Vigente
Decreto No. 004-PROASOL-2023 | 29 de agosto de 2023 | La Gaceta No. 36,320

Acuerdo Ejecutivo No. 004-PROASOL-2023 — Organización y Funcionamiento de PROASOL

Articulos

Articulo 36

Corresponde a la Unidad de Generación de Ingresos y Capital Humano de la Coordinación Técnica de Programas y Proyectos, liderar la Identificación, Formulación, Ejecución y Evaluación de todos los proyectos relacionados con la generación de ingresos y capital humano de la población vulnerable que corresponde atender a PROASOL. Artículo 37-

Articulo 37

La Unidad de Generación de Ingresos y Capital Humano tendrá las siguientes Atribuciones y Funciones: 1) Realizar la planificación e intervención integral, articulada y coordinada de los diferentes planes, programas y proyectos relacionados con la generación de ingresos y capital humano. 2) Promover programas y proyectos con enfoque en certificación y financiación vinculadas a competencias laborales de los grupos de población vulnerable. 3) Contribuir a diseñar y presentar propuestas para la formulación y ejecución del portafolio de programas y proyectos relacionados con la generación de ingresos y capital humano que incidan en el mejoramiento de la calidad de vida, la reducción de la vulnerabilidad, la inclusión social y productiva de los grupos vulnerables. 4) Participar en el diseño de estrategias que permitan orientar los recursos asignados en el portafolio de los programas de generación de ingresos y capital humano de los grupos vulnerables. -- 70 of 84 -- 35 La Gaceta A. Sección A Acuerdos y Leyes REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 29 DE AGOSTO DEL 2023 No. 36,320 5) Contribuir a la ejecución de los programas y proyectos derivados de políticas públicas diseñadas por la Secretaría de Desarrollo Social (SEDESOL). 6) Diseñar e implementar estrategias de acompañamiento integral y especializado en materia de generación de ingresos y capital humano frente a las demandas y necesidades de los grupos vulnerables. 7) Aplicar los criterios de focalización, vinculación, permanencia, retiro y priorización de los beneficiarios para cada uno de los programas y proyectos asignados, de acuerdo con los lineamientos definidos por SEDESOL. 8) Identificar las características de las poblaciones vulnerables focalizadas, a fin de reconocer sus diferencias, intereses, necesidades y expectativas, así como la realidad social que viven, canalizando sus solicitudes para facilitar el acceso a los servicios de generación de ingresos y capital humano con la garantía plena de sus derechos. 9) Realizar el perfilamiento de proyectos, y proponer a la Coordinación Técnica de Programas y Proyectos mecanismos para su eficiente ejecución. 10) Proponer mecanismos de participación de la población objetivo, a fin de gestionar y coordinar su integración a la oferta de servicios del Estado. 11) Participar en coordinación con el área de comunicaciones en la formulación de los procesos comunicativos y campañas institucionales, relacionadas con la medición del impacto de los programas y proyectos sociales. 12) Coordinar reuniones de seguimiento con los organismos e instituciones involucradas en el desarrollo de los proyectos ejecutados y en ejecución, de conformidad con los lineamientos de PROASOL y de los organismos participantes. 13) Proponer a la Coordinación Técnica de Programas y Proyectos, instrumentos para la verificación del cumplimiento de requisitos para el acceso de los beneficiarios a los programas y proyectos asignados a la Unidad. 14) Diseñar y presentar a la Coordinación Técnica de Programas y Proyectos metodologías e instrumentos técnicos que faciliten y mejoren la ejecución de los proyectos asignados en el marco de la normatividad vigente. 15) Realizar el registro de las atenciones, intervenciones de beneficiarios de los programas y proyectos asignados a la Unidad. 16) Recopilar y suministrar información veraz, oportuna y transparente de las atenciones realizadas en el marco de los programas y proyectos asignados a la Unidad. 17) Coordinar con las demás unidades operativas las actividades y procedimientos necesarios para la ejecución armónica e integral de los proyectos de PROASOL. 18) Convocar, preparar la agenda y ayudas memoria que se requieran adelantar para la ejecución y buena marcha de los proyectos. 19) Participar en el diseño y actualización de los procesos y procedimientos de la Unidad. 20) Identificar y administrar los riesgos presentados en el desarrollo de los proyectos. 21) Preparación de los planes operativos anuales y la programación operativa a mediano y largo plazo en las áreas de su competencia. 22) Demás funciones que lo lleven a la consecución del objetivo por el cual fue creada. -- 71 of 84 -- 36 La Gaceta A. Sección A Acuerdos y Leyes REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 29 DE AGOSTO DEL 2023 No. 36,320 Artículo 38-

Articulo 38

Corresponde a la Unidad de Articulación Programática de la Coordinación Técnica de Programas y Proyectos, liderar y verificar la permanente articulación de programas y proyectos a fin de dar respuesta integral a las necesidades de las poblaciones vulnerables objeto de PROASOL. Artículo 39-

Articulo 39

La Unidad de Articulación Programática tendrá las siguientes Atribuciones y Funciones: 1) Identificar las características de las poblaciones vulnerables, a fin de reconocer sus diferencias, intereses, necesidades y expectativas, así como la realidad social que viven, canalizando sus solicitudes y facilitando el acceso a los servicios sociales. 2) Asesorar a la Coordinación Técnica de Programas y Proyectos en coordinación con las demás dependencias de PROASOL, en la realización de estudios, análisis e investigaciones sobre grupos vulnerables, para orientar la formulación de políticas, planes, programas y proyectos que respondan a las condiciones, necesidades y características de la población hondureña en situación de vulnerabilidad, sujeto de atención, conforme los enfoques misionales de la entidad. 3) Articular estrategias, programas, planes y proyectos en los procesos de atención a la población vulnerable y facilitar los procesos de diálogo entre entidades del gobierno nacional y local, sobre el rol y la competencia de cada entidad para la atención integral de grupos vulnerables, en el marco de un espacio de intensa coordinación con los actores correspondientes. 4) Promover la identificación y definición de instancias o espacios de articulación programática que se consideren relevantes a nivel regional o local, que permitan consolidar y complementar las intervenciones de PROASOL y del gobierno, para la satisfacción de las necesidades de los diferentes grupos vulnerables. 5) Asistir técnicamente a los espacios de coordinación que incorporen a los diferentes actores del desarrollo social y económico, representantes de los grupos vulnerables y líderes de otras iniciativas públicas y privadas, que coadyuven al logro de los objetivos de PROASOL para la atención de grupos vulnerables. 6) Establecer relaciones de coordinación con organizaciones locales que presten servicios afines o complementarios a los de PROASOL y promover ante la Coordinación Técnica de Programas y Proyectos la celebración de convenios o contratos con entidades privadas o públicas en procura de fortalecer los proyectos y servicios que se prestan en la dependencia. 7) Diseñar e implementar estrategias de acompañamiento integral y especializado frente a las demandas y necesidades de los grupos poblacionales que asistirá PROASOL. 8) Proponer mecanismos de participación e información amplia y democrática y su soporte técnico respectivo en los territorios, a fin de gestionar y coordinar la integración de la población objetivo a la oferta de servicios y proyectos de PROASOL. 9) Participar en el diseño, preparación, socialización de los diferentes convenios y términos de referencia, que conlleven a la implementación de los programas o proyectos asignados a la Unidad o que sean competencia de PROASOL. 10) Coordinar con las demás unidades organizativas de PROASOL las actividades y procedimientos necesarios para la ejecución armónica e integral de los proyectos, acorde con las políticas definidas por SEDESOL. -- 72 of 84 -- 37 La Gaceta A. Sección A Acuerdos y Leyes REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 29 DE AGOSTO DEL 2023 No. 36,320 11) Participar en coordinación con el área de comunicaciones, en la formulación de los procesos comunicativos y campañas institucionales, relacionadas con la promoción de los programas y servicios a cargo de PROASOL. 12) Suministrar información periódicamente que permita conocer y hacer seguimiento en tiempo real a los proyectos y recursos utilizados y mantener actualizados los indicadores del sistema de Monitoreo y Evaluación diseñados. 13) Diseñar y presentar a la Coordinación Técnica de Programas y Proyectos metodologías e instrumentos técnicos que faciliten y mejoren la ejecución de los proyectos asignados en el marco de la normatividad vigente. 14) Coordinar reuniones de seguimiento con los organismos e instituciones involucradas en el desarrollo de los proyectos en ejecución, de conformidad con los lineamientos de PROASOL y de los organismos multilaterales participantes. 15) Convocar, preparar la agenda y ayudas memoria, de las reuniones de coordinación que se requieran adelantar para la ejecución y buena marcha de los proyectos. 16) Coadyuvar esfuerzos para el diseño y actualización de los procesos y procedimientos de la Unidad. 17) Identificar y administrar los riesgos presentados en el desarrollo de los proyectos. 18) Dirigir, controlar y evaluar el personal a cargo de la Unidad, conforme a la normatividad vigente y a los procedimientos establecidos. 19) Promover espacios de dialogo a nivel de comisiones inter ministeriales, intersectoriales, y de gestión territorial, a efecto de articular y complementar procesos participativos y compartidos para atender necesidades de la población vulnerable. 20) Preparación de los planes operativos anuales y la programación operativa a mediano y largo plazo en las áreas de su competencia. 21) Demás funciones que lo lleven a la consecución del objetivo por el cual fue creada. Artículo 40-

Articulo 40

Corresponde a la Unidad de Monitoreo, Evaluación y Aprendizaje de la Coordinación Técnica de Programas y Proyectos, el monitoreo y evaluación e implementación de procedimientos, herramientas y controles que garanticen de manera permanente los flujos de información necesarios entre las unidades, dependencias o entidades que lo requieran, tendientes a mejorar la calidad de los servicios, el cumplimiento de las funciones y la efectividad de los resultados. Artículo 41-

Articulo 41

La Unidad de Monitoreo, Evaluación y Aprendizaje tendrá las siguientes Atribuciones y Funciones: 1) Identificar las características de las poblaciones vulnerables a cargo, a fin de reconocer sus diferencias, intereses, necesidades y expectativas, así como la realidad social que viven, canalizando sus solicitudes y necesidades y facilitando el acceso a los servicios sociales. 2) Diseñar y presentar a la Coordinación Técnica de Programas y Proyectos, metodologías e instrumentos técnicos que faciliten y mejoren la ejecución de los proyectos asignados en el marco de la normatividad vigente. 3) Coadyuvar esfuerzos para el diseño y actualización de los procesos y procedimientos de la Unidad. 4) Contribuir con la Coordinación Técnica de Programas y Proyectos, en coordinación con las demás dependencias -- 73 of 84 -- 38 La Gaceta A. Sección A Acuerdos y Leyes REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 29 DE AGOSTO DEL 2023 No. 36,320 de PROASOL, en la realización de estudios, análisis e investigaciones sobre grupos vulnerables. 5) Establecer e implementar procedimientos, herramientas y controles que garanticen de manera permanente los flujos de información necesarios entre las unidades, dependencias o entidades que lo requieran. 6) Orientar la aplicación de los procesos, procedimientos, herramientas y controles sobre la información de los beneficiarios de los proyectos y servicios de responsabilidad de PROASOL, para garantizar información oportuna, pertinente y veraz a los ciudadanos y ciudadanas. 7) Generar reportes sobre el estado de avance e impacto social y económico de los proyectos ejecutados por PROASOL, dirigidos a la Coordinación Técnica de Programas y Proyectos, UPEG y la Dirección Ejecutiva. 8) Establecer los métodos y procedimientos para verificar y evaluar la ejecución de los programas, proyectos y servicios de PROASOL en el marco de los lineamientos, 9) Políticas, enfoques, estrategias, procesos definidos por la entidad para la atención de los grupos vulnerables. 10) Realizar periódicamente un diagnóstico y análisis estadístico de la situación de los proyectos misionales, que permitan consolidar la información y realizar de conformidad con los resultados obtenidos las propuestas tendientes a mejorar la calidad de los servicios, el cumplimiento de las funciones, la efectividad de los resultados, optimizar el uso de los recursos, modernizar y tecnificar la Entidad. 11) Recopilar, procesar y analizar la información que contribuya al monitoreo y evaluación de los proyectos misionales de PROASOL de acuerdo con los lineamientos dados por la Dirección Ejecutiva. 12) Participar en el diseño, preparación, socialización y aprobación de los diferentes convenios y términos de referencia, que conlleven a la implementación de los programas o proyectos asignados a la Unidad o que sean competencia de PROASOL. 13) Coordinar con las demás unidades organizativas de PROASOL las actividades y procedimientos necesarios para la ejecución armónica e integral de los proyectos de PROASOL, acorde con las políticas definidas por SEDESOL. 14) Participar en coordinación con el área de comunicaciones, en la formulación de los procesos comunicativos y campañas institucionales, relacionadas con la promoción de los programas y servicios a cargo de PROASOL. 15) Suministrar información periódicamente que permita conocer y hacer seguimiento en tiempo real a los proyectos y recursos utilizados, y mantener actualizados los indicadores del sistema de Monitoreo y Evaluación diseñados. 16) Coadyuvar esfuerzos en el diseño y actualización de los procesos y procedimientos de la Unidad. 17) Identificar y administrar los riesgos presentados en el desarrollo de los proyectos. 18) Preparación de los planes operativos anuales y la programación operativa a mediano y largo plazo en las áreas de su competencia. 19) Demás funciones que lo lleven a la consecución del objetivo por el cual fue creada. SECCION H GERENCIA ADMINISTRATIVA Artículo 42-

Articulo 42

La Gerencia Administrativa es el órgano que tendrá a su cargo, entre otras, funciones de administración -- 74 of 84 -- 39 La Gaceta A. Sección A Acuerdos y Leyes REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 29 DE AGOSTO DEL 2023 No. 36,320 presupuestaria, la administración de los recursos humanos y de los materiales y servicios generales, incluyendo la función de compras y suministros. La Gerencia Administrativa y financiera, está integrada por tres (3) subgerencias de coordinación, pudiéndose ampliar o reducirse en el futuro de conformidad a las necesidades y para mejorar el desempeño de sus funciones. Artículo 43-

Articulo 43

La Gerencia Administrativa tendrá las siguientes Atribuciones y Funciones: 1) Administrar los recursos financieros asignados a cada Dependencia y Programa perteneciente al Programa de Acción Solidaria (PROASOL). 2) Administrar el recurso humano que presta sus servicios cada Dependencia y Programa perteneciente al Programa de Acción Solidaria (PROASOL). 3) Establecer los mecanismos de Control Interno en el trámite administrativo y financiero del Programa de Acción Solidaria (PROASOL). 4) Establecer el proceso interno de ejecución presupuestaria y Formular el Presupuesto de Egresos de forma anual del Programa de Acción Solidaria (PROASOL). 5) Formular la Liquidación Presupuestaria del Programa de Acción Solidaria (PROASOL) preparar informes de ejecución financiera de forma trimestral. 6) Preparación de los planes operativos anuales y la programación operativa a mediano y largo plazo en las áreas de su competencia. 7) Demás funciones que lo lleven a la consecución del objetivo por el cual fue creada. Artículo 44-

Articulo 44

El objetivo fundamental de la Subgerencia de Presupuesto comprende, la preparación del anteproyecto (con las prioridades y metas de inversión y gasto público oficialmente establecidas) de presupuesto anual del Programa de Acción Solidaria (PROASOL), y de sus dependencias, el registro y control de la ejecución del gasto de acuerdo con la legislación sobre la materia, la liquidación del presupuesto al término del ejercicio fiscal, la contabilidad financiera de las operaciones del Programa de Acción Solidaria (PROASOL). Artículo 45-

Articulo 45

La Subgerencia de Presupuesto tendrá las siguientes Atribuciones y Funciones: 1) Consolidar en coordinación con la Unidad de Planeamiento y Evaluación de Gestión, el anteproyecto de presupuesto de la Secretaría de Finanzas, que será preparado en base a las prioridades, metas y plan operativo que cada una de las Direcciones establezcan, para la ejecución del presupuesto anual de PROASOL. 2) Llevar un registro y control diario de la ejecución presupuestaria en base a los sistemas legales establecidos por la Dirección General de Presupuesto, para controlar que todas las Direcciones estén ejecutando lo que se les asignó. 3) Revisar que los plazos que PROASOL realiza cumplan con los requisitos de control interno establecido y aquellos indicados con las Leyes y reglamentos que regulen la gestión pública, a fin de que todo este conforme a las disposiciones y de ser necesario efectuar los correctivos necesarios. 4) Asesorar y apoyar al resto de Direcciones en el manejo de procedimientos para la ejecución y control del presupuesto a fin de evitar pasarse de las asignaciones ya establecidas. 5) Preparar trimestralmente la liquidación del presupuesto a fin de supervisar los gastos realizados evitando entrar en un déficit. -- 75 of 84 -- 40 La Gaceta A. Sección A Acuerdos y Leyes REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 29 DE AGOSTO DEL 2023 No. 36,320 6) Llevar la contabilidad financiera de PROASOL en base a las normas y políticas que emita la Contaduría General de la República, para ser remitidas a cada una de las Direcciones. 7) Preparar informes mensuales de ejecución presupuestaria que se requieran en PROASOL otras dependencias del Gobierno a fin de conocer saldos presupuestados. 8) Mantener ordenado y actualizado el archivo de la documentación de soporte del control presupuestario y de contabilidad de tal forma que se facilite su revisión posterior por parte de las oficinas contraloras del Estado. 9) Efectuar reintegros de valores a la Tesorería General de la República. 10) Redactar y revisar notas sobre asuntos de su competencia, trámites a lo interno como externo. 11) Preparar en forma eventual informes financieros que se requieran en PROASOL u otras dependencias del gobierno, a fin de tomar o implementar medidas de austeridad u otras correctivas que se hagan necesarias. 12) Preparar compromisos y órdenes de pago siguiendo instrucciones de los superiores. Elaborar trimestralmente informes de programaciones de cuotas para determinar lo que cada Dirección va a requerir para sus gastos en el siguiente trimestre, a fin de que se determine si procede o no crear el renglón asignado. 13) Preparación de los planes operativos anuales y la programación operativa a mediano y largo plazo en las áreas de su competencia. 14) Demás funciones que lo lleven a la consecución del objetivo por el cual fue creada. Artículo 46-

Articulo 46

La Subgerencia de Recursos Humanos comprende el manejo de los asuntos relativos al personal, de conformidad con las disposiciones legales sobre la materia, incluyendo la preparación y actualización de manuales de funciones y de clasificación de puestos y salarios, el desarrollo de programas de capacitación del personal y la tramitación de las diferentes acciones sobre esta materia correspondan. Artículo 47-

Articulo 47

La Subgerencia de Recursos Humano tendrá las siguientes Atribuciones y Funciones: 1) Planificar, organizar dirigir y controlar las actividades relacionadas con el desarrollo y administración del personal. 2) Formular e ejecutar el Plan Anual de Capacitación basado en las necesidades de cada área. 3) Supervisar el control de asistencia, permanencia y puntualidad del personal, licencias y vacaciones, según la normativa vigente. 4) Elaborar mensualmente las planillas de pago de remuneraciones, pensiones y beneficios sociales. 5) Formular el Presupuesto para pago de las remuneraciones (anexo desglosado). 6) Solicitar y mantener el registro de declaraciones juradas de bienes y rentas y remitirlos a los entes correspondientes. 7) Dirigir la implementación, mejoramiento y desarrollo de los procesos de gestión de los colaboradores, planificando las necesidades del talento humano a corto, mediano y largo plazo. 8) Coordinar, supervisar y garantizar la aplicación de los procedimientos en materia de registro y control de colaboradores 9) Realizar y resolver problemas disciplinarios y audiencias de descargo a los empleados de PROASOL, a fin de aplicar la Ley y sanciones. 10) Diseñar instrumentos de apoyo para control y aplicación de medidas disciplinarias a empleados de PROASOL, con el fin de cumplir con el reglamento interno y fomentar un ambiente de disciplina y respeto. -- 76 of 84 -- 41 La Gaceta A. Sección A Acuerdos y Leyes REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 29 DE AGOSTO DEL 2023 No. 36,320 11) Realizar labores de motivación y coordinación estableciendo una amplia comunicación y participación de los subalternos, coordinando trabajo, fomentando su confianza y espíritu de cooperación. 12) Solicitar dictámenes a la Dirección General de Servicio Civil en los procedimientos de Contratación. 13) Elaboración y actualización del Manual de Puestos y Funciones. 14) Preparación de los planes operativos anuales y la programación operativa a mediano y largo plazo en las áreas de su competencia. 15) Demás funciones que lo lleven a la consecución del objetivo por el cual fue creada. Artículo 48-

Articulo 48

La Subgerencia de Logística y Operaciones, es la que se encarga de planificar, organizar, y dirigir estratégicamente las operaciones logísticas en el sector público, aplicando las normativas existentes a los procesos. Artículo 49- La Subgerencia de Logística y Operaciones tendrá las siguientes Atribuciones y Funciones: 1) Coordinación y supervisión de las actividades de la cadena de suministro. 2) Garantía de que las instalaciones, los activos y las comunicaciones se usen de manera eficaz. 3) Uso de TI de logística para optimizar los procedimientos de envío y transporte. 4) Control del inventario. 5) Procesos operativos en el almacén. 6) Transporte de distribución. 7) Trazabilidad contable. 8) Logística inversa. 9) Preparación de los planes operativos anuales y la programación operativa a mediano y largo plazo en las áreas de su competencia. 10) Demás funciones que lo lleven a la consecución del objetivo por el cual fue creada. Artículo 50-

Articulo 50

Se instruye a la Subdirección, Coordinaciones, Gerencias, Subgerencias y Unidades, Jefaturas y otras, que una vez que el presente Acuerdo sea publicado en el Diario Oficial La Gaceta, se procedan de forma inmediata a elaborar los reglamentos, manuales correspondientes para su operatividad y funcionamiento. Artículo 51-

Articulo 51

El presente Acuerdo contentivo de la ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE PROASOL entrará en vigencia a partir de su firma y deberá ser publicado en el Diario Oficial La Gaceta. Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central a los diecinueve (19) días del mes de Julio del año dos mil veintitrés (2023). COMUNÍQUESE y PUBLÍQUESE. LIC. OLGA LYDIA DIAZ MELENDEZ Directora Ejecutiva del Programa de Acción Solidaria (PROASOL) ABG. YESICA CAROLINA MOLINA ROMERO Secretaria General ACUERDO No. 004-PROASOL-2023 –PAG. 33-33 ESTRUCTURA ORGANIZATIVA DEL PROGRAMA DE ACCION SOLIDARIA (PROASOL) -- 77 of 84 -- -- 78 of 84 -- -- 79 of 84 -- -- 80 of 84 -- -- 81 of 84 -- -- 82 of 84 -- -- 83 of 84 -- -- 84 of 84 --

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