Leyes de Honduras
VigenteCategoria: AdministrativoTipo: Acuerdo
Decreto No. CU-E-063-05-2024 | 7 de agosto de 2024 | La Gaceta No. 36,606

Acuerdo-CU-E-063-05-2024

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Resumen

La UNAH aprueba la Política de Inclusión y Equidad en la Educación Superior (PIES-UNAH) para garantizar igualdad de oportunidades a toda su comunidad universitaria, eliminando barreras que afectan a estudiantes, docentes y personal en situación de vulnerabilidad por género, discapacidad, origen étnico u orientación sexual. La política se ejecutará mediante siete líneas de acción que incluyen acceso equitativo, apoyo integral, formación en inclusión y evaluación continua para construir una universidad verdaderamente inclusiva.

Considerandos

  1. 1.Que el Consejo Universitario es el órgano máximo de Dirección Superior responsable de concertar y generar las políticas y estrategias de la gestión universitaria.
  2. 2.Que la Universidad Nacional Autónoma de Honduras para el logro de sus objetivos tiene como atribución la de organizar, Universidad Nacional Autónoma de Honduras -- 1 of 24 -- EDIS ANTONIO MONCADA SULY YADIRA ANDRADE GUTIERREZ Colonia MirafIores Teléfono/Fax: Gerencia 2230-2520, 2230-1821 Administración: 2230-3026 CENTRO CÍVICO GUBERNAMENTAL dirigir y desarrollar con carácter exclusivo la educación superior y profesional de Honduras.
  3. 3.Que, en la Sesión Extraordinaria del 17 de mayo de 2024, se presentó la propuesta de creación de la Política de Inclusión y Equidad en la Educación Superior para la Cohesión Social de la Universidad Nacional Autónoma de Honduras (PIES- UNAH), proceso de construcción desarrollado por un equipo multidisciplinario y liderado por la Vicerrectoría Académica (VRA), se ratifica la necesidad que la UNAH cuente con una política de educación superior que reconozca todas las iniciativas previas y buenas prácticas de inclusión y equidad, que contribuya al desarrollo humano sostenible y a una cultura de paz, libre de todas las formas de discriminación a partir de acciones que garanticen la igualdad, la inclusión y la equidad para la cohesión social en toda la comunidad universitaria y que, propicie trasformaciones para que las/os universitarios alcancen sus metas académicas en igualdad de oportunidades y condiciones, para el bienestar individual y colectivo en todos los ámbitos.
  4. 4.Que el mandato constitucional en el Artículo 160 establece, entre otras cosas, que la UNAH debe contribuir a la resolución de los problemas nacionales, lo que pasa necesariamente, según lo Esencial de la Reforma Universitaria (marzo 2014), por la formación de profesionales éticos, conocedores de su cultura, su identidad, comprometidos con el desarrollo humano sostenible, en consecuencia, la PIES-UNAH está dirigida a toda la comunidad universitaria, autoridades, estudiantes y ex alumnos, docentes, personal administrativo, de servicio y sus jubilados.
  5. 5.Que la Tercera Conferencia Mundial de Educación Superior de la UNESCO, celebrada en mayo de 2022, en Barcelona, España, ratifica que la educación superior es un bien público social y un derecho humano fundamental. Principio que fue suscrito y aprobado en las Declaraciones de la Conferencia Mundial de la UNESCO de 1998, refrendado por las Conferencias Regionales de Cartagena, Colombia (2008) y de Córdoba, Argentina (2018). Asimismo, la Tercera Conferencia Mundial establece seis principios esenciales para el presente y futuro de las universidades; entre los que se destacan: la inclusión, la equidad y el pluralismo, como un imperativo de justicia social.
  6. 6.Que para el cumplimiento del ODS-4 (Educación inclusiva de calidad) la ONU propone la financiación de la educación superior como una prioridad de inversión nacional, aumentar el número de docentes, mejorar la estructura e infraestructura, adoptar la transformación digital, entre otras, para que todas y todos participen en igualdad de condiciones y oportunidades, con la promesa de -- 2 of 24 -- no dejar a nadie atrás.
  7. 7.Que para el cumplimiento con la Convención Contra toda Forma de Discriminación (CEDAW) y la Convención Belén Do Pará, el ODS-5 y la Ley de Igualdad de Oportunidades con el Plan de Igualdad de oportunidades (PIEG II y PIEG-lll 2023-2034) vigentes por el Estado de Honduras en el cual se comprometen a garantizar la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres y una vida libre de todas las formas de discriminación y violencia.
  8. 8.Que de acuerdo a lo que se establece el ODS10, para asegurar el Desarrollo Humano Sostenible hay que reducir las desigualdades por condición de socioeconómica, sexo, edad, discapacidad, orientación sexual, etnia, religión; ya que continúa siendo una amenaza al desarrollo social y económico a largo plazo, porque no es posible lograr un Desarrollo Humano Sostenible y mejorar el planeta si se priva a la gente de la oportunidad de tener una vida plena y digna. CONSIDERADO: Que la Ley Orgánica de la UNAH en su Artículo 2, establece, entre sus objetivos (inciso i): “Fortalecer la identidad nacional basada en la diversidad étnica, cultural y lingüística, en el espíritu cívico, en la justicia, solidaridad y en la defensa y aprovechamiento racional y sostenible de nuestros recursos”. Además, la misma ley, en su Art. 3, contempla entre los principios rectores de la UNAH se incluya como valor, “en el plano individual, la dignidad de la persona, su integridad y su libertad; en el plano social, el bien común, la equidad social, el cuidado y desarrollo sostenible del entorno natural, sociabilidad para la convivencia, la solidaridad, el respeto y aprecio por la diversidad, la c i u d a d a n í a , l a d e m o c r a c i a y l a p a r t i c i p a c i ó n ” .
  9. 9.Que un principio básico del Modelo Educativo de la UNAH es la equidad “entendida como justicia distributiva del bien social que es la educación superior, en este caso referida a la igualdad de oportunidades en y para la educación universitaria con calidad y pertinencia, así como la oportunidad de acceder a la información, al conocimiento científico, al arte y la cultura. La educación debe facilitar el desarrollo de competencias y habilidades que permitan a personas de cualquier condición socioeconómica, el desarrollo humano integral y su desempeño exitoso en la sociedad; estos deben tener la libertad de acceder, de elegir de acuerdo a sus necesidades e intereses, puesto que la educación es un derecho humano inalienable, fundamental que se liga directamente con la equidad y de la cual no puede separarse” (Modelo Educativo UNAH, 2009).
  10. 10.Que teniendo como fundamento las Normas Académicas de la UNAH en sus Artículos 3, 4 y 5 indica que “La educación superior es un derecho humano y, por lo tanto, un bien público social. Es responsabilidad del Estado que la organiza, dirige y desarrolla a través de la UNAH. Sus funciones fundamentales son la docencia, la investigación científica, humanística y tecnológica, y la vinculación con la sociedad, desarrolladas con autonomía; son estrategias prioritarias para su desarrollo, la gestión académica, la gestión del conocimiento y la gestión cultural, acompañadas de una eficiente gestión financiera administrativa y de todos los recursos institucionales”; “Su concepción debe basarse en los derechos humanos, la democracia, el respeto y valoración de la diversidad en todos sus ámbitos y la paz, de cara a la construcción de ciudadanía y el desarrollo del país” -- 3 of 24 -- y que “La educación superior que desarrolla la UNAH es pública, laica, participativa, democrática, pluralista, incluyente, reflexiva, innovadora, crítica, valorativa, ética, de alta calidad, pertinente y equitativa”.
  11. 11.Que, en el Reglamento de los Estudiantes de la UNAH, 2008, en su Art. 4, sobre el ámbito de su aplicación, establece que: “la universidad aplicará a todos los estudiantes universitarios el mismo tratamiento en la implementación de normas y reglamentos, en el caso de los estudiantes especiales y discapacitados, se les proporcionará las condiciones adecuadas para su admisión, ingreso, permanencia y egreso, sin perjuicio del cumplimiento de la Ley”.
  12. 12.Que el Plan Estratégico Institucional (PEI-UNAH), en sus dimensiones estratégicas; Desarrollo Académico, establece fortalecer la inclusión educativa; en la dimensión de Desarrollo Estudiantil, plantea propiciar cambios en la calidad de vida y formación académica; en la dimensión de Gobernabilidad Universitaria, plantea crear una cultura de derechos humanos; en la dimensión estratégica de Educación Superior, debe impulsar una cultura de inclusión en todo el sistema de educación superior e impulsar la integración del Sistema Nacional de Educación.
  13. 13.Que para el fortalecimiento de capacidades del equipo de trabajo coordinador del proceso de formulación de la política se desarrollaron foros, talleres, conversatorios, consultas y otras actividades que se impulsaron con la colaboración de la Agencia Andaluza de Cooperación para el Desarrollo (AACID), la Universidad de Sevilla (US) y Médicos del Mundo (MdM); y, que para la construcción participativa y reflexiva de la política participaron estudiantes, académicos de la Vicerrectoría Académica y sus direcciones adscritas; Vicerrectoría de Orientación y Asuntos Estudiantiles a través del Área de Inclusión; Centros Regionales, de Facultades, del Instituto Universitario Democracia, Paz y Seguridad, IUDPAS; de la Secretaría Ejecutiva de Desarrollo Institucional, SEDI; de la Secretaría Ejecutiva de Desarrollo de Personal, SEDP; de la Cátedra Estudios de La Mujer, del Comisionado Universitario, Sistema Bibliotecario, entre otros.
  14. 14.Que en el proceso de construcción participativa se establecieron las diversas líneas de acción para el desarrollo de la política: a) Acceso equitativo: apoyo y orientación para la admisión a la UNAH, atención a la demanda educativa a través de nuevas carreras, modalidades de estudio híbridas, diseño y desarrollo de espacios de aprendizaje accesibles, currículos flexibles con visión global, inclusiva e intercultural; b) Diversidad e inclusión educativa: espacios de participación para las mujeres, Pueblos Indígenas y Afrodescendientes, desarrollo de una cultura para la inclusión y equidad educativa a través de programas de sensibilización y generación de conocimiento inclusivo; c) Apoyo estudiantil integral: tutorías académicas, diversificación del tipo de becas que atienda a los grupos vulnerabilizados; d) Equidad en la calidad educativa: participación de los estudiantes en la definición de protocolos de actuación, espacios físicos inclusivos y seguros, incorporación en la Política de Redes Académicas de la UNAH de la figura de un coordinador de equidad e inclusión en Centros Regionales y Facultades; e) Vinculación con la sociedad y el mundo laboral: generación de alianzas estratégicas para la generación de -- 4 of 24 -- pensamiento inclusivo, espacios de práctica profesional; f) Evaluación y mejora continua: rendición de cuentas, colaboración interinstitucional, informe de avances de logros para la declaratoria anual de la UNAH como universidad inclusiva y de acceso equitativo a la educación superior; g) Comunicación y difusión: Desarrollo de una estrategia Institucional para socializar la PIES-UNAH.
  15. 15.Que para el desarrollo de la PIES-UNAH la Universidad se compromete a: 1. Institucionalizar la Política de Inclusión y Equidad en la Educación Superior para la Cohesión Social, PIES-UNAH; 2. Transversalizar la inclusión educativa, la equidad y la perspectiva de género en los diversos contextos del quehacer universitario; 3. Promover ambientes libres de toda forma de discriminación, exclusión y segregación; 4. Formar a la comunidad universitaria en materia de inclusión educativa, equidad y perspectiva de género; 5. Promocionar la inclusión educativa, la equidad y la perspectiva de género en todos los espacios universitarios; 6. Desarrollar un trabajo en conjunto con todas las instancias universitarias para garantizar el derecho a la educación; 7. Respaldar a las autoridades universitarias para impulsar la PIES-UNAH; 8. Asignar presupuesto para la ejecución de la PIES-UNAH en áreas prioritarias; 9. Incorporar los avances normativos en materia de inclusión educativa, equidad y perspectiva de género que no estén previstos en las normativas vigentes de la UNAH.