VigenteCategoria: Administrativo
Decreto No. 58-2011 | 10 de julio de 2024 | Poder Ejecutivo

Publicaciones La Gaceta julio 2024

Considerandos

  1. 1.Que de conformidad al artículo 247 de la Constitución de la República de Honduras, los Secretarios de Estado son colaboradores del Presidente de la República en la orientación, coordinación, dirección y supervisión de los órganos y entidades de la administración pública nacional, en el área de su competencia.
  2. 2.Que en el Artículo 7 del Decreto Ejecutivo PCM-05-2022 de fecha 06 de abril del año 2022, publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” en fecha 06 de abril del 2022, se Crea la Secretaría de Estado en los Despachos de Infraestructura y Transporte (SIT), con la finalidad de desarrollar los proyectos y programas de infraestructura, para lo cual contara con dos Subsecretarías, la Subsecretaría de Obras Públicas y la Subsecretaría de Transporte. Las atribuciones y competencias de la Inversión Estratégica/MCC- Honduras (INVEST-H), así como los programas y proyectos pasarán a formar parte de esta Secretaría de Estado.
  3. 3.Que mediante Decreto Legislativo No. 58-2011, publicado en el Diario Oficial La Gaceta en fecha 13 de Julio 2011, fue aprobada la Ley Especial para la Simplificación de los Procedimientos de Inversión en Infraestructura Pública, la cual tiene por objeto simplificar y agilizar los procedimientos de ejecución de proyectos de infraestructura pública, con el propósito de generar empleo y lograr mayor crecimiento económico a través de la modernización de la infraestructura nacional, las normas y procedimientos establecidos en esta Ley serán aplicables a las unidades ejecutoras de la Administración Pública Centralizada y Descentralizada a cargo de proyectos de infraestructura pública de cualquier naturaleza.
  4. 4.Que en el artículo 22 de la Ley Especial para la Simplificación de los Procedimientos de Inversión en -- 24 of 66 -- EDIS ANTONIO MONCADA SULY YADIRA ANDRADE GUTIERREZ Colonia MirafIores Teléfono/Fax: Gerencia 2230-2520, 2230-1821 Administración: 2230-3026 CENTRO CÍVICO GUBERNAMENTAL Infraestructura Pública, establece que: los dueños de terrenos continuos o cercanos a cualquier obra de infraestructura pública, cuyos predios hayan sido identificados por la respectiva unidad ejecutora a cargo del proyecto como idóneos para servir como bancos de materiales, están obligados a facilitar y permitir la extracción de todo el material que sea necesario para la apertura, construcción, mantenimiento del proyecto, sin costo alguno para el Estado o sus contratistas, previa notificación al propietario.
  5. 5.Que en el Artículo 24 de la Ley Especial para la Simplificación de los Procedimientos de Inversión en Infraestructura Pública se establece que: para que el Estado realice el aprovechamiento racional de los materiales requeridos, la Secretaría de Estado en los Despachos de Obras Públicas, Transporte y Vivienda (SOPTRAVI), podrá otorgar autorizaciones a los órganos estatales, encargados de la ejecución de los diferentes proyectos de infraestructura pública y/o a las empresas constructoras por dichos órganos ejecutores, para que procedan a la extracción y acarreo de los materiales, de conformidad con los respectivos contratos de obra pública.
  6. 6.Que el artículo 25 de la Ley Especial para la Simplificación de los Procedimientos de Inversión en Infraestructura Pública, establece que la extracción de materiales efectuada por el Estado o sus ejecutores no afectara la explotación simultánea que puedan hacer los titulares de concesiones mineras, en caso que exista concesión previa al Acuerdo que emita SOPTRAVI autorizando la extracción. En tal razón, SOPTRAVI emitirá la respectiva autorización para que el órgano estatal realice la extracción de materiales sobre un banco o cantera concesionada, siempre que no exista otro sitio de mejor precisión. La explotación simultánea que haga el Estado y el concesionario estará sujeta a las normas técnicas que emita el Instituto Hondureño de Geología y Minas (INHGEOMIN).
  7. 7.Que, de no existir concesión alguna sobre el banco de materiales identificado, el Estado podrá realizar una extracción acorde con el aprovechamiento racional de esos recursos naturales, sujeto a las limitaciones que le señale INHGEOMIN en las respectivas normas técnicas que emitan para tal efecto.
  8. 8.Que el artículo 26 de la Ley Especial para la Simplificación de los procedimientos de Inversión en Infraestructura Pública, establece que previo a la emisión del Acuerdo la Secretaría de Estado en los Despachos de Obras Públicas, Transporte y Vivienda (SOPTRAVI), notificara de oficio al Instituto Hondureño de Geología y Minas INHGEOMIN, para que esta compruebe el estado ambiental, técnico y jurídico del banco de materiales identificado. De no haber impedimento para realizar la extracción, sin más trámite, INHGEOMIN procederá a la emisión de las normas técnicas aplicable al aprovechamiento, extracción y acarreo de los materiales. Con las normas técnicas emitidas y comunicadas, tanto a SOPTRAVI como al órgano ejecutor interesado, esta Secretaría de Estado procederá a la emisión del acuerdo de autorización correspondiente el cual será notificado tanto a la Unidad Ejecutora como al propietario del Inmueble identificado para servir como banco de materiales. La autorización emitida por SOPTRAVI, regulada en esta Ley, constituye el permiso único de extracción necesario para que el órgano ejecutor o el contratista del proyecto pueda realizar la extracción de los materiales, sin perjuicio de los -- 25 of 66 -- demás permisos que por Ley pudieran corresponder en materia municipal, forestal y ambiental.
  9. 9.Que el artículo 27 de la Ley Especial para la Simplificación de los Procedimientos de Inversión en Infraestructura Pública, establece que: Cometerá el delito de desobediencia tipificado en el Código Penal quien, debidamente notificado por la autoridad competente, ejecute actos que tengan por objeto impedir al Estado o a sus contratistas el acceso al inmueble identificado para servir como banco de materiales. El mismo delito incurrirá quien impida o dificulte la extracción de materiales dentro de un mismo banco de materiales que será aprovechado por el Estado o quien procure obtener una remuneración por el valor de los materiales extraído. Cuando haya particulares que impidan el acceso al inmueble o a la extracción de materiales dentro del mismo, la Unidad Ejecutora responsable presentara inmediatamente la denuncia correspondiente ante la Fiscalía General de la República, para que se deduzca al particular la responsabilidad que corresponda.
  10. 10.Que la normativa antes relacionada concede al Estado de Honduras, a través de las entidades competentes de la ejecución de los proyectos de infraestructura pública, aprovechar de manera racional los recursos minerales no metálicos requeridos para la ejecución de proyectos; y en particular el Proyecto denominado: CONSTRUCCION Y PAVIMENTACION CON CONCRETO HIDRAULICO DEL TRAMO CARRETERO OAK-RIDGE BAY, ubicado en el Municipio de Santos Guardiola del Departamento de Islas de la Bahía. y ejecutado por la Secretaría de Infraestructura y Transporte (SIT), a través de la Empresa CONSTRUCTORA CELAQUE, S. DE R.L. DE C.V.
  11. 11.Que las Unidades de Desarrollo Social y Registro Minero y Catastral dependientes del Instituto Hondureño de Geología y Minas (INHGEOMIN), emitieron el Informe Técnico ITCD-45-2023 de fecha 16 de Octubre del año 2023, de conformidad a la inspección realizada el día 11 de octubre del 2023, a un (01) banco de préstamo de materiales, denominado: Banco Seco “POCNA BOY” el cual está ubicado en el Municipio de Santos Guardiola del Departamento de Islas de la Bahía, mismo que será utilizado en el Proyecto denominado: “CONSTRUCCIÓN Y PAVIMENTACION CON CONCRETO HIDRÁULICO DEL TRAMO CARRETERO OAK-RIDGE BAY”, así mismo las Unidades de Desarrollo Social y Registro Minero y Catastral, emitieron la Normativa Técnica NTBP-30-2023, en donde se establecen las Normas Técnicas aplicables para el aprovechamiento de la extracción y acarreo de materiales.
  12. 12.Que en fecha siete (07) de noviembre del año dos mil veintitrés (2023), la Unidad Técnica de Desarrollo Social dependiente del Instituto Hondureño de Geología y Minas (INHGEOMIN), emitió Dictamen número UDS-BP-068-2023, el cual literalmente dice: “…IV. RECOMENDACIONES, La empresa ejecutora Construcción Celaque S. de R. L. de C.V., encargada de realizar los trabajos de aprovechamiento de material a través de la Secretaría de Estado en los Despachos de Infraestructura y Transporte (SIT), debe presentar previo al primer control y seguimiento la siguiente documentación: 1. Copia de Resolución de autorización de explotación de banco de préstamo emitido por la Secretaría de Estado en los Despachos de Infraestructura y Transporte (SIT) MEDIANTE ACUERDO ministerial, establecido en LA LEY ESPECIAL PARA LA SIMPLIFICACION DE LOS PROCESOS DE INVERSION EN INFRAESTRUCTURA PUBLICA, de acuerdo a lo instituido en los artículos No. 24, No. 25 y No. 26 de dicha Ley. 2. Informe de socialización de las actividades a realizar con las comunidades aledañas donde se ejecutará la extracción del banco de material seco. 3. Obras de estabilización a desarrollar con descripción más específica y con perfiles de acuerdo a la obra. 4. Actualización del cronograma de actividades en cuanto a la explotación del banco se refiere. 5. Bitácoras de material extraído del banco seco, la cual debe ser presentada debidamente firmada y sellada por la persona encargada del proyecto y visto bueno -- 26 of 66 -- del jefe de la Unidad medioambiental de Santos Guardiola. 6. Copia de licencia ambiental del proyecto o constancia emitida por el ente correspondiente. 7. Solicitar al Instituto de Conservación Forestal (ICF), y presentar el permiso de corte de árboles y en el caso que se encontrasen especímenes de mangle en la zona, debe presentar además el correspondiente visto bueno de parte de dicha institución con el objetivo que la remoción del mismo (si es factible) pueda efectuarse de una forma ambientalmente adecuada. 8. En el caso de presencia de humedales se requiere documentar la factibilidad ambiental del proyecto con respecto a las actividades de extracción emitida por el ente ambiental que corresponda y en caso de que dicha factibilidad sea desfavorable por parte de la dependencia anteriormente descrita la emisión de la presente normativa quedara sin valor y efecto. 9. Además cumplir con las recomendaciones plasmadas en los informes ITCD-45- 2023, en los trabajos de extracción para el banco seco “Pocna Boy”. Toda la información requerida mediante este dictamen debe ser verificada en la próxima inspección por control y seguimiento. La Normativa Técnica de Aprovechamiento de bancos para proyectos estatales es entregada con base a los artículos 21, 22, 23, 24, 25 y 26 de la LEY ESPECIAL PARA LA SIMPLIFICACIÓN DE LOS PROCESOS DE INVERSIÓN EN INFRAESTRUCTURA PÚBLICA; como también en base a los artículos 65 de la Ley General de Minería y 95 párrafos segundo y tercero y 96 del reglamento de dicha ley.
  13. 13.Que de conformidad al artículo 247 de la Constitución de la República de Honduras, los Secretarios de Estado son colaboradores del Presidente de la República en la orientación, coordinación, dirección y supervisión de los órganos y entidades de la administración pública nacional, en el área de su competencia.
  14. 14.Que en el Artículo 7 del Decreto Ejecutivo PCM-05-2022 de fecha 06 de abril del año 2022, publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” en fecha 06 de abril del 2022, se crea la Secretaría de Estado en los Despachos de Infraestructura y Transporte (SIT), con la finalidad de desarrollar los proyectos y programas de infraestructura, para lo cual contará con dos Subsecretarías, la Subsecretaría de Obras Públicas y la Subsecretaría de Transporte. Las atribuciones y competencias de la Inversión Estratégica/MCC- Honduras (INVEST-H), así como los programas y proyectos pasarán a formar parte de esta Secretaría de Estado.
  15. 15.Que el Artículo 74 del Reglamento de Organización Funcionamiento y Competencias del Poder Ejecutivo, reformado mediante Decreto Ejecutivo número PCM-023-2023 publicado en el Diario Oficial La Gaceta en fecha 4 de mayo del año 2023, establece que: La Secretaría de Estado en los Despachos de Infraestructura y Transporte (SIT), le compete lo relacionado a la formulación, coordinación, ejecución y evaluación de las políticas relacionadas con las obras de Infraestructura pública, el sistema vial y el transporte, incluyendo el planteamiento, estudio, diseño, construcción, supervisión y conservación de la red vial nacional, incluyendo las vías de comunicación terrestre, interurbanas y rurales.
  16. 16.Que mediante Decreto Legislativo No. 58-2011, publicado en el Diario Oficial La Gaceta en fecha 13 de Julio 2011, fue aprobada la Ley Especial para la Simplificación de los Procedimientos de Inversión en Infraestructura Pública, la cual tiene por objeto simplificar y agilizar los procedimientos de ejecución de proyectos de infraestructura pública, con el propósito de generar empleo y lograr mayor crecimiento económico a través de la modernización de la infraestructura nacional, las normas y procedimientos establecidos en esta Ley serán aplicables a las unidades ejecutoras de la Administración Pública Centralizada y Descentralizada a cargo de proyectos de infraestructura pública de cualquier naturaleza.
  17. 17.Que en el artículo 22 de la Ley Especial para la Simplificación de los Procedimientos de Inversión en Secretaría de Estado en los Despachos de Infraestructura y Transporte (SIT) ACUERDO MINISTERIAL No. 0059-2024 -- 30 of 66 -- Infraestructura Pública, establece que: Los dueños de terrenos continuos o cercanos a cualquier obra de infraestructura pública, cuyos predios hayan sido identificados por la respectiva unidad ejecutora a cargo del proyecto como idóneos para servir como bancos de materiales, están obligados a facilitar y permitir la extracción de todo el material que sea necesario para la apertura, construcción, mantenimiento del proyecto, sin costo alguno para el Estado o sus contratistas, previa notificación al propietario.
  18. 18.Que en el Artículo 24 de la Ley Especial para la Simplificación de los Procedimientos de Inversión en Infraestructura Pública se establece que: Para que el Estado realice el aprovechamiento racional de los materiales requeridos, la Secretaría de Estado en los Despachos de Obras Públicas, Transporte y Vivienda (SOPTRAVI) ahora Secretaría de Infraestructura y Transporte (SIT), podrá otorgar autorizaciones a los órganos estatales, encargados de la ejecución de los diferentes proyectos de infraestructura pública y/o a las empresas constructoras por dichos órganos ejecutores, para que procedan a la extracción y acarreo de los materiales, de conformidad con los respectivos contratos de obra pública.
  19. 19.Que el artículo 25 de la Ley Especial para la Simplificación de los procedimientos de Inversión en Infraestructura Pública, establece que la extracción de materiales efectuada por el Estado o sus ejecutores no afectará la explotación simultánea que puedan hacer los titulares de concesiones mineras, en caso que exista concesión previa al Acuerdo que emita SOPTRAVI ahora SIT, autorizando la extracción. En tal razón, SOPTRAVI ahora SIT, emitirá la respectiva autorización para que el órgano estatal realice la extracción de materiales sobre un banco o cantera concesionada, siempre que no exista otro sitio de mejor precisión. La explotación simultánea que haga el Estado y el concesionario estará sujeta a las normas técnicas que emita la Dirección de Fomento a la Minería (DEFOMIN), ahora Instituto Hondureño de Geología y Minas (INHGEOMIN).
  20. 20.Que, de no existir concesión alguna sobre el banco de materiales identificado, el Estado podrá realizar una extracción acorde con el aprovechamiento racional de esos recursos naturales, sujeto a las limitaciones que le señale DEFOMIN ahora INHGEOMIN en las respectivas normas técnicas que emitan para tal efecto.
  21. 21.Que, el artículo 26 de la Ley Especial para la Simplificación de los procedimientos de Inversión en Infraestructura Pública, establece que previo a la emisión del Acuerdo la Secretaría de Estado en los Despachos de Obras Públicas, Transporte y Vivienda (SOPTRAVI), ahora Secretaría de Infraestructura y Transporte (SIT), notificará de oficio, a DEFOMIN ahora INHGEOMIN, para que esta compruebe el estado ambiental, técnico y jurídico del banco de materiales identificado. De no haber impedimento para realizar la extracción, sin más trámite, DEFOMIN ahora INHGEOMIN procederá a la emisión de las normas técnicas aplicable al aprovechamiento, extracción y acarreo de los materiales. Con las normas técnicas emitidas y comunicadas, tanto a SOPTRAVI ahora SIT como al órgano ejecutor interesado, esta Secretaría de Estado procederá a la emisión del acuerdo de autorización correspondiente el cual será notificado tanto a la Unidad Ejecutora como al propietario del inmueble identificado para servir como banco de materiales. La autorización emitida por SOPTRAVI ahora SIT, regulada en esta Ley, constituye el permiso único de extracción necesario para que el órgano ejecutor o el contratista del proyecto pueda -- 31 of 66 -- realizar la extracción de los materiales, sin perjuicio de los demás permisos que por Ley pudieran corresponder en materia municipal, forestal y ambiental.
  22. 22.Que el artículo 27 de la Ley Especial para la Simplificación de los Procedimientos de Inversión en Infraestructura Pública, establece que: Cometerá el delito de desobediencia tipificado en el Código Penal quien, debidamente notificado por la autoridad competente, ejecute actos que tengan por objeto impedir al Estado o a sus contratistas el acceso al inmueble identificado para servir como banco de materiales. El mismo delito incurrirá quien impida o dificulte la extracción de materiales dentro de un mismo banco de materiales que será aprovechado por el Estado o quien procure obtener una remuneración por el valor de los materiales extraído. Cuando haya particulares que impidan el acceso al inmueble o a la extracción de materiales dentro del mismo, la Unidad Ejecutora responsable presentará inmediatamente la denuncia correspondiente ante la Fiscalía General de la República, para que se deduzca al particular la responsabilidad que corresponda.
  23. 23.Que la normativa antes relacionada concede al Estado de Honduras, a través de las entidades competentes de la ejecución de los proyectos de infraestructura pública, aprovechar de manera racional los recursos minerales no metálicos requeridos para la ejecución de proyectos; y en particular el Proyecto denominado: REHABILITACIÓN DEL TRAMO CARRETERO CA-4 CUCUYAGUA- NUEVA OCOTEPEQUE-EL POY; CA-10 NUEVA OCOTEPEQUE- AGUA CALIENTE CON UNA LONGITUD APROXIMADA DE 93.6 KM, (Tramo. Beneficio a San Marco, desvío a Sensenti – Cucuyagua, con una longitud de 21.8 KM, ubicado en los departamentos de Ocotepeque y Copán), el cual está siendo ejecutado por la Secretaría de Infraestructura y Transporte (SIT), a través de la Empresa Servicios de Mantenimiento y Construcción S.A de C.V. (SERMACO).
  24. 24.Que, las Unidades Desarrollo Social y Registro Minero y Catastral dependientes del Instituto Hondureño de Geología y Minas (INHGEOMIN), emitieron el Informe Técnico ITCD-014-2023 de fecha 29 de febrero del año 2024, de conformidad a la inspección realizada el día 15 de febrero del 2024, a dos (02) Bancos de Préstamo de Materiales denominados: Banco aluvial “EL HIGUITO” y Banco seco “EL METAL”, los cuales están ubicados en los municipios de La Unión y Cucuyagua, departamento de Copán, mismos que serán utilizados en el Proyecto denominado: REHABILITACIÓN DEL TRAMO CARRETERO CA-4 CUCUYAGUA-NUEVA OCOTEPEQUE-EL POY; CA- 10 NUEVA OCOTEPEQUE- AGUA CALIENTE CON UNA LONGITUD APROXIMADA DE 93.6 KM, (Tramo. Beneficio a San Marco, desvío a Sensenti – Cucuyagua, con una longitud de 21.8 KM, ubicado en los departamentos de Ocotepeque y Copán), así mismo las Unidades de Desarrollo Social y Registro Minero y Catastral, emitieron la Normativa Técnica NTBP-009-2024, en donde se establecen las Normas Técnicas aplicables para el aprovechamiento de la extracción y acarreo de materiales, en dichos Bancos.
  25. 25.Que, en fecha nueve (09) de abril del año dos mil veinticuatro (2024), la Unidad Técnica de Desarrollo Social dependiente del Instituto Hondureño de Geología y Minas (INHGEOMIN), emitió el Dictamen número UDS-BP-021-2024, el cual literalmente dice: “… IV. REQUERIMIENTOS Y/O RECOMENDACIONES: Se requiere que la empresa encargada de efectuar los trabajos de aprovechamiento de material, a través de la Secretaría -- 32 of 66 -- de Infraestructura y Transporte (SIT), titular del proyecto antes mencionado en base a los requisitos establecidos en el artículo 96 del reglamento de la Ley General de Minería, complete dentro del expediente la siguiente información: Se recomienda a la Secretaría de Infraestructura y Transporte (SIT) y a la empresa ejecutora del proyecto (SERMACO), previo al inicio de las actividades de extracción de material, se deberá llevar a cabo la socialización de las actividades de aprovechamiento de material que se realizarán en el área solicitada para el desarrollo del proyecto, con las comunidades aledañas al proyecto. El informe de la socialización realizada, deberá ser presentado ante la autoridad Minera INHGEOMIN. Copia de Resolución de autorización de explotación de banco de préstamo emitido por la Secretaría de Estado en los Despachos de Infraestructura y Transporte (SIT), MEDIANTE ACUERDO ministerial, establecido en la LEY ESPECIAL PARA LA SIMPLIFICACIÓN DE LOS PROCEDIMIENTOS DE INVERSIÓN EN INFRAESTRUCTURA PÚBLICA, de acuerdo a lo instituido en los artículos No. 24, No. 25 y No. 26 de dicha Ley, Constancia, Acuerdo o Licencia Ambiental del proyecto. Informe o constancia por parte de la Alcaldía correspondiente de socialización de las actividades a realizar con las comunidades aledañas donde se ejecutará la extracción de cada Banco de material. Bitácora de Volumen de material extraído debidamente firmada y sellada por la persona a cargo una vez inicien las labores de explotación. Permisos y medidas de mitigación correspondientes por parte del ICF, para el corte de árboles que se encuentran dentro del área de extracción del Banco de préstamos. Permiso o Constancia de uso por parte del otro dueño del terreno en el caso específico del Banco Seco “EL METAL”. En futura presentación de solicitudes adjuntar el Acuerdo de nombramiento del actual Secretario de Infraestructura SIT. Además, cumplir con las recomendaciones plasmadas en los informes ITCD- 014-2024, en los trabajos de extracción para el Banco seco “EL METAL” y Banco aluvial “EL HIGUITO”…”.
  26. 26.Que mediante Providencia SEGSE-PV-2690- 2023 de fecha 18 de diciembre de 2023, la Comisión Nacional de Bancos y Seguros tuvo por recibido el escrito intitulado "SE SOLICITA AUTORIZACIÓN PARA MODIFICAR LA ESCRITURA SOCIAL Y LOS ESTATUTOS SOCIALES DE CONFIANZA SOCIEDAD ADMINISTRADORA DE FONDOS DE GARANTÍA RECIPROCA, S.A. DE C.V. SE ADJUNTAN LOS DOCUMENTOS Y PODER REFERIDOS EN EL ESCRITO", suscrito por el Abogado José Ramón Paz Morales, en su condición de Apoderado Legal de CONFIANZA SOCIEDAD ADMINISTRADORA DE FONDOS DE GARANTÍA RECÍPROCA, S.A. DE C.V. (CONFIANZA SA-FGR), mediante el cual solicita autorización para el aumento del límite del capital social máximo autorizado de Cien Millones de Lempiras (L100,000,000.00) a Doscientos Millones de Lempiras (L200,000,000.00) y las reformas a la Cláusula OCTAVO de la Escritura de Constitución y el Artículo 4 de los Estatutos Sociales de dicha Sociedad.
  27. 27.Que la solicitud presentada por CONFIANZA SOCIEDAD ADMINISTRADORA DE FONDOS DE GARANTÍA RECIPROCA, S.A. DE C.V. (CONFIANZA SA-FGR), se fundamenta en lo establecido en los Artículos 21, numeral 3), y 23, numerales 2) y 4) de la Ley del Sistema de Fondos de Garantía Recíproca para la Promoción de las MIPYMES, Vivienda Social y Educación Técnica-Profesional que establece lo relativo a la Asamblea General de Socios se regirá por lo dispuesto en el Código de Comercio, a excepción de la modificación de los Estatutos será conforme al procedimiento establecido por la Ley del Sistema Financiero; en el segundo caso, indica que la Junta Directiva tendrá las funciones de someter ante la Asamblea General el aumento o la disminución del capital social hasta el mínimo legal cumpliendo con los requerimientos mínimos de solvencia; y debe velar por la liquidez y solvencia de la Institución. Por su parte, los Artículos 9, 10 y 12 de la Ley del Sistema Financiero establecen que, toda modificación de la escritura pública de constitución y de los estatutos de las -- 45 of 66 -- La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 25 D E J U L I O D E L 2024 N o . 36,595 instituciones sujetas a esa Ley, requerirán autorización de la Comisión Nacional de Bancos y Seguros. En consecuencia, si la Comisión Nacional de Bancos y Seguros concede la autorización solicitada, extenderá certificación de lo resuelto a fin que el respectivo Notario la copie íntegramente y sin modificaciones de ninguna clase en el instrumento público de constitución o de reformas. La Comisión, señalará un plazo de quince (15) días hábiles para el otorgamiento de la escritura pública de constitución o reformas, en su caso. Sólo se inscribirá en el Registro Mercantil la escritura pública de constitución o reformas de una institución del sistema financiero que haya sido autorizada previamente por la Comisión y cumpla los requisitos establecidos en este Artículo. La Certificación de la resolución de autorización expedida por la Comisión, al igual que sus reformas, deberá ser publicada en el Diario Oficial La Gaceta y en dos (2) diarios de circulación nacional por la correspondiente Institución.
  28. 28.Que el aumento del límite del capital social máximo autorizado de Cien Millones de Lempiras (L100,000,000.00) a Doscientos Millones de Lempiras (L200,000,000.00) y las reformas a la Cláusula OCTAVO de la Escritura de Constitución y el Artículo 4 de los Estatutos Sociales de CONFIANZA SOCIEDAD ADMINISTRADORA DE FONDOS DE GARANTÍA RECÍPROCA, S.A. DE C.V. (CONFIANZA SA-FGR), fue aprobado en el Punto 5. Acuerdo No. 1 del Acta No. Dieciséis de la Asamblea General Extraordinaria de Socios de CONFIANZA SA-FGR, celebrada el 17 de noviembre de 2023, de acuerdo con lo establecido en la Certificación de la misma fecha, donde certifica el contenido de dicha Acta.
  29. 29.Que el Dictamen Técnico SSEUA- OP-1-2024 de fecha 6 de febrero de 2024, emitido por la Superintendencia de Seguros, concluye que considera procedente autorizar a CONFIANZA SOCIEDAD ADMINISTRADORA DE FONDOS DE GARANTÍA RECÍPROCA, S.A. DE C.V., - modificar la cláusula OCTAVA de la Escritura de Constitución y 4 de los Estatutos Sociales derivado del incremento del límite máximo de Capital Social de L100,000,000.00 a L200,000,000.00 autorizado por la Asamblea General de Socios según Acuerdo No.1 del Acta Número Dieciséis de la sesión celebrada el 17 de noviembre de 2023, en virtud de enmarcase en lo dispuesto en los Artículos 21, numeral 3), y 23, numerales 2) y 4) de la Ley del Sistema de Fondos de Garantía Recíproca para la Promoción de las MIPYMES, Vivienda Social y Educación Técnica-Profesional y 9 de la Ley del Sistema Financiero.
  30. 30.Que el Dictamen Legal GLEAI- DL-261/2024 de fecha 24 de junio de 2024, emitido por la Gerencia Legal, concluye que la Comisión Nacional de Bancos y Seguros autorice a CONFIANZA SOCIEDAD ADMINISTRADORA DE FONDOS DE GARANTÍA RECÍPROCAS, S.A. DE C.V. (CONFIANZA SA-FGR) la modificación de la cláusula Octava: Capital Social, Acciones y Aumentos y Disminuciones de Capital de la Escritura -- 46 of 66 -- La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 25 D E J U L I O D E L 2024 N o . 36,595 de Constitución y el artículo 4 de los Estatutos Sociales, por estar de conformidad a los acuerdos tomados por la Asamblea General Extraordinaria de Accionistas de dicha sociedad celebrada el 17 de noviembre de 2023 contentivo a la aprobación del aumento de Capital Social máximo autorizado y, conforme a derecho. Se adjunta el Proyecto del Instrumento Público de modificación de la Escritura de Constitución y los Estatutos de la Sociedad, revisado por esta Gerencia Legal, el cual da cumplimiento con lo requerido en la providencia del 23 de abril de 2024.
  31. 31.Que el Dictamen Técnico GEEEE- DT-42-2024, de fecha 26 de junio de 2024, emitido por la Gerencia de Estudios Económicos, Regulación, Competencia e Innovación Financiera concluye y recomienda a la Comisión Nacional de Bancos y Seguros autorizar a CONFIANZA SOCIEDAD ADMINISTRADORA DE FONDOS DE GARANTÍA RECÍPROCA, S.A. DE C.V. (CONFIANZA SA-FGR), el aumento del límite del Capital Social máximo autorizado de Cien Millones de Lempiras (L100,000,000.00) a Doscientos Millones de Lempiras (L200,000,000.00), así como las reformas a la Cláusula OCTAVO de la Escritura de Constitución y el Artículo 4 de los Estatutos Sociales, de conformidad con lo aprobado en el Punto 5. Acuerdo No.1 del Acta No. Dieciséis de la Asamblea General Extraordinaria de Socios de CONFIANZA SA-FGR, celebrada el 17 de noviembre de 2023; y lo establecido en los Artículos 21, numeral 3); y 23, numerales 2) y 4) de la Ley del Sistema de Fondos de Garantía Recíproca para la Promoción de las MIPYMES, Vivienda Social y Educación Técnica-Profesional, 9 y 12 de la Ley del Sistema Financiero. En vista, que se enmarcan en las disposiciones legales vigentes emitidas sobre la materia y conforme a derecho y en la evaluación de las proyecciones financieras remitida por CONFIANZA SA-FGR.
  32. 32.Que con fundamento en los Dictámenes emitidos por la Gerencia de Estudios Económicos, Regulación, Competencia e Innovación Financiera, la Superintendencia de Seguros y la Gerencia Legal, es procedente autorizar a CONFIANZA SOCIEDAD ADMINISTRADORA DE FONDOS DE GARANTÍA RECÍPROCA, S.A. DE C.V. (CONFIANZA SA-FGR), la solicitud de mérito.

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Articulo 27

de la Ley Especial para la Simplificación de los Procedimientos de Inversión en Infraestructura Pública, que dice: Cometerá el delito de desobediencia tipificado en el Código Penal quien, debidamente notificado por la autoridad competente, ejecute actos que tengan por objeto impedir al Estado o a sus contratistas el acceso al inmueble identificado para servir como banco de materiales. El mismo delito incurrirá quien impida o dificulte la extracción de materiales dentro de un banco de materiales que será aprovechado por el Estado o quien procure obtener una remuneración por el valor de los materiales extraídos. Cuando haya particulares que impidan el acceso al inmueble o a la extracción de materiales dentro del mismo, la Unidad Ejecutora responsable presentara inmediatamente la denuncia correspondiente ante la Fiscalía General de la República, para que se deduzca al particular la responsabilidad que corresponda. NOVENO: El presente Acuerdo es de ejecución inmediata y deberá publicarse en el Diario Oficial La Gaceta. Dado en la ciudad de Comayagüela, municipio del Distrito Central, a los veintiún (21) días del mes de noviembre del año dos mil veintitrés (2023). ING. MAURICIO ANTONIO RAMOS SUAZO SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE INFRAESTRUCTURA Y TRANSPORTE (SIT) ABOG. IRIS MARIEL BUDDE GARCÍA, SECRETARIA GENERAL -- 28 of 66 -- Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M . D . C . , 6 D E J U L I O D E L 2024 N o . 36,579 REPÚBLICA DE HONDURAS SECRETARÍA DE INFRAESTRUCTURA Y TRANSPORTE (SIT) LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL NO. LPN-SIT-040-2024 El Gobierno de la República de Honduras, por medio de la Secretaría de Infraestructura y Transporte (SIT) y en aplicación de los Artículos No. 38, 41, 43 y 46 de la Ley de Contratación del Estado, INVITA: A las Empresas Constructoras debidamente Precalificadas en Obras Viales, Categorías 1 y 2 por la Secretaría de Infraestructura y Transporte (SIT), a presentar Ofertas para el Proyecto: "MANTENIMIENTO DE LA RED VIAL NO PAVIMENTADA DEPARTAMENTO DE LEMPIRA, TRAMOS: LA UNIÓN-EL PALMO (DE: LA UNIÓN A LD LE/SB), LAS FLORES-LAS MERCEDES, V759-MONTE DE LA VIRGEN, EL GUAYABO- SAN ANDRÉS, RUTA 78, EL TABLÓN-EMPALME RUTA CA-11A, RUTA 78, LIMITE DEPTAL. SANTA BÁRBARA/LEMPIRA- EL TABLÓN, LONGITUD APRO- XIMADA DE 70.88 KM." Podrán participar en el presente proceso de Licitación Pública Nacional, todas las Empresas Precalificadas en Obras Viales, Categorías 1 y 2 por la Secretaría de Infraestructura y Transporte (SIT) y que de acuerdo con su capacidad puedan ejecutar este tipo de Proyectos. Dichas empresas deberán estar previamente inscritas y solventes en el Registro de Contratistas del Estado que para tal efecto lleva la Oficina Normativa de Contratación y Adquisiciones del Estado (ONCAE) y con todas sus obligaciones tributarias con el Estado. El Proyecto será financiado con Fondos Nacionales. Los documentos de Licitación podrán ser vistos y descargados por los interesados en participar en este proceso en la página del Sistema Nacional de Compras y Contrataciones (HONDUCOMPRAS), a partir del día 24 de junio 2024. Cualquier aclaración o consulta a los Documentos de Licitación por parte de las empresas participantes deberán solicitarla al correo electrónico: contrataciones@sit.gob.hn, en los plazos establecidos en los Documentos de Licitación. La propuesta y demás documentos conteniendo toda la información requerida en el Documento Base de Licitación, deberá presentarse en el Salón de Usos Múltiples, en sobre cerrado dirigido a la Secretaría de Infraestructura yTransporte (SIT), en forma inviolable (lacrado) notoriamente identificado a más tardar el día 29 de julio del 2024, hasta las 10:00 a.m., hora oficial de la República de Honduras, C.A., seguidamente a la hora máxima establecida para la recepción de ofertas, se realizará el acto de apertura pública por las autoridades respectivas y en presencia de las personas que deseen asistir y de los funcionarios designados por la Secretaría y por los Organismos Contralores del Estado. De lo actuado se levantará un acta que podrá ser firmada por los representantes de los oferentes que hayan participado en dicha Audiencia Pública de Apertura de Ofertas. La Secretaría de Infraestructura y Transporte (SIT), nombrará una Comisión que será integrada por los funcionarios que designe, quienes tendrán a su cargo el Análisis de Ofertas y la Formulación de la Recomendación de Adjudicación correspondiente. Comayagüela, M.D.C., 24 de junio del 2024. MSC. ING. OCTAVIO JOSE PINEDA PAREDES SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE INFRAESTRUCTURA Y TRANSPORTE (SIT) 6 J. 2024 -- 29 of 66 -- EDIS ANTONIO MONCADA SULY YADIRA ANDRADE GUTIERREZ Colonia MirafIores Teléfono/Fax: Gerencia 2230-2520, 2230-1821 Administración: 2230-3026 CENTRO CÍVICO GUBERNAMENTAL EL SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE INFRAESTRUCTURA Y TRANSPORTE (SIT) CONSIDERANDO: Que de conformidad al artículo 247 de la Constitución de la República de Honduras, los Secretarios de Estado son colaboradores del Presidente de la República en la orientación, coordinación, dirección y supervisión de los órganos y entidades de la administración pública nacional, en el área de su competencia. CONSIDERANDO: Que en el Artículo 7 del Decreto Ejecutivo PCM-05-2022 de fecha 06 de abril del año 2022, publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” en fecha 06 de abril del 2022, se crea la Secretaría de Estado en los Despachos de Infraestructura y Transporte (SIT), con la finalidad de desarrollar los proyectos y programas de infraestructura, para lo cual contará con dos Subsecretarías, la Subsecretaría de Obras Públicas y la Subsecretaría de Transporte. Las atribuciones y competencias de la Inversión Estratégica/MCC- Honduras (INVEST-H), así como los programas y proyectos pasarán a formar parte de esta Secretaría de Estado. CONSIDERANDO: Que el Artículo 74 del Reglamento de Organización Funcionamiento y Competencias del Poder Ejecutivo, reformado mediante Decreto Ejecutivo número PCM-023-2023 publicado en el Diario Oficial La Gaceta en fecha 4 de mayo del año 2023, establece que: La Secretaría de Estado en los Despachos de Infraestructura y Transporte (SIT), le compete lo relacionado a la formulación, coordinación, ejecución y evaluación de las políticas relacionadas con las obras de Infraestructura pública, el sistema vial y el transporte, incluyendo el planteamiento, estudio, diseño, construcción, supervisión y conservación de la red vial nacional, incluyendo las vías de comunicación terrestre, interurbanas y rurales. CONSIDERANDO: Que mediante Decreto Legislativo No. 58-2011, publicado en el Diario Oficial La Gaceta en fecha 13 de Julio 2011, fue aprobada la Ley Especial para la Simplificación de los Procedimientos de Inversión en Infraestructura Pública, la cual tiene por objeto simplificar y agilizar los procedimientos de ejecución de proyectos de infraestructura pública, con el propósito de generar empleo y lograr mayor crecimiento económico a través de la modernización de la infraestructura nacional, las normas y procedimientos establecidos en esta Ley serán aplicables a las unidades ejecutoras de la Administración Pública Centralizada y Descentralizada a cargo de proyectos de infraestructura pública de cualquier naturaleza. CONSIDERANDO: Que en el artículo 22 de la Ley Especial para la Simplificación de los Procedimientos de Inversión en Secretaría de Estado en los Despachos de Infraestructura y Transporte (SIT) ACUERDO MINISTERIAL No. 0059-2024 -- 30 of 66 -- Infraestructura Pública, establece que: Los dueños de terrenos continuos o cercanos a cualquier obra de infraestructura pública, cuyos predios hayan sido identificados por la respectiva unidad ejecutora a cargo del proyecto como idóneos para servir como bancos de materiales, están obligados a facilitar y permitir la extracción de todo el material que sea necesario para la apertura, construcción, mantenimiento del proyecto, sin costo alguno para el Estado o sus contratistas, previa notificación al propietario. CONSIDERANDO: Que en el Artículo 24 de la Ley Especial para la Simplificación de los Procedimientos de Inversión en Infraestructura Pública se establece que: Para que el Estado realice el aprovechamiento racional de los materiales requeridos, la Secretaría de Estado en los Despachos de Obras Públicas, Transporte y Vivienda (SOPTRAVI) ahora Secretaría de Infraestructura y Transporte (SIT), podrá otorgar autorizaciones a los órganos estatales, encargados de la ejecución de los diferentes proyectos de infraestructura pública y/o a las empresas constructoras por dichos órganos ejecutores, para que procedan a la extracción y acarreo de los materiales, de conformidad con los respectivos contratos de obra pública. CONSIDERANDO: Que el artículo 25 de la Ley Especial para la Simplificación de los procedimientos de Inversión en Infraestructura Pública, establece que la extracción de materiales efectuada por el Estado o sus ejecutores no afectará la explotación simultánea que puedan hacer los titulares de concesiones mineras, en caso que exista concesión previa al Acuerdo que emita SOPTRAVI ahora SIT, autorizando la extracción. En tal razón, SOPTRAVI ahora SIT, emitirá la respectiva autorización para que el órgano estatal realice la extracción de materiales sobre un banco o cantera concesionada, siempre que no exista otro sitio de mejor precisión. La explotación simultánea que haga el Estado y el concesionario estará sujeta a las normas técnicas que emita la Dirección de Fomento a la Minería (DEFOMIN), ahora Instituto Hondureño de Geología y Minas (INHGEOMIN). CONSIDERANDO: Que, de no existir concesión alguna sobre el banco de materiales identificado, el Estado podrá realizar una extracción acorde con el aprovechamiento racional de esos recursos naturales, sujeto a las limitaciones que le señale DEFOMIN ahora INHGEOMIN en las respectivas normas técnicas que emitan para tal efecto. CONSIDERANDO: Que, el artículo 26 de la Ley Especial para la Simplificación de los procedimientos de Inversión en Infraestructura Pública, establece que previo a la emisión del Acuerdo la Secretaría de Estado en los Despachos de Obras Públicas, Transporte y Vivienda (SOPTRAVI), ahora Secretaría de Infraestructura y Transporte (SIT), notificará de oficio, a DEFOMIN ahora INHGEOMIN, para que esta compruebe el estado ambiental, técnico y jurídico del banco de materiales identificado. De no haber impedimento para realizar la extracción, sin más trámite, DEFOMIN ahora INHGEOMIN procederá a la emisión de las normas técnicas aplicable al aprovechamiento, extracción y acarreo de los materiales. Con las normas técnicas emitidas y comunicadas, tanto a SOPTRAVI ahora SIT como al órgano ejecutor interesado, esta Secretaría de Estado procederá a la emisión del acuerdo de autorización correspondiente el cual será notificado tanto a la Unidad Ejecutora como al propietario del inmueble identificado para servir como banco de materiales. La autorización emitida por SOPTRAVI ahora SIT, regulada en esta Ley, constituye el permiso único de extracción necesario para que el órgano ejecutor o el contratista del proyecto pueda -- 31 of 66 -- realizar la extracción de los materiales, sin perjuicio de los demás permisos que por Ley pudieran corresponder en materia municipal, forestal y ambiental. CONSIDERANDO: Que el artículo 27 de la Ley Especial para la Simplificación de los Procedimientos de Inversión en Infraestructura Pública, establece que: Cometerá el delito de desobediencia tipificado en el Código Penal quien, debidamente notificado por la autoridad competente, ejecute actos que tengan por objeto impedir al Estado o a sus contratistas el acceso al inmueble identificado para servir como banco de materiales. El mismo delito incurrirá quien impida o dificulte la extracción de materiales dentro de un mismo banco de materiales que será aprovechado por el Estado o quien procure obtener una remuneración por el valor de los materiales extraído. Cuando haya particulares que impidan el acceso al inmueble o a la extracción de materiales dentro del mismo, la Unidad Ejecutora responsable presentará inmediatamente la denuncia correspondiente ante la Fiscalía General de la República, para que se deduzca al particular la responsabilidad que corresponda. CONSIDERANDO: Que la normativa antes relacionada concede al Estado de Honduras, a través de las entidades competentes de la ejecución de los proyectos de infraestructura pública, aprovechar de manera racional los recursos minerales no metálicos requeridos para la ejecución de proyectos; y en particular el Proyecto denominado: REHABILITACIÓN DEL TRAMO CARRETERO CA-4 CUCUYAGUA- NUEVA OCOTEPEQUE-EL POY; CA-10 NUEVA OCOTEPEQUE- AGUA CALIENTE CON UNA LONGITUD APROXIMADA DE 93.6 KM, (Tramo. Beneficio a San Marco, desvío a Sensenti – Cucuyagua, con una longitud de 21.8 KM, ubicado en los departamentos de Ocotepeque y Copán), el cual está siendo ejecutado por la Secretaría de Infraestructura y Transporte (SIT), a través de la Empresa Servicios de Mantenimiento y Construcción S.A de C.V. (SERMACO). CONSIDERANDO: Que, las Unidades Desarrollo Social y Registro Minero y Catastral dependientes del Instituto Hondureño de Geología y Minas (INHGEOMIN), emitieron el Informe Técnico ITCD-014-2023 de fecha 29 de febrero del año 2024, de conformidad a la inspección realizada el día 15 de febrero del 2024, a dos (02) Bancos de Préstamo de Materiales denominados: Banco aluvial “EL HIGUITO” y Banco seco “EL METAL”, los cuales están ubicados en los municipios de La Unión y Cucuyagua, departamento de Copán, mismos que serán utilizados en el Proyecto denominado: REHABILITACIÓN DEL TRAMO CARRETERO CA-4 CUCUYAGUA-NUEVA OCOTEPEQUE-EL POY; CA- 10 NUEVA OCOTEPEQUE- AGUA CALIENTE CON UNA LONGITUD APROXIMADA DE 93.6 KM, (Tramo. Beneficio a San Marco, desvío a Sensenti – Cucuyagua, con una longitud de 21.8 KM, ubicado en los departamentos de Ocotepeque y Copán), así mismo las Unidades de Desarrollo Social y Registro Minero y Catastral, emitieron la Normativa Técnica NTBP-009-2024, en donde se establecen las Normas Técnicas aplicables para el aprovechamiento de la extracción y acarreo de materiales, en dichos Bancos. CONSIDERANDO: Que, en fecha nueve (09) de abril del año dos mil veinticuatro (2024), la Unidad Técnica de Desarrollo Social dependiente del Instituto Hondureño de Geología y Minas (INHGEOMIN), emitió el Dictamen número UDS-BP-021-2024, el cual literalmente dice: “… IV. REQUERIMIENTOS Y/O RECOMENDACIONES: Se requiere que la empresa encargada de efectuar los trabajos de aprovechamiento de material, a través de la Secretaría -- 32 of 66 -- de Infraestructura y Transporte (SIT), titular del proyecto antes mencionado en base a los requisitos establecidos en el artículo 96 del reglamento de la Ley General de Minería, complete dentro del expediente la siguiente información: Se recomienda a la Secretaría de Infraestructura y Transporte (SIT) y a la empresa ejecutora del proyecto (SERMACO), previo al inicio de las actividades de extracción de material, se deberá llevar a cabo la socialización de las actividades de aprovechamiento de material que se realizarán en el área solicitada para el desarrollo del proyecto, con las comunidades aledañas al proyecto. El informe de la socialización realizada, deberá ser presentado ante la autoridad Minera INHGEOMIN. Copia de Resolución de autorización de explotación de banco de préstamo emitido por la Secretaría de Estado en los Despachos de Infraestructura y Transporte (SIT), MEDIANTE ACUERDO ministerial, establecido en la LEY ESPECIAL PARA LA SIMPLIFICACIÓN DE LOS PROCEDIMIENTOS DE INVERSIÓN EN INFRAESTRUCTURA PÚBLICA, de acuerdo a lo instituido en los artículos No. 24, No. 25 y No. 26 de dicha Ley, Constancia, Acuerdo o Licencia Ambiental del proyecto. Informe o constancia por parte de la Alcaldía correspondiente de socialización de las actividades a realizar con las comunidades aledañas donde se ejecutará la extracción de cada Banco de material. Bitácora de Volumen de material extraído debidamente firmada y sellada por la persona a cargo una vez inicien las labores de explotación. Permisos y medidas de mitigación correspondientes por parte del ICF, para el corte de árboles que se encuentran dentro del área de extracción del Banco de préstamos. Permiso o Constancia de uso por parte del otro dueño del terreno en el caso específico del Banco Seco “EL METAL”. En futura presentación de solicitudes adjuntar el Acuerdo de nombramiento del actual Secretario de Infraestructura SIT. Además, cumplir con las recomendaciones plasmadas en los informes ITCD- 014-2024, en los trabajos de extracción para el Banco seco “EL METAL” y Banco aluvial “EL HIGUITO”…”. POR TANTO: En ejercicio de sus atribuciones y en aplicación de lo establecido en los artículos 246, 247 de la Constitución de la República; artículos 10, 29, 30, 36 numerales 2 y 8, 116, 118, 119 y 122 de la Ley General de la Administración Pública; artículos 21, 22, 23, 24, 25, 26 y 27 de la Ley Especial para la Simplificación de los Procedimientos de Inversión en Infraestructura Pública y artículo 7 del Decreto Ejecutivo PCM-05-2022 de fecha 06 de abril del año 2022, publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” en fecha 06 de abril del 2022. ACUERDA: PRIMERO: Autorizar a la Empresa Servicios de Mantenimiento y Construcción, S.A. de C.V. (SERMACO), en su carácter de EJECUTOR del Proyecto denominado: REHABILITACIÓN DEL TRAMO CARRETERO CA-4 CUCUYAGUA-NUEVA OCOTEPEQUE-EL POY; CA- 10 NUEVA OCOTEPEQUE- AGUA CALIENTE CON UNA LONGITUD APROXIMADA DE 93.6 KM, (Tramo. Beneficio a San Marco, desvío a Sensenti – Cucuyagua, con una longitud de 21.8 KM, ubicado en los departamentos de Ocotepeque y Copán), para que proceda a la explotación y aprovechamiento de dos (02) Bancos de Préstamo de Materiales denominados: Banco aluvial “EL HIGUITO” y Banco seco “EL METAL”, los cuales están ubicados en los Municipios de La Unión y Cucuyagua, Departamento de Copán; dicha explotación se realizará durante el tiempo en ejecución del proyecto y que se detalla, con su respectiva localización georreferencial a continuación: -- 33 of 66 -- Banco de préstamo de material Aluvial “EL HIGUITO”: con Hoja Cartográfica Corquín No. 2459-IV, ubicado en el Municipio de La Unión y Cucuyagua, Departamento de Copán; con coordenadas UTM siguientes: 297440 1620625, 297091 1620703, 297078 1620799, 297029 1620964, 297023 1621220, 297072 1621308, 297181 1621413, 297316 1621611, 297478 1621755, 297484 1621914, 297357 1622264, 297481 1622290, 297710 1622206, 297771 1621925, 297519 1621602, 297236 1621351, 297147 1621292, 297127 1621238, 297142 1620811, 297183 1620759, 297448 1620713. Con un Volumen de extracción autorizado de: 163,201.13 m3 Banco de préstamo de material Seco “El METAL”: con Hoja Cartográfica Santa Rosa de Copán No. 2460-II, ubicado en el Municipio de Cucuyagua, Departamento de Copán; con coordenadas UTM siguientes: 302884 1622920, 302881 1622980, 302753 1622987, 302722 1622966, 302718 1622922, 302724 1622892, 302806 1622880, 302864 1622903. con un Volumen de extracción autorizado de: 70,630.00 m3 . SEGUNDO: La Secretaría de Infraestructura y Transporte (SIT) y La empresa Servicios de Mantenimiento y Construcción S.A de C.V. (SERMACO), deberán notificar a las Alcaldías de los Municipios de La unión y Cucuyagua Departamento de Copán, sobre las actividades de extracción, así como realizar una socialización con la Asociación de Patronatos de las comunidades cercanas al Proyecto con los acuerdos correspondientes, previo al inicio de las actividades de aprovechamiento con el fin de evitar conflictos en la zona. TERCERO: La empresa Servicios de Mantenimiento y Construcción S.A de C.V. (SERMACO), deberá presentar a la Unidad de Gestión Ambiental y Cambio Climático UGACC, de la Secretaría de Estado en los Despachos de Infraestructura y Transporte (SIT), una caracterización biológica de flora y fauna del área a afectar previo al inicio de las actividades de aprovechamiento, así mismo formular y adecuar un Plan de Gestión Ambiental, que permita la recuperación de los factores ambientales del área alterada. CUARTO: La empresa Servicios de Mantenimiento y Construcción S.A de C.V. (SERMACO), deberá remitir a la Unidad de Gestión Ambiental y Cambio Climático (UGACC), de la Secretaría de Estado en los Despachos de Infraestructura y Transporte (SIT), el cronograma de actividades de extracción de materiales, actualizado a partir de la fecha de inicio de actividades, así mismo un informe mensual adjuntando copia de la Bitácora de Explotación de Materiales y la Bitácora Ambiental, donde se registren los volúmenes diarios y mensuales de extracción debidamente firmada y sellada por la empresa supervisora del proyecto, además, establecer por escrito los tiempos de ejecución de las actividades de aprovechamiento de extracción y acarreo del material. QUINTO: La empresa Servicios de Mantenimiento y Construcción S.A de C.V. (SERMACO), durante la ejecución del proyecto, deberá mantener el drenaje natural existente del área otorgada limpia y sin retenciones, evitando deslizamientos de material por arrastre, respetar mínimo de 5 a 10 metros entre el corte de material en relación al terreno natural (bordas de protección), así como no dejar montículos en el cauce del río. SEXTO: La empresa Servicios de Mantenimiento y Construcción S.A de C.V. (SERMACO), al finalizar la explotación de los Bancos de Materiales deberá presentar -- 34 of 66 -- un Plan de Cierre junto con la Solicitud del respectivo cierre ambiental de los Bancos de Préstamo de Materiales del Proyecto, ante la Unidad de Gestión Ambiental y Cambio Climático (UGACC), de la Secretaría de Estado en los Despachos de Infraestructura y Transporte (SIT), quien la remitirá al Instituto Hondureño de Geología y Minas (INHGEOMIN), a fin que ésta, en cumplimiento de lo ordenado en la Ley de Minería, su Reglamento y los Lineamientos Técnicos emitidos por INHGEOMIN, dé por culminada la explotación de los Bancos de Materiales. SÉPTIMO: La empresa Servicios de Mantenimiento y Construcción, S.A. de C.V. (SERMACO), al finalizar la explotación de los Bancos de Materiales deberá realizar actividades de reforestación con plantas nativas de la zona. OCTAVO: Notificar el presente acuerdo a la Unidad Municipal Ambiental del Municipio de La Unión y del Municipio de Cucuyagua, Departamento de Copán, a la Unidad Ejecutora y al Instituto Hondureño de Geología y Minas (INHGEOMIN), a fin que éstas, en cumplimiento de lo ordenado en la Ley Especial para la Simplificación de los Procedimientos de Inversión en Infraestructura Pública, supervisen el cumplimiento de las normas técnicas emitidas en relación a la extracción y acarreo de los materiales, con el fin de informar a los órganos fiscalizadores de Estado y a la ciudadanía en general, los resultados de dicha supervisión. NOVENO: Notificar al propietario del inmueble, el presente acuerdo, a quien se le hará saber que el no cumplimiento de lo dispuesto en el mismo, dará lugar a aplicar lo establecido en el artículo 27 de la Ley Especial para la Simplificación de los Procedimientos de Inversión en Infraestructura Pública, que dice: Cometerá el delito de desobediencia tipificado en el Código Penal quien, debidamente notificado por la autoridad competente, ejecute actos que tengan por objeto impedir al Estado o a sus contratistas el acceso al inmueble identificado para servir como banco de materiales. El mismo delito incurrirá quien impida o dificulte la extracción de materiales dentro de un banco de materiales que será aprovechado por el Estado o quien procure obtener una remuneración por el valor de los materiales extraídos. Cuando haya particulares que impidan el acceso al inmueble o a la extracción de materiales dentro del mismo, la Unidad Ejecutora responsable presentará inmediatamente la denuncia correspondiente ante la Fiscalía General de la República, para que se deduzca al particular la responsabilidad que corresponda. DÉCIMO: El presente acuerdo es de ejecución inmediata y deberá publicarse en el Diario Oficial La Gaceta. Dado en la ciudad de Comayagüela, municipio del Distrito Central a los veintinueve (29) días del mes de abril del año dos mil veinticuatro (2024). COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE: MSC. ING. OCTAVIO JOSÉ PINEDA PAREDES SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE INFRAESTRUCTURA Y TRANSPORTE (SIT) ABG. KENIA MARITZA CASTRO MARTINEZ SECRETARIA GENERAL Actuando mediante Acuerdo de Delegación No. 57-2024 del 26 de abril del 2024 -- 35 of 66 -- Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M . D . C . , 13 D E J U L I O D E L 2024 N o . 36,585 CONCURSO PÚBLICO NACIONAL CPN-SIT-035-2024 Comayagüela, M.D.C., 1 de julio de 2024 La Secretaría de Infraestructura y Transporte (SIT), de acuerdo con el Artículo No. 61 de la Ley de Contratación del Estado, por medio de la presente les invita a presentar Ofertas Técnicas a las Firmas Consultoras PRECALIFACADAS EN LA CATEGORÍA: OBRAS VIALES, CLASIFICACIÓN A (año 2022): Correspondiente a la supervisión del siguiente proyecto: “SUPERVISIÓN DE LA CONSERVACIÓN DEL TRAMO CARRETERO CA-A, CHOLUTECA - LOS HORCONES - SAN MARCOS DE COLON - EL ESPINO, DEPARTAMENTO DE CHOLUTECA, HONDURAS, C.A. LOTE 1: CHOLUTECA - LOS HORCONES. LOTE 2: LOS HORCONES - SAN MARCOS DE COLON - EL ESPINO. El financiamiento para la realización del proceso proviene exclusivamente de Fondos Nacionales. Los Términos de Referencia del presente proceso se encuentran disponibles de forma gratuita y digital para su consulta y entrega en las oficinas del Despacho de la Secretaría de Infraestructura y Transporte (SIT), ubicadas en el Barrio La Bolsa, Comayagüela M.D.C. (traer dispositivo de almacenamiento), o puede ser adquirido en la plataforma de HONDUCOMPRAS. Las ofertas Técnicas (original y 1 copia digital en memoria USB) se presentarán debidamente selladas, y deberán ser dirigidas a la Secretaría de Estado en los Despachos de Infraestructura y Transporte (SIT), el día 30 de julio de 2024 hasta las 2:00 P.M. EN ELSALÓN DE USOS MÚLTIPLES, DE LA SECRETARÍA DE INFRAESTRUCTURA Y TRANSPORTE (SIT), BARRIO LA BOLSA, COMAYAGÜELA, M.D.C., en donde se realizará la recepción y apertura de las Ofertas Técnicas y Económicas en sobres separados, por las autoridades respectivas de los funcionarios designados por la SIT y por los Organismos Contralores del Estado. Las Ofertas que se presenten fuera del plazo establecido serán rechazadas. 1. Descripción General: Servicios de consultoría requeridos para el proyecto: “SUPERVISIÓN DE LA CONSERVACIÓN DEL TRAMO CARRETERO CA-A, CHOLUTECA - LOS HORCONES - SAN MARCOS DE COLON - EL ESPINO, DEPARTAMENTO DE CHOLUTECA, HONDURAS C.A. LOTE 1: CHOLUTECA - LOS HORCONES. LOTE 2: LOS HORCONES - SAN MARCOS DE COLON - EL ESPINO. 2. Modalidad de Contratación: La modalidad de contratación promovida a través de la presente invitación es Concurso Público Nacional, la firma será seleccionada mediante el método “Selección Basada Calidad Costo (SBCC)” y siguiendo los procedimientos descritos en el Documento Base y estará regida por la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento. 3. Información adicional: Los interesados podrán obtener información adicional en la siguiente dirección: Secretaría de Infraestructura y Transporte (SIT), Barrio La Bolsa, Comayagüela, Francisco Morazán, Honduras, contrataciones@sit.gob.hn. Esta invitación, no debe interpretarse como una oferta de contratación con su Representada. Sin otro particular, les saludamos atentamente. MSC. ING. OCTAVIO JOSÉ PINEDA PAREDES SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE INFRAESTRUCTURA Y TRANSPORTE (SIT) 13 J. 2024 Barrio la Bolsa, Comayagüela, M.D.C. Honduras C.A. Teléfono: (504) 2232-7200 Ext. 1135, 1136 CONCURSO PÚBLICO NACIONAL CPN-SIT-035-2024 Comayagüela M.D.C. 1 de julio de 2024 La Secretaría de Infraestructura y Transporte (SIT), de acuerdo con el Artículo No. 61 de la Ley de Contratación del Estado, Por medio de la presente les invita a presentar Ofertas Técnicas a las Firmas Consultoras PRECALIFACADAS EN LA CATEGORÍA: OBRAS VIALES, CLASIFICACIÓN A (año 2022): Correspondiente a la supervisión del siguiente proyecto: “SUPERVISIÓN DE LA CONSERVACIÓN DEL TRAMO CARRETERO CA-A, CHOLUTECA - LOS HORCONES - SAN MARCOS DE COLON - EL ESPINO, DEPARTAMENTO DE CHOLUTECA, HONDURAS C.A. LOTE 1: CHOLUTECA - LOS HORCONES. LOTE 2: LOS HORCONES - SAN MARCOS DE COLON - EL ESPINO. El Financiamiento para la realización del proceso proviene exclusivamente de Fondos Nacionales. Los Términos de Referencia del presente proceso se encuentran disponibles de forma gratuita y digital para su consulta y entrega en las oficinas del Despacho de la Secretaría de Infraestructura y Transporte (SIT), ubicadas en el Barrio La Bolsa, Comayagüela M.D.C. (traer dispositivo de almacenamiento), o puede ser adquirido en la plataforma de HONDUCOMPRAS. Las ofertas Técnicas (original y 1 copia digital en memoria USB) se presentarán debidamente selladas, y deberán ser dirigidas a la Secretaría de Estado en los Despachos de Infraestructura y Transporte (SIT), el día 30 de julio de 2024 hasta las 2:00 P.M. EN EL SALÓN DE USOS MÚLTIPLES, DE LA SECRETARÍA DE INFRAESTRUCTURA Y TRANSPORTE (SIT), BARRIO LA BOLSA, COMAYAGÜELA M.D.C., en donde se realizará la recepción y apertura de las Ofertas Técnicas y Económicas en sobres separados, por las autoridades respectivas de los funcionarios designados por la SIT y por los Organismos Contralores del Estado. Las Ofertas que se presenten fuera del plazo establecido serán rechazadas. 1. Descripción General: Servicios de consultoría requeridos para el proyecto: “SUPERVISIÓN DE LA CONSERVACIÓN DEL TRAMO CARRETERO CA-A, CHOLUTECA - LOS HORCONES - SAN MARCOS DE COLON - EL ESPINO, DEPARTAMENTO DE CHOLUTECA, HONDURAS C.A. LOTE 1: CHOLUTECA - LOS HORCONES. LOTE 2: LOS HORCONES - SAN MARCOS DE COLON - EL ESPINO. -- 36 of 66 -- Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M . D . C . , 13 D E J U L I O D E L 2024 N o . 36,585 CONCURSO PÚBLICO NACIONAL CPN-SIT-033-2024 Comayagüela, M.D.C., 28 de junio de 2024 La Secretaría de Infraestructura y Transporte (SIT), de acuerdo con el Artículo No. 61 de la Ley de Contratación del Estado, por medio de la presente les invita a presentar Ofertas Técnicas a las Firmas Consultoras PRECALIFICADAS EN LA CATEGORÍA: OBRAS DE PASO, CLASIFICACIÓN A, B, C Y D (año 2022): Correspondiente a la supervisión del siguiente proyecto: “SUPERVISIÓN DE LA REPARACIÓN DE PUENTE SAN MARCOS, SOBRE RÍO CUERO, MUNICIPIO DE OLANCHITO, DEPARTAMENTO DE YORO”. El Financiamiento para la realización del proceso proviene exclusivamente de Fondos Nacionales. Los Términos de Referencia del presente proceso se encuentran disponibles de forma gratuita y digital para su consulta y entrega en las oficinas del Despacho de la Secretaría de Infraestructura y Transporte (SIT), ubicadas en el Barrio La Bolsa, Comayagüela, M.D.C., (traer dispositivo de almacenamiento), o puede ser adquirido en la plataforma de HONDUCOMPRAS. Las ofertas Técnicas (original y 1 copia digital en memoria USB) se presentarán debidamente selladas y deberán ser dirigidas a la Secretaría de Estado en los Despachos de Infraestructura y Transporte (SIT), el día 17 de julio de 2024 hasta las 11:00 A.M. EN LAS OFICINAS DE LA UNIDAD DE APOYO TÉCNICO DE INVERSIÓN (UATI), DE LA SECRETARÍA DE INFRAESTRUCTURA Y TRANSPORTE (SIT), BARRIO LA BOLSA, COMAYAGÜELA, M.D.C., en donde se realizará la recepción de las Ofertas Técnicas por las autoridades respectivas de los funcionarios designados por la SIT y por los Organismos Contralores del Estado. Las Ofertas que se presenten fuera del plazo establecido serán rechazadas. 1. Descripción General: Servicios de consultoría requeridos para el proyecto: “SUPERVISIÓN DE LA REPARACIÓN DE PUENTE SAN MARCOS, SOBRE RÍO CUERO, MUNICIPIO DE OLANCHITO, DEPARTAMENTO DE YORO”. 2. Modalidad de Contratación: La modalidad de contratación promovida a través de la presente invitación es Concurso Público Nacional, la firma será seleccionada mediante el método “Selección Basada en la Calidad (SBC)” y siguiendo los procedimientos descritos en el Documento Base y estará regida por la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento. 3. Información adicional: Los interesados podrán obtener información adicional en la siguiente dirección: Secretaría de Infraestructura y Transporte (SIT), Barrio La Bolsa, Comayagüela, Francisco Morazán, Honduras, contrataciones@sit.gob.hn. Esta invitación, no debe interpretarse como una oferta de contratación con su Representada. Sin otro particular, les saludamos atentamente. MSC. ING. OCTAVIO JOSÉ PINEDA PAREDES SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE INFRAESTRUCTURA Y TRANSPORTE (SIT) 13 J. 2024 -- 37 of 66 -- Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M . D . C . , 13 D E J U L I O D E L 2024 N o . 36,585 REPÚBLICA DE HONDURAS SECRETARÍA DE INFRAESTRUCTURA Y TRANSPORTE (SIT) LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL NO. LPN-SIT-028-2024 El Gobierno de la República de Honduras, por medio de la Secretaría de Infraestructura y Transporte (SIT), y en aplicación de los Artículos No. 38, 41, 43 y 46 de la Ley de Contratación del Estado, INVITA: A las Empresas Constructoras debidamente Precalificadas en Obras Viales, Categoría 1 por la Secretaría de Infraestructura y Transporte (SIT), a presentar Ofertas para el Proyecto: “CONSERVACIÓN DEL TRAMO CARRETERO CA-A, CHOLUTECA - LOS HORCONES - SAN MARCOS DE COLÓN - EL ESPINO, DEPARTAMENTO DE CHOLUTECA, HONDURAS C.A. LOTE 1: CHOLUTECA - LOS HORCONES. LOTE 2: LOS HORCONES - SAN MARCOS DE COLÓN - EL ESPINO. Podrán participar en el presente proceso de Licitación Pública Nacional, todas las Empresas Precalificadas en Obras Viales, Categoría 1 por la Secretaría de Infraestructura y Transporte (SIT) y que de acuerdo con su capacidad puedan ejecutar este tipo de Proyectos. Dichas empresas deberán estar previamente inscritas y solventes en el Registro de Contratistas del Estado que para tal efecto lleva la Oficina Normativa de Contratación y Adquisiciones del Estado (ONCAE) y con todas sus obligaciones tributarias con el Estado. El Proyecto será financiado con Fondos Nacionales. Los documentos de Licitación podrán ser vistos y descargados por los interesados en participar en este proceso en la página del Sistema Nacional de Compras y Contrataciones (HONDUCOMPRAS) a partir del día 1 de julio, 2024. Cualquier aclaración o consulta a los Documentos de Licitación por parte de las empresas participantes deberán solicitarla al correo electrónico: contrataciones@sit.gob.hn, en los plazos establecidos en los Documentos de Licitación. La propuesta y demás documentos conteniendo toda la información requerida en el Documento Base de Licitación, deberá presentarse en el Salón de Usos Múltiples, en sobre cerrado dirigido a la Secretaría de Infraestructura y Transporte (SIT), en forma inviolable (lacrado) notoriamente identificado a más tardar el día 30 de julio del 2024, hasta las 11:00 a.m., hora oficial de la República de Honduras, C.A., seguidamente a la hora máxima establecida para la recepción de ofertas se realizará el acto de apertura pública por las autoridades respectivas y en presencia de las personas que deseen asistir y de los funcionarios designados por la Secretaría y por los Organismos Contralores del Estado. De lo actuado se levantará un acta que podrá ser firmada por los representantes de los oferentes que hayan participado en dicha Audiencia Pública de Apertura de Ofertas. La Secretaría de Infraestructura y Transporte (SIT), nombrará una Comisión que será integrada por los funcionarios que designe, quienes tendrán a su cargo el Análisis de las Ofertas y la Formulación de la Recomendación de Adjudicación correspondiente. Comayagüela, M.D.C., 1 de julio del 2024. MSC. ING. OCTAVIO JOSE PINEDA PAREDES SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE INFRAESTRUCTURA Y TRANSPORTE (SIT) 13 J. 2024 -- 38 of 66 -- Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M . D . C . , 13 D E J U L I O D E L 2024 N o . 36,585 CONCURSO PÚBLICO NACIONAL CPN-SIT-034-2024 Comayagüela, M.D.C., 28 de junio de 2024 La Secretaría de Infraestructura y Transporte (SIT), de acuerdo con el Artículo No. 61 de la Ley de Contratación del Estado, por medio de la presente, les invita a presentar Ofertas Técnicas a las firmas Consultoras PRECALIFICADAS EN LA CATEGORÍA: OBRAS DE PASO, CLASIFICACIÓN A, B, C Y D (año 2022): Correspondiente a la supervisión del siguiente proyecto: “SUPERVISIÓN DE LA CONSTRUCCIÓN DE PUENTE OPALACA SOBRE RÍO GRANDE DE OJO DE AGUA, MUNICIPIO DE SAN FRANCISCO DE OPALACA, DEPARTAMENTO DE INTIBUCÁ”. El Financiamiento para la realización del proceso proviene exclusivamente de Fondos Nacionales. Los Términos de Referencia del presente proceso se encuentran disponibles de forma gratuita y digital para su consulta y entrega en las oficinas del Despacho de la Secretaría de Infraestructura y Transporte (SIT), ubicadas en el Barrio La Bolsa, Comayagüela, M.D.C., (traer dispositivo de almacenamiento), o puede ser adquirido en la plataforma de HONDUCOMPRAS. Las ofertas Técnicas (original y 1 copia digital en memoria USB), se presentarán debidamente selladas y deberán ser dirigidas a la Secretaría de Estado en los Despachos de Infraestructura y Transporte (SIT), el día 17 de julio de 2024 hasta las 10:00 A.M. EN LAS OFICINAS DE LA UNIDAD DE APOYO TÉCNICO DE INVERSIÓN (UATI), DE LA SECRETARÍA DE INFRAESTRUCTURA Y TRANSPORTE (SIT), BARRIO LA BOLSA, COMAYAGÜELA, M.D.C., en donde se realizará la recepción de las Ofertas Técnicas por las autoridades respectivas de los funcionarios designados por la SIT y por los Organismos Contralores del Estado. Las Ofertas que se presenten fuera del plazo establecido serán rechazadas. 1. Descripción General: Servicios de consultoría requeridos para el proyecto: “SUPERVISIÓN DE LA CONSTRUCCIÓN DE PUENTE OPALACA SOBRE RÍO GRANDE DE OJO DE AGUA, MUNICIPIO DE SAN FRANCISCO DE OPALACA, DEPARTAMENTO DE INTIBUCÁ”. 2. Modalidad de Contratación: La modalidad de contratación promovida a través de la presente invitación, es Concurso Público Nacional, la firma será seleccionada mediante el método “Selección Basada en la Calidad (SBC)” y siguiendo los procedimientos descritos en el Documento Base y estará regida por la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento. 3. Información Adicional: Los interesados podrán obtener información adicional en la siguiente dirección: Secretaría de Infraestructura y Transporte (SIT), Barrio la Bolsa, Comayagüela, Francisco Morazán, Honduras, contrataciones@sit.gob.hn. Esta invitación, no debe interpretarse como una oferta de contratación con su Representada. Sin otro particular, les saludamos atentamente. MSC. ING. OCTAVIO JOSÉ PINEDA PAREDES SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE INFRAESTRUCTURA Y TRANSPORTE (SIT) 13 J. 2024 -- 39 of 66 -- Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M . D . C . , 13 D E J U L I O D E L 2024 N o . 36,585 CONCURSO PÚBLICO NACIONAL CPN-SIT-032-2024 Comayagüela, M.D.C., 28 de junio de 2024 La Secretaría de Infraestructura y Transporte (SIT), de acuerdo con el Artículo No. 61 de la Ley de Contratación del Estado, por medio de la presente les invita a presentar Ofertas Técnicas a las Firmas Consultoras PRECALIFICADAS EN LA CATEGORÍA: OBRAS DE PASO, CLASIFICACIÓN A, B, C Y D (año 2022): Correspondiente a la supervisión del siguiente proyecto: “SUPERVISIÓN DE LA CONSTRUCCIÓN DE OBRAS DE PROTECCIÓN DE PUENTE GUAYMON SOBRE RÍO MEZAPA, ENTRE LÍMITE DEPARTAMENTAL YORO Y ATLÁNTIDA”. El Financiamiento para la realización del proceso proviene exclusivamente de Fondos Nacionales. Los Términos de Referencia del presente proceso se encuentran disponibles de forma gratuita y digital para su consulta y entrega en las oficinas del Despacho de la Secretaría de Infraestructura y Transporte (SIT), ubicadas en el Barrio La Bolsa, Comayagüela, M.D.C., (traer dispositivo de almacenamiento), o puede ser adquirido en la plataforma de HONDUCOMPRAS. Las ofertas Técnicas (original y 1 copia digital en memoria USB) se presentarán debidamente selladas, y deberán ser dirigidas a la Secretaría de Estado en los Despachos de Infraestructura y Transporte (SIT), el día 17 de julio de 2024 hasta las 4:00 P.M. EN LAS OFICINAS DE LA UNIDAD DE APOYO TÉCNICO DE INVERSIÓN (UATI), DE LA SECRETARÍA DE INFRAESTRUCTURA Y TRANSPORTE (SIT), BARRIO LA BOLSA, COMAYAGÜELA, M.D.C., en donde se realizará la recepción de las Ofertas Técnicas por las autoridades respectivas de los funcionarios designados por la SIT y por los Organismos Contralores del Estado. Las Ofertas que se presenten fuera del plazo establecido serán rechazadas. 1. Descripción General: Servicios de consultoría requeridos para el proyecto: “SUPERVISIÓN DE LA CONSTRUCCIÓN DE OBRAS DE PROTECCIÓN DE PUENTE GUAYMON SOBRE RÍO MEZAPA, ENTRE LÍMITE DEPARTAMENTAL YORO Y ATLÁNTIDA”. 2. Modalidad de Contratación: La modalidad de contratación promovida a través de la presente invitación es Concurso Público Nacional, la firma será seleccionada mediante el método “Selección Basada en la Calidad (SBC)” y siguiendo los procedimientos descritos en el Documento Base y estará regida por la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento. 3. Información adicional: Los interesados podrán obtener información adicional en la siguiente dirección: Secretaría de Infraestructura y Transporte (SIT), Barrio La Bolsa, Comayagüela, Francisco Morazán, Honduras, contrataciones@sit.gob.hn. Esta invitación, no debe interpretarse como una oferta de contratación con su Representada. Sin otro particular, les saludamos atentamente. MSC. ING. OCTAVIO JOSÉ PINEDA PAREDES SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE INFRAESTRUCTURA Y TRANSPORTE (SIT) 13 J. 2024 -- 40 of 66 -- Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M . D . C . , 20 D E J U L I O D E L 2024 N o . 36,591 REPÚBLICA DE HONDURAS SECRETARÍA DE INFRAESTRUCTURA Y TRANSPORTE (SIT) LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL NO. LPN-SIT-050-2024 El Gobierno de la República de Honduras, por medio de la Secretaría de Infraestructura y Transporte (SIT) y en aplicación de los Artículos No. 38, 41, 43 y 46 de la Ley de Contratación del Estado, INVITA: A las Empresas Constructoras debidamente Precalificadas en Obras Viales, Categorías 1, 2 y 3 por la Secretaría de Infraestructura y Transporte (SIT), a presentar Ofertas para el Proyecto: "MANTENIMIENTO DE LA RED VIAL NO PAVIMENTADA TRAMOS: RUTA 122, SAN JUAN DE DIOS – SAN ANTONIO, TOCO – CHUPUCAY – PLANES, GUALAMOLOCA – LOS LIRIOS – CHUPUCAY, MONTE VERDE – AGUA CALIENTE – L.D. INTIBUCÁ SANTA BÁRBARA, DEPARTAMENTO DE INTIBUCÁ. LONG: 59.13 KM". Podrán participar en el presente proceso de Licitación Pública Nacional, todas las Empresas Precalificadas en Obras Viales, Categorías 1, 2 y 3 por la Secretaría de Infraestructura y Transporte (SIT) y que de acuerdo con su capacidad puedan ejecutar este tipo de Proyectos. Dichas empresas deberán estar previamente inscritas y solventes en el Registro de Contratistas del Estado, que para tal efecto lleva la Oficina Normativa de Contratación y Adquisiciones del Estado (ONCAE) y con todas sus obligaciones tributarias con el Estado. El Proyecto será financiado con Fondos Nacionales. Los documentos de Licitación podrán ser vistos y descargados por los interesados en participar en este proceso en la página del Sistema Nacional de Compras y Contrataciones (HONDUCOMPRAS), a partir del día 5 de julio 2024. Cualquier aclaración o consulta a los Documentos de Licitación por parte de las empresas participantes deberán solicitarla al correo electrónico: contrataciones@sit.gob.hn en los plazos establecidos en los Documentos de Licitación. La propuesta y demás documentos conteniendo toda la información requerida en el Documento Base de Licitación, deberá presentarse en el Salón de Usos Múltiples, en sobre cerrado dirigido a la Secretaría de Infraestructura y Transporte (SIT), en forma inviolable (lacrado) notoriamente identificado a más tardar el día 9 de agosto del 2024, hasta las 11:00 a.m., hora oficial de la República de Honduras, C.A., seguidamente a la hora máxima establecida para la recepción de ofertas se realizará el acto de apertura pública por las autoridades respectivas y en presencia de las personas que deseen asistir y de los funcionarios designados por la Secretaría y por los Organismos Contralores del Estado. De lo actuado se levantará un acta que podrá ser firmada por los representantes de los oferentes que hayan participado en dicha Audiencia Pública de Apertura de Ofertas. La Secretaría de Infraestructura y Transporte (SIT), nombrará una Comisión que será integrada por los funcionarios que designe, quienes tendrán a su cargo el Análisis de las Ofertas y la Formulación de la Recomendación de Adjudicación correspondiente. Comayagüela, M.D.C., 5 de julio del 2024. MSC. ING. OCTAVIO JOSÉ PINEDA PAREDES SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE INFRAESTRUCTURA Y TRANSPORTE (SIT) 20 J. 2024 -- 41 of 66 -- Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M . D . C . , 20 D E J U L I O D E L 2024 N o . 36,591 REPÚBLICA DE HONDURAS SECRETARÍA DE INFRAESTRUCTURA Y TRANSPORTE (SIT) LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL NO. LPN-SIT-049-2024 El Gobierno de la República de Honduras por medio de la Secretaría de Infraestructura y Transporte (SIT), y en aplicación de los Artículos No. 38, 41, 43 y 46 de la Ley de Contratación del Estado, INVITA: A las Empresas Constructoras debidamente Precalificadas en Obras Viales, Categorías 1, 2 y 3 por la Secretaría de Infraestructura y Transporte (SIT), a presentar Ofertas para el Proyecto: "MANTENIMIENTO DE LA RED VIAL NO PAVIMENTADA TRAMOS: SAN NICOLÁS – SAN ANTONIO, EL ROSARIO –EL NARANJO, YAMARANGUILA – SEMANE, SAN FCO. DE OPALACA – EL PINAL – NUEVA ESPERANZA – V666 (LIMITE INTIBUCÁ SB), SAN PEDRITO – SAN BARTOLO – TEJERA RÍO BLANCO, DEPARTAMENTO DE INTIBUCÁ. LONG: 55.67 KM". Podrán participar en el presente proceso de Licitación Pública Nacional, todas las Empresas Precalificadas en Obras Viales, Categorías 1, 2 y 3 por la Secretaría de Infraestructura y Transporte (SIT) y que de acuerdo con su capacidad puedan ejecutar este tipo de Proyectos. Dichas empresas deberán estar previamente inscritas y solventes en el Registro de Contratistas del Estado que para tal efecto lleva la Oficina Normativa de Contratación y Adquisiciones del Estado (ONCAE) y con todas sus obligaciones tributarias con el Estado, el Proyecto será financiado con Fondos Nacionales. Los documentos de Licitación podrán ser vistos y descargados por los interesados en participar en este proceso en la página del Sistema Nacional de Compras y Contrataciones (HONDUCOMPRAS) a partir del día 5 de julio, 2024. Cualquier aclaración o consulta a los Documentos de Licitación por parte de las empresas participantes deberán solicitarla al correo electrónico: contrataciones@sit. gob.hn, en los plazos establecidos en los Documentos de Licitación. La propuesta y demás documentos conteniendo toda la información requerida en el Documento Base de Licitación, deberá presentarse en el Salón de Usos Múltiples, en sobre cerrado dirigido a la Secretaría de Infraestructura y Transporte (SIT), en forma inviolable (lacrado) notoriamente identificado a más tardar el día 9 de agosto del 2024, hasta las 10:00 a.m., hora oficial de la República de Honduras, C.A., seguidamente a la hora máxima establecida para la recepción de ofertas se realizará el acto de apertura pública por las autoridades respectivas y en presencia de las personas que deseen asistir y de los funcionarios designados por la Secretaría y por los Organismos Contralores del Estado. De lo actuado se levantará un acta que podrá ser firmada por los representantes de los oferentes que hayan participado en dicha Audiencia Pública de Apertura de Ofertas. La Secretaría de Infraestructura y Transporte (SIT), nombrará una Comisión que será integrada por los funcionarios que designe, quienes tendrán a su cargo el Análisis de las Ofertas y la Formulación de la Recomendación de Adjudicación correspondiente. Comayagüela, M.D.C., 5 de julio del 2024. MSC. ING. OCTAVIO JOSÉ PINEDA PAREDES SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE INFRAESTRUCTURA Y TRANSPORTE (SIT) 20 J. 2024 -- 42 of 66 -- La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 25 D E J U L I O D E L 2024 N o . 36,595 Sección “B” CONCURSO PÚBLICO NACIONAL CPN-SIT-038-2024 Comayagüela, M.D.C., 4 de julio de 2024 La Secretaría de Infraestructura y Transporte (SIT), de acuerdo con el Artículo No. 61 de la Ley de Contratación del Estado, por medio de la presente les invita a presentar Ofertas Técnicas a las Firmas Consultoras PRECALIFICADAS EN LA CATEGORÍA: OBRAS VIALES, CLASIFICACIÓN A y B (año 2022): Correspondiente a la supervisión del siguiente proyecto: “PAVIMENTACIÓN CON CONCRETO HIDRÁULICO 4000PSI, 04V33100, COPÁN RUINAS - SESEMIL - AGUA CALIENTE, APROXIMADAMENTE 5.00 KM, (COPÁN RUINAS – SESEMIL, ESTACIONES: 0+000 – 5+000), DEPARTAMENTO DE COPÁN”. El Financiamiento para la realización del proceso proviene exclusivamente de Fondos Nacionales. Los Términos de Referencia del presente proceso se encuentran disponibles de forma gratuita y digital para su consulta y entrega en las oficinas del Despacho de la Secretaría de Infraestructura y Transporte (SIT), ubicadas en el Barrio La Bolsa, Comayagüela, M.D.C., (traer dispositivo de almacenamiento), o puede ser adquirido en la plataforma de HONDUCOMPRAS. Las ofertas Técnicas (original y 1 copia digital en memoria USB) se presentarán debidamente selladas y deberán ser dirigidas a la Secretaría de Estado en los Despachos de Infraestructura y Transporte (SI

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