Contrato No. SIT-SU-204-2025 — Servicios de supervisión - Pavimentación con concreto hidráulico 4000 PSI, 08S10310, San Ignacio-Siria
Articulos
Articulo 2
Los Contratos y Salón de Sesiones del Congreso Nacional, modificaciones aprobados en el presente a los Diecinueve días del mes de Mayo de Decreto surten sus efectos legales según Dos Mil Veintiséis. el marco jurídico nacional, sin perjuicio de la responsabilidad penal, civil o administrativa en que haya incurrido cualquier Funcionario Público que intervino en la suscripción de la misma. JOSÉ TOMÁS ZAMBRANO MOLINA PRESIDENTE
Articulo 3
La Secretaría de Estado en los Despachos de Infraestructura y Transporte (SIT) debe remitir al Congreso Nacional un informe detallado en un plazo de seis (6) meses, contados a partir de la entrada en vigencia del presente Decreto, sobre el estado de ejecución y avance de los proyectos aprobados en el mismo.
Articulo 4
El presente Decreto entrará en vigencia partir del día su publicación en el Diario Oficial “La Gaceta”. 2108 A.