Vigente
Decreto No. 709-2026 | 4 de julio de 2026 | La Gaceta No. 37,185

Acuerdo No. 709-2026 — Supresión de la Dirección Policial Anti Maras y Pandillas Contra el Crimen Organizado (DIPAMPCO)

Considerandos

  1. 1.Que el artículo 293 de la Constitución de la República establece: “La Policía Nacional es una institución profesional permanente del Estado, apolítica en el sentido partidista de naturaleza puramente civil, encargada de velar por la conservación del orden público, la prevención, control y combate al delito; proteger la seguridad de las personas y sus bienes; ejecutar las resoluciones, disposiciones, mandatos y decisiones legales de las autoridades y funcionarios públicos, todo con estricto respeto a los derechos humanos. La Policía Nacional se regirá por legislación especial”.
  2. 2.Que el artículo 321 de la Constitución de la República dispone: “Los servidores del Estado no tienen más facultades que las que expresamente les confiere la ley. Todo acto que ejecuten fuera de la ley es nulo e implica responsabilidad”.
  3. 3.Que el artículo 36 numerales 1) y 8) de la Ley General de la Administración Pública establece: 22 A.
  4. 4.Que el artículo 44 de la Ley Orgánica de la Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad y la Policía Nacional, establece lo siguiente: "Creación de Dependencias. El Director General de la Policía Nacional puede solicitar al Secretario de Estado en el Despacho de Seguridad para que éste mediante acuerdo pueda crear, SUPRIMIR, modificar y fusionar las DIRECCIONES, divisiones, departamentos, secciones, unidades y demás dependencias que sean necesarias para la mejor organización y funcionamiento de la Policía Nacional, conforme a las necesidades del servicio, para lo cual puede solicitar recomendación técnica del Directorio Estratégico Policial".
  5. 5.Que el artículo 57 numerales 4 y 5 de la Ley Orgánica de la Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad y de la Policía Nacional establece las FUNCIONES DEL DIRECTORIO ESTRATÉGICO: “...4) Asesorar, emitir opiniones y recomendaciones sobre los temas de interés institucional sometidos a consideración del Directorio por el Director General de la Policía Nacional y aquellos propuestos por los miembros del Directorio de Estado en el Despacho de Seguridad y de la Policía sobre las materias de su competencia; 5) Asesorar sobre la Nacional establece: "DIRECTORIO ESTRATÉGICO conveniencia en relación a la creación, supresión o fusión de POLICIAL. Es un órgano superior encargado de asesorar a dependencias policiales, según las necesidades del Servicio”. la Dirección General de LA POLICÍA en aspectos técnicos y operativos del servicio policial, así como de ejercer las
  6. 6.Que el artículo 8 del Reglamento demás funciones señaladas en la Ley Orgánica y respectivos General de la Ley Orgánica de la Secretaría de Estado en Reglamentos ... ". el Despacho de Seguridad y la Policía Nacional, establece lo siguiente: "ESTRUCTURA ORGANIZACIONAL
  7. 7.Que mediante Acuerdo Ministerial DE LA SECRETARÍA. LA SECRETARÍA cuenta con la número 1417-2022 de fecha 18 de julio del año 2022, estructura organizacional descrita en la Ley Orgánica y en el publicado en el Diario Oficial La Gaceta en fecha 20 de julio presente Reglamento. No obstante, el Secretario de Estado del año 2022, se creó la Dirección Policial Anti Maras y puede crear, suprimir modificar, reorganizar y fusionar las Pandillas Contra el Crimen Organizado (DIPAMPCO). direcciones, departamentos, unidades y demás dependencias que la componen, de conformidad a lo dispuesto en la Ley
  8. 8.Que mediante Dictamen Técnico General de la Administración Pública y sus reformas". DGPN-DEP-No.15-2026, emitido por el Directorio Estratégico Policial, en fecha 29 de mayo del año 2026,
  9. 9.Que el artículo 9 del Reglamento se recomienda suprimir la Dirección Policial Anti Maras y General de la Ley Orgánica de la Secretaría de Estado en el Pandillas Contra el Crimen Organizado (DIPAMPCO). Despacho de Seguridad y de la Policía Nacional establece: "INFORME TÉCNICO. Para crear, modificar, fusionar
  10. 10.Que el párrafo primero del artículo 69 10), 36 numerales 1) y 8), 118 y 122 de la Ley General de del Reglamento General de la Ley Orgánica de la Secretaría la Administración Pública; 44, 57 numerales 4 y 5 de la A. 23 REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M.D.C., 4 DE JULIO DEL 2026 No. 37,185 Ley Orgánica de la Secretaría de Estado en el Despacho de levantamiento de inventario de los bienes, Seguridad y de la Policía Nacional de Honduras; 8, 9, 69 del recursos materiales, tecnológicos, armas, Reglamento General de la Ley Orgánica de la Secretaría de equipo logístico y flota vehicular, para su Estado en el Despacho de Seguridad y de la Policía Nacional de Honduras; Dictamen Técnico DGPN-DEP-No. 15-2026. distribución conforme a la necesidad del servicio policial. ACUERDA: QUINTO: PRIMERO: Suprimir para todos los efectos legales, la Dirección Policial Anti Maras y Pandillas Contra el Crimen Organizado (DIPAMPCO), creada mediante el Acuerdo Ministerial Número 1417-2022 de fecha 20 de julio del 2022, publicado en el Diario Oficial La Gaceta No. 35,980. Se instruye a la Gerencia Administrativa de la Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad para que realice los ajustes, transferencias y liquidaciones presupuestarias necesarias para el cierre financiero de dicha Dirección, quedando los recursos a disposición de la Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad. SEGÚNDO: Los miembros de la Carrera Policial, técnicos y personal administrativo, asignado a la Dirección Policial Anti Maras y Pandillas Contra el Crimen Organizado (DIPAMPCO), pasarán a disposición de la Dirección de Recursos Humanos de la Policía Nacional, para su evaluación y posterior asignación conforme a ley. SEXTO: El presente Acuerdo entrará en vigencia a partir de la fecha de su emisión, el cual deberá de publicarse en el Diario Oficial "La Gaceta". COMUNÍQUESE y PUBLÍQUESE GERZON ONAN VELASQUEZ AGUILERA Secretario de Estado en el Despacho de Seguridad CUARTO: 24 A. Se instruye a la Dirección de Logística de la Policía Nacional, realizar las coordinaciones necesarias para el JULISSA MARTINEZ LOZANO Secretaria General SEDS Sección B Avisos Legales REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 4 DE JULIO DEL 2026 No. 37,185 Sección “B” SECRETARÍA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE GOBERNACIÓN, JUSTICIA Y DESCENTRALIZACIÓN CERTIFICACIÓN El Suscrito, Oficial Jurídico de Secretaria General, de la Secretaría de Estado en los Despachos de Gobernación, Justicia y Descentralización. CERTIFICA: La Resolución que literalmente dice: "

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