Reglamento — Reglamento de la Dirección Supervisora de Servicios Especializados (DIRSSE)
Considerandos
- 1.Que es deber del Estado crear los mecanismos y políticas necesarias que tiendan a garantizar el respeto a la vida y la dignidad de nuestros(as) compatriotas, indistintamente del lugar donde se encuentren, sea dentro o fuera de nuestras fronteras patrias.
- 2.Que cada año muchos compatriotas emigran hacia otros destinos del mundo en busca de mejores condiciones de vida para su beneficio personal y familiar, lo que amerita un trabajo articulado de las instituciones del Estado para la aplicación de la política nacional y los programas relativos a la migración.
- 3.Que con el propósito de garantizar los derechos y garantías establecidas en la Constitución de la República, Convenios y Tratados Internacionales suscritos por Honduras, el Soberano Congreso Nacional de la República, en aras de hacer extensivos dichos derechos y garantías en favor de nuestros connacionales radicados en el exterior, aprobó la Ley de Protección de los Hondureños Migrantes y sus Familiares.
- 4.Que dicha normativa faculta a la Secretaría de Relaciones Exteriores y Cooperación Internacional como al Consejo Nacional para la Protección al Hondureño Migrante (CONAPROHM), la creación y aprobación de los reglamentos y demás instrumentos jurídicos necesarios que tiendan a garantizar el cumplimiento de los objetivos plasmados en el supra mencionado ordenamiento jurídico.
- 5.Que de conformidad a lo acordado en la sesión ordinaria de CONAPROHM el 26 de diciembre del 2019, se aprobó mediante acta 004-SRECI-2019 el Reglamento de la Ley de Protección de los Hondureños Migrantes y sus Familiares. -- 233 of 528 -- ABOG. THELMA LETICIA NEDA JORGE ALBERTO RICO SALINAS Coordinador y Supervisor Colonia MirafIores Teléfono/Fax: Gerencia 2230-2520, 2230-1821 Administración: 2230-3026 CENTRO CÍVICO GUBERNAMENTAL
- 6.Que la titularidad del Poder Ejecutivo la ejerce el Presidente de la República y, posee dentro de sus órganos, las Secretarías de Estado, las cuales están facultadas para emitir reglamentos en el ámbito de su competencia.
- 7.Que de conformidad a lo establecido en el Acuerdo Ejecutivo número 023-2018 de la Presidencia de la República, publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” en fecha veinte (20) de abril del año dos mil dieciocho (2018), se Delegó en la Subsecretaria de Estado de la Secretaría de Coordinación General de Gobierno, MARTHA VICENTA DOBLADO ANDARA, la potestad de firmar los Acuerdos Ejecutivos que según la Ley General de la Administración Pública, sean potestad del Presidente Constitucional de la República.
Articulos
Articulo 1
FINALIDAD. La DIRSSE tiene como finalidad el control y la supervisión de la gestión de los servicios públicos realizados por terceros especializados, verificando el fiel cumplimiento de los contratos suscritos por la Municipalidad de San Pedro Sula, logrando la legítima protección del interés público, en beneficio de la sociedad, el bien común y la buena fe.
Articulo 2
OBJETO. Establecer los mecanismos y procedimientos a seguir para que la DIRSSE ejerza el control y supervisión de los contratos de servicios públicos especializados suscritos por la Municipalidad de San Pedro Sula designados por la Corporación Municipal. TÍTULO II DEFINICIONES
Articulo 3
: DEFINICIONES. Para los efectos del presente reglamento debe entenderse por: a) CONTRATO: Los contratos de gestión de servicios públicos, en cualquiera de sus modalidades, sean éstas a manera de ejemplo concesión, contrato de servicios, o cualquier otro que suscriba la Municipalidad de San Pedro Sula, para la prestación de servicios públicos asignados por la Administración Municipal; b) CORPORACIÓN MUNICIPAL: Es el órgano deliberativo de la Municipalidad, electa por el pueblo y máxima autoridad dentro del término municipal de San Pedro Sula; c) DIRECCIÓN SUPERVISORA DE SERVICIOS ESPECIALIZADOS (DIRSSE): La DIRSSE, estará a cargo de un director quien será el funcionario de mayor jerarquía para los efectos de dirección y operación de la dirección, quien a su vez se regirá bajo las directrices de la Administración Municipal; -- 217 of 528 -- Sección B Avisos Legales REPÚBLICA DE H ONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C . , 18 DE FEBRERO DEL 2020 No. 35,178 d) SERVICIOS PÚBLICOS: Son las actividades que realiza la Municipalidad de San Pedro Sula para satisfacer una necesidad colectiva, ya sea a través de su propia estructura administrativa o por medio de particulares, mediante contrato de servicios, alianzas público privado, concesión administrativa o cualquier otra similar aplicable; e) TERCERO ESPECIALIZADO: Cualquier persona natural o jurídica que preste sus servicios a la Municipalidad de San Pedro Sula para el cumplimiento de sus funciones, respecto a la prestación de un servicio público y que cuente con conocimientos idóneos y técnicos en la materia que corresponda, sea por medio de un contrato de servicios, alianzas público privado, concesiones y cualquier otro similar aplicable; f) MUNICIPALIDAD: La Alcaldía o Municipalidad de San Pedro Sula; g) USUARIO, ABONADO O CONTRIBUYENTE: Toda persona natural o jurídica que hace uso de los servicios públicos objeto de los contratos de servicios especializados suscritos por la Municipalidad; h) SERVICIOS ESPECIALIZADOS: Cualquiera de los servicios públicos prestados por el tercero especializado, que la Administración Municipal determine que deban estar bajo la supervisión de DIRSSE. TÍTULO III DIRECCIÓN SUPERVISORA DE SERVICIOS ESPECIALIZADOS (DIRSSE)
Articulo 4
CREACIÓN. Créase la Dirección Supervisora de Servicios Especializados (DIRSSE), como una dirección administrativa especializada, que tendrá su propio presupuesto, aprobado por la Corporación Municipal, al tenor de lo establecido en el artículo 99 de la Ley de Municipalidades. La Dirección tendrá a su cargo la verificación del cumplimiento de los contratos especializados suscritos por la Municipalidad, así como la aplicación de las normas vigentes. Contará con el recurso humano necesario para el cumplimiento de sus funciones.
Articulo 5
ATRIBUCIONES. Corresponde a la DIRSSE lo siguiente: a) Asesorar a la Administración Municipal en los asuntos propios de la ejecución de los contratos de concesión o de gestión de los servicios públicos municipales; b) Proponer el presupuesto anual de recursos y de gastos, el cual presentará a la Corporación Municipal para su aprobación; c) Velar por el cumplimiento eficiente de los contratos de servicios públicos designados por la Corporación; d) Someter a la Administración Municipal un informe anual de sus actividades y los informes periódicos que ésta requiera; e) Verificar que los terceros especializados cumplan con el régimen tarifario, económico y financiero vigente y velar porque las revisiones tarifarias se ajustan a las previsiones de los respectivos contratos; f) Emitir opinión, sobre los servicios objeto de los contratos y su operación; g) Velar porque se cumplan los índices de cobertura de los servicios con la calidad requerida, en las áreas y plazos previstos en los contratos; h) Requerir de los terceros especializados todo tipo de solicitudes, informes, estudios y demás en la forma prevista en los contratos o en las leyes vigentes; i) Conocer de los diferentes reclamos o solicitudes presentados por los terceros especializados o por los usuarios, abonados o contribuyentes y resolver conforme a derecho; j) Conocer de las infracciones cometidas por los terceros especializados, establecidas en los respectivos contratos; k) Aplicar las multas y demás sanciones previstas en los contratos, respetando los principios del debido proceso; l) Llevar los inventarios actualizados de los bienes municipales administrados, que fuesen entregados a los terceros especializados para el desarrollo de sus actividades; m) Dictaminar, desde el punto de vista técnico, sobre los temas en relación a los servicios públicos prestados por los terceros especializados, sobre su operación y todos los demás temas a los que se refieren los respectivos contratos y sobre el alcance de los mismos; n) Dictaminar sobre los bienes que deban ser objeto de expropiación o de constitución de servidumbres, a petición del tercero especializado y con ocasión de los servicios; o) Verificar el mantenimiento de los bienes o instalaciones afectados a la prestación de los servicios, tanto los que hubieren sido transferidos a los terceros especializados al inicio del contrato, como los que hubiere incorporado éste como resultado de las inversiones previstas; p) Velar por el mantenimiento de las garantías de cumplimiento y de los seguros a cargo de los terceros especializados, de acuerdo con los respectivos contratos y verificar que su finalidad esté salvaguardada; q) Coordinar los procedimientos para la contratación de aquellos servicios que se requieran para el cumplimiento de los contratos. -- 218 of 528 -- Sección B Avisos Legales REPÚBLICA DE H ONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C . , 18 DE FEBRERO DEL 2020 No. 35,178 a) Ejecutar las demás acciones que correspondan al cumplimiento de su finalidad, conforme a lo previsto en los respectivos contratos. TÍTULO IV ÁMBITO SUPERVISORA
Articulo 6
ALCANCE. La Supervisión ejercida por la DIRSSE comprenderá los aspectos relativos a la calidad, continuidad y universalidad de los servicios, a su cobertura, costos y tarifas de los servicios y a la no discriminación de los usuarios, así como al desempeño, en general del tercero especializado, incluyendo la atención a los abonados, sin perjuicio de los demás aspectos que resulten de los contratos suscritos.
Articulo 7
CUMPLIMIENTO DE FUNCIONES. Para el cumplimiento de sus funciones, la DIRSSE diseñará metodologías adecuadas para la evaluación de la gestión de los terceros especializados y del cumplimiento de sus programas, haciendo posible la identificación de los problemas más frecuentes y de las correspondientes medidas preventivas o correctivas. Tales metodologías podrán ser incorporadas en manuales operativos que serán puestos en conocimiento de los terceros especializados.
Articulo 8
INFORMES. La DIRSSE velará porque los terceros especializados presenten en el tiempo oportuno y con los requisitos de calidad que correspondan, los informes previstos en los contratos, faciliten el acceso a la información que la Municipalidad estime necesaria. La DIRSSE requerirá, con la frecuencia prevista en los contratos, la presentación de la siguiente información: a) Información estadística de los servicios prestados, incluyendo datos comerciales y de operación e información económica y financiera conforme a principios de contabilidad generalmente aceptados; b) Informes técnicos sobre la prestación de los servicios; c) Planes de inversión, cuando así estuviere previsto en los contratos; d) Inventario de los bienes municipales administrados por los terceros especializados, incluyendo las nuevas incorporaciones en el último año, nuevas obras, reparaciones, sustituciones y mantenimientos efectuados; e) Planes de mantenimiento preventivo de los bienes municipales; f) Informes sobre el personal contratado para la prestación de los servicios; g) Las demás que correspondan de acuerdo con cada contrato;
Articulo 9
INSPECCIÓN. La DIRSSE practicará las inspecciones necesarias para verificar la correcta operación realizada por los terceros especializados. A tales efectos y de acuerdo con las obligaciones previstas en los contratos, los terceros especializados deberán permitir al personal autorizado el libre acceso a sus instalaciones y dependencias, quienes deberán facilitar sin protesto la información que fuere requerida, dentro de los plazos establecidos en los contratos, o en su defecto, por el plazo máximo de diez días hábiles.
Articulo 10
PROCEDIMIENTO. De tales inspeccio- nes se levantará acta y se dejará constancia, que con este propósito exclusivo tendrá a su cargo el prestador, incluyéndose las observaciones que se consideren oportunas para el mejor funcionamiento de los servicios. De comprobarse conductas tipificadas como infracciones según lo dispuesto en los contratos, se formará expediente con las garantías del debido proceso y se impondrán, en su caso, las sanciones que procedan tal como se contempla en el Título VII de esta norma. TÍTULO V RECURSOS FINANCIEROS
Articulo 11
Los costos de funcionamiento de la DIRSSE estarán sujetos al reglón presupuestario que disponga la Corporación Municipal.
Articulo 12
Para la administración de los recursos indicados en el artículo precedente y la ordenación de los pagos que correspondan, la DIRSSE se deberá adherir a los procedimientos municipales establecidos. TÍTULO VI JERARQUÍAS DE DERECHO
Articulo 13
Es la jerarquía de la norma y debe aplicarse en el orden que a continuación se señala: a) La Constitución de la República; b) Los Tratados o Convenios Internacionales de los que Honduras forma parte; c) Decretos Legislativos Vigentes; d) Ley de Municipalidades; e) Leyes Generales o Especiales; f) El presente reglamento y demás Ordenanzas Municipales; g) Reglamentos y demás principios generales del Derecho. -- 219 of 528 -- Sección B Avisos Legales REPÚBLICA DE H ONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C . , 18 DE FEBRERO DEL 2020 No. 35,178 TÍTULO VII PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS PARA LA APLICACIÓN DE SANCIONES SECCIÓN PRIMERA ATRIBUCIONES ESPECÍFICAS
Articulo 14
La DIRSSE sancionará por sí las infracciones, asimismo lo remitirá a la Corporación Municipal en los casos que se deba de resolver un recurso interpuesto sobre las resoluciones dictadas por la dirección, en su condición de ente superior, tal y como se establece en las leyes procesales. Estas infracciones son las contempladas en los contratos administrativos suscritos entre la municipalidad y cualquier tercero especializado.
Articulo 15
El valor procedente de las sanciones ingresará a la Tesorería Municipal. En caso que el obligado sancionado se negare al cumplimiento de sanción pecuniaria, estas se harán efectivas por la vía de apremio, sin perjuicio de las demás acciones a que hubiere lugar conforme a derecho. SECCIÓN SEGUNDA PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO
Articulo 16
INICIACIÓN. La DIRSSE conocerá de oficio o por denuncia, de cualquier infracción al contrato correspondiente, que se haya suscrito por la Municipalidad y un tercero especializado. El procedimiento iniciará con la denuncia de la infracción o con la información que reciba la dirección sobre la misma.
Articulo 17
DEFENSA. Recibida la denuncia en los términos fijados, se procederá a citar al denunciado para ponerle en conocimiento los hechos objeto del procedimiento, a efecto que presente los alegatos y medios probatorios que estime pertinentes, en un plazo máximo de diez (10) días hábiles, a partir de la notificación.
Articulo 18
NOTIFICACIÓN. La citación se hará al supuesto infractor por medio de cédula de notificación mediante la cual se pondrá en conocimiento los hechos objeto del procedimiento, la cual le será entregada personalmente, y no encontrándose este, se estará en lo dispuesto en la Ley de Procedimiento Administrativo y/o en el Código Procesal Civil.
Articulo 19
INCOMPARECENCIA. Si el citado no compareciere, por sí o por medio de un representante, al lugar, hora y fecha a la cual se refiere la citación; se le tendrá como rebelde, continuándose el procedimiento hasta dictar la resolución que en derecho corresponda.
Articulo 20
DESARROLLO. Una vez aceptada la contestación del denunciado, el desarrollo del proceso se realizará conforme a los estipulados en la Ley de Procedimiento Administrativo.
Articulo 21
PRINCIPIOS Y NORMAS APLICABLES A LA PRUEBA. Todos los principios y procedimientos relacionados con los medios de prueba, se regularán conforme a lo dispuesto en la Ley de Procedimiento Administrativo y, supletoriamente, el Código Procesal Civil.
Articulo 22
RESOLUCIÓN. La resolución se dictará conforme a lo contemplado en la Ley de Procedimiento Administrativo, en la misma se indicará los recursos que procedan contra las resoluciones dictadas, los plazos para interponerlos y el órgano competente para conocerlos.
Articulo 23
RECURSOS. Contra la resolución que se dicte en los asuntos que la DIRSSE conozca, procederá el Recurso de Apelación, el que se podrá interponer dentro de los quince (15) días siguientes al de la notificación de la resolución, transcurrido dicho término sin que se interponga el recurso, esta quedará firme. Contra la resolución emitida en segunda instancia, se podrá interponer el recurso de reposición, dentro del plazo de diez días (10) después de la notificación, transcurrido dicho término sin que se interponga el recurso, quedará firme la resolución. La resolución del recurso de reposición pondrá fin a la vía administrativa. SECCIÓN TERCERA ACCIONES DE COBRO
Articulo 24
Previo al cobro judicial, la Municipalidad puede ejercer un cobro persuasivo en un plazo no mayor de treinta (30) días, pasado este plazo correrán los intereses pactados en correspondiente contrato suscrito por la Municipalidad.
Articulo 25
Ante la negativa de pago de las sanciones pecuniarias aplicadas, la Municipalidad ejercerá las acciones correspondientes en la competencia y disposiciones legales que correspondan. TÍTULO VIII DISPOSICIONES FINALES
Articulo 26
: PUBLICACIÓN. El presente Acuerdo Municipal entrará en vigencia a partir de su publicación.- 18 F. 2020. -- 220 of 528 -- Sección B Avisos Legales REPÚBLICA DE H ONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C . , 18 DE FEBRERO DEL 2020 No. 35,178 Aviso de Licitación Pública República de Honduras Banco Central de Honduras CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO PARA UN (1) SISTEMA SUPLIDOR DE ENERGÍA ELÉCTRICA ININTERRUMPIDA (UPS) DE 15 KVA, TRIFÁSICO, CON SU RESPECTIVO BANCO DE BATERÍAS, UBICADO EN EL EDIFICIO DEL BANCO CENTRAL DE HONDURAS (BCH) LOCALIZADO EN EL BULEVAR FUERZAS ARMADAS EN LA CAPITAL DE LA REPÚBLICA. LICITACIÓN PÚBLICA No.01/2020 EL BANCO CENTRAL DE HONDURAS, invita a las empresas interesadas que operan legalmente en el país, a presentar ofertas para Licitación Pública No.01/2020, referente a la contratación del servicio de mantenimiento preventivo y correctivo para un (1) sistema suplidor de energía eléctrica ininterrumpida (UPS) de 15 KVA, trifásico, con su respectivo banco de baterías, ubicado en el edificio del Banco Central de Honduras (BCH) localizado en el Bulevar Fuerzas Armadas en la capital de la República. El financiamiento para la realización del presente proceso proviene exclusivamente de fondos nacionales. La licitación se efectuará conforme a los procedimientos de Licitación Pública Nacional establecidos en la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento. Los interesados en obtener el pliego de condiciones de esta licitación, deben solicitar la emisión del formulario “Autorización para emisión de vale de efectivo” (UG-5) en el Departamento de Adquisiciones y Bienes Nacionales, Noveno (9no) piso del edificio del Banco Central de Honduras, ubicado en el Bulevar Fuerzas Armadas, en la capital de la República, posteriormente realizar el pago de doscientos lempiras (L200.00) no reembolsables, en las ventanillas del Departamento de Emisión y Tesorería, ubicadas en el primer (ler) piso del edificio antes indicado y con el recibo de pago extendido se entregará el pliego de condiciones en el Departamento de Adquisiciones y Bienes Nacionales. Es de carácter obligatorio al momento de asistir al acto de apertura, presentar la Tarjeta de Identidad o carné de residente o pasaporte si fuera el caso y el vale de efectivo (UG-5). Los documentos de la licitación también podrán ser examinados en el Sistema de Información de Contratación y Adquisiciones del Estado de Honduras, “Honducompras”, (www.honducompras.gob.hn). Las empresas interesadas en participar en el proceso, deberán indicar por escrito y al correo electrónico adquisiciones@bch.hn el nombre de las personas que asistirán al acto de recepción de ofertas, indicado en el pliego de condiciones. Los sobres que contengan las ofertas deberán presentarse en el décimo (10mo) piso del edificio del BCH, ubicado en el Bulevar Fuerzas Armadas, en la capital de la República hasta el 30 de marzo de 2020, a las 10:00 A.M. hora local. Las ofertas que se reciban fuera del plazo serán rechazadas. Las ofertas se abrirán en presencia de la Comisión de Compras y Evaluación del BCH y de los oferentes o de sus representantes que deseen asistir al acto, el cual se efectuará en la dirección, lugar y hora límite señalados anteriormente. Todas las ofertas deberán estar acompañadas de una Garantía de Mantenimiento de la Oferta por un monto no menor al cinco por ciento (5%) del valor de la oferta. Tegucigalpa, M.D.C., 13 de febrero de 2020. GERMAN DONALD DUBÓN TRÓCHEZ GERENCIA 1 8 F. 2 0 2 0 . -- 221 of 528 -- Sección B Avisos Legales REPÚBLICA DE H ONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C . , 18 DE FEBRERO DEL 2020 No. 35,178 Instituto Hondureño de Geología y Minas INHGEOMIN AVISO El infrascrito, Secretario General del Instituto Hondureño de Geología y Minas “INHGEOMIN” en aplicación a lo dispuesto en el artículo 60 de la Ley General de Minería y para conocimiento del público en general, HACE SABER: Que en fecha veintisiete de enero del año dos mil veinte, la Unidad de Registro Minero y Catastral del Instituto Hondureño de Geología y Minas efectuó la Inscripción RMC/2020-003 de la transferencia del Derecho Minero de la zona denominada POTOSI, ubicada en el municipio de Concepción de María, departamento de Choluteca, con código No. 66, a favor de la Sociedad Mercantil COMPAÑÍA MINERA METALÚRGICA CENTROAMERICANA (COMMSA) con un área de 400 HAS, inscripción que se registró en el Tomo I, libro 15, de Cesiones de Derechos de Concesiones Mineras del año 2016, 2017, 2018, 2019, 2020 (folios 95-100) Tegucigalpa, M.D.C., cinco de febrero del año dos mil diecinueve. FRANCISCO DANILO LEON SECRETARIO GENERAL 18 F. 2020. ________ JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO AVISO La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo 50 de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha 9 de diciembre del 2019 la señora Lesly Marbeli Cruz, Interpuso demanda ante este Juzgado con orden de ingreso No.0801-2019-00430, contra el Estado de Honduras a través de la Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad, incoando demanda especial contencioso administrativa en materia de personal para que se declare la nulidad de un acto particular de la administración pública, dictado con infracción del ordenamiento jurídico, quebrantamiento de formalidades esenciales para su formación. Reconocimiento de una situación jurídica individualizada por haber lesionado derechos del administrado, y para su pleno restablecimiento, que se ordene el reintegro al cargo que ocupaba mi representado y el pago de los salarios dejados de percibir, o, en su defecto, el pago de las prestaciones laborales e indemnizaciones que en Derecho corresponda. Se acompañan documentos. Se confiere poder. Condena en costas. MARGARITA ALVARADO GALVEZ SECRETARIA ADJUNTA 18 F. 2020. [1] Solicitud: 2019-038676 [2] Fecha de presentación: 11/09/2019 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR [4] Solicitante: INVERSIONES VOCES, S.A. DE C.V. [4.1] Domicilio: TEGUCIGALPA, M.D.C., Honduras [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: VOCES Y CONTRAVOCES [7] Clase Internacional: 41 [8] Protege y distingue: Programa y la producción de programas de televisión y radio D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: KARLA PAOLA CASCO CASTRO USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 21 de enero del año 2020 [12] Reservas: No tiene reservas Abogado FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 18 F., 4 y 19 M. 2020. _______ VOCES Y CONTRAVOCES [1] Solicitud: 2020-000620 [2] Fecha de presentación: 07/01/2020 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR [4] Solicitante: ESTRATOS X [4.1] Domicilio: Colonia La Joya, Sector 3, Casa 10, Bloque 6B, Tegucigalpa, M.D.C., departamento de Francisco Morazán, Honduras [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: [7] Clase Internacional: 42 [8] Protege y distingue: Empresa dedicada al desarrollo de aplicaciones de escaneo de objetos en tiempo real y otros tipos de aplicaciones para ser utilizados en telefonos móviles. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: NORA WALESKA CRUZ PALMA USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 31 de enero del año 2020 [12] Reservas: No tiene reservas Abogado FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 18 F., 4 y 19 M. 2020. STRATOS X -- 222 of 528 -- Sección B Avisos Legales REPÚBLICA DE H ONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C . , 18 DE FEBRERO DEL 2020 No. 35,178 Marcas de Fábrica 1/ Solicitud: 40739-19 2/ Fecha de presentación: 26-09-19 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: GENOMMA LAB INTERNACIONAL, S.A.B DE C.V. 4.1/ Domicilio: CIUDAD DE MÉXICO, México. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: INFINITY BLADES 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 08 8/ Protege y distingue: Herramientas e instrumentos de mano impulsados manualmente; cuchillería, tenedores y cucharas; armas blancas; maquinillas de afeitar. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Claribel Medina de León E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 15-11-2019. 12/ Reservas: Abogado Franklin Omar López Santos Registrador(a) de la Propiedad Industrial 3, 18 F. y 4 M. 2020. ______ INFINITY BLADES 1/ Solicitud: 47513/19 2/ Fecha de presentación: 19/noviembre/19 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: Beijing BOE Commerce Co., Ltd. 4.1/ Domicilio: RM 1705 TOWER H, NO. 6 SHUGUANG XILI CHAOYANG DISTRICT, BEIJING, CHINA 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: CHINA B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: SURETRAC Y DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 12 8/ Protege y distingue: Cámaras de aire para neumáticos, carcasas de neumáticos, llantas neumáticas, neumáticos, cubiertas de neumáticos para vehículos, bandajes macizos para ruedas de vehículos, clavos para neumáticos, bandas de rodadura para recauchutar neumáticos, neumáticos para automóviles, equipos para reparar cámaras de aire y rayos para ruedas de vehículos. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Claribel Medina de León E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 16-12-2019. 12/ Reservas: Abogada Martha Maritza Zamora Ulloa Registrador(a) de la Propiedad Industrial 3, 18 F. y 4 M. 2020. ______ 1/ Solicitud: 48806/19 2/ Fecha de presentación: 27/noviembre/19 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: LONDON DOLLAR LTD. 4.1/ Domicilio: Kemp House, 160 City Road, London, EC1V 2NX, United Kingdom 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Reino Unido B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: STAR GOLD 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 34 STAR GOLD 8/ Protege y distingue: Cigarrillos: cigarrillos que contienen sustitutos del tabaco, que no sean para uso médico; cigarrillos; cigarros; hierba para fumar; rape; cajas de tabaco, tabaco, artículos para fumadores; caja de fósforos. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Claribel Medina de León E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 20-12-2019. 12/ Reservas: Abogada Noemí Elizabeth Lagos Valeriano Registrador(a) de la Propiedad Industrial 3, 18 F. y 4 M. 2020. ______ 1/ Solicitud: 47512/19 2/ Fecha de presentación: 19/noviembre/19 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: Beijing BOE Commerce Co., Ltd. 4.1/ Domicilio: RM 1705 TOWER H, NO. 6 SHUGUANG XILI CHAOYANG DISTRICT, BEIJING, CHINA 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: China B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: SIERRA Y DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 12 8/ Protege y distingue: Cámaras de aire para neumáticos, carcasas de neumáticos, llantas neumáticas, neumáticos, cubiertas de neumáticos para vehículos, bandajes macizos para ruedas de vehículos, clavos para neumáticos, bandas de rodadura para recauchutar neumáticos, neumáticos para automóviles, equipos para reparar cámaras de aire y rayos para ruedas de vehículos. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Claribel Medina de León E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 04-12-2019. 12/ Reservas: Abogado Franklin Omar López Santos Registrador(a) de la Propiedad Industrial 3, 18 F. y 4 M. 2020. ______ [1] Solicitud: 2019-045755 [2] Fecha de presentación: 06/11/2019 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: H. LUNDBECK A/S [4.1] Domicilio: OTTILIAVEJ 9, 2500 VALBY, Dinamarca [4.2] Organizada bajo las Leyes de: DINAMARCA B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: VORTINE [7] Clase Internacional: 5 [8] Protege y distingue: Preparaciones farmacéuticas y sustancias que actuan sobre el sistema nervioso central. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: Claribel Medina de León USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 29 de noviembre del año 2019. [12] Reservas: No tiene reservas. Abogada Noemí Elizabeth Lagos Valeriano Registrador(a) de la Propiedad Industrial 3, 18 F. y 4 M. 2020. VORTINE -- 223 of 528 -- Sección B Avisos Legales REPÚBLICA DE H ONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C . , 18 DE FEBRERO DEL 2020 No. 35,178 1/ Solicitud: 41861-19 2/ Fecha de presentación: 10-10-19 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: ACCESORIOS PARA COMPUTADORAS Y OFICINAS, S.A. DE C.V. 4.1/ Domicilio: BARRIO GUAMILITO, 6ta. AVENIDA, 3ra. CALLE, SAN PEDRO SULA, CORTÉS. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: WIWI Y DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: Se reivindica el color Anaranjado. 7/ Clase Internacional: 21 8/ Protege y distingue: Utensilios y recipientes para el menaje y la cocina; peines y esponjas; cepillos (con excepción de los pinceles); materiales para la fabricación de cepillos; material de limpieza; viruta de hierro; vidrio en bruto o semielaborado (con excepción del vidrio de construcción), cristalería, porcelana y loza, no comprendidas en otras clases. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Iris Pineda Ramírez E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 30-10-2019. 12/ Reservas: Abogada Martha Maritza Zamora Ulloa Registrador(a) de la Propiedad Industrial 3, 18 F. y 4 M. 2020. ______ 1/ Solicitud: 41862-19 2/ Fecha de presentación: 10-10-19 3/ Solicitud de registro de: EXPRESIÓN O SEÑAL DE PROPAGANDA A.- TITULAR 4/ Solicitante: ACCESORIOS PARA COMPUTADORAS Y OFICINAS, S.A. DE C.V. 4.1/ Domicilio: BARRIO GUAMILITO, 6ta. AVENIDA, 3ra. CALLE, SAN PEDRO SULA, CORTÉS. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: ACOSA YA NO BUSQUES MÁS 6.2/ Reivindicaciones: Se reivindica la combinación de los colores: Anaranjado, Azul y Negro. 7/ Clase Internacional: 16 8/ Protege y distingue: La importación, exportación, compra, venta, distribución, asesoría y mantenimiento en equipos y accesorios para computación y oficina. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Iris Pineda Ramírez E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 01/11/2019. 12/ Reservas: Señal de propaganda será usada con el Nombre Comercial 3400. Abogada Claudia Jacqueline Mejía Anduray Registrador(a) de la Propiedad Industrial 3, 18 F. y 4 M. 2020. ______ 1/ Solicitud: 41863-19 2/ Fecha de presentación: 10-10-19 3/ Solicitud de registro de: EXPRESIÓN O SEÑAL DE PROPAGANDA A.- TITULAR 4/ Solicitante: ACCESORIOS PARA COMPUTADORAS Y OFICINAS, S.A. DE C.V. 4.1/ Domicilio: BARRIO GUAMILITO, 6ta. AVENIDA, 3ra. CALLE, SAN PEDRO SULA, CORTÉS. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: ACOSA VAS FIJO 6.2/ Reivindicaciones: Se reivindica la combinación de los colores: Anaranjado, Azul y Negro. 7/ Clase Internacional: 16 8/ Protege y distingue: La importación, exportación, compra, venta, distribución, asesoría y mantenimiento en equipos y accesorios para computación y oficina. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Iris Pineda Ramírez E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 01/11/2019. 12/ Reservas: Señal de propaganda será usada con el Nombre Comercial 3400. Abogada Claudia Jacqueline Mejía Anduray Registrador(a) de la Propiedad Industrial 3, 18 F. y 4 M. 2020. ______ 1/ Solicitud: 41860-19 2/ Fecha de presentación: 10-10-19 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: ACCESORIOS PARA COMPUTADORAS Y OFICINAS, S.A. DE C.V. 4.1/ Domicilio: BARRIO GUAMILITO, 6ta. AVENIDA, 3ra. CALLE, SAN PEDRO SULA, CORTÉS. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: GENIAL Y DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: Se reivindica el color Azul. 7/ Clase Internacional: 21 8/ Protege y distingue: Utensilios y recipientes para el menaje y la cocina; peines y esponjas; cepillos ( con excepción de los pinceles); materiales para la fabricación de cepillos; material de limpieza; viruta de hierro; vidrio en bruto o semielaborado con excepción del vidrio de construcción); cristalería, porcelana y loza, no comprendidas en otras clases. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Iris Pineda Ramírez E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 30-10-2019. 12/ Reservas: Abogada Martha Maritza Zamora Ulloa Registrador(a) de la Propiedad Industrial 3, 18 F. y 4 M. 2020. ______ 1/ Solicitud: 41859-19 2/ Fecha de presentación: 10-10-19 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: ACCESORIOS PARA COMPUTADORAS Y OFICINAS, S.A. DE C.V. 4.1/ Domicilio: BARRIO GUAMILITO, 6ta. AVENIDA, 3ra. CALLE, SAN PEDRO SULA, CORTÉS. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: GENIAL Y DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: Se reivindica el color Azul. 7/ Clase Internacional: 3 8/ Protege y distingue: Preparaciones para blanquear y otras sustancias para la colada; preparaciones para limpiar, pulir, desengrasar y raspar (preparaciones abrasivas); jabones; perfumería, aceites esenciales, cosméticos, lociones para el cabello; dentífricos. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Iris Pineda Ramírez E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 30-10-2019. 12/ Reservas: Abogado Franklin Omar López Santos Registrador(a) de la Propiedad Industrial 3, 18 F. y 4 M. 2020. -- 224 of 528 -- Sección B Avisos Legales REPÚBLICA DE H ONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C . , 18 DE FEBRERO DEL 2020 No. 35,178 [1] Solicitud: 2019-047803 [2] Fecha de presentación: 21/11/2019 [3] Solicitud de registro de: NOMBRE COMERCIAL A.- TITULAR [4] Solicitante: DROGUERIA CORFACAM, SOCIEDAD ANÓNIMA [4.1] Domicilio: Barrio San Rafael, Condominio San Rafael, apartamento No. 5, Honduras [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: ELICITECH [7] Clase Internacional: 0 [8] Protege y distingue: Importación, exportación, representación, distribución y comercialización de productos agrícolas. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: DORIS ONDINA SERVELLON MAIRENA USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 16 de diciembre del año 2019 [12] Reservas: En la modalidad de Nombre Comercial no se protegen los diseños o colores que se puedan apreciar en los ejemplares de etiquetas, se protege únicamente la denominación ELICITECH. Abogado FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 18 F., 4 y 19 M. 2020. _______ [1] Solicitud: 2019-051404 [2] Fecha de presentación: 16/12/2019 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR [4] Solicitante: DEBRA GISSELLE COELLO RAMIREZ [4.1] Domicilio: Condominios Centro Morazán, torre 2, piso 9, local 20902, frente a Mall el Dorado, Bulevar Morazán, Tegucigalpa, Municipio del Distrito Central, Honduras [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: CCD Y DISEÑO [7] Clase Internacional: 44 [8] Protege y distingue: Servicios odontólogicos; cuidados de higiene bucal y de belleza bucal para personas. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: JOSE OSWALDO FIGUEROA PINEDA USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 14 de enero del año 2020 [12] Reservas: No se protege Centro de Cuidado Dentral. Abogada CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registrador(a) de la Propiedad Industrial 18 F., 4 y 19 M. 2020. _______ 1/ Solicitud: 38110/19 2/ Fecha de presentación: 06/septiembre/19 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR 4/ Solicitante: NELSON DAVID SOLORZANO LOPEZ 4.1/ Domicilio: COL. EL PEDREGAL BL. 28, CASA 830 LADO DERECHO, TEGUCIGALPA M.D.C. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: SAM Y DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: Letras “SAM´ color Gris Oscuro, signo ´“S” color Rojo 7/ Clase Internacional: 42 8/ Protege y distingue: Servicios de diseño y desarollo de software D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: NELSON NAPOLEON SOLORZANO CARRASCO E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 24-09-2019 12/ Reservas: Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 18 F., 4 y 19 M. 2020. ________ [1] Solicitud: 2019-050926 [2] Fecha de presentación: 12/12/2019 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: MARIA ELIA CALDERON VASQUEZ [4.1] Domicilio: CORQUÍN, COPÁN, Honduras [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: MARELIA´S Y DISEÑO [7] Clase Internacional: 33 [8] Protege y distingue: Rompope D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: EMMY JULIETH ESCOBAR SARMIENTO USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 11 de enero del año 2020 [12] Reservas: Se protege la denominación “MARELIA´S y su DISEÑO” los demás elementos denominativos que aparecen en los ejemplares de etiquetas no se protegen. Abogado FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 18 F., 4 y 19 M. 2020. _______ [1] Solicitud: 2019-050927 [2] Fecha de presentación: 12/12/2019 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: MARIA ELIA CALDERON VASQUEZ [4.1] Domicilio: CORQUÍN, COPÁN, Honduras [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: MARELIA´S Y DISEÑO [7] Clase Internacional: 30 [8] Protege y distingue: Productos de panadería, repostería, café, subderivados y miel D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: EMMY JULIETH ESCOBAR SARMIENTO USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 11 de enero del año 2020 [12] Reservas: Se protege la denominación “MARELIA´S y su DISEÑO” los demás elementos denominativos que aparecen en los ejemplares de etiquetas no se protegen. Abogado FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 18 F., 4 y 19 M. 2020. -- 225 of 528 -- Sección B Avisos Legales REPÚBLICA DE H ONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C . , 18 DE FEBRERO DEL 2020 No. 35,178 1/ Solicitud: 48392/19 2/ Fecha de presentación: 25/noviembre/19 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: R&G Business LLC 4.1/ Domicilio: 2532 N. Avenida Valiente Tucson, AZ 85715 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Estados Unidos de América B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Mixta 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: DABA Y DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 03 8/ Protege y distingue: Cosméticos; cosmético para el crecimiento de pestañas y cejas. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: JORGE OMAR CASCO RUBI E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 05-12-2019 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 17 E., 3 y 18 F. 2020. ________ 1/ Solicitud: 46304/19 2/ Fecha de presentación: 11/noviembre/19 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: HEINE CORPORATION 4.1/ Domicilio: PLOT NO. 254 SECTOR-23 FARIDABAD CITY, HARYANA STATE, INDIA, GST No. 06 ARWPG6086H1Z8 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: India B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Denominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: BONHOEFFER 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 07 8/ Protege y distingue: Desbrozadora (moto guadanas / desbrozadoras / desmalezadoras), motor excluyendo motor de automóvil, mochila rociadora de gasolina, mochila rociador de manual, motosierra de cadena, cortacésped, moto cultivadores, trituradora de madera, bombas de agua de alta presión y presión normal y piezas de repuesto (desbrozadora, motosierra, motores, bombas de agua, rociadores de mochila, cultivadores, trituradoras de madera, cortacésped), mangueras agrícolas, manguera de alta presión para la fumigación, motosierra, sierra, barras de cadena. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: JORGE OMAR CASCO RUBI E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 19-12-2019 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 17 E., 3 y 18 F. 2020. ________ BONHOEFFER [1] Solicitud: 2019-022070 [2] Fecha de presentación: 24/05/2019 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FABRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: ARLA FOODS AMBA [4.1] Domicilio: Sønderhøj 14 8260 Viby J, Dinamarca [4.2] Organizada bajo las Leyes de: DINAMARCA B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: MILEX [7] Clase Internacional: 5 [8] Protege y distingue: Alimentos en polvo para bebés; sustitutos de la leche materna. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: JORGE OMAR CASCO RUBI USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 5 de diciembre del año 2019 [12] Reservas: No tiene reservas Abogado FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 17 E., 3 y 18 F. 2020. _______ M I L E X [1] Solicitud: 2017-038353 [2] Fecha de presentación: 06/09/2017 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FABRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: SHENZEN ASTA OFFICIAL CONSUMABLE CO., LTD. [4.1] Domicilio: F/2, Caogen Pioneering Park, Plant No. 16, Nanlian Jingian Rd., Longgang Sub-Dist., Longgang Dist., Shenzhen, Guangdong, China [4.2] Organizada bajo las Leyes de: CHINA B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: ASTA Y ETIQUETA [7] Clase Internacional: 2 [8] Protege y distingue: Tintas de impresión, cartuchos de tóner llenos para impresoras y fotocopiadoras, cartucho de tinta comestible para impresoras y fotocopiadoras, rellenos para tóner de impresoras [tintas] y fotocopiadoras, tintas para piel, aceites anticorrosivos, masilla [resinas naturales en bruto], pinturas de impresión, pigmentos. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: JORGE OMAR CASCO ZELAYA USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 24 de abril del año 2019 [12] Reservas: No tiene reservas Abogada NOEMI ELIZABETH LAGOS VALERIANO Registro de la Propiedad Industrial 17 E., 3 y 18 F. 2020. _______ 1/ Solicitud: 23687-2019 2/ Fecha de presentación: 5-06-19 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: Mr. Gummy Vitamins LLC 4.1/ Domicilio: 2712 W 79th Street Hialeah, Florida 33016 USA. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Estados Unidos de América B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Denominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: NATURES GUMMY VITAMINS 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 05 8/ Protege y distingue: Suplementos vitamínicos. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: JORGE OMAR CASCO RUBI E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 11-11-2019 12/ Reservas: Abogada NOEMI ELIZABETH LAGOS VALERIANO Registro de la Propiedad Industrial 17 E., 3 y 18 F. 2020. NATURES GUMMY VITAMINS -- 226 of 528 -- Sección B Avisos Legales REPÚBLICA DE H ONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C . , 18 DE FEBRERO DEL 2020 No. 35,178 [1] Solicitud: 2019-050003 [2] Fecha de presentación: 05/12/2019 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: VANGUARDIA, S. DE R.L. [4.1] Domicilio: 2-3 AVE., 31-32 CALLE, 5.0., Bo. LA GUARDIA, SAN PEDRO SULA, CORTÉS, Honduras [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: TOTAL GUARD Y DISEÑO [7] Clase Internacional: 5 [8] Protege y distingue: Plaguicidas. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: JOHANA MABEL MENDOZA FLORES USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 30 de diciembre del año 2019 [12] Reservas: No tiene reservas. Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 3, 18 F., y 4 M. 2020. ________ [1] Solicitud: 2019-050004 [2] Fecha de presentación: 05/12/2019 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: VANGUARDIA, S. DE R.L. [4.1] Domicilio: 2-3 AVE., 31-32 CALLE, 5.0., Bo. LA GUARDIA, SAN PEDRO SULA, CORTÉS, Honduras [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: BANAMIX Y DISEÑO [7] Clase Internacional: 5 [8] Protege y distingue: Plaguicidas. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: JOHANA MABEL MENDOZA FLORES USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 30 de diciembre del año 2019 [12] Reservas: No tiene reservas. Abogado FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 3, 18 F., y 4 M. 2020. ________ [1] Solicitud: 2019-050005 [2] Fecha de presentación: 05/12/2019 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: VANGUARDIA, S. DE R.L. [4.1] Domicilio: 2-3 AVE., 31-32 CALLE, 5.0., Bo. LA GUARDIA, SAN PEDRO SULA, CORTÉS, Honduras [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: PROTECT FLEX Y DISEÑO [7] Clase Internacional: 5 [8] Protege y distingue: Plaguicidas. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: JOHANA MABEL MENDOZA FLORES USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 30 de diciembre del año 2019 [12] Reservas: No tiene reservas. Abogado FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 3, 18 F., y 4 M. 2020. -- 227 of 528 -- Sección B Avisos Legales REPÚBLICA DE H ONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C . , 18 DE FEBRERO DEL 2020 No. 35,178 1/ Solicitud: 50522/19 2/ Fecha de presentación: 09/diciembre/19 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: BUSINESS ANALYTICS CONSULTING GROUP, S.A. DE C.V. (BACG) 4.1/ Domicilio: Francisco Morazán, Honduras 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Honduras B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: VITT Y DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 09 8/ Protege y distingue: Programas informáticos y software de todo tipo, independientemente de su soporte de grabación o medio de difusión, incluido el software grabado en soportes magnéticos o descargado de una red informática remota, software. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: Claribel Medina de Leon E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 12/ Reservas: Abogada CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 3, 18 F., y 4 M. 2020. ________ 1/ Solicitud: 47514/19 2/ Fecha de presentación: 19/noviembre/19 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: Beijing BOE Commerce Co, Ltd. 4.1/ Domicilio: RM1705 TOWER H, NO 6 SHUGUANG XILI CHAOYANG DISTRICT, BEIJING, CHINA 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: China B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: LANDY TIRE Y DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 12 8/ Protege y distingue: Cámaras de aire para neumáticos, carcasas de neumáticos, llantas neumáticas, neumáticos, cubiertas de neumáticos para vehículos, bandajes macizos para ruedas de vehículos, clavos para neumáticos, bandas de rodadura para recauchutar neumáticos, neumáticos para automóviles, equipos para reparar cámares de aire y rayos para ruedas de vehículos. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: CLARIBEL MEDINA DE LEON E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 16-12-2019 12/ Reservas: Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 3, 18 F., y 4 M. 2020. ________ 1/ Solicitud: 46574/19 2/ Fecha de presentación: 12/noviembre/19 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: KAMADAYA ENTERTAINMENT CORP. 4.1/ Domicilio: 2600 S. DOUGLAS ROAD SUITE 913 CORAL GABLES, FL 33134, ESTADOS UNIDOS. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: SEBASTIÁN YATRA 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 25 SEBASTIÁN YATRA 8/ Protege y distingue: Prendas de vestir, calzado, artículos de sombrerería para hombres y mujeres. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: CLARIBEL MEDINA DE LEON E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 16-12-2019 12/ Reservas: Abogada FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 3, 18 F., y 4 M. 2020. ________ 1/ Solicitud: 50524/19 2/ Fecha de presentación: 09 /diciembre/19 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR 4/ Solicitante: BUSINESS ANALYTICS CONSULTING GROUP, S.A. DE C.V. (BACG) 4.1/ Domicilio: Francisco Morazán, Honduras 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Honduras B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: BACG Y DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 42 8/ Protege y distingue: Servicios científicos y tecnológicos, así como servicios de investigación y diseño relativos a ellos; servicios de análisis y de investigación industrial; diseño y desarrollo de ordenadores y software. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: CLARIBEL MEDINA DE LEON E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 08/01/2020 12/ Reservas: Abogada CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 3, 18 F., y 4 M. 2020. ________ 1/ Solicitud: 46575/19 2/ Fecha de presentación: 12/noviembre/19 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR 4/ Solicitante: KAMADAYA ENTERTAINMENT CORP 4.1/ Domicilio: 2600 S. DOUGLAS ROAD SUITE 913 CORAL GABLES, FL 33134, ESTADOS UNIDOS. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: SEBASTIÁN YATRA 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 35 8/ Protege y distingue: Publicidad, gestión de negocios comerciales; servicios de comunicados de prensa; consultoría sobre estrategias de comunicación [relaciones públicas]: gestión empresarial de artistas intérpretes o ejecutantes; publicación de textos publicitarios; publicidad; relaciones públicas; marketing/mercadotecnia. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: CLARIBEL MEDINA DE LEON E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 17-12-19 12/ Reservas: Abogada NOEMI ELIZABETH LAGOS VALERIANO Registro de la Propiedad Industrial 3, 18 F., y 4 M. 2020. SEBASTIÁN YATRA Business Analytics Consulting G r o u p -- 228 of 528 -- Sección B Avisos Legales REPÚBLICA DE H ONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C . , 18 DE FEBRERO DEL 2020 No. 35,178 [1] Solicitud: 2019-048977 [2] Fecha de presentación: 29/11/2019 [3] Solicitud de registro de: NOMBRE COMERCIAL A.- TITULAR [4] Solicitante: QUIKY, SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA DE CAPITAL VARIABLE [4.1] Domicilio: Boulevard Mackay, Plaza NUMA, San Pedro Sula, Cortés, Honduras [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: QUIKY [7] Clase Internacional: 0 [8] Protege y distingue: Tiendas de conveniencia, minisuper, supermercado, cafetería, restaurante. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: ARIEL EDMUNDO FAJARDO RIVERA USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 17 de diciembre del año 2019 [12] Reservas: No se da protección solamente a la denominación “QUIKY” ya que el Nombre Comercial no protege diseño ni color. Abogada NOEMI ELIZABETH LAGOS VALERIANO Registro de la Propiedad Industrial 17 E. y 3, 18 F. 2020. _______ [1] Solicitud: 2019-045865 [2] Fecha de presentación: 07/11/2019 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR [4] Solicitante: UNIVAR SOLUTIONS INC. [4.1] Domicilio: 3075 HTGHLAND PARWAY, SUITE 200, DOWNERS GROVE, ILLINOIS 60515, Estados Unidos de América [4.2] Organizada bajo las Leyes de: ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA. B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: DISEÑO ESPECIAL [7] Clase Internacional: 35 [8] Protege y distingue: Servicios de distribución en el campo de productos químicos, pesticidas, aplicadores de productos químicos y pesticidas y ropa protectora y máscaras protectoras para utilizar durante el uso o la aplicación de productos químicos; gestión de inventarios en el campo de los productos químicos; servicios de gestión de inventario; suministrar un portal en línea basado en la web que proporcione a los clientes acceso a la información de su cuenta de ventas; información de logística de transporte en la naturaleza de la ubicación actual de los productos en pedido; información de gestión de inventario e información de promoción de productos, todo en el campo de los químicos y productos químicos. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: MIRIAM ELIZABETH MARTINEZ SIERRA USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 2 de enero del año 2020 [12] Reservas: El Diseño Especial se protegerá de la forma en que fue presentada su solicitud así como se aprecia en los ejemplares de etiqueta. Abogada CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 17 E. y 3, 18 F. 2020. [1] Solicitud: 2019-045866 [2] Fecha de presentación: 07/11/2019 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR [4] Solicitante: UNIVAR SOLUTIONS INC. [4.1] Domicilio: 3075 HTGHLAND PARWAY, SUITE 200, DOWNERS GROVE, ILLINOIS 60515, Estados Unidos de América [4.2] Organizada bajo las Leyes de: ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA. B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: DISEÑO ESPECIAL [7] Clase Internacional: 39 [8] Protege y distingue: Transporte de productos químicos; transporte de bienes; almacenamiento de bienes; almacenamiento y gestión o manejo de residuos químicos industriales; y para organizar la eliminación de desechos químicos industriales y el transporte de desechos químicos industriales desde los generadores de los mismos hasta los sitios de eliminación autorizados. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: MIRIAM ELIZABETH MARTINEZ SIERRA USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 24 de enero del año 2020 [12] Reservas: El Diseño Especial se protegerá de la forma en que fue presentado según sus ejemplares de etiquetas. Abogado FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 3, 18 F., y 4 M. 2020. ________ 1/ Solicitud: 48877/19 2/ Fecha de presentación: 28/noviembre/19 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: Almacén la Confianza, S. de R.L. 4.1/ Domicilio: Tegucigalpa, M.D.C. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: PARKER 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 25 8/ Protege y distingue: Ropa de vestir, camisas y pantalones D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: Liian Estefani Irias Sosa E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 20-12-2019 12/ Reservas: Abogada NOEMI ELIZABETH LAGOS VALERIANO Registro de la Propiedad Industrial 3, 18 F., y 4 M. 2020. PARKER -- 229 of 528 -- Sección B Avisos Legales REPÚBLICA DE H ONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C . , 18 DE FEBRERO DEL 2020 No. 35,178 1/ Solicitud: 40024/19 2/ Fecha de presentación: 23/septiembre/19 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/Solicitante: JESUS LUIS VILLALOBOS PALMA. 4/1/Domicilio: Calle Francisco De Goya # 207, Col. Arboledas, C.P. 38060, Celaya, Guanajuato, México. 4.2/Organizada bajo las Leyes de: B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/Registro Básico: 5.1/Fecha: 5.2/País de Origen: 5.3/Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/Denominación y 6.1/ Distintivo: PARTECH & DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: 7/Clase Internacional: 12 8/ Protege y distingue: Vehículos; aparatos de locomoción terrestre, aérea o acuática. 8.1/ Página Adicional D.- APODERADO LEGAL. 9/Nombre: PATRICIA EUGENIA YANES ARIAS. E.- SUSTITUYE PODER 10/Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículos 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/Fecha de emisión: 21/11/2019 12/Reservas: Abogada CLAUDIA JACQUELINE MEJÍA ANDURAY Registrador(a) de la Propiedad Industrial 17 E., 3 y 18 F. 2020. __________ 1/ Solicitud: 40025/19 2/ Fecha de presentación: 23/septiembre/19 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR 4/Solicitante: JESUS LUIS VILLALOBOS PALMA. 4/1/Domicilio: Calle Francisco De Goya # 207, Col. Arboledas, C.P. 38060, Celaya, Guanajuato, México. 4.2/Organizada bajo las Leyes de: B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/Registro Básico: 5.1/Fecha: 5.2/País de Origen: 5.3/Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/Denominación y 6.1/ Distintivo: PARTECH & DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: 7/Clase Internacional: 35 8/ Protege y distingue: Publicidad, gestión de negocios comerciales; administración comercial; trabajos de oficina. 8.1/ Página Adicional D.- APODERADO LEGAL. 9/Nombre: PATRICIA EUGENIA YANES ARIAS. E.- SUSTITUYE PODER 10/Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículos 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/Fecha de emisión: 20-11-2019 12/Reservas: Abogada NOEMÍ ELIZABETH LAGOS VALERIANO Registrador(a) de la Propiedad Industrial 17 E., 3 y 18 F. 2020. 1/ Solicitud: 41575-19 2/ Fecha de presentación: 08-10-2019 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/Solicitante: EDGAR CHAVEZ VAZQUEZ. 4/1/Domicilio: Calle Las Rosas # 33, Col. Lasalle, C.P. 99040, Fresnillo, Zacatecas, México. 4.2/Organizada bajo las Leyes de: B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/Registro Básico: 5.1/Fecha: 5.2/País de Origen: 5.3/Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/Denominación y 6.1/ Distintivo: SHARK W.P. Y DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: 7/Clase Internacional: 12 8/ Protege y distingue: Vehículos; aparatos de locomoción terrestre, aérea o acuática. 8.1/ Página Adicional D.- APODERADO LEGAL. 9/Nombre: PATRICIA EUGENIA YANES ARIAS. E.- SUSTITUYE PODER 10/Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículos 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/Fecha de emisión: 6-11-2019 12/Reservas: Abogada NOEMÍ ELIZABETH LAGOS VALERIANO Registrador(a) de la Propiedad Industrial 17 E., 3 y 18 F. 2020. __________ 1/ Solicitud: 41576-19 2/ Fecha de presentación: 08-10-2019 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR 4/Solicitante: EDGAR CHAVEZ VAZQUEZ. 4/1/Domicilio: Calle Las Rosas # 33, Col. Lasalle, C.P. 99040, Fresnillo, Zacatecas, México. 4.2/Organizada bajo