDQODV,QVWDODFLRQHV de Interconexión con el SIN, el cual se muestra en el Anexo II. 67.3XQWRGH0HGLFLyQ Es el punto donde se instalan los transformadores de corriente y tensión que generan las señales para los equipos de medición de Energía Eléctrica objeto de HVWH &RQWUDWR GH¿QLGR GH FRQIRUPLGDG DO$QH[R ,, 6HUYLFLRV$X[LOLDUHV Se entenderá por servicios auxiliares los siguientes: a) la generación o absorción de potencia reactiva hasta el límite de la capacidad del equipo de -- 13 of 62 -- generación, considerando la potencia activa que tal equipo de generación genere simultáneamente con la producción o absorción de potencia reactiva; b) la participación en la tarea de regulación de la frecuencia tanto en su modalidad primaria como secundaria; c) el suministro de capacidad de reserva rodante; d) la colaboración para mantener el servicio en situaciones de emergencia; e) la colaboración en las tareas de restablecimiento del servicio; en su caso, incluyendo los arranques en condiciones de apagón (Black Start) y la alimentación autónoma de islas de carga como lo requiera el CND. 69. 6LVWHPD ,QWHUFRQHFWDGR 1DFLRQDO 6,1 Es el integrado por las centrales generadoras, sistemas de distribución y el subconjunto de elementos del sistema de transmisión y de subtransmisión que los unen físicamente sin interrupción y que se encuentran localizados dentro del WHUULWRULRGHOD5HS~EOLFDGH+RQGXUDV7DVDGH&DPELR± 6LJQL¿FD HO SUHFLR SURPHGLR GH YHQWD GH 'yODUHV GH ORV Estados Unidos de América a los particulares en las subastas S~EOLFDV GH GLYLVDV TXH OOHYD D FDER HO %DQFR &HQWUDO GH Honduras y en caso que se dejara de utilizar tal sistema, será la Tasa de Cambio determinada de acuerdo con las normas cambiarias en vigor. 71. 7DVD 3URPHGLR 6LJQL¿FD OD WDVD promedio ponderado para operaciones activas en moneda nacional del sistema bancario nacional y se tomará de la publicación “Resumen de Tasas de Interés Sobre Operaciones Nuevas del Sistema Bancario” del Banco Central de Honduras o la publicación análoga que publique dicha institución, correspondiente al promedio ponderado del Mes inmediatamente anterior a la fecha en que se necesite aplicar. 72. 8QLGDGHV GH OD 3ODQWD R 8QLGDGHV Cada uno de los módulos que componen la Planta. CLÁUSULA 2. OBJETO '(/ &2175$72 'HVFULSFLyQ *HQHUDO GHO 2EMHWR GHO &RQWUDWR El presente Contrato tiene por objeto el suministro de energía y potencia por el VENDEDOR al &2035$'25GXUDQWHHO7pUPLQRGHO&RQWUDWR6HJ~QVH estipula en este Contrato, el COMPRADOR comprará toda la energía y potencia eléctrica generada por la Planta que sea entregada, medida y facturada por el VENDEDOR. El cumplimiento, entre otros, respecto a la Fecha de Inicio de Operación Comercial, el precio, la Capacidad de Potencia y el Punto de Entrega, estarán regulados por las disposiciones establecidas en este Contrato.2EOLJDFLyQGH&RQVWUXLU 2SHUDU\0DQWHQHU Para efecto de cumplir con el objeto del Contrato, el VENDEDOR se obliga, a su propio riesgo y costo, a construir, operar y mantener una Planta generadora de su SURSLHGDG/D3ODQWDFXPSOLUiODVHVSHFL¿FDFLRQHVWpFQLFDV de desempeño detalladas en los anexos III y IV de este Contrato. La Operación Comercial dará inicio en la fecha que se cumplan las condiciones previstas en este Contrato para tal fin. El VENDEDOR se obliga además, a realizar la conexión de la Planta al Punto de Interconexión, tal como se detalla en este Contrato y suministrar energía y potencia eléctrica en el Punto de Entrega al COMPRADOR, quien deberá pagar conforme a las estipulaciones establecidas en este Contrato. El VENDEDOR tendrá pleno control y responsabilidad por la operación y el mantenimiento de la Planta de acuerdo a los estándares de funcionamiento, conforme a las Prácticas Prudentes de la Industria Eléctrica y los términos y condiciones de este Contrato, utilizando un Programa de Mantenimiento de acuerdo a las recomendaciones del fabricante. En lo que no esté regulado por este Contrato se aplicarán las prácticas del VENDEDOR. Asimismo, el VENDEDOR se obliga a su propio riesgo y costo, a diseñar, suministrar, construir y conectar las obras necesarias para hacer disponible y/o entregar la energía y potencia a suministrar en el Punto de Entrega. 2EOLJDFLyQ GH -- 14 of 62 -- &RPSUD \ 9HQWD La producción de la Planta debe ser utilizada de manera prioritaria para satisfacer, en el Punto de (QWUHJDOD&DSDFLGDG&RPSURPHWLGDODFXDOVHHVSHFL¿FDHQ el literal I COMPROMISO DE VENTA AL COMPRADOR del Acuerdo Contractual. El COMPRADOR se obliga a comprar y pagar al VENDEDOR toda la energía y potencia facturada de acuerdo con los precios, términos y condiciones establecidos en este Contrato. Las Partes reconocen que la obligación del VENDEDOR bajo este Contrato será entregar energía y potencia al SIN en el Punto de Entrega. 2.4 &RPSURPLVRGH'HVSDFKRGH(QHUJtDEl COMPRADOR por medio del CND, obligatoriamente despachará toda la energía que el VENDEDOR produzca y entregue en el Punto de Entrega, durante toda la vigencia de este Contrato. El Despacho obligatorio tendrá las excepciones siguientes: a) Cuando los embalses de las centrales hidroeléctricas de propiedad estatal estén derramando y la toma de la producción del VENDEDOR necesite una reducción de la producción de HVDVFHQWUDOHVFRQXQFRQVHFXHQWHDXPHQWRGHORVYRO~PHQHV derramados; b) Cuando las fallas en la Planta del VENDEDOR estén causando perturbaciones en el SIN; y, c)Cuando la Planta esté desconectada del SIN en situaciones de Emergencia o durante el restablecimiento del servicio después de una falla, mientras el CND no le haya dado instrucciones de conectarse nuevamente a la red y esta condición sea técnicamente MXVWL¿FDGD9HQWDGH(QHUJtDD7HUFHURVEn caso que durante cuatro (4) meses seguidos el COMPRADOR no cancele totalmente los cargos facturados por el VENDEDOR, el COMPRADOR le otorga la autorización para que el VENDEDOR tenga desde ese momento en adelante el derecho de comprometer o suministrar a terceros cualquier cantidad de energía producida por la Planta. Tal derecho lo ejercerá el 9(1'('25FRQVyORQRWL¿FDUSRUHVFULWRDO&2035$'25 su intención de hacer uso del mismo. El ejercicio de este derecho no eximirá al COMPRADOR de su obligación de compra de la energía y potencia que el VENDEDOR le facture. $O KDFHU XVR GH VX GHUHFKR GH YHQWD D WHUFHURV VHJ~Q HVWD FOiXVXODHO9(1'('25SDJDUiSRUSHDMH86'N:K que venda a terceros y suministrará al COMPRADOR el uno por ciento (1%) de energía por pérdidas correspondiente a la energía transferida a terceros de conformidad con lo establecido en el Decreto No. 70-2007. El procedimiento para facturar a terceros será establecido por el Comité Operativo previo al Inicio de la Operación Comercial de la Planta, considerando las disposiciones legales, regulatorias y de procedimientos de facturación, de tal forma que se alcance la agilización en la emisión de las facturas que emita el COMPRADOR y el VENDEDOR para sus respectivos clientes y que se reduzcan los plazos para que cada Parte reciba sus respectivos pagos por el suministro de potencia y energía eléctrica que haya efectuado en cada período de facturación. Los clientes del VENDEDOR deberán cumplir con las regulaciones que la Comisión Nacional de Energía haya emitido en cumplimiento de las leyes y reglamentos aplicables. La autorización de venta a terceros establecerá las condiciones bajo las cuales ésta se otorga. El Comité Operativo velará porque una vez se cancelen las deudas que llevaron a la suspensión o limitación del suministro al COMPRADOR, éste sea restituido de la forma más expedita sin perjuicio de los acuerdos que el VENDEDOR haya suscrito con terceros. &RPSURPLVRGH(QHUJtDCon sujeción al Despacho del CND, pero en todo caso observando los requisitos de nivel de tensión y frecuencia y los otros requisitos y Límites Técnicos detallados en el Anexo III, numeral 2, el VENDEDOR deberá suministrar al COMPRADOR la energía activa y reactiva asociada a la Capacidad Comprometida de -- 15 of 62 -- conformidad con los términos y condiciones establecidos en este Contrato. &RPSURPLVR GH 7UDQVPLVLyQ El COMPRADOR deberá recibir la Potencia y Energía Eléctrica en el Punto de Entrega, asimismo, dar el mantenimiento necesario a sus líneas de transmisión, en particular, a las líneas y subestaciones asociadas al Punto de Entrega. 2EUDVGH $PSOLDFLyQGHO6LVWHPD,QWHUFRQHFWDGR1DFLRQDOSi a lo largo de la vigencia del Contrato las Partes acuerdan que se requieren de nuevas instalaciones o mejoras en el SIN para recibir la energía entregada por la Planta a partir del Punto de (QWUHJD \R ODV PHMRUDV HQ HO 6,1 TXH JHQHUHQ EHQH¿FLR técnico y económico al COMPRADOR, éstas serán construidas de conformidad con las Leyes Aplicables. CLÁUSULA 3. PERÍODO ANTERIOR A LA OPERACIÓN &20(5&,$/ 3URJUDPD GH &RQVWUXFFLyQ A más tardar ciento sesenta y ocho (168) Días Calendario contados a partir de la fecha de entrada en Vigencia de este Contrato, el VENDEDOR deberá entregar al COMPRADOR un programa de construcción de las instalaciones con un cronograma de ejecución de las obras, elaborado con un paquete de software de control de proyectos, que incluya las actividades e hitos con sus tiempos, fechas, correlaciones entre sí y que permita establecer la ruta crítica para alcanzar la Fecha de Inicio de Operación Comercial de la Planta, en tal cronograma se deben incluir todas las actividades previas requeridas para llevar a cabo la construcción, incluyendo la obtención de permisos, autorizaciones, socializaciones, adquisición de terrenos, imposición de servidumbres, QHJRFLDFLRQHV FRQ FRQWUDWLVWDV ¿QDQFLVWDV HQWUH RWUDV (O plazo de construcción e instalación de la Planta, líneas de transmisión, subestación y demás facilidades no podrá exceder del plazo establecido en el literal D FECHA PROGRAMADA DE INICIO DE OPERACIÓN COMERCIAL. Sin perjuicio de lo establecido en la Cláusula 4.2 Puesta en Operación Comercial, los plazos del programa de construcción quedarán automáticamente prorrogados sí durante el período de construcción se produce uno o más eventos de Fuerza Mayor o Caso Fortuito. La prórroga será por la sumatoria de la duración de cada período que el evento de Fuerza Mayor o Caso Fortuito afecte la construcción de la Planta. &RPLWp 2SHUDWLYR \ VXV )DFXOWDGHV Las Partes acuerdan la constitución de un Comité Operativo dentro de los siguientes veintiocho (28) días contados a partir de la suscripción de este Contrato, tal comité estará integrado por cuatro (4) miembros, de los cuales cada Parte nombrará y acreditará dos (2) miembros (“Representantes del Comité Operativo”). El Comité Operativo será responsable, entre otros aspectos, de administrar el presente Contrato, el seguimiento al proceso que permita la construcción de las Obras de Interconexión y del proceso que permita la puesta en operación de la Planta, así como de asegurar una operación de la Planta adecuada, FRQ¿DEOH\VHJXUDGXUDQWHWRGDODYLJHQFLDGHHVWH&RQWUDWR La composición, facultades y normas de funcionamiento del Comité Operativo se establecen en el Anexo VI de este Contrato y podrán ser actualizadas por acuerdo entre las Partes, en el marco de las Leyes Aplicables. El Comité Operativo deberá establecer dentro de los veintiocho (28) Días siguientes a su conformación, los procedimientos relacionados con la convocatoria y la celebración de reuniones, la elaboración de actas de las reuniones y el establecimiento de subcomisiones; sujeto a que el quórum para cualquier reunión del Comité Operativo deberá ser alcanzado con por lo menos un (1) representante designado por cada Parte. Asimismo, el Comité Operativo se reunirá cuando sea convocado por alguna de las Partes con al menos tres (3) Días Hábiles Administrativos de antelación. Cada Parte tendrá un solo voto en el Comité -- 16 of 62 -- Operativo y cualquier miembro designado por cada una de las Partes podrá usar el voto de dicha Parte. Las decisiones del Comité Operativo requerirán la votación unánime de las Partes. 3HUPLVRVEl VENDEDOR deberá obtener todos ORVSHUPLVRVSURYLVLRQDOHV\GH¿QLWLYRVTXHOHH[LMDQODV/H\HV Aplicables, pagar todos los derechos inherentes y hacer que sus representantes, compañías asociadas, subcontratistas y empleados cumplan con todas las leyes, ordenanzas, reglamentos y disposiciones relativas a la conducción de las DFWLYLGDGHVDTXtHVSHFL¿FDGDV(O&2035$'25FRODERUDUi en la gestión de estos permisos ante las autoridades competentes, sin que tal colaboración conlleve responsabilidad del COMPRADOR en la obtención de tales permisos. En caso de que tales permisos tengan un atraso mayor a los sesenta (60) Días en ser expedidos, a pesar de que el VENDEDOR haya realizado las gestiones y estudios correspondientes para VX REWHQFLyQ FRQ VX¿FLHQWH DQWHODFLyQ \ GLOLJHQFLD DQWH HO organismo competente para su obtención, el COMPRADOR, previa solicitud de ampliación del VENDEDOR, pero sin perjuicio de lo establecido en la Cláusula 4.2 Plazo para Puesta en Operación Comercial, podrá prorrogar la Fecha Programada de Inicio de la Operación Comercial por los Días de atraso que sobrepasen los sesenta (60) Días. El VENDEDOR deberá presentar como parte del Programa de Construcción las actividades que necesiten permiso de cualquier ente gubernamental e informará al COMPRADOR mensualmente y por escrito, del avance o retraso de las gestiones para la obtención de los permisos u autorizaciones requeridos. 3.4 (UURUHV\'LVFUHSDQFLDVSi en el curso de los trabajos de construcción e instalación de la Planta, el VENDEDOR, sus compañías asociadas o sus subcontratistas encontrasen errores XRPLVLRQHVHQHVSHFL¿FDFLRQHVRHQGDWRVVXPLQLVWUDGRVSRU el COMPRADOR o discrepancias entre ellos, el VENDEDOR estará en la obligación de informarlo por escrito al COMPRADOR, tan pronto como hubiese tenido conocimiento. En tal caso el COMPRADOR
Articulo 2
El presente Decreto entrará en vigencia D SDUWLU GHO GtD GH VX SXEOLFDFLyQ HQ HO 'LDULR 2¿FLDO ³/D Gaceta”. Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, en el Salón de Sesiones del Congreso Nacional, a los veintisiete días del mes de julio del dos mil dieciséis. ANTONIO CÉSAR RIVERA CALLEJAS PRESIDENTE MARIO ALONSO PÉREZ LÓPEZ SECRETARIO SARA ISMELA MEDINA GALO SECRETARIA $O3RGHU(MHFXWLYR 3RU7DQWR(MHF~WHVH 7HJXFLJDOSD0'&GHVHSWLHPEUHGH JUAN ORLANDO HERNÁNDEZ ALVARADO PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA EL SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE ENERGÍA, RECURSOS NATURALES, AMBIENTE Y MINAS. ROBERTO ORDOÑEZ -- 62 of 62 --